DERECHO INTERNACIONAL
PÚBLICO,
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
YDERECHO INTERNACIONAL
DELOSDERECHOS HUMANOS
SABRINA COMO'ITO l.INTRODUCCIÓN
El derechonoesunordenestático.invariable,ni permanente. La efec-tividadde todoordenamiento jurídico dependedesuadaptaciónalos suce-sivoscambios queeldevenir históricoprodu2caenlaeconomía,lamoral. lapolítica,laciencia... Enlo queatañealderecho internacional público —aquelquerigelasrelaciones entrelosdistïntossujetosdela comunidad internaciona|—,éstehaevolucionado, fundamentalmente, ala par de tres conceptos: soberaníaestatal.pazmundial,ydignidady valordela persona humana.
i
Elantiguo derecha de gentesfue concebido enfuncióndeunconjunto deEstadosabsolutamente soberanos. Sinembargo,conel correr del tiem-po.la realidad delasrelaciones internacionales pusoderelievequeun po-derestatalirrestricto resultaba incompatibleconIa voluntad crecientede las Naciones desometer susrelaciones mutuas aunrégimendederecho,afin deasegurarse unaconvivencia justayequilibradal.
El cultoala guerraquedominóel mundoantiguotambiéndemostró serinconciliable conesapremisade buenavecindady conlasupervivencia mismadelgénerohumano. Es por ello que la paz acabóporconvertirse en unode losvaloresmássagradosparalacomunidad internacional,y la aspi-racióndemantener lapazylaseguridadinternacionales enunpropósito comúnarealizarse atravésdelcumplimientoporlosEstados dedos
nor-'DecíaelPreámbulodelPaclude la SociedaddelasNacionesque:“Las altaspanes cnnlmtan-tes...porlaprescripción de relaciones francas.justas y honomblesentrelasnaciones.porel limie es-lnblecilniento delasnon'nnsdelderechointemaciunalcomola regla de conduclaefectivaentrelos go-bierno.yporelmantenimienlo dela justicia...".
416 LECCIONES YENSAYOS
masfundamentales: solucionar suscontroversias internacionales pormedios pacíficos,y norecurrirala amenaza oal usodela fuerzacontra la integri-dadterritorial olaindependencia políticadecualquierEstado2.
Paralelamente, desdequelacomunidad internacional ha reafirmadosu feenlosderechos fundamentales delhombre.y enladignidady el valorde la persona humana 3sehanmultiplicadocadavezmaslosesfuerzos por “humanizar”elderecho internacional yporhacerloaptoparaprotegeralos individuos de los gravesatentados contra suintegridadquepuedentenerlugar entiemposdeconflictoarmado. perotambiénenépocasdepaz.
Esenelepicentrode estos esfuerzos quehansurgidodosórdenes ju-rídicosdiferentes perocomplementarios:Derecho Internacional Humanita-rioy Derecho Internacional delosDerechos Humanos. Lasrelaciones, se-mejanzasy diferencias queestosordenamientos presentanentresí,y conel derecho internacional general.seránelobjetode análisisde estetrabajo.El objetivoserádemostrar lainfluenciadelosconceptos antesmencionados —soberanía estatal,pazmundialydignidady valorde la persona humana-enla evolución delderecho internacional públicoy enelsurgimientodel moderno derecho delosconflictos armados y delderecho internacional de losderechos humanos.
Asimismo, seintentará demostrar layamencionada relación de
complementariedadexistenteentrederechointernacional humanitario y de-rechointernacional delosderechos humanos, atravésdeunanalisis com-parativodesusfundamentos materiales, susfuentesformales y sus prin-cipiosinformantes.
ll.DESENV()LVIMIENT()HISTÓRICO
Lasrelaciones internacionales sonunfenómenoquedatadelos albo-resdela civilización. Sinembargo,esconelnacimiento delosEstadOs modernos quesehacepatentelanecesidad de someter laconvivencia inter-nacional aunrégimendederecho.congruente conlas
particularidades
dela misma.El derecho internacional público respondió.ensusorígenes.ados premisas esenciales: la desupremacíadelpoderpúblico
estatal.y el consi-guientelímiteseñaladoporeldominio reservado delosEstados4.3Enlosterminosdelosans.I.l'.1.]y 2.4 dela CanadclasNacionesUnidas. -‘
Idem.Preámbulo.
4
CEnnAth).Carlos.“Losconflictosarmadosy el derechointernacional humanitario". reproduc-ción dc la claseinaugural dictadaporCarlosCerda(h)enclactodcapenumdc la CátedradeDerecho Intemacional Humanitaria dela FacultaddeHiston'ay Letrasdela UniversidaddclSalvador.Revista Argcnlíuu ¡le DerechaMililurnro.8.marzoI98‘):“conlos Estadosmodernosterminalasupremacía del
SABRINA COMO'ITO ¿”7
Comúnmentedenominada ¡tuadbellum,la potestadderecurrir ala fuerza .
.integraba
todaIa nocióndelasoberaníaestatalyrepresentabaaun la másimportante
característica deaquella soberanía..." 5.Siendo.pues,el recurso alasarmas. una“facultaddiscrecional" de losEstados.sulegalidad sóloestabacondicionada porlalegitimidad
delpoderdelsoberano.sin importar lascausas opropósitosquemotivat'an suejercicio6.Esta concep-ciónhizosumamentecompleja
laadopción de compromisos intemaciona-lesdestinados aacotar el ¡us adbellum:las primeras obligacionesasumidas fueronde índoleestrictamente formaly serelacionaron conla necesidad de emitir unadeclaración previaemanada deautoridad competente. uotras formalidades análogas.Es reciénaprincipios del sigloXXque“...comienza elmovimiento tendiente aestablecer Iaobligación delosEstadosdebuscarla soluciónde suscontroversias pormediospacíficos"7. LosEstadosparteenlas Conven-cionesde LaHayade|899y1907
acordaron,
enel art.l° de ambos tmta-dos,que“para evitarenlo posible elrecurriralafuerzaenlas relaciones internacionales entre losEstados, lasPotencias signatariasconvienen en empleartodossusesfuerzosparaasegurar elarreglo pacíficodelas diferen-ciasinternacionales" 3. Añosmástarde.lasaltaspanescontratantes delPacto dela SociedaddelasNaciones (l9l9)semanifestaron inspiradas “...porla aceptacióndeciertas
obligacionesinternacionales denorecurrirala gue-rra..." 9.señalando elderechodetodomiembro delaLiga"dellamarla atencióndela Asamblea odelConsejosobrecualquier circunstancia. refe-rentealasrelaciones internacionales, queamenace perturbarla paz intema-cionalola buenainteligenciaentrelasnaciones.dela quedependelapaz“ (an.ll,2°párr).Elfundamento deestederecho sehallabaenelprimer párrafodelartículo,quedeclaraba expresamente quetodaguerraoamenaza deguerra.lejosdeafectar sóloel dominio reservadodecadaEstado.sería “considerada como unasunto queconcierne atodalaLiga".Sinembargo.SacroImperio y del Papado ynacecl derechointernacional respondiendoaunanecesidad.la de la con-vivenciacntrcEstadossoberanosadscriplosaladoctrinade la soberaníaquecreamBudiny cuyo pos-tuladobásicososteníaelnoreconocimiento de voluntadalguna porencimadelpropio Estado...El do-minioreservadoeraelpropósito fundamentaldelderechointernacional... Y dentrodeesedominio rc-servaduestabaelderechoahacerla guerra".
5SthARSKI,Christophe,Principales nm'imizxrirtslituliu‘(Idderri'lmiItIenuIt'immIImmunimrin
nun".rimmu¡Ii/enturiunuldc[Intht‘l'ÍÚIl dr lu [ItrJlHItlhummm.SeneEducaciony Derechos
Huma-nos.CICReInstitutoInteramericano de DerechosHumanos.SanJosé. CostaRica.l990.p.Il. "CERDA. C.(h). "Losconflictos...".cit., p. 76.
7Pouan. L. A
-RUDA. J.M.. Dertclminltnmi'imiul [Hill/¡Fr!Z. TEA.I9BS. p. .179. Hidem.
418 LECCIONES YENSAYOS
el Pactonoimpusola soluciónpacíficadecontroversias. avance alcanzado porprimeravezañosmástarde,enel PactoBriand-Kellogde1928.
Peroel derechointernacional públiconosólo buscólimitarel derecho delosEstados derecurrirala guerra.sinotambiénlalibertad deaccióny eleccióndemediosy métodosdeguerradelaspartesenconflicto,unavez iniciadas lashostilidades. El iux in bel/umderecho dela guerra oenla gue-rra,apareció primeroenformadeprácticasque.porsurepetición concor-dantey porIacreciente convicción delosEstados dequealrespetarlas obrabanconforme aderecho.seconvirtieron encostumbres internacionales sobrelosusosyleyesquedebíanregirla conducta delasparteshostiles. Noherirnimatar atraición;nocausar malesmayores quelosnecesarios paradebilitar lasfuerzasmilitares delenemigo:evitar,enloposible.el empleodemediosdecombate susceptiblesdecausar sufrimientos excesi-vosodañosinnecesarios, fueronalgunasdeesasnormas consuetudinarias que.aunque nosiempre respetadas.seconvirtieron enlaexpresióndelo quelacomunidad internacional deseaba someter aldominio delderecho y dela razón.
