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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº PRODUCE/DGAAMI

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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web:

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00449-2020-PRODUCE/DGAAMI

01/12/2020

Vistos, los Registro N

ros

00048244-2020 (02.07.20), 00054291-2020 (17.07.20), 00065450-2020 (31.08.20), a través de los cuales, la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., solicitó la evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto denominado

“Sistema de protección contra incendio”, a desarrollarse al interior de su “Planta Callao”

ubicada en la Calle Carbono N° 213-215, Urb. Grimanesa, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, en adelante el Reglamento Ambiental Sectorial, con el objetivo de promover y regular la gestión ambiental, la conservación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas;

Que, el numeral 48.1 del artículo 48° del Reglamento Ambiental Sectorial, señala que cuando el titular de un proyecto en ejecución o de una actividad en curso, que cuenta con instrumento de gestión ambiental aprobado, decide modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones, no se requerirá un procedimiento de modificación del instrumento de gestión ambiental; sino que el titular se encuentra obligado a hacer un Informe Técnico Sustentatorio (ITS). Así mismo, la autoridad competente emitirá la respectiva Resolución para resolver el procedimiento administrativo de evaluación de Informe Técnico Sustentatorio (ITS);

Que, el Informe Técnico Sustentatorio (ITS), propuesto por la empresa MACHU PICCHU

FOODS S.A.C., se enmarca dentro los supuestos de modificación de componentes auxiliares

con impacto ambiental no significativo, que cuenta con un Diagnostico Ambiental Preliminar

(DAP), aprobado con Oficio N° 01105-2008-PRODUCE/DVI-DGI-DAAI (31.03.2008), una

Actualización del Plan de Manejo Ambiental (PMA) de su DAP, aprobado con Resolución

Directoral N° 09764-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM y con diversos instrumentos de

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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web:

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gestión ambiental para su “Planta Callao” ubicada en la Calle Carbono N° 213-215, Urb.

Grimanesa, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao;

Que, el literal e) del artículo 115° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción (ROF del PRODUCE) aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017- PRODUCE, establece como una de las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (DGAAMI) emitir actos administrativos sobre la evaluación de los instrumentos de gestión ambiental, para las actividades Industriales manufactureras y de comercio interno;

Que, revisada la solicitud de evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) presentada por la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM), en el marco de sus funciones asignadas en el literal a) del artículo 118° del ROF del PRODUCE, elaboró el Informe N° 00000052-2020-PRODUCE/DEAM-cmirandac, de fecha 01.12.20, en el cual se recomienda aprobar el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto denominado

“Sistema de protección contra incendio”, el cual se constituye en un

supuesto de modificación de componentes auxiliares con impacto ambiental no significativo, toda vez que el mismo tendrá por objeto reemplazar al actual sistema contra incendios de su instalación industrial; igualmente, se precisa que el administrado ha manifestado que el presente ITS no variará las condiciones actuales sobre su área de influencia o proceso productivo, cumpliéndose con los requisitos exigidos en el Reglamento Ambiental Sectorial, para el Informe Técnico Sustentatorio (ITS);

Que, de acuerdo al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N°

27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, la presente Resolución Directoral se sustenta en los actuados en el procedimiento administrativo y en los fundamentos y conclusiones del Informe N° 00000052-2020- PRODUCE/DEAM-cmirandac, por lo que este forma parte integrante del presente acto administrativo;

De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, Decreto Legislativo N° 1047; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017- PRODUCE, y demás normas reglamentarias y complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Informe Técnico Sustentatorio (ITS), presentado por la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., del proyecto denominado

“Sistema de protección contra incendio”, a desarrollarse al interior de su “Planta Callao” ubicada en la Calle Carbono N° 213-

215, Urb. Grimanesa, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, de conformidad con el Informe N° 00000052-2020-PRODUCE/DEAM-cmirandac, el cual forma parte integrante del presente acto administrativo, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2°.- La empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., deberá cumplir con lo

establecido por el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) antes referido, la presente Resolución

Directoral y con las conclusiones, recomendaciones del Informe N° 00000052-2020-

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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web:

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PRODUCE/DEAM-cmirandac, así como su Anexo N° 02; ello sin perjuicio, del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en las normas ambientales vigentes.

Artículo 3º.- La aprobación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) no constituye el otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y otros que requiera el titular.

Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral y del Informe Técnico Legal que la sustenta, a la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para los fines correspondientes.

Regístrese y comuníquese

VLADEMIR A. LOZANO COTERA Director General

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA Viceministerio de MYPE e Industria

Firmado digitalmente por LOZANO COTERA Vlademir Alcides FAU 20504794637 hard

Entidad: Ministerio de la Producción Motivo: Autor del documento Fecha: 2020/12/01 17:08:44-0500

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DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Año de la Universalización de la Salud”

INFORME Nº 00000052-2020-PRODUCE/DEAM-cmirandac Para : GUILLEN VIDAL, LUIS ALBERTO

DIRECTOR

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

De : Miranda Cuenca, Claudia Paola

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

Asunto : Evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto denominado “Sistema de protección contra incendio” de Planta Callao de la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., ubicada en Calle Carbono N°

213-215, Urb. Grimanesa, distrito del Callao y provincia Constitucional del Callao.

Referencia : 00048244-2020 - E

Fecha : 01/12/2020

Mediante el presente nos dirigimos a usted, a fin de informar a su Despacho lo siguiente:

1. ANTECEDENTES

1.1. La empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., cuenta con los siguientes instrumentos de gestión ambiental aprobados por el Ministerio de la Producción.

