UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EQUINOCCIAL
MAESTRIA DE AUDITORÌA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE POSGRADOS
TRABAJO DE GRADO
PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE: MAGISTER EN AUDITORÍA Y FINANZAS
“IMPACTO FINANCIERO DE LA APLICACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO LABORAL EN LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES”
AUTORA:
NILA LUCÍA NARVÁEZ GRIJALVA
DIRECTOR: PAUL MARIN M.B.A.
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DECLARACIÓN DE AUTORIA
Yo, Nila Lucía Narváez Grijalva, declaro libre y voluntariamente que este trabajo es original de mi autoría, que se ha citado las fuentes correspondientes y que en su ejecución se respetaron las disposiciones legales que protegen los derechos de autor vigentes.
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INFORME DEL DIRECTOR DEL TRABAJO
En calidad de Director del presente trabajo, certifico que la tesis ha sido desarrollada por la maestrante Nila Lucía Narváez Grijalva siguiendo los lineamientos del plan de tesis, aprobado por el comité de proyectos de la Dirección de Posgrados.
El objetivo general de la investigación fue analizar el impacto financiero, que tendría el presupuesto de la Superintendencia de Telecomunicaciones, con la aplicación de las reformas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar). Para el cumplimento de los objetivos se ha revisado literatura relacionada con el tema y los métodos empleados fueron aplicados con rigor científico.
Considero que es un valioso aporte para la ex Superintendencia de Telecomunicaciones hoy Agencia Nacional de Control y Regulación de las Telecomunicaciones, ya que los resultados obtenidos permiten continuar con nuevas investigaciones y ser un documento de análisis
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DEDICATORIA
iv
AGRADECIMIENTOS
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ÍNDICE
RESUMEN ... 1
ABSTRACT ... 3
CAPÍTULO I ... 5
ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ... 5
1.1 Contextualización del Problema ... 6
1.2 Antecedentes de la Investigación ... 7
1.3 Formulación del problema ... 8
1.4 Objetivos de la Investigación ... 9
1.4.1 Objetivo General ... 9
1.4.2 Objetivos Específicos ... 9
1.4.3 Justificación ... 10
1.4.4 Alcance ... 12
CAPÍTULO II ... 13
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN... 13
2.1 Tipo de Investigación. ... 13
2.2 Métodos de estudio. ... 14
2.3 Técnicas e instrumentos de recolección de datos. ... 20
2.4 Técnicas e instrumentos de procesamiento de los datos. ... 23
CAPÍTULO III ... 24
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN LABORAL ACTUAL ... 24
3.1 Diagnóstico actual ... 24
vi 3.3 Proyección económica de la aplicación del Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, en la Superintendencia de
Telecomunicaciones. ... 49
CAPÍTULO IV ... 53
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... 53
4.1 Conclusiones ... 53
4.2 Recomendaciones ... 55
BIBLIOGRAFÍA ... 56
ENTREVISTAS ... 58
ANEXOS... 59
FORMULARIO DE ENCUESTA ... 59
RESPUESTAS ... 62
ÍNDICE DE ILUSTRACIONES Ilustración 1 Distribución Servidores por Modalidad de Contratación ... 26
Ilustración 2 Distribución Servidores por Denominación de Puesto ... 27
Ilustración 3 Distribución Servidores por Ciudad ... 34
ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1 Distribución Modalidad de Contratación ... 25
Tabla 2 Pregunta 1 ... 35
Tabla 3 Pregunta 2 ... 36
Tabla 4 Pregunta 3 ... 36
Tabla 5 Pregunta 4 ... 37
Tabla 6 Pregunta 5 ... 38
Tabla 7 Pregunta 6 ... 38
vii
Tabla 9 Pregunta 8 ... 39
Tabla 10 Pregunta 9 ... 40
Tabla 11 Análisis reformas Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar ... 46
Tabla 12 Distribución de servidores por denominación y salario ... 49
Tabla 13 Ejemplo cálculo de desahucio ... 51
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RESUMEN
El presente trabajo tuvo como objetivo principal analizar el impacto financiero, que tendría el presupuesto de la ex Superintendencia de Telecomunicaciones actualmente Agencia de Control y Regulación de Telecomunicaciones, con la aplicación de las reformas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar).
Los objetivos específicos que se plantearon como ruta para el desarrollo de esta investigación, fueron: determinar los cambios relacionados con la contratación del personal, determinar el monto de gastos que se incrementarán con la aplicación de la nueva ley, determinar los beneficios que se establecerán, para los trabajadores y evaluar las ventajas y desventajas tanto para la Superintendencia de Telecomunicaciones como para los trabajadores que se encuentran amparados en el Código del Trabajo que tomará el nombre de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.
Para la ejecución de este trabajo de investigación se utilizó el Estudio Descriptivo, considerando que es una herramienta que permite puntualizar las propiedades, características y aspectos destacados del objeto, utilizando la evaluación de datos y la observación lo que faculta describir el comportamiento de determinado hecho o sujeto, sin influir sobre él de ninguna manera.
Se empleó encuestas, por medio de la aplicación Formularios Google, a fin de conocer el criterio y percepción que implica para el personal de este Organismo, los artículos propuestos en la nueva Ley. Asimismo, se realizó entrevistas a tres profesionales que se encuentran de una manera u otra inmersos en el tema que compete a esta investigación.
2 empleo de este tipo de pregunta, por cuanto su codificación y análisis, permite la obtención de resultados más rápidos para este estudio.
Cabe señalar, que considerado el nivel de preparación académica de los trabajadores que se administran bajo el Código del Trabajo y a fin de sociabilizar el tema, evitando temor o prejuicios al encuestado, previo al envío del correo, se conversó telefónicamente en unos casos, en otros personalmente, indicándoles que este procedimiento es con fines netamente académicos, lo cual no implica que su criterio pueda ser difundido con su nombre; es decir, los resultados de la encuesta son anónimos.
Los resultados arrojados de las encuestas y las entrevistas realizadas, en lo principal destacan que: el 46.70% de los encuestados califica como positivo que los contratos de trabajo, después de 90 días, tengan un plazo de tiempo indefinido. El 80% de los encuestados, opina que no es beneficiosa la mensualización de los décimos tercero y cuarto sueldos, y el 40% reconoce que notificar el desahucio por parte del trabajador, utilizando medios electrónicos y dentro de los 15 días del cese definitivo de labores, tiene un nivel medio de beneficio.
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ABSTRACT
The principal purpose of this investigation is to analyze the financial impact that would be in the budget of the (ex) “SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES” –Telecommunication Superintendence-, (now) “AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES” – Regulation and Control Telecommunications Agency-, by the application of the reformed Labor Code (Job Justice and Job at Home Law).
The specific purposes designed for this investigation work, were: determine the changes about personnel engagements, determine the increase of expenses after the application of this new lay, determine the benefits that will be reached, for workers and assesses the advantages and disadvantages for the Telecommunications Superintendence also for the workers that are covered by the Labor Code that will take the name of the Job Justice and Job at Home Law.