Mástarde.el pesoquehabíanadquiridoestospreceptoshizoque na-cieraenlosEstados elanhelo dedarles expresión positiva, poniendoen marchael proceso decodificacióndel¡us¡nbellum.Talvoluntad se mate-rializa apartirdemediados delsiglo XIX,cuandoenlaConferencia de Ginebradel864losdieciséis Estadosparticipantes redactanyadoptanuna “Convención paraaliviarla suene delosmilitareshen'dosdelosejércitos encampaña".Alaprimera Conferencia deGinebraleseguiríanotras cua-tro.demostrando así el interéscrecientedelospueblosenhumanizar la guen'a y.pmu'gcr alindividuo delfragordelashostilidades:
0Lasegunda Conferencia deGinebradel864,relativaal
tratamien-todelosmuertos. Si bieneltextoresultante de esteencuentro nun-callegóaentrar en
vigor.
el mismosentólas basesysirvióde pre-cedente alaConvención del906,sobreel mismoparticular. - La tercera Conferencia deGinebradel868,querevisóladel864e
introdujo
algunas innovaciones relevantes,porejemplo.en cuan-toalrespetodebido alasambulancias yhospitales
móvilesen campaña."
- Lacuarta Conferencia de Ginebradel906,que,como yase
dijo.
Iegislásobreeltratamiento delosmuertos. - LaConferencia deGinebrade ¡929.enlaqueseaprobaron dosSABRINAcomorro 4 I 9
guerra".o
Códigodel
PrisionerodeGuena.y“Convenciónparael mejoramiento delasuertedelosheridosyenfermosdelos ejérci-tosencampaña."El“Derechode Ginebra"seerigióasí como un
ordenamientojurídico
específico que—aunquesin dejar de formarpanedel derechointernacional público.y,dentrode este.delaplicableentiemposde guerra- tuvocomo particular cometido laprotección delas personas afectadasporun enfrenta-mientoarmado. dotadoesteúltimoconlascaracterísticas necesarias paraser calificadocomo unaguerra. Sinembargo.estaconcepción tradicional delderecho ginebrino—ydelderecho dela guerra engeneral- debióser
modificada añosmástarde.araízdela entrada envigordelaCartade
lasNaciones Unidas.primero.ydeloscuatro Convenios deGinebra
del949,después. Elcomentario aestos instrumentos seefectuará más
adelante ¡0.
Otrarama delderecho dela guerratuvosuorigen históricoenla ciu-daddeLaHaya.dondeenl907el"Reglamentosobrelasleyesy usosdela guerra terrestre" —anexo alaConvención homónima- dejóestablecido el
principio
fundamental deque"losbeligerantes notienen underecho ilimitadoencuanto alaeleccióndelosmediosdeperjudicaralenemigo“(art.22). _
Inspiradosenalgunos instrumentos anteriores. como laDeclaraciónde Bruselasy laDeclaración deSanPetersburgodel868,laspanes declara-ronprohibidoelempleodeaquellosmediosdecombateconsiderados par-ticularmente cruelesosusceptiblesdeprovocar enlasvíctimas sufrimien-tosinnecesarios oexcesivos, talescomo el veneno y lasarmas envenena-das(art.23, inc.a);olasarmas. proyectilesomateriascapaces de causar dañossuperfluos (art. 23, inc. e).Perola normativa deLaHayanosólo condenóciertosmediossinotambiénalgunosmétodosdehacerla guerra. calificados como pérfldosodesleales: el matar oheriratraición(art.23. inc.b);matar oheriralenemigo indefenso oherido(art.23.inc.c); des-truirlas
propiedades
enemigasoapoderarsedeellas,salvoquetalesactos sean"imperiosamente
exigidosporlasnecesidades delaguerra" (art. 23, inc.g),entreotros.Derecho internacional generaly derecho dela guerrahanobservado. pues,unaidénticaevoluciónencuanto asusfuentesformales “zprimero, materializándose ennormas deorigen consuetudinario: luego.alcanzando
l“Vercap.Ill.ps.420-424. 'IVercap.IV. p. 4.1|.
420 LECCIONES YENSAYOS
suexpresión positivaatravésdetratados internacionales. losque eviden-cianunprogresivoproceso decodificación.
Enelcaso delim‘ inbcllum,esteproceso hasidoimpulsadoengran paneporelComitéInternacional delaCruzRoja, organismohumanitario imparcialquedesdesunacimiento enl863vienedesarrollando la más in-tensalabordepromociónyprotecciónde los derechosde las personas afec-tadasporconflictos armados entodoelmundo.
lll.EL DERECHOINTERNACIONAL PÚBLlCOVIGENTEENLAACTUALIDAD
l.Laprohibiciónderecurrir alaamenaza oalusodela fuerza (enlostérminos delart.2.4delaCartadelasNaciones Unidas). El derecho internacional delosconflictos armados
Pocosañosdespuésdecelebrada laCuartaConferencia deGinebrade I9()ósobreel derecho dela guerra.la Humanidad ensuconjuntosevería sacudida porunodelosacontecimientos másterriblesydolorosos de toda ‘s'uhistoria. Dichoacontecimiento fue.precisamente.unconflicto bélico internacional, universalmente conocido como laPrimeraGuerraMundialo la Primera GranGuerra.
Elenfrentamiento. quecomenzó formalmente el 28 dejuliodel9l4, cuando Austriadeclaróla guerraaServia,seextendiórápidamente. involu-crandoala UniónSoviética.Francia.Alemania,GranBretaña, Montenegro. Japón‘Turquía. Italia,Bélgica,Estados Unidos... Cuando la guerra termi-nó. cuatro añosmástarde.el saldoresultóespeluznante:alrededor de diez millonesdepersonas habíanmuerto acausa delconflicto. Y a elloshabía quesumarle loscientos demilesdedesaparecidosyaquellosque,apesar dehaberlogradosobrevivir alashostilidades, sufrieron heridaso mutila-cionesquelosincapacitaronparcialeinclusototalmente. porel resto de susvidas.
Laspotenciasvencedoras —losAIiados- sintieron sobresí la enorme
responsabilidad
deintentar prevenirlarepeticiónde
unatragedia
semejan-te;yestimaron queel mejor modoparahacerloeraaunarsusvoluntades en untratado dondelaspartesdeclaraban expresamente que“todaguerrao amenaza deguerra, afecteonodirectamente aalguno delosmiembros delaLiga.seráconsiderada como unasunto queconcierne atodala
Liga.
debiendo lamismaadoptar las medidas eficacespara
salvaguardar
lapaz de las Naciones" (art.ll. Pactode laSociedad de las Naciones,parte integran-tedelTratado dePazde Versalles del9l9).SABRINACOMOTTO 42'
Peroelsegundo enfrentamiento ocun'ió,y elsistema instituidoporel Pactoevidenció susgraves deficiencias jurídicas;laprincipal deellasfue queIa condena alrecurso ala guerrasehabíaquedadoenunamera decla-raciónoexpresióndedeseo.Lanorma delart.Il. lejosdeproscribirel uso delafuerzaarmada olimitarloconcretamente, lohabíamantenido enigual condición
jurídica
queantesdecelebrado elconvenio,estoes.la demedio lícitoparasolucionar lascontroversias surgidasenel senodela comunidad internacional.En¡939sedesatólacontienda. Polonia.laURSS,Finlandia, Dinamar-ca,Nomega, Holanda,Bélgica, Francia,GranBretaña, Italia. Grecia, Yugos-lavia.Rumania.Bulgaria. Hungría, Japón,ItaliayEstadosUnidos,tomaron parteactivaenelconflicto.Comoerafácilprever,el mayornúmerode Es-tadosinvolucrados enlashostilidades. y losadelantos tecnológico-anna-mentísticos quetuvieron laoportunidaddedesarrollarse enelperíodode entreguerras. hicieron quelas consecuencias deIa'segundagran conflagra-ciónfueranaún más desastrosas quelas de laprimera.Paral945,cuandoIa contienda llegóasufin.veintemillones decombatientes habíanperdidola vida:lamismasuene corrieron casicuarenta millonesde civiles.Ademásde ellos,millones derefugiados, heridos.mutilados. desplazados,enfermos y hambrientos padecieron sufrimientos atroces araíz del cruento conflicto.
