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EDICTOS EDICTO EDICTO EDICTO. miércoles, 04 de agosto de 2021 Monterrey, Nuevo León

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miércoles, 04 de agosto de 2021 | Monterrey, Nuevo León

EDICTOS

EDICTO

122156

E D I C T O A la Ciudadana: Tatiana Beatriz Noh Santos. Domicilio:

Ignorado. En fecha 31 treinta y uno de octubre de 2019 dos mil diecinueve, se admitió a trámite ante este Juzgado Octavo del Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado, el expediente judicial número 499/2019, relativo al procedimiento oral sobre divorcio incausado, promovido por Josué López Sandoval, en contra de Tatiana Beatriz Noh Santos. Luego, en la fecha antes mencionada, esta Autoridad ordenó emplazar a la parte demandada para que dentro del término de 9 nueve días, acudiera al local de este Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. De la misma manera, en auto de fecha 03 tres de mayo del año 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a la aludida demandada Tatiana Beatriz Noh Santos por medio de edictos que deberán publicarse por 3-tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, y en el periódico de mayor circulación en el Estado, a fin de que dentro del término de 09-nueve días acuda al local de este Juzgado a producir su contestación, y a oponer las excepciones de su intención si para ello tuviere que hacer valer. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esta forma empieza a surtir sus efectos a los 10-diez días contados desde el día siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría de la Coordinación de Gestión Judicial Familiar Oral de este Distrito Judicial a disposición de la parte demandada, las copias de traslado de la demanda y documentos acompañados para su debida instrucción. Por otra parte, prevéngase a la parte demandada a fin de que designe domicilio convencional para los efectos oír y recibir notificaciones dentro de los municipios a que alude el numeral 68 de la Legislación Procesal antes citada, apercibido de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este juzgado. San Nicolás de los Garza, Nuevo León a 19 de mayo de 2021. Ciudadana Secretario adscrita al Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados de Juicio Familiar Oral en el Estado. Licenciada Gloria Luz Méndez Muñoz

GLORIA LUZ MÉNDEZ MUÑOZ

C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIóN DE GESTIóN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL

EDICTO

122962

A Horacio Maldonado Bernal Domicilio: Ignorado. Que dentro de los autos que integran el expediente judicial número 1096/2020, relativo al juicio ordinario civil sobre recisión de contrato promovido por Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a fin de promover juicio ordinario civil en contra de Horacio Maldonado Bernal del índice de este Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, en fecha 11 once de diciembre del 2020 dos mil veinte, se admitió a trámite la demanda propuesta, cuyas prestaciones se advierten del escrito inicial, el cual se encuentra a su disposición en el local de este juzgado para los efectos legales correspondientes en las copias de traslado respectivo. Por lo que se

hace constar que por auto de fecha 16 dieciséis de junio del 2021 dos mil veintiuno, se ordenó el emplazamiento de Horacio Maldonado Bernal, por medio de edictos que se deberán publicar por 3 tres veces consecutivas en el periódico oficial de Estado, en el Boletín Judicial, así como por el periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último para el efecto de hacer la publicación en el diario el Porvenir, en el Periódico el Norte, Periódico Milenio Diario o en el ABC de Monterrey, publicación la anterior que surtirá sus efectos a los 10 diez días contados al día siguiente en que se haga la última, concediéndose un término de 9 nueve días a fin de que ocurra a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere;

debiéndose prevenir para que señale domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones; bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones que deban realizarse, aun las de carácter personal, se le harán conforme a las reglas para las notificaciones no personales, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado. Por lo que como se dijera quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado correspondientes en la Secretaría de este Juzgado.- Doy Fe.

LICENCIADO JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL

DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

EDICTO

123028

A Ramiro Treviño Garza; Pisos y Acabados Regiomontanos S.A. de C.V.; y Pisos y Acabados de Reynosa S.A. de C.V., Domicilio:

Ignorado. Que dentro de los autos que integran el expediente judicial número 29/2020, relativo al juicio ordinario civil promovido por Mark Rogers Duggan en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de Daltile México S. de R.L de C.V (DALTILE) en contra de Ramiro Treviño Garza; Pisos y Acabados Regiomontanos S.A. de C.V.; y Pisos y Acabados de Reynosa S.A. de C.V y otros tramitado ante el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial, en fecha 29 veintinueve de septiembre de 2020 dos mil veinte se admitió a trámite la demanda propuesta, cuyas prestaciones se advierten del escrito inicial, el cual se encuentra a su disposición en el local de este juzgado para los efectos legales correspondientes en las copias de traslado respectivo. Por lo que se hace constar que por auto de fecha 24 veinticuatro de junio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó el emplazamiento de Ramiro Treviño Garza; Pisos y Acabados Regiomontanos S.A. de C.V.; y Pisos y Acabados de Reynosa S.A.

de C.V, por medio de edictos que se deberán publicar por 3 tres veces consecutivas en el periódico oficial de Estado, en el Boletín Judicial, así como por el periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último para el efecto de hacer la publicación en el diario el Porvenir, en el Periódico el Norte, Periódico Milenio Diario o en el ABC de Monterrey, publicación la anterior que surtirá sus efectos a los 10 diez días contados al día siguiente en que se haga la última, concediéndose un término de 9 nueve días a fin de que ocurra a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere;

debiéndose prevenir para que señale domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones; bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones que deban realizarse, aun las de carácter personal, se le harán conforme a las

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reglas para las notificaciones no personales, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado. Por lo que como se dijera quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado correspondientes en la Secretaría de este Juzgado.- Doy Fe.

JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO

SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.

EDICTO

123044

A la Ciudadana: Angélica del Carmen Sánchez Lanz. Domicilio:

Ignorado. En fecha 5 cinco de octubre del año 2020 dos mil veinte, se admitió a trámite Por el Juez Primero de Juicio Familiar Oral del Tercer Distrito Judicial en el Estado, bajo expediente judicial número 1582/2020, relativo al juicio oral sobre divorcio incausado, promovido por Felipe Ulises Barrios Flores en contra de Angélica del Carmen Sánchez Lanz. Luego, en la fecha antes mencionada, se ordenó emplazar a la parte demandada para que dentro del término de 9 nueve días, acudiera al local de dicho Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Ahora bien, a través del proveído dictado en fecha 17 diecisiete de mayo del año 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a la aludida demandada Angélica del Carmen Sánchez Lanz por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, y en alguno de los periódicos de mayor circulación en el Estado, a fin de que dentro del término 9 nueve días acuda al local de este Juzgado a producir su contestación, y a oponer las excepciones de su intención si para ello tuviere que hacer valer.

Aclaración hecha de que la notificación realizada en esta forma empieza a surtir sus efectos a los 10-diez días contados desde el día siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría de la Coordinación de Gestión Judicial Familiar Oral de este Distrito Judicial a disposición de la parte demandada, las copias de traslado de la demanda y documentos acompañados para su debida instrucción. Finalmente, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, dentro de los municipios a que alude el numeral citado con antelación, apercibido de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este Juzgado. San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a 5 cinco de Julio de 2021. Licenciada Norma Ivet Flores Rodriguez Secretario adscrito a la Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados de Juicio Familiar Oral del Tercer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León.

