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SESION JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, DIA 31 DE MARZO DE 2014

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Nº 12

SESION JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, DIA 31 DE MARZO DE 2014

En la Ciudad de Alcalá de Henares, siendo las nueve horas y treinta minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil catorce, se reunieron en la Casa Consistorial, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Ilmo. Sr. Primer Teniente de Alcalde D. Juan Jesús Domínguez Picazo, los Señores Concejales de la Junta de Gobierno Local D. Tomás Marcelo Isoldi Barbeito, D. Francisco Javier Fernández Abad, D. Francisco Bernáldez García y las Señoras Concejalas Dª Marta Viñuelas Prado, Dª Mª Dolores Cabañas González, Dª Amparo Moriche Hermoso y Dª Virginia Sanz Jurado; actuando como Concejal- Secretario D. Francisco Javier Fernández Abad, con el fin de celebrar la sesión ordinaria convocada para este día.

No asisten a la sesión, justificando su inasistencia, el Excmo. Sr.

Alcalde Presidente D. Francisco Javier Bello Nieto, y el Ilmo. Sr.

Concejal de la Junta de Gobierno Local, D. Gustavo Severien Tigeras.

Asisten también, expresamente invitados por el Sr. Alcalde, el Sr. Concejal D. Jesús Fernández Pascual y la Sra. Concejala Dª Mercedes Gómez Catalán, así como el Interventor General D. Ernesto Sanz Álvaro.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Art. 126 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, y a los efectos del ejercicio de las atribuciones recogidas en el Art. 127 de la misma norma.

Abierta la sesión por el Sr. Presidente y dada lectura de las Actas de las Sesiones celebradas los días 17 y 24 de febrero de 2014, se aprueban por unanimidad.

Seguidamente se someten a la consideración de la Junta de Gobierno Local los asuntos comprendidos en el Orden del Día.

ALCALDÍA

1.- Se da cuenta de la Resolución de Alcaldía-Presidencia nº 670 de 13-03-14 relativa al cese de D. Santiago Rey Aguilar como asesor adscrito al Grupo Municipal Socialista.

La Junta de Gobierno Local se da por enterada.

2.- Se da cuenta de la Resolución de Alcaldía-Presidencia nº 772 de 26-03-14 relativa al nombramiento de Dª María Aranguren Vergara como asesora adscrita al Grupo Municipal Socialista.

La Junta de Gobierno Local se da por enterada.

3.- Se da cuenta de la Resolución de Alcaldía-Presidencia nº 773 de fecha 26-03-14 relativa a delegación de la Presidencia de la

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Comisión Especial de Investigación, en relación al destino de la recaudación obtenida en el concierto benéfico “Rumbo a la Esperanza”.

La Junta de Gobierno Local se da por enterada.

4.- Se da cuenta de la Resolución de Alcaldía-Presidencia nº 774 de fecha 26-03-014 relativa a delegación de la Presidencia de la Comisión Especial de Investigación sobre los hechos ocurridos el 15-02-14, en relación a los incidentes relacionados con la entrada de la policía en el Centro Social 13 Rosas.

La Junta de Gobierno Local se da por enterada.

5.- Propuesta de la Alcaldía-Presidencia para aprobar los pliegos de condiciones para la contratación, mediante procedimiento abierto, del Servicio de mantenimiento y nuevas versiones de programas informáticos, en el precio tipo de 96.000,00 €, que corresponden a 79.338,84 € más 16.661,16 € de IVA, para un periodo de un año con una posible prórroga de un año y cuyo expediente ha sido objeto de iniciación por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 20-01-14, nº 1. Se propone asimismo la autorización del gasto de la cantidad citada, la aprobación del expediente de contratación y la apertura del procedimiento de adjudicación.

Visto el informe emitido por la Directora del Área de Régimen Jurídico de fecha 20-03-14, examinado y conforme por el Titular del O.A. a la Junta de Gobierno Local y Asesoría Jurídica.

Visto asimismo el informe de la Intervención Municipal de fecha 27-03-14 en el que, entre otras consideraciones, se hace constar que existe consignación en la aplicación presupuestaria 15-922-2270602 Contrato servicio gestión informática municipal, registro contable A 2014/11012, y AFUT1 2014/11013 por la parte que se ejecutará en el ejercicio 2015, considerando por lo que respecta a la parte del gasto que se ejecutará en ejercicios posteriores, que según lo establecido en el Art. 174 del TRLRHL, pueden adquirirse compromisos de gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que además se encuentre en alguno de los casos enumerados en el citado artículo, como es el de los contratos de prestación de servicios (apartado 1.b) y siempre teniendo en cuenta que dicho compromiso queda subordinado al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada.

Pase el expediente al Servicio de Contratación y comuníquese a Intervención Municipal, a los efectos oportunos.

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ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DE LA CIUDAD Y SOSTENIBILIDAD

URBANISMO

Licencias de Primera Ocupación

6.- Dª Soledad Anchuelo Gómez.- Solicita con fecha 17-05-11 (nº 21453) Licencia de Primera Ocupación de vivienda unifamiliar sita en C/ Vaqueras, 3.

Visto el informe emitido por la Directora del Área Jurídica de Licencias Urbanísticas de fecha 11-03-14 y que a continuación se transcribe:

“Por este Área Jurídica de Licencias Urbanísticas fue efectuado requerimiento a Dª. Soledad Anchuelo Gómez con fecha 1 de agosto de 2011 en base al informe emitido por el Jefe de Servicio de Patrimonio Histórico de fecha 6 de junio de 2011 notificado y recibido por la interesada el día 17 de agosto de 2011 que literalmente trascrito decía lo que sigue:

“En relación a la Licencia de Primera Ocupación solicitada, y tras la visita de inspección efectuada al edificio, se informa:

En el transcurso de las obras se han efectuado modificaciones, tanto interiores como exteriores, que se describen:

Exteriores:

- Modificación de las carpinterías de puertas y ventanas.

Las carpinterías de ventanas, previstas en Proyecto, de aluminio lacado se han modificado por P.V.C.

La puerta de acceso al edificio, prevista en Proyecto de madera, ha sido modificada por P.V.C., cambiando así mismo el diseño.

Respecto a dicha puerta, en el condicionante nº 2 expresado a la licencia de obras se especificaba “La puerta de acceso se realizará en piezas de madera lisas para pintar o barnizar en tonos oscuros”.

Estas modificaciones no se consideran aceptables en base a lo estipulado en los artículos: 3.2.7: Balcones y carpinterías, del Plan Especial de Protección del Casco Histórico, en el que se establece lo siguiente:

“Las carpinterías de huecos se realizarán generalmente en haces interiores con piezas de madera o metálicas para pintar en tonos oscuros”.

