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BOLETÍN OFICIALDE LAPROVINCIADE SANTACRUZ DE TENERIFE

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I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Delegación del Gobierno en Canarias

1303 Nombramiento del Sr. Karel de Pelsmaeker como Cónsul de Bélgica en Santa Cruz de Tenerife ...

Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife

1278 Notificación a Félix Reinaldo Luis Díaz ... 1241 Multas tráfico F. Ojeda y otros ... 1241 Multas tráfico A. Franco y otros... 1241 Notificación a Espinosa Paco Ricardo ... 1278 Notificación a Pinargote Cedeño Ignacio Emilio ... 1279 Revocación de expediente de expulsión a Contreras Carmona Carmen Alexandra...

Dirección Insular de la Administración General del Estado en La Gomera

1278 Notificación a Kaddour Attou ... 1278 Notificación a Alberto Noel Valles Roc ... 1278 Notificación a Diego José Couto Tarrio ... 1278 Notificación a Fernando Ariel Nieto ...

Dirección Insular de la Administración General del Estado en El Hierro

1278 Notificación a José David Negrín Cabrera ...

Dirección Insular de la Administración General del Estado en La Palma

1278 Notificación a Francisco Martín de Gannes ... 1278 Notificación a José A. Barreto Lutzardo ... 1278 Notificación a Sergio Jorge Pérez ...

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

10698 Notificación a Isidro Rodríguez Rodríguez...

II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1274 Texto del Convenio Colectivo de la empresa Urbaser, S.A.-Centro de Trabajo San Cristóbal de La Laguna... 1275 Resolución y revisión salarial Convenio Colectivo de la empresa Aluservis, S.L...

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL Cabildo Insular de Tenerife

1469 Bases reguladoras de los premios Tenerife Rural a la conservación de la biodiversidad, el patrimonio y las tra-diciones rurales vinculadas a la actividad agraria para el ejercicio 2007... 1267 Aprobación definitiva de las obras contempladas en el proyecto denominado acondicionamiento de la carretera

C-822 tramo: La Gallega p.k. 8+350 al p.k. 10+150 en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife... 1333 Delegación de competencias ... Página 2964 Página 2964 Página 2965 Página 2970 Página 2974 Página 2974 Página 2974 Página 2975 Página 2975 Página 2975 Página 2976 Página 2976 Página 2976 Página 2977 Página 2977 Página 2978 Página 2978 Página 3021 Página 3022 Página 3026 Página 3027

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Año LXXXII

Lunes, 19 de febrero de 2007

Número 25

SUMARIO

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Depósito Legal TF-1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia y Justicia

Servicio de Publicaciones e Información Edificio de Usos Múltiples II, planta baja Avda. José Manuel Guimerá, 8 Tfno.: (922) 47.69.63. Fax: (922) 47.65.98 38071 Santa Cruz de Tenerife

Imprime: Imprenta Bonnet, S.L. C/ San Francisco, 47

Tfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44 Correo electrónico: [email protected] 38002 Santa Cruz de Tenerife

TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm

de altura Suscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la

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1334 Concurso para la contratación de la redacción del proyecto y dirección de obra de la Casa de Juventud de La Orotava ... 1545 Concurso para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad a prestar en las instalaciones del Centro

Insular de Información, Asesoramiento y Documentación Juvenil y Centro de Información, Asesoramiento y Documentación para la Igualdad de Género ... 1546 Concurso para la contratación del servicio de limpieza a prestar en las instalaciones del Centro Insular de

In-formación, Asesoramiento y Documentación Juvenil y Centro de InIn-formación, Asesoramiento y Documenta-ción para la Igualdad de Género ... 1337 Bases que han de regir la convocatoria para la provisión por el procedimiento libre designación de los

pues-tos de trabajo FC404 Jefe del Servicio Administrativo de Planificación y Cooperación, FC1186 Jefe del Ser-vicio Administrativo de Transportes y otro ...

Cabildo Insular de La Palma

1527 Aprobación inicial del Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y de Carreteras, anualidad 2007 ... 1506 Concurso para la contratación de la obra del proyecto de eliminación de barreras arquitectónicas en la

Agen-cia de Empleo del Cabildo Insular de La Palma (Plan otras obras 2007, obra nº 1) ...

Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

1547 Rectificación error de anuncio publicado en B.O.P. nº 20 de fecha 9/02/07 sobre el expediente 389/06 relati-vo a la contratación del servicio de controladores de salas y actividades del Organismo Autónomo de Cultura y otro... 1261 Decreto del Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife por el que se procede

al nombramiento de Concejal de Gobierno y delegación de atribuciones y facultades en el ámbito del área de Servicios Centrales ... 1338 Designación del Tribunal Calificador del proceso selectivo para la cobertura de tres plazas de Administrativos ...

Ayuntamiento de Arona

1265 Notificación a Carmela Bethencourt González ... 1266 Notificación a Sanmartano Felippa ... 1329 Notificación a John Selwyn Whitehouse... 1330 Notificación a Richard Stewart Bone ... 1331 Notificación a Sucricri, S.L. ... 1332 Notificación a Sucricri, S.L. ... 1327 Notificación a Cristo Jesús Brito Chinea... 1328 Notificación a Medicafe, S.A. ...

Ayuntamiento de Granadilla de Abona

1138 Trámite de información pública y consulta del documento de informe de sostenibilidad del Plan Parcial Sec-tor Noroeste, sito en San Isidro promovido por Grasur, S.L. ...

Ayuntamiento de Icod de los Vinos

1325 Oferta de Empleo Público para el año 2006 ... 1326 Convocatoria y bases reguladoras de las ayudas para libros de texto y material didáctico con destino a los

alum-nos/as de Educación Infantil y Primaria de Centros docentes sostenidos con fondos públicos...

Ayuntamiento de Puerto de la Cruz

1238 Expediente de arrendamiento de nicho nº 1910 concedido a Annie Jeanne Tricot para la inhumación del cadá-ver de Laurette Helenes Ghislaine Bricoult... 1239 Expediente de arrendamiento de nicho nº 1940 concedido a Funeraria Ntra. Sra. de la Encarnación, S.L. para

la inhumación del cadáver de Eustaquia Fuentes García ... 1240 Expediente de arrendamiento de nicho nº 1949 concedido a Rubén Nicolás Rodríguez de Cándido para la

in-humación del cadáver de Gerardo Rodríguez Hernández ... 1558 Aprobación inicial del padrón de la Tasa por Recogida Domiciliaria de Basuras, primer semestre de 2007.... 1557 Aprobación inicial del padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica ejercicio 2007 ...

Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna

1294 Expediente número 3079/05 contra Elvira Consuelo Castañeda Expósito ... 1295 Expediente número 4108/06 contra Andrea Dóniz Dorta ... 1296 Licencia Municipal de Apertura para la instalación de sala de bingo a instancias de la entidad Bingo El Faro,

S.A. y otras ... 1368 Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Actuación La Cuesta 15 promovido por

la entidad Adolma, S.L., Vidal Dorta e Hijos, S.L. y Drago Bauten, S.L., U.T.E... 1444 Estimación de los recursos de reposición y convocatoria por concurso-oposición libre para la selección de un

Técnico de Grado Medio para las funciones de coordinación de la Gestión Sociocultural, Grupo de clasifica-ción profesional II...