NORMA IVET FLORES RODRÍGUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIóN DE GESTIóN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL

EDICTO

123051

Al ciudadano J. Guadalupe Candelas Cortes. Domicilio ignorado. En fecha 22 veintidós de marzo del 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite en este Juzgado Cuarto de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito Judicial en el Estado, bajo el expediente judicial número 272/2021, relativo al Procedimiento Oral Sobre Divorcio Incausado promovido por Silvia Caldera Carlos, en contra de J. Guadalupe Candelas Cortes, esta autoridad ordena se emplace al mencionado J Candelas Cortes, por medio de edictos que se publicarán por 3 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y el Periódico "El Porvenir", a fin de dar cabal cumplimiento al emplazamiento ordenado por este Tribunal mediante auto de fecha 22 veintidós de marzo del presente año, quedando a su disposición en la Secretaria de la Coordinación de la Gestión Judicial de los Juzgados de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito del Estado las

copias de traslado correspondientes, a fin de que se imponga de las mismas. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir del siguiente al de la última publicación, y comenzara el término de 9 nueve días para que comparezca ante este tribunal a dar contestación por escrito, acorde a los artículos 73 y 1109 del citado ordenamiento procesal. Así también, para que en dicho término señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales que no se le practiquen en las audiencias que se verifiquen en el presente trámite se le harán por medio de la tabla de avisos que se lleva en este tribunal, de conformidad con el numeral 68 de la codificación adjetiva en comento. “SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN”. Guadalupe, Nuevo León a 05 de Julio del año 2021. La C. Secretario Adscrita a la Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito Judicial del Estado, por instrucciones del ciudadano Juez Cuarto de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito Judicial del Estado. Licenciada Patricia Eugenia Mares Reyna.

PATRICIA EUGENIA MARES REYNA

C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIóN DE GESTIóN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL

EDICTO

123054

Consorcio Agroindustrial Regiomontano, Sociedad Anónima de Capital Variable, domicilio ignorado. En fecha 29 veintinueve de marzo del año 2019 dos mil diecinueve, se admitió a trámite el expediente judicial número 832/2020, actualmente tramitado ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, relativo al juicio ordinario civil, promovido por José Juan Casas Alonso, en contra de Empacadora Treviño, Sociedad Anónima de Capital Variable; Procesadora y Comercializadora CONAGRO, Sociedad Anónima de Capital Variable; Consorcio Agroindustrial Regiomontano, Sociedad Anónima de Capital Variable, Rastro y Empacadora Treviño, Sociedad Anónima de Capital Variable; así como de los ciudadanos Gerardo de San Juan Cárdenas Agüero, Policarpo Elizondo Gutiérrez, Gerardo Garza Vázquez y Jorge Alberto Garza Vázquez, al haberse realizado la búsqueda de la persona moral denominada Consorcio Agroindustrial Regiomontano, Sociedad Anónima de Capital Variable, codemandada, no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha 06 seis de febrero del año 2020 dos mil veinte, se ordenó emplazar a la referida persona moral, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos ABC, El Porvenir, El Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 09 nueve días ocurra a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, por lo que quedan a su disposición las copias de traslado, debidamente selladas y rubricadas que lo sean por la secretaría de este juzgado. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a la parte demandada de referencia, para que dentro del término para contestar la demanda señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García o Santa Catarina, todos del estado de Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se coloque en la tabla de avisos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Doy fe.

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LICENCIADO ISAAC TIJERINA ALVIZO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL

EDICTO

123055

EDICTO AL SEÑOR ARIEL CARLOS BISCOGLIO. DOMICILIO IGNORADO Con fecha 18 dieciocho de febrero de 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite en este Juzgado Cuarto de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial en el Estado, bajo el número de expediente 136/2021, el procedimiento oral de divorcio incausado promovido por María de los Paola Esteffany Almaral Arcibar contra de Ariel Carlos Biscoglio, en el cual se ordenó notificar a este último, por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y en el periódico el Porvenir que se edita en esta Ciudad, para que dentro del término 9 nueve días contados a partir del siguiente en que quede notificado ocurra ante este Tribunal por escrito a formular su contestación; en la inteligencia de que la notificación así realizada surtirá sus efectos a los diez días siguientes a la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado las copias simples de la demanda y demás documentos para su instrucción. Asimismo, se ordenó prevenir a la parte demandada a fin de que dentro del término antes señalado señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina del Estado de Nuevo León, en la inteligencia de que en caso de no cumplir con esto último las demás notificaciones de carácter personal se le realizarán por medio de la tabla de avisos que se lleva en este Juzgado, lo anterior conforme a lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el estado de Nuevo León. Doy fe. Monterrey, Nuevo León, a 25 de mayo de 2021.

NORA PATRICIA GARZA VILLANUEVA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DEL JUICIO FAMILIAR ORAL

EDICTO

123058

A LA CIUDADANA: HILDA ANGÉLICA OVIEDO MORÍN DOMICILIO:

IGNORADO. En fecha dieciséis de junio de dos mil veintiuno, deducido del expediente número 1097/2019, relativo al juicio sucesorio de intestado a bienes de Sergio Alberto Torres Cruz ante este Juzgado Primero de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, se ordenó que, sea emplazada a juicio como lo prevé el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de Nuevo León, es decir, por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial del Estado y Periódico “El Porvenir” que se editan en esta Entidad, con la intención de llamarla a juicio y hacerla sabedora del mismo, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación ordenada en el proveído de fecha dieciséis de junio del año en curso, manifieste si es su voluntad deducir los derechos hereditarios que le pidieran corresponder dentro de esta sucesión, o bien haga valer lo conducente en derecho; en la inteligencia de que, la notificación así realizada, surtirá sus efectos a los diez días contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos que se ordenan.

De igual forma, se le previene para que, señale domicilio para oír y recibir notificaciones, en cualquiera de los siguientes municipios:

Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García, Santa Catarina y García, del Estado de Nuevo León, apercibida de que, en caso de no hacerlo así, las notificaciones de carácter personal, se le harán por medio de instructivo que se fije en la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en este Juzgado Familiar, según lo prevé el numeral 68 del ordenamiento procesal civil en comento, en relación con el contenido

del acuerdo general número 6/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura relativo a las reglas para señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar de residencia del Juzgado que conozca del juicio o en cualquier otro que integre la zona metropolitana de Monterrey, por lo que hace a los asuntos en materia familiar. Doy fe.- San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a seis de julio de 2021.