Artículo 3.2.4: Fachadas: “No se reproducirán literalmente ni se falsearán en la nueva edificación los lenguajes y elementos constructivos tradicionales”.

- Existe otra modificación efectuada que afecta al exterior del edificio y que ha consistido en la eliminación de una terraza interior, transformándose en cubierta inclinada.

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Esta modificación deberá recogerse como un anexo de Proyecto con presupuesto, memoria y planos visados.

Interiores:

- Se han modificado distribuciones interiores y se han incorporado instalaciones de calefacción que es preciso legalizar, aportando: Memoria, planos visados y presupuesto de dichas obras.

Como resumen de lo informado, deberán aportar solución a las modificaciones efectuadas no legalizables, así como documentación adicional de las modificaciones que se consideran autorizables.”

Lo que se le significa a Vd. para que en el plazo de 15 días se sirva presentar documentación visada en la que se cumplimente el contenido del informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicio de Patrimonio Histórico antes trascrito. Con apercibimiento de que de no hacerlo así se procederá por este Ayuntamiento a denegar la concesión de la licencia de Primera Ocupación de la vivienda unifamiliar sita en C/ Vaqueras, nº 3 y se procederá a iniciar el correspondiente expediente de Disciplina Urbanística, conforme a lo establecido en el Art. 195 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.”

- Por la interesada fue aportada documentación con fecha 22 de mayo de 2012 consistente en plano nº 09.3. Alzado y Secciones de la vivienda sita en C/ Vaqueras, nº 3, al objeto de dar cumplimiento a la Resolución de Concejalía de Urbanismo de fecha 13 de diciembre de 2010 (Decreto nº 440) en el que se le requirió la legalización de la apertura de dos ventanas a patio no contempladas en el proyecto aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 9 de junio de 2009, conforme a lo dispuesto en el art. 195 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

- Por este Área Jurídica de Licencias Urbanísticas fue efectuado requerimiento a Dª. Soledad Anchuelo Gómez con fecha 22 de agosto de 2012 en base al informe emitido por el Jefe de Servicio de Patrimonio Histórico de fecha 12 de julio de 2012, notificado y recibido por la interesada el día 11 de septiembre de 2012 que literalmente trascrito decía lo que sigue:

“En relación a la documentación presentada, el 14-06-2012, del Área Jurídica de Disciplina Urbanística, registro de entrada 25- 05-2012, relativa al Plano Nº 09.3 que se adjunta a la documentación del edificio de la C/ Vaqueras núm. 3, se informa:

- El Plano Nº 09.3 que se aporta compulsado el 22-05-2012 sobre otro visado el 06-05-2011, no cuenta con aprobación por los Servicios Técnicos Municipales.

- Dicho Plano ya fue aportado, junto con otros planos, en la documentación para la solicitud de Licencia de Primera Ocupación del edificio, que, en las presentes fechas, no ha sido concedida.

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- Según se informó, el 06-06-2011 por los Servicios Técnicos Municipales a la Licencia de Primera Ocupación, las ventanas que pretenden legalizarse forman parte de una modificación del Proyecto, no aprobada actualmente.

- Con el fin de poder legalizar todas las modificaciones efectuadas en la obra, deberán aportar, según se le indicó en el informe de la Licencia de Primera Ocupación, un Anexo de Proyecto con presupuesto, memoria y planos visados.

- Dicho Anexo de Proyecto deberá proponer la modificación de aspectos de fachada como son la sustitución de carpinterías de PVC, de puerta de entrada y ventanas de la fachada principal, por carpinterías de madera.”

Asimismo, se hace constar que, en relación con la solicitud de Licencia de Primera Ocupación de la vivienda unifamiliar sita en C/ Vaqueras, nº 3, le fue efectuado requerimiento, con fecha 1 de agosto de 2011, en base al informe técnico emitido por el Jefe de Servicio de Patrimonio Histórico, notificado y recibido con fecha 17 de agosto de 2011 y el cual, literalmente trascrito, dice lo que sigue:

“En relación a la Licencia de Primera Ocupación solicitada, y tras la visita de inspección efectuada al edificio, se informa:

En el transcurso de las obras se han efectuado modificaciones, tanto interiores como exteriores, que se describen:

Exteriores:

- Modificación de las carpinterías de puertas y ventanas.

Las carpinterías de ventanas, previstas en Proyecto, de aluminio lacado se han modificado por P.V.C.

La puerta de acceso al edificio, prevista en Proyecto de madera, ha sido modificada por P.V.C., cambiando así mismo el diseño.

Respecto a dicha puerta, en el condicionante nº 2 expresado a la licencia de obras se especificaba “La puerta de acceso se realizará en piezas de madera lisas para pintar o barnizar en tonos oscuros”.

Estas modificaciones no se consideran aceptables en base a lo estipulado en los artículos: 3.2.7: Balcones y carpinterías, del Plan Especial de Protección del Casco Histórico, en el que se establece lo siguiente:

“Las carpinterías de huecos se realizarán generalmente en haces interiores con piezas de madera o metálicas para pintar en tonos oscuros”.

Artículo 3.2.4: Fachadas: “No se reproducirán literalmente ni se falsearán en la nueva edificación los lenguajes y elementos constructivos tradicionales”.

- Existe otra modificación efectuada que afecta al exterior del edificio y que ha consistido en la eliminación de una terraza interior, transformándose en cubierta inclinada.

Esta modificación deberá recogerse como un anexo de Proyecto con presupuesto, memoria y planos visados.

Interiores:

- Se han modificado distribuciones interiores y se han

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incorporado instalaciones de calefacción que es preciso legalizar, aportando: Memoria, planos visados y presupuesto de dichas obras.

Como resumen de lo informado, deberán aportar solución a las modificaciones efectuadas no legalizables, así como documentación adicional de las modificaciones que se consideran autorizables.”

Lo que se le significa a Vd. a fin de que en un último e improrrogable plazo de 10 días se sirva aportar la correspondiente documentación que cumplimente el contenido de los informes técnicos anteriormente trascritos. Con apercibimiento de que de no hacerlo así se procederá a declararle decaído en su derecho y al archivo del expediente, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 76 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Significándole asimismo al interesado que de no aportar la referida documentación o si la licencia de obras municipal no pudiera ser otorgada por ser contraria a la normativa urbanística vigente, el Ayuntamiento ordenará, previo cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la demolición de las obras indebidamente ejecutadas, a costa del interesado, y procederá a impedir los usos a que diere lugar, conforme a lo establecido en el Art. 195 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.”