Ayuntamiento de El Tanque

9803 Licencia Municipal de Apertura para la instalación de carpintería de aluminio a instancias de Moisés Alonso Méndez ... Página 3027 Página 3028 Página 3028 Página 3029 Página 3031 Página 3032 Página 3032 Página 3033 Página 3034 Página 3036 Página 3038 Página 3038 Página 3041 Página 3042 Página 3043 Página 3045 Página 3046 Página 3048 Página 3048 Página 3049 Página 3052 Página 3053 Página 3054 Página 3055 Página 3055 Página 3055 Página 3057 Página 3058 Página 3059 Página 3060 Página 3068

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Ayuntamiento de Tegueste

1263 Multas tráfico Sueiro Cardoso Juan M. ... 1264 Multas tráfico Ramírez Sánchez Carlos A. y otro ... 1515 Concurso para la contratación de la obra de la Urbanización de la calle el Garete...

Ayuntamiento de la Villa de Adeje

1339 Notificación a Joachim Werner Thomalla ... 1340 Notificación a José Navas Bustamante... 1341 Notificación a Ahmed Salem Eddardouri... 1342 Notificación a Ximena Santos García ... 1343 Notificación a Abdelazi Ouali ... 1344 Notificación a Catherine Verónica Lambert ... 1345 Notificación a Vicente David Navarro Jiménez ... 1346 Notificación a Alejandro Alonso Palenzuela ... 1347 Notificación a Cristo Sebasti Santos Mederos ... 1348 Notificación a Vicente Jesús Rivero Delgado ... 1349 Notificación a Mhamed Ajrou ...

Ayuntamiento de la Villa de Los Realejos

1234 Concurso para la adjudicación del contrato de las obras comprendidas en el proyecto denominado ampliación y reforma de la Avenida de Canarias, 3ª fase ... 1273 Aprobación inicial de los padrones de las Tasas por Recogida de Basuras, Servicio de Suministro de Agua

Po-table a Domicilio y Alcantarillado correspondientes al sexto bimestre (noviembre-diciembre) de 2006... 1269 Concurso para la adjudicación del arrendamiento de cuatro locales sitos en el subsuelo de la Plaza de San

Agus-tín ... 1361 Aprobación inicial y trámite de información pública del proyecto de estudio de detalle para la manzana

con-formada por el grupo de edificaciones delimitadas por las calles El Ciprés, El Laurel y otras promovido por Construcciones y Promociones Puerto Cruz ...

Ayuntamiento de la Villa de La Victoria de Acentejo

1524 Rectificación error de anuncio publicado en BOP nº 21 de fecha 12/02/07 sobre la convocatoria de las prue-bas selectivas para cubrir 2 plazas de Policía Local de este Ayuntamiento...

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social Número 1 de Santa Cruz de Tenerife

1309 Juicio nº 738/06 a instancias de Ángel Jesús Évora Santos contra SCI Trans Dársena Los Llanos, S.L... 1310 Juicio nº 985/06 a instancias de Raquel González González contra Ducamonte, S.L. ... 1311 Juicio nº 1064/06 a instancias de Gerardo Víctor García Roel contra Brito Tellado José Manuel ... 1312 Juicio nº 378/05 a instancias de Juan Carlos Santana Cabrera contra Construcciones y Obras Aroche, S.L. ... 1313 Juicio nº 943/05 a instancias de José Antonio Ramos Jiménez y otro contra Juárez Suministros y Servicios,

S.L. y otros ... 1314 Juicio nº 827/06 a instancias de María Rosa Martín Martín contra Narciso Martínez Domínguez ... 1315 Juicio nº 798/06 a instancias de Enrique Borges Díaz contra Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea y

otro... 1316 Juicio nº 843/06 a instancias de Emilio C. Montero Marrero y otros contra Acredobisa, S.A. Bingo Aspronte ... 1317 Juicio nº 495/06 a instancias de Pedro Antonio Cabrera García contra Alfonso Domínguez Rodríguez y otros... 1318 Juicio nº 295/06 a instancias de David Mesa Ramos contra Millenium Sports Torviscas, S.L. y otro ... 1319 Juicio nº 67/06 a instancias de Marcelo Fabián Martínez Perrone contra Alrev Canarias, S.L.U. y otro ... 1320 Juicio nº 504/06 a instancias de Luis Ariel Gavasci contra Alvarado Garay Construcciones Civiles, S.L... 1321 Juicio nº 563/05 a instancias de María Haridian Tejera Hernández contra Grupo Barroso Canarias, S.L... 1322 Juicio nº 389/06 a instancias de David Rodríguez Martín y otros contra Matiasfin, S.L. y otros... 1323 Juicio nº 894/06 a instancias de María del Carmen Morales Borges contra Canary Photo, S.A. ... 1324 Juicio nº 78/06 a instancias de Markus Schneider contra Bernhard Trauble...

Juzgado de lo Social Número 3 de Santa Cruz de Tenerife

1280 Juicio nº 1039/05 a instancias de Mutua Universal Mugenat contra Juan Antonio Mesa González y otros... 1281 Juicio nº 1073/05 a instancias de Mariana de Jesús Santana contra Servicios Generales Maillard, S.L. ... 1282 Juicio nº 545/06 a instancias de María Dolores Rueda González contra Ser Brokers, S.L. y otro ... 1283 Juicio nº 1016/05 a instancias de María Adela Damián Cabrera contra Michael García Ramos y otros... 1284 Juicio nº 507/06 a instancias de Víctor Manuel Jorge Pérez contra Construcciones Cynra, S.L.U. ... 1285 Juicio nº 217/06 a instancias de Luis Alberto Aseff contra Maravaya, S.L... 1286 Juicio nº 199/06 a instancias de Juvenal Delgado Santana contra Raúl y Jorge, S.L. Restaurante San

Bartolo-mé ... 1287 Juicio nº 846/06 a instancias de Vicente Ramón Linares Hernández contra Fremap y otros... 1288 Juicio nº 1035/05 a instancias de María Ángeles Miranda Dorta contra Uberhaupt Bauen, S.L... 1289 Juicio nº 457/06 a instancias de Víctor Manuel Carreño Hernández contra Presto Pizza Italy, S.L. ...

Página 3068 Página 3068 Página 3069 Página 3070 Página 3072 Página 3073 Página 3074 Página 3075 Página 3077 Página 3078 Página 3080 Página 3081 Página 3082 Página 3084 Página 3085 Página 3086 Página 3086 Página 3087 Página 3087 Página 3088 Página 3089 Página 3089 Página 3090 Página 3090 Página 3091 Página 3091 Página 3091 Página 3092 Página 3092 Página 3093 Página 3094 Página 3094 Página 3095 Página 3096 Página 3096 Página 3097 Página 3098 Página 3098 Página 3099 Página 3100 Página 3100 Página 3101 Página 3101 Página 3102 Página 3102

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I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS

Secretaría Delegado del Gobierno en Canarias A N U N C I O

2014 1303

La Subdirección General de Cancillería del Mi-nisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en escrito 2950 de fecha 26 de enero de 2007, comuni-ca a esta Delegación de Gobierno lo siguiente:

“Cúmpleme informar a V.E. para su conocimiento y efectos oportunos que, con fecha 10 de enero de 2007, se ha aceptado el nombramiento del Sr. Karel de Pelsmaeker, como Cónsul en el Consulado de Bél-gica en Santa Cruz de Tenerife”.

Lo que se pone en su conocimiento a los efectos oportunos.

El Jefe de Gabinete del Delegado del Gobierno en Canarias, Salvador García Llanos.