Tabla 1. IGAs aprobados

Tipo Documento de

aprobación

Fecha de

aprobación Proyecto o actividad Diagnóstico

Ambiental Preliminar (DAP)

Oficio N° 001105-2008- PRODUCE/DVI-DGI-

DAAI

31.03.08 Aprobación del DAP de la Planta Callao.

Declaración de Impacto Ambiental

(DIA)

Oficio N° 07716-2010- PRODUCE/DVMYPE-

I/DGI-DAAI

20.12.10 Ampliación de línea wafer

Calificación Previa (CP)

R.D. 0209-2015- PRODUCE/DVMYPE-

I/DIGAAM

24.06.15

Ampliación de la línea de producción de conos, wafer bañado y almacén de la planta

de chocolate Plan de Cierre

(PC)

R.D. N° 0313-2015- PRODUCE/DVMYPE-

I/DIGGAM

24.08.15 Plan de Cierre planta Café

Calificación Previa (CP)

R.D. N° 044-2016- PRODUCE/DVMYPE-

I/DIGGAM

25.01.16 Ampliación del Almacén de productos terminados y materia prima – Planta Callao Actualización del

Plan de Manejo Ambiental (PMA) del

DAP

R.D. N° 00976-2019-

PRODUCE/DGGAMI 16.12.19 Actualización del Plan de Manejo Ambiental del DAP

1.2. A continuación, se presentan los actuados en el marco de la atención del registro

de la referencia:

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“Año de la Universalización de la Salud”

Tabla 2. Actuados

Documento Número Fecha Emitente Asunto

1 Registro 00048244-2020 02.07.20

MACHU PICCHU

FOODS S.A.C.

Se presentó el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto denominado

“Sistema de protección contra incendio” de “Planta Callao”

2 Registro 00054291-2020 17.07.20

MACHU PICCHU

FOODS S.A.C.

Se consultó sobre el estado del expediente.

3 Oficio 00002253-2020-

PRODUCE/DGAAMI 18.08.20 PRODUCE (DGAAMI)

Se formuló observaciones al ITS del asunto, las cuales se encuentran sustentadas en el Informe Nº 0000042-2020- PRODUCE/DEAMcmirandac.

4 Registro 00065450-2020 31.08.20

MACHU PICCHU

FOODS S.A.C.

Se presentó el levantamiento de observaciones.

5 Registro 00077960-2020 21.10.20

MACHU PICCHU

FOODS S.A.C.

Se presentó información complementaria con las firmas de los profesionales responsables de elaborar el ITS.

2. ANÁLISIS

Aspectos Normativos

2.1. Tal como fuera indicado en los antecedentes del presente Informe, la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., cuenta con un Diagnostico Ambiental Preliminar (DAP), aprobado con Oficio N° 01105-2008-PRODUCE/DVI-DGI-DAAI (31.03.2008), una Actualización del Plan de Manejo Ambiental (PMA) de su DAP, aprobado con Resolución Directoral N° 09764-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGGAM y con diversos instrumentos de gestión ambiental detallados en la Tabla 1 del presente informe, para su “Planta Callao”, ubicada en Calle Carbono N° 213-215, Urb. Grimanesa, distrito del Callao y provincia Constitucional del Callao, respecto de la cual pretende implementar el proyecto denominado

“Sistema de protección contra incendio” al interior de su instalación industrial; en base a ello, mediante el Registro de la referencia, ha presentado a evaluación el ITS del proyecto antes indicado.

2.2. En ese sentido, se tiene que el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno aprobado por Decreto Supremo N.° 017-2015-PRODUCE (en adelante, RGA), ha previsto que cuando un titular de un proyecto de inversión en ejecución o de una actividad en curso, que cuenta con instrumento de gestión ambiental aprobado, decide modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones, no se requerirá un procedimiento de modificación del instrumento de gestión ambiental; sino que el titular se encuentra obligado a hacer un Informe Técnico Sustentatorio (ITS) justificando estar en dichos supuestos.

2.3. En cuanto a los aspectos procedimentales, se aprecia que la solicitud de la

empresa cumplió con los requisitos establecidos en el Procedimiento N.° 166 del

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“Año de la Universalización de la Salud”

TUPA de PRODUCE aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2015-PRODUCE:

Evaluación del informe Técnico Sustentatorio en caso de Modificación de Proyectos de Inversión o Actividades en Ejecución de la Industria Manufacturera o Comercio Interno

1

, así como con lo previsto en el artículo 49 del RGA.

2.4. Debe tenerse presente, que el numeral 19.1 del artículo 19 del RGA, precisa que las declaraciones vertidas en todo instrumento de gestión ambiental presentado al PRODUCE, tiene el carácter de declaración jurada

2

. En ese sentido, toda la información vertida en el ITS por parte de la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., tiene carácter de declaración jurada.

2.5. De lo mencionado, se tiene que el ITS para el proyecto “Sistema de protección contra incendio”, de titularidad de la empresa en mención, ha sido propuesto bajo el supuesto de modificación de componentes auxiliares

3

con impacto ambiental no significativo, toda vez que el mismo tendrá por objeto reemplazar al actual sistema contra incendios de su instalación industrial; igualmente, se precisa que el administrado ha manifestado que el presente ITS no variará las condic iones actuales sobre su área de influencia o proceso productivo.

2.6. Sin perjuicio de lo indicado, debe precisarse que el presente ITS no regulariza los incumplimientos en los que pudiera haber incurrido el titular, con respecto a los compromisos asumidos en sus instrumentos de gestión ambiental aprobado o a la normativa ambiental aplicable, salvo disposición en contrario por parte del ente fiscalizador ambiental en el marco de sus competencias.

Aspectos Técnicos

4

Tabla 3. Datos generales de la empresa

Empresa titular MACCHU PICCHU FOODS SAC.

RUC 20500985322

Rango Empresarial5 Gran Empresa

Datos Registrales

Partida

Registral Zona Registral Sede

70209764 IX Lima

Domicilio procedimental electrónico El administrado se encuentra inscrito en el Sistema de Notificación Electrónica (SNE) del PRODUCE6

Ubicación de la planta Distrito Provincia

Constitucional Calle Carbono N° 213-215, Urb.

Grimanesa Callao Callao

1 El administrado cumplió con los requisitos establecidos en el procedimiento administrativ o: solicitud, f ormulario DGAAMI -009, un (01) ejemplar impreso y en f ormato digital (CD) del Inf orme Técnico Sustentatorio (ITS), elaborado por una consultora ambienta l autorizada por PRODUCE para elaborar estudios ambientales.

