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Relación de acuerdos
Sala de Gobierno del día 29 de mayo de 2020
Magistrados y Jueces
- Ratificación del acuerdo del Presidente Tribunal Superior de Justicia de fecha 25 de marzo 2020, dejando sin efecto la adscripción de Dña.
Cristina Rodiz García en funciones de refuerzo en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santander procediendo a su adscripción al Juzgado de Instrucción nº 4 de Santander y al Juzgado de Menores de Santander desde el día 31 de marzo de 2020 y mientras se mantenga el estado de alarma decretado.
- Ratificación acuerdo del Presidente del Tribunal Superior de justicia, de fecha 19 de mayo 2020, procediendo a la adscripción en funciones de refuerzo al Juzgado de primera Instancia nº 2 de Santander con competencia en materia relativa a condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona jurídica.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso-Administrativo de Santander y otros con sede en Edificio Europa, celebrada el día 15 de mayo de 2020, relativa a "Alegaciones de la Junta de los acuerdos de Sala de Gobierno a propósito de coordinación de agendas y celebración telemática de vistas de 5/5 y 12/5/2020".
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Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 15 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso Administrativo de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso-Administrativo de Santander y otros con sede en Edificio Europa, celebrada el día 15 de mayo de 2020, relativa a "Reglas de uso de las Salas de vista, límites de aforo y coordinación de señalamientos en el Edificio Europa".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 15 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso Administrativo de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad, sin perjuicio de que una vez que por la Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria se concrete el aforo disponible en el edificio judicial, el Juez Decano acuerde sobre su adaptación.
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- Acta de Junta Sectorial de Jueces de lo Penal, Menores y Vigilancia Penitenciaria de Santander, celebrada el día 19 de mayo de 2020, relativa a "Reglas de uso de las Salas de vista, límites de aforo y coordinación de señalamientos".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 19 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de lo Penal, Menores y Vigilancia Penitenciaria de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad, sin perjuicio de que una vez que por la Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria se concrete el aforo disponible en el edificio judicial, el Juez Decano acuerde sobre su adaptación.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de lo Social de Santander, celebrada el día 19 de mayo de 2020, relativa a "Reglas de uso de las Salas de vista, límites de aforo y coordinación de señalamientos".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 19 de mayo de 2020 adoptados por la Junta
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Sectorial de Jueces de lo Social de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad, sin perjuicio de que una vez que por la Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria se concrete el aforo disponible en el edificio judicial , el Juez Decano acuerde sobre su adaptación.
- Acta de Junta de Jueces de Castro-Urdiales, celebrada el día 20 de mayo de 2020, relativa a "Elaborar y aprobar el calendario y los criterios de utilización de las salas de vistas y otras dependencias del edificio, a efectos de celebrar las vistas, señalamientos y comparecencias suspendidas a consecuencia del RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 20 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de Castro-Urdiales y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad, sin perjuicio de que una vez que por la Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria se concrete el aforo disponible en el edificio judicial, el Juez Decano acuerde lo procedente sobre su adaptación.
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- Acta de Junta de Jueces de Castro-Urdiales, celebrada el día 20 de mayo de 2020, relativa a la "Precisión de las normas de reparto penal en relación con la petición formulada por Dña. María del Henar Cabezas Pascual, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1, con fecha de entrada en Decanato de 10/03/2020".
Acuerdo: La Sala acuerda tomar conocimiento del acuerdo tercero adoptado por la Junta de jueces de Castro Urdiales de fecha 20 de Mayo pasado sobre "precisión de las normas de reparto", manteniendo la redacción actual de las normas.
- a): Acta de Junta de Jueces de Primera Instancia e Instrucción de Torrelavega, celebrada el día 7 de mayo de 2020 relativa al
"Protocolo para la coordinación de agendas de señalamientos".
(Referida acta de Sala de Gobierno 5 mayo 2020).
b): Acta Junta de Jueces de 1ª Instancia e Instrucción de Torrelavega, celebrada el día 20 de mayo de 2020. (Referida acta de Sala de Gobierno 12 mayo 2020).