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN SANTA CRUZ DE TENERIFE

Secretaría General NOTIFICACIÓN

2015 1278

Por el presente anuncio se notifica al denunciado/da que a continuación se relaciona, cuyo último

domici-lio se especifica, conforme a lo dispuesto en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, resolu-ción recaída por infracresolu-ción a la normativa que se in-dica, en el expediente sancionador nº 638060027015. Resolución: del Excmo. Sr. Delegado del Gobier-no en Canarias, de fecha 11 de enero de 2007, en el expediente sancionador nº 638060027015.

Denunciado/da: don/doña Félix Reinaldo Luis Díaz, con D.N.I./N.I.E. nº 43350566M, domiciliado en ca-lle Tagoro, nº 37, 38358-Tacoronte (Santa Cruz de Tenerife).

Infracción: art. 23 a) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el presente anuncio que no contiene el texto íntegro del acto al concurrir las circunstancias del último artículo citado, se publica para que sirva de notificación al interesa-do/da y pueda personarse en las dependencias de es-ta Subdelegación del Gobierno para conocimiento del texto íntegro de la resolución arriba citada e interpo-ner contra esta Resolución Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del Interior, en el plazo de 1 mes, contado a partir del siguiente al de su publicación, se-gún establecen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (B.O.E. nº 12).

En cuanto al abono de la sanción impuesta, cuyo importe es de trescientos un euros, recibirá

notifica-1290 Juicio nº 620/05 a instancias de Juan Eloy Hernández Hernández y otros contra Acredobisa, S.A. ... 1291 Juicio nº 273/06 a instancias de Jesús Sierra Pérez contra Deportes Extremos Torviscas, S.L. ...

Juzgado de Primera Instancia Número 1 de La Laguna

1307 Expediente de dominio 6/07 a instancias de Antonia Alonso Martín...

Juzgado de Instrucción Número 3 de La Laguna

1277 Juicio nº 304/06 notificación a María Candelaria Vera Pérez ...

Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Arona

1369 Juicio nº 572/05 a instancias de Evaristo Fariña Hernández y otro contra Jean Pierre Mottu ...

Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Granadilla de Abona

1306 Expediente de dominio 302/05 a instancias de Anna-mina Shell...

Juzgado de Primera Instancia Número 4 de La Orotava

1370 Expediente de dominio 61/07 a instancias de Francisco Ramírez Rodríguez... 1371 Expediente de dominio 980/06 a instancias de Félix Reyes Díaz y otra...

Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Santa Cruz de La Palma

1308 Expediente de dominio 389/06 a instancias de Hotel Mayantigo, S.A. ...

V. ANUNCIOS PARTICULARES Comunidad de Aguas Pozo San Isidro

1367 Extravío de certificación a nombre de Prefabricados Maher, S.A. ...

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ción de la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda informándole dónde y en qué plazo podrá efectuar el pago. Por tanto deberá abstenerse de efec-tuarlo hasta que no reciba dicha notificación.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de enero de 2007. Le notifica lo anterior.

El Vicesecretario General.

E D I C T O

2016 1241

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los ex-pedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente según la disposición adi-cional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Or-ganización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose in-tentado la notificación en el último domicilio cono-cido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse Recurso de Alza-da, dentro del plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, an-te el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a 60,10 euros recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo ca-so la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el re-cargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Uni-dad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de enero de 2007. Subdelegado del Gobierno, p.d. el Jefe Provincial de Tráfico, Resolución de 20.05.2004 (B.O.E. 24.05.2004), Ramón S. Guerra González.

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E D I C T O

2017 1241

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes san-cionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades de-nunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último do-micilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Uni-dad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfi-co, ante la cual les asiste el derecho de alegar por es-crito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consi-deren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si en la columna “Requerimiento” aparece el nú-mero (1), se requiere del denunciado que se cita, ti-tular del vehículo objeto de la denuncia, para que identifique al conductor del mismo en la fecha indi-cada, haciéndole saber que si incumple la obligación legal de identificación del conductor del vehículo, se iniciará expediente sancionador por infracción al ar-tículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (B.O.E. 63, de 14 de marzo), según redacción dada por la Ley 17/2005 de 19 de julio (B.O.E. 172 de 20 de julio).

Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o pro-poner pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de enero de 2007. Subdelegado del Gobierno, p.d. el Jefe Provincial de Tráfico, Resolución de 20.05.2004 (B.O.E. 24.05.2004), Ramón S. Guerra González.

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Oficina de Extranjeros E D I C T O

2018 1241

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común (B.O.E. 285, de 27 de noviem-bre de 1992), reformada por Ley 4/1999, de 13 de ene-ro (B.O.E. 12, de 14 de eneene-ro), se le requiere para que, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del si-guiente al de notificación del presente escrito, adjunte la documentación solicitada mediante citación enviada por correo, indicándole que si así no lo hiciera, se le ten-drá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos del art. 42 de la citada Ley. Expediente: 380020060025873.- Apellidos y nom-bre: Espinosa Paco, Ricardo.- N.I.E.: X03066675Q.-F. sol.: 17 de noviembre de 2006.- X03066675Q.-F. req.: 28 de di-ciembre de 2006.

El apartado 5 del artículo 42 de la LRJAP y PAC establece varios supuestos en los que el transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedi-miento y notificar la resolución podrá ser objeto de suspensión, en concreto, cuando deba requerirse a cualquier interesado para la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesario.

Por tal motivo, a la vista de que el interesado está incurso, en el supuesto contemplado, con esta fecha he resuelto suspender el plazo de resolución del pro-cedimiento por el tiempo que medie entre la notifi-cación del requerimiento y su efectivo cumplimien-to por el destinatario, o, en su defeccumplimien-to, el transcurso del plazo concedido.

Los correspondientes expedientes obran en la Ofi-cina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobier-no en Santa Cruz de Tenerife.

El Subdelegado del Gobierno, Carlos González Segura.

E D I C T O

2019 1278

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), reformada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero), se hace pú-blica notificación de las resoluciones denegatorias recaídas en los expedientes de solicitud de permiso de residencia temporal al amparo del artículo 31.4 que se indican, dictadas por la autoridad competen-te contra los ciudadanos extranjeros que a continua-ción se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente: 380020060035018.- Apellidos y nom-bre: Pinargote Cedeño, Ignacio Emilio.- Nacionali-dad: Ecuador.- N.I.E.: X06833404N.- F. sol.: ---.- F. resol.: 10 de enero de 2007.

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, Recurso de Reposición ante el Ilmo. Sr. Subdelega-do del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife en el pla-zo de 1 mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o, directamente, Recurso cioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Conten-cioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de 2 meses contados de igual modo.

Los correspondientes expedientes obran en la Ofi-cina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobier-no en Santa Cruz de Tenerife.

El Subdelegado del Gobierno, Carlos González Segura.

E D I C T O

2020 1279

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), reformada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. 12, de 14 de enero), se hace pú-blica notificación de las revocaciones de los expe-dientes de expulsión que se indican, dictadas por la autoridad competente contra los ciudadanos extran-jeros que a continuación se relacionan, ya que ha-biéndose intentado la notificación en el último do-micilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

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Expediente: 380020060017385.- Apellidos y nom-bre: Contreras Carmona, Carmen Alexandra.- Na-cionalidad: Venezuela.- N.I.E.: X07936953K.- F. re-sol.: 20 de septiembre de 2006.- Art. 53.a).- Sanción: 301 euros.

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, Recurso de Reposición ante el Ilmo. Sr. Subdelega-do del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife en el pla-zo de 1 mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o, directamente, Recurso cioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de 2 meses contados de igual modo.

Los correspondientes expedientes obran en la Ofi-cina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobier-no en Santa Cruz de Tenerife.

