ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO DEL BAR-KIOSCO DE LA
CASETA MUNICIPAL DE ALCAUDETE “V CENTENARIO”
ÍNDICE DE DOCUMENTOS
1. Objeto y Justificación del Estudio.
2. Finalidad y Justificación del Servicio.
3. Justificación de las ventajas cuantitativas y cualitativas que aconsejan la utilización del contrato de concesión de servicios.
4. Previsiones sobre la demanda de uso.
5. Estudio de Impacto Ambiental.
6. Riesgos operativos y tecnológicos y duración de la concesión.
7. Coste y financiación de la inversión.
8. Previsión de cuenta de resultados.
9. Posibles Ayudas de Estado.
1. Objeto y justificación del estudio.
Como actuación previa a la contratación de una concesión de servicios para la “GESTIÓN DEL BAR – KIOSCO DE LA CASETA MUNICIPAL DE ALCAUDETE “V CENTENARIO””, se redacta el presente estudio de viabilidad económico-financiera.
En este documento se desarrollan los aspectos más importantes que configuran la GESTIÓN DEL BAR – KIOSCO DE LA CASETA MUNICIPAL DE ALCAUDETE “V CENTENARIO””, exponiendo las características, realizando una valoración y justificando la viabilidad económica del servicio que se va a prestar en esta Entidad Local.
El presente Estudio de Viabilidad Económico-Financiera se redacta de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), norma que exige que en los contratos de concesión de servicios la tramitación del expediente vaya precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos vinculante si concluye en la inviabilidad de un proyecto.
Tal y como recoge el artículo 285 en su punto segundo, en los contratos de concesión de servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos o en su caso, de un estudio de viabilidad económico-financiera. No se estipula, no obstante, en qué casos se podrá optar por una opción u otra.
El contenido de dicho Estudio, por analogía, será el establecido en el artículo 247.2 de la LCSP correspondiente a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión de obras.
Es por ello, que para determinar la idoneidad de una u otra figura de estudio atenderemos a lo establecido en el artículo 247.6 de la LCSP, que especifica que, siempre que sea de forma motivada «por la naturaleza de la obra, por su finalidad o por la cuantía de la inversión requerida», se podrá sustituir la elaboración de un estudio de viabilidad por uno de la viabilidad económico-financiera del proyecto en cuestión.
En consecuencia, la LCSP establece la posibilidad de acordar la sustitución del estudio de viabilidad por un estudio de viabilidad económico-financiera cuando se considere suficiente en atención a la naturaleza y finalidad de la obra o cuantía de la inversión requerida.
La contratación de la concesión de servicios para la “GESTIÓN DEL BAR – KIOSCO DE LA CASETA MUNICIPAL DE ALCAUDETE “V CENTENARIO”” se considera objeto de un análisis de Viabilidad Económico-Financiera por las siguientes razones:
Por la naturaleza, finalidad del servicio y por la cuantía de la inversión requerida se considera suficiente la realización de un estudio de viabilidad económico – financiera.
En este sector no existe una relación de precios estándar, los precios se determinan según el servicio concreto que se va a prestar, calculando para ello los costes que serán necesarios afrontar para acometer dicho servicio.
Existe un alto grado de elasticidad demanda/precio en el sector, siendo por tanto necesario el conocer perfectamente y con detalle los trabajos específicos del servicio a realizar.
2. Finalidad y justificación del servicio.
La finalidad del contrato propuesto es la gestión indirecta, mediante la concesión de la
“GESTIÓN DEL SERVICIO DEL BAR-KIOSCO DE LA CASETA MUNICIPAL DE ALCAUDETE
“V CENTENARIO””, competencia del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete, siendo éste susceptible de explotación económica por particulares.
Por tanto, con la prestación de la “GESTIÓN DEL SERVICIO DEL BAR-KIOSCO DE LA CASETA MUNICIPAL DE ALCAUDETE “V CENTENARIO”” se pretende cubrir adecuadamente la demanda de los habitantes del municipio de Alcaudete sobre el equipamiento de un área de recreo, emplazada en el entorno de la Caseta Municipal “V Centenario” y Parque Infantil Municipal, donde habitualmente padres visitan de forma continua con sus hijos el Parque Infantil, así como, éste entorno es el emplazamiento de la Feria Municipal de Alcaudete y de múltiples eventos en la Caseta Municipal “V Centenario”.