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 7 de mayo y 20 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia e Instrucción de
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Torrelavega y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
- Acuerdo Gubernativo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de Cantabria D. José Arsuaga Cortázar de fecha 21 de mayo 2020, relativo al reparto civil de la Audiencia Provincial de Cantabria.
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 5.a) del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda aprobar y tomar conocimiento del acuerdo Gubernativo de fecha 21 de mayo de 2020 relativo al reparto civil de la Audiencia Provincial de Cantabria y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de lo Penal, Menores y Vigilancia Penitenciaria de Santander, celebrada el día 19 de mayo de 2020, relativa a "Alegaciones de la Junta a los acuerdos de Sala de Gobierno a propósito de coordinación y celebración telemática de vistas de 5/5 y 12/5/2020".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los
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acuerdos de fecha 19 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de lo Penal, Menores y Vigilancia Penitenciaria de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de lo Social de Santander, celebrada el día 19 de mayo de 2020, relativa a "Alegaciones de la Junta a los acuerdos de Sala de Gobierno a propósito de coordinación y celebración telemática de vistas de 5/5 y 12/5/2020".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 19 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de lo Social de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
- Alegaciones al protocolo para la coordinación de agendas de señalamientos cuya propuesta fue elaborada en acuerdo de 5 y 12 de mayo.
Acuerdo: Aprobar el "Protocolo para la coordinación de agendas de señalamientos", que será de aplicación mientras se mantenga la situación de alerta sanitaria, tras valorar las alegaciones por las
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juntas de jueces de los distintos partidos judiciales de Cantabria, la Fiscalía Superior de Cantabria, a la Consejería de Presidencia, Justicia y Acción Exterior del Gobierno de Cantabria (Dirección General de Justicia y Dirección General del Servicio Jurídico), los Ilustrísimos Colegios de Abogados, Procuradores y Graduados Sociales de Cantabria, el servicio jurídico del Estado, y servicio jurídico del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
a. Criterios de utilización de las Salas de Vistas:
i. Si la Sala es de uso compartido durante el día por distintos órganos judiciales y, en todo caso, cuando se produzca rotación de personas en dicha Sala, se recomienda la limpieza de superficies cada vez que se produzca una rotación.
ii. Deberán instalarse mamparas u otro tipo de separadores verticales entre cada una de las personas que sean usuarias potenciales de una sala de vistas, salvo que se garantice que entre ellas media una separación de más de dos metros en todos los ejes de relación o se utilice por todos los asistentes y en todo momento mascarilla cuyo tiempo de uso no haya sido agotado ni se agote durante la vista.
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iii. Salvo que se utilice por todos los asistentes y en todo momento mascarilla cuyo tiempo de uso no haya sido agotado ni se agote durante la vista, deberán instalarse cobertores desechables en los micrófonos que hayan de utilizarse, los cuales se sustituirán para cada persona usuaria de los mismos. Serán los usuarios quienes instalen y retiren el cobertor una vez utilizado, depositándolo en el contenedor adecuado para su posterior eliminación.
iv. La Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria deberá fijar en el exterior de cada Sala de Vistas el aforo máximo de cada una de ellas. Igualmente deberán instalarse marcadores horizontales sobre el solado de los pasillos y zonas de espera de las distintas las sedes judiciales, señalando una distancia de seguridad mínima de dos metros.
También se señalizarán los asientos susceptibles de ocupación en Salas de Vistas y otras dependencias judiciales.
v. Se recomienda espaciar los señalamientos con períodos de diez minutos entre la hora prevista de conclusión e inicio de la siguiente vista, procediéndose a la ventilación de la Sala o dependencia durante este tiempo.