2 En la misma línea, tenemos al numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativ o General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (TUO de la Ley N° 27444) el cual establece que, en la tramitación del procedimiento administrativ o, se presume que los documentos y declaraciones f ormulados por los administrados en la f orma prescrita por esta Ley , responden a la v erdad de los hechos que ellos af irman. Esta presunción admite prueba en contrario.

3 De conf ormidad con el Ítem b, del apartado 2.1.1. "Descripción del Proy ecto" de la "Guía para la identif icación y caracteriza ción de impactos ambientales en el marco del Sistema Nacional de Ev aluación del Impacto Ambiental", aprobado por Resolución Ministerial N° 455-2018-MINAM, los componentes auxiliares, corresponden a las instalaciones menores y complementarias al f uncionamiento del proy ecto (rampas, talleres, almacenes, campamento, comedores, grif os, entre otros ).

4 La inf ormación que se presenta a continuación ha sido declarada por el administrado en el Plan de Cierre.

5 La inf ormación ha sido remitida a trav és de Memorando N° 513-2019-PRODUCE/SG/OGEIEE de f echa 18 de julio de 2019 a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, en mérito a la consulta realizada con Memorando N° 039 -2019- PRODUCE/DVMY PE-I/DIGGAM, respecto a los rangos empresariales de los administrados.

6 El administrado ha dado su autorización para realizar los actos de notif icación en el marco del Sistema de Notif icación de Electrónica – SNE, del PRODUCE; el cual tiene ef ectos desde el mismo día en que el acto administrativ o se depositó en el domicilio electrón ico, siempre que aquélla se hay a ef ectuado dentro del horario de atención de esta Entidad, de acuerdo con lo indicado por el artículo 10°

del Decreto Supremo N° 012-2014-PRODUCE.

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“Año de la Universalización de la Salud”

Actividad declarada por el administrado en el IGA

Suministro de productos y servicios de la industria de chocolate y confitería, perteneciente a la Clase 1073:

"Elab oración de cacao y chocolate y de productos de confitería". De la CIIU, Rev 4.

Sub Sector Industria Manufacturera7

Licencia de funcionamiento

N° 1382-2015 aprobada y expedida por la Municipalidad Provincial de Callao para el giro “Procesamiento de chocolate y derivados”.

Área autorizada 21,856.49 m2

Consultora autorizada por PRODUCE

Mara Consultores & Contratistas E.I.R.L, Según la Resolución Directoral N° 0268-2017-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI, en la que autoriza a realizar estudios ambientales en el sector de la industria manufacturera.

Tabla 4. Descripción del proyecto

Objetivo Monto de inversión

El proyecto a realizarse corresponde a una necesidad de la empresa en

instalar un sistema contra incendios como medida de contingencia. S/. 2,550,000

Justificación Plazo de ejecución

(construcción/instalación) El Proyecto se sustenta como una modificación al actual Sistema Contra

Incendio (SCI), con impacto ambiental no significativo. Cabe indicar que, no se variará la cantidad de producción o ningún aspecto relacionado al proceso industrial y a la productividad que tiene actualmente la “Planta Callao”.

Siete (07) meses y medio

Tabla 5. Etapas del proyecto

Etapa Actividades

Construcción

1.Implementación del sistema de agua contra incendio 1.1. Implementación del cuarto de bombas contra incendios

-Trazo y replanteo: Se desarrolla el trazo en la etapa inicial previo a la instalación de anclajes y se realiza el replanteo según el área a intervenir.

-Soldado de bridas succión y descarga: Previamente se prepara la excéntrica y concéntrica para pasar al área de soldadura, se da un pase raíz.

-Posicionamiento de motobomba y bomba jockey: Para posicionamiento de la motobomba se realiza previa instalación de los anclajes para la fijación del p atín de la bomba principal, luego se ancla el soporte donde va ubicado el tecle que izara la motobomba y así posicionar en sus anclajes correspondientes.

Para posicionar la bomba jockey se debe perforar la losa para poder colocar los anclajes y fijar sus varillas roscadas, luego se posiciona la bomba y se ajusta los pernos.

-Corte, roscado ranurado de tubería: Se procede el corte de tubería a medida con esmeril o tronzadora de tubo según diámetro, luego pasa al área de ranurado y roscado, quedando listo para la colocación de su respectivo accesorio.

-Montaje de tuberías y accesorios: Para desarrollar el montaje de tuberías, válvulas y accesorios se hace de forma manual. Se inicia con la succión de la bomba a través de la conexión de válvula de alivio y la línea de prueba que retornan a la cisterna, estas actividades son realizadas con herramientas manueales como llaves estilson, llaves miztas y llave ratchet.

-Posicionamiento de tanque de petróleo: Se fijan los tacos de expansión en la losa para posterior posicionar el tanque de petróleo y colocar sus pernos y ajustarlos, para eso se necesita el uso de taladro roto martillo y llaves mixtas.

-Instalación de línea de refrigeración y combustible: Para la instalación previamente se corta los tubos de ¾ y 1/2 a la medida correspondiente, luego se le hace la rosca

7 Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2015-PRODUCE

Artículo 3.- Ámbito de aplicación (...)

3.2. Para ef ectos del presente reglamento, se considera activ idades de la industria manuf acturera a aquellas comprendidas en la Clasif icación Industrial Internacional Unif orme (C IIU) v igente de las Activ idades Económicas de las Naciones Unidas o aquella que la sustituy a, con exclusión de aquellas activ idades que, conf orme a las normas de la materia, están comprendidas bajo la competencia de otros sectores. No están comprendidas las activ idades de transf ormación primaria de productos naturales, que se rigen por las ley es que regulan la activ idad extractiv a que les da origen.

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y se colocan sus accesorios, una vez realizada esta actividad se procede a su instalación con el uso de llaves mixtas.

-Instalación de tableros controladores motobomba y jockey: Para la instalación de los tableros se necesita hacer las perforaciones en la pared o placa, luego se posiciona el tablero y se juntan con pernos hexagonales. Una vez instalado el tablero co ntrolador se inicia el cableado de motor.