Además, y con el fin de garantizar la correcta prestación de los servicios enumerados, se prevé la asunción por parte del concesionario de las siguientes inversiones, con carácter previo o a ejecutar a lo largo del periodo de la concesión:
Contratación del personal suficiente para el normal desarrollo del servicio a la entrada en vigor de la concesión.
Adquisición de nueva maquinaria, conservación y mantenimiento de la misma.
Adquisición de útiles y herramientas necesarias para la realización de los diferentes trabajos.
Otros gastos referentes al cuidado del personal contratado y derivados de la conservación de las instalaciones fijas necesarias y costes auxiliares por mantenimiento y equipamiento de las mismas.
En cualquier caso, en lo que respecta a la prestación de los servicios descritos, el contratista deberá cumplir los requisitos establecidos por las diferentes normativas de aplicación y reglamentos de obligado cumplimiento, especialmente en lo referente a la Seguridad e Higiene en el trabajo y en todo caso, aquellas específicas a las que deba darse cumplimiento por el normal desarrollo de la actividad.
3. Justificación de las ventajas cuantitativas y cualitativas que aconsejan la utilización del contrato de concesión de servicios.
Conforme al artículo 15 de la LCSP, el contrato de concesión de servicios es aquel en virtud del cual uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
Este derecho de explotación de los servicios implica la transferencia al concesionario del riesgo operacional, abarcando el riesgo de demanda, el de suministro, o ambos. Se entiende por riesgo de demanda el que se debe a la demanda real de los servicios objeto del contrato y riesgo de suministro el relativo al suministro de los servicios objeto del contrato, en particular el riesgo de que la prestación de los servicios no se ajuste a la demanda.
Así, la elección de este modelo de contratación se encuentra justificada principalmente en las ventajas cuantitativas y cualitativas que supone la transferencia del riesgo operacional a la empresa concesionaria del servicio aun considerando la incertidumbre del mercado en este sector.
4. Previsiones sobre la demanda del servicio.
La demanda de uso de la “GESTIÓN DEL SERVICIO DEL BAR-KIOSCO DE LA CASETA MUNICIPAL DE ALCAUDETE “V CENTENARIO”” se fundamenta en la población con la que cuenta la localidad de Alcaudete y de forma extraordinaria con la de las aldeas de Los Noguerones, El Sabariego y La Bobadilla y sus zonas de influencia.
Para analizar la demanda del servicio nos basaremos en la afluencia de usuarios al mismo;
la cuál varía considerablemente de una localidad a otra en función de factores tan heterogéneos como densidad de población, densidad de comercios, topografía del terreno, climatología, ofertas de servicios similares, accesibilidad, nivel de vida (económico y de calidad), etc. Igualmente, se se plantean los siguientes objetivos:
Prestar un adecuado servicio de restauración adaptado al entorno, capaz de satisfacer las necesidades propias de una demanda diaria por las familias que visitan el Parque Infantil Municipal colindante y de reciente apertura; y de una demanda ocasional que requiere de mayor atención en un breve espacio de tiempo debido a los eventos organizados en la Caseta Municipal “V Centenario” y por la Ferial Municipal de la localidad que se celebra en el entorno del Kiosco.
Proporcionar un servicio de calidad a precios económicos que permita a todos los habitantes del municipio ser parte de la demanda del Bar – Kiosco.
Promocionar el empleo local mediante la contratación del personal necesario para la correcta gestión del servicio, estimándose un mínimo necesario de 03 a 06 personas para el normal funcionamiento del servicio de hostelería objeto de contrato.
Tanto la demanda real como el gasto medio por usuario son de difícil previsión en cuanto que dependen de la calidad/precio del servicio o del trato suministrado. En todo caso cabe suponer que el concesionario pondrá todos los medios a su alcance con objeto de satisfacer adecuadamente las necesidades del servicio y rentabilizar la explotación.