For the development of this investigation was used the Descriptive Study, because it is al tool that let us to identify the properties, characteristics and important aspects of the object, by the use of data evaluation and observation, that makes possible to describe determined fact or subject, without anyway influence.
The practice of polls were made by the application of questionnaires by Google Forms application, to know the judgment and perception of the personnel of the Institution, the articles proposed in the new Law. Further, three interviews were practiced to professionals that are related in one or other way to the topic that involves this investigation.
In the polls were used questionnaires with closed questions, which give the subject dichotomous responses (two alternatives) or the selection of two or more options in a question. It was considered appropriated the use of this type of question, because its codification and analysis let to reach faster results for this investigation.
4 before the email send, there was a telephone contact in some cases, personally in others, to let them know that this procedure was practiced with academic purposes, that means that their criteria was not going to be defunded with their names; because, the questionnaires results are anonymous.
The results obtained by the application of polls and the interviews practiced, principally shows: 46,70% considered as positive the labor engagements, after 90 days, are indefinitely; 80% considered not as a benefit the monthly payment of 13rd and 14th salaries; and, 40% recognize that the notification of the eviction to the employee, by the use of electronic media and into 15 days before the end of the job relation, has a middle benefit level.
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CAPÍTULO I
ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
Esta investigación nace de la eminente reforma que en la actualidad se trata en la Asamblea Nacional al vigente Código de Trabajo, el mismo que tomará el nombre de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, que incorporará reformas al Código y a la Ley de Seguridad Social.
La nueva Ley, traerá consigo implicaciones sociales y económicas que beneficiaran a los empleadores y trabajadores, sin embargo; es necesario que como empleadores se determine el impacto económico actual, así como se establezca el monto que se deberá provisionar para el futuro.
Por lo expuesto, la finalidad de la presente investigación se enfoca en analizar el alcance que tendrá, en la Superintendencia de Telecomunicaciones, organismo que prestará las facilidades de información, la aplicación de las reformas planteadas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar).
Para conseguir el propósito de este trabajo, expuesto en líneas anteriores, se lo desarrollará de la siguiente manera: en el capítulo II se pretende introducir al lector en la metodología que se utiliza para la investigación, detallando los tipos de estudio y las técnicas e instrumentos para recolección y procesamiento de datos.
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1.1 Contextualización del Problema
El artículo 225 de la Constitución del Ecuador determina cuales son las entidades que conforman el sector público, así; la Superintendencia de Telecomunicaciones se enmarca en el numeral 1 de este artículo, por cuanto este organismo forma parte de la Función de Transparencia y Control Social.
La administración pública, en materia de recursos humanos y remuneraciones, se rige por la Ley Orgánica de Servicio Público, para los servidores públicos, sin embargo; los obreros del sector público están supeditados por el Código de Trabajo. Se define como servidor público a las personas que presten o ejercen un cargo, función o dignidad, en cualquier forma o bajo cualquier título, en el sector público.
Cabe señalar que el organismo rector de emitir la normativa relacionada a remuneraciones, ingresos complementarios y talento humano, es el Ministerio de Relaciones Humanas, por lo que todas las entidades señaladas en el artículo 225 de la Constitución del Ecuador se sujetan a lo establecido por esta Institución.
En la actualidad se está tratando en la Asamblea Nacional, una serie de reformas al Código del Trabajo y la Ley de Seguridad Social, recopiladas en un proyecto de ley que de acuerdo a lo señalado en el Informe para Primer Debate, presentado por Cruz, J. Carlos (2014), mediante oficio No. 1269-CEPDTSS-2014,se denominará 'Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar”. Esto se lleva a cabo, considerando que el actual Código fue expedido el 5 de agosto de 1938 por el Jefe Supremo de la República, el General Alberto Enríquez Gallo y posteriormente declarado vigente por la Asamblea Constituyente, que lo aprobó por unanimidad el 11 de octubre del mismo año.
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1.2 Antecedentes de la Investigación
Considerando que los recursos humanos del Ecuador se rigen en la actualidad por un Código de Trabajo, que dada la época en que fue expedido, contiene una normativa obsoleta con relación a los cambios que se han presentado, no solo por la implementación de nuevas tecnologías, sino también por la globalización comercial y social que enfrenta el mundo actual; el Estado; ha visto la necesidad de actualizar el Código del Trabajo y la Ley de Seguridad Social, por lo tanto; se encuentra en análisis un proyecto de ley denominado: “Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar”, la misma que incorporará una serie de reformas a la legislación señalada.
En información publicada en la página web de Ecuador Times, señala que para el 2014 los sueldos y salarios del sector público, aumentaron $332 millones en el Presupuesto General del Estado, en 2013 el gasto fue de $8 101 millones y en 2014 subió a $8 433 millones, lo cual representa el 30% de todo el gasto permanente.
De conformidad al artículo 286 de la Constitución los egresos permanentes deben ser financiados con los ingresos permanentes. Por lo tanto, se entiende como gastos permanentes del Gobierno Central a los sueldos y salarios de los empleados públicos, la compra de bienes y servicios, entre otros gastos corrientes y los ingresos permanentes que tiene el Estado son los impuestos, las contribuciones de seguridad social, entre otros; es decir, el ingreso no petrolero o de manera estricta solo los impuestos.
Los datos del Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos, muestran que 757.578 ecuatorianos trabajan en el sector público, lo que representa el 21.1% de la Población Económicamente Activa.
8 Superintendencia de Telecomunicaciones, las reformas planteadas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar).
1.3 Formulación del problema
La Superintendencia de Telecomunicaciones, es un organismo que forma parte de la Función de Transparencia y Control Social y tiene personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa.
El artículo 88, letra h) del Reglamento General a la Ley Especial de Telecomunicaciones Reformada, expedido mediante Decreto Ejecutivo N° 1790 publicado en el Registro Oficial 404, de 4 de septiembre del 2001, señala que entre las atribuciones del Consejo Nacional de Telecomunicaciones esta el aprobar el presupuesto para el funcionamiento de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Para el año 2014, en la proforma presupuestaria se estimó para gastos en personal, la suma de US$ 15.951.206,00, sin embargo el Ministerio de Finanzas únicamente aprobó US$ 13.012.753,00, es decir existe un desfinanciamiento de US$ 2.938.453,00.
Una vez que el Consejo Nacional de Telecomunicaciones aprueba la Proforma Presupuestaria, le corresponde al Ministerio de Finanzas habilitar el Presupuesto, únicamente por el valor que de conformidad a las políticas de gasto estatal se encuentren vigentes, es decir el presupuesto habilitado por lo general es inferior al aprobado.
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1.4 Objetivos de la Investigación
1.4.1 Objetivo General
Analizar el impacto financiero, que tendría el presupuesto de la Superintendencia de Telecomunicaciones, con la aplicación de las reformas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar).
1.4.2 Objetivos Específicos
- Determinar los cambios relacionados a la contratación del personal, que afectarán a la Superintendencia de Telecomunicaciones.