- En el expediente objeto de la licencia de Primera Ocupación de la vivienda sita en C/ Vaqueras, nº 3 no consta que por la interesada se haya procedido a cumplimentar los referidos requerimientos efectuados con fecha 1 de agosto de 2011, notificado y recibido el 17 de agosto de 2011, y con fecha 22 de agosto de 2012, notificado y recibido el día 11 de septiembre de 2012.

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de sus miembros:

1º) ARCHIVAR la solicitud de Licencia de Primera Ocupación formulada por Dª. Soledad Anchuelo Gómez para la vivienda unifamiliar sita en C/ Vaqueras, nº 3, con la motivación anteriormente expresada.

2º) Comunicar el contenido del presente acuerdo al Área Jurídica de Disciplina Urbanística para su conocimiento y efectos oportunos, en lo que respecta a las obras efectuadas sin ajustarse al proyecto con arreglo al cual fue otorgada la licencia de obras por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 9 de junio de 2009 para construcción de vivienda unifamiliar sita en C/ Vaqueras, nº 3, conforme a lo dispuesto en el Art. 195 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

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7.- D. Francisco Naranjo Llanos en rep. de VITRA MADRID, S.COOP.MAD.- Solicita Licencia de Primera Ocupación de cuatro bloques para 90 viviendas VPPL, 90 trasteros, garaje para 156 plazas de aparcamiento, 7 locales comerciales y urbanización interior que comprende piscina, distribuyéndose en dos bloques de una altura de 5 plantas (baja + IV) de uso exclusivamente residencial, un bloque de 5 plantas (baja + IV) con un uso comercial en planta baja y residencial en el resto de plantas, y un bloque de una sola planta con uso exclusivamente comercial, efectuándose una planta sótano común a todos los bloques destinada al garaje aparcamiento, trasteros y cuartos de instalaciones, en la Parcela 24 de la Manzana 5 del Subsector Sur del Sector 101 “La Garena”, cuya Licencia de Obras fue concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 13- 12-11; habiendo sido concedida prórroga de la vigencia de la citada Licencia de Obras por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 03-07-12. Se adjunta a la solicitud Proyecto Final de Obra, Proyecto de Instalaciones, así como el correspondiente Libro del Edificio.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la Licencia de Primera Ocupación solicitada:

- Informe jurídico de fecha 26-03-14 en el que se hace constar que obra en el expediente copia de la Calificación Definitiva de Viviendas de Protección Pública VPPL, concedida por al Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística, de fecha 28-02-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Primera Ocupación solicitada, con el condicionante específico de que deberá adoptar las medidas correctoras que, en su caso, sean dictadas por el Servicio de Desarrollo Económico, Empleo e Industria Municipal, con motivo de la tramitación del ejercicio de la actividad correspondiente al garaje-aparcamiento y piscina. Asimismo se acuerda remitir el expediente al Servicio de Gestión Tributaria para la práctica, en su caso, de la correspondiente comprobación administrativa a los efectos de lo dispuesto en el Art. 103.1, último párrafo, del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.

Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.

Certifíquese y pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo – Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

8.- D. Saúl Cerdá Sanz.- Solicita Licencia de Primera Ocupación de vivienda unifamiliar sita en C/ Portilla, 31, cuya Licencia de Obras fue concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 18-10-05, habiéndose aprobado modificaciones a dicha

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Licencia por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 01- 07-13. Se adjunta a la solicitud el correspondiente Libro de Edificio.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la Licencia de Primera Ocupación solicitada:

- Informe jurídico de fecha 26-03-14 en el que se hace constar que con fecha 10-03-14 el interesado aporta certificado de legalización de obra nueva visado con fecha 04-03-14, suscrito por el Arquitecto Técnico D. Sául Cerda Sanz.

- Informe del Jefe del Servicio de Patrimonio Histórico de fecha 19-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Primera Ocupación solicitada, así como remitir el expediente al Servicio de Gestión Tributaria para la práctica, en su caso, de la correspondiente comprobación administrativa a los efectos de lo dispuesto en el Art. 103.1, último párrafo, del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.

Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.

Certifíquese y pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo – Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

Licencia de segregación

9.- Dª Paula Vallejo Rey del Castillo.- Solicita Licencia para segregar la finca matriz sita en Calle (o Callejón) del Hospital, 3, inscrita, según consta en el Registro de la Propiedad nº 5 de Alcalá de Henares, al folio 113, Tomo 3543, Libro 90, finca registral nº 13.047, (antes finca 13.802, folio 29, Tomo 3409), con una superficie registral de 372,63 m en las dos siguientes fincas:

Finca denominada Callejón del Hospital nº 3 Bis, referencia catastral 8713208VK6881S0001KQ con una superficie según catastro de 135 m2, y Finca denominada Callejón del Hospital nº 3, referencia catastral 8713209VK6881S0001RQ con una superficie según catastro de 182 m, con la finalidad de formalizarla e inscribir en el Registro de la Propiedad la parcelación que existe urbanísticamente y en el Catastro.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto:

- Informe del Comité de Seguimiento del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de fecha 27-02-14 que literalmente trascrito dice lo que sigue:

“En relación a la solicitud que se formula relativa a la segregación de una finca en el Callejón del Hospital núm. 3, se informa:

La finca para la que se solicita la segregación actualmente se consideran dos fincas independientes, números 3 y 3B conforme al parcelario del Plan Especial vigente y del Catastro Municipal.

Las fincas se describen a efectos de inscripción de Registro de la

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Propiedad o escrituras de propiedad:

1.- Callejón del Hospital Nº 3

1.1.- Referencias del Parcelario base y de las Normas del Plan Especial

Manzana 87.132 Finca 09

- Edificación inscrita en el Catálogo de Edificios Protegidos como Residencial con Protección Ambiental.

Uso característico: Residencial, tipología unifamiliar

1.2.-Referencia catastral actual: 8713209VK6881S0001RQ Superficie de parcela indicada en la ficha catastral: 182 m

2.-Callejón del Hospital Nº 3B

2.1.- Referencias del Parcelario base y de las Normas del Plan Especial

Manzana 87.132 Finca 08

- Edificación no consolidada o solar.

Uso característico: Residencial, tipología unifamiliar

2.2.-Referencia catastral actual: 8713208VK6881S0001KQ Superficie de parcela indicada en la ficha catastral: 124 m

Se adjuntan copias de fichas catastrales.”

- Informe jurídico de fecha 26-03-14 proponiendo la innecesariedad de la segregación solicitada conforme al informe del Comité de Seguimiento del Plan Especial de Protección del Casco Histórico.

