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Cuáles Son Sus Derechos Legales

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DERECHO EDUCATIVO

:

Los expedientes escolares

LAS ESCUELAS tienen que mantener expedientes que contienen ciertos tipos de información de los estudiantes. En este artículo se les presentará tanto a los pa dres como a los estudiantes una visión gen eral de los tipos de información que el expediente escolar tiene que incluir, a quién se le permite ver dicho expediente, y qué puede hacer usted cuando hay una disputa acerca de la información contenida en el mismo.

¿Qué contiene el expediente escolar de mi hijo?

Toda escuela tiene que conservar cierta información o documentos relacionados con la educación de su hijo. Las escuelas tienen que

mantener expedientes que contienen ciertos tipos de información de los estudiantes. Página 1

Aquí hay algunas de las cosas importantes que debe sa ber sobre la inscripción escolar y el derecho que el menor tiene a asistir a la escuela. Página 5

Look ing Out For Your Le gal Rights

Flip is sue over for the Eng lish edi tion of Look ing Out for Your

Le gal Rights.

El boletín de educación jurídica para los habitantes de Nueva Jer sey

continúa en la página 2

Cuáles Son Sus

Derechos Legales

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E l e x p e d i e n t e d e b e i n c l u i r l a s observaciones hechas por los mae stros de su hijo y otras per so nas que trabajan en el plantel. El expediente debe mostrar cuánto ha progresado su hijo. De igual manera, debe incluir información de cosas tales como la asistencia, las clases y las calificaciones del menor. La escuela también debe mantener un historial s o b r e l a s a l u d d e s u h i j o . E s t o s expedientes deben conservarse en distintos lugares.

¿Se me permite ver el expediente escolar de mi hijo?

Usted tiene el derecho de ver el expediente de su hijo. Si lo desea ver,

escribale una carta al di rec tor de la

escuela a la que asiste su hijo pidiendo que se le permita ver dicho expediente. Si su hijo recibe educación es pe cial, usted puede enviarle la carta al encargado de la educación es pe cial de su hijo. Quédese con una copia de la carta. Se le tiene que permitir ver el expediente an tes de que se cumplan 10 días de la fecha en que hizo el pedido. La escuela no puede cambiar

nada en el expediente a partir del momento en que hace la solicitud y el momento en que se lo enseñan.

Si mi hijo no vive conmigo, ¿puedo ver su expediente escolar?

Sí, incluso si usted no tiene la cus to dia física de su hijo se le permite ver el expediente de su hijo. Si hay una orden ju di cial que pone fin a su pat ria potestad o limita su derecho de cus to dia, no se le permitirá ver el expediente.

¿Se me permite tomar notas o hacer una copia del expediente escolar de mi hijo?

Usted tiene el derecho a tomar notas mientras lee el expediente. También tiene el derecho de pedir una copia del mismo. Sin em bargo, el distrito escolar puede cobrarle por hacer las copias, a menos que usted no puede pagar la tarifa.

¿Qué pasa si no entiendo lo que está escrito en el expediente de mi hijo?

Si tiene problemas para entender el expediente, alguna per sona en la escuela debería explicárselo. Si no habla inglés o tiene problemas auditivos, la escuela le

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Con respecto a Look ing Out

Look ing Out for Your Le gal Rights® es publicada 10 veces al año

por los Servicios Legales de Nueva Jer sey. Si usted es un cliente de los Servicios Legales, puede obtener una copia en la oficina de Servicios Legales de su localidad. También p u e d e l e e r L o o k i n g O u t e n n u e s t r o s i t i o W e b

www.lsnj.org/espanol.

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Si se muda, envíenos su nueva dirección y una copia de la etiqueta pegada al ul timo ejemplar de Look ing Out.

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Si tiene alguna sugerencia o comentario con respecto a Look

-ing Out, nos gustaría oírlo. Envíe toda correspondencia a:

Ed i tor, Look ing Out Le gal Ser vices of New Jer sey

P.O Box 1357 Ed i son, NJ 08818-1357

[email protected]

Este boletín de noticias es sólo una información gen -eral. Si tiene un problema jurídico, usted debería ver a un abogado.

Una parte del costo de esta publicación se cubrió con la ayuda proporcionada por el fondo IOLTA del colegio de abogados de Nueva Jer sey.

© 2011 Le gal Ser vices of New Jer sey

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tiene que traducir o interpretar el expediente.

¿Puede mi hijo ver su propio expediente? S u h i j o p o d r á v e r s u p r o p i o expediente con o sin permiso de sus pa -dres al cumplir los 18 años de edad.