AÍDA MARYSOL VALDÉS ULLOA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123059

En fecha 1° primero de julio de 2021 dos mil veintiuno, en este Juzgado Décimo Segundo de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado, se admitió a trámite el incidente sobre pago de pensión alimenticia compensatoria promovido por Martha Guadalupe Rodríguez Vega en contra de Antonio José Toscano Moreno derivado del expediente 16/2020, relativo al Juicio oral sobre divorcio incausado que promoviera Martha Guadalupe Rodríguez Vega, en contra de Antonio José Toscano Moreno; ordenándose emplazar a Antonio José Toscano Moreno, por medio de edictos, que se publiquen por "3 tres veces" consecutivas, en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial del Estado y en el periódico "El Porvenir" que se editan en esta ciudad, para que dentro del término de 3 tres días comparezca ante este tribunal a dar contestación por escrito y manifieste lo que a su derecho convenga; en la inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los "10 diez días" contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando en la secretaría del juzgado las copias simples de la demanda incidental y documentos anexados para su instrucción;

previniéndosele para que dentro de igual término, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García, y Santa Catarina; apercibido de que en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales que no se le practiquen en las audiencias que se verifiquen en el procedimiento, se le harán por medio de la tabla de avisos electrónica correspondiente a este juzgado, conforme al artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.

Monterrey, Nuevo León, a 6 seis de julio de 2021 dos mil veintiuno.

MARLENE MORENO TOLENTINO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO DECIMOSEGUNDO DEL JUICIO FAMILIAR ORAL

EDICTO

123061

A Alma Liliana Carrizales Aguilera, con domicilio ignorado. En fecha 12 doce de enero de 2021 dos mil veintiuno, se admitió en este Juzgado Cuarto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, con el expediente judicial número 1155/2020, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Osvaldo Castillo Velázquez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Alma Liliana Carrizales Aguilera, y mediante auto de fecha 28 veintiocho de junio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a Alma Liliana Carrizales Aguilera, por medio de edictos que deberán de publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, así como en cualquiera de los periódicos El Norte, El Porvenir, Milenio Diario o Periódico ABC, a elección de la parte actora. Quedando a su disposición en este juzgado las correspondientes copias de traslado. En la inteligencia que el emplazamiento hecho de esta manera surtirá sus efectos diez días después contados desde el siguiente de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a Alma Liliana Carrizales Aguilera para que señale

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domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, las pendientes y de carácter personal, se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se fijará en la tabla de avisos de este juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del código de procedimientos civiles.

ADÁN ISSAÍ CORTEZ DE LA CRUZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL

EDICTO

123066

AL CIUDADANO: DEMETRIO RODRÍGUEZ YLAVOIGNET.

DOMICILIO: IGNORADO. En fecha 23 veintitrés de junio del año 2021 dos mil veintiuno, en el expediente judicial número 2414/2020, relativo al juicio especial sobre rectificación o modificación de acta del Registro Civil, promovido por la ciudadana Patricia del Socorro Rodríguez Lares, en contra de Oficial Primero del Registro Civil con residencia en Apodaca, Nuevo León, ante este Juzgado Virtual de lo Familiar en el Estado, se ordenó la publicación de un edicto por 3 tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial del Estado, y periódico El Porvenir, ordenándose emplazar al ciudadano Demetrio Rodríguez Ylavoignet, para que dentro del término de 10 diez días comparezca ante este juzgado a realizar su contestación y ofrecer sus elementos de prueba por medio electrónico, apercibiéndola además de que de no ser presentada la contestación, se le tendrá por hecha en sentido negativo, tal y como lo dispone el artículo 631 del Código Procesal en vigor; además hágasele saber que se tendrá por no contestada la demanda cuando el escrito de contestación no reúna los requisitos establecidos en los artículos 630 y 631 de dicho Código, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 957 Bis I de dicho Ordenamiento Legal.

También, se le comunica que, en caso de encontrarse de acuerdo con el trámite del presente juicio, podrá así manifestarlo y se continuará con el procedimiento contemplado en el numeral 957 del ordenamiento procesal civil en consulta. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma, comenzará a surtir sus efectos a los diez días contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena; aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la Secretaría de este Juzgado, a disposición de la parte demandada para que se imponga de ellos. Asimismo, se apercibe al ciudadano Demetrio Rodríguez Ylavoignet, a fin de que señale domicilio en cualquiera de los municipios del Estado de Nuevo León, apercibido de que, en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal, se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se fijen en la tabla de avisos de este Juzgado, según lo prevé el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, en relación con el contenido del acuerdo general número 6/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura. Doy Fe.- Monterrey, Nuevo León a 6 seis de julio del 2021 dos mil veintiuno.

CECILIA CAROLINA ZAVALA RUGERIO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO VIRTUAL DE LO FAMILIAR

EDICTO

123073

EDICTO A la ciudadana Samantha Lee Marentes. Domicilio:

Ignorado. Con fecha 06 seis de agosto de 2020 dos mil veinte, se admitió en este Juzgado Quinto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, el expediente judicial número 108/2020 relativo al juicio sucesorio de intestado a bienes de Fernando Lee Herbert, ordenándose mediante auto fechado el 12 doce de mayo del año en curso, notificar a la ciudadana Samantha Lee Marentes, mediante la

publicación de edictos por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, Periódico El Porvenir y el Periódico Oficial en el Estado. a fin de que dentro del improrrogable término de 3 tres días acuda al local de éste juzgado a manifestar lo que a sus derechos corresponda;

aclaración hecha de que la notificación realizada en tal forma, surtirá sus efectos a los diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición de los autos mencionados, las copias simples de la solicitud y demás documentos acompañados, para su debida instrucción. Asimismo, prevéngase a la ciudadana Samantha Lee Marentes, a fin de que señale domicilio convencional para efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones, en los términos que señala el numeral 68 del Código Adjetivo a la materia, apercibiendo a dicha persona, que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal, se le realizarán por medio de instructivo fijado en la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en este Juzgado, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el dispositivo legal en comento

IVONNE ALEJANDRA LANDEROS PONCE C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO

FAMILIAR

EDICTO

123076

A Julieta del Carmen Alfaro García Domicilio: Ignorado. Que dentro de los autos que integran el expediente judicial número 654/2020, relativo al juicio ordinario civil sobre recisión de contrato promovido por Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a fin de promover juicio ordinario civil en contra de Julieta del Carmen Alfaro García, dentro del índice de este Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, en fecha 20 veinte de octubre del 2020 dos mil veinte, se admitió a trámite la demanda propuesta, cuyas prestaciones se advierten del escrito inicial, el cual se encuentra a su disposición en el local de este juzgado para los efectos legales correspondientes en las copias de traslado respectivo. Por lo que se hace constar que por auto de fecha 27 veintisiete de abril del 2021 dos mil veintiuno, se ordenó el emplazamiento de Julieta del Carmen Alfaro García, por medio de edictos que se deberán publicar por 3 tres veces consecutivas en el periódico oficial de Estado, en el Boletín Judicial, así como por el periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último para el efecto de hacer la publicación en el diario el Porvenir, en el Periódico el Norte, Periódico Milenio Diario o en el ABC de Monterrey, publicación la anterior que surtirá sus efectos a los 10 diez días contados al día siguiente en que se haga la última, concediéndose un término de 9 nueve días a fin de que ocurra a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere; debiéndose prevenir para que señale domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones;

bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones que deban realizarse, aun las de carácter personal, se le harán conforme a las reglas para las notificaciones no personales, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado. Por lo que como se dijera quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado correspondientes en la Secretaría de este Juzgado.- Doy Fe.