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vi. Los juzgados de instrucción seguirán este criterio para el señalamiento de juicios rápidos ante los juzgados de lo penal.
vii. Se advertirá a los comparecientes que deberán abandonar la sede judicial inmediatamente tras concluir su intervención.
viii. Incumbe al Gobierno de Cantabria la dotación de equipos de protección individual (mascarillas higiénicas y guantes) para su utilización por miembros de la carrera judicial, así como por fiscales, letrados de la administración de justicia, médicos forenses, gestores, tramitadores y funcionarios de auxilio judicial. El resto de asistentes y operadores jurídicos deberán acceder a la sede provistos de su propia mascarilla, garantizando que su tiempo de uso no haya sido agotado ni se agote durante la vista. En caso de acudir sin ese medio de protección, el Gobierno de Cantabria proporcionará una mascarilla a la persona que deba comparecer y permitirá su acceso a la sede previa advertencia de la obligación de hacer uso de la misma hasta que la abandone. También se dotará de mascarilla al justiciable, detenido o no, así como al acompañante, si su presencia fuera necesaria, cuando no dispusieran de ella.
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ix. En el supuesto de que se exhiba algún documento identificativo o de otro tipo en el acto de la vista, se procurará que únicamente se manipule por quien lo aporte o exhiba.
x. Se estima en cuarenta y cinco minutos el tiempo estimado para la limpieza de una Sala entre la conclusión de las vistas de una jornada (de mañana o tarde) y el inicio de la siguiente.
xi. Condiciones ambientales u otros factores. En aquellas Salas o espacios carentes de ventilación natural en los que hayan de permanecer más de una persona durante un lapso temporal superior a quince minutos, habrán de instalarse sistemas de ventilación forzada que garantice un volumen suficiente de renovación del aire. En todo caso se recomienda:
Maximizar la cantidad de aire exterior que los sistemas de ventilación sean capaces de aportar.
Operar con las unidades de tratamiento de aire al 100% de aire exterior siempre que sea posible.
Si el sistema está limitado en cuanto a capacidad de refrigeración/calefacción, es preferible sacrificar ligeramente el confort térmico y mantener al máximo la ventilación.
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Si las condiciones térmicas lo permiten y la calidad de aire exterior es satisfactoria, se puede aportar aire por ventilación natural a través de las ventanas que sean practicables.
Evitar la reentrada de aire de extracción cuando la instalación lo permita.
Instalación de nuevos filtros y limpieza y desinfección de unidades de tratamiento de aire, equipos de ventilación, conducciones y recuperadores.
Maximizar la higiene de los fancoils o ventiloconvectores, realizando una limpieza y desinfección periódica.
Las Salas que o estancias que no puedan ser dotadas de sistemas sustitutivos de la ventilación natural que garanticen un volumen suficiente de renovación del aire interior no serán utilizadas mientras se mantenga la situación de alerta sanitaria, salvo que su ocupación sea de una sola persona (actos judiciales realizados con presencia telemática).
b. Criterios orientativos en cuanto al modo de llevarse a efecto los señalamientos:
i. En cuanto a la ordenación por preferencia habrá de estarse a la establecida por las normas procesales que resulten de aplicación, tomando en consideración las preferencias a las que se refiere el artículo 7 del RDL 16/2020.
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ii. Una vez se levante la suspensión de plazos procesales con efectos desde el 4 de junio de 2020 conforme a lo dispuesto por el artículo noveno de la Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2020 se desarrollarán, preferentemente, aquellas actuaciones judiciales relativas a asuntos declarados urgentes o que hubieran sido suspendidos. Los servicios considerados esenciales durante la vigencia del estado de alarma se situarán en un plano análogo al de las actuaciones declaradas preferentes y urgentes por las leyes procesales (Acuerdo CP de 23 de mayo).
iii. Se recomienda la comunicación a las partes, a la mayor brevedad posible, de qué señalamientos ya realizados con antelación a la declaración del estado de alarma quedan sin efecto, así como, siempre que sea posible, concentrar los señalamientos en los que sea parte el Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado, Servicio Jurídico del Gobierno de Cantabria, de la Seguridad Social u otros letrados al servicio de las Administraciones Públicas.
