• No se han encontrado resultados

POLÍTICA SOBRE LOS CENTROS DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS (CIE)

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "POLÍTICA SOBRE LOS CENTROS DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS (CIE)"

Copied!
7
0
0

Texto completo

(1)

POLÍTICA SOBRE LOS CENTROS DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS (CIE)

TIPO DE DOCUMENTO:

Documento de Política

CATEGORÍA DEL INVENTARIO:

A-1 Principios y Valores

ETIQUETAS /PALABRAS CLAVE:

CIE, Inmigración, Centros Internamiento de Personas Extranjeras

ELABORADO POR - FECHA:

Grupo Estatal Inmigración 14/04/2012

APROBADO POR –FECHA:

Pleno Junta Directiva 19/05/2012

RATIFICADO POR –FECHA:

Asamblea General de Socios y Socias de MdM 16/06/2012

VERSIÓN:

Primera (1.0)

(2)

ÍNDICE

1. Introducción: Presentación del documento.

Dónde puedes encontrarlo………. Pág. 3

2. Objetivo………... Pág. 3

3. Ámbito de aplicación………. Pág. 3

4. Responsable de actualización………... Pág. 4

5. Contenido del documento………. Pág. 4

(3)

1. Introducción: Presentación del documento

El presente documento de posicionamiento Político sobre los CIE, aprobado en el Pleno de 19 Mayo de 2012 y ratificado en la Asamblea General de Socios y Socias el 16 de Junio de 2012, es el documento vigente en Médicos del Mundo.

Puedes encontrar su enlace “digital” en el Inventario de Documentos de Médicos del Mundo o en Google Docs.

2. Objetivo

Este documento recoge la política de Médicos del Mundo en relación a la existencia y funcionamiento de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).

Este documento se ha elaborado teniendo en cuenta el Protocolo de Elaboración de Políticas de Médicos del Mundo, que también se encuentra en el Inventario de Documentos de Médicos del Mundo

3. Ámbito de aplicación

Ámbito de Aplicación General de Médicos del Mundo.

4. Responsable de actualización

La actualización de la presente política será realizada por el grupo de trabajo Estatal de Inmigración. Esta actualización se llevará a cabo conforme al Protocolo de Elaboración de Políticas de Médicos del Mundo y conforme a la distribución de funciones establecida en el Protocolo de Creación y

(4)

5. Contenido del documento

Los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) son espacios donde se recurre a la privación de libertad de personas extranjeras mientras se les tramita un expediente sancionador con el fin de ser expulsadas a su país.

En el año 2005, la Comisión Europea presentó una propuesta de Directiva para el Retorno de Inmigrantes en Situación Irregular con la finalidad de armonizar las medidas a adoptar en la retención y expulsión de inmigrantes irregulares de Europa, en una clara línea de control migratorio y de disuasión de la migración que vulnera los derechos recogidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Esta directiva, aprobada por el Parlamento europeo en 2008, permitió el endurecimiento de las condiciones de internamiento de las personas inmigrantes. Según la última modificación de la LOEx, en los CIE, las personas internas pueden ser retenidas hasta 60 días antes de ser expulsadas a sus (supuestos) países de origen, o puestas en libertad con una orden de expulsión que no les permitirá poder regularizarse en varios años en el mejor de los casos y que les sitúa en unas condiciones de gran vulnerabilidad.

En España existen ocho centros de internamiento oficiales: El Matorral (Fuerteventura), Barranco Seco (Gran Canaria), Hoya Fría (Tenerife), Sangonera La Verde (Murcia), Zapadores (Valencia) , Aluche (Madrid), Zona Franca (Barcelona) y La Piñera (Algeciras), conociéndose la existencia de otros no reconocidos.

(5)

La LOEx considera la estancia irregular como una falta grave o muy grave sancionable con multas de diversa cuantía, y añade que puede aplicarse, en atención al principio de proporcionalidad, la expulsión del territorio español.