Por lo gen eral, un menor de 18 años sólo puede ver su expediente con permiso de los pa dres. Si su hijo tiene menos de 16 años de edad y se ha graduado o dejado de ir a la escuela, su hijo podrá ver su expediente sin su permiso.

Mi hijo tiene 18 años. ¿Puedo yo ver su expediente escolar?

Si su hijo es mayor de 18 años, usted necesitará el permiso de su hijo para ver el expediente. Si su hijo es mayor de 18 años, pero todavía asiste a la escuela y u s t e d l o m a n t i e n e , p u e d e v e r e l expediente sin el permiso del hijo. Si su hijo tiene 18 años de edad y usted tiene la cus to dia le gal del mismo, también podrá ver el expediente. Un ejemplo de cuando un pa dre de fa milia puede tener la tutela le gal sobre un hijo que es mayor de los 18 años es cuando dicho hijo tiene una

discapacidad física, men tal o cognitiva

significante.

¿Puede el distrito escolar decidir que no me dejará ver el expediente de mi hijo?

La única ocasión en que el distrito escolar puede negarle el acceso al expediente de su hijo es cuando hay una orden del tri bu nal diciendo que usted no puede ver dicho documento. Si hay una orden jurídica, la escuela, an tes de que se cumplan cinco días de la fecha en que solicitó ver el expediente debe notificarle que no le permitirá ver el expediente. Usted tiene el derecho de apelar la orden del tri bu nal.

¿Se me permite añadir algo al expediente escolar de mi hijo?

Usted tiene el derecho de añadir una d e c l a r a c i ó n a l e x p e d i e n t e . S u declaración puede explicar lo que ya está en el expediente o añadir algo nuevo que sea importante para la educación del menor. Su declaración se convierte en parte del expediente de su hijo, y

cualquier per sona que lo vea también

podrá ver su participación.

Si hay algo en los expediente de mi hijo que creo no debería estar allí,

¿qué puedo hacer?

Si piensa que algo que aparece en el expediente no es exacto, relevante o correcto, usted tiene el derecho de pedirle al di rec tor de la escuela que lo elimine del expediente. Si el di rec tor se niega, puede escribirle al superintendente explicando su problema. El Superintendente tiene 10 días para contestarle diciendo si va a hacer el cambio o no. Si él no está de acuerdo con los cambios al expediente, puede reunirse con el Superintendente para hablar del tema o el Superintendente asignará a alguien para que se reúna con usted. Si no se resuelve el problema, usted puede apelar a la Junta Educación del Distrito o al Comisionado de Educación an tes de que se Si lo desea ver, escribale una carta al di rec tor de la escuela a la que asiste su hijo pidiendo que se le permita ver dicho expediente.

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cumplan 10 días. Si apela a la Junta de Educación y pierde, todavía puede apelar ante el Comisionado. Si no tiene éxito en la eliminación de la parte del expediente con la que usted no está de acuerdo, puede escribir una declaración explicando su desacuerdo para que se incluya en el expediente. Esta declaración formará parte del expediente escolar de su hijo.

¿Puede el público ver el expediente escolar de mi hijo mientras yo estoy tratando de hacer que se elimine algo

del mismo?

Usted puede solicitar inmediatamente una suspensión de divulgación pendiente l a r e s o l u c ió n d e s u a s u n t o . U n a suspensión de divulgación significa que ninguna otra per sona está autorizada a ver el expediente Para conseguir una suspensión, usted tiene que escribirle al superintendente, describiéndole el problema específico en relación con el expediente de su hijo y por qué quiere una suspensión. Entonces, si es necesario, puede apelar de la misma manera descrita en el párrafo an te rior.

¿Es el expediente escolar de mi hijo un asunto privado?

Sí, la información contenida en el expediente de su hijo debe mantenerse en privado. La escuela debe asegurarse de que sólo ciertas per so nas y organizaciones tengan acceso a dichos expedientes.

¿Puede la escuela entregar, sin mi permiso, el expediente de mi hijo a otras

per so nas?

En la mayoría de las situaciones, la información de su hijo no puede ser divulgada a ninguna otra per sona sin el

consentimiento (permiso) suyo por escrito. Los empleados de la escuela que le brindan servicios educativos a su hijo, no tienen que obtener su consentimiento para ver el expediente del menor. Además, hay ciertos individuos y agencias que se pueden ver el expediente de su hijo sin su consentimiento. Algunos ejemplos incluyen los otros distritos escolares donde se ubica, matricula o pretende inscribirse al menor, y la agencia para los servicios y protección infantil (DYFS).