En Santa Cruz de Tenerife, a 15 de enero de 2007.

El Subdelegado del Gobierno, Carlos González Segura.

DIRECCIÓN INSULAR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN LA GOMERA

A N U N C I O

2021 1278

Por el presente anuncio se notifica a don Kaddour Attou, con N.I.E. nº X3924060F, nacido el 01.12.1975 en Tadart (Marruecos) y con domicilio en Bº Tecina, s/n, El Hospitalito, de la localidad de San Sebastián de La Gomera (S/C de Tenerife), y actualmente en paradero desconocido, que en el expediente sancio-nador número 753/06/000175 ha recaído resolución de fecha 27 de diciembre de 2006 en cuya parte dis-positiva el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en Ca-narias acuerda imponerle la sanción de ochocientos euros (800,00 euros) y la incautación de las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos, significándole que en el plazo de 1 mes a contar des-de la notificación des-de esta resolución, podrá la inte-resada interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del Interior, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuyo derecho puede ejercitar mediante es-crito a presentar en este centro directivo o en cual-quiera de las oficinas públicas prevenidas al efecto en el artículo 38.4 de la citada Ley.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/92, podrá comparecer en las dependencias de esta Dirección Insular, en el plazo señalado ante-riormente, para conocimiento del contenido íntegro

de la mencionada resolución y constancia de tal co-nocimiento.

San Sebastián de La Gomera, a 30 de enero de 2007. La Directora Insular, Pilar Hernández Herrera.

A N U N C I O

2022 1278

Por el presente anuncio se notifica a don Alberto Noel Valles Roc, con D.N.I. nº 37272425M, nacido el 1 de febrero de 1957 en Barcelona (Barcelona) y con domicilio en calle Tajaceis, nº 17, de la localidad de Valverde (Santa Cruz de Tenerife), y actualmente en paradero desconocido, que por esta Dirección Insular de la Administración General del Estado se le ha in-coado expediente sancionador nº 753/06/000184 por presunta infracción del artículo 26.i) de la Ley Orgá-nica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Se-guridad Ciudadana.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente anuncio para que el interesado pueda per-sonarse en las dependencias de esta Dirección Insu-lar, en el plazo de 15 días, contados a partir del si-guiente a su publicación, con el objeto de que, a la vista de los hechos que se le imputan, pueda alegar lo que a su derecho convenga y presentar cuantos do-cumentos y justificaciones considere pertinentes.

Asimismo, se informa al interesado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley 30/1992, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que el plazo máximo normativamente esta-blecido para la resolución y notificación del proce-dimiento es de 6 meses, produciéndose en caso con-trario la caducidad del mismo, con los efectos previstos en el artículo 92 de la citada Ley.

San Sebastián de La Gomera, a 29 de enero de 2007. La Directora Insular, Pilar Hernández Herrera.

A N U N C I O

2023 1278

Por el presente anuncio se notifica a don Diego Jo-sé Couto Tarrio, con D.N.I. nº 45726845Q, nacido el 15 de mayo de 1980 en Carballo (A Coruña) y con domicilio en calle Abito Caspe, nº 5-2º C, Los Oli-vos, de la localidad de Adeje (Santa Cruz de Teneri-fe), y actualmente en paradero desconocido, que por esta Dirección Insular de la Administración General del Estado se le ha incoado expediente sancionador nº 753/06/000192 por presunta infracción del artículo 23.n) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, so-bre Protección de la Seguridad Ciudadana.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente anuncio para que el interesado pueda per-sonarse en las dependencias de esta Dirección Insu-lar, en el plazo de 15 días, contados a partir del si-guiente a su publicación, con el objeto de que, a la vista de los hechos que se le imputan, pueda alegar lo que a su derecho convenga y presentar cuantos do-cumentos y justificaciones considere pertinentes.

Asimismo, se informa al interesado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley 30/1992, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que el plazo máximo normativamente esta-blecido para la resolución y notificación del proce-dimiento es de 6 meses, produciéndose en caso con-trario la caducidad del mismo, con los efectos previstos en el artículo 92 de la citada Ley.

San Sebastián de La Gomera, a 29 de enero de 2007. La Directora Insular, Pilar Hernández Herrera.

A N U N C I O

2024 1278

Por el presente anuncio se notifica a don Fernando Ariel Nieto, con N.I.E. nº X5019256N, nacido el 16 de septiembre de 1973 en Florida (Argentina) y con do-micilio en Avda. Francisco la Roche, nº 7, bloque 60, de la localidad de Santa Cruz de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife), y actualmente en paradero desconocido, que en el expediente sancionador número 753/06/000132 ha recaído resolución de fecha 27 de diciembre de 2006 en cuya parte dispositiva el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en Canarias acuerda imponerle la sanción de trescientos un euros (301,00 euros).

Lo que se publica para su conocimiento y efectos, sig-nificándole que en el plazo de 1 mes a contar desde la notificación de esta resolución, podrá la interesada in-terponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Minis-tro del Interior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuyo dere-cho puede ejercitar mediante escrito a presentar en este centro directivo o en cualquiera de las oficinas públicas prevenidas al efecto en el artículo 38.4 de la citada Ley. De acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/92, podrá comparecer en las dependencias de esta Dirección Insular, en el plazo señalado ante-riormente, para conocimiento del contenido íntegro de la mencionada resolución y constancia de tal co-nocimiento.

San Sebastián de La Gomera, a 29 de enero de 2007. La Directora Insular, Pilar Hernández Herrera.

DIRECCIÓN INSULAR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL

DEL ESTADO EN EL HIERRO A N U N C I O

2025 1278

Habiéndose intentado la notificación personal sin resultado positivo, por el presente anuncio se notifi-ca a don José David Negrín Cabrera, D.N.I. 78.272.279-G, con último domicilio conocido en la calle Arabia, nº 34, 2º derecha-La Cuesta, en el término munici-pal de San Cristóbal de La Laguna, C.P. 38320, pro-vincia de Santa Cruz de Tenerife, que en el expe-diente sancionador número 754060000371 ha recaído resolución de fecha 15 de noviembre de 2006, en cu-ya parte dispositiva el Excmo. Sr. Delegado del Go-bierno en Canarias resuelve declararle responsable de los hechos objeto del citado expediente e impo-nerle una sanción de 90 euros.

Contra dicha resolución el interesado puede inter-poner Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Minis-tro del Interior en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, mediante escri-to a presentar en este centro directivo o en cualquie-ra de las oficinas públicas prevenidas al efecto en el artículo 38.4 de la citada Ley.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto recurso o en el caso de su desestimación, la resolu-ción será firme y a partir de ese momento recibirá notificación de la Delegación de Economía y Ha-cienda informándole de dónde y en qué plazo debe efectuar el pago de la multa impuesta. Por tanto de-be abstenerse de efectuarlo hasta que no reciba di-cha notificación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/92, podrá comparecer en las dependencias de esta Dirección Insular para conocimiento del con-tenido íntegro de la mencionada resolución y cons-tancia de tal conocimiento.

Valverde de El Hierro, a 30 de enero de 2007. El Director Insular, Antonio Padrón Casañas.