Teniendo en cuenta las limitaciones expuestas, se plantea un único escenario moderado de demanda del servicio, dado que con previsiones conservadoras se obtiene una rentabilidad aceptable del servicio en esta concesión. Así, se parte de la diferenciación de sub-periodos en función del nivel de ingresos a obtener (temporada baja, media y alta), estimándose una apertura anual de 248 días repartidos en los 12 meses del año.
5. Estudio de impacto ambiental
La empresa concesionaria deberá aportar un análisis ambiental acorde a la naturaleza del servicio y a la legislación vigente, donde se recojan posibles alternativas y las correspondientes medidas correctoras y protectoras necesarias para el adecuado desarrollo del servicio; el cuál se requerirá de tal forma en el pliego de condiciones que regulará la adjudicación de la concesión.
6. Riegos operativos y tecnológicos y duración de la concesión.
La duración de la concesión queda establecida en el plazo de 05 AÑOS (03 AÑOS prorrogables anualmente hasta un máximo de 02 AÑOS adicionales).
Durante los años que dura la concesión y según establece la ley, la empresa concesionaria asumirá el riesgo de acuerdo con los escenarios planteados en su oferta económica.
La duración máxima del contrato de servicio se ha dispuesto en previsión de no exceder el tiempo calculado como razonable para que el concesionario recupere las inversiones realizadas para la explotación del servicio, junto con un rendimiento sobre el capital invertido, teniendo en cuenta las inversiones necesarias para alcanzar los objetivos contractuales específicos.
El período de recuperación de la inversión a que se refieren los apartados 4 y 6 del artículo 29 de la Ley 9/2017 de Contratos de Sector Público será calculado atendiendo al principio de eficiencia y buena gestión empresarial y al límite a los costes de mano de obra, de conformidad con lo establecido en el articulado del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.
7. Coste y financiación de la inversión
De acuerdo con lo estipulado en el punto 2 del presente Estudio, el concesionario deberá llevar a cabo una o varias inversiones consistentes en contratación de personal, adquisición de maquinaria, herramientas y en el mantenimiento y adecuada conservación de las instalaciones fijas, que en todo caso, asumirá el riesgo en función de la inversión realizada.
Esta cláusula otorga libertad al concesionario para ofertar la financiación que más se ajuste a sus necesidades. Por otra parte, la aportación de capital por parte de la Administración será nula, considerando que la concesión del servicio que se licita posee la suficiente rentabilidad para ser explotado con un margen de negocio positivo.
Para el presente estudio se tendrán en cuenta los costes de personal, maquinaria, materiales, instalaciones, etc. que integrarán la totalidad de los costes directos, indirectos y asociados, necesarios para la correcta valoración del servicio de limpieza viaria.
Con los precios de las inversiones a realizar se obtienen los costes de amortización (CA) y los costes de financiación (CF). El coste de amortización será CA = Precio Adquisición (PA) / Número de Años (N).
El plazo de amortización se establece en 5 años.
La Financiación Anual (FA) se obtiene mediante la fórmula: FA = PA x K – CA, donde:
K = (i[1+i]n)/([1+i]n-1), siendo (i) el interés anual en tanto por uno y (n) el plazo de amortización.