- Presupuestar el incremento de los gastos que la Superintendencia de Telecomunicaciones deberá afrontar mediante la presupuestación con base a las reformas propuestas en las reformas del Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar).
- Determinar los beneficios que se establecerán, para los trabajadores, mismos que representen incremento en las cuentas de provisiones de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
- Analizar los beneficios que se establecerán, para los trabajadores, mismos que permitirán la formación de sindicatos en la Superintendencia de Telecomunicaciones como consecuencia de la inclusión de las reformas del Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar).
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1.4.3 Justificación
Como se señaló en párrafos anteriores, el Código de Trabajo vigente, fue expedido el 5 de agosto de 1938, por lo que presenta incongruencias que no permiten administrar de forma adecuada al personal, considerando los cambios tecnológicos que han ocasionado o derivado en nuevos tipos de trabajo.
En el informe para el Primer Debate de las reformas al Código de Trabajo (Proyecto de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar), anexo al oficio No. 1269-CEPDTSS-2014, suscrito por Cruz Urbina, J. Carlos (2014), se analizan las siguientes modificaciones:
Fomentar la estabilidad laboral a través de la contratación indefinida del trabajador, a partir del periodo de prueba, con la finalidad de que pueda conservar su empleo otorgándole un carácter de permanencia en el mismo y protegiéndole de despidos arbitrarios por parte del empleador. Adicionalmente, se buscaría que el vínculo laboral dependa exclusivamente de la voluntad del trabajador, con excepción de los casos justificados y determinados en la ley. Dentro de este acápite, se establecerá la eliminación del desahucio solicitado por el empleador, como un medio de garantizar la estabilidad del trabajador.
Buscar la equidad y discriminación positiva en las relaciones laborales, considerando que el empleador es el dueño del negocio y por lo tanto es la parte de la relación laboral que fija las condiciones del trabajo, en muchos casos el trabajador no se encuentra en capacidad de negociar a su favor las condiciones iníciales de su contrato. Con base en este análisis, el Estado quiere propiciar un balance, promoviendo regulaciones que permitan al trabajador alcanzar un nivel de vida digno.
11 Promover la modernización del estado laboral por medio de otorgar la competencia directa, al Ministerio de Relaciones Laborales, en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo y Prevención de Riegos, actividad que en la actualidad está encomendada al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, así también; la mensualización voluntaria del décimo tercero tanto, en el sector público como privado y la eliminación del requisito de autorización laboral para el trámite de regularización migratoria de extranjeros.
Impulsar la democratización de la representación laboral acogiendo la normativa internacional relacionada con la adopción de medidas apropiadas y necesarias para garantizar el ejercicio sindical, consagrando el derecho a la negociación colectiva que permita el mejoramiento de las condiciones laborales. Esta reforma pretende incluir, la democratización de la designación de los representantes sindicales.
El artículo 34 de la Constitución, refiriéndose a la Seguridad Social, establece la universalidad y señala que el Estado garantizará el derecho a la seguridad social, incluyendo a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, así como actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo.
Además, se introduce a la legislación y se regula el Sindicato y la Contratación Colectiva por Rama de Actividad, considerando las 22 ramas establecidas para el Consejo Nacional de Remuneraciones CONADES. En el caso de las mujeres embarazadas, por despido intempestivo, se considera una indemnización de 2 años de remuneraciones, incluido el período de lactancia.
12
de la organización sindical, desde el momento de la petición de la constitución hasta la integración de la directiva provisional.
Con estos antecedentes, el estudio que se propone aportara con la información requerida para que la Superintendencia de Telecomunicaciones, tenga el conocimiento necesario para estimar el incremento en gastos y provisiones, además de los cambios de tipo administrativo que deberá afrontar.
1.4.4 Alcance
El presente trabajo de investigación tiene como alcance el analizar el impacto que tendrán las reformas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar), en el presupuesto y en el ámbito administrativo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
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CAPÍTULO II
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
2.1 Tipo de Investigación.
"Uno de los criterios más decisivos para determinar la modalidad de investigación es el objetivo del investigador. Es decir, qué pretendemos con la investigación, qué tipo de conocimiento necesitamos para dar respuesta al problema formulado." (Rincón, 2000, pág. 7).
Rodríguez David, en el texto digital, Metodología de la Investigación, señala quelas respuestas a las interrogantes planteadas, se las debe realizar con fundamento en los objetivos expuestos en la investigación, considerando criterios como: la finalidad, alcance temporal, carácter, marco donde se desarrolla, orientación, etc.
Para este trabajo de investigación se usará el Estudio Descriptivo, que se conceptualiza de acuerdo a Gómez Marcelo M., (2006), en la Introducción a la Metodología de la Investigación Científica, como: “(…) el objetivo del investigador es describir situaciones, eventos y hechos. Esto es, decir cómo es y cómo se manifiesta determinado fenómeno”.
Un Estudio Descriptivo, pretende puntualizar las propiedades, características y aspectos destacados del objeto de análisis. Su metodología se basa en la evaluación de datos, proporcionando al investigador una actitud pasiva que no modifica el fenómeno de estudio, por cuanto no es posible la manipulación de las variables.
14 Asimismo, la Investigación Descriptiva resulta una herramienta útil para la determinación de tendencias y situaciones específicas, motivo por el cual es pertinente establecer que mediante este trabajo se pondrán a prueba los modelos teóricos, aplicándolos en situaciones del mundo real, caso particular: impacto financiero de la aplicación delas reformas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en la Superintendencia de Telecomunicaciones).
2.2 Métodos de estudio.
Los Métodos de Estudio tienen como finalidad: definir, clasificar, catalogar y caracterizar el objeto de estudio.
Mediante estos Métodos es posible cumplir con los siguientes objetivos:
2. Conseguir descripciones generales. NOMOTÉTICA
15 La clasificación de estos métodos es la siguiente:
Los principales métodos de estudio utilizados en la Investigación Descriptiva, son los siguientes:
1. Observacional:
Permite registrar el comportamiento en el entorno habitual del sujeto, es decir no existe manipulación de ningún tipo, dado que el investigador únicamente observa al sujeto desenvolverse en su entorno normal, sin ningún tipo de variación o condicionamiento para que registre diferencias en sus hábitos.
Las condiciones a priori con este método de estudio, resultan en:
a. Definición precisa de las condiciones de la observación.
b. Sistematización y objetividad.
c. Rigor en el proceso de registro del comportamiento.
Este método puede aplicarse con o sin intervención, vale la pena aclarar que en caso de optar con la intervención para realizar el estudio, el investigador tiene la obligación de registrar el comportamiento del sujeto, evento o situación tal como ocurre de forma natural, es por esta razón que el observador se limita exclusivamente a registrar lo que estar a la mira, sin ningún tipo de manipulación con ningún fin.
CLASIFICACIÓN DE LOS MÉTODOS DE ESTUDIO
CUANTITATIVOS
CUALITATIVOS
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2. Encuestas:
Representadas por cuestionarios para respuestas de los sujetos a investigarse descriptivamente, a través de los cuales puedan emitir pensamientos, opiniones y sentimientos.