DIRECCIÓN INSULAR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL

DEL ESTADO EN LA PALMA NOTIFICACIÓN

2026 1278

Por el presente anuncio se notifica a don Francis-co Martín de Gannes, cuyo último domicilio Francis- cono-cido es calle Toscal Longuera, edif. Jazmín, nº 23, 3º-A, Los Realejos (Tenerife), y donde intentada la

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notificación no se ha podido practicar, que por el Di-rector Insular de la A.G.E. en La Palma, se acordó con fecha 29 de diciembre de 2006, inicio de expe-diente sancionador número 75506000636, por pre-sunta infracción al artículo 23.h de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección Seguridad Ciudadana.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pu-blica el presente anuncio que no contiene el texto ín-tegro del acuerdo al concurrir las circunstancias del último artículo citado, para que el interesado pueda personarse en las Dependencias de esta Dirección In-sular, sita en la Avenida Marítima, nº 2, Santa Cruz de La Palma, teléfono 922.99.30.01, en el plazo de 15 días contados a partir del siguiente a su publica-ción, con el objeto de que a la vista de los hechos que se le imputan pueda alegar lo que a su derecho con-venga y presentar cuantos documentos y justifica-ciones considere pertinentes, y en su caso proponer pruebas. En caso de no efectuar alegaciones el acuer-do de inicio se considerará propuesta de resolución de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto.

En el supuesto de que opte por abonar el importe de la sanción de 600,00 euros, deberá hacer el in-greso en cualquiera de las oficinas de las Delegacio-nes del Ministerio de Economía y Hacienda mediante el modelo 069, al que se refiere el apartado sexto de la orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre (B.O.E. 313 de 31-12), que se le facilitará en dichas oficinas. Una vez abonada la sanción deberá remitir a esta Di-rección Insular por correo o vía fax 922.41.64.43, fo-tocopia del modelo 069, para constancia de su pago en el expediente, con el fin de suspender el procedi-miento de recaudación.

Asimismo, se informa al interesado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 42.4 de la Ley 30/92 se-gún redacción dada por la Ley 4/1999, de 23 de ene-ro, que el plazo máximo normativamente estableci-do por la resolución y notificación del procedimiento es de 6 meses, produciéndose en caso contrario la ca-ducidad del mismo.

Santa Cruz de La Palma, a 25 de enero de 2007. El Director Insular de la A.G.E., José Antonio Ba-tista Medina.

NOTIFICACIÓN

2027 1278

Por el presente anuncio se notifica a la persona que a continuación se relaciona, cuyo último domicilio se especifica y donde ha resultado imposible su no-tificación, resolución recaída en el procedimiento

sancionador por infracción a la normativa que se in-dica.

Resolución de expediente 755060000393 por el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en Canarias de fecha 20 de diciembre de 2006, por la que se impo-ne a don José A. Barreto Lutzardo, cor domicilio en Ctra. General, núm. 14, Tijarafe, la sanción de 90,00 euros por infracción del artículo 26.i de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el pre-sente anuncio que no contiene en texto íntegro de la resolución al concurrir las circunstancias del último artículo citado, se publica para que sirva de notifi-cación al interesado y pueda personarse en las de-pendencias de la Dirección Insular de la Adminis-tración General del Estado en La Palma, sita en la Avenida Marítima, nº 2 de Santa Cruz de La Palma para conocimiento del contenido íntegro de la mis-ma, pudiendo interponer contra esta resolución Re-curso de Alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del In-terior en el plazo de 1 mes, contando a partir del siguiente a su publicación, según establecen los ar-tículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre (B.O.E. nº 285), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12), cuyo derecho puede ejercitar mediante escrito a presentar en este centro directivo o en cualquiera de las oficinas pre-venidas en el artículo 38.4 de la citada Ley.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto recurso o en el caso de su desestimación, la resolu-ción será firme, y recibirá notificaresolu-ción de la Delega-ción de Economía y Hacienda informándole de dón-de y en qué plazo dón-debe efectuar el pago. Por tanto debe abstenerse de efectuarlo hasta que no reciba di-cha notificación.

Santa Cruz de La Palma, a 25 de enero de 2007. El Director Insular de la A.G.E., José Antonio Ba-tista Medina.

NOTIFICACIÓN

2028 1278

Por el presente anuncio se notifica a la persona que a continuación se relaciona, cuyo último domicilio se especifica y donde ha resultado imposible su no-tificación, resolución recaída en el procedimiento sancionador por infracción a la normativa que se in-dica.

Resolución de expediente 755060000397 por el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en Canarias de fecha 20 de diciembre de 2006, por la que se

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impo-ne a don Sergio Jorge Pérez, con domicilio en calle Finca Amado, apartamento 214, Breña Baja, la san-ción de 400,00 euros y la incautasan-ción de la sustancia intervenida por infracción del artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Se-guridad Ciudadana.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el pre-sente anuncio que no contiene en texto íntegro de la resolución al concurrir las circunstancias del último artículo citado, se publica para que sirva de notifi-cación al interesado y pueda personarse en las de-pendencias de la Dirección Insular de la Adminis-tración General del Estado en La Palma, sita en la Avenida Marítima, nº 2 de Santa Cruz de La Palma para conocimiento del contenido íntegro de la mis-ma, pudiendo interponer contra esta resolución Re-curso de Alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del In-terior en el plazo de 1 mes, contando a partir del siguiente a su publicación, según establecen los ar-tículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre (B.O.E. nº 285), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12), cuyo derecho puede ejercitar mediante escrito a presentar en este centro directivo o en cualquiera de las oficinas pre-venidas en el artículo 38.4 de la citada Ley.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto recurso o en el caso de su desestimación, la resolu-ción será firme, y recibirá notificaresolu-ción de la Delega-ción de Economía y Hacienda informándole de dón-de y en qué plazo dón-debe efectuar el pago. Por tanto debe abstenerse de efectuarlo hasta que no reciba di-cha notificación.

Santa Cruz de La Palma, a 25 de enero de 2007. El Director Insular de la A.G.E., José Antonio Ba-tista Medina.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Las Palmas

Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva EDICTO DE NOTIFICACIÓN

2029 10698

No habiendo resultado posible la notificación en el domicilio conocido de don Isidro Rodríguez Rodrí-guez, se hace uso del medio previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para

noti-ficar el acto administrativo cuyo texto literal se in-serta a continuación:

“Esta Dirección Provincial de la Tesorería Gene-ral de la Seguridad Social ha procedido a incoarle ex-pediente administrativo de derivación de responsa-bilidad solidaria por débitos a la Seguridad Social generados por la empresa Inversiones Atlántida 2005, S.L. (C.I.F.: B38371241, por importe de 496.664,04 euros (sin perjuicio de lo que de ulteriores liquida-ciones pueda resultar), atendiendo a su condición de administrador de la citada sociedad y en aplicación de los artículos 12 y 13 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (RGRSS) apro-bado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. nº 153 de 25.06.2004).

Por lo tanto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 del citado Reglamento, en relación con el 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285 de 27.11.1992) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede trámite de au-diencia previa a la propuesta de resolución, dispo-niendo de un plazo de 15 días a partir del siguiente a la recepción del presente escrito, para que pueda alegar y presentar los documentos o justificaciones que estime pertinentes.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre de 2006.

El Director Provincial, Fernando Cabezón Lavín.”

II. ADMINISTRACIÓN DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES Dirección General de Trabajo

CONVENIO

2030 1274

Ref.: C.N. 116.

Código convenio: 3803941.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la em-presa Urbaser, S.A. para el centro de trabajo del ser-vicio de limpieza viaria y recogida de residuos de San Cristóbal de la Laguna para los años 2006, 2007 y 2008, presentado en esta Dirección General de Tra-bajo, suscrito por la representación empresarial y la de los trabajadores y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Tex-to Refundido de la Ley del EstatuTex-to de los

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Trabaja-dores, artículo 2,b) del Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo (B.O.E. 6.6.81) sobre Registro de Conve-nios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real creto 1.033/84, de 11 de abril (B.O.E. 1.6.84) y De-creto 329/95, de 24 de noviembre (B.O.C. 15.12.95).

