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Democracia y Género* u n c o n s e j o. I. Introducción

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Democracia y Género*

Nelly Sofía Gómez Haaz**

u n c o n s e j o

* Ponencia presentada en el “Tercer Encuentro Nacional de Consejeros Electorales Estatales”. Boca del Río, Veracruz. 22, 23 y 24 de mayo de 2003.

** Consejera Propietaria del Instituto Electoral del Estado de México

I. Introducción

En la actualidad, las concepciones más difundidas y aceptadas acerca de la d e m o c r a c i a, no sólo se centran en aspectos del régimen político, sino de las relaciones entre la sociedad y del Estado, entre el gobierno y la ciudadanía y de las relaciones entre los grupos humanos; derivado de lo cual se han difundido reglas que toda sociedad organizada –para considerarse democrática– debe cumplir. La dinámica social en la búsqueda de alternativas para la sana convivencia de los seres humanos –aunque a paso lento–, ha llevado a la construcción de un nuevo orden social basado en un tipo de democracia que incorpore en contenidos y en formas de acción la democracia de género. Lo anterior implica realizar cambios necesarios para arribar a la igualdad entre mujeres y hombres, así como a la formación de modos de vida equitativos entre ambos –tanto en los aspectos públicos como privados–, sin que tengan que ver las diferencias biológicas.

II. Antecedentes

Una acepción que ha ido evolucionando de acuerdo a los contextos históricos, sin duda, es el de d e m o c r a c i a, de ahí que se hayan ido generando reglas básicas de ésta y diversas significaciones. En cuanto a las reglas, se han considerado las siguientes:

1. La regla de la mayoría, que implica que las decisiones se adoptan en razón de la aceptación o negativa de la mitad más uno de los integrantes de una sociedad, y son obligatorias tanto para aquellos que asintieron su consentimiento como para los disidentes e incluso ausentes.

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2. La regla relativa al derecho o atribución de participar directa o indirectamente en la toma de decisiones colectivas, es decir, la posibilidad de ser incluido y escuchado sobre las decisiones comunitarias.

3. La regla consistente en la garantía de los derechos políticos, que abarca la condición indispensable sin la cual no es posible el ejercicio democrático, que se traduce en libertades de: expresión, de reunión, de asociación, de sufragio, del voto pasivo y activo, de oposición y de disenso.

4. La regla de la garantía de alternancia en el poder.

5. La regla concerniente a la garantía de la aceptación/tolerancia por las minorías.

6. La regla del respeto a las normas jurídicas.

Sobre las distintas acepciones que han surgido alrededor de esta palabra, se recogen las siguientes:

A. Democracia formal, se entiende como aquel sistema político que señala la formación del gobierno a través de la participación libre e igual de todos los ciudadanos con derecho de sufragio, donde a través de designaciones mayoritarias se elige a aquellos que deberán ocupar los cargos públicos.

B. Democracia directa, es aquella en la que los ciudadanos ejercen por sí mismos los poderes del Estado.

C. Democracia representativa, en donde el sistema político permite que los ciudadanos tomen sus decisiones mediante sus representantes.

D. Democracia semidirecta, que no es sino una combinación de la democracia directa y la democracia representativa, teniendo predomino de la representativa; sin embargo, bajo circunstancias especiales los ciudadanos pueden intervenir en las decisiones de manera directa.

E. Democracia política, que por su parte presupone la libertad como una condición connatural al individuo, por lo que el Estado no puede crearla, sino tan sólo debe garantizar que dicho ejercicio pueda realizarse sin limitación; pero no todos pueden influenciar de la misma manera en las decisiones políticas, por lo que una decisión puede ser tomada por una minoría apoyada por su poder económico o condición social.

F . Democracia social, este concepto tiene su origen en las ideas de Alexis de Tocqueville, quien plantea una concepción de igualdad y de libertad, que implica una socialización respecto a las libertades y la participación de los ciudadanos en la dirección de la sociedad en igualdad de condiciones sociales.

G. Democracia económica, que tiene su fundamento en una igualdad de status, que no es otra cosa que la eliminación de los extremos, tanto de

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las características propias de cada sociedad, por lo que es necesario considerar que en el camino hacia ella surgirán nuevos elementos a incluir y considerar.

En México, el término democracia ha sido entendido de diversas maneras: basta con observar el contenido de nuestra Carta Magna, en su artículo 3º, que en la parte que interesa señala a la democracia “... no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.