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iv. Deberá comprobarse la adopción de medidas de seguridad e higiene anteriormente citadas antes de la utilización de cada una de las salas y demás dependencias judiciales, no pudiendo superarse en ningún caso el aforo establecido para dichas salas, pasillos o zonas de espera salvo que se utilice por todos los asistentes y en todo momento mascarilla cuyo tiempo de uso no haya sido agotado ni se agote durante la vista.
A estos únicos efectos, cada órgano judicial remitirá diariamente tanto a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia como al respectivo Decanato o al presidente de la Audiencia Provincial, según sea el caso, una relación meramente numérica comprensiva de los siguientes extremos:
Número de vistas señaladas y fecha prevista para su celebración, con expresión de aquellas respecto de las que esté acordada la presencia telemática y de las que se celebren con presencia física en Sala.
Número de personas que habrán de comparecer en régimen de presencia física en Sala.
Horario de inicio y finalización previsto para las vistas que se celebren con presencia física en Sala.
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Igualmente, y a los mismos efectos, se solicitará colaboración a la Fiscalía Superior de Cantabria sobre el número de personas citadas para asistir presencialmente a sus dependencias, fecha en la que habrá de llevarse a cabo la comparecencia y previsible duración de esta.
Se recomienda la adopción de medidas para el control de temperatura corporal de las personas que accedan a las sedes judiciales.
v. Los actos de juicio, comparecencias, declaraciones, vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática conforme a los criterios de protocolización de vistas y deliberaciones telemáticas establecidos por la Comisión Permanente del Consejo General de Poder Judicial en la "Guía para la celebración de actuaciones judiciales telemáticas" aprobada el 27 de mayo de 2020. A estos efectos se solicitará del Gobierno de Cantabria que complete el número de Salas de Vistas con conexión de acceso a internet vía wifi, que imparta formación sobre la utilización de la aplicación Skype empresarial y que facilite un correo electrónico distinto del corporativo de cada juez o magistrado para gestionar las citaciones o invitaciones electrónicas.
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vi. Se seguirá utilizando la funcionalidad de trabajo en remoto que facilita el sistema de gestión procesal "Vereda" para todas las actuaciones y trámites que lo permitan.
vii. La atención al público en cualquier sede judicial se realizará por vía telefónica o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto que se ha publicado en la página web:
https://sedejudicial.cantabria.es/juzgados-y tribunales.
Para aquellos casos en los que resulte imprescindible acudir a la sede judicial, será necesario obtener previamente la correspondiente cita.
En el caso de los letrados y otros profesionales no sujetos al régimen de cita previa, se priorizará la obtención de información telefónica y/o telemática para reducir en lo posible su acceso a las sedes.
viii. Sin perjuicio de lo que se disponga al efecto por la Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria, el grado de presencialidad de funcionarios del órgano afectado será, durante la fase 1 y la fase 2, el necesario para realizar actuaciones necesarias acordadas por el juez/ o magistrado/a correspondiente, con pleno respeto a la competencia de los letrados de la administración de justicia.
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ix. En cumplimiento del artículo 27 del RDL 16/2020, y del acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 11 de mayo de 2020, se podrán realizar actuaciones procesales en turnos de mañana y tarde, recomendándose, si así se acordara, que los juicios a celebrar en horario vespertino, telemáticos o presenciales, sean aquellos que no requieran la participación de muchos intervinientes y, a ser posible, de previsible corta duración. El horario de audiencia se adaptará en estos supuestos a la realización de actuaciones procesales en turno de mañana y tarde.