A continuación se justifican y estiman los costes del servicio:
7.1 PERSONAL
El coste de personal se ha previsto en función del “Convenio Colectivo de ámbito sectorial para Hostelería de la Provincia de Jaén” publicado en el BOP Número 129 de 07 de Julio de 2017 y actualmente en vigor:
TEMPORADA BAJA (NOVIEMBRE, ENERO y FEBRERO; JUEVES, VIERNES, SÁBADO y DOMINGO) UDS CATEGORÍA PERSONAL
SALARIO BRUTO MES
(Euros)
DÍAS /
SEMANA JORNADA
COSTE MES (Euros)
COSTE TOTAL TEMPORADA
(Euros)
01 Cocinero (1.45) 1.700,40 04 Completa 1.133,60 3.400,80
01 Encargado/Camarero (1.45) 1.700,40 04 Completa 1.133,60 3.400,80
01 Camarero (1.40) 1.550,40 04 Completa 1.033,60 3.100,80
COSTE TOTAL DE PERSONAL EN TEMPORADA BAJA 9.902,40
TEMPORADA MEDIA (OCTUBRE, DICIEMBRE, MARZO y ABRIL; MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO y DOMINGO)
UDS CATEGORÍA PERSONAL SALARIO BRUTO MES
(Euros)
DÍAS /
SEMANA JORNADA COSTE MES (Euros)
COSTE TOTAL TEMPORADA
(Euros)
01 Cocinero (1.45) 1.700,40 05 Completa 1.417,00 5.668,00
01 Encargado/Camarero (1.45) 1.700,40 05 Completa 1.417,00 5.668,00
02 Camareros (1.40) 3.100,80 05 Completa 2.584,00 10.336,00
COSTE TOTAL DE PERSONAL EN TEMPORADA MEDIA 21.672,00
TEMPORADA ALTA (MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO y SEPTIEMBRE; MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO y DOMINGO)
UDS CATEGORÍA PERSONAL
SALARIO BRUTO MES
(Euros)
DÍAS /
SEMANA JORNADA COSTE MES (Euros)
COSTE TOTAL TEMPORADA
(Euros)
01 Cocinero (1.45) 1.700,40 06 Completa 1.700,40 8.502,00
01 Ayudante de Cocina (1.40) 1.550,40 06 Completa 1.550,40 7.752,00 01 Encargado/Camarero (1.45) 1.700,40 06 Completa 1.700,40 8.502,00
03 Camareros (1.40) 4.651,20 06 Completa 4.651,20 23.256,00
COSTE TOTAL DE PERSONAL EN TEMPORADA ALTA 48.012,00
COSTE TOTAL ANUAL DE PERSONAL
COSTE TOTAL DE PERSONAL EN TEMPORADA BAJA 9.902,40
COSTE TOTAL DE PERSONAL EN TEMPORADA MEDIA 21.672,00
COSTE TOTAL DE PERSONAL EN TEMPORADA ALTA 48.012,00
COSTE TOTAL ANUAL DE PERSONAL (Euros) 79.586,40
7.2 MAQUINARIA, EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO
7.2.1 Inversión prevista para la gestión del Bar – Kiosco de la Caseta Municipal V Centenario.
Se prevé que para el correcto desarrollo de la gestión del servicio del Bar – Kiosco de la Caseta Municipal “V Centenario” deberá procederse a la adquisición del siguiente equipamiento:
EQUIPAMIENTO UDS “PA” PRECIO
ADQUISICIÓN UD (Euros)
INVERSIÓN (Euros)
“CA” COSTE AMORTIZACIÓN
(Euros)
“FA”
FINANCIACIÓN ANUAL (Euros) Cafetera Semiautomática y Molinillo de Café 01 1.350,00 1.350,00 270,00 € 33,25 € Plancha a gas 100cm 01 400,00 400,00 80,00 € 9,85 € Freidora industrial 2 senos 5+5 litros 01 260,00 260,00 52,00 € 6,40 € Campana 2,0m en acero inoxidable 01 750,00 750,00 150,00 € 18,47 € Cocina industrial tres fuegos con horno 01 1.600,00 1.600,00 320,00 € 39,40 € Lavavajillas Industrial 02 800,00 1.600,00 320,00 € 39,40 € Mesa fría 3 puertas acero inoxidable 01 1.350,00 1.350,00 270,00 € 33,25 € Botellero acero inoxidable 02 505,00 1.010,00 202,00 € 24,87 € Congelador horizontal tipo “isla” 02 300,00 600,00 120,00 € 14,78 € Fregadero 1 seno con escurridor y estante 01 450,00 450,00 90,00 € 11,08 € Utensilios de cocina, equipamiento, vajilla,
cubertería y pequeño material 01 1.500,00 1.500,00 300,00 € 36,94 € Sistema informático para caja (terminales
táctiles, caja, software de control, etc.) 01 1.000,00 1.000,00 200,00 € 24,63 € Conjunto 1 mesa alta y 4 taburetes 03 320,00 960,00 192,00 € 23,64 € Conjunto 1 mesa y 4 sillas interior-exterior 20 200,00 4.000,00 800,00 € 98,51 €
Taburetes barra 05 50,00 250,00 50,00 € 6,16 €
TOTAL INVERSIÓN INICIAL ESTIMADA A REALIZAR 17.080,00 EUROS
TOTAL GASTOS ANUALES DE AMORTIZACIÓN Y
FINANCIACIÓN 3.836,63 EUROS
7.2.2 Conservación, Mantenimiento y Seguros.
Los costes de conservación y mantenimiento de la maquinaria, de las instalaciones fijas y del material en general, se estiman en un 5,00% sobre el valor de la inversión a realizar.