En inglés “gender”, tiene una acepción que apunta directamente a los sexos, en español se refiere tanto a clase, especie o tipo a la que pertenecen las cosas, a un grupo taxonómico, a los artículos o mercancías que son objeto de comercio, y a la tela. En castellano la connotación de género como cuestión relativa a la construcción de lo masculino y lo femenino sólo se comprende a partir del aspecto gramatical. De acuerdo con la multivocidad del término, para efectos de la investigación se manejará la acepción relacionada con lo masculino y femenino, derivado de lo cual pueden distinguirse dos usos básicos: El que habla de género refiriéndose a las mujeres y el que se refiere a la construcción cultural de la diferencia sexual, aludiendo a las relaciones sociales entre los sexos. Hablar con una perspectiva de género es plantear a la democracia su desafío más importante y su crítica más amplia.

Son múltiples las aportaciones que el movimiento feminista ha realizado para la participación de las mujeres como sujetos sociales:

• Un sector liberal propone ampliar los derechos de las mujeres para convertirlas en ciudadanas iguales, pero sin desafiar los modelos liberales dominantes de ciudadanía y política;

• Otro sector arguye que la actual concepción de lo político es masculino y que las preocupaciones feministas no pueden ser acopladas a un marco semejante;

• Otra postura plantea que es necesario un proyecto de democracia radical y plural que tornaría innecesario un modelo de ciudadanía sexualmente diferenciada, en el que las tareas específicas de hombres y mujeres sean valoradas con equidad, sino una concepción verdaderamente diferente de qué es ser un ciudadano y de cómo actuar como miembro de una comunidad político-democrática.

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III. Desarrollo del tema

Los principios de la democracia genérica ya recorren caminos para conformar la igualdad entre mujeres y hombres a partir del reconocimiento no inferiorizante de sus especificidades –sus diferencias y semejanzas–. En las concepciones actuales de democracia, la política, concebida como espacio de pactos y poderes, debe incluir a las mujeres como sujetos políticos.

Se requiere desechar normas opresivas y convertir en preceptos las vías hacia la igualdad entre los géneros, que reconozcan la especificidad de cada género, que respeten las diferencias entre ellos y tiendan a arribar a la equidad. Un mundo sin segregación de géneros, mixto, de espacios compartidos y opciones de vida abiertas para mujeres y varones. Es un esfuerzo más por tener expresión cultural positiva y respetable. Un mundo que tienda a satisfacer los derechos humanos de mujeres y hombres, y busque desmontar los impedimentos que obstruyen su concreción, aunque esos obstáculos sean presentados en las ideologías del dominio como normales, inevitables o naturales.

Aún cuando ya existen avances para colocar jurídica y socialmente a la mujer en un plano de igualdad respecto del varón, en la actualidad hay sociedades que se caracterizan por una organización de géneros y por una cultura sexista- machista, misógina y homófona, cuyo sistema político, público y privado, aún es de dominio de los hombres sobre las mujeres y de los adultos poderosos sobre otros hombres. A ese orden del mundo se le llama patriarcal. Todavía hay personas que viven bajo formas graves de dominio, de daño, de agresión y de exterminio, por su condición de género. Pero el sistema hace que aun los hombres desposeídos puedan ejercer formas de dominio sobre otros y sobre todas las mujeres. Así, aunque sean explotados y subordinados, los hombres son poderosos frente a las mujeres. Esto es, en dichas sociedades, las mujeres, en todos los niveles sociales, están cautivas, ocupan las posiciones económicas y simbólicas inferiores y, además, están bajo dominio de los varones.

La sociedad ejerce su dominio sobre todas y cada una de las mujeres de diversas maneras, desde las más brutales hasta las más encubiertas, y lo hace guarnecida y consensualizada por la cultura sexista, machista y misógina. Por ello se habla de igualdad real de oportunidades y de trato en el ámbito público como en el privado. Sin embargo, no se trata de la búsqueda de una igualdad

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Si bien la igualdad es un valor fundamental de las democracias modernas, en nuestros tiempos no es una realidad plena ni siquiera en las sociedades que se consideran más democráticas. Una de las razones más extendidas universalmente para la discriminación, es el sexo (biológico) de las personas y el género (construido culturalmente) sobre las diferencias sexuales. Es verdad de Perogrullo que todas las personas tenemos diferencias a causa de factores como la edad y el sexo, pero ninguno de nosotros es inferior, ni siquiera cuando debido a esas diferencias lo hagan más débil o vulnerable.