Según el artículo 62 de la LOEx, el internamiento en los CIE también debe regirse por el principio de proporcionalidad en atención a las circunstancias concurrentes. Sin embargo, es frecuente encontrar en los CIE personas arraigadas en nuestra sociedad, con familia e hijos/as (incluso nacionales), empadronadas en una vivienda, enfermas (con patologías físicas o mentales), embarazadas, víctimas de trata etc. que muestran la vulneración sistemática de este principio.

Estos centros son establecimientos de carácter no penitenciario en los que las personas internadas solo deberían tener limitaciones en lo que concierne a su libertad ambulatoria. Sin embargo, la insuficiente regulación de los mismos y sus pésimas condiciones de habitabilidad, hacen que se traten en la práctica, de lugares peores que las cárceles, en los que no se salvaguardan los derechos y libertades de las personas internadas

Desde la creación de estos centros de internamiento, las denuncias por incumplimiento de derechos no han dejado de llegar por parte de organizaciones sociales, comisiones del Parlamento Europeo, la Defensoría del Pueblo y otras instituciones. También hay autos judiciales que denuncian las condiciones higiénicas y de salud de los internos.

(6)

El Consejo General de la Abogacía Española, además, recuerda las condiciones deplorables de numerosos centros de detención de inmigrantes en Europa, que ya ha sido reflejada por varios informes parlamentarios realizados a raíz de visitas de eurodiputados, y por un informe del Parlamento Europeo.

Por ello, las detenciones en estos centros continúan afectando los Derechos Humanos más básicos de las personas allí internadas.

Médicos del Mundo como asociación que trabaja por el derecho a la salud mediante la atención sanitaria, la denuncia, el testimonio y la acción política junto a poblaciones excluidas, vulnerables o víctimas de crisis, ante la realidad de los CIE exige:

1. El cierre de los Centros de Internamiento de Extranjeros

2. Que, hasta que se produzca el cierre de estos centros, se garantice la dignidad de las personas en ellos retenidas y se salvaguarden todos sus derechos, en particular su derecho a la salud.

3. La transparencia en la gestión de estos centros, a través de la publicación de memorias anuales que recojan los datos de las personas internadas, la duración del internamiento, las personas finalmente expulsadas… así como los costes reales de estos dispositivos.

4. Que se garantice el acceso a estos centros tanto de las organizaciones sociales que trabajan con estas personas como de los medios de comunicación.

(7)

5. Que se garantice el derecho a la salud. Antes de la entrada en el CIE, debe asegurarse el derecho a un reconocimiento médico, para valorar los riesgos del internamiento para la salud física y mental de cada persona. Además, MdM pide que quede garantizado el acceso al Sistema Público de Salud a todas las personas internas.

6. Que se garantice la información y el acceso a toda su historia clínica (informe, pruebas médicas, tratamiento, etc…) a la persona interna, incluida aquella de determinación de la edad, si fuera el caso. Cuando abandone o cambie de centro, debe recibir una copia de todos los informes.

Hasta que se produzca el cierre definitivo de los CIE, como organización manifestamos nuestro compromiso para:

• Realizar acciones de incidencia política dirigidas al cierre definitivo de los CIE.

• Reclamar nuestro derecho de acceso a los CIE.

• Visibilizar las condiciones de internamiento antes los/as representantes políticos, instituciones y la opinión pública.

• Fomentar la movilización de la población frente a la realidad de los CIE a través de acciones de sensibilización.

• Dar testimonio de las vulneraciones de DD.HH. que se están produciendo en los CIE actuando como portavoz de las personas y poblaciones afectadas.

• Trabajar en red con otras organizaciones.

• Intervenir con las personas internadas y sus familiares para la defensa de sus derechos, frente al titular de la obligación de garantizarlos.

Referencias

Documento similar

Fuente de emisión secundaria que afecta a la estación: Combustión en sector residencial y comercial Distancia a la primera vía de tráfico: 3 metros (15 m de ancho)..

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

You may wish to take a note of your Organisation ID, which, in addition to the organisation name, can be used to search for an organisation you will need to affiliate with when you

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Gastos derivados de la recaudación de los derechos económicos de la entidad local o de sus organis- mos autónomos cuando aquélla se efectúe por otras enti- dades locales o