Eraclaroque.-antesemejantes resultados,losmiembros dela comuni-dadinternacional nopodíanvolveracometer aquelloserrores quehabían llevadoal fracasoala Sociedad delasNaciones. Y,dehecho.noIo hicie-ron.El26deabrilde1945,luegode arduasperofructíferas negociaciones, losrepresentantes deSlEstados firmaronlaCartadelasNaciones Unidas. LospueblosdelasNaciones Unidassehallaban. antetodo,resueltosu pre-servar alasgeneraciones venideras delflagelode la guerra. quedosveces durantelahistoriahabíainflingidoaIaHumanidad sufrimientosindeciblz's. Perotaldeclaración noseagotaríaestavezenunamera expresiónde de-seo.Parahacer
posible
elcumplimientodeésteylosdemáspropósitos enunciados enlaCarla,losEstados parteasumirían doscompromisos esenciales: arreglarsuscontroversias internacionales pormediospacíficos (art.2.3),y abstenerse derecurrir.ensusrelaciones internacionales, ala ame-nazaoalusodela fuerzacontra laintegridad territorial olaindependencia
políticadecualquier
Estado,oencualquierotraformaincompatibleconlos propósitosdelaOrganización(art.
2.4).'
Esto
significó
muchascosas. Enprimer
lugar.lostiemposdeltusad bel/umhabíanterminado. El derechointernacionalpúblico
vigentedurante siglosyanoeraelmismo.Lasoberaníade losEstados,antesqueabsoluta,
422 LECCIONES YENSAYOS
uso, y aunala amenaza. delafuena. Hastalaspreocupacionesdela doc-trinatuvieron quemodificarse. Alolargodelahistoria,muchosestudiosos delderecho degenteshabiantratadodedeterminar cuálerala naturaleza jurídicadela guerra.Algunosde elloshabíanllegadoala conclusiónde que setratabadeunfenómeno(le inre;otros.de unacontecimiento quecaíafuera dela órbitadelderecho,o,incluso,deunhechosuprajurídico, ubicadopor encimadelalógicadetodanorma ‘3. La entrada envigordelaCarta.en I94ó,terminódefinitivamente coneldebate;apartirdeesemomento. y en virtuddelderecho positivo,todaguerra ——conlasexcepciones contempla-dasporlapropiaCarta—'3,pasóaserunilícitointernacional.o,enotras palabras.unhechoantijurídico susceptibledecomprometer la responsabili-dadinternacional delEstadoquelo cometa.
RespectodelosEstados nointegrantesdelsistemadelaONU,la obli-gación impuestaporel art.2.4seha hechoextensiva desdeque,mediante supracticacomúnyconcordante, manifestaron suaquiescenciaal surgi-miento deunacostumbre internacional prohibitivadelusoy laamenaza dela fuerza ¡4.
Maslaprescripcióncontenida enlos arts.2.4,y 2.3acontrario sensu. nofuela únicamodificación sustancialqueelsistemainauguradoporla Carta delaONUintrodujoenel ordenamiento jurídicointernacional vigente has-taentonces. Otrocambio radicalsurgiríadeIaterminología empleadapor losEstados miembros delaOrganización.Cuando el inc.4delart.2 esta-blecíael límiteyaanalizado, nosóloestabarestringiendola facultaddelos Estados soberanos deejercitarel ¡usad ballum.lo que la norma había veda-do.enrigor,eratodaamenaza orecurso alafuerza, queresultara de
cual-quiermodoincompatibleconlospropósitosenunciados enla Carta.La
doctrina prontoreparóenlaimportantísimacuestiónqueplanteabael
voca-‘3Rousseau.CIL. Dt'rz't'lmmiemm'imml[Hill/¡(nprvjinulmnlu.LaLey. BuenosAires.¡966. ps. 373-374.Titulooriginal Drnil¡Im'ruulimmlpub/ir (lp/ll'tljillllji. trad.deDeliaGarcíaDaireaux.
l‘
Lasexcepcionesalaprohibición contenidaenelart.2,4 que contempla la propia Cartade la ONUson'|Ilasmedidasqueel Consejo de Seguridadsehallafacultadoaaduplnrencasode “amenam ala paL. quebmntamientode la pazoactodeagresión t...)paramantenerorestablecerla paz y la se-guridad internacionales" tan.39). y 2) “el derechoinmanenledelegitima defensa.individualo colecti-va.encasode ataquearmadocunlraunmiembrode lasNacionesUnidas.hastatantoqueelConsejode Seguridad haya tomadolasmedidasnecesariasparamantener la paz y la seguridad inlemacionales..,"
(an.il)Unaterceraexcepcionl'ue señaladaporla AsambleaGeneral.que.ensuresolucion2l05(XX).
reconocióla legitimidad "de la luchadelospueblos quesehallanbajo el dominiocolonialporejercer suderechoalalibredclcrniinacion...".
NPRIOTI'I. Anahí."Dimensiones actualesdelusodelafuemenlas relacionesintemaeionales. Legitimidad y restricciones establecidasporel derechointernacionalhumanitario".enAuuuriu Argenli-nude Derct'lmIIII('I'IIm'ÍtIImÍ.nro.Vll.l99ú-I997.p. 2m.
SABRINACOMO'ITO
423 bularioempleadoporla norma. y sededicóasuhennenéutica;laopinión fuecasiunánimeconrespectoaquelaexpresión fuer:anoteníaelmismo significado corriente queguerra,y queésenoera.porotraparte.elsentido quelasparteshabíanquerido darle.La
interpretación
mayoritariaseinclinó pordiferenciar losvocablos guerra y recurso ala fuerzaencuantoaque. mientraselprimero
resultaba aplicablesóloacienotipodeconflictos be’li-cos(enlosqueseenfrentaban lasfuerzasmilitares dedosEstados).el se-gundo parecía referirse atodoconflictoarmado.sinimportarsi reuníaono lascondiciones necesarias paraconstituir unaguerra ensentidoestricto.Talconclusión aparecereforzada porlodispuestoporel art.l.ldela Carta,cuandoseñalacomo unode lospropósitosdelasNaciones Unidasel de“mantener Ia pazylaseguridadinternacionales. y contalfin:tomar medidas colectivas eficaces... parasuprimiractos deagresiónuotros quebranraniienmsdela pa:..."'5. Porotraparte.elConsejodeSeguridad
puede determinar, tornar medidas yhacerrecomendaciones acerca dela
existencia de“todaamenaza ala paz.quebmntamientodela paz o actode agresión" (conftart.39).y noúnicamenteantelos enfrentamientos bélicos quetenganlascaracterísticas deunaguerra.
Ahora bien.teniendo encuenta quelacomunidad internacional de Estadosensuconjuntohabíamanifestado suVoluntadde mantener lapu:y laseguridadinternacionales, preservandoalasgeneracionesfuturasnosólo delflagelodela guerra sinodetodasituaciónsusceptiblede poneren pe-ligrola paz y la buenaconvivencia entrelasNaciones,cabepreguntarse si el¡us in bellumnohabíaquedadotambiénobsoleto.y si ensulugarnohabía surgidootroordenamiento, masajustadoala nueva realidadjurídicanacida apartirde|946.Larespuestaespositiva.El ¡us ¡nbel/um,sino desapareci-do yreemplazado, quedóal menos subsumido dentrodeunnuevo derecho, el delosconflictosarmados. Ladenominación nosóloresultómás
apro-piada
porunacuestióndepertinenciajurídica.Lo fundamental
delcasofue quelaampliación
operadapermitióque
estarama delderecho intemacio-nalextendiera suproteccióna
cientosde milesde personasentodoel mun-doque.sinservíctimas dela guerra.sufríany sufrenaúnhoyacausa de enfrentamientos armados de la másdiversaíndole.El moderno derecho ¡n-temacional humanitario respondeaestaimperiosa necesidad,tales.la de brindarproteccióny
asistencia aquienescorren seriopeligroporcausa de unconflictoarmado,ya seaésteinterno ointernacional.Noobstante todoloexpuesto,huboquienes cuestionaron el fundamen-tojurídicodeestenuevo derecho. Elargumentocentraldeestacorriente
424 LECCIONES YENSAYOS —aunqueminoritaria- sebasóenquelaproscripcióndelrecurso ala fuer-zacontenida encl art.2.4dela CartadelaONUhacíajurídicamente im-procedentelaexistencia deunordendestinado areglarIoqueelpropio derecho internacional generalhabíaprohibido.Unaaseveración semejante noresisteelanálisis,sobretodo.porquedesconoce unarealidad innegable: queapesardequeel recurso ala fuerzahadejadodeserunmedio lícito paralaconduccióndelasrelaciones internacionales. enloshechoslas lu-chasarmadas continúan produciéndose.Y ellonodesvirtúaenlo absoluto elimportantísimoavance quesignificólaprohibición introducida porel an. 2.4.Dichanorma esvaliosa porsimismayportodolo queimplica; espe-cialmente encuanto confirma la voluntad delosEstadosmiembros de can-vivirenpa:("n/no buenosvecinos(PreámbulodelilCarta).depreservar a luxgeneracionesvenideras delflagelode la guerra(idem)y de entablarentre todoslospueblosdelmundorelaciones deamistad.basadas enel principio de laigualdad(le derechos _\' la libredeterminación de los pueblos (art. 1.2). Noobstante.seríaingenuopensarque.pordistintas razones —económicas. \políticas. territoriales‘ religiosas .noexistan quienesesténdispuestosa
contravenir el derechopositivo.Másaún cuandosetratade Estados sobera-nos,reaciosenocasiones aacatar underecho internacional querecona su poder. Resulta.pues.que“sibienesciertoquela guerra[sic]como institu-ciónpuedeserabolida.el sometimiento delhechobélicoanormas del de-rechodegentesesunanecesidad constante" '6. 2.Elderecho internacional delosderechos humanos
Comoyasevioaldescribir agrandesrasgos sudesenvolvimiento his-tórico.el derecho internacional público respondió,ensuscomienzos, ala necesidad deunordenjurídico específico.destinado a
regir
lasrelaciones quelosEstados (soberanos) entablaban entresí. Porende,losúnicos suje-tosdelderecho internacional fueron.enprincipio.