Las formas más comunes utilizadas para socializar y lograr respuesta a los cuestionarios son: correo, entrevistas personales, teléfono e internet.
Para este estudio de Impacto Financiero, se utilizarán todas las formas anteriormente citadas, con la finalidad de aplicar las encuestas.
3. Cualitativo:
Permite estudiar el comportamiento de un suceso, sujeto en su ámbito natural, a fin de develar características naturales de cada estudiado, más que la cuantificación.
Para aplicar este método, se analiza a continuación la clasificación del mismo:
3.1. Métodos correlaciónales o asociativos:
Establece relaciones de simultaneidad o compatibilidad entre las variables analizadas, con base en las cuales el investigador se encontrará en capacidad de realizar predicciones.
La Universidad de Valencia (Universitat do Valéncia), en su página web, realiza la siguiente definición:
“Las predicciones obtenidas con métodos correlacionales no tienen
valor causal dado que se basan en la ocurrencia conjunta de los
hechos o variación simultánea de las variables, y no podemos decir
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3.2. Métodos experimentales:
Consiste en la manipulación de la variable independiente y el control de las variables perturbadoras.
A continuación, se desarrolla un concepto sencillo de las variables dependiente e independiente.
Su manipulación es seguida de variación en la variable
DEPENDIENTE. VARIABLE
INDEPENDIENTE
Cambian como consecuencia de la manipulación de la variable INDEPENDIENTE, razón por la
cual depende directamente la variable INDEPENDIENTE. VARIABLE
18 La Universidad de Valencia en su página web, propone el siguiente concepto para variable dependiente:
“La variable dependiente (por ejemplo: la depresión es el proceso o
variable interviniente que explica la relación entre variables
independientes (por ejemplo acontecimientos negativos) y dependientes como la tristeza.”
•PROCESO INTERVINIENTE
MECANISMO
•INFLUYA EN LA VARIABLE DEPEDIENTE
19 En el siguiente gráfico, se puede apreciar la relación y el efecto que tienen las variables perturbadoras y la dependiente, todos estos términos aplicados en la presente investigación.
•VARIABLES PERTURBADORAS
EFECTO
•Para evitar que sus efectos confundan las conclusiones
hay que controlarlos. •Debe existir aleación en la
asignación de los individuos de las condiciones
20 Finalmente, se evidencia el efecto de la investigación descriptiva, mediante el Método Experimental y su valor causal, en la siguiente gráfica:
2.3 Técnicas e instrumentos de recolección de datos. 2.3.1 Entrevistas:
Para llevar a cabo este trabajo de investigación se aplicó entrevistas, entre la investigadora y diferentes sujetos relacionados con el tema de estudios.
En primera instancia se entrevistó a la servidora que tiene a su cargo las funciones de elaboración y procesamiento de roles de pago, con el objetivo de analizar la normativa y determinar quiénes son los servidores que desempeñan su trabajo, bajo el Código del Trabajo.
A la servidora, también se le abordó temas relacionados con las escalas salariales de los servidores que desempeñan su trabajo, bajo el Código
EXISTE
•Variación de las variables independiente y
dependiente.
TERMPORALIDAD
•Variación de la variable dependiente, después de la variable independiente.
NEUTRALIZACIÓN
•De otras posibles variables, a excepción
21 del Trabajo, a fin de conocer los montos de las remuneraciones mensuales unificadas de estos servidores y determinó conjuntamente, las diferencias monetarias entre las remuneraciones y la motivación en la identificación de cada una de éstas.
Entrevista a un profesional especializado en Derecho Laboral, para conocer aspectos de fondo de las reformas al Código de Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar); y, mediante la entrevista, obtener información de primera mano, relacionada con un análisis comparativo entre el anterior Código del Trabajo y la nueva ley que se espera aprobar, identificando diferencias trascendentales que generen impacto para los trabajadores que laboran bajo este régimen.
Se consideró importante, además la opinión y conocimientos de un representante de la Asociación de Empleados de la Superintendencia de Telecomunicaciones, por cuanto este servidor por sus funciones se encuentra ligado directamente con todo el personal y tiene una visión más amplia de la situación laboral de los servidores del organismo.
2.3.2 Observacional:
Se realizó un análisis comparativo de beneficios sociales, establecidos en el Código del Trabajo, contra los beneficios sociales contenidos en las reformas propuestas.
22
2.3.3 Encuestas:
Se aplicó encuestas a los servidores que desempeñan sus actividades, al amparo del Código del Trabajo, para obtener información de primera mano, relacionada con: nivel de conocimiento, percepción y disposición de estos servidores, frente a la nueva Ley.
En las encuestas se utilizó un cuestionario de preguntas cerradas, que consiste en proporcionar al sujeto respuestas dicotómicas (dos alternativas) y/o la selección de dos o más opciones de una categoría de pregunta.
Se consideró apropiado el empleo de este tipo de pregunta, por cuanto su codificación y análisis, permite la obtención de resultados más rápidos para este estudio.
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2.4 Técnicas e instrumentos de procesamiento de los datos. 2.4.1 Computador personal, tipo laptop.
Se utilizó los programas: Formularios de Google, Microsoft Word para el procesamiento de datos, Microsoft Excel para la tabulación de datos, elaboración de gráficos de resultados y cálculos.
2.4.2 Impresora láser a color.
Para impresión de encuestas y demás documentos, en hojas de papel tamaño A4.
2.4.3 Grabadora digital de voz.
Para grabar las entrevistas realizadas, siempre y cuando el entrevistado lo autorice y posteriormente procesarlas.
2.4.4 Líneas telefónicas convencionales y móviles.
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CAPÍTULO III
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN LABORAL ACTUAL
3.1 Diagnóstico actual
La Asamblea Nacional del Ecuador, el 18 de febrero de 2015, publico en el Registro oficial No. 439, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, y en la Disposición Final Primera, se suprime la Superintendencia, el Consejo Nacional (CONATEL) y la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones; se crea la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones.
En la Disposición Transitoria Sexta se determina que, el Directorio de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, a fin de continuar con las actividades de regulación, control, administración y gestión, que venían efectuando los organismos extintos, aprobará una estructura temporal, que garantice la ejecución de derechos y obligaciones asumidos en contratos, convenios e instrumentos nacionales e internacionales por parte de las entidades mencionadas, en párrafos anteriores.
La Disposición Transitoria séptima, señala que los servidores y trabajadores que laboraban en la Superintendencia de Telecomunicaciones (así como en las otras entidades extintas), pasan a formar parte de la nómina de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, conservando sus derechos; hasta que en el plazo de ciento ochenta días, la nueva Institución efectúe un proceso de evaluación, racionalización y selección de talento humano. Dado el caso se procederá a la supresión de puestos innecesarios, empleando los procedimientos dispuestos en la Ley Orgánica de Servicio público y las demás normas aplicables.