La prima de seguros, que deberá englobar daños a las instalaciones por incendio, robo, etc., incluirá también la responsabilidad civil adecuada al tipo de negocio, estimándose un importe anual de 500,00 Euros.
GASTOS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA E INSTALACIONES FIJAS 854,00 EUROS
PRIMA DE SEGUROS 500,00 EUROS
TOTAL GASTOS FIJOS ANUALES POR CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO
Y SEGUROS 1.354,00 EUROS
7.3 COSTES DE FUNCIONAMIENTO Y PREVISIÓN DE INGRESOS
En este apartado podrán incluirse otros costes necesarios para el desarrollo del servicio, como puedan ser:
7.3.1 Canon de la Concesión del Servicio: siendo éste el gasto a satisfacer al Ayuntamiento en concepto de utilización de dominio público y habiéndose establecido por un importe anual durante la duración del contrato de 6.000,00 Euros (IVA excluido).
CANÓN DE CONCESIÓN DEL SERVICIO 6.000,00 EUROS
7.3.2 Costes Auxiliares: Debidos a la necesaria compra de material auxiliar para el normal desarrollo de las actividades, como puedan ser: utensilios, material de equipamiento, pequeño material, productos de limpieza, servicios externos, etc. Se estima en un 3,00%
sobre el valor de la inversión a realizar.
GASTOS POR MATERIAL Y EQUIPAMIENTO AUXILIAR 512,40 EUROS 7.3.3 Otros Gastos Fijos: Debidos a la compra de vestuario del personal laboral, coste de
obtención de licencia de apertura, consumo de agua y electricidad de las Instalaciones Fijas, tributos municipales diferentes al canon de explotación, costes de cumplimiento de las condiciones de prevención de riesgos laborales, gastos comerciales, etc. Se estima en un 25,00% sobre el valor de la inversión a realizar.
OTROS GASTOS FIJOS ANUALES 4.270,00 EUROS
7.3.4 Compra de Materia Prima: Supone el coste propio del desarrollo de la actividad, considerándose en este apartado la compra de productos elaborados y listos para servir (azucarillos, sal, aceite, helados, etc.) y productos para elaborar (verduras, carne, fruta, ultracongelados, etc.). Se estima en un 25,00% sobre el valor de los ingresos previstos.
COMPRA DE MATERIA PRIMA 63.557,20 EUROS
7.3.5 Previsión de Ingresos: Atendiendo a la ocupación prevista para el Bar – Kiosco, a la superficie exterior aprovechable como velador en Temporada Media y Alta y a la demanda del servicio prevista en relación con los productos a ofertar (estimados en función de actividades similares existentes en el municipio), se prevén los siguientes ingresos:
TEMPORADA BAJA (NOVIEMBRE, ENERO y FEBRERO; JUEVES, VIERNES, SÁBADO y DOMINGO)
FRANJA HORARIA GASTO MEDIO (Euros) DEMANDA INGRESO
DIARIO (Euros) DESYUNO 2,50€ (Café con ½ tostada) 10 PERSONAS (Afluencia de personas
vecinos de la zona principalmente) 25,00 TAPEO
(MEDIODÍA)
3,40€ (2 consumiciones de cerveza, refresco, vino ó similares con tapa)
10 PERSONAS (Afluencia de personas
vecinos de la zona principalmente) 34,00 ALMUERZO
47,40€ (3 raciones o platos combinados estimados en 9,0€/ud más 6 consumiciones ó 3 menús del día)
02 MESAS (Unidad familiar compuesta por 2 adultos y 2 niños, afluencia fundamentalmente en fines de semana)
94,80
MERIENDA
3,70€ (Café, refresco ó similar con bocadillo, tostada, bollería industrial, etc.)