x. Cualquier incidencia relativa a señalamientos apreciada por Abogados, Procuradores o Graduados Sociales será comunicada a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia a través de sus Colegios profesionales respectivos, dándose traslado al órgano afectado para su posible resolución (página 8, nº7 del Acuerdo CP de 11 de mayo de 2020). Se establecerá un método que garantice la posibilidad de efectuar estas comunicaciones con inmediatez.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer de Santander, celebrada el día 21 de mayo de 2020, relativa a "Alegaciones de la Junta a los acuerdos de Sala de
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Gobierno a propósito de coordinación y celebración telemática de vistas de 5/5 y 12/5/2020".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 21 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de Instrucción y de violencia contra la mujer de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia y Mercantil de Santander, celebrada el día 21 de mayo de 2020, relativa a
"Alegaciones de la Junta a los acuerdos de Sala de Gobierno a propósito de coordinación y celebración telemática de vistas de 5/5 y 12/5/2020".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 21 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia y Mercantil de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
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- Acta de Junta Sectorial de Jueces de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer de Santander, celebrada el día 21 de mayo de 2020, relativa a "Reglas de uso de las Salas de vista, límites de aforo y coordinación de señalamientos en los dos edificios nuevo (c/Simancas) y antiguo (Avenida Pedro San Martín) del complejo judicial de Salesas".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 21 de mayo de 2020 adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad.
- Acta de Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia y Mercantil de Santander, celebrada el día 21 de mayo de 2020, relativa a
"Reglas de uso de las Salas de vista, límites de aforo y coordinación de señalamientos en los dos edificios nuevo (C/Simancas) y antiguo (Avenida Pedro San Martín) del complejo judicial de Salesas".
Acuerdo: La Sala de conformidad con lo previsto en el art. 71.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio del CGPJ de los Órganos de Gobierno de los Tribunales acuerda tomar conocimiento de los acuerdos de fecha 21 de mayo de 2020 adoptados por la Junta
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Sectorial de Jueces de Primera Instancia y Mercantil de Santander y dar traslado de los mismos al Consejo General del Poder Judicial para control de legalidad dar traslado a la Dirección General de justicia del gobierno de Cantabria de las alegaciones efectuadas
Relativo a Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos
-Llamamiento de la Juez sustituta Dña. Florencia Alamillos Granados para desempeñar el cargo en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Santoña, para el día 5 de marzo de 2020 y siguientes.
Acuerdo: La Sala acuerda ratificar el llamamiento efectuado por el Presidente de la Audiencia Provincial a la Juez sustituta Dña.
Florencia Alamillos Granados para desempeñar el cargo en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Santoña a partir del día 5 de marzo de 2020.
- Ampliación del Llamamiento de la Juez Sustituta Dña. Florencia Alamillos Granados, para desempeñar el cargo en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Santoña Nº1, durante los próximos días 12,13 y 16 de marzo de 2020 por motivo de permiso concedido a la Magistrada titular Dña. Lorena Lagüera Estébanez.
Acuerdo: La Sala acuerda la ampliación del llamamiento de la Juez Sustituta Dña. Florencia Alamillos Granados, para desempeñar el
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cargo en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Santoña Nº1, durante los próximos días 12,13 y 16 de marzo de 2020 por motivo de permiso concedido a la Magistrada titular Dña. Lorena Lagüera Estébanez.
- Acuerdo Presidente del T.S. dejando sin efecto la adscripción de la Sra. Juez Sustituta Dña. María Dolores Martínez Melón en funciones de refuerzo en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santander desde el día 31 de marzo de 2020.
Acuerdo: La Sala acuerda dejar sin efecto, la adscripción de la Sra.
Juez Sustituta Dña. María Dolores Martínez Melón en funciones de refuerzo en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santander desde el día 31 de marzo de 2020.
-Nombramiento de Juez sustituta a Dña. María Luisa Nistal San Juan, para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santoña durante un periodo de cinco meses o hasta incorporación del titular si esta se produjere antes de la finalización del mismo.