LICENCIADO JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO

EDICTO

123095

Se señalan las 13:30 trece horas con treinta minutos del 25 veinticinco de agosto de 2021 dos mil veintiuno, a fin de que tenga verificativo en el local de este juzgado, la audiencia de remate en pública subasta y primera almoneda, respecto del bien inmueble, consistente en: UNIDAD EN REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO HORIZONTAL, UBICADA EN LA MANZANA 383,

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DEL LOTE 9, DEL FRACCIONAMIENTO FUENTES DE CASTILLA, 1ER. SECTOR, EN EL MUNICIPIO DE SALINAS VICTORIA, NUEVO LEON, QUE SE DESCRIBE COMO SIGUE: VIVIENDA B, ubicada en calle Jaén, marcado con el número oficial 129- B (ciento veintinueve guion B) en el Fraccionamiento FUENTES DE CASTILLA, 1ER.

SECTOR, en el municipio de Salinas Victoria, Nuevo León. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: AL NOROESTE con calle Paseo de la Fuentes; AL ESTE con Derecho de Paso Peatonal; AL SURESTE con Propiedad Privada; AL OESTE con Propiedad Privada. La vivienda consta en Planta Baja de sala, comedor, cocina, ½ baño, escalera y estacionamiento cubierto con una superficie de 33.88 m2 (treinta y tres punto ochenta y ocho metros cuadrados), en Planta Alta de 2 recamaras, baño, escalera y volado con una superficie de 34.65 m2 (treinta y cuatro punto sesenta y cinco metros cuadrados), Patio y Acceso Descubiertos Vivienda “B”

con una superficie de 31.51 m2 (treinta y uno punto cincuenta y un metros cuadrados), y Estacionamiento Descubierto Exclusivo Vivienda “B” con una superficie de 4.61m2 (cuatro punto sesenta y un metros cuadrados). Medidas y colindancias de la VIVIENDA PLANTA BAJA Y ESTACIONAMIENTOCUBIERTO “B”: del punto 22(veintidós) al punto 15(quince) mide 8.60m (ocho metros sesenta centímetros) a colindar con Estacionamiento Cubierto Vivienda “A” y Vivienda “A”; del punto 15(quince)al punto 16(dieciséis) mide 0.975m (novecientos setenta y cinco milímetros) a colindar con Acceso y Patio Descubiertos Vivienda “B”; del punto 16(dieciséis) al punto 17(diecisiete) mide 1.05m (un metro cinco centímetros) a colindar con Acceso y Patio Descubiertos Vivienda “B”; de punto 17 (diecisiete) al punto 18(dieciocho) mide 3.00m (tres metros) a colindar con Acceso y Patio Descubiertos Viivenda “B”; del punto 18(dieciocho) al punto 19(diecinueve) mide 6.20m (seis metros veinte centimetros) a colindar con Acceso y Patio Descubierto Vivienda “B”; del punto 19(diecinueve) al punto 20 (veinte) mide 1.00m (un metro) a colindar con Acceso Y Patio Descubiertos Vivienda “B”; del punto 20(veinte) al punto 23(veintitres) mide 3.45m (tres metros cuarenta y cinco centímetros) a colindar con Acceso y Patio Descubiertos Vivienda

“B”, del punto 23 (vientitres) al punto 22(veintidós) mide 2.975m (dos metros novecientos setenta y cinco milímetros) a colindar con Estacionamiento Descubierto Exclusivo Vviienda “B”. VIVIENDA PLANTA ALTA Y VOLADO “B”; del punto 22(veintidós) al punto 15(quince) mide 8.60m (ocho metros sesenta centímetros) a colindar con Vivienda “A”; del punto 15(quince) al punto 16 (dieciséis) mide 0.975m (novecientos setenta y cinco milímetros) a colindar con Vacio; del punto 16(dieciséis) al punto 17(diecisiete) mide 1.05m (un metro cinco centímetros) a colindar con vacio; del punto 17(diecisiete) al punto 27(veintisiete) mide 3.15m (tres metros quince centímetros) a colindar con vacio; del punto27 (veintisiete) al punto 28 (veintiocho) mide 5.08m (cinco metros ocho centímetros) a colindar con Vacio; del punto 28(veintiocho) al punto 29(veintinueve) mide 0.15m (quince centímetros) a colindar con vacio; del punto 29 (veintinueve) al punto 19(diecinueve) mide 1.12m (un metro doce centímetros) a colindar con vacio; del punto 19(diecnueve) al punto 20(veinte) mide 1.00m (un metro) a colindar con vacio; del punto 20(veinte) al punto 23(veintitrés) mide 3.45m (tres metros cuarenta y cinco centímetros) a colindar con vacio; del punto 23(veintitrés) al punto 22(veintidós) mide 2.975m (dos metros novecientos setenta y cinco centímetros) a colindar con Vacio. ---- ACCESO Y ATIO DESCUBIERTO VIVIENDA “B” con las siguientes y medidas y colindancias: del punto 2(dos) al punto 3(tres) mide 5.00m(cinco metros) a colindar con Propiedad Privada; del punto 3 (tres) al punto 4(cuatro) mide 14.00m (catorce metros) a colindar con Acceso y Patio Descubiertos Vvienda “A” contigua; del punto 4(cuatro) al punto 5(cinco) mide 2.025m (dos metros veinticinco milímetros) a colindar con calle Jaen; del punto 5(cinco) al punto 20(veinte) mide 5.00m (cinco metros) a colindar con Estacionamiento Descubierto Exclusivo Vivienda “B” y Estacionamiento Cubierto Vivienda “B”; del punto 20(veinte) al punto19(diecinueve) mide 1.00m (un metro) a colindar con Vivienda “B” del punto 19(diecinueve) al punto 18(dieciocho mide 6.20m (seis metros) veinte centmietros) a colindar con vivienda “B”;

del punto 18(dieciocho) al punto 17(dieicsiete) mide 3.00m (tres metros) a colindar con Vivienda “B”; del punto 17 (diecisieite) al punto 16(dieciséis); mide 1.05m (un metro cinco centímetros) a colindar con Vvienda “B”; del punto 16 (dieseis) al punto 15(quince) mide 0.75m (novecientos setenta y cinco milímetros) a colindar con vivienda “B” ; del punto 15(quince) al punto 2(dos) mide 3.85m(tres metros ochenta

y cinco centímetros) a colindar con Acceso y Patio Descubierto Viviendos Vviienda “A”. ESTACIONAMIENTO DESCUBIERTO EXCLUSIVO VIVIENDA “B” con las siguientes medias y colindancias:

del punto 6(seis) al punto 22(veintidós) mide 1.55m (un metro cincuenta y cinco centímetros) a colindar con Estacionamiento Descubierto Exclusivo Vivienda “A”; del punto 22 (veintidos) al punto 23(veintitrés) mide 2.975 (dos metros novecientos setenta y cinco milímetros) a colindar con Estacionamiento cubierto Vivienda “B”; del punto 23(veintitrés) al punto 5(cinco) mide 1.55m (un metro cincuenta y cinco centimetos) a colindar con Acceso y Patio Descubiertos Vivienda “B”, del punto 5(cinco) a punto 6(seis) mode 2.975m (dos metros novecientos setenta y cinco milímetros) a colindar con Calle Jaén. a dicho inmueble le corresponde un indiviso para bienes de uso común de 50.00% (cincuenta por ciento) correspondiente al ESTACIONAMIENTO DESCUBIERTO EXCLUSIVO, y el expediente catastral 26-383-114. En la inteligencia que los datos de registro de dicho bien inmueble son: Número 86 Volumen 85 Libro 4 Sección Propiedad, Unidad SALINAS VICTORIA, de fecha 15 de ENERO del año 2015. Al efecto, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse dos veces, una cada tres días en cualquiera de los periódicos El Norte, El Porvenir, Milenio Diario o Periódico ABC, a elección del ejecutante en el Boletín Judicial y en los estrados de este juzgado lo anterior a fin de convocar por este medio a postores. Siendo el valor del bien inmueble antes mencionado, la cantidad de $ 334,000.00 (trescientos treinta y cuatro mil pesos 00/100 moneda nacional) de acuerdo al avaluó pericial que obra en autos fijándose como postura legal para dicho bien la

cantidad de $

222,666.66 (doscientos veintidós mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes del valor del bien inmueble a rematar, en términos del artículo 534 del código de procedimientos civiles. Para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente en la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado, una cantidad igual por los menos al 10% diez por ciento efectivo del valor de los bienes que sirva de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos, la cual se devolverá a sus respectivos dueños acto continuo al remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservara en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y en su caso como parte del precio de la venta, lo anterior de conformidad con el artículo 535 del código de procedimientos civiles. En el entendido que, desde que se anuncia el remate y durante este se pondrán de manifiesto los planos que hubiere y estará a la vista el avaluó, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 538 del código de procedimientos civiles. Al efecto, en la secretaria de este juzgado se proporcionará mayor información a los interesados, el bien inmueble antes descrito fue otorgado en garantía dentro del expediente judicial número 1014/2020, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Karlo Garza Rosales, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de ANGELICA MARÍA MARTÍNEZ MORENO

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

123097

A LA C. DEYANIRA NOHEMÍ CITAL MEDINA. CON DOMICILIO DESCONOCIDO. SE HACE SABER LO SIGUIENTE; QUE EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO SE RADICÓ EL EXPEDIENTE 3/2021, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL PROMOVIDO POR EL INSTITUTO DELFONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN CONTRA DE USTED, Y UNA VEZ REALIZADA UNA REVISION MINUCIOSA DE LAS ACTUACIONES QUE INTEGRAN EL PRESENTE ASUNTO, ESPECIFICAMENTE

LOS INFORMES RENDIDOS POR LAS DIVERSAS

DEPENDENCIAS QUE LLEVARON ACABO LA BUSQUEDA Y LOCALIZACION DE LA PARTE DEMANDADA, SE ADVIERTE QUE SE OBTUVIERON RESULTADOS DESFAVORABLES Y POR AUTO

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DE FECHA 28 VEINTIOCHO DE JUNIO DE 2021 DOS MIL VEINTIUNO, ORDENA QUE LA CITADA DEMANDADA SEA EMPLAZADA POR MEDIO DE EDICTOS, MISMOS QUE DEBERAN DE PUBLICARSE 3 VECES CONSECUTIVAS, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO, EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION (A ELECCION DEL ACCIONANTE) SIENDO ESTOS, "EL NORTE", "EL PORVENIR", "MILENIO", "ABC", QUE SE EDITAN EN ESTA CIUDAD, ASI COMO EN EL BOLETIN JUDICIAL, PARA EFECTO DE QUE DENTRO DEL TERMINO DE 09 NUEVE DIAS PRODUZCAN SU CONTESTACION A LA DEMANDA INTERPUESTA EN SU CONTRA, QUEDANDO A SU DISPOSICION EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO LAS COPIAS DE TRASLADO RESPECTIVAS, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 73 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE NUEVO LEON. EN LA INTELIGENCIA DE QUE EL EMPLAZAMIENTO HECHO DE ESTA MANERA SURTIRA SUS EFECTOS 10 DIEZ DIAS DESPUES, CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE A LA ULTIMA PUBLICACION. FINALMENTE, PREVENGASE A LA PARTE DEMANDADA, POR EL CONDUCTO ANTES MENCIONADO, PARA QUE SEÑALE DOMICILIO EN CUALQUIERA DE LOS MUNICIPIOS DE APODACA, GENERAL ESCOBEDO, GUADALUPE, MONTERREY, SAN NICOLAS DE LOS GARZA, SAN PEDRO GARZA GARCIA Y SANTA CATARINA, NUEVO LEON, PARA LOS EFECTOS DE OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES. BAJO EL APERCIBIMIENTO DE QUE EN CASO DE NO HACERLO ASI, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE LE PRACTICARAN POR MEDIO DE INSTRUCTIVO QUE SE FIJE EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, ACORDE AL NUMERAL 68 DEL CODIGO ADJETIVO CIVIL.

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

123098

Se señalan las 12:00 doce horas del 24 veinticuatro de septiembre de 2021 dos mil veintiuno, a fin de que tenga verificativo en el local de este juzgado, la audiencia de remate en pública subasta y primera almoneda, respecto del bien inmueble, consistente en: “Lote de terreno marcado con el numero 216 doscientos dieciséis de la manzana número 17 diecisiete del Fraccionamiento BALCONES DEL NORTE, Primer Sector, ubicado en el municipio de Escobedo, Nuevo León, el cual tiene una superficie de 90.00 M2 (NOVENTA METROS CUADRADOS) con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, mide 6.00 metros a dar frente a la calle Misericordia; AL SUR, mide 6.00 metros a colindar con el lote 225; AL ORIENTE, mide 15.00 metros a colindar con el lote 217; y AL PONIENTE, mide 15.00 metros a colindar con el lote 215. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: AL NORTE, Misericordia: AL SUR, Amparo: AL ORIENTE, Av. Balcones del Norte; y AL PONIENTE, Limite de Fraccionamiento. Teniendo como mejoras la finca marcada con el número 108 ciento ocho de la calle Misericordia del Fraccionamiento antes mencionado. En la inteligencia que los datos de registro de dicho bien inmueble son:

Número 2888 Volumen 73 Libro 72 Sección Propiedad, Unidad Escobedo, de fecha 04 de octubre del año 2004. Al efecto, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse dos veces, una cada tres días en cualquiera de los periódicos El Norte, El Porvenir, Milenio o ABC, a elección del ejecutante, así como en el Boletín Judicial y en los estrados de este juzgado lo anterior a fin de convocar por este medio a postores.