25 relación a los trescientos cincuenta y seis servidores, que se encuentran bajo el régimen de la Ley Orgánica de Servicio Público y el Código de Trabajo Vigente.
En la siguiente tabla se puede apreciar la distribución del personal de conformidad a la modalidad de contratación y el número de trabajadores que pertenece a cada una. Se evidencia que solo el 10.96% del total, es decir 39 servidores, se encuentra bajo la administración del Código de Trabajo
Tabla 1 Distribución Modalidad de Contratación
Fuente: Superintendencia de Telecomunicaciones, diciembre de 2014, www.supertel.gob.ec
Elaborado por: La autora
El Ministerio de Relaciones Laborales, mediante Resolución No. MRL-2011-00081 de 28 de marzo de 2011, en cumplimiento a lo estipulado en la Ley del Servicio Público, califica el régimen laboral del personal de la Superintendencia de Telecomunicaciones y resuelve que los puestos de Auxiliar de Servicios, Conductor de Automotor 1 y 2 estén amparados por el Código de Trabajo, por lo tanto se administrarán bajo esta normativa.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No. DE
SERVIDORES PORCENTAJE
CONTRATO CÓDIGO DE TRABAJO
39 10,96%
CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES
37 10,39%
NIVEL JERÁRQUICO SUPERIOR - LIBRE
NOMBRAMIENO 28 7,87%
NOMBRAMIENTO
248 69,66% NOMBRAMIENTO PROVISIONAL
4 1,12%
26 Ilustración 1 Distribución Servidores por Modalidad de Contratación
Fuente: Superintendencia de Telecomunicaciones, diciembre de 2014, www.supertel.gob.ec
Elaborado por: La autora
De la información detallada en la tabla anterior, se evidencia que la Superintendencia de Telecomunicaciones cuenta con 39 servidores, cuya administración se la realiza con base en el Código de Trabajo vigente, sin embargo; estos trabajadores también deben dar cumplimiento a la reglamentación interna emitida por el Organismo, misma que guarda relación con las regulaciones del sector público y con el Plan Nacional - Buen Vivir 2013 – 2017.
El Plan Nacional - Buen Vivir 2013 – 2017, es un conjunto de objetivos que pretenden mejorar varios procesos del país, a fin de garantizar una mejor calidad de vida a los ciudadanos.
Los 39 trabajadores con los que cuenta el Organismo Técnico de Control se distribuyen en los siguientes puestos: 21 conductores de automotor 2, 9 auxiliares de servicio y 9 conductores de automotor 1. Esta distribución se puede apreciar en la siguiente ilustración.
39
37 28
248
4
DISTRIBUCIÓN DE SERVIDORES POR MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
CONTRATO CÓDIGO DE TRABAJO
CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES
NIVEL JERÁRQUICO SUPERIOR - LIBRE NOMBRAMIENO
NOMBRAMIENTO
27 Ilustración 2 Distribución Servidores por Denominación de Puesto
Fuente: Superintendencia de Telecomunicaciones, diciembre de 2014, www.supertel.gob.ec
Elaborado por: La autora
Considerando que el Plan Nacional - Buen Vivir 2013 – 2017, constituye una guía para el gobierno, con una aplicabilidad de cuatro años, que pretende conseguir un mejor futuro para el país, este Plan se convertirse en un documento práctico, con directrices claras siendo la base para la modificación o creación de leyes. Los objetivos del plan, se transcriben a continuación:
“Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular.
Auspiciar la igualdad, la cohesión, la inclusión y la equidad social y territorial, en la diversidad.
Mejorar la calidad de vida de la población.
Fortalecer las capacidades y potencialidades de la ciudadanía.
Construir espacios de encuentro común y fortalecer la identidad nacional, las identidades diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad.
9
21 9
DISTRIBUCIÓN SERVIDORES POR DENOMINACIÓN DE PUESTONÚMERO DE SERVIDORES POR
DENOMINACIÓN DE PUESTO CÓDIGO DE TRABAJO
AUXILIAR DE SERVICIOS
CONDUCTOR DE AUTOMOTOR 1
28 Consolidar la transformación de la justicia y fortalecer la seguridad integral, en estricto respeto a los derechos humanos. Garantizar los derechos de la naturaleza y promover la sostenibilidad territorial y global. Consolidar.”
En este capítulo de la investigación, se analizarán los siguientes objetivos:
“Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular” y “Garantizar el trabajo digno en todas sus formas”, por cuanto en estos se fundamentan algunas de las modificaciones propuestas el Código del Trabajo (Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar).
OBJETIVO 1: “Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular”
La Constitución del Ecuador, atribuye el rol del Estado como proveedor de servicios públicos garantizando que su provisión, pública o privada, responda a los principios de obligatoriedad, eficiencia, accesibilidad, continuidad, entre otros. Adicionalmente, le faculta para la creación de empresas públicas con la finalidad de fortalecer los sectores estratégicos, aprovechando sustentablemente los recursos naturales o bienes públicos.
El Plan Nacional – Buen Vivir 2013 – 2017, páginas 81 a la 600, detalla las políticas y lineamientos que se establecen en este objetivo, y que se relacionan con esta investigación, las mismas que se resumen a continuación:
Política 1.5. Afianzar una gestión pública inclusiva, oportuna, eficiente, eficaz y de excelencia, la misma que contiene los siguientes lineamientos:
Usar y desarrollar tecnologías informáticas que permitan simplificar los procesos y procesamientos administrativos, disminuyendo el tiempo en su ejecución.
29 Aplicar mecanismos para la selección, promoción, capacitación y evaluación del talento humano, con la finalidad de lograr la eficiencia y calidad en la gestión pública.
Diseñar mecanismos que prevengan la discriminación en el acceso al servicio público, permitiendo la inclusión de grupos que tradicionalmente han sido excluidos.
Política 1.9 Consolidar la participación ciudadana en los procesos de elaboración de políticas públicas y en el relacionamiento Estado-sociedad
Desarrollar programas de capacitación orientados a procurar derechos de participación ciudadana y transparencia en la gestión pública, para los servidores y servidoras del sector público.
Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular.
Incentivar la normativa que permita el mejoramiento del ambiente entre la participación ciudadana de comunidades, pueblos y nacionalidades.
Propiciar la descongestión de los servicios públicos entre el estado y la ciudadanía.
30 OBJETIVO 9: “Garantizar el trabajo digno en todas su formas”
La Organización Internacional de Trabajo, en su “Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa”, manifiesta que en la actualidad por el uso de nuevas tecnologías, el intercambio globalizado de bienes, servicios, negocios, procesos, el acrecentamiento de los flujos de capital y financieros, así como el desplazamiento de personas, por cuestiones de trabajo, obliga a una modificación profunda del mundo laboral.
Considerando lo anterior, hay que mencionar que la globalización económica ha desafiado a muchos países y sectores productivos, a enfrentar la desigualdad de ingresos, como resultado del aumento del trabajo informal o no protegido, altos niveles de desempleo relacionados con crisis económicas internas y externas, todos estos factores afectan a la balanza entre el trabajo, la estabilidad y la protección, que este debería ofrecer.