Acuerdo: La Sala, visto el contenido del acuerdo adoptado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial con fecha 19 de marzo de 2020 que aprueba el desarrollo de la fase de sustitución y refuerzo de los integrantes de la promoción 69 de la Escuela Judicial por un período de cinco meses, desde el 31 de marzo
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de 2020, incluyendo entre ellos a Dña. María Luisa Nistal San Juan para el territorio de este Tribunal Superior de Justicia, toma conocimiento del acuerdo del presidente T.S.J. acordando la adscripción de la referida Juez al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santoña en funciones de sustitución durante el referido periodo o hasta incorporación del titular si esta se produjere antes de la finalización del mismo.
- Nombramiento de Juez sustituto a D. José María Gómez Udías, para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Torrelavega durante el referido cinco meses o hasta incorporación del titular si esta se produjere antes de la finalización del mismo.
Acuerdo: La Sala, visto el contenido del acuerdo adoptado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial con fecha 19 de marzo de 2020 que aprueba el desarrollo de la fase de sustitución y refuerzo de los integrantes de la promoción 69 de la Escuela Judicial por un período de cinco meses, desde el 31 de marzo de 2020, incluyendo entre ellos a D. José María Gómez Udías para el territorio de este Tribunal Superior de Justicia, toma conocimiento del acuerdo del presidente T.S.J. acordando la adscripción del referido Juez al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Torrelavega en funciones de sustitución durante el referido periodo o hasta incorporación del titular si esta se produjere antes de la finalización del mismo.
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- Solicitudes de prórrogas de Jueces sustitutos para el año judicial 2020/2021 e informe de idoneidad del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial.
Acuerdo: La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, visto el contenido del acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General de 08/04/2020 por el que hace uso de la facultad otorgada por el artículo 103.2 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de prorrogar para el período anual 2020/2021 los nombramientos de magistrados/as suplentes y jueces/juezas sustitutas/as acordadas en el presente año judicial en el ámbito de este Tribunal Superior de Justicia.
Relativo a Jueces de Paz
- a) Prórroga de mandato de Juez de Paz Titular de Entrambasaguas.
b) Propuesta de nombramiento de Juez de Paz Titular de Entrambasaguas.
Acuerdo: a) La Sala considera que finalizado el mandato de la Juez de Paz Titular de Emtrambasaguas el día 11 de abril de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conceder prórroga de mandato a la Juez titular del
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Juzgado de Paz de Emtrambasaguas, Dña. María Isabel Cuesta Ruiz, con efectos desde el día 11 de abril de 2020.
b) La Sala considera que la persona elegida por el Ayuntamiento de Entrambasaguas reúne las condiciones de capacidad y elegibilidad exigidas por la Ley, por lo que acuerda nombrar Juez de Paz titular de Emtrambasaguas a Dña. María Isabel Cuesta Ruiz, con DNI
****2.515J, por un periodo de cuatro años, en provisión de la vacante producida por expiración del plazo legal del nombramiento anterior, y ordenando su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, dando cuenta del mismo al Consejo General del Poder Judicial y al Juez Decano del partido judicial correspondiente.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz titular de San Felices de Buelna.
Acuerdo: La Sala considera que finalizado el mandato de la Juez de Paz titular de San Felices de Buelna el día 11 de abril de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conceder prórroga de mandato al Juez titular del Juzgado de Paz de San Felices de Buelna Dña. Mirian Uali Rojo, con efectos desde el día 11 de abril de 2020.
- Prórroga mandato de Juez de Paz titular de Selaya.
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Acuerdo: La Sala considera que finalizado el mandato de la Juez de Paz titular de Selaya el día 11 de abril de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conceder prórroga de mandato a la Juez titular del Juzgado de Paz de Selaya DÑA. MARIA CARMEN LAVIN ORTIZ, con efectos desde el día 11 de abril de 2020.
- a) Prórroga de mandato de Juez de Paz sustituta de Ramales de la Victoria. b) Propuesta de nombramiento de Juez de Paz sustituta de Ramales de la Victoria.
Acuerdo: a) La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sra. Juez de Paz sustituta el pasado 11 de abril de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sra.