Siendo el valor del bien inmueble antes mencionado, la cantidad de $ 421,000.00 (cuatrocientos veintiun mil pesos 00/100 moneda nacional) de acuerdo al avaluó pericial que obra en autos fijándose como postura legal para dicho bien la cantidad de $ 280,666.66 (doscientos ochenta mil seiscientos sesenta y seis p esos 66/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes del valor del bien inmueble a rematar, en términos del artículo 534 del código de procedimientos civiles. Para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente en la

Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado, una cantidad igual por los menos al 10% diez por ciento efectivo del valor de los bienes que sirva de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos, la cual se devolverá a sus respectivos dueños acto continuo al remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservara en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y en su caso como parte del precio de la venta, lo anterior de conformidad con el artículo 535 del código de procedimientos civiles. En el entendido que, desde que se anuncia el remate y durante este se pondrán de manifiesto los planos que hubiere y estará a la vista el avaluó, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 538 del código de procedimientos civiles. Al efecto, en la secretaria de este juzgado se proporcionará mayor información a los interesados, el bien inmueble antes descrito fue otorgado en garantía dentro del expediente judicial número 692/2019, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Karlo Garza Rosales, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Marcelino Santiago de la Vega.

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

123114

EDICTO A las 13:30 trece con treinta minutos del día 13 trece de agosto del año 2021 dos mil veintiuno, en el local de este Juzgado Segundo Mixto de lo Civil y Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en la ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, dentro de los autos del expediente judicial número 564/2018 relativo al juicio ordinario civil promovido por Karlo Garza Rosales apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de José Ángel Álvarez Carrillo, se ordenó sacar a remate en pública subasta y primera almoneda el bien inmueble otorgado en garantía hipotecaria en primer lugar y grado dentro del contrato base de la acción consistente en: LOTE 78 (SETENTA Y OCHO).- MANZANA 219 (DOSCIENTOS DIECINUEVE).- VIVIENDA “B”: UBICADA EN LA PLANTA ALTA DE LA CALLE OLIVO NÚMERO 123 CIENTO VEINTITRÉS B, DEL FRACCIONAMIENTO “MIRADOR DEL PARQUE”, EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN. LA MANZANA DE REFERENCIA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AV. FLOR DE LOTO, AL NORESTE; OLIVO: AL SURESTE; ÁREA MUNICIPAL NÚMERO 2 (DOS), AL SUROESTE, Y LÍMITE DEL FRACCIONAMIENTO, AL NOROESTE. LA VIVIENDA CONSTA DE SALA, COCINA- COMEDOR, DOS RECAMARAS; Y UN BAÑO COMPLETO, TENIENDO UNA SUPERFICIE TOTAL TECHADA DE 42.25 M2 (CUARENTA Y DOS METROS VEINTICINCO CENTÍMETROS CUADRADOS); PATIO, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 5.71 M2 (CINCO METROS SETENTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS);

UN CAJÓN DE ESTACIONAMIENTO, EL CUAL TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE 15.00 M2 (QUINCE METROS CUADRADOS); Y UN ALERO DE CONCRETO DE 0.60 (SESENTA CENTÍMETROS CUADRADOS).- LAS MEDIDAS Y COLINDANCIAS DE LA VIVIENDA “B” SON: AL SURESTE, MIDE 3.463M. (TRES METROS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MILÍMETROS) COLINDANDO CON VACÍO; DE ESTA PUNTO Y HACIA EL SURESTE, MIDE 0.650 M (SEISCIENTOS CINCUENTA MILÍMETROS)COLINDANDO CON VACÍO; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SURESTE, MIDE 1.637 M (UN METRO SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MILÍMETROS) COLINDANDO CON VACÍO; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NORESTE, MIDE 3.445M (TRES METROS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON ESCALERA DESCUBIERTA; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SURESTE, MIDE 0.900 M (NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON ESCALERA DESCUBIERTA; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NORESTE, MIDE 4.655 M. (CUATRO METROS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA "D"; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NOROESTE, MIDE 3.780 M (TRES METROS SETECIENTOS

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OCHENTA MILÍMETROS) COLINDANDO CON VACÍO; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SUROESTE, MIDE 0.450M.

(CUATROCIENTOS CINCUENTA MILÍMETROS) COLINDANDO CON VACÍO; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NOROESTE, MIDE 2.220 M. (DOS METROS DOSCIENTOS VEINTE MILÍMETROS) COLINDANDO CON VACÍO; Y DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SUROESTE, MIDE 7.000 M. (SIETE METROS) COLINDANDO CON EL LOTE NUMERO 79 (SETENTA Y NUEVE). LAS MEDIDAS Y COLINDANCIAS DEL PATIO "B" SON: AL SURESTE, MIDE 2.802 M. (DOS METROS OCHOCIENTOS DOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA "A"; AL NORESTE, MIDE 0.915 M (NOVECIENTOS QUINCE MILÍMETROS) COLINDANDO CON PASILLO COMÚN PROINDIVISO (DESCUBIERTO); DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SURESTE, MIDE 0.390 M. (TRESCIENTOS NOVENTA MILÍMETROS) COLINDANDO CON PASILLO COMÚN PROINDIVISO (DESCUBIERTO); DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NORESTE, MIDE 0.985 M. (NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON EL PATIO "D"; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NOROESTE, MIDE 3.193 M. (TRES METROS CIENTO NOVENTA Y TRES MILÍMETROS) COLINDANDO CON LÍMITE DEL FRACCIONAMIENTO; Y AL SUROESTE, MIDE 1.900 M . (UN METRO NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON EL PATIO 'A".- LAS MEDIDAS Y COLINDANCIAS DEL ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN "B": EN ESTA ÁREA CONSISTE EN EL ESTACIONAMIENTO IDENTIFICADO COMO CAJÓN "B", TENIENDO UNA SUPERFICIE TOTAL DE 15.00 M2 (QUINCE METROS CUADRADOS). LAS MEDIDAS Y COLINDANCIAS SON LAS SIGUIENTES: AL SURESTE, MIDE 2.895 M. (DOS METROS OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILÍMETROS) DANDO FRENTE A LA CALLE OLIVO; AL NORESTE, MIDE 5.000 M.

(CINCO METROS) COLINDANDO CON ÁREA COMÚN PROINDIVISO (DESCUBIERTA) Y CON ESCALERA DESCUBIERTA; AL NOROESTE, MIDE 2.087 M. (DOS METROS OCHENTA Y SIETE MILÍMETROS) COLINDANDO CON ESCALERA DESCUBIERTA Y CON LA VIVIENDA "A"; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NORESTE, MIDE 0.650 M. (SEISCIENTOS CINCUENTA MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA "A"; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NOROESTE, MIDE 0.808 M. (OCHOCIENTOS OCHO MILÍMETROS COLINDANDO CON LA VIVIENDA "A"; Y AL SUROESTE, MIDE 5.650 M. (CINCO METROS SEISCIENTOS CINCUENTA MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN “A”. ÁREAS DE USO COMÚN PROINDIVISAS.