losEstados,y este orde-namiento seencargó—pordefinición——deregularlasrelaciones entrelos mismos.Talexclusividad duró enverdadunmuylargo tiempo;esreciéna fines delsigloXlXqueotrosactores
empiezan
aadquirir.
lentamente, derechosy obligaciones internacionales '7.Primero,fueronlos organismosinternacio-I"BONILLA anANo.Cesar."Elderechohumanitarioysuaplicacionalos conflictosarmados".cn
UHÍl't'HÍIiH‘.nro.72.publicación de In FacultaddeCienciasJuridicasy Socioccono'micas de la Pontificia Universidad Javeriana.Bogotá. junio |987.prI74.
¡7MuNt'Ai'o,Guillermo-VINUFSA. Raúl-GUTIERREZPosse.Honcnsia.Drret'lminltrnm'imml Irlilliit'tt,l.l. Zavalla.BuenosAires.l999.p.IS.
SABRINA COMOTÏO 425
nales.quecomenzaron aserdotadosdecapacidadparacumplirconlos fi-nesypropósitosparalos cualeshabíansidoinstituidos;mástarde,los
indi-viduos.
personas físicashabitantes delosdistintosEstados.alosque paula-tinamente selesreconocieron derechos denaturaleza internacional,y conindependencia
delos quegozaránenrazóndelderechointerno.Peroelreconocimiento definitivodela subjetividad internacional del individuotuvo suhitoconla entrada envigordelaCartadelas Naciones
Unidas l“.yaquela
Organizaciónse
propuso. como unodesusobjetivosfundamentales. el derealizarlacooperación internacional enlasoluciónde problemasinternacionales decaracter económico.social.culturalo huma-nitario.y enel desarrollo yestímulodelrespetoalosderechos humanosy alas libertades fundamentales de todos,sinhacerdistinciónpormotivosde raza. sexo.idiomaoreligión (art.|.3).
El idealmediatotenidoenmirasfue.enesencia.elmismoqueinspiró laproscripcióndelrecurso alafuerza:tratar deimpedir.portodoslos me-diosposibles.queserepitieran vejacionesaladignidad humanatan terri-blescomo las que se habíansucedido durantelas dosgrandesguerras mun-dialesl“. Peroconunaparticularidad:mientras queelprincipiodelan.2.4 habíalimitadolasoberaníadecadaEstadoenlarelaciónconsuspares.el propósito delart.l.3noparecía realizable si elpoder soberano noera re-cortado ensu
faz_inlerna.
estoes.enlarelacióndelgobernanteconsus gobernados.Estoimplicabaundesafíorealmente ambicioso,sobretodo te-niendoencuenta quemuypocossehallaríandispuestosahacer concesio-nesenunplanotandelicado. lncumbiría alosórganoscreadosporla Carta unaardualabordenegociaciónypersuasión.únicaformaparaalcanzar el consenso entemas tanligadosconIa ideadedominio reservado delos Estados.La Asamblea Generalseríaunodelosórganosconcompetenciaenel ámbitodelosderechos humanos,demodogeneral.porelart.¡0.quele otorgóelpoderpara“discutircualesquierasuntos ycuestiones dentrodelos límitesde estaCarta“,y de unamanera másespecífica.envirtuddelan.I3. quelafacultóparapromover estudios y hacerrecomendaciones conelfin de:“b)Fomentar lacooperación internacional enmaterias de carácter eco-nómico, social.cultural,educativo y sanitarioyayudarahacerefectivoslos
"‘GUHEIIIIEZ Possn.HortensiaD. T.. "Principios generales del derechointernacionalde los
dere-choshumanos".El).lol-89.1.
.
"lDiceelconsiderandosegundo del PreámbuloalaDeclaraciónUnlversal losDerechos
Humanosque"eldesconocimiento y elmenospreciodelosderechoshumanoshan
originado
actosIde barbarieultrajanlcsparala concienciadela hurnanidad...". aludlendoclaramentealosgravtsumas vio-lacionesalos derechoshumanosquetuvieronlugar durantelaPrimeray laSegunda Gucn'aMundial.426 LECCIONES YENSAYOS
derechos humanos y laslibertades fundamentales detodos,sinhacer distin-ciónpormotivos deraza, sexo,idiomaoreligión“.Porotraparte,ella pa-recíaserelforoadecuado paraemprenderla tareadecodificación y
reco-nocimiento, teniendo encuenta sunaturaleza plenaria(quesurge del
art.9delaCarta),ysusistema igualitarioparalatomadedecisiones (segúnel art.l8.l).
Comoerafácilprever,enprimertérminonoresultóposibleelaborar uninstrumento jurídicamentevinculante paralos Estados miembros.perosí
unadeclaraciónconteniendo aquellosderechos quelospuebloscivilizados concordaban encalificarcomo igualeseinalienables paratodos[05 miem-bmxdelafumiliahumana 3“.Adoptadayproclamadaporla resolución2l7 A(lll)A.G.,delIO/l2/l948. la Declaración UniversaldelosDerechos
Hu-manos sedefinióasí mismacomo un¡dealcomúnporel quetodoslos
pue-blosy nacirmc'x debenesforzarse.Elcatálogonoincluyó,enrealidad,sólo derechos, sinotambiénprincipiosydeberes,como losprincipiosde libertad eigualdad (Preámbulo;arts. l° y7°),nodiscriminación (arts.2°.l6y23. inc.2). legalidad(art.29.2),debidoproceso (arts.8°all),razonabilidad (arts.29.2y30).el deberdetodoslosseres humanos de“comportarse fra-ternalmente entre si"(art.l° infine)y losdeberes quetodapersona tiene “respectoalacomunidad, puestoquesóloenellapuededesarrollar librey plenamentesupersonalidad” (art. 29.l).
Losderechos enumerados fueron:derechoalavida,ala libertady a la seguridadpersonal (art.1°):alreconocimiento delapersonalidadjurídica (art.6°);aigual proteccióndelaley (art. 7°);al acceso alajusticia (art. 8°): alaproteccióncontra el arresto, ladetención oeldestierro arbitrarios(art. 9°);derecho deaudiencia (art.IO);derechodedefensa(art.ll);ala intimi-dadyalainviolabilidad dela persona, lafamilia,eldomicilio y la corres-pondencia (art.l2):ala librecirculaciónyresidencia (art.l3);alasilo(art. ¡4):alanacionalidad (art.IS);acasarse yfundarunafamilia(art.16);aIa propiedad,individual ycolectiva (art.|7);alalibertaddepensamiento, conciencia yreligión (art.¡8),deopiniónyexpresión, (art. l9), de reunión y deasociación pacíficas (an. 20);etc.
Conel correr del
tiempo,
el respetodealgunosdeestosderechos fue practicadoyaceptadocomo unaverdaderaobligación jurídicaporgranparte delacomunidad internacional, lo queloselevóalacategoríade costum-bresinternacionales. Noobstantenumerosas libertades delasproclamadas,
—como lasdeopinióny
expresión,delibrecirculaciónyresidencia,losSABRINACOMOTTO 427
derechospolíticos delart.2|.yloslaboralesysindicalesdelart.23-, pro-vocaron la renuencia de cienosEstados.huboprogresivoconsenso en acep-tarlainviolabilidad de los derechos másesenciales: lavida.laigualdad.la libertad.laintegridadyIaseguridad personales.elreconocimiento dela personalidadjurídica... Consecuentemente. prácticas talescomo el asesi-natosistemático.latortura‘lostratoscrueles.inhumanos o
degradantes.
la tratadepersonas. laesclavitud y otrasequivalentes, llevadasacaboconla aquiescenciadelas autoridadespúblicasoantelainactividad culpable de aquéllas.pasaron aconsiderarse violaciones gravesalderechointernacio-naldelos derechoshumanos.enformadecrímenesinternacionales
impu-tablesasusperpetradores.y alEstado queloscometiera opermitierasu comtsron.
