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DELITO CONEXO LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOS

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(1)

DELITO CONEXO

LAVADO DE DINERO U OTROS

ACTIVOS

(2)

LEY CONTRA EL LAVADO DE

DINERO U OTROS ACTIVOS

Decreto 67-2001 del

(3)

OBJETO DE LA LEY

Esta l

ey tiene por objeto prevenir,

controlar, vigilar y sancionar el

lavado de dinero u otros activos

procedentes de la comisión de

cualquier delito, y establece las

normas que para este efecto deberán

observar las personas obligadas a

que se refiere el artículo 18 y las

autoridades competentes.

(4)

MARCO CONCEPTUAL

Lavado de dinero es el proceso de

esconder o disimular la existencia, origen,

movimiento, destino o uso de bienes o

fondos que tienen una fuente ilícita, para

hacerlos aparentar como provenientes de

una actividad legítima.

(5)

DELITO DE LAVADO DE DINERO U

OTROS ACTIVOS

Comete el delito de lavado de dinero u otros

activos quien por sí, o por interpósita

persona:

a) Invierta, convierta, trasfiera o realice

cualquier transacción financiera con bienes o

dinero, sabiendo, o que por razón de su

cargo, empleo, oficio o profesión esté

obligado a saber que los mismos son

producto, proceden o se originan de la

comisión de un delito;

(6)

b) Adquiera, posea, administre, tenga o utilice

bienes o dinero sabiendo, o que por razón de

su cargo, empleo, oficio o profesión esté

obligado a saber, que los mismo son

producto, proceden o se originan de la

comisión de un delito;

c) Oculte o impida la determinación de la

verdadera naturaleza, el origen, la ubicación,

el destino, el movimiento o la propiedad de

bienes o dinero o de los derechos relativos a

tales bienes o dinero sabiendo, o que por

razón de su cargo, empleo, oficio o profesión

esté obligado a saber, que los mismos son

producto de la comisión de un delito.

(7)

Marco conceptual

El Lavado de Dinero es un delito

AUTÓNOMO

El Lavado de Dinero es TRANSNACIONAL

(8)

ARTICULO 2 Bis.* Autonomía del delito.

El delito de lavado de dinero u otros activos es autónomo y para su enjuiciamiento no se requiere procesamiento, sentencia ni condena relativos al delito del cual provienen o se originan los bienes, dinero u otros activos.

La prueba del conocimiento de la procedencia u origen ilícito de los bienes, dinero u otros activos, requerido en los delitos de lavado de dinero, se podrá hacer por cualquier medio probatorio, de conformidad con el Código Procesal Penal, incluyendo las inferencias que se desprendan de las circunstancias objetivas del caso.

(9)

Algunos delitos graves que

generan recursos ilícitos

Terrorismo

Trata de personas

(10)

Algunos delitos graves que

generan recursos ilícitos

Secuestro

Estafa

Robo

(11)

Algunos delitos graves que

generan recursos ilícitos

Narcotráfico

Extorsión

Defraudación Tributaria

Corrupción

(12)

Conforme

nuestra

legislación,

en

Guatemala cualquier delito puede ser

Precedente de Lavado de Dinero

(13)
(14)

Efectos Sociales que provoca el

Lavado de Dinero en un país

El dinero que produce el crimen:

Deteriora los principios y valores de la

sociedad

Genera corrupción y violencia

Produce efectos dañinos como el malestar

y la tensión social

(15)

Concentración de la riqueza

Inflación

Pérdida de rentas públicas

Problemas cambiarios

Competencia desleal

Quiebras y liquidaciones

Desempleos, etc.

Efectos Económicos que provoca el

Lavado de Dinero en un país

(16)

ARTICULO 25.* Declaración

Toda persona natural o jurídica, nacional o

extranjera que trasporte del o hacia el

exterior de la República, por sí misma, o

por interpósita persona, dinero en efectivo

o en documentos, por una suma mayor a

diez mil dólares de los Estados Unidos de

América o su equivalente en moneda

nacional, deberá reportarlo en el puerto

de salida o de entrada del país en los

formularios que para el efecto diseñará la

Intendencia de Verificación Especial.