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de sus miembros, la innecesariedad de conceder la licencia de segregación solicitada por Dª. Paula Vallejo Rey del Castillo de la finca sita en C/ Callejón del Hospital, nº 3, toda vez que la misma se consideran dos fincas independientes sitas en Callejón del Hospital, números 3 y 3B, conforme al Plan Especial de Protección del Casco Histórico aprobado definitivamente por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 21 de abril de 1998, publicado en el B.O.C.M. de fecha 4 de agosto de 1998 y del Catastro Municipal, con la descripción de las fincas que se contienen en el informe técnico antes trascrito.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

Obras mayores

10.- D. Ángel Antonio Blanco Pérez.- Solicita Licencia de Obras para legalización de buhardilla y porche cubierto en vivienda unifamiliar sita en C/ Astorga, 1, con arreglo al proyecto de legalización presentado visado con fecha 21-03-13 (versión 00) suscrito por Rollan-Rodríguez SCP y a la documentación aportada con fecha 29-04-13 consistente en plano nº A04 (versión 01). Asimismo, con fecha 18-10-13 ha sido presentado por el interesado documentación al objeto de dar cumplimiento al requerimiento efectuado por este Área Jurídica de Licencias

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Urbanísticas de fecha 25-07-13 en base al informe emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 9 de julio de 2013 consistente en Memoria, Valoración y Planos A01, A02 y A03 (versión 01) en el que se contiene que se excluye el porche cubierto efectuado que se intentará legalizar por otra vía. La referida documentación presentada anula y sustituye a la siguiente documentación: Proyecto sin visar presentado el día 20-03-13, Memoria, Valoración y planos nºs 01, 02, 03 y 04 (versión 00) del referido proyecto visado con fecha 21-03-13.

Visto el informe jurídico emitido al respecto con fecha 26-03-14 en el que se hace constar que:

- Por Resolución de Concejalía de Urbanismo de fecha 07-09-09 (Decreto nº 379) le fue requerido al interesado para que procediera en el plazo de dos meses a solicitar licencia municipal de obras de habilitación del bajo cubierta, presentando para ello proyecto firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente en C/ Astorga, nº 1, construcción de porche y cerramiento de aluminio y vidrio construido en patio trasero en C/ Astorga, nº 1, de conformidad con lo establecido en el Art. 195 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

- Por Resolución de Concejalía de Urbanismo de fecha 24-10-12 (Decreto nº 2561) le fue iniciado expediente de demolición de habilitación del bajo cubierta, construcción de porche y cerramiento de aluminio y vidrio construido en patio trasero en C/ Astorga, nº 1.

- Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 28-01-13 le fue requerido para que procediera en el plazo de un mes a la demolición de habilitación del bajo cubierta, o bien solicitar la licencia de legalización de las obras, de conformidad con lo establecido en el Art. 195.3 en relación con el 194.1, 2 y 6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

- Por el Arquitecto Municipal ha sido emitido informe con fecha 12-11-13 de carácter favorable a la legalización del espacio bajo cubierta para su uso exclusivo como trastero y del cerramiento de fábrica de las terrazas de los dormitorios 2 y 3 sitos en primera planta y de carácter desfavorable a la legalización del porche cubierto sito en la zona posterior de la planta baja, y en el que se pone de manifiesto, entre otras consideraciones, que se cumple con los parámetros urbanísticos de aplicación, siendo la ocupación máxima de 34,06% del 50% de la superficie de ocupación máxima permitida, consumiendo una edificabilidad de 7,75 m que sumada a la edificabilidad consumida por la vivienda existente de 180 m se consume una edificabilidad de 187,75 m de la edificabilidad de 333,40 m máxima permitida en dicha parcela, siendo la altura de la edificación de 6,98 m inferior a la altura máxima establecida de 7,50 m.

- A la parcela sita en C/ Astorga, nº 1 le es de aplicación la clave 03. Residencial Unifamiliar en Alta Densidad de las Normas

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Urbanísticas del vigente Plan General de Ordenación Urbana en cuyo Art. 6.4.3. Retranqueos se establece que serán de 4 (cuatro) metros a la alineación oficial de fachada y al fondo de parcela, y de 3 (tres) metros a los linderos laterales. Este retranqueo lateral podrá suprimirse cuando la parcela colindante sea medianera o para adosar edificaciones entre sí en solución de proyecto unitario o, si media acuerdo expreso entre propiedades, que habrá de protocolizarse ante Notario, y que se adjuntará con la solicitud de licencia cuando el proyecto lo haga preciso. No consta en el expediente objeto de la legalización que nos ocupa que haya sido aportado acuerdo de adosamiento protocolizado ante Notario del porche cubierto efectuado, por lo que no puede ser legalizado el mismo.

- Teniendo en cuenta que según consta en el proyecto de legalización aportado el visado ha sido concedido en base a ser tramitado como propuesta para licencia de obra puesto que figura ya ejecutada la construcción correspondiente que cumple con las condiciones técnicas exigibles.

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de sus miembros:

1º) Conceder la Licencia de Obras solicitada para legalización del espacio bajo cubierta para su uso exclusivo como trastero y del cerramiento de fábrica de las terrazas de los dormitorios denominados 2 y 3 de la primera planta de la vivienda unifamiliar sita en C/ Astorga, nº 1.

2º) Denegar la licencia de obras para la legalización del porche cubierto sito en la zona posterior de la planta baja de la vivienda unifamiliar de C/ Astorga, nº 1, con la motivación anteriormente expresada, comunicando el presente acuerdo al Área Jurídica de Disciplina urbanística para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

Obras para actividades

11.- D. Ignacio Gómez de los Infantes Troncoso, en rep. de TECPESA-TBL.- Solicita Licencia de Obras para acondicionamiento de local destinado a nave para taller de revisión de maquinaria y oficinas administrativas en C/

Parménides, Nave 1, Polígono Industrial 30 C.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 23-01-14 indicando que la superficie destinada al acondicionamiento del taller es del 13,47% del 20% admitido por el PGOU y el Plan Parcial del Polígono 30 C, y la distribución de la adecuación se ciñe a las normativas que le son de aplicación.

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- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 20- 02-14.

- Informe de la Técnico Responsable de la Técnica Industrial de fecha 06-03-14.

- Informe jurídico de fecha 18-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado y a la documentación aportada con fecha 29-11-13 al objeto de dar cumplimiento al requerimiento efectuado por el Arquitecto Técnico Municipal consistente en Anexo al proyecto de obras y planos nºs P-01 y P-02 referidos a superficies construidas y distribución de planta baja y planta primera que anulan y sustituyen a los planos nºs CM1 y CM2 del referido proyecto presentado. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Deberán habilitar un armario para la colocación por el Ayuntamiento del contador individual de agua potable en un lugar fácilmente accesible a la lectura.

2.- Los puntos de consumo de agua dispondrán de mecanismos que permitan el máximo ahorro de agua potable, según se indica en el Reglamento del Servicio Municipal de abastecimiento de agua potable de Alcalá de Henares en el Capítulo III, Art. 9.3.