Juez de Paz sustituta del Juzgado de Paz de Ramales de la Victoria DOÑA MARÍA ARANZAZU LAVIN BARANDA con efectos desde el 11 de abril de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
b)La Sala considera que la persona elegida por el Ayuntamiento de Ramales de la Victoria reúne las condiciones de capacidad y elegibilidad exigidas por la Ley, por lo que acuerda nombrar Juez de Paz sustituto de Ramales de la Victoria a Dña. Itxaso Odriozola Fuente, con DNI nº ****3.699N, para un periodo de cuatro años, en provisión de la vacante producida por expiración del plazo legal del
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nombramiento anterior, y ordenando su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, dando cuenta del mismo al Consejo General del Poder Judicial y al Juez Decano del partido judicial correspondiente.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz sustituto de San Pedro del Romeral.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz sustituto el pasado 11 de abril de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr.
Juez de Paz sustituto del Juzgado de Paz de San Pedro del Romeral, D. Cristina Peña Sainz, con efectos desde el 11 de abril de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz sustituto de Villaescusa.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz sustituto el pasado 2 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr.
Juez de Paz sustituto del Juzgado de Paz de Villaescusa, D. Juan Manuel García Arabaolaza con efectos desde el 2 de mayo de 2020 y
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hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz titular de Villaescusa.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz titular el pasado 2 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr.
Juez de Paz titular del Juzgado de Paz de Villaescusa, D. Javier Aguinaga Rasilla, con efectos desde el 2 de mayo de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz sustituto de Vega de Liébana.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz sustituto el 2 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr. Juez de Paz sustituto del Juzgado de Paz de Vega de Liébana, D. José Luis Horga Gómez de Enterría con efectos desde el 2 de mayo de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
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- Prórroga de mandato de Juez de Paz sustituto de Meruelo.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz sustituto el 2 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr. Juez de Paz sustituto del Juzgado de Paz de Meruelo, D. Arsenio Martínez Gutiérrez, con efectos desde el 2 de mayo de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz titular de Meruelo.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz titular el 17 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr. Juez de Paz titular del Juzgado de Paz de Meruelo, D. Felix Sierra Menezo con efectos desde el 17 de mayo de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz sustituto de Ruiloba.
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Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz sustituto el 17 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr. Juez de Paz sustituto del Juzgado de Paz de Ruiloba, Dña. María Luisa Fernández Escalante con efectos desde el 17 de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz titular de Ruiloba.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz titular el 17 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr. Juez de Paz titular del Juzgado de Paz de Ruiloba, Dña. Isabel Remedios Fernández Bontempini, con efectos desde el 17 de mayo de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- Prórroga de mandato de Juez de Paz titular de Solórzano.
Acuerdo: La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz titular el 17 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del
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Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr. Juez de Paz titular del Juzgado de Paz de Solórzano, Dña. María Luisa Cuesta Revuelta, con efectos desde el 17 de mayo de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
- a) Prórroga de mandato de Juez de Paz sustituto de Valderredible.
b) Propuesta de nombramiento de Juez de Paz sustituto de Valderredible.
Acuerdo: a) La Sala considera que habiendo finalizado el mandato de la Sr. Juez de Paz sustituto el pasado 2 de mayo de 2020, procede por razones de urgencia y de acuerdo con el art. 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conceder prórroga de mandato a la Sr.
Juez de Paz sustituto del Juzgado de Paz de Valderredible D. Marcos Muñoz Diego, con efectos desde el 2 de mayo de 2020 y hasta la toma de posesión del que resulte nombrado en el expediente que se está instruyendo al efecto.
b) La Sala considera que la persona elegida por el Ayuntamiento de Valderredible reúne las condiciones de capacidad y elegibilidad exigidas por la Ley, por lo que acuerda nombrar Juez de Paz sustituto de Valderredible a D. Marcos Miguel Muñoz de Diego, con DNI
****3.128W, para un periodo de cuatro años, en provisión de la vacante producida por expiración del plazo legal del nombramiento anterior, y ordenando su publicación en el Boletín oficial de Cantabria,
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dando cuenta del mismo al consejo General del Poder Judicial y al Juez Decano del partido judicial correspondiente.