Esta Dirección General de Trabajo, acuerda: 1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Con-venios Colectivos de Trabajo de esta Dirección Ge-neral de Trabajo.

2º.- Notificar a la Comisión Negociadora.

3º.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

4º.- Se hace constar que por acta de la Comisión Negociadora de fecha 22 de noviembre de 2006 se procede a la corrección de errores detectados en los artículos 62 y 63 del texto, siendo los siguientes:

Artículo 62.- Premios: en relación a lo especifica-do en el texto del presente artículo sobre los premios de productividad, en el apartado A, referente a los premios para los trabajadores entre los 60 y 62 años en el que se especifican las siguientes cantidades:

“…

Trabajadores que dejasen de prestar servicios en la empresa a los 60 años: 6.000 euros.

Trabajadores que dejasen de prestar servicios en la empresa a los 61 años: 4.500 euros.

Trabajadores que dejasen de prestar servicios en la empresa a los 62 años: 3.000 euros.

…”

En su lugar, deben figurar los siguientes importes: “…

Trabajadores que dejasen de prestar servicios en la empresa a los 60 años: 7.187,00 euros.

Trabajadores que dejasen de prestar servicios en la empresa a los 61 años: 5.390,25 euros.

Trabajadores que dejasen de prestar servicios en la empresa a los 62 años: 3.593,50 euros.

…”

Así mismo, en el apartado B, en el que se recogen los importes de los premios de productividad para los trabajadores que cesen en la empresa al cumplir los 64 ó 65 años y en el que se recogen textualmen-te las siguientextualmen-tes cantidades:

“…

Hasta 5 años de servicios prestados: 1.200 euros. Más de 5 años de servicios prestados y hasta 10 años: 1.350 euros.

Más de 10 años de servicios prestados y hasta 15 años: 1.600 euros.

Más de 15 años de servicios prestados y hasta 20 años: 1.900 euros.

Más de 20 años de servicios prestados: 2.300 eu-ros.

…”

Deben figurar estas otras cantidades: “…

Hasta 5 años de servicios prestados: 1.437,40 eu-ros.

Más de 5 años de servicios prestados y hasta 10 años: 1.617,08 euros.

Más de 10 años de servicios prestados y hasta 15 años: 1.916,53 euros.

Más de 15 años de servicios prestados y hasta 20 años: 2.275,88 euros.

Más de 20 años de servicios prestados: 2.755,02 euros.

…”

Artículo 63.- Ayuda asistencial y fondo social: re-ferente a las ayudas a minusválidos físicos, psíqui-cos o sensoriales recogidas en el punto 1 del presen-te artículo en el cual se especifica la cantidad de 77,25 euros como importe a percibir por los trabajadores que tengan derecho a dicha ayuda, debe figurar la cantidad de 77,93 euros.

Pedro Tomás Pino Pérez, el Director General de Trabajo.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 2007.

Convenio Colectivo de la empresa Urbaser, S.A. para el centro de trabajo del servicio de limpieza via-ria y recogida de residuos de San Cristóbal de La La-guna durante los años 2006, 2007 y 2008.

Capítulo I.- Disposiciones generales.

Artículo 1.- Ámbito de aplicación funcional, terri-torial y personal.

El presente Convenio Colectivo tiene ámbito de empresa y vincula a todos los trabajadores dedica-dos a los servicios de recogida de basuras y limpie-za pública del municipio de San Cristóbal de La La-guna, que se encuentren al servicio de la empresa Urbaser, S.A. o de cualquier empresa, entidad o el Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Lagu-na, que ostente la gestión del servicio que se descri-be en el Convenio Colectivo, cualquiera que sea la modalidad de contratación.

Artículo 2.- Ámbito temporal.

1.- El presente Convenio Colectivo tendrá una du-ración de tres años a partir del 1 de enero de 2006, teniendo por consiguiente su término final, el 31 de diciembre del año 2008.

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2.- Entrará en vigor en el momento de su firma, in-dependiente de la fecha de su registro y la de su pu-blicación en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, sus efectos económicos tendrán carácter re-troactivo y serán de aplicación desde el 1 de enero de 2006.

3.- Al término de la duración del presente Conve-nio Colectivo se prorrogará automáticamente de año en año si, en un mes antes de su vencimiento o de cualquiera de sus prórrogas, ninguna de las dos par-tes lo hubiera denunciado. En tal supuesto, el con-junto de los conceptos económicos tanto salariales como extrasalariales o de cualquier otro tipo, se re-visarán en la misma proporción en que lo haya he-cho el Índice de Precios al Consumo (IPC) de los do-ce últimos meses de su vigencia.

La forma de denuncia, lo será mediante notifica-ción de cualquiera de las dos partes a la otra y al or-ganismo oficial legalmente competente.

Denunciado el convenio y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, perderán vigencia solamente sus cláusulas obligacionales, manteniéndose en vigor en cambio, su contenido normativo.

4.- Conceptos económicos: los conceptos econó-micos (salariales y extrasalariales) a regir durante la vigencia del presente convenio serán los siguientes: Para el año 2006 se incrementará la tabla del año 2005 en el IPC nacional previsto por el Gobierno pa-ra el año 2006 más 1 punto porcentual.

Para el año 2007 se incrementará la tabla del año 2006 en un 5%, sin perjuicio de lo regulado en el apartado 5 del presente artículo.

Para el año 2008 se incrementará la tabla del año 2007 en un 5%, sin perjuicio de lo regulado en el apartado 5 del presente artículo.

5.- Cláusulas de revisión:

Se establece una cláusula de revisión anual como a continuación se indica:

Finalizado el año 2006, se incrementará la tabla del año 2005 con la diferencia que se haya producido en-tre el IPC nacional previsto para el año 2006 y el IPC real estatal publicado al final del año 2006, proce-diéndose a regularizar la tabla vigente en el año 2006. Esta regularización se cobrará como atrasos en el pri-mer trimestre del año 2007.

Para el año 2007, en caso de que ese año el IPC estatal real sea superior al 3%, se producirá una re-visión salarial consistente en la diferencia existente entre ese 3% y el IPC estatal real de ese año 2007, procediéndose a regularizar la tabla vigente en el año

2007. Esta regularización se cobrará como atrasos en el primer trimestre del año 2008.

Para el año 2008, en caso de que ese año el IPC estatal real sea superior al 2,5%, se producirá una re-visión salarial consistente en la diferencia existente entre ese 2,5% y el IPC estatal real de ese año 2008, procediéndose a regularizar la tabla vigente en el año 2008. Esta regularización se cobrará como atrasos en el primer trimestre del año 2009.

Artículo 3.- Regulación de normas.

1.- Las normas contenidas en el presente Conve-nio Colectivo, regularán las relaciones entre la em-presa y su personal, con carácter preferente y priori-tario a otras disposiciones de carácter general. En lo no previsto en el mismo, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, Convenio General del Sector y en la legislación laboral de obligado cum-plimiento.

Artículo 4.- Vinculación a la totalidad.

El presente Convenio Colectivo forma un conjun-to unitario infraccionable. En este sentido se recon-siderará su contenido en su totalidad, si por jurisdic-ción competente en uso de las atribuciones que le confiere el apartado 5 del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, fueran adoptadas medidas modifi-cativas del mismo que a juicio de cualquiera de las partes de la Comisión Paritaria así lo hicieran nece-sario.