Lacalificacióndeciertasprácticas violatorias delosderechos huma-nosbásicoscomo delitosinternacionales, eshoy derechopositivo conven-cionalparalosnumerosos Estadospartedetratados.como laConvención paralaPrevencióny laSancióndelDelitodeGenocidio,y elEstatutode la CortePenalInternacional. quecalificacomo cn'menes internacionales en-treotros. algenocidioy aloscrímenesdelesahumanidad —entendiendo portales.losactosquesecometan como partedeunataquegeneralizadoo sistemáticocontra unapoblación civil.como elasesinato. exterminio. de-portaciónotrasladoforzoso depoblación,encarcelación uotraprivación gravedelalibertadfísicaenviolacióndc normas fundamentales dederecho intentacional, tortura. violación.esclavitud sexual.prostitución forzada, desaparición forzadadepersonas, apart/mid,etc.—.
Ensuma, laprincipal consecuencia jurídicadereconocer subjetividad internacional alosindividuos fuesubstraer delmero arbitriodelpoder so-beranola responsabilidadporla tuteladelosderechos básicosdequienes seencuentran ensuterritorio:“sibienalEstadosigue correspondiendo.en primer lugar.reconocer ygarantizarelejerciciode los derechos humanos a laspersonas quesehallanbajosujurisdicción,el
cumplimiento
de estedeber estásujetoalcontroldela comunidad internacional" 3'.Sellegaasí al mo-democonceptodeEstadosoberana, tal es,“unacomunidad quese gobier-naplenamente
asímisma,ocomunidad independiente.perosin que el go-biernopropio
excluyasusubordinación respectodelasreglasdelamoral, y delderecho internacionalpositivo"
31.1'
GtrnnnntzzPosse.H. D.T..“Principios...".Cil.. p. 893. I 11Conl‘. Veamos.Alfred.Dereclm¡ultrnucimmlpúblic". Ind. del alemán por AntonioTruon y Serra.BibliotecaJurídicaAguilar. Madrid.I97H.p.lO.
433 LECCIONES YENSAYOS
DERECHOINTERNACIONAL HUMANITARIO YDERECHO INTERNACIONAL DF,LOSDERECHOS HUMANOS: ANÁLISISCOMPARATIVO
l.Fundamentos materiales. Complementariedad desusnormas Lacomunidad internacional ha demostrado y reafirmadosu“fe enlos derechos fundamentales delhombre. enladignidady el valorde Ia persona humana" 1‘. Derechos queexistenydignidadquedebeserrespetadacon independenciade que ellegislador los hagaonopartedelderecho interno‘ puestoque“los derechos esenciales delhombre nonacen delhechodeser nacional dedeterminado Estadosinoquetienencomo fundamento los atri-butosdela persona humana“34.Noobstante. ellonoimpideenmodo algu-noconsiderar esencial quetalesderechos sean protegidosporunrégimen jurídico.“a findequeel hombrenoseveacompelidoal supremo recurso dela rebelióncontra la tiraníay laopresión"15. Todapersonatienederecho aqueseestablezca unordensocialeinternacional enel que susderechosy libertades puedanhacerse plenamenteefectivos 15,y,correlativamente, to-doslosgobiernosdelmundotieneneldeberdemln/¡rarmedidas.conjunta
io
separudanwmc37.parala realización deestepropósitocomún.Esesaconvicción moralyjurídicalaquehallevado alosEstados miembros deIaONU aadoptaryproclamarIa Declaración Universal de losDerechos Humanos, dondeIa Asamblea General consideró.antetodo. “quelalibertad. lajusticiayIa paz enelmundo tienenporbaseel reco-nocimienlo deladignidadintn'nseca y delos derechosigualeseinalienables detodoslosmiembros de Ia familiahumana"(Preámbulo.consid.I°). Como
lodos
losseras humanos nuca/1 libreseigualesenderechos.tienenellosel deberdecomportarse fraternulnu'ntelosunos conlosotros(art.I°),ya seaentiempos depazcomo épocasdeguerra, sinqueel estadode excep-cióneventualmente derivado deunconflicto armado odecualquierotra circunstancia extraordinaria pueda autorizar lasuspensión nilaviolación deaquellosderechos considerados esenciales ypermanentemente vigentes (derechoaIavida.aIaintegridad personal,anosersometido aesclavitud ni aservidumbre, anoserencarcelado porel solohechodenopoder
cum-plirconunaobligación
contractual, al debidoproceso. alreconocimiento15CanadclaOrganiución dc las NacionesUnidas.Preámbulo.
3‘ConvenciónAmericanasobreDerechosHumanos.Preámbulo.considerando 2° influe.
1‘DeclaraciónUniversaldeDerechosHumanos.Preámbulo.considerando 3°.
1hConl'.an.28, DeclaraciónUniversalde losDerechosHumanos.
SABRINACOMOTÏU 420
deligión)lapersonalidad3“.Laviolaciónjurídica,sistemáticaalalibertaddedich0sde conciencia.derechospensamientoesconsideraday re-un crimenintemacional entodo
tiempo
ylugar.
ybajo cualquier circunstan-cia.porqueelbienjurídico protegidoesla personahumana‘como núcleoindispensable
Ya el Estatutoparaladel Tribunalexistencia dedeNuremberg
laHumanidad.
otorgóaeseórganocompe-tenciapara
juzgar
sobrelosquedenominócrímenesdelesahunmnidad(asesinato exterminación.deportaciónuotrosactos inhumanos.cometidos contra lapoblación civil...), fueranéstosperpetradosanlcs aduranlela guerra 3°. Poc0saños
después,
laConvenciónparalaPrevencióny la San-cióndelDelitodeGenocidio.adoptadaporlaAsambleaGeneralde laONU en¡948.dispuso
que“Las partescontratantes confirmanqueelgenocidio. yaseacometido entiempodepazoentiempodeguerra. esundelitode derechointernacional queellassecomprometen apreveniry asancionar" (art.l).Cuando laDeclaración Universaldelos Derechos Humanosconsagra elderechodetodoslos hombres alreconocimiento desupersonalidad jurí-dica.dicequeestereconocimiento debeseriesotorgado"entodaspartes" (conf.art.6°),deloquecabeinferirlavoluntad delosEstadosmiembros dequeasíseaentodo
tiempo
ylugar:igual‘disposición
contiene elPacto deDerechos CivilesyPolíticosensuart.l6.Asimismo,IaDeclaración Uni-versalaspiraaserunidealenquelosindividuos y lasinstituciones se ins-pirenconstantemente y nosóloenépocas depaz.El art.3°comúnalos cuatro Convenios deGinebrade|949seaplica encasodeconflictoarmado“quenoseade índoleinternacional y quesurja enelterritorio deunadelasAltasPartesContratantes"; noobstante."si biensuprimer párrafo contienepuroderecho humanitario. oderecho hu-manitario slricta sensu. ensusincs.a),b). c)yd)recogetambién
dere-choshumanos básicos,válidostantoentiemposdepazcomo entiempos
3"Dijo la ComisiónInteramericana deDerechosHumanosensuInforme55/97.emitidoel
lB/l I/I997.que"...cuandoseanalizala legalidad de las medidasdcsuspensión adoptadas porun Es-tadoParteenla ConvenciónAmericana.envirtuddela existenciadeunconflictoannadoal cualse aplicantantola ConvenciónAmericanacomolos tratadosde derechohumanitario.laComisiónno de-beriaresolverla cuestiónsolamentepor referenciaaltextodelan.27 delaConvenciónAmericana.Ma’s biendebedeterminarsi los derechosafectadosportalesmedidasestángarantiudosdemanerasimilar enlos tratadosaplicables de derechohumanitario. Siencuentra quelos
derechosen
cuestiónnopueden
sersuspendidos bajoestosinstrumentos de derechohumanitario.debería concluirque
talesmedidas
de suspensiónsonviolatoriasdelas obligaciones de losEslmlosIPanes.tantobajo la Convencnón Amcnca-nacornobajo los respectivos tratadosdederechohumanitario".. I
430 LECCIONES YENSAYOS deguerra"30.Talesson:el derecho alavida.alaintegridad corporal,ala libertad,aladignidad personaly al debidoproceso legal.