¿Qué sucede con el expediente de mi hijo cuando él se cambia a otro distrito escolar?

Si su hijo se cambia a otro distrito, el nuevo distrito debe solicitar el expediente de su hijo a la antigua escuela an tes de que se cumplan dos semanas de la fecha en que se matriculó. El distrito escolar al que anteriormente pertenecía su hijo no necesita su consentimiento para enviar dicho documento, pero sí tiene que enviarle una notificación escrita.

Si tiene preguntas, llame a la línea directa de los Servicios Legales de Nueva Jer sey

Si tiene alguna pregunta acerca de esta información o si cree que sus derechos o los de su hijo han sido violados, contacte a LSNJ-LAW™, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales d e N u e v a J e r s e y , m a r c a n d o e l 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). El horario de funcionamiento de la línea directa es de lunes a viernes, desde las 8:00 de la mañana hasta las 5:30 de la tarde. Si usted no llena los requisitos para recibir asistencia de los Servicios Legales, la línea directa le enviará a otras posibles fuentes

de información. r

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Los requisitos escolares para demostrar domicilio

¿Piensa usted matricular a su hijo o hija en la escuela este septiembre? De ser así, aquí hay algunas de las cosas importantes que debe sa ber sobre la inscripción escolar y el derecho que el menor tiene a asistir a la escuela.*

¿Cómo sé si mi hijo llena los requisitos para asistir a la escuela en Nueva Jer sey?

Todo niño en tre los 5 y 20 años tiene derecho a recibir una educación pública gratuita. Si su hijo tiene necesidades especiales o si usted vive en un distrito de bajos ingresos, el menor puede tener el derecho a asistir a un jardín infantil o continuar asistiendo a la escuela hasta que cumpla los 21 años de edad.

¿Qué sucede si mi hijo no tiene un estatus migratorio legalizado?

A ningún menor se le puede negar admisión a una escuela pública debido a su estatus migratorio. Las escuelas no pueden preguntar sobre el estatus migratorio ni pedir un número de Seguro So cial como un requiso para la matrícula.

¿Dónde debo inscribir a mi hijo para que asista a la escuela?

En muchos casos, su hijo será matriculado y asistirá a la escuela en el distrito donde usted y su hijo vivan. Hay algunas excepciones, y éstas pueden emplearse en su caso si su hijo no vive con usted. Para obtener más información, póngase en contacto con los Servicios Legales de Nueva Jer sey, LSNJ.*

¿Cómo matriculo a mi hijo en una escuela?

A fin de matricular a su hijo en una escuela, usted tendrá que mostrar que vive en el distrito escolar. La escuela no puede hacer que

presente un tipo específico de documento para demostrar donde vive. Para demostrar dónde vive usted, la escuela tiene que aceptar una variedad y combinación de documentos. Por ejemplo, el tipo de documentos incluye escrituras, contratos de arrendamiento, cartas del propietario de la vivienda, licencia de con -duc tor, y cuentas de servicios públicos, pero también puede haber otros documentos que usted puede presentar.

¿Qué sucede si vivo temporalmente en el distrito escolar?

Incluso si su situación habitacional es tem -po ral, su hijo tiene el derecho a matricularse. En algunas situaciones, su hijo podría tener derechos y protecciones adicionales. Por ejemplo: si vive en un refugio, mo tel, o temporalmente con ami gos/familiares. Para obtener más información, póngase en contacto con LSNJ.*

¿Qué sucede si la escuela no acepta mis documentos como prueba de dónde vivo?

Si la escuela le niega la admisión, lo tiene que hacer por escrito y explicarle por qué su hijo no llena los requisitos. Si no está de acuerdo con la decisión, usted tiene derecho de apelar y tiene que hacerlo 21 días después de la negativa. Si planea apelar, le tiene que informar a la escuela. La escuela tiene que permitir que su hijo asista a clases mientras se evalúa y determina la apelación.

Este artículo fue traducido del inglés por Al Moreno, coordinador del servicio lingüístico en LSNJ.

* Este artículo proporciona un resumen de las leyes. Si desea más información, lea Alerta para la

apertura escolar: Los requisitos escolares para demostrar domicilio en nuestro sitio Web aquí:

www.lsnjlaw.org/espanol/escuela/reqescolares/in dex.cfm. Si tiene preguntas o necesita algún consejo

jurídico adicional sobre la educación de su hijo, llame a LSNJ-LAW™, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de LSNJ para todo el estado, en el 1-888-576-5529, en tre las 8 a.m. y las 5:30 p.m. (Si está fuera de NJ, llame al 732-572-9100 y pida que le transfieran a la línea directa, Hot line).

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