Sin embargo, por otra parte esta misma globalización, ha beneficiado para que algunos países se favorezcan de altas tasas de crecimiento económico y creación de empleo, incorporando gente pobre de zonas rurales en su economía urbana moderna, logrando la innovación en la elaboración de productos y prestación de servicios.
La Organización Internacional del Trabajo, en el documento Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa (2008), mencionado en párrafos anteriores, define cuatro objetivos estratégicos con el propósito de lograr empleo pleno y productivo, un trabajo digno, como elemento central de las políticas económicas y sociales, que sus miembros deberán aplicar. Estos objetivos se resumen a continuación:
31 Concertar e incrementar prevenciones de protección social, que puedan ser aplicadas a las circunstancias de cada país, con inclusión de todas las personas a la seguridad social, estimando medidas que se adapten para responder a las nuevas necesidades generadas por los cambios tecnológicos, sociales, demográficos y económicos. Además, garantizar que la distribución de los frutos del progreso, sean distribuidos de forma equitativa en salarios, utilidades y otras condiciones de trabajo.
Aplicar los objetivos estratégicos por medio del diálogo social y el tripartismo, adaptando los mismos al entorno y a las necesidades de cada país. El dialogo debe facilitar la aceptación, de las políticas nacionales e internacionales que conlleven las estrategias y programas empleo y trabajo decente.
Fomentar los derechos y principios que faciliten la materialización de los objetivos estratégicos, entre estos se incluye la libertad de asociación, sindicalismo y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva. Se especifica y reitera que la violación de los derechos y principios no pueden ni deben utilizarse de modo alguno como ventaja comparativa y que las normas del trabajo no deberían utilizarse con fines comerciales proteccionistas.
Se realizó el análisis de los objetivos estratégicos de la “Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa”, considerando que el Ecuador como país miembro de esta organización, implementó éstos objetivos tanto en el Plan Nacional para el Buen Vivir como en la propuesta de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.
32 Entre las condiciones que requiere este objetivo para su cumplimiento, es la generación de trabajos en condiciones dignas, priorización de la inclusión de grupos históricamente excluidos, reducción del trabajo informal, fortalecimiento de la formación ocupacional, capacitación permanente y sobre todo el cumplimiento de los derechos laborables.
En el Plan Nacional – Buen Vivir 2013 – 2017, páginas 81 a la 600, las políticas y lineamientos estratégicos, propuestos para que el objetivo detallado anteriormente pueda llevarse a cabo, son:
Diseñar atractivos económicos que permitan incrementar las Mipymes, la agricultura familiar campesina, trabajo autónomo, procurando la igualdad de oportunidades de empleo para la población.
Promover el desarrollo de las actividades económicas, otorgando acceso a créditos, activos productivos, bienes de capital, etc., factores que permiten la asociación y se vincula con cadenas productivas.
Apoyar la competitividad en los Gobiernos Autónomos Descentralizados, con la finalidad de generar trabajo, aprovechando la especialización local de cada sector.
Generar programas gubernamentales que amplíen la generación de oferta y demanda de empleo, así como su conservación, en el sector público.
Reforzar los programas de reinserción laboral y productiva enfocados en el retorno voluntario de los emigrantes ecuatorianos, así como; programas de incorporación de mujeres y de grupos de atención prioritaria.
33 artesanales y oficios calificados, con la finalidad de orientar las acciones del Estado hacia las actividades productivas.
Impulsar la capacitación de los trabajadores y personas en busca de trabajo, con la finalidad de mejorar su desempeño, productividad, permanencia laboral y realización personal. Esta política pretende incluir al estado, sector privado y trabajadores, añadiendo instrumentos que faciliten la transferencia de conocimientos, tecnologías prácticas y saberes ancestrales, en beneficio de la producción de bienes y servicios.
Instaurar mecanismos que fomenten entornos laborables seguros, con el mínimo de riesgos de trabajo y de fácil acceso.
Promover políticas que permitan la distribución justa de la carga de trabajo, permitiendo que el trabajador tenga tiempo disponible para sus actividades familiares, comunitarias y de recreación.
Como se señaló en párrafos anteriores, este Organismo Técnico de Control, cuenta con 39 trabajadores que se rigen por el Código de Trabajo, sin embargo por cuestiones de uso de tecnología, ubicación geográfica laboral, prejuicios o temores por la transición en la que se encuentran tanto los trabajadores como la Institución, no todos los servidores estuvieron prestos a colaborar con una encuesta electrónica, realizada por medio de la aplicación Formularios – Google.
El estudio de opinión se envió, a 19 personas (50% de la población) de las cuales respondieron 14, es decir el 36% de la población. El estudio se efectuó con el fin de conocer sobre el discernimiento, que los servidores de la Superintendencia de Telecomunicaciones, poseen respecto a las reformas propuestas en Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.
34 Ilustración 3 Distribución Servidores por Ciudad
Fuente: Superintendencia de Telecomunicaciones, diciembre de 2014, www.supertel.gob.ec
Elaborado por: La autora
Encuestas
Las preguntas planteadas en la encuesta, son las que se describen a continuación, las conclusiones y recomendaciones, producto de las respuestas y del estudio en general, se las expondrá en el Capítulo IV.
3
7
5
2 17
5
DISTRIBUCIÓN DE SERVIDORES POR CIUDAD
CUENCA GUAYAQUIL PORTOVIEJO PUERTO AYORA QUITO
35 1. Seleccione el nivel de formación académica que posee
Tabla 2 Pregunta 1
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
De los 15 encuestados que respondieron, 7 manifestaron que poseen educación secundaria lo que corresponde al 46.7%. Ninguno de los encuestados manifiesta que no culmina su estudios en la primaria y existe el 26.7% que tienen posgrado.
2. Tomando en cuenta que, una de las reformas propuestas en la Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar (Código del Trabajo), determinaría que una vez vencido el periodo de prueba de 90 días, el contrato individual de trabajo tendría un plazo de tiempo indefinido. Cuál considera, que sería el efecto de la misma (seleccione dos opciones).
Con relación al tiempo indefinido que tendría el contrato de trabajo, el 46.7% considera que esta medida evitaría los despidos arbitrarios por parte del empleador, el 20,0% opina que esto puede propiciar una actitud hostigadora a fin de lograr que el trabajador renuncie y el 20,0% cree que si se incrementaría la producción.
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
Educación primaria 0 0,00%
Educación secundaria 7 46,67%
Educación universitaria 4 26,67%
Posgrado 4 26,67%
36 Tabla 3 Pregunta 2
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
3. Con la finalidad de garantizar la productividad, considera procedente la creación de clases de estabilidad laboral. Por ejemplo, estabilidad absoluta y una relativa
Tabla 4 Pregunta 3
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
Evita despidos arbitrarios por parte del
empleador 7 46,67%
El trabajador baja su rendimiento laboral 2 13,33%
Aumenta la producción y emprendimiento
nacional 3 20,00%
Propicia una actitud hostigadora por parte del empleador, hacia el trabajador, con el fin de obtener su renuncia o abandono.