(17)

Empleados de Aeronáutica ayudaron a sacar dólares

Cuatro empleados de Dirección General de Aeronáutica Civil fueron capturados la mañana de este miércoles sospechosos de ayudar a una pareja a sacar sin declarar US$1 millón (Q8 millones) con destino a Panamá, afirmó la Policía Nacional Civil (PNC).

(18)

CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE

LA INTENDENCIA DE VERIFICACION

ESPECIAL

ARTICULO 32. Creación.

Se crea dentro de la Superintendencia de

Bancos la Intendencia de Verificación

Especial, que podrá denominarse solo

como Intendencia o con las siglas -IVE-,

que será la encargada de velar por el

objeto y cumplimiento de esta ley y su

reglamento,

con

las

funciones

y

atribuciones que en los mismos se

establece.

(19)

Intervienen hotel por lavado de dinero

El Ministerio Público (MP) realizó hoy la intervención del hotel Crown Plaza, ubicado en la zona 13 de la ciudad de Guatemala, por ser utilizado para el lavado de recursos captados por la financiera Valat International.

Imagen del hotel Crown Plaza, que fue intervenido por la fiscalía. Foto Web/s21

Según la investigación de la Fiscalía, esta financiera, que también opera en México y Estados Unidos, habría afectado a 150 guatemaltecos logrando una estafa que asciende a la cantidad de $150 millones.

La intervención, que había sido ordenada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal desde el año 2011, busca capitalizar los fondos estafados y devolverlos a las víctimas.

(20)

“El lavado de dinero siempre existirá”

Guatemala es calificado como un país de riesgo medio de lavado de dinero, según el Instituto de Basilea, Suiza.

Alexis Batres abatres@elperiodico.com.gt (El Periódico 18 de mayo de 2012)

El crimen organizado y el narcotráfico inventan constantemente nuevas formas de lavar dinero.

"El lavado de dinero siempre existirá, no se puede erradicar, la lucha es para minimizarlo”.

(21)

“Las leyes aprobadas para combatir el lavado no garantizan que dicha actividad se reprima”, afirmó Luis Alberto Penagos, consultor de la Comunidad Interamericana de Asuntos de EE. UU., durante su participación en el Congreso para la Prevención del Lavado de Dinero u otros Activos y el Financiamiento al Terrorismo (Cladit 2012).

Penagos manifestó que en Colombia, su país natal, existen 42 leyes contra el lavado de dinero, casi una para cada actividad de blanqueo detectada; sin embargo, anualmente se lavan más de US$8 millardos en ese país.

“Hay algunas leyes y regulaciones que son bonitas, pero no sirven”, disertó Penagos.

En Guatemala existen dos que combaten directamente el blanqueo: la Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y el financiamiento al Terrorismo, y la Ley de Extinción de Dominio, las cuales encuentran apoyo en la Ley contra el Crimen Organizado y La Ley para el Fortalecimiento de la Persecución Penal.

“El hecho de que una forma de lavado de dinero no sea conocida no

implica que sea nueva, pues cuando esta se vuelve popular y es noticia es porque ya pasó de moda entre los lavadores”, afirma el consultor.

(22)

Triángulo de lavado

El experto afirma que existe un triángulo de países que lava dinero. Este comienza en México, recorre Centroamérica, el Caribe, en especial en Haití, Puerto Rico y las Islas Caimán; en Sudamérica abarca Colombia, Venezuela, Perú, Bolivia y Ecuador. “Los paraísos fiscales son apetecidos por los lavadores”, afirmó.

Según el último informe de Global Financial Integrity (GFI), en Guatemala se blanquean US$1.345 millardos al año y durante la última década (2000-2009) el acumulado es de US$12.1 millardos que circularon en la economía nacional.

(23)

“Siempre existirá”

Cuestionado sobre si es posible erradicar el lavado de dinero, Víctor Mansilla, jefe de la Superintendencia de Bancos (SIB), reconoció que es una actividad ilícita que siempre existirá. “No es posible erradicar. La lucha que se lleva en contra de él no es para erradicarlo sino para minimizarlo”, declaró.

El Superintendente prevé que este año presenten 130 denuncias por lavado, 28 más que en 2011 . A la fecha la SIB ha presentado 40 denuncias ante el Ministerio Público por Q198.3 millones.

El funcionario destacó que es necesario que el Congreso elimine el secreto bancario para combatir la evasión fiscal y el lavado de dinero.

Referencias

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