3.- En la ejecución de las obras deberán seguirse las directrices del proyecto presentado para la obtención de la Licencia de apertura, que ha sido informado favorablemente.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

12.- AFYCEMBA, S.L.- Solicita Licencia de Obras para reforma de nave industrial sin uso específico, compuesta por 8 naves, números 1F a 8F, ambas inclusive, en C/ Costa Rica, Polígono Industrial “La Peña”, Sector44, referencias catastrales:

6037208VK6863N0001ML, 6037209VK6863N0001OL, 6037210VK6863N0001FL, 6037211VK6863N0001M, 6037212VK6863N0001OL, 6037213VK6863N0001KL, 6037214VK6863N0001RL y 6037215VK6863N0001DL.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

● Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 17-03-14, con el VºBº del Director de los Servicios Técnicos de Urbanismo en el que se pone de manifiesto:

- Entre otras consideraciones que las obras contenidas en el proyecto básico y de ejecución refundido visado el 07-03-14 hacen referencia a ocho naves industriales adosadas: naves 3F a 8F, ambas inclusive, sobre las que se realizará la reforma y a dos naves industriales, 1F y 2F, sobre las que no se realizará actuación alguna. Las obras a efectuar en las naves 3F a 8F consisten básicamente en el derribo de las oficinas existentes en

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planta baja cuya superficie asciende a 210 m; la construcción de una entreplanta de 180 m para uso de oficinas y la adaptación del espacio bajo ésta para oficinas, vestuarios, repuestos…, realizando obras de estructura, albañilería, instalaciones, climatización… y, por último, la adecuación del resto de la nave de superficie de 4.124,30 m, en lo referente a tabiquerías e instalaciones de electricidad y protección contra incendios. En las naves 1F y 2F, según se indica en la Memoria presentada, “no se realizará actuación alguna, ya que quedan como naves sin acceso ni uso”. Los accesos peatonales y rodados, tanto de vehículos privados como vehículos de emergencia, se realizan desde la C/ Costa Rica.

- Asimismo, se hace constar que las actuaciones a realizar dentro del conjunto de naves no afectan a la configuración volumétrica ni suponen una modificación de los parámetros urbanísticos de aplicación: edificabilidad, ocupación, altura máxima, retranqueos,…, siendo la superficie construida destinada al uso característico industrial de 4.124,30 m y la destinada al uso compatible de oficinas de 276,40 m, inferior al 25% del porcentaje máximo para usos compatibles.

● Informe del Ingeniero Técnico Industrial de fecha 18-02-14 que literalmente trascrito dice lo que sigue:

“Revisada la documentación aportada se informa que no existe inconveniente, por parte de esta Sección Técnica Industrial, y en los temas de su competencia, en que se conceda lo solicitado.

No obstante se comunica que deberán solicitar la correspondiente Comunicación Previa antes del inicio de la actividad, expediente que contendrá toda la normativa de aplicación para el uso específico al que se destine, y en el que se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

- Especificarán de forma clara el volumen de almacenamiento de cartón disponible en las zonas especificadas, ya que no coincide el indicado en planos y en memoria.

- Deberán aportar plano de sectorización.

- Los aseos de planta primera no se ajustan al PGOU y sus normas interpretativas.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 10- 12-13.

- Informe jurídico de fecha 20-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al Proyecto Básico y de Ejecución Refundido que incluye Estudio Básico de Seguridad y Salud visado con fecha 07-03-14 presentado suscrito por el Arquitecto D. Javier Lizano Vaquero y al Estudio Geotécnico del suelo. La referida documentación anula y sustituye al proyecto básico y de ejecución para reforma de nave industrial compuesta de 6 naves números 3F a 8F, ambas inclusive, visado con fecha 25-10-13 y al proyecto básico y de ejecución refundido sin visar presentado el día 24-01-14.

La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo

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siguiente:

1.- El uso a que se destine la nave industrial deberá de ajustarse a lo dispuesto en la Ordenanza 14. Industria Adosada de las Normas Urbanísticas del vigente P.G.O.U. y demás normativa urbanística de pertinente aplicación.

2.- La presente licencia de obras se otorga sin perjuicio de que deberá presentar la documentación necesaria antes del inicio de la actividad mediante Comunicación Previa, expediente que deberá contener toda la normativa de aplicación para el uso específico al que se destine la nave, y en el que se tendrán en cuenta las consideraciones que se contienen en el informe emitido por el Ingeniero Técnico Industrial de fecha 19 de febrero de 2014 antes trascrito, conforme con lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y demás normativa de pertinente aplicación, quedando, en todo caso, condicionada a cualquier modificación, requerimiento o condición que se derive de ésta.

3.- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

13.- D. Herminio Pastor Guerrero en rep. de SMITHKLINE BEECHAM, S.A.- Solicita Licencia de Obras para remodelación de pavimentación interior en zona norte y de la red de recogida de agua de lluvia procedentes de la nave almacén y aliviadero de la zona de oficinas en las actuales instalaciones de la referida entidad mercantil sita en Ctra. Ajalvir, Km. 2,500.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 14-03-14.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 20- 01-14.

- Informe jurídico de fecha 24-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado visado con fecha 11-12-13 suscrito por el Arquitecto Técnico D. Herminio Pastor Guerrero y al Estudio Básico de Seguridad y Salud suscrito por D. Diego Prieto Soto.

La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

-- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos

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deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

14.- D. Jorge Rivero Prados.- Solicita Licencia de Obras para adecuación de dos locales comerciales y fachada, destinados a restaurante en C/ Cerrajeros, 14 c/v C/ Ramón y Cajal (Referencias catastrales: 9115207VK6891N0001AB y 9115207VK6891N0002S2 respectivamente).

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Comité de Seguimiento del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de fecha 28-02-14 en el que se pone de manifiesto que el proyecto que se tramita consiste en la adecuación y unión de los dos locales mencionados para uso de restaurante, haciéndose constar que las obras se encuentra en la actualidad efectuadas, por lo que se trata de una legalización.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 15- 11-12.

- Informe jurídico de fecha 21-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado con fecha 20-12-13 visado con fecha 13- 12-13 suscrito por el Ingeniero Industrial D. Alejandro Antonio Hernández López, y a la documentación aportada con fecha 19- 02-14 al objeto de dar cumplimiento al requerimiento efectuado por el Comité de Seguimiento del Plan Especial de Protección del Casco Histórico en la que se contiene plano de cubierta y salida de humos que complementa al referido proyecto. La referida documentación anula y sustituye a la memoria y plano presentado con la solicitud de licencia de fecha 07-11-12, a la documentación presentada el día 21-11-13 consistente en proyecto de acondicionamiento de local para restaurante y a la documentación presentada el día 26-11-13 consistente en proyecto de fachada sin visar de dicho local. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Deberán habilitar un armario para la colocación por el Ayuntamiento del contador individual de agua potable en un lugar fácilmente accesible a la lectura.