Artículo 5.- Compensación y absorción.

Las retribuciones establecidas en este Convenio Colectivo, compensarán y absorberán todas las exis-tentes hasta el momento de su entrada en vigor, cual-quiera que sea la naturaleza o el origen de las mis-mas, los emolumentos de retribuciones que se puedan producir en el futuro por disposiciones legales de ge-neral aplicación, convenios colectivos o contratos in-dividuales, sólo podrán afectar a las condiciones pac-tadas en el presente Convenio Colectivo, cuando consideradas las nuevas retribuciones en cómputo anual, superen a las aquí pactadas, en caso contrario serán compensadas y absorbidas.

Artículo 6.- Condiciones más beneficiosas. Si existiese algún trabajador que tuviera reconoci-das condiciones que, examinareconoci-das en su conjunto y en cómputo anual, fueran superiores a las que para los trabajadores de la misma cualificación se esta-blecen en este Convenio, se respetarán aquéllas con carácter estrictamente personal y solamente para los trabajadores a quienes afecte.

Con carácter general se reconocen como derechos adquiridos en sus propios términos, todas aquellas condiciones estipuladas en convenios anteriores

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sus-critos entre empresa y Representantes de los Traba-jadores con el conocimiento y ratificación del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna que no sean expresamente modificadas en este convenio.

Artículo 7.- Cambio de titularidad en la concesión.

Se establece expresamente que en caso de resci-sión o término del contrato que rige la explotación de los servicios de recogida de basuras y limpieza pública, el personal que se encuentre al servicio de la empresa Urbaser, S.A., será absorbida por el Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, o por el nuevo concesionario de los servicios, en las con-diciones que se fijan en el presente Convenio Co-lectivo, en los términos establecidos en los artículos 49 y siguientes del Convenio General del Sector y de forma subsidiaria a lo recogido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, en los cuales queda es-tipulado al respecto de la subrogación de personal, que:

Al objeto de contribuir y garantizar el principio de estabilidad en el empleo, la absorción del personal entre quienes se sucedan, mediante cualesquiera de las modalidades de contratación de gestión de cios públicos, contratos de arrendamiento de servi-cios o de otro tipo, en una concreta actividad de las reguladas en el ámbito funcional del presente con-venio, se llevará a cabo en los términos indicados en el presente artículo y siguientes.

En lo sucesivo, el término “contrata” engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contrata-ción, tanto pública como privada, e identifica una concreta actividad que pasa a ser desempeñada por una determinada empresa, sociedad u organismo pú-blico.

A) En todos los supuestos de finalización, pérdi-da, rescisión, cesión o rescate de una contrata, así co-mo respecto de cualquier otra figura o co-modalidad que suponga la sustitución entre entidades, personas fí-sicas o jurídicas que lleven a cabo la actividad de que se trate, los trabajadores de la empresa saliente pa-sarán a adscribirse a la nueva empresa o entidad pú-blica que vaya a realizar el servicio, respetando ésta los derechos y obligaciones que disfruten en la em-presa sustituida. Se producirá la mencionada subro-gación del personal siempre que se dé alguno de los siguientes supuestos:

1. Trabajadores en activo que realicen su trabajo en la contrata con una antigüedad mínima de los cua-tro últimos meses anteriores a la finalización efecti-va del servicio, sea cual fuere la modalidad de su con-trato de trabajo, con independencia de que, con anterioridad al citado período de cuatro meses, hu-bieran trabajado en otra contrata.

2. Trabajadores, con derecho a reserva de puesto de trabajo, que en el momento de la finalización efec-tiva de la contrata tengan una antigüedad mínima de cuatro meses en la misma y se encuentren enfermos, accidentados, en excedencia de cualquier tipo, vaca-ciones, permisos o situaciones análogas.

3. Trabajadores con contrato de interinidad que sus-tituyan a alguno de los trabajadores mencionados en el apartado segundo, con independencia de su anti-güedad y mientras dure su contrato.

4. Trabajadores de nuevo ingreso que por exigen-cia del cliente se hayan incorporado a la contrata de servicios públicos como consecuencia de una am-pliación, en los cuatro meses anteriores a la finali-zación de aquélla.

5. Trabajadores con contrato de relevo.

6. Trabajadores acogidos a la jubilación parcial an-ticipada.

B) Todos los supuestos anteriormente contempla-dos se deberán acreditar fehaciente y documentalmente por la empresa o entidad pública saliente a la entrante, mediante los documentos que se detallan en le artícu-lo 53 del Convenio General del Sector, y en el plazo de 10 días hábiles contados desde el momento en que, bien la empresa entrante, o la saliente, comunique fe-hacientemente a la otra empresa el cambio en la ad-judicación del servicio.

C) Los trabajadores que no hubieran disfrutado de sus vacaciones reglamentarias al producirse la su-brogación las disfrutarán con la nueva adjudicataria del servicio, que solo abonará la parte proporcional del período que a ella corresponda, ya que el abono del otro período corresponde al anterior adjudicata-rio, que deberá efectuarlo en la correspondiente li-quidación.

D) La aplicación de este artículo será de obligado cumplimiento para las partes a que vincula: empre-sas (públicas, mixtas o privadas), entidades sin áni-mo de lucro (asociaciones de vecinos, urbanizacio-nes, comunidades de vecinos, fundaciourbanizacio-nes, patronatos, organizaciones no gubernamentales, e instituciones análogas), entidades públicas cesantes, nueva adju-dicataria, cliente y trabajador.

Este artículo operará en todos los supuestos de su-brogación de trabajadores/as, aunque supongan cam-bios en el tipo de gestión (directa, indirecta, etc.), en los casos de que la actividad encuadrada en el ámbi-to funcional de este convenio sea de titularidad pú-blica.

En el caso de subcontratas, operará de la misma manera la subrogación de trabajadores/as, y en los mismos supuestos de lo reflejado en este artículo y en este capítulo.

(22)

Artículo 8.- Comisión Paritaria.

Definición y estructura: al objeto de estudiar cuan-tas interpretaciones o problemas se planteen en el pe-ríodo de vigencia o prórroga del presente Convenio Colectivo, se establece una Comisión Paritaria Inte-grada por tres representantes por parte empresarial y tres por la parte social. En caso de dimisión o de ba-ja de algún miembro de esta comisión será sustitui-do por la parte a quien corresponda.

La Comisión Mixta Paritaria se constituirá en el día de la firma del presente convenio.

La Comisión Paritaria contará con un Reglamento Orgánico de Funcionamiento.

Los dictámenes de la Comisión Paritaria son vin-culantes, y las actas de las reuniones celebradas por la misma se legalizarán mediante su presentación y registro en la autoridad laboral competente al afecto (SEMAC), para posteriormente adjuntarse al presente Convenio Colectivo.

Funciones: las funciones específicas de la Comi-sión Paritaria serán las siguientes:

1.- Interpretación del convenio.

En tal sentido se establece que en aquellas cues-tiones en las que existan divergencias de interpreta-ción, podrá iniciarse su aplicación independiente de que exista o no reunión de la Comisión Paritaria. Posteriormente, reunida ésta, si el acuerdo adoptado fuera distinto al aplicado por la empresa y fuera pre-cisa la mediación de otras autoridades, si el fallo pos-terior fuese desfavorable a la empresa, ésta quedará obligada a abonar a los trabajadores afectados la opor-tuna indemnización que la referida autoridad esta-blezca o que se pacte.