12 PERSONAS (familias que visitan el parque infantil y el entorno y permanecen en el bar mientras sus hijos juegan)
44,40
TAPEO (TARDE – NOCHE)
3,40€ (2 consumiciones de cerveza, refresco, vino ó similares con tapa)
12 PERSONAS (Afluencia de habitantes de la localidad que visitan
el Parque Municipal y su entorno) 40,80
Previsión Diaria de Ingresos 239,00
Previsión Mensual de Ingresos 3.824,00
PREVISIÓN TOTAL DE INGRESOS EN TEMPORADA BAJA 11.472,00
TEMPORADA MEDIA (OCTUBRE, DICIEMBRE, MARZO y ABRIL; MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO y DOMINGO)
FRANJA HORARIA GASTO MEDIO (Euros) DEMANDA INGRESO
DIARIO (Euros) DESYUNO 2,50€ (Café con ½ tostada) 12 PERSONAS (Afluencia de personas
vecinos de la zona principalmente) 30,00 TAPEO
(MEDIODÍA)
3,40€ (2 consumiciones de cerveza, refresco, vino ó similares con tapa)
12 PERSONAS (Afluencia de personas vecinos de la zona principalmente y habitantes del resto de la localidad)
40,80
ALMUERZO
47,40€ (3 raciones o platos combinados estimados en 9,0€/ud más 6 consumiciones ó 3 menús del día)
04 MESAS (Unidad familiar compuesta por 2 adultos y 2 niños, afluencia fundamentalmente en fines de semana)
189,60
MERIENDA 3,70€ (Café, refresco ó similar con bocadillo, tostada, bollería industrial, etc.)
15 PERSONAS (familias que visitan el parque infantil y el entorno y permanecen en el bar mientras sus hijos juegan)
55,50
TAPEO (TARDE – NOCHE)
3,40€ (2 consumiciones de cerveza, refresco, vino ó similares con tapa)
20 PERSONAS (Afluencia de habitantes de la localidad que visitan el Parque Municipal y su entorno)
68,00
CENA
47,40€ (3 raciones o platos combinados estimados en 9,0€/ud más 6 consumiciones ó 3 menús del día)
02 MESAS (Unidad familiar compuesta por 2 adultos y 2 niños, aprovechamiento de la terraza exterior en los meses de otoño y primavera)
94,80
Previsión Diaria de Ingresos 478,70
Previsión Mensual de Ingresos 9.574,00
PREVISIÓN TOTAL DE INGRESOS EN TEMPORADA MEDIA 38.296,00
TEMPORADA ALTA (MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO y SEPTIEMBRE; MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO y DOMINGO)
FRANJA HORARIA GASTO MEDIO (Euros) DEMANDA INGRESO
DIARIO (Euros) DESYUNO 2,50€ (Café con ½ tostada) 12 PERSONAS (Afluencia de personas
vecinos de la zona principalmente) 30,00 TAPEO
(MEDIODÍA)
3,40€ (2 consumiciones de cerveza, refresco, vino ó similares con tapa)
12 PERSONAS (Afluencia de personas vecinos de la zona principalmente, habitantes del resto de la localidad y forasteros en período vacacional)
40,80
ALMUERZO
47,40€ (3 raciones o platos combinados estimados en 9,0€/ud más 6 consumiciones ó 3 menús del día)
04 MESAS (Unidad familiar compuesta por 2 adultos y 2 niños, afluencia fundamentalmente en fines de semana)
189,60
MERIENDA
3,70€ (Café, refresco ó similar con bocadillo, tostada, bollería industrial, etc.)