2.- Los puntos de consumo de agua dispondrán de mecanismos que permitan el máximo ahorro de agua potable, según se indica en el Reglamento del Servicio Municipal de abastecimiento de agua potable de Alcalá de Henares en el Capítulo III, Art. 9.3.

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3.- La presente licencia de obras se otorga sin perjuicio de que deberá presentar, si procediera, la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad conforme a la ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y demás normativa de pertinente aplicación, quedando, en todo caso, condicionada a cualquier modificación, requerimiento o condición que se derive de ésta.

4.- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

5.- El revestimiento pétreo efectuado en el local anexionado situado a la izquierda del portal de la finca deberá adquirir la misma tonalidad que la existente en el local inicial ubicado a la derecha del portal c/v a la C/ Ramón y Cajal.

Para ello y previamente a su ejecución, presentarán muestras para su aprobación a los Servicios Técnicos Municipales.

6.- El conducto de salida de humos saliente por cubierta deberá ser acabado en los tonos de las tejas de dicha cubierta.

7.- Las rejillas situadas en fachada que cubren las unidades de aire acondicionado deberán colocarse de tal manera que impida la visión de dichas instalaciones.

8.- Una vez finalizadas las obras en su totalidad aportarán Certificado Final de Obra visado y firmado por el Técnico director de las obras.

2º).- Comunicar el contenido del acuerdo que, en su caso, sea adoptado al Área de Desarrollo Económico, Empleo e Industria Municipal, para su conocimiento y efectos oportunos.

3º) Remitir el expediente al Servicio de Gestión Tributaria Municipal para que, en su caso, se inicie el correspondiente procedimiento sancionador, conforme a las vigentes Ordenanzas Fiscales Municipales, toda vez que las obras han sido ya realizadas.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

15.- D. Ángel García de Mateos Alonso en rep. de RPPSE HOLDING IBERIA, S.L.U.- Solicita Licencia de Obras para reforma de cuatro arquetas de toma de muestras de saneamiento del Centro Comercial y de Ocio Alcalá Magna en C/ Valentín Juara Bellot, 4.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 14-03-14.

- Informe del ICCP Municipal Jefe, Director del Servicio de

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Infraestructuras de fecha 07-01-14 en el que se hace constar que dos arquetas se realizan en las salidas a C/ Paula Montal, una en vía pública y otra en zona privada, y otras dos arquetas en las salidas a C/ Valentín Juara Bellot en zona pública, así como que las arquetas proyectadas coinciden con la que figura para toma de muestras en la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertidos líquidos integrales al sistema integral de saneamiento de la Comunidad de Madrid.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado suscrito por el Arquitecto D. Ángel García de Mateos Alonso. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Antes del inicio de las obras se firmará Acta de Replanteo de las mismas con los Servicios Técnicos Municipales de este Ayuntamiento, momento en que se nombrará un responsable técnico de los trabajos frente al Ayuntamiento y se entregarán los servicios afectados por la obra y la Carta de Pago emitida por la Intervención Municipal por un importe de 500,00 €. Se retranquearán los trazados previstos para evitar daños a las tuberías de agua en los paralelismos.

2.- Se mantendrá en todo momento la circulación de peatones y vehículos mediante la colocación de chapones, pasarelas, etc.

3.- Se realizarán y señalizarán los trabajos de acuerdo con lo indicado en las Ordenanzas Municipales, tanto durante el día como por la noche.

4.- Se realizarán muestras de densidades "in situ", que serán remitidas a los Servicios Técnicos Municipales. El número de muestras a realizar será fijado por dichos Servicios Técnicos.

5.- La duración de los trabajos será de 15 DIAS, debiendo figurar las fechas de inicio y terminación de los trabajos en el vallado de la obra.

6.- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

7.- Al menos con 48 horas de antelación se avisará el comienzo de las obras a la Policía Municipal y a los Servicios Técnicos Municipales.

8.- No podrán comenzar las obras hasta que no se disponga de materiales de reposición de pavimentos iguales a los existentes.

9.- Cualquier rotura de servicios, incluidos los municipales, producida directa o indirectamente por las obras, deberá ser reparada de inmediato por el solicitante o empresa delegada y siempre a su cargo.

10.- Se deberá respetar la Ordenanza Municipal de Protección del Arbolado a lo largo de toda la canalización.

11.- Se deberá respetar el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable de Alcalá de Henares, BOCAM

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nº 274 de 18 de noviembre de 2002.

12.- La obra no podrá darse por finalizada hasta la total y completa reposición de las terminaciones superficiales: pintura, señalización, ajardinamiento, en su caso, o cualquier otro posible elemento que se hubiese visto afectado por la canalización objeto de la presente licencia.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

16.- BERLIMED, S.A.- Solicita Licencia de Obras para reforma de laboratorio de I + D de Control Químico en edificio social de los laboratorios Bayer-Berlimed sitos en C/ Francisco Alonso, 7, parcela 3 y 4 del Sector 32 C, Polígono Industrial “Santa Rosa”.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 29-11-13.

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 09-12-13, con el VºBº del Director de Servicios Técnicos de Urbanismo en el que se pone de manifiesto, entre otras consideraciones, que las obras contenidas en el documento técnico contemplan la reforma y adecuación de las plantas baja y primera del edificio principal de los laboratorios Bayer–Berlimed, situándose actualmente en la planta baja las oficinas de administración y gerencia, los vestuarios de personal, el comedor de empleados y el laboratorio de control químico; este espacio en el proyecto presentado será ocupado por una oficina abierta. En la planta primera se sitúan el laboratorio de control biológico, una zona administrativa de oficina, una sala de Pilates y un área disponible, pretendiéndose mantener el laboratorio de control biológico y completar la planta con un nuevo laboratorio de I + D y el laboratorio de control químico que actualmente se ubica en planta baja, al objeto de que en esta primera planta se sitúen los distintos laboratorios. Asimismo, se indica que el proyecto presentado no altera las condiciones urbanísticas de aplicación de la Ordenanza Industrial del Plan Parcial del Sector 32 C.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 04- 12-13.

- Informe del Ingeniero Técnico Industrial de fecha 17-03-14 en el que textualmente se indica que “Revisada la documentación aportada se informa que no existe inconveniente, por parte de esta Sección Técnica Industrial, y en los temas de su competencia, en que se conceda lo solicitado. No obstante se comunica que deberán solicitar la correspondiente Comunicación Previa antes del inicio de la actividad, expediente que contendrá toda la normativa de aplicación para el uso específico al que se destina”.