-Implementación de silenciador de motobomba: Para este proceso se debe instalar el silenciador a través de bridas y pernos, colocando el empaque que corresponde, esta actividad se realiza con llave mixta. Se deben soldar las tuberías con s us respectivos accesorios, una vez que se tienen las piezas soldadas y listas se ensambla n y se unen con el silenciador. Toda la tubería del sistema de escape de gases lleva un recubrimiento de lana de roca y enchaquetado con planchas roladas de aluminio.

1.2. Implementación de red general, manifolds y gabinetes

- Trazo y replanteo: Se desarrolla el trazo en la etapa inicial previo a la instalación de anclajes, y se realiza el replanteo según el área a intervenir.

-Fabricación de soportería metálica: Se realiza el corte de ángulo de metal a medida que corresponda, quedando listo para el sondeo, así mismo se realiza la perforación al soporte y pintado correspondiente.

-Preparación de tubería aérea: Se procede a realizar el corte de tuberías a medida con esmeril o tronzadora de tubo según diámetro, luego pasa al área de ranurado y roscado, quedando listo para la colocación de su respectivo accesorio.

-Montaje de soportes y tuberías: Previa a la instalación de soportería se realiza la perforación en columna, viga placa según corresponda, luego se coloca los pernos de expansión. El montaje de tubería se realiza a través de manlift o elevador izando y soportando en soportería angular.

-Corte y excavación para tubería enterrada C900: Corte de pis o con esmeril según trazo, luego se procede a realizar la excavación con una retro excavadora, finalmente se coloca una capa de área para que pueda instalarse la tubería, una vez instalada la tubería C900 se procede a colocar una capa de arena y posterior se rellena con terreno natural y una capa de afirmado, reposición de asfalto.

-Implementación de manifolds y gabinetes: Posterior a ello se procede a la colocación de manifolds y gabinetes.

1.3. Implementación de sistemas de rociadores en almacenes

-Trazo y replanteo: Se desarrolla el trazo en la etapa inicial previo a la instalación de anclajes, y se realiza el replanteo según el área a intervenir.

-Fabricación de soportería metálica: Se realiza el corte de ángulos de metal a medida que corresponda, quedando listo para el sondeo, así mismo se realiza la perforación al soporte y pintado correspondiente.

-Corte, roscado y ranurado de tubería de 1”, 1 ¼”, 1 ½”, 2”, ya las ranuras a los tubos de diámetro 2”, 2 ½”, 3”, 4”, 6”, 8”, 10” previamente colocadas en su suporte, cabe mencionar que esta actividad se realiza con el equipo de protección personal adecuado.

-Montaje de soportería, colgadores y tuberías: Previa a la instalación de soportería se realiza la perforación en columna, viga, placa, según corresponda, luego se coloca los perros de expansión. El montaje de tuberías se realiza a través de manlift o elevador izando y soportando en los soportes angulares o colgador tipo gota.

-Implementación de cuellos de ganso y rociadores: Previa a la instalación de cuellos de ganso y rociadores se toman las medidas correspondientes, se corta y rosca, se instala con llaves estilson, se usa teflón y formador de empaquetadura, esta actividad se realiza por medio de un elevador.

1.4. Pruebas de funcionamiento y charlas de capacitación

-Pruebas hidrostáticas al sistema implementado: Las pruebas hidrostáticas se realizan con una bomba de presión que succionan de un tanque de agua “Rotoplas”

e inyectan a gua a toda la red contra incendio llegando a una presión 200PSI. Este procedimiento se realiza por áreas de acuerdo al cronograma realizado.

-Retoques de pintura: Se lija previamente la parte de la tubería o accesorio a retocar, para luego aplicar pintura base al aceite, una vez que seca se aplica pintura de acabado gloss rojo bermellón.

-Charla de capacitación del uso del sistema ACI y uso de mangueras contra incendios:

Las pruebas de funcionamiento se realiza en la sala de bombas, verificando los parámetros de la B. Principal y B. Jockey, consiste en realizar encendio de las bombas

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verificando el correcto funcionamiento. Dentro de las pruebas de funcionamiento se consideran las pruebas de mangueras contra incendios con personas. Las capacitaciones son dictadas por personal calificado previamente se envía el temario.

2. Construcción de cisterna enterrada para el uso del sistema contra incendio -Licencia de construcción

-Trazo y replanteo

-Encapsulamiento del área a intervenir -Demolición de muro y piso existente -Excavación y apuntalamiento -Soldado

-Encofrado

-Acero para refuerzo -Obras de concreto armado

-Acabados y especialidades complementarias (ventilación, electricidad y desague)

Operación y mantenimiento

Tomando en consideración que el proyecto se implementará como medida de contingencia ante la ocurrencia de un incendio, se tendrán 2 escenarios: operación sin emergencia y operación con emergencia:

1.Operación sin emergencia

Pruebas periódicas del sistema contra incendios (SCI) y mantenimiento de componentes.

2. Operación con emergencia

En caso de que ocurra un incendio en la Planta Callao, inmediatamente se activará el sistema de protección contra incendio, el mismo que consta de:

-Uso de extintores portátiles

-Activación del sistema de bombeo: En la zona de ingreso de puerta N° 5 (Calle Carbono) se construirá una cisterna exclusiva bajo nivel para el sistema de agua contra incendio de 401 m3. Esta cisterna estará adyacente al cuar to de bombas.

Producida la emergencia, de manera automática se activará la motobomba ubicada en el cuarto de bomba, esta bomba es de tipo horizontal carcaza partida con motor diésel. La bomba contra incendio será de una capacidad nominal igual a 7570 lpm

@9,65 bar (200 gpm @140 psi) accionada por un motor diésel. Dispone además de una electrobomba jockey de 37,85 lpm @ 10,34 bar (10 gpm @ 150 psi).

-Alimentación de agua en la red del SCI

-Activación de la red de gabinetes de mangueras contra incendios -Activación de manifolds

-Conexión de bomberos Tabla 6. Recursos a ser usados

Personal y horario Servicios Materia prima

e insumos Etapa de Construcción

30 trabajadores de lunes a sábado de 8 am a 5 pm.