Ademásdesureconocimiento porvíaconvencional. la complemen-tariedadentrederecho internacional humanitario y derechointernacional de losderechos humanos,ha sidosubrayadaenlas conclusiones de numerosas conferencias internacionales, así.enlaConferencia Mundial deDerechos Humanos deTeherán.resoluciónXXIII,sobre“DerechosHumanos enCon— flictosArmados" (adoptadaell2/6/l969); “RespetoalosDerechos Huma-nosenlosConflictos Armados". resolución2444delaAsamblea General delasNaciones Unidas ([969);XXIConferencia Internacional dela Cruz Roja (resoluciónIl sobre“DesapariciónForzadadePersonas",yXJV, so-brela“T0rtura") 3',entreotros. En elámbitoamericano,enlosinformesde laComisiónInteramericana deDerechos Humanos: Informesobrela situa-cióndelosDerechos Humanos enArgentina (|949);Situacióndelos Dere-chosHumanos enNicaragua(l978);SituacióndelosDerechos Humanos enUruguay (¡978)32.En suinforme 55/l997.
emitido
el l8/Il/l997.la Co-misiónsostuvo que“...a|igualqueotrosinstrumentos universales yregio-“
nalessobrederechos humanos,laConvención Americana y losConvenios deGinebradel949compartenunnúcleocomúndederechosnosuspendibles y elobjetivocomúndeprotegerlaintegridad físicay ladignidaddelser humano...”.y que“...Iaestrecha interrelación entrelosderechos humanos y elderecho humanitario tambiénsustenta lacompetenciaqueposeela Comisión bajoel art.29.b)paraaplicar.cuando resulterelevante. el dere-chohumanitario...".
Puedeverse.entonces. que“si bienel derechointernacional humanita-rioy elderecho internacional delosderechos humanos,tienendiferentes orígenesy diferentes fuenteshistóricasydoctrinarias,consideraciones bási-casdehumanidad sonsubyacentesaunoy a otro"33. Ambosordenamientos persiguenunaidénticafinalidad:laproteccióndeladignidadydelos
dere-“'
Slzl'l'lNl-JM.Cesar."vinculaciones entrecl derechointernacional humanitario,losderechos humanosy Ia protección internacional alos refugiados".cnBulclínMexican"(le Dcm‘lmCmupurudu. añoXIX.nro.5‘). publicacion del InstitutodcInvestigaciones Jurídicasde la UniversidadNacional Au-tonomadcMexico.mayo-agosto1987.p. 587.
‘lSl;PL‘L\EUA.Cesar."Lascorrelaciones entreel derechointernacionalhumanitario y cldclos derechoshumanosencl continenteamericano. El papel de los organismos regionales",enBulelíu Mexi-numdcDem-ImCumpurmln.nuevasen'e.añol7,nro,5|.septiembre-diciembreI984.ps. 9| l-9l2. HCANrAtx)Tnmmoc.AntonioA.."Derechointernacionalhumanitario y derechointernacional de losderechoshumanos".cnExludinxexperiulinuluxde dem‘lmxItmnmmxI. InstitutoInteramericano dcDerechosHumanos.SanJosé.CostaRica.1996.p. 9|.
SABRINACOMOT'TO 43l
chosfundamentales delaspersonas humanas,uno.entodo
tiempo
ylugar; el otro,enépocas de conflictoannado.2. Fuentesformales
Lasfuentesformales delderechointernacional sonlosme'todosde creacióndeunanorma jun’dicay deverificacióndesuexistencia34.
Comoyasehaseñaladoaldescribir sudesenvolvimiento histórico.la
primera
fuentecreadoradelderechointernacional fuela costumbre. El de-rechohumanitario surgióyevolucionó.enunprincipio,
atravésdeaquellas prácticascomunes yrepetidasquelos Estadosasumíanduranteel transcur-sodelasouerras. conlaconvicciónde que actuar de esemodoerasu obli-gación jurídica. Algunasdeestasprácticassondeorigen relativamente re-ciente:noessinoapanirdela EdadModerna quelosenfermos yheridos comienzan aserconsiderados como dignosdeasistencia y quelos belige-rantes secomportanconfrecuenciade unmodohumanitario respectode tales personas. Sinembargo.
otrascategoríasdeindividuos —como los prisione-rosde guerraylos combatientes vencidosorendidos—,empiezanarecibir untratoespecial desdelosalboresdelaEdadMedia.cuandolospreceptos delCristianismo tiendenahumanizar la guerra. Ya enestaépoca,“los paí-sesdelnortedeEuropaacostumbraron respetaralos comerciantes enemi-gosensupersona'y
ensusbienes,bajo reciprocidad.oseles dabaunplazo paraliquidar
susasuntos yretirarse delterritorio hostil"35. Aunenla Anti-güedad algunos pueblos—entre ellos.losegipcios,loshindúesy los grie-gos—tuvieron ciertasdeferencias respectodesusenemigos,y enrelación alosmétodosymediosdehacerla guerra.EnelMedioevo estasprácticascomienzan aplasmarse, paulatinamen-te.entratados. Setrataba.ensuinmensa mayoría,deconvenciones bilate-ralesquelosEstados partecelebraban conelobjetoderesponderauna si-tuacióndeconflictoarmado actualoinminente. Perolos continuos adelan-tosenlastécnicasarmamentistas y. sobretodo.lacrecienteconvicción de quelaguerraeraunfenómenoquenecesitaba serhumanizado, hicieronque talesacuerdos bilaterales fueran
paulatinamente
reemplazadospor conven-cionesplurilaterales.
destinadas aregirunnúmero.deenfrentamientos béli-cosenprincipio
indeterrninados. Es así como surgenlosConvenios de Gl-nebrade|864-l929, queconstituyenlosprimeros pasoshaciala codifica-cióndelderechointernacional humanitario.»‘-'PuucsrA.L. A.-ComRqu.JoséM.. cit._t.l. pl l2. . JSConf.RUIzMORENO. Isidoro.Dertclminltnmcinlmlpúblic". Juan Castagnola. BuenosAires. ¡943, p. 337.
432 LECCIONES YENSAYOS Esteprocesodeordenamiento ysistematización tuvosusegundogran hitoamediados delsiglo XX.cuandootraseriedeConvenios seadoptóen Ginebra. Elfin tenidoenmirasfueampliarymejorarla normativa humani-tariaexistente. ademásdeadecuarla ala nueva realidadjurídicaehistórica resultante dela posguerra. LosEstados participantesenla Conferencia de 1949secomprometieronacumplirconcuatro tratados,quedefinen,engran pane.el contenido delmoderno derecho internacional delosconflictos ar-mados:ellConvenio deGinebra. destinado aprotegeralosheridosy en-fermosde lasfuerzasarmadasencampaña;el llConvenio.quebrindaamparo alosheridos.enfermos ynáufragosdelasfuerzasarmadas enel mar;el Ill Convenio queprotegealosprisionerosdeguerra; y elIVConvenio,que tutelaaIapoblacióncivil.
Loscuatro Convenios seaplicanencaso deenfrentamiento armadode caracter intemacional. Noobstante.el art.3° comúnalosmismos señalalos estándares mínimosdehumanidad quetendrálaobligacióndeaplicarcada unadelaspartesenunconflicto armadoquenoseadeíndoleinternacional yquesurjaenelterritorio deunadelasAltasPartes Contratantes (conf.
‘
púrr. l").Ental caso. “las personasquenoparticipendirectamente enlas hos-tilidades.incluidos los miembros de las fuerzasarmadasquehayan depuesto lasarmas y laspersonas puestasfueradecombate porenfermedad. herida. detenciónoporcualquierotracausa serán,entodaslascircunstancias. trata-dasconhumanidad" (apart.I).Actoscomo elhomicidio. la tomaderehenes, los atentados contra ladignidad personaly la violación de las normas del de-bidoproceso, perpetradosenperjuiciodelaspersonasarribamencionadas, quedanprohibidosy sonilícitoscualquieraseaeltiempoy ellugarenque secometan (idem).Losheridosyenfermos serán
recogidos
y asistidos (apan.2).Unorganismo humanitario imparcial. talcomo el Comité Interna-cionalde laCruzRoja. gozarádelderechodeiniciativa paraofrecersus ser-viciosalaspartesenconflicto;ademásdelderecho queuniversalmente sele reconoce paraaccederlibremente alas víctimasy brindarles asistencia.Lanormativa deloscuatros Convenios sehallaactualmente vigente
y es,porlo tanto,derechopositivo convencional paralosEstadosparteen losmismos. Noobstante,el“DerechodeGinebra”sufrióotro
importante
avance en¡977. cuando seaprobarondosProtocolos adicionales alosCon-veniosde¡949.Movidos porlavoluntad dereafirmar yelevar
l'o_s
estándares dehumanidad definidOseninstrumentos anteriores,los Estados
participantes adoptaron
elProtocolo l,afindereforzar laprotecciónde
lasvíctimasdeconflictos armados internacionales eincluirdentrodelos mismosalasluchasdeliberaciónnacional. ElProtocolo II. porsuparte‘ sededicóaampliarlaprotección de laspersonas afectadas porconflictosSABRINA COMOTTO 433
armados internos.complementando así el art.3° comúnaloscuatro Con-veniosdeGinebra.