2.- Conciliación en los problemas o cuestiones que le sean sometidos por las partes, en supuestos pre-vistos o no en el presente Convenio Colectivo.

3.- Vigilancia del cumplimiento colectivo de lo pac-tado.

La Comisión Paritaria intervendrá preceptivamen-te en estas mapreceptivamen-terias, dejando a salvo la libertad de las partes para agotado en este campo, proceder en con-secuencia.

Procedimiento: tendrán capacidad de convocato-ria de la Comisión Paritaconvocato-ria, la Dirección de la Em-presa y el Comité de EmEm-presa.

Los asuntos sometidos a la Comisión Paritaria, ten-drán el carácter de ordinario y/o extraordinarios.

Otorgará tal calificación la empresa, así como el Comité de Empresa. En los asuntos ordinarios, la

Co-misión Paritaria deberá resolver en el plazo máximo de diez días a partir de la recepción del problema planteado, y en el segundo caso en el plazo máximo de tres días a partir del mismo momento.

Las reuniones se celebrarán siempre previa con-vocatoria de cualquiera de las partes, con especifi-cación concreta de los temas a debatir en cada caso, y en las mismas podrán ser utilizados los servicios permanentes y ocasionales de asesores, los cuales se-rán designados libremente por cada una de las par-tes. Los asesores tendrán derecho a voz pero no a vo-to.

Artículo 9.- Organización de trabajo.

La organización del trabajo es facultad del empre-sario, que debe ejercitarla con sujeción a lo estable-cido en el presente convenio y demás normas de apli-cación.

El trabajador está obligado a cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regu-lar de sus funciones, debiendo ejecutar cuantos tra-bajos, operaciones, actividades o tareas se le ordene dentro del general cometido de su competencia pro-fesional.

La empresa deberá comunicar inexcusablemente al Comité de Empresa en reunión previa, cualquier variación en las condiciones de trabajo que afecten al personal incluso en este Convenio Colectivo, de-biéndose negociar previamente con el Comité de Em-presa su implantación.

Las modificaciones sustanciales de las condicio-nes de trabajo se regularán por lo establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, sin per-juicio de lo regulado en el artículo 36 del presente Convenio Colectivo.

Comisión de formación.

Se constituirá una comisión de formación integra-da por tres representantes de los trabajadores, y per-tenecientes al Comité de Empresa y por tres repre-sentantes de la empresa, que programe, estudie y gestione las diversas actividades formativas a im-partir a los trabajadores.

Capítulo II.- Clasificación del personal. Artículo 10.- Clasificación funcional.

El personal comprendido en el ámbito de aplica-ción del presente convenio, se clasificará en los gru-pos y categorías profesionales siguientes:

Grupo I.- Personal administrativo. • Oficial Administrativo.

(23)

• Médico de Empresa. • A.T.S.

• Subalterno.

Grupo II.- Personal de recogida de basuras y lim-pieza pública. • Jefe de Servicio. • Capataz. • Conductor Día. • Conductor Noche. • Peón Día. • Peón Noche.

Grupo III.- Personal de mantenimiento y taller. • Jefe de Mantenimiento. • Oficial de 1ª Mecánico. • Oficial de 1ª Soldador. • Oficial de 1ª Chapista. • Oficial de 1ª Electricista. • Peón de Taller.

La enumeración de categorías consignadas en el presente artículo es meramente enunciativa y no su-pone la obligación de tener provistas todas ellas, si la necesidad y el volumen de la empresa no lo re-quieren. Sin embargo, desde el mismo momento en que exista en la empresa un trabajador que realice las funciones especificadas en la definición de una ca-tegoría profesional determinada, habrá de ser remu-nerado con la retribución propia de la misma, sin per-juicio de los demás derechos que pudieran corresponderle.

Las definiciones correspondientes a las distintas categorías profesionales, son las que se especifican a continuación:

Grupo I.- Personal administrativo.

1.- Oficial Administrativo: es el empleado que ac-túa a las órdenes de un Jefe Administrativo, si lo hu-biera y tiene a su cargo un servicio determinado den-tro del cual, con iniciativa y responsabilidad, con o sin otros empleados a sus órdenes, realiza tareas ad-ministrativas propias de nóminas, pagos, facturas, caja, contabilidad y administración. Deberá llevar a cabo un comportamiento cívico ejemplar.

2.- Auxiliar Administrativo: es el empleado que, con iniciativa y responsabilidad restringida, subor-dinado a un Jefe o a un Oficial Administrativo, rea-liza trabajos de carácter auxiliar o secundario, que sólo requieren conocimientos generales de las técni-cas administrativas prestando toda su diligencia y atención. Deberá llevar a cabo un comportamiento cívico ejemplar.

3.- Médico de Empresa: es el trabajador/a, con ti-tulación acreditativa y que dedica su actividad a vi-gilar y velar por la salud del colectivo de

trabajado-res, forma parte del Comité de Salud Laboral, reali-za las revisiones médicas periódicas establecidas en convenio. Tendrá un horario y un salario que se es-tablecerá de acuerdo con la empresa. Deberá llevar a cabo un comportamiento cívico ejemplar.

4.- A.T.S.: es el trabajador/a, con titulación acre-ditativa y que dedica su actividad a velar por la sa-lud del colectivo de trabajadores en cuanto a los ries-gos propios de su puesto de trabajo, dentro de sus funciones, colaborando con el médico de empresa, del cual depende, para la realización de la vigilancia de la salud. Tendrá un horario y salario que se esta-blecerá de acuerdo con la empresa y se recogerán en convenio tanto los horarios como los salarios. De-berá llevar a cabo un comportamiento cívico ejem-plar.

5.- Subalterno: es aquel trabajador que bajo las ór-denes de la empresa ejecuta trabajos de traslado de documentos, fotocopiadora, llevanza de dinero y va-lores, llevanza de correspondencia fuera de la em-presa. Deberá llevar a cabo un comportamiento cí-vico ejemplar.

Grupo II.- Personal de recogida de basuras y lim-pieza pública.

6.- Jefe de Servicio: es el trabajador que por sus condiciones humanas, públicas y profesionales, con los conocimientos adecuados y con la responsabili-dad consiguiente ante la empresa, a las órdenes in-mediatas de la dirección, gerencia o superiores, adop-ta las medidas oportunas para el debido ordenamiento y ejercicio de los servicios, coordina el trabajo de los demás encargados y capataces, vigila el cumplimiento de las órdenes enunciadas y es responsable del man-tenimiento de la disciplina de los servicios a su car-go, y muy especialmente del cumplimiento de cuan-tas disposiciones se refieran a la seguridad y salud en el trabajo. Deberá llevar a cabo un comportamiento cívico ejemplar.

7.- Capataz: es el trabajador que hace que se eje-cuten las órdenes recibidas del Jefe de Servicio, de la Dirección, Gerencia o superiores. Tiene a su car-go el mando del personal operativo, cuyos trabajos dirige, coordina y vigila. Tendrá conocimientos de los oficios de las actividades a su cargo y dotes de mando suficientes para el mantenimiento de los ren-dimientos previstos y de la disciplina. Por ello ten-drá obligación de informar de aquellas situaciones que puedan perjudicar al servicio, informando de los sucesos que sean sancionables. Podrá sustituir a su jefe inmediato superior en funciones cuando los tra-bajos lo permitan y siempre por delegación autori-zada. Deberá llevar a cabo un comportamiento cívi-co ejemplar.

8.- Conductor: es el trabajador que estando en po-sesión del carné de conducir de clase C y categoría profesional de conductor, maneja los vehículos de la

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