Agua: 67,475 m3/mes mediante el sistema de conexión de la Planta Callao.

Combustible: 20 galones/mes que serán comprados en la estación de servicios más cercana.

Energía: 9,845.76 kwH/mes mediante el sistema de conexión de la Planta Callao.

Materiales de construcción: Arena, piedra, material de relleno, agua para uso doméstico, agua para concreto y construcción, y agua para pruebas de funcionamiento.

Insumos: Aceite de rodamiento vistony, thiner, pintura gloss rojo bermellón, hidrolina, formador de empaquetadura ADEX, alcohol, lejía, DMQ desinfectante, jabón líquido y cemento.

Etapa de Operación No requiere aumento de

personal.

Sin emergencia: 2 trabajadores únicamente cuando se ejecute una

prueba y/o

mantenimiento del SCI Con emergencia: los trabajadores necesarios para activar los

Agua: Actualmente el Sistema Contra Incendio (SCI) cuenta con una cisterna de agua de 130 m3, con la implementación del nuevo SCI la cisterna tendrá una capacidad de almacenamiento de 400 m3. El agua llegará a través del sistema de conexión de Planta Callao, abastecida por SEDAPAL*.

Combustible: En caso el sistema

Materia prima: No aplica. El sistema solo usa agua para casos de emergencia.

Sin emergencia: no se requiere materia prima solo el agua qué se encuentra almacenada en la cisterna 400 m3.

Con emergencia: En caso se dé una emergencia, se va a utilizar la cantidad de agua necesaria para controlar el

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Personal y horario Servicios Materia prima

e insumos Etapa de Construcción

componentes del SCI. No se requiere personal adicional.

contra incendio se opere para la atención de una emergencia se utilizará la cantidad de combustible requerido por la motobomba, para lo cual el sistema cuenta con un tanque de almacenamiento de diésel con capacidad de 300 galones y con dique de contención impermeabilizado. Cabe indicar que hasta el momento no se ha hecho uso del sistema para atender una emergencia.

Energía: En caso el sistema contra incendio se opere para la atención de una emergencia se utilizará la cantidad eléctrica requerida para el funcionamiento de los tableros contra incendio y para la recarga de las baterías. Cabe indicar que hasta el momento no se ha hecho uso del sistema para atender una emergencia.

incendio. La cisterna tiene capacidad de 400 m3.

Insumos

Sin emergencia: debido a que las actividades desarrolladas en esta etapa son de pruebas de funcionamiento y mantenimiento del SCI, se utilizarán cantidades mínimas de aceite, pintura para retoques del SCI.

Con emergencia: Bajo este escenario no se van a requerir insumos químicos durante su operación.

*Tabla 7. Servicios auxiliares ubicada en la página 7 del Informe Nº 00000005-2019-PRODUCE/DEAM-fgranda aprobado por R.D. N° 00976-2019-PRODUCE/DGGAMI.

Tabla 7. Descargas al ambiente – Etapa de construcción

Etapa de Construcción (Implementación)

Tipo descarga Fuente de generación Descripción del

tratamiento

Emisiones atmosféricas

Generación de gases por soldadura y polvo por perforación en la pared.

Generación de vapores de pintura y polvo por perforación en la pared, uso de esmeril en piso, excavación de retroexcavadora.

Generación de polvo por el uso de maquinaria.

No requiere, en tanto precisa que el material particulado generado se realizará en pocas concentraciones, dentro de las instalaciones de la planta Efluentes

industriales

Durante la etapa de construcción no se producirá

efluente industrial. No requiere

Efluentes domésticos

Durante la etapa de construcción se producirán efluentes domésticos de los servicios sanitarios.

Serán dispuestos en el sistema sanitario de Planta Callao, el cual actualmente cuenta con una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales

Ruido Ambiental Generación de ruido por el uso de equipos y herramientas.

Indica que el mismo se dará de forma localizada por lo que no se prevé un efecto importante fuera de los linderos de la planta y durará 7 meses y medio.

Generación de residuos sólidos

No peligrosos:

Papel, cartón (10kg) Plástico (12kg) Metálicos (1500kg)

Residuos de construcción: desmontes y escombros 685.72 m3

Los residuos sólidos no peligroso serán entregados a una EO-RS para ser reciclados.

Respecto a los residuos de desmonte y escombros, conforme a la norma, se emitirán certificados de la disposición del material.

Etapa de Operación Emisiones

atmosféricas No genera. No aplica

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Ruido ambiental Debido a la operación de los componentes del

sistema contra incendio. Intensidad muy baja. No aplica Efluentes

industriales No genera. No aplica

Efluentes

domésticos La operación del sistema no genera. No aplica

Generación de residuos sólidos

Durante el escenario de la operación sin emergencia, se seguirán generando los mismos residuos que se generan actualmente. De otro lado, durante el escenario de la operación del proyecto con emergencia, se generarán residuos tales como:

envases vacíos de extintores, bulbo de rociadores, la generación de estos residuos variará según el tipo de emergencia.

En caso de suscitarse un incendio se va a generar lodos de restos quemados, es decir, residuos semisólidos, los cuales serán dispuestos mediante una EO-RS.

Evaluación de los Impactos Ambientales

Tabla 8. Metodologías empleadas

Metodología empleada para la identificación de impactos ambientales

Metodología empleada para la evaluación de impactos ambientales

Método de Leopold Vicente Conesa Fernández

Tabla 9. Impactos ambientales y medidas ambientales Impacto

ambiental Fuentes impactantes Calificación propuesta

Medida ambiental propuesta ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

Ruido ambiental

Sub componente que puede ser afectado por las actividades de construcción debido al uso de herramientas y maquinas; sin embargo, es preciso mencionar que solo se genera ruido en horario diurno y de manera temporal (7 mes y medio).

Irrelevante

- Charlas de capacitación al personal sobre la importancia del uso de los protectores auditivos.

- Mantenimiento de equipos y maquinarias.