SERÁN ÁREAS DE USO COMÚN PROINDIVISAS LAS SIGUIENTES: A).- LA CIMENTACIÓN, LOSAS, ESTRUCTURAS Y MUROS QUE CORRESPONDAN A MUROS DIVISORIOS DE LAS ÁREAS PRIVATIVAS Y PATIOS. B).- LAS ÁREAS QUE SE MENCIONAN EN EL PLANO CORRESPONDIENTE, MISMAS QUE SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN: (I) ÁREA COMÚN PROINDIVISO (DESCUBIERTA): ESTA ÁREA DA FRENTE A LA CALLE OLIVO, MISMA QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 2.76 M2 (DOS METROS SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS CUADRADOS), TENIENDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL SURESTE, MIDE 0.900 M. (NOVECIENTOS MILÍMETROS) DANDO FRENTE A LA CALLE OLIVO; AL SUROESTE, MIDE 3.075 M (TRES METROS SETENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN “B”; AL NORESTE, MIDE 0.900 M.

(NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON ESCALERA DESCUBIERTA; Y AL NORESTE, MIDE 3.075 M. (TRES METROS SETENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN “D”. (II) PASILLO COMÚN PROINDIVISO (DESCUBIERTO): ESTA ÁREA TIENE UNA SUPERFICIE DE 0.82 M2 (OCHENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS), TENIENDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL SURESTE MIDE 0.900 M. (NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON PASILLO COMÚN PROINDIVISO DESCUBIERTO; AL SUROESTE, MIDE 0.915 M. (NOVECIENTOS QUINCE MILÍMETROS) COLINDANDO CON EL PATIO B, AL NOROESTE, MIDE 0.900 M.

(NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON PARTE DEL PATIO “B” Y CON PARTE DEL PATIO "D”; Y AL NORESTE, MIDE 0.915 M. (NOVECIENTOS QUINCE MILÍMETROS) COLINDANDO CON EL PATIO “D'. (III) ESCALERA DESCUBIERTA: ESTA ÁREA TIENE UNA SUPERFICIE DE 7.93 M2 (SIETE METROS NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS), TENIENDO LAS SIGUIENTE MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL SURESTE, MIDE

0.900 M. (NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA COMÚN PROINDIVISO (DESCUBIERTA); AL SUROESTE, MIDE 1.925 M. (UN METRO NOVECIENTOS VEINTICINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN “B";

DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SURESTE, MIDE 0.450 M.

(CUATROCIENTOS CINCUENTA MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN “A”; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SUROESTE, MIDE 3.445 M. (TRES METROS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA “A"; AL NOROESTE, MIDE 1.800 M. (UN METRO OCHOCIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA

“A", CON PASILLO COMÚN PROINDIVISO CUBIERTO Y CON LA VIVIENDA “C"; AL NORESTE, MIDE 3.445 M. (TRES METROS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA “C'; DE ESTE PUNTO Y HACIA EL SURESTE, MIDE 0.450M. (CUATROCIENTOS CINCUENTA MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN “D";

Y DE ESTE PUNTO Y HACIA EL NORESTE, MIDE 1.925 M. (UN METRO NOVECIENTOS VEINTICINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON ÁREA EXCLUSIVA CAJÓN “D”. (III) PASILLO COMÚN PROINDIVISO (CUBIERTO): ESTA ÁREA TIENE UNA SUPERFICIE DE 4.19 M2 (CUATRO METROS DIECINUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS), TENIENDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL SURESTE, MIDE 0.900 M (NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON ESCALERA DESCUBIERTA; AL SUROESTE, MIDE 4.655 M. (CUATRO METROS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA “A”; AL NOROESTE, MIDE 0.900 M. (NOVECIENTOS MILÍMETROS) COLINDANDO CON PASILLO COMÚN PROINDIVISO (DESCUBIERTO); Y AL NORESTE, MIDE 4.655 M. (CUATRO METROS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILÍMETROS) COLINDANDO CON LA VIVIENDA “C”. DE ESTAS ÁREAS PROINDIVISAS LE CORRESPONDE COMO PARTE ALÍCUOTA A LA VIVIENDA A, EL 24.552% (VEINTICUATRO PUNTO QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS POR CIENTO); A LA VIVIENDA B, EL 25.424% (VEINTICINCO PUNTO CUATROCIENTOS VEINTICUATRO POR CIENTO); A LA VIVIENDA C, EL 24.644% (VEINTICUATRO PUNTO SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO POR CIENTO); Y A LA VIVIENDA D, EL 25.380% (VEINTICINCO PUNTO TRESCIENTOS OCHENTA POR CIENTO). C).- LOS DEMÁS BIENES NO ASIGNADOS EN FORMA PRIVATIVA Y LOS QUE POR LEY, DESTINO O DEMÁS PARTES Y ÁREAS DE CONDOMINIO QUE POR SU CONDICIÓN INTRÍNSECA DEBAN CONSIDERARSE, EL LOTE ANTES DESCRITO TIENE COMO MEJORAS QUE LE PERTENECEN Y FORMAN PARTE DEL MISMO, LA FINCA MARCADA CON EL NÚMERO 123-B (CIENTO VEINTITRÉS GUION LETRA B), UBICADA EN LA CALLE OLIVO, DEL FRACCIONAMIENTO "MIRADOR DEL PARQUE", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN; y cuyos datos de registro son: Inscripción número 4980, Volumen 86, Libro 50, Sección Propiedad, Unidad Juárez de fecha 03 de julio del año 2013. Al efecto, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse por 02 dos veces una cada tres días, en el boletín judicial, en la tabla de avisos de este juzgado, así como en el periódico de elección de la parte actora pudiendo ser en su caso

“Milenio Diario”, “El Porvenir” o “El Norte”, (únicamente en los periódicos antes mencionados las publicaciones deberán efectuarse en días naturales respetando esa fórmula, luego que no existe impedimento para ello al no constituir una actuación judicial); en la tabla de avisos de este juzgado y boletín judicial, respetando esa fórmula en días hábiles, luego que al intervenir el Fedatario de la adscripción debe practicarse en esos días, en la inteligencia de que el primero de los anuncios habrá de publicarse el primer día del citado plazo y el segundo al tercer día siguiente; la almoneda que se ordena tendrá como base para el remate la cantidad de $271,000.00 (doscientos setenta y un mil pesos 00/100 moneda nacional), correspondiente al valor pericial arrojado por el avalúo rendido en juicio, siendo la postura legal la cantidad de $180,666.66 (ciento ochenta mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes de la cantidad anteriormente mencionada. Haciendo del conocimiento que a los interesados se les proporcionara mayor información en la Secretaría de éste Juzgado, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate un certificado de depósito que ampare el 10%

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diez por ciento de la suma que sirve como base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos en dicha subasta y además deberán manifestar en su escrito de comparecencia la postura legal que ofrece. Por otro lado, se hace de conocimiento de las partes, sus representantes o sus abogados, así como a los postores interesados, que debido a las acciones extraordinarias implementadas por la Secretaría de Salud en el Estado de Nuevo León, respecto al el fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19), quedan obligado a observar todas las medidas y recomendaciones del sector salud relacionadas con la emergencia sanitaria generado por dicha pandemia, tales como la revisión de temperatura corporal al momento de entrar a las instalaciones de dicho Recinto Judicial, aplicarse gel antibacterial, el uso adecuado cubre bocas, durante el desahogo de la diligencia.- Doy fe.-