Los artículos 1° y 4° de la Constitución Política Mexicana, consagran el principio de igualdad, al disponer que todo individuo que se encuentre en territorio nacional goza de los derechos contenidos en la Ley Suprema sin distinción alguna, así mismo que el hombre y la mujer son iguales ante la ley. Empero, la igualdad del hombre y la mujer ante la ley, es una concepción que no debe ser interpretada como igualdad absoluta entre ambos sexos, toda vez que por razones de orden físico, psicológico estructural, y biológico en general, es impensable que en la totalidad de los aspectos jurídicos y sociales se les impusiera las mismas obligaciones, sin distinción entre uno y otro. Se trata más bien de una declaración asociada con las instituciones republicanas y democráticas, en que la participación igualitaria de varones y mujeres es condición indispensable. No debe olvidarse que los documentos legislativos han sido elaborados en órganos constituidos mayoritariamente por hombres que, voluntaria o involuntariamente, han representado un modelo ideológico eminentemente patriarcal.

Han existido hechos positivos como el cambio que hubo de denominación, de la anterior “Declaración Universal de los Derechos del Hombre”, por la ahora

“Declaración Universal de los Derechos Humanos”.

Se puede decir que en el ámbito de los derechos políticos, ya existe una tendencia en las democracias latinoamericanas para la conformación de sistemas de cuotas destinados a aumentar la representación de la mujer en cargos públicos. La argumentación a favor de la implantación de sistemas de cuotas, se basa en que constituyen un sistema eficaz para favorecer el acceso de la mujer a los centros de poder a corto plazo; además de que la presencia de la mujer en la toma de decisiones redundará en políticas públicas diferentes, pues estará más inclinada a hacer representar los intereses de las mujeres en su conjunto. El sistema de cuotas, sin duda alguna, brinda una oportunidad real, para que tanto los hombres como las mujeres tengan una participación más activa. Tal oportunidad, genera sobre ambos sexos, la responsabilidad de demostrar que ambos tienen tanta capacidad para desempeñar un cargo público.

En el Estado de México, en el año de 1999, fue incorporado a su Código Electoral el sistema de cuotas, con lo cual los partidos políticos se encuentran constreñidos a ser incluyentes con las mujeres en un porcentaje de sus candidatos, de

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conformidad con el segundo párrafo del artículo 145 del ordenamiento en cita.

Con lo cual, queda garantizada, de inicio, una participación mínima de la mujer, lo que a largo plazo habrá de producir y generar que la mujer se encuentre dentro de las cuestiones políticas de una manera determinante.

El avance jurídico es innegable. Aparecen “nuevos” derechos reconocidos explícitamente, así como los instrumentos para garantizar su efectivo ejercicio; sin embargo, el proceso de real equiparación de mujeres y varones seguirá su lento camino, aún por parte del propio Estado. Dependerá principalmente del empuje del movimiento de mujeres y de su conciencia de las herramientas a su alcance, así como también, de la sensibilidad de género de los funcionarios y funcionarias en turno. Implementar todas estas acciones supone y contribuye a profundizar la democracia, modernizar el Estado, instalar la igualdad entre varones y mujeres en la agenda estatal, política y social, comprometer a los gobiernos y lograr mayor e ficiencia en la gestión de las políticas públicas. Ello requiere una fuerte interacción entre Estado y sociedad civil que podrá irse dando gradualmente, pero con una permanente tensión en estos tiempos, dado la debilidad de las políticas sociales y el retroceso del Estado de bienestar, sumados a las faltas de tradición en políticas de igualdad. A pesar de estas complejidades, la existencia de las bases legales para producir los cambios resulta sumamente alentadora. A partir de ahí, las mujeres con conciencia de género y los varones comprometidos con las propuestas de igualdad, dentro y fuera del gobierno, iremos articulándonos en proyectos y realizaciones que acerquen nuestros sueños a la realidad.

IV. Propuestas

• Es necesario el continuo desarrollo de una visión democrática moderna pluralista, que conciba la ciudadanía como una forma de identificación política con los principios de la libertad y la igualdad para todos.

• Hacer conciencia sobre la manera en que la desigualdad social en cualquiera de sus aspectos contamina la sana convivencia de los seres humanos.

• Con acciones positivas, desde los ámbitos legislativos, sistemas educativos, y con la cada vez mayor participación de la mujer en la vida pública, hemos de llevar a la concientización social de que no hay mundo de las mujeres aparte del mundo de los hombres, ni de que uno está por encima del otro.

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