Calidad de aire

Sub componente que puede verse afectado en la etapa de construcción debido a la generación de material particulado durante las labores de demolición y circulación de vehículos, por traslado de materiales e insumos, siendo está una actividad intermitente, así como por los gases de combustión, soldadura y vapores de pintura generados en la actividad de construcción.

Irrelevante

- Mantenimiento preventivo de equipos utilizados durante la construcción.

- Colocación de señalética donde se indique el límite máximo de velocidad (15 km/h).

- Las actividades perforación de pared, placas, esmerilado de piso y/o excavación en lo posible se humedecerá el área de trabajo antes de realizar la actividad.

Calidad de suelo

El suelo no se encuentra impactado por contaminantes externos. Se observa que la incidencia a este factor es irrelevante debido a la generación de residuo inerte (como restos de concreto, material de excavación)

Irrelevante

- Capacitar al personal en reaprovechamiento y minimización de residuos sólidos.

- Disposición de residuos (demolición) en áreas adecuadas.

- Disposición de residuos peligrosos con una EO- RS.

ETAPA DE OPERACIÓN

Agotamiento del recurso

hídrico

Se contempla utilizar agua para el funcionamiento del sistema contra incendio, es necesario precisar que la empresa solamente realizará el uso de

Irrelevante

- Capacitar al personal que laborará en las diferentes etapas del proyecto en

“Uso responsable del recurso agua”.

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Tabla 10: Planes y Programas específicos propuestos por el titular:

Planes / Programas específicos Contenido básico

Plan de Manejo y Minimización de Residuos Sólidos Continuará conforme lo declaro en los IGAS.

Plan de contingencias

Se incorporó al Plan de contingencia actualizado, el cual incluye los componentes del nuevo sistema contra incendio como parte de los medios de respuesta, igualmente, describe la organización del sistema de respuesta emergencias, identificación de riesgos y han desarrollado las acciones de respuestas ante emergencias ambientales

Plan de cierre (conceptual) Se presentó el detalla del Plan de cierre del sistema contra incendio.

3. ANÁLISIS DEL PLANTEAMIENTO DEL ITS

De la evaluación realizada por esta Dirección, se precisa que la metodología empleada por la empresa para la evaluación de impacto ambiental de las actividades realizadas en el marco del ITS en su “Planta Callao” (metodología Matriz de Conesa), ha permitido la identificación de las interacciones entre las actividades a desarrolladas y los factores ambientales que pueden verse afectados por su ejecución. Cabe señalar que, dicha metodología es internacionalmente aceptada, en vista de lo cual, la misma se encuentra dentro de los alcances de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE

8

.

8 En tanto no se apruebe las metodologías a que se ref iere la Nov ena Disposición complementaria Final del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manuf acturera y Comercio Interno, aprobado por el Decreto Supremo N° 017 -2015-PRODUCE, los titulares de proy ectos de inv ersión y activ idades en cuso podrán emplear metodologías de ev aluación aceptadas inter nacionalmente u otras técnicamente sustentadas.

agua en caso sea necesario ante una emergencia.

Ruido ambiental

Debido a la operación de componentes del sistema contra incendio; sin embargo, esta operación solo se realizará en el caso de que se suscite alguna emergencia.

Irrelevante

- Mantenimiento de equipos del sistema contra incendio.

Calidad de suelo

Se puede inferir a partir de las descripciones del suelo, que no se encuentra impactado por contaminante externo. Se observa que la incidencia a este factor es irrelevante debido a la generación de residuo sólido durante la operación del proyecto.

En el escenario con emergencia se tendrá la generación de efluentes (agua con restos incinerados).

Debido a un posible derrame del tanque de almacenamiento de diésel

Irrelevante

- Luego de atender la emergencia, el residuo semisólido (agua con restos quemados) serán dispuestos con una EO- RS.

- Los residuos serán dispuestos conforme lo declarado en los IGAS anteriores.

- Mantenimiento anual al

tanque de

almacenamiento de diésel de 300 galones (prueba de fugas, pruebas hidrostáticas, etc).

- Dique de contención impermeabilizado para el

tanque de

almacenamiento de diésel.

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De la evaluación de impactos realizados, la empresa manifiesta que no se generarán descargas ambientales con características distintas, ni en mayor cantidad a las declaradas en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Diagnóstico Ambiental Preliminar (DAP) aprobado mediante Resolución Directoral Nº 00976-2019-PRODUCE/DGGAMI, dado que no se generarán nuevas descargas al ambiente, sean puntuales, difusas o fugitivas; lo cual se ha analizado en las interacciones de acumulación y sinergismo, así como en los demás atributos que conforman la metodología.

En base a lo antes indicado, de la información detallada en la Tabla N.° 09 del presente informe, se precisa que, los impactos ambientales identificados han sido calificados por el titular como “Irrelevantes”, que, de acuerdo a la tabla de calificación de CONESA, corresponde al rango más bajo de calificación. siendo por lo tanto equivalentes a impactos ambientales no significativos considerando a su vez lo expuesto en el párrafo anterior y considerando que el presente proyecto denominado " Sistema de protección contra incendio ", tendrá por objeto realizar modificaciones al actual Sistema Contra Incendio (SCI), se evidencia que se enmarca de acuerdo a lo regulado por el numeral 48.1 del artículo 48 del RGA;

motivo por el cual, se justifica la presentación el ITS presentado por la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C.

Respecto a las medidas ambientales propuestas en el Plan de Manejo Ambiental (PMA) para el presente ITS, se tiene que, de la evaluación realizada por esta DEAM al acotado Plan, se advierte que éste contiene medidas y programas específicos que tienen relación directa con cada uno de los impactos ambientales descritos anteriormente, siendo que para su evaluación, se han tenido en cuenta de forma integral, todas las medidas de manejo propuestas por el administrado a lo largo de la presente evaluación del ITS; no obstante, se procede a retirar aquellas medidas relacionadas al manejo de residuos sólidos, pues tales exigencias ya se encuentran establecidas en el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, siendo de obligatorio cumplimiento al constituirse en fuente de obligaciones ambientales

9

, pasible de ser supervisado por parte de la Autoridad Fiscalizadora

10

y cuya obligatoriedad de su cumplimiento, no está supeditado a la aprobación del presente ITS.