3 20,00%
TOTAL 15 100,00%
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 9 57,10%
NO 6 42,90%
37 El 57.10% considera que es conveniente la creación de una clase de estabilidad laboral absoluta, por cuanto esta medida permite un mejoramiento en la producción.
4. En nuestro país, en marzo del 2014, el subempleo se ubicó en el 44,25%. Considera que estas cifras podrían disminuir, si se aprueba la tercerización de servicios, es decir empresas especializadas que permitan al empleador contratar los servicios de personas calificadas en diferentes áreas y al trabajador ubicarse en plazas laborales de conformidad a sus habilidades, conocimientos y experiencia.
Tabla 5 Pregunta 4
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
Con relación a la aprobación de la tercerización de servicios, para garantizar que la ciudadanía se ubique en plazas laborables de acuerdo a sus habilidades y conocimientos, la opinión se encuentra a favor en 53.33% y en contra 46.67%.
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 8 53,33%
NO 7 46,67%
38 5. Considera beneficioso para el trabajador, que la décimo tercera y cuarta,
remuneración se paguen mensualmente.
Tabla 6 Pregunta 5
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
La mensualización de la décimo tercera y cuarta remuneración, no es considerada como beneficioso por parte de los encuestados.
6. Indique el nivel de beneficio que se obtiene al notificar el desahucio, por parte del trabajador, utilizando medios electrónicos y dentro de los 15 días del cese definitivo de las labores.
Tabla 7 Pregunta 6
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
La notificación del desahucio utilizando medios electrónicos y con un tiempo inferior, al establecido actualmente, para el cese de labores, es percibido como un beneficio medio, representando la opinión del 40.00% de los encuestados.
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 3 20,00%
NO 12 80,00%
TOTAL 15 100,00%
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
ALTO 5 33,33%
MEDIO 6 40,00%
BAJO 1 6,67%
NINGUNO 3 20,00%
39 7. De las opciones presentadas a continuación, seleccione la o las que
considera que son bonificaciones por desahucio.
Tabla 8 Pregunta 7
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
El 80.00% de los encuestados, conoce cuales son las bonificaciones señaladas en el Código de Trabajo, actual, para el desahucio.
8. Considera usted, factible que al momento en que el Inspector del Trabajo vaya a realizar una liquidación por desahucio, notifique al Director del IESS, para garantizar el Derecho Social del trabajador.
Tabla 9 Pregunta 8
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
El 86.67% de los encuestados percibe como beneficioso que, el momento que el Inspector de Trabajo realice la liquidación por desahucio, se notifique del particular al Director del IESS.
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
25% del equivalente a la última remuneración
por cada año de servicio. 12 80,00%
Aportaciones al IESS, decimos tercero y cuarto,
fondos de reserve, etc. 3 20,00%
TOTAL 15 100,00%
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 13 86,67%
NO 2 13,33%
40 9. De las opciones presentadas a continuación, seleccione la o las que considera son los valores pagados por recargo, en horas extras y suplementarias, bajo el régimen de Código de Trabajo
Tabla 10 Pregunta 9
Fuente: Formularios Google
Elaborado por: La autora
El 60.00% de los encuestados conoce de manera precisa, cuales son los porcentajes de recargo que se calculan para las horas suplementarias, extras, sábados y domingos, de conformidad al Código de Trabajo.
Entrevistas
Con la finalidad de conocer más a fondo la situación laboral del personal de la Superintendencia de Telecomunicaciones, que se administra bajo el Código del Trabajo, se procedió a la aplicación de una entrevista a los siguientes funcionarios: señora Ximena Tapia, servidora de la Dirección Nacional de Talento Humano, profesional especializada en la elaboración de roles de pago de todo el personal de la Institución, así como liquidaciones por finalización de contrato, desahucio, etc., doctora en jurisprudencia Catalina Viteri, servidora de la Dirección Nacional Contratación Pública y licenciado Francisco de Los Reyes, Tesorero de la Asociación Nacional de Empleados, quienes han manifestado su predisposición para aportar con sus criterios a esta investigación.
INDICADOR FRECUENCIA PORCENTAJE
Horas extras 100%, extras sábado y domingo
100% y suplementarias 50% 9,00 60,00%
Horas extras 60%, extras sábado y domingo
100% y suplementarias 25% 6,00 40,00%
41 La entrevista tuvo las siguientes preguntas y las respuestas son expuestas a continuación de las mismas:
1. Como es de conocimiento general la Asamblea Nacional ha propuesto reformas al Código de Trabajo Actual, podría usted nombrar las que considere de mayor importancia
Servidora de la Dirección Nacional de Talento Humano
La servidora nombrada manifestó que, tiene conocimientos de las reformas que se proponen, sin embargo señaló que al inicio de las reformas se consideraba emitir mayores cambios, pero que estos disminuyeron y entre los que pudo nombrar son: imposibilidad de despedir a mujeres embarazadas, a dirigentes sindicales, mensualización de los décimos de forma obligatoria para el sector público, la manera de notificación del desahucio también cambia.
Servidora de la Dirección Nacional Contratación Pública
La servidora nombrada manifestó que, conoce que se propone una fusión entre el Código de Trabajo y la Ley de Seguridad Social. Como sector público y tomando en cuenta que el personal que se administra por esta normativa no representa un porcentaje alto, considera que los cambios que podrían tener consecuencias para el sector son: la notificación con menos tiempo de anticipación para el desahucio por parte de los trabajadores, el tipo de contrato laboral que se propone, ya que esto podría implicar mayor imposibilidad de cambiar personal que no cumpla con las necesidades de las empresas.
Tesorero de la Asociación Nacional de Empleados
42 trabajadores de la ex Senatel y Ex Conatel, ellos tienen su propia asociación, a pesar de esto se mantienen reuniones de acercamiento con la finalidad de crear una nueva asociación que agrupe a todos los servidores de la Agencia Nacional de Control y Regulación de las Telecomunicaciones.
Las reformas que considera importantes son: la forma de notificación del desahucio, el tipo de contrato indefinido que se propone, la mensualización de los décimos, la inclusión de la modalidad de trabajo remoto, a pesar que en el sector público no se recibe utilidades, estima que es importante la eliminación de brechas y el establecer una tabla más equitativa para las empresas.
Con relación a la frase “todos los servidores de la ex Superintendencia de Telecomunicaciones” utilizada por el entrevistado, la autora del trabajo solicito aclaración, a lo cual el servidor manifestó que se refiere a: servidores amparados por la Ley Orgánica de Servicio Público, trabajadores del Código del Trabajo, personal de contrato ocasional, entre otras modalidades de contratación..
2. ¿Cuál es su opinión con respecto a la propuesta de mensualización de los décimos, posiblemente con el carácter de obligatorio para el sector público?