- Informe jurídico de fecha 24-03-14 en el que se hace constar

(19)

que obra en el expediente informe emitido por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid en el que se señala que el traslado del laboratorio de control químico desde la planta baja a la planta primera del edificio social no afectan a la capacidad de producción, por lo que se estima que dichas modificaciones no suponen repercusiones negativas sobre el medio ambiente, por lo que no es necesario efectuar un estudio caso por caso para determinar si es necesario la tramitación de un procedimiento ambiental, ni someter la actuación a ningún procedimiento de los recogidos en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al Proyecto Básico visado con fecha 21-11-13 presentado suscrito por el Arquitecto D. Ignacio Ortiz Alonso y al Estudio de Seguridad y Salud visado con fecha 15-11-13 presentado suscrito por la Arquitecta Técnica Dª. Verónica Guisasola Muñiz.

La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Deberá presentar junto con la documentación necesaria para la tramitación de la licencia de Primera Ocupación el libro del edificio, conforme a lo establecido en el Art. 14 de la Ley 2/1.999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid.

2.- La edificación no podrá ser ocupada hasta la concesión de la Licencia de Primer Ocupación.

3.- El vallado de cierre de la obra y la instalación de las grúas serán objeto de licencias específicas.

4.- La presente licencia de obras se otorga sin perjuicio de que deberá presentar la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad, mediante Comunicación Previa antes del inicio de la actividad, que deberá contener toda la normativa de aplicación para el uso específico al que se destina, conforme a la ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y demás normativa de pertinente aplicación, quedando, en todo caso, condicionada a cualquier modificación, requerimiento o condición que se derive de ésta.

5.- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

6.- Deberá instalarse cartel identificativo de las obras que habrá de ajustarse a lo dispuesto en el Art. 3 de la Ordenanza

(20)

Reguladora de Publicidad relativa a Urbanizaciones de Iniciativa Particular.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

17.- MAXELGA 93, S.L.- Solicita Licencia de Obras para reforma y adaptación de muelle de carga exterior de nave destinada a elementos de máquinas expendedoras, en C/ Galileo Galilei, 6, parcela 136 del Sector 30 C.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención 1- Urbanística de fecha 21-03-14.

- Informe del ICCP Municipal Jefe, Director del Servicio de Infraestructuras de fecha 14-01-14.

- Informe jurídico de fecha 25-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado suscrito por el Ingeniero Industrial D.

Manuel Riobo García. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Deberá, para la devolución de la fianza depositada para responder de la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición, cumplir lo dispuesto en el Art. 10 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid, teniendo especial cuidado en cumplimentar los impresos que figuran en la indicada Orden como anejo I, anejo II y anejo II.I.

2.- La presente licencia de obras se otorga sin perjuicio de que deberá presentar la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad conforme a la ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y demás normativa de pertinente aplicación, quedando, en todo caso, condicionada a cualquier modificación, requerimiento o condición que se derive de ésta.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

18.- D. Enrique Martín Romero en rep. de E & Q ENGINEERING SOLUTIONS AND INNOVATION, S.L.- Solicita Licencia de Obras para acondicionamiento de local comercial destinado a Consultoría y formación, que incluye rótulo luminoso en Plaza de la Estación, 2.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 24-01-14.

- Informe de la Técnico Responsable de la Técnica Industrial de fecha 30-01-14.

(21)

- Informe del ICCP Municipal Jefe, Director del Servicio de Infraestructuras de fecha 13-03-14.

- Informe jurídico de fecha 24-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado junto con la solicitud y a la documentación aportada con fechas 30-05-05 y 14-01-14, referidos al número de alumnos e instalación de aire acondicionado que complementa al referido proyecto. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Deberán habilitar un armario para la colocación por el Ayuntamiento del contador individual de agua potable en un lugar fácilmente accesible a la lectura.

2.- En la ejecución de las obras deberán seguirse las directrices del proyecto presentado para la obtención de la Licencia de apertura, que ha sido informado favorablemente.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

Obras diversas

19.- HOSPITAL UNIVERSITARIO PRÍNCIPE DE ASTURIAS.- Solicita Licencia de Obras para instalación de ascensor eléctrico para supresión de barreras arquitectónicas, en el Hospital Universitario Príncipe de Asturias sito en Carretera Alcalá Meco, s/n.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 17-02-14.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 11- 03-14.

- Informe jurídico de fecha 17-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado visado con fecha 19-12-13 suscrito por el Arquitecto Técnico D. Eduardo Agustino Sáez. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

-- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

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20.- D. Raúl Redondo Pariente en rep. de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ BOLARQUE, 1.- Solicita Licencia de Obras para demolición y reconstrucción de parte del peto de cubierta, arreglos en albardilla y revestimiento monocapa en edificio sito en la citada dirección y ocupación de vía pública con contenedor.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 07-03-14, indicando que la superficie de ocupación de vía pública será de 12 m durante 60 días.

- Informe del ICCP Municipal Jefe, Director del Servicio de Infraestructuras de fecha 26-12-13.

- Informe jurídico de fecha 11-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras y la ocupación de vía pública con contenedor solicitadas, quedando condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

-- Deberá, para la devolución de la fianza depositada para responder de la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición, cumplir lo dispuesto en el Art. 10 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid, teniendo especial cuidado en cumplimentar los impresos que figuran en la indicada Orden como anejo I, anejo II y anejo II.I.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

21.- ASESORIA NUGINSA, S.L. en rep. de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ SEGOVIA, 11.- Solicita Licencia de Obras para adecuación de la instalación eléctrica en edificio sito en la citada dirección.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 21-02-14.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 25- 02-14.

- Informe jurídico de fecha 17-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, quedando condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

-- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la

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Comunidad de Madrid.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

22.- IMPERMEABILIZACIONES LLANOS MACÍAS, S.L. en rep. de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ GRECO, 3.- Solicita Licencia de Obras para reparación de sustitución de chapas de cubierta y montaje de andamio motorizado para subida y bajada de material en edificio sito en la citada dirección

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 14-03-14.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 09- 01-14.