En esa línea, se precisa que el administrado se encuentra supeditado al cumplimiento de la normativa ambiental en el marco del presente ITS, siendo que en el caso de ocurrencias de emergencias ambientales, estará obligado a dar cumplimiento del Reglamento del Reporte de Emergencias Ambientales de las actividades bajo el ámbito de competencia de OEFA aprobado por Resolución de

9 Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial N° 247 -2013-MINAM Artículo 2.- Ámbito de Aplicación

(...)

2.3. Las obligaciones ambientales fiscalizables se encuentran establecidas en la legislación ambiental emanada de los órganos competentes de las autoridades de los tres niveles de gobierno, en los instrumentos de gestión ambiental; y, asimismo, en los mandatos y disposiciones emitidos por las EFA y el OEFA, entre otras fuentes de obligaciones. Pueden comprender obligaciones de hacer u obligaciones de no hacer relacionadas a la protección del ambiente, así como al aprovechamiento sostenible de los rec ursos naturales, incluyendo los aspectos socioambientales.

(...)

10 Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N°

017-2015-PRODUCE

Artículo 73.- Supervisión y fiscalización de los instrumentos de gestión ambiental de la industria manufacturera o de comercio interno

73.1 El ente fiscalizador supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las normas ambientales y de los instrumentos de gestión ambiental aprobados. La periodicidad, exigencias y demás aspectos relativos a la supervisión y fiscalización serán establecidos por el ente fiscalizador a través de disposiciones y normas complementarias.

(…)

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Consejo Directivo N° 018-2013-OEFA/CD, modificado por Resolución de Consejo Directivo N° 029-2019-OEFA/CD.

En ese entendió, el Plan de Manejo Ambiental (PMA) se encuentra descrito en el Anexo Nº 2 del presente informe.

Cabe referir que respecto al monitoreo ambiental, no se han incluido nuevos puntos adicionales de control de ruido ambiental, calidad de aire y calidad de suelo, toda vez que el proyecto materia de ITS, no supone la adición de fuentes de emisión atmosféricas o descargas líquidas adicionales al escenario actual, ni se han identificado nuevas fuentes sonoras que puedan repercutir en el ambiente externo; en ese sentido, los parámetros y frecuencias, se mantienen conforme fueran aprobado mediante Resolución Directoral Nº 00976-2019- PRODUCE/DGGAMI (16.12.2019).

4. OPINIONES TÉCNICAS

Tomando en cuenta las características de la actividad de modificación que se desarrollan en la “Planta Callao”, no se han identificado componentes que por sus características generen impactos ambientales cuya evaluación esté atribuida o relacionada a otro Sector; por lo que, no se requirió solicitar opinión técnica.

5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1. El ITS del proyecto denominado “Sistema de protección contra incendio” de

“Planta Callao” de titularidad de la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., se encuentra dentro de los supuestos de modificación de componente auxiliar con impacto ambiental no significativo, regulado en el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y de Comercio Interno; por lo que, se recomienda su aprobación, así como la emisión de la Resolución Directoral correspondiente.

5.2. De acuerdo a lo señalado en el presente informe, la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., como resultado de la aprobación del presente ITS, cumplirá con los compromisos y obligaciones específicos indicados en el Anexo 2 del presente informe, para la etapa de construcción, operación y mantenimiento del presente proyecto, además cumplirá con el Plan de Manejo Ambiental (PMA) y Programa de Monitoreo Ambiental establecidos en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado mediante Resolución Directoral Nº 00976-2019-PRODUCE/DGGAMI, debiendo dar cumplimiento a los mismos en función a lo indicado en el anexo 04 del Informe N° 00000005-2019-PRODUCE/DEAM-fgranda, que sustentó la Resolución Directoral en mención.

5.3. Como producto de las modificaciones planteadas en el presente ITS, la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., contará con un Pan de Contingencias actualizado, el cual será aplicado al proyecto motivo del presente ITS como al desarrollo de su actividad en la “Planta Callao” ubicada en la Calle Carbono N°

213-215, Urb. Grimanesa, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao.

5.4. La empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., deberá cumplir con las

obligaciones ambientales señaladas en la Ley de Gestión Integral de Residuos

Sólidos aprobada por Decreto Legislativo N.° 1278 y su Reglamento aprobado por

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Decreto Supremo N.° 014-2017-MINAM; así como, con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 17-2015-PRODUCE, en todo aquello que le sea legalmente exigible.

5.5. La aprobación del ITS no constituye el otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y otros que requiera la empresa, para la implementación de su proyecto, ni regulariza los incumplimientos en los que pudiera haber incurrido el titular, con respecto a los compromisos asumidos en sus instrumentos de gestión ambiental o a la normativa ambiental aplicable.

5.6. Se recomienda remitir copia de los actuados a la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C., y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para las acciones de supervisión y fiscalización correspondientes, de acuerdo a sus competencias.

Es todo cuanto tengo que informar a usted.

Miranda Cuenca, Claudia Paola Especialista Ambiental

Dirección de Evaluación Ambiental Julio Cesar Segura Requena Especialista Legal

Dirección de Evaluación Ambiental La Dirección hace suyo el informe.

LUIS ALBERTO GUILLÉN VIDAL Director

Dirección de Evaluación Ambiental

Firmado digitalmente por GUILLEN VIDAL Luis Alberto FAU 20504794637 hard

Entidad: Ministerio de la Producción Motivo: Autor del documento Fecha: 2020/12/01 12:28:34-0500

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Anexo N° 1

Levantamiento de observaciones identificadas al Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto denominado “Sistema de

protección contra incendio” de “Planta Callao” de la empresa MACHU PICCHU FOODS S.A.C.

Observación Evaluación Estado

1

La empresa indicó que el ITS corresponde a una ampliación, dado que pretende instalar un sistema contra incendios. En tal sentido, se entendería que actualmente la planta no cuenta con ningún tipo de sistema contra incendio, toda vez que en caso si tuviera un sistema contra incendio, el presente ITS correspondería a una modificación y no a una ampliación. Por lo que, se deberá aclarar dicha información.