Servidora de la Dirección Nacional de Talento Humano
La servidora nombrada manifestó que, esta medida más allá de permitir algún tipo de ahorro, considera que perjudica a los trabajadores por cuanto en vez de ser un valor que puede guardarse u ahorrarse, se lo asume como un incremento mensual lo que provoca un aumento en el gasto diario.
Servidora de la Dirección Nacional Contratación Pública
43 no establece la prohibición de que el pago de los décimos se los realice de manera mensual, es decir la ley no está limitando para que se lo haga.
Lo que expresa el artículo, 111 del Código de Trabajo es que los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el veinticuatro de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario. Por lo tanto no se prohíbe el pago mensual. El caso es el mismo para la decimocuarta remuneración.
Adicionalmente, considera que al pagarse mensualmente estas remuneraciones, los trabajadores tienden a incrementar el gasto diario, ya que en la sociedad no existe una cultura de ahorro, posiblemente porque se vive el día al día con los sueldos.
Tesorero de la Asociación Nacional de Empleados
El servidor nombrado manifestó que, esta reforma puede tener dos efectos, el primero es un ahorro forzoso mensual para un grupo de personas y el otro es un incremento del gasto, ya que al tener un mayor ingreso mensual lo que se tiende es a pagar deudas o a gastar más.
3. Tomando en cuenta que, una de las reformas propuestas en la Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar (Código del Trabajo), determinaría que una vez vencido el periodo de prueba de 90 días, el contrato individual de trabajo tendría un plazo de tiempo indefinido. ¿Cuál es su opinión con respecto a esta propuesta?
Servidora de la Dirección Nacional de Talento Humano
44 dar por terminado por los casos expuestos en el artículo 169 del Código, entonces considera que esta medida no afectaría.
Servidora de la Dirección Nacional Contratación Pública
La servidora nombrada manifestó que, es una reforma que a la larga puede traer problemas si no es usada de manera adecuada, es decir en algunas ocasiones lo indefinido puede causar perennidad y esto dificulta el dejar de contar con los servicios de una persona que no es productiva para la empresa.
Por otro lado agregó, que puede ser una medida positiva al otorgar mayor estabilidad laboral al trabajador.
Tesorero de la Asociación Nacional de Empleados
El servidor nombrado manifestó que, la estabilidad laboral es un tema de suma importancia que permite mantener servidores satisfechos, por lo que considera que es una reforma que aporta de manera positiva con la vida laboral.
4. El desahucio se dará por cumplido con la entrega de una comunicación al empleador, que lo hará el delegado del Ministerio de Trabajo, informando sobre la decisión por parte del trabajador de dar por terminado las relaciones laborales. Adicionalmente, se garantiza el uso de medios electrónicos y el tiempo de notificación será de por lo menos quince días del cese definitivo de labores. ¿Cuál es su opinión con respecto a esta propuesta?
Servidora de la Dirección Nacional de Talento Humano
45 asumir cualquier compromiso de pago, es necesario contar con los recursos económicos.
Adicionalmente, detalló el procedimiento para el pago por desahucio, el cual inicia con la solicitud del deseo de retirarse por parte del servidor, se solicita el visto bueno del Ministerio de Relaciones Laborales, la Unidad de Personal emite un informe y con todos documentos indicados se solicita al Ministerio de Finanzas la asignación de fondos correspondiente.
Con esta explicación la servidora concluyó que la medida indicada, no afecta a la Institución, ni en el tiempo de notificación, ni el medio por el que se efectué del desahucio, consideró que tal vez esta medida podría beneficiar únicamente al trabajador.
Servidora de la Dirección Nacional Contratación Pública
La servidora nombrada manifestó que, este tipo de medidas benefician únicamente al trabajador porque eliminan trámites burocráticos e involucran al país en el uso de medios electrónicos.
Concluyó, que se debe tomar en cuenta es que estas medidas no agilizan, el pago del desahucio al trabajador, porque para obtener los fondos, es necesario realizar un trámite ante el Ministerio de Finanzas.
Tesorero de la Asociación Nacional de Empleados
46
3.2 Análisis de reformas propuestas en el proyecto de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, con relación al sector público.
En esta sección, se procedió hacer un análisis de cada uno de los artículos del Código de Trabajo versus las reformas propuestas en la Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, lo cual se recopila en las tablas que se detalla a continuación:
Tabla 11 Análisis reformas Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar
ARTÍCULO DEL CÓDIGO DE
TRABAJO VIGENTE
PROPUESTA DE REFORMA EN LA LEY PARA LA JUSTICIA LABORAL Y RECONOCIMIENTO DEL
TRABAJO EN EL HOGAR
11 En la clasificación de los contratos se elimina los términos: "tiempo fijo", "por enganche" y "a prueba".
14
Se modifica el título del artículo remplazando la "estabilidad mínima" por "contrato tipo". Además, se determina que la modalidad típica de contrato de trabajo, será de tiempo indefinido y su terminación se producirá únicamente por las causas y procedimientos establecidos en la ley.
15
Permanece el periodo a prueba de 90 días, sin embargo; transcurrido este tiempo, el contrato pasa a ser de tiempo indefinido. Se elimina el párrafo que señalaba que el contrato continuará en vigencia hasta completar un año.
97.1
Se incluye este artículo, el cual señala que las utilidades distribuidas a los trabajadores en general, no podrán exceder de veinte y cuatro salarios básicos unificados.
100
47
ARTÍCULO DEL CÓDIGO DE
TRABAJO VIGENTE
PROPUESTA DE REFORMA EN LA LEY PARA LA JUSTICIA LABORAL Y RECONOCIMIENTO DEL
TRABAJO EN EL HOGAR
103
Se sustituye este artículo, señalando que se unificara las utilidades de las empresas que compartan procesos productivos, servicios, es decir correspondan a la misma cadena de valor.
103.1
Se incluye este artículo, en el cual se define que una empresa vinculada, es aquella que cuando participa de manera directa en la administración, dirección o en el capital de la otra.
116.1
Se incluye este artículo, señalando que ha pedido del trabajador se podrá mensualizar la decimotercera y decimocuarta remuneración.
133.1
Se incluye este artículo, detallando parámetros para eliminar las brechas salariales y determinar los sueldos de los gerentes generales o los altos directivos.
181 Se deroga este artículo, relacionado con la indemnización por terminación del contrato antes del plazo convenido
184
Se sustituye el primer inciso del artículo, estableciendo que la notificación escrita o por medios electrónicos se la realiza a través del Ministerio de Trabajo, con por lo menos quince días del cese definitivo de labores.
186
Se elimina este artículo relacionado con la prohibición del desahucio, dentro del lapso de treinta días, a más de dos trabajadores en las empresas que cuenten con veinte o menos, y a más de cinco en las que tengan un número mayor de trabajadores.
187
Se sustituye el primer inciso y se derogan el tercero, cuarto y quinto. Este artículo está relacionado con el despido intempestivo de trabajadores miembros de la directiva de la organización de trabajadores, cuando el mismo se lo efectúe como producto del desempeño de sus actividades como dirigente sindical.