MANUEL ABRAHAM PÁMANES VÁZQUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL QUINTO

DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

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EDICTO A las 13:30 trece con treinta minutos del día 30 treinta de agosto del 2021 dos mil veintiuno, en el local de este Juzgado Segundo Mixto de lo Civil y Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en la ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, mediante proveído dictado en fecha 29 veintinueve de junio del año 2021 dos mil veintiuno, dentro de los autos del expediente judicial número 1141/2012 relativo al juicio ordinario civil sobre acción reivindicatoria promovido actualmente por Fabrizio Herrera González, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada Proto Inmuebles, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Roberto Verde Cuenca, se ordenó el remate en pública subasta y primera almoneda del bien inmueble embargado en autos; advirtiéndose del certificado de libertad de gravamen el cual obra agregado al sumario, la siguiente anotación:

“CADERYTA JIMENEZ, NUEVO LEON 22-OCTUBRE-2019. Por oficio N°399/CJ/2019, de fecha 15 de Octubre de 2019, turnado por el Director General del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, en relación al oficio N°. 2557/2019 de fecha 07 de Octubre de 2019, girado por el Juzgado Segundo Mixto de lo Civil y Familiar del Quinto Distrito Judicial deducido del Expediente Judicial 1395/2011, relativo al Juicio Ordinario Civil sobre acción reivindicatoria promovido por Jose Guadalupe Medina López, en su carácter de Apoderado Jurídico para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada Proto Inmuebles, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Mario García Quintana y Elsa Yolanda Dávila López, así como en vía de reconvención el Juicio Ordinario Civil sobre nulidad de escritura, promovido por Mario García Quintana y Elsa Dávila López de García, en contra de Proto Inmuebles S.A DE C.V., Alma Gloria Garza Cerros, Dora Virginia Garza Cerros, Juan Carlos Andrade Gomez, Octavio Garza Cerros, Imelda Yolanda Salas Covarrubias y Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Segundo Distrito Registra! de! Estado, se ordena el cumplimiento. A la ejecutoria dictada en fecha 06 de septiembre de 2018. Y en cumplimiento a lo Ordenado, Se CANCELA PARCIALMENTE, la presente inscripción, esto en lo que respecta a la descripción del Inmueble. Ver N°. 650, Volumen 49, Libro 13, Auxiliar.” Así, como el antecedente de la compra efectuada por Proto Inmuebles, Sociedad Anónima de Capital Variable, con lo antes plasmado, la descripción del bien inmueble objeto del remate es la siguiente: Lote de terreno ubicado en la Ex comunidad de Rancho Viejo de Ciudad Benito Juárez, Nuevo León, con una superficie total de (32,280.28 m2) treinta y dos mil ochenta metros veintiocho centímetros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste del punto 1 al punto 2 mide 70.77 y del punto 2 al 3 mide (43.18) cuarenta y tres metros dieciocho centímetros por donde colinda y da frente al camino de los espinos;

al Nor-Oeste del punto 3 al punto 4 mide 74.82 setenta y cuatro metros ochenta y dos centímetros; del punto 4 al punto mide 106.06

ciento seis metros seis centímetros; y del 5 al punto 6 mide 45.46 cuarenta y cinco metros cuarenta y seis centímetros, colindando por estos puntos con la propiedad del señor Tomas Olvera Silva; al Sur- Oeste del punto 6 al punto 7 mide 37.87 treinta y siete metros ochenta y siete centímetros, del punto 7 al punto 8 mide 31.28 treinta y un metros treinta y ocho centímetros, del punto 8 al punto 9 mide 22.49 veintidós metros cuarenta y nueve centímetros, del punto 9 al punto 10 mide 39.62 treinta y nueve metros sesenta y dos centímetros, colindando por estos puntos con propiedad de Gabriela Elizondo; al Sur-Este, del punto 10 al punto 11 mide 59.69 cincuenta y nueve metros sesenta y nueve centímetros; del punto 11 al punto 12 mide 32.79 treinta y dos metros setenta y nueve centímetros, del punto 12 al punto 13 mide 29.26 veintinueve metros veintiséis centímetros; y del punto 13 al punto 1 para cerrar el polígono mide 160.32 ciento sesenta metros treinta y dos centímetros, estos puntos colinda y da frente al camino a San Roque; y cuyos datos de registro son: Inscripción número 2221, Volumen 83, Libro 23, Sección I Propiedad, Unidad Juárez de fecha 22 de marzo del año 2010. Al efecto, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse por 02 dos veces una cada tres días, en el boletín judicial, en la tabla de avisos de este juzgado, así como en el periódico de elección de la parte actora pudiendo ser en su caso

“Milenio Diario”, “El Porvenir” o “El Norte”, (únicamente en los periódicos antes mencionados las publicaciones deberán efectuarse en días naturales respetando esa fórmula, luego que no existe impedimento para ello al no constituir una actuación judicial); en la tabla de avisos de este juzgado y boletín judicial, respetando esa fórmula en días hábiles, luego que al intervenir el Fedatario de la adscripción debe practicarse en esos días, en la inteligencia de que el primero de los anuncios habrá de publicarse el primer día del citado plazo y el segundo al tercer día siguiente; la almoneda que se ordena tendrá como base para el remate la cantidad de

$25’150,000.00 (veinticinco millones ciento cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional), correspondiente al valor pericial arrojado por el avalúo rendido en juicio por el perito tercero en discordia el Ingeniero Roberto Silva Guzmán, siendo la postura legal la cantidad de $16’766,666.66 (dieciséis millones setecientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes de la cantidad anteriormente mencionada. Haciendo del conocimiento que a los interesados se les proporcionara mayor información en la Secretaría de éste Juzgado, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate un certificado de depósito que ampare el 10%

diez por ciento de la suma que sirve como base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos en dicha subasta y además deberán manifestar en su escrito de comparecencia la postura legal que ofrece. Por otro lado, se hace de conocimiento de las partes, sus representantes o sus abogados, así como a los postores interesados, que debido a las acciones extraordinarias implementadas por la Secretaría de Salud en el Estado de Nuevo León, respecto al el fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19), quedan obligado a observar todas las medidas y recomendaciones del sector salud relacionadas con la emergencia sanitaria generado por dicha pandemia, tales como la revisión de temperatura corporal al momento de entrar a las instalaciones de dicho Recinto Judicial, aplicarse gel antibacterial, el uso adecuado cubre bocas, durante el desahogo de la diligencia.- Doy fe.-

MANUEL ABRAHAM PÁMANES VÁZQUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL QUINTO

DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

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E D I C T O Al ciudadano Juan Antonio Guardiola Flores. Domicilio Ignorado. En el Juzgado Octavo de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado, por auto del 2 dos de agosto de 2019 dos mil diecinueve, se admite a trámite el procedimiento de emisión de la declaratoria de ausencia por desaparición que promueve Claudia

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