30 PERSONAS (familias que visitan el parque infantil y el entorno y permanecen en el bar mientras sus hijos juegan)
111,00
TAPEO (TARDE – NOCHE)
3,40€ (2 consumiciones de cerveza, refresco, vino ó similares con tapa)
50 PERSONAS (Afluencia de habitantes de la localidad que visitan el Parque Municipal y su entorno)
170,00
CENA
47,40€ (3 raciones o platos combinados estimados en 9,0€/ud más 6 consumiciones ó 3 menús del día)
11 MESAS (Unidad familiar compuesta por 2 adultos y 2 niños, aprovechamiento de la terraza exterior en final de primavera y verano)
521,40
Previsión Diaria de Ingresos 1.062,80
Previsión Mensual de Ingresos 25.507,20
PREVISIÓN TOTAL DE INGRESOS EN TEMPORADA ALTA 127.536,00
PREVISIÓN TOTAL DE INGRESOS EN TEMPORADA BAJA 11.472,00
PREVISIÓN TOTAL DE INGRESOS EN TEMPORADA MEDIA 38.296,00
PREVISIÓN TOTAL DE INGRESOS EN TEMPORADA ALTA 127.536,00
PREVISIÓN TOTAL ANUAL DE INGRESOS 177.304,00
8. Previsión de Cuenta de Resultados.
En cuanto a la cuenta de resultados y su rentabilidad, se realiza una previsión en el primer año de la citada cuenta y una proyección para el plazo máximo de concesión de 04 AÑOS, con base en las siguientes hipótesis:
Inflación anual media 1,0%
Aumento de ingresos anuales 1,1%
Aumento de costes de personal 0,5%
Aumento anual de cánones 1,0%
Aumento resto de costes 1,0%
Tipo de interés de la deuda 4,0%
Tomando los resultados de costes e ingresos previstos, se estima una cuenta de resultados que presentaría las siguientes cifras:
AÑO 01 AÑO 02 AÑO 03 AÑO 04 AÑO 05
INGRESOS 177.304,00 179.077,04 180.867,81 182.676,49 184.503,25 COSTES PERSONAL -79.586,40 -79.984,33 -80.384,25 -80.786,17 -81.190,11 AMORTIZACIÓN Y
FINANCIACIÓN DE
INVERSIÓN INICIAL -3.836,63 -3.875,00 -3.913,75 -3.952,88 -3.992,41 CONSERVACIÓN,
MANTENIMIENTO Y
SEGUROS -1.354,00 -1.367,54 -1.381,22 -1.395,03 -1.408,98 CANÓN CONCESIÓN
SERVICIO -6.000,00 -6.060,00 -6.120,60 -6.181,81 -6.243,62 GASTOS MATERIAL Y
EQ. AUXILIAR -512,40 -517,52 -522,70 -527,93 -533,21 OTROS GASTOS
FIJOS -4.270,00 -4.312,70 -4.355,83 -4.399,39 -4.443,38 MATERIA PRIMA -63.557,20 -64.192,77 -64.834,70 -65.483,05 -66.137,88
TOTAL GASTOS -159.116,63 -160.309,86 -161.513,04 -162.726,25 -163.949,58 TOTAL INGRESOS 177.304,00 179.077,04 180.867,81 182.676,49 184.503,25 BENEFICIO ANTES
DE IMPUESTOS 18.187,37 18.767,18 19.354,77 19.950,24 20.553,67 IMPUESTOS (21%IVA
más 5,20%RE) 4.765,09 4.917,00 5.070,95 5.226,96 5.385,06 RESULTADO 13.422,28 13.850,18 14.283,82 14.723,28 15.168,61
Conforme a la duración de la concesión, que de acuerdo con el apartado 7 de este estudio queda fijada en 05 AÑOS, tomaremos dicho horizonte temporal como periodo máximo de recuperación de la inversión hipotética expuesta en el citado apartado, siendo el recurso principal para dicha recuperación a lo largo del periodo los ingresos por la correcta realización del servicio.
9. Posibles ayudas de Estado.
El artículo 3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) atribuye a la Unión la competencia exclusiva para el establecimiento de las normas sobre competencia necesarias para el funcionamiento del mercado interior.
El control de las ayudas de Estado forma parte de la Política de Competencia de la UE, y la Comisión se erige como la máxima responsable de dicho control. Siendo las ayudas públicas uno de los instrumentos por los que más puede verse afectada la competencia.
De esta forma, el artículo 107.1 establece que salvo que los Tratados dispongan otra cosa, serán incompatibles con el mercado interior, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones.
Es por ello que, la solicitud o aceptación de cualquier ayuda a la explotación o inversión por parte del concesionario queda supeditada a su compatibilidad con lo contenido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.