-Nombramiento de Juez de Paz titular de Argoños.
Acuerdo: La Sala considera que la persona elegida por el Ayuntamiento de Argoños reúne las condiciones de capacidad y elegibilidad exigidas por la Ley, por lo que acuerda nombrar Juez de Paz titular a Dña. María José Martínez Muela, con DNI ****5.878, por un periodo de cuatro años, en provisión de la vacante producida por expiración del plazo legal del nombramiento anterior, y ordenando su publicación en el Boletín oficial de Cantabria, dando cuenta del mismo al consejo General del Poder Judicial y al Juez Decano del partido judicial correspondiente.
-Nombramiento de Juez de Paz sustituto de Argoños.
Acuerdo: La Sala considera que la persona elegida por el Ayuntamiento de Argoños reúne las condiciones de capacidad y elegibilidad exigidas por la Ley, por lo que acuerda nombrar Juez de Paz sustituto de a Dña. Inmaculada Martínez Landera, con DNI
****8.827S, para un periodo de cuatro años, en provisión de la vacante producida por expiración del plazo legal del nombramiento anterior, y ordenando su publicación en el Boletín oficial de Cantabria,
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dando cuenta del mismo al consejo General del Poder Judicial y al Juez Decano del partido judicial correspondiente.
Asuntos Varios
- a) Retribuciones de Magistrados suplentes y Jueces sustitutos en el año 2020, variaciones incorporadas. b) Informe gasto mensual medio que orientativamente deberá llevarse a cabo.
Acuerdo: a) Tomar conocimiento del escrito de la Directora General de Justicia de fecha 20 de febrero de 2020, por el que se establece el sistema de asignación y seguimiento de la dotación presupuestaria para sustituciones en el ámbito territorial de cada Tribunal Superior de Justicia.
b) Tomar conocimiento del escrito de la Subdirección General de Programación y Gestión Económica del Servicio Público de Justicia de 24 de abril de 2020, sobre gasto acumulado en el ejercicio 2020 hasta abril, destinada al pago de las retribuciones de los magistrados suplentes y jueces sustitutos, y sobre el gasto medio que orientativamente deberá llevarse a cabo.
- Comunicación sobre aprovechamiento y rendimiento de los Jueces en prácticas emitido por el Coordinador de la Escuela Judicial de Cantabria.
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Acuerdo: Remitir al Director de la Escuela Judicial el informe redactado por el Magistrado tutor don José Luis Sánchez Gall como instrumento de evaluación de los Jueces en prácticas de la 69 promoción Dña. María Luisa Nistal San Juan y D. José María Gómez Udías, a los efectos prevenidos en el artículo 15 del reglamento 2/2000, de 25 de octubre, de Jueces Adjuntos, complementando el informe ya remitido por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia.
- Plan de Vacaciones de Jueces y Magistrados para el año 2020.
Acuerdo: La Sala acuerda aprobar los planes de vacaciones propuestos por las respectivas Salas del Tribunal Superior de Justicia, la Audiencia Provincial, y los órganos unipersonales de Santander, Torrelavega, Medio Cudeyo, Santoña, Castro Urdiales, Laredo, Reinosa y San Vicente de la Barquera.
- Memoria Judicial año 2019.
Acuerdo: Aprobar y elevar al Consejo General del Poder Judicial el texto de la Memoria Anual del Tribunal Superior de Cantabria, referente al año 2019, en la que se informa sobre el funcionamiento de los órganos judiciales, así como de las necesidades y medidas adoptadas para la corrección de las deficiencias advertidas.
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Una vez se encuentre maquetada con introducción de cuadros estadísticos y anexos correspondientes, se remitirá al Parlamento de Cantabria para su presentación ante la Comisión parlamentaria correspondiente.