Elproceso decodificacióndel"DerechodeLaHaya" tambiénestáen marcha.DesdequelosEstadosparteenlaConvencióndeI907declararon que“los beligerantesnotienenunderecho ilimitadoencuanto alaelección delos mediosde perjudicaralenemigo".numerosos tratadoshanhechocada vezmásamplias las restricciones entalsentido:elProtocolo de Ginebrade |925.queprohibióelempleodegasesylíquidos asfixiantes.envenenados odeletéreos:laConvenciónde¡972sobrelaprohibicióndeldesarrollo.la produccióny elalmacenamiento dearmas
bacteriológicasy
sobresu des-trucción:laConvencióndeGinebrade¡977 sobrelaprohibiciónde utiliza-ción de técnicasdemodificación ambientalconfinesmilitares uotrosfines hostiles;laConvencióndelasNacionesUnidasdel980sobreciertasarmas convencionales; laConvenciónde|993sobrelaprohibicióndeldesarrollo, producción, almacenamiento y usodearmas químicasy sudestrucción:la Convención deI997sobrelaprohibicióndelasminasantipersonaly su destrucción.etc.Lacomunidad internacional hareparado.asimismo. enla necesaria
interdependencia
existenteentrelaproteccióndelas víctimasde los conflictos armados y larestricciones alalibertaddeescogerlosmediosy métodosde hacerla guerra.EsporelloqueelProtocolo l Adicional aloscuatro Con-veniosdeGinebradel949.hareafirmado. ensuart.35.párr. l".el princi-pio generalde LaHaya.aldisponerque“en todoconflictoarmado.el dere-chode laspartesenconflictoaelegirlos métodosy mediosde hacerla guerra noesilimitado".La costumbre y lostratados internacionales sontambiénfuentes crea-dorasdelderechointernacional delosderechos humanos. Muchasdelas disposicionessobrederechos humanosquehoyseencuentran reconocidas enconvenciones escritas,aparecieron primeroenformadepracticas estata-les concordantes conlasquelarepeticióny el anima: confirieronel status de normas jurídicasinternacionales. Conrespectoalostratados,los más im-portantesaniveluniversal hansidoadoptados bajolosauspiciosdela Or-ganizacióndelasNaciones Unidas.así el PactoInternacional deDerechos CivilesyPolíticosy eldeDerechos Económicos. Sociales y Culturales (¡966). Asimismo. cabemencionar laimportantelabordecodificación Ile-vadaacaboconel impulsodelosorganismos regionales.Tal esel casode la
Organizaciónde
losEstadosAmericanos. cuyosmiembrossuscribieron.
enl969,laConvenciónAmericana sobreDerechos Humanos.mas conoc1-dacomo PactodeSanJosédeCostaRica;odelConsejodeEuropa,que adoptó.en|950,laConvención EuropeadeDerechos Humanos.434 LECCIONES YENSAYOS Tantolasprincipalesnormas sobreelderecho internacional delos de-rechoshumanos como lasfundamentales disposicionessobrederecho inter-nacional humanitario. “hanlogradouncarácterconsuetudinario queles con-fiereuntítuloindependienteyseparadodevigencia.aunqueluegose en-cuentren estasnormas subsecuente yrepetitivamentecodificadas en distin-tosconvenios y demásinstrumentos jurídicos"36.Elloesjurídicamente posibleyaqueelhechodequeuntratadonocreeobligacionesni derechos parauntercer Estado sinsuconsentimiento (conf.art.34. Convención de VienasobreelDerecho delosTratados).noimpide “queunanorma enun-ciadaenuntratado llegueaserobligatoriaparauntercer Estadocomo nor-maconsuetudinaria de derecho internacional reconocida como tal”(art.38). El deberdenocausar, duranteunenfrentamiento armado.malesmayoresa aquellos indispensablesparaconseguirelobjetivomilitarperseguidoconcada maniobra. así como el deberdelosgobiernosderespetarlosderechos hu-manos básicosdelaspersonas queseencuentren bajosuterritorioe impe-dirviolaciones flagrantesy sistemáticas alosmismos,sonejemplosde normas intemacionales quesehallanreconocidas entratados,peroquehan ‘llegadoaserobligatoriasparaterceros Estados envirtuddela costumbre
internacional 37.
Respectode “losprincipiosgenerales(lederecha,enelsentidodelart. 38delEstatuto dela Corte Internacional deJusticia,surten tambiénsus efectos enel derechode la guerra [sic]aplicándoseenellosinninguna dis-tinciónconlasotrasramas delderecho internacional público" 33.
3‘ Principiosinformantes
Losprincipiosdelderechointernacional —adiferencia de losque sur-gendelderecho internodelosEstados- nopuedencrear normas jurídicas, sinotansóloutilizarse como "medios auxiliares paraladeterminación de lasreglasdederecho" (conf.art.38,ld]delEstatuto delaCIJ). Elloesasi porcuanto estos
principios
nosonsinoabstraa'iones derivadas de normas preexistentesdederechointernacional. Su importancia radicaenquepenni--‘“S\\’INARSKI. CIL. I’I'rm'ipule.\'....cil.. p. I7. n ‘7Dijo la CorteInternacional de Justiciacnsu0Cdel8/7/l996.enrelaciónasiresultaono legitima laamenaza 0elusodcunnasnuclearesporpaflc dcunEstado(emitidaasolicitudde la Asam-bleaGeneral).quelasnormas contenidascnlos Conveniosde La Haya y de Ginebra.nosólo rigen pam los Estadospanccndichosinstrumentos.sinoque imponen ademásatodoslos Estados.hayanono
ratificadolosinstrumentos convencionales quelascnnliencn.porqueellasconstituyenprincipios inlransgrcdiblcsdel derechointernacional consuetudinario".
SABRINA COMOTTO 435
teninferirlospreceptos onociones informantes dedichoordenjurídicoy desusdiferentes ramas.
Derechointernacional humanitario yderechointernacional delos de-rechoshumanoscomparten algunos principios. Jean Pictethaseñaladocomo preceptoscomunes aestos dosordenamientos eldei'nviolahi'li'dad dela persona —respetoala vida.ala
integridad
físicaymental,alosatributos delapersonalidad—,el de nodiscrinii'nación.y el deseguridadde laper-sona —
prohibiciónderepresaliasypenascolectivas. inviolabilidad delos derechos ydelasgarantiasjudicialesbásicas.prohibicióndela toma de rehenes.etc.— 3".
Diceel art.6°. PactodeDerechosCivilesyPoliticosensuinc.l que "l.El derechoala vidaesinherente ala personahumana. Estederecho es-taráprotegidoporlaley. Nadiepodráserprivadodelavida arbitrariamen-te".Concordantemente, el art.3 comúnaloscuatro ConveniosdeGinebra deI949prohíbe. respecto delaspersonas alascualesextiende su protec-ción"a)los atentados contra la viday laintegridad corporal. especialmente elhomicidio entodassusformas...". Elprincipiodeiiiviolabili'dad (le la persona surgeasimismo de laprescripcióndela tortura. y delos tratos crue-les. inhumanos odegradantes,lacual,ademásdeestarcontenida en nume-rosos instrumentos sobrederechos humanos‘0.esparteintegrantedela re-gulación jurídica internacional de losconflictosarmados. El Primer Conve-niodeGinebra de¡949.alotorgarprotecciónalosheridosyenfermos de lasfuerzasarmadasencampaña.consagra el derecho de estaspersonas ano sertorturadas, asesinadas uobjetodeexperimentos(arts.l2-I3);lopropio haceel TercerConvenio respectodelosprisionerosdeguerra,quienesno debensertorturados ni sometidos acoercióndeninguna especieconel fin desonsacarles información (art.l7)4|.El art.3 comúnaloscuatro Conve-nios.porsuparte.declaraprohibidas lasmutilaciones, lostratos crue-les.Ia tortura y lossuplicios“ (apart. l, a]).
El
principio
de nodiscriminación dimana,porunlado,dela Cartade las Naciones Unidas.cuyoart.l.3señalacomo unodelospropósitosde la Organizaciónel de“realizarlacooperacióninternacional(.._.)
enel desarro-lloyestímulodelrespetoalosderechos humanos yalaslibertadesfunda-”
CANCADO TniNiiAuE,A.A..“Derechointemacional...". cil..p. 92. 4“Art.7°. PactoInternacionaldeDerechosCivilesy Politicos;an.5“. Convencióncontrala
Tor-lumyotrosTratosoPenasCrueles.IniiunianosoDegmdaiites: ConvencmnAmericanasobreDerechos
Humanos:etc. _ l _Iu l
"
ViLLACiiiasMoscoso.Jorge, W.. “Elnuevoderechointernacional humanitario.en[lu/eli" dtIiiAi'udeniiadeCienciasPuII'Ii'riLi_\' Savia/ex.nm.90.Caracas-Mexico. octubre-dic":th I932. ps.92-93.