- Informe jurídico de fecha 19-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, quedando condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

-- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

23.- FRATERNIDAD DE CLARISAS DE SAN JUAN DE LA PENITENCIA.- Solicita Licencia de Obras para reforma de sótano en el Monasterio de San Juan de la Penitencia sito en C/ Santiago, 37.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Comité de Seguimiento del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de fecha 10-03-14 , en el que se pone de manifiesto que el proyecto objeto de la presente solicitud de licencia refleja las obras efectuadas de restauración de la bóveda y solado de sótano en la primera crujía del edificio que hace frente a la calle Santiago, incluyendo la ejecución de un nuevo acceso al sótano mediante una escalera que mejora la accesibilidad. Asimismo se indica que respecto al movimiento de tierras efectuado en la zona de la escalera, se adjunta Informe firmado por el Arqueólogo D. Francisco Javier García Lledó en el que se pone de manifiesto que la intervención es de carácter escaso (16 m) y en zona de escombros y tierras procedentes de vaciados previos, entendiéndose una extensión de la autorización dada en su día para las obras efectuadas en la nave de la iglesia.

(24)

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 13- 01-14.

- Informe jurídico de fecha 21-03-14 en el que se hace constar que se observa que el visado del proyecto ha sido concedido para su tramitación ante la Administración local, autonómica o estatal correspondiente, como propuesta, debiendo comunicarse al COAM la aprobación o denegación de la misma.

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de sus miembros:

1º) Conceder la Licencia de Obras solicitada para reforma de sótano en el Monasterio de San Juan de la Penitencia sito en C./

Santiago nº 37, con arreglo al proyecto presentado visado con fecha 05-12-13 suscrito por el Arquitecto D. Carlos Méndez Lázaro y con el siguiente condicionante específico:

-- En la solicitud de la devolución de la fianza de Residuos deberán presentar Certificado de Instalación autorizada para valorización o eliminación de RCD, según establece la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (publicada en el B.O.C.M. el 7/08/2009), por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

2º) Remitir el expediente al Servicio de Gestión Tributaria Municipal, al objeto de que, en su caso, sea iniciado el correspondiente expediente sancionador, toda vez que las obras han sido ya efectuadas.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

24.- D. Moisés Gabarri Jiménez.- Solicita Licencia de Obras para legalización de obras de transformación de local en vivienda, en C/ Pedro de Lerma, 24, local B, con arreglo al proyecto de legalización presentado suscrito por el Arquitecto D. David López Bustillos.

Visto el informe emitido por la Directora del Área Jurídica de Licencias Urbanísticas con fecha 21-03-14 y que a continuación se transcribe:

“Atendido el contenido del informe emitido por el Arquitecto Municipal (de fecha 07-03-14), de carácter desfavorable al otorgamiento de la citada licencia de legalización solicitada, y en el que se pone de manifiesto lo que sigue: “Del análisis de la documentación presentada, se puede comprobar que:

• La normativa de vivienda de Protección Oficial (normas de diseño y calidad) vienen recogidas en el real decreto 3148/1978 de 10 de Noviembre y obliga al diseño de las viviendas de nuestro plan general.

• La cocina como habitación independiente figura con una superficie de 4,90 m, cuando la superficie minima de viviendas de protección oficial cuyos estándares son de obligado cumplimiento para todas las viviendas establece una superficie

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minima de 7 m.

• El salón-comedor, de dimensiones aceptables ya que para dos dormitorios tiene que tener 16 m y tiene 18,35 m, no figura con ventilación e iluminación directa al exterior, cuando deberían tener huecos de iluminación natural cuya superficie no será inferior a un 1/10 de la superficie en planta de la habitación a la que iluminan.

• El dormitorio de superficie 8,55 m es asimismo una habitación ciega (no tiene ventilación directa y además de paso a otro dormitorio), por lo tanto no cumple el articulo anterior.

• La superficie de trastero por vivienda está fijada en un mínimo de 8 m. en la dependencia rotulada como trastero, figura 2,85 m.

• No figura visado el expediente presentado.

• A la vista de lo anteriormente expuesto no se considera legalizable en la actual disposición la vivienda ejecutada.”

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, DENEGAR la Licencia solicitada, con la motivación anteriormente indicada, debiendo comunicar el presente acuerdo al Servicio de Disciplina Urbanística, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

25.- Dª Carmen Montesano Ortega.- Solicita Licencia de Obras para instalación de bolardo para supresión de paso de carruajes, en Avda. Juan de Austria, 22.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 27-02-14.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 03- 03-14.

- Informe jurídico de fecha 12-03-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- El bolardo no podrá ser obstáculo en la vía pública para los peatones.

2.- El bolardo debe ser normalizado.

3.- El mantenimiento del bolardo corresponde al solicitante.

4.- No se podrá invadir el suelo público.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

26.- D. Manuel Feito Llorente en rep. de COTOLMA OBRAS Y CONSTRUCCIONES, S.L.- Solicita Licencia de Obras para vallado provisional de obra, instalación de casetas de obras y ocupación de vía pública con el mismo, en Parcela RC-1 del Sector 115-A, al objeto de proceder a las obras de construcción de 88

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viviendas, 88 trasteros, 134 plazas de aparcamiento, piscina y locales comerciales en dicha Parcela.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 14-03-14 indicando que la superficie de ocupación de vía pública será de 112 m durante 365 días

- Informe jurídico de fecha 18-03-14 en el que se hace constar que por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 13-08-12 fue concedida Licencia de Obras a favor de la a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Alcalá de Henares, para construcción de edificio compuesto de 11 portales destinados a un total de 172 viviendas de Protección Pública VPPB, 4 locales comerciales, 172 trasteros, garaje–aparcamiento para 279 plazas de aparcamiento y urbanización interior que incluye aparcamiento en superficie para 15 plazas de aparcamiento de las 279 plazas que contempla el proyecto y piscinas comunitarias, constando el edificio de siete plantas (baja + seis) y ático, estando la planta baja compuesta de viviendas, accesos, locales comerciales y 15 trasteros, plantas 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª, 6ª y ático a viviendas, así como dos plantas sótanos destinadas a 264 plazas de aparcamiento, 157 trasteros y cuartos de instalaciones, en la parcela RC-1 del Sector 115-A “Espartales Norte”, habiendo sido concedida prórroga de la vigencia de dicha Licencia de Obras por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 03-02-14.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

27.- TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.- Solicita Licencia de Obras para realización de 7 calas de 1 m. x 1 m. para destapar 7 arquetas de telefonía con el objeto de instalación de fibra óptica en C/

José Serrano y C/ Amadeo Vives.

Vistos los informes siguientes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe jurídico de fecha 11-03-14.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 07- 03-14.

La Junta de Gobierno Local, a la vista de dichos informes, acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Antes del inicio de las obras se firmará Acta de Replanteo de las mismas con los Servicios Técnicos Municipales de este Ayuntamiento, momento en que se nombrará un responsable técnico de los trabajos frente al Ayuntamiento y se entregarán los servicios afectados por la obra y la Carta de Pago emitida por la Intervención Municipal por un importe de 100,00 €. Se

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