Actualmente la Planta Callao 1 de la empresa Machu Picchu Foods SAC cuenta con un Sistema Contra Incendio (en adelante, SCI), este sistema está compuesto por gabinetes, extintores, cisterna de agua de 130 m3, y un cuarto de bombas; sin embargo, es necesario precisar que en cumplimiento a las nuevas disposiciones normativas aplicables a sistemas contra incendio se requiere implementar un mejor SCI en toda la planta, motivo por el cual se presenta el ITS. En tal sentido, con lo anterior expuesto se indica que el proyecto contempla una modificación del actual SCI de Planta Callao.

Absuelta

2

La empresa indicó que el sistema contra incendio tendrá un tanque diésel de 30 galones; sin embargo, no especificó si el tanque se trata de un tanque nuevo o existente, viene incorporado al sistema contra incendio, su ubicación en coordenadas UTM, las características del mismo (soterrado o superficial); así como las medidas de manejo con las que contará (bandeja anti derrames), a fin de no afectar la calidad del suelo.

El tanque de combustible diésel, de característica nueva, que viene incorporado al sistema contra incendios se ubicará según las coordenadas UTM E:

271305.54 m / N: 8669597.53 m. Asimismo, será: soterrado, de material metálico, con capacidad 300 galones, tendrá un sensor de seguridad tipo 2 y encendido de la motobomba para pruebas de presión de manera semanal. Las medidas de manejo ambiental que tendrá son: contará con dique de contención impermeabilizado, para evitar afectaciones al suelo y mantenimiento d e manera anual (prueba de fugas, pruebas hidrostáticas, etc).

Absuelta

3

La empresa indicó que durante la etapa de construcción trabajaran 30 personas; sin embargo, no detalló si se instalarán baños químicos temporales o se utilizaran los servicios higiénicos de la Planta Callao, así como no se consideró o descarto de manera justificada la generación de efluentes domésticos como fuente de generación de impacto durante la etapa de construcción.

El personal que será requerido en el proyecto utilizará los baños que actualmente cuenta la planta Callao, por lo que todos los efluentes domésticos generados serán dispuestos al sistema sanitario de Planta Callao, el cual actualmente cuenta con una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, motivo por el cual no s e consideró relevante dicha generación.

Absuelta

4

La empresa detalló que los residuos no peligrosos serán reciclados, por lo que se deberá precisar el tipo de residuos a reciclar y cómo se realizará el reciclaje, asimismo, quien será encargado de realizar el reciclaje.

Se precisó que las actividades de reciclaje no se realizarán dentro de las

instalaciones de la “Planta Callao”, dado que serán realizadas por la EO-RS. Absuelta

5

La empresa instará un sistema contra incendios, por lo que deberá incluir en su Plan de contingencias de su IGA previamente aprobado, este nuevo componente. En tal sentido, se deberá presentar el Plan de Contingencias actualizado. Del mismo modo se deberá presentar un Plan de cierre conceptual básico que incluya medidas para el cierre del sistema contra incendio.

En el Anexo 1 del Registro 00065450-2020 se adjunta el Plan de Contingencias actualizado de Planta Callao, específicamente en el Ítem 2.4 Medios de Respuesta se indica los componentes del nuevo sistema contra incendio.

Asimismo, también se presentó el Plan de Cierre Conceptual del nuevo Sistema Contra Incendio.

Absuelta

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6

La empresa en el ítem XI. Conclusiones indicó “Los impactos que podrían ocasionarse por la reub icación e implementación de algunos equipos de producción, y la construcción de oficinas en el tercer nivel, son impactos de carácter No significativos, por ello se plantea ob tener la autorización ante la autoridad competente de estas modificaciones mediante el presente ITS”;

sin embargo, en el objetivo y la descripción de las actividades del ITS presentado se indicó sólo la instalación de un sistema contra incendio, por lo que se deberá precisar sí como parte del ITS también se conte mpla reubicaran equipos y construir oficinas; de ser el caso, se deberá incluir estas modificaciones como parte de la descripción del ITS y evaluación de impactos.

Hubo un error de tipeo, por lo que se procedió a corregir las conclusiones del ITS donde solamente se hace mención la implementación del Sistema de Protección Contra Incendio.

.

Absuelta

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ANEXO N° 2

Cronograma de implementación de las medidas de prevención, mitigación o corrección de los impactos ambientales

Componente

Ambiental Medida de manejo ambiental Tipo de

medida Frecuencia

Cronograma anual Costo aproximado

(soles) 1T 2T 3T 4T

CONSTRUCCIÓN

Aire

Realizar el m antenimiento preventivo de equipos utilizados en la construcción. Preventivo

Única vez

x x Costo interno

Colocar señalética donde se indique el límite máximo de velocidad (15 km/h) Preventivo x x 500 Humedecer el área de trabajo antes de realizar las actividades de perforación de

pared, placas, esmerilado de piso y/o excavación. Preventivo x x 1000

Ruido Realizar el m antenimiento de equipos y maquinarias. Preventivo x x Costo interno

Suelo

Capacitar al personal en reaprovechamiento y minimización de residuos sólidos. Preventivo x x 500 Construir un dique de contención impermeabilizado para el tanque de almacenamiento

de diésel de 300 galones. Preventivo x x --

Agua Capacitar al personal en el uso responsable del agua. Preventivo x x 500

OPERACIÓN

Ruido Realizar el m antenimiento del sistema contra incendio. Preventivo Permanente x x x x 500

Agua Capacitar al personal en el uso responsable del agua. Preventivo Permanente x x x x 500

Suelo

Disponer el residuo semisólido (agua con restos quemados) generado durante la

atención de una emergencia mediante una EO-RS. Preventivo

Cada vez que ocurra un incendio

x x x x --

Realizar el m antenimiento al tanque de almacenamiento diésel de 300 galones

(prueba de fugas, pruebas hidrostáticas, etc). Preventivo Anual - - - - --

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