436 LECCIONES Y ENSAYOS mentalesdetodos.sinhacerdistinciónpormotivosderaza,sexo,idiomao religión"41.Estepreceptoimpregnaenrealidadtodala normativa interna— cionalsobrederechos humanos. yaqueesdela esencia dedicho ordena-mientoreconocer enlosseres humanos unadignidadyunaigualdad intrín-secas queningún prejuicioniningunadiferencia extrínsecapuede menosca-bar.Comoel derecho internacional humanitario tambiénbuscaprotegerlos derechos esenciales eigualesdelaspersonas. enparticular,deaquellasque sehallanafectadas oamenazadas porunconflicto armado, tampocoeste ordenamiento autorizaaquellostratos desigualitariosquetenganel carácter dediscriminatorios. Así,diceel art.3° comúnque“las personasqueno par-ticipendirectamente enlashostilidades t...)seran,entodaslas circunstan-cias,tratadas conhumanidad. sindistinción algunadeíndoledesfavorable basadaenla raza,elcolor.lareligiónolacreencia,el sexo. elnacimiento olafortunaocualquierotrocriterioanálogo" (apart. l).
Finalmente, laseguridaddelu perxonu emana deunaseriede garan-tíasconsideradas indispensablesparatutelardebidamente losderechos bá-sicosdelodoindividuo. talescomo lasqueexigenunprocesojudicialo "administrativo sustanciado enlegalformay sinirregularidadesquepuedan ponerenpeligrolaintegridaddelsujetosometido al mismo.Estas prescrip-cionesimplican, igualmente.quelaspenasqueseadministren como conse-cuenciade todoprocesotambiéndebanserlodeconformidad conciertas nor-masdederecho internacional. como lasqueprohíbenlaspenascolectivas, la penademuerte pordelitos políticosoconexos conlospolíticos,la pri-siónpordeudas,loscastigosenformade sufrimientos corporales,eltrabajo forzado,etc.ElPacto Internacional deDerechos Civilesy Políticos con-tienenumerosas disposicionesdelasquepuedeabstraerse esteprincipio deseguridaddela persona, en
especial,
ensuart.9°,queenuncia expresa-mente que:“Todoindividuo tienederecho alaseguridady alalibertad personales.Nadiepodrásersometido adetenciónoprisiónarbitraria. Nadie podráserprivadodesulibertad.salvoporlas causas fijadas por leyy con arregloalprocedimientoestablecido enésta."(inc.l). Enelámbitodel derechointernacional humanitario puedencitarse—entre otros— losarts. 82 y ss. del TercerConvenio deGinebradel949,quelimitanlapotestaddeaplicar
sancionesdisciplinarias
alosprisionerosdeguerrayestablecen laspautasmínimasdelegalidad que deberánobservarse enlaconducción de
losprocesos llevadoscontra dichaspersonas. El art.¡02delmismo instru-mento.porsupane
“restringe
lafacultaddeejecutar
unasentenciade muerte.SABRINACOMOTTO 437
la quesólosepodrá aplicarsi las
disposiciones
delaConvención hansido fielmenteobservadas y si la sentencia hasidodictadaporla misma jurisdic-ciónysegúnelmismoprocedimientoqueseaplicaríaenel casode lasfuerzas armadas delapanequedetentaelpoder"4}.Prescripciones
análogas con-tieneel art.3° comúnensuapart.l.inc.d).Respecto
delosprincipios considerados como propiosyexclusivos al derechointernacional humanitario.resultacardinalel dehumanidad. Dicho precepto enunciaundeberpermanente defraternidad ysolidaridad huma-nasanteelprójimoquepadeceporcausa deunconflictoarmadooquese hallaenparticular riesgo frentealmismo(yaseaporenfermedad,herida, detención oprisión, embarazo,discapacidad.
rendición.ocualquierotro motivo).Conorígenesenladoctrina cristiana delMedioevo, lareglade humanidad debesuprimera fuentejurídico-convencionalalaConferencia deGinebra de¡864.quesepropusoaliviarlu suerte delos heridosy enfur-Innsdelosejércitoscncuinpuña.Desdeallí,esteenunciado seha conveni-doenunaverdadera imiximadelderecho internacional humanitario.En elsigloXVlllseabrecaminoelprincipiode que Iapoblacióncivil nodebeserdirectamente afectada fueradelestadoanormal quela guerra comporta: losantiguos hindúesfueronlosprimerosenreconocer tal distin-cio'nentrecombatientes y nocombatientes: e‘Stosúltimosdebíanser respe-tados44.LosProtocolos Adicionales del977hanreafirmadoestedeberde diferenciación entreobjetivosmilitares ynomilitares.incluyendouna pro-hibicióndedirigirlasoperacionesnosólocontra las personas. sinotambién contra losbienesde caráctercivil45.Elpreceptodenecesidad militar. por
suparte.fuecontempladoporprimeravezenlaDeclaración deSan
Petersburgodel868.donde: el únicoobjetivo legítimoquelos Estados debenproponerse durante la guerraesla debilitacióndelasfuenas milita-resdelenemigo (...)aesteefecto.essuficiente ponerfuerade combate al mayornúmeroposibledehombres". Estrechamente ligadoal criterio de necesidad militar.sehallael deproporcionalidad.conforme el cualenel planeamientodetodamaniobradebecontemplarseunaapropiadarelación deequilibrioentre elfinbe'lico
perseguido
y losdañoscolaterales queel ataquepuedaacarrear. Porúltimo,laprohibición demalessupeifluas _v/o sufrimientosexcesivos ainnecesarias, enunciaquenoeslícitoelempleo43Conf.VIuAcnu Moscmo,J.W.. "Elnuevoderecho...".cit..p. 93. 4‘
Consult.RuizMotlülo.l.. Derechainlemucimuil.... cit..ps. 335-338. I _ 45Conf.arts.48. ProtocoloI. y IJ. Protocololl. adicionalesaloscuatroConvenlosde Ginebra del949.
433 LECCIONES Y ENSAYOS
dearmas ometodos decombate queagravarían inútilmenteel sufrimien-todeloshombres afectados porlashostilidades. oqueharíansumuerte inevitable 4°.
V. CONCLUSIONES
La soberaníatiendeamenguar sucampodegravitaciónamedidaque nuevas normas jurídicasextienden laregulacióndelderecho internacional a aspectosantesconfiados al “dominioreservado" de losEstados.Este proce-sonosignificalasupresióndelpoder estatal,perosísusujeciónaciertasreglas de derecho quelospropiosEstadosconvienen encalificarcomo imprescin-diblesoconducentes aIa buenaconvivencia entrelas Naciones. Así,el pro-pósitodemantener la paz y laseguridadinternacionales hallevadoaqueel usode la fuerzaarmadapasarade seruninstrumento de soberanía individual aunaherramienta quesólodebeserusadaenservicio delinteréscomún.
Losconflictos annados setomaron objetoderegulación internacional desdequeel derecho homónimo —derecho internacional delosconflictos
‘
armados—
dejóestablecidos dosprincipiosfundamentales: quelas perso-nasafectadas porunenfrentamiento armadogomnde ciertosderechosiguales einalienables —asuvida,asuintegridadyseguridad personales.al debido proceso, aunmedioambiente saludable yaptoparasusupervivencia,al patrimoniohistórico ycultural,etc.—. y que.afin depreservar tales dere-chos‘laspartesenunconflicto de estanaturaleza nogozande unalibertad ilimitadaencuanto ala eleccióndelosmediosy métodosdecombate.Lapersona humana‘sujetodelactualderecho internacionalt gozade
progresiva
atenciónyprotecciónenelplanointernacional. La complemen-tariedad existente entre losdosordenamientos encargadosdetutelarlos derechosdelosindividuos —derecho internacional humanitario y derecho internacional delosderechos humanos—sugiere
laposibilidaddesistemas deaplicación tambiéncomplementarios.Elfundamento sehallaenun nú-cleoirreductible de derechos basicosquenecesitan seradecuadamente pre-servados tantoentiempos
depazcomo enépocasdeconflictoarmado.Lacomplementariedad
surgedenumerosasdisposiciones
convencionales yde laprácticacomúnyconcordante delosEstadosental sentido.al tiempoque esverificada porprincipios
informantes comunes. como los de inviolabili-daddelapersona. nodiscriminación yseguridad de lapersona.l
La paz es unidealcomúnporel quetodoslos pueblos deben esforzar-se,yaquela paz es el estadoóptimoynecesario paraelbienestardel
SABRINACOMOTÏ'O 439
viduoy suadecuado desarrollo personaly social.Sinembargo.lasfriccio— nesyconflictosquefrecuentemente surgenenel seno delacomunidad in-ternacional, oenelinteriormismodelos Estados.hacen
imprescindible
que elderecho intemacional seocupedeestablecer cuales sonlasnormas apli-cablesencaso deconflictoarmado. Elderechointernacional humanitario pretendesubstraer la suerte delosmasdébilesalavoluntaddelosmás fuertes.afinde que la mera capacidadarmamentista otácticanodetermine. paramuchos.unainexorable diferencia entre laviday la muerte. Vl.BIBLIOGRAFÍAtFUENTESCUNSULTADASBONILLA MOYANO.César,"Elderecho humanitario y suaplicaciónalos conflictosarmados". enUnirersitas, nro.72.revistadelaPontificia Uni-versidad Javeriana.FacultaddeCienciasJurídicasySocioeconómicas. Bo-gota, junio |987.
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