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DOCUMENTO BASE PARA LA DISCUSIÓN DISPOSICIONES SOBRE COMERCIO Y GÉNERO (PILAR COMERCIAL)

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Academic year: 2022

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DOCUMENTO BASE PARA LA DISCUSIÓN

DISPOSICIONES SOBRE COMERCIO Y GÉNERO (PILAR COMERCIAL)

• El Acuerdo de Asociación existente entre Chile y la Unión Europea1 ya aborda en su pilar político y de cooperación la cuestión de género y habla de contribuir a mejorar la participación equitativa de hombres y mujeres en todos los sectores de la vida política, económica, social y cultural. En este contexto, la Unión Europea y Chile regularmente llevan a cabo un Diálogo de Derechos Humanos donde se discuten importantes temas como violencia de género, entre otros. La UE y Chile también cooperan plenamente en los foros multilaterales sobre protección de los derechos humanos.

• No obstante, al igual que en otros ámbitos, en el comercio exterior aún existen enormes brechas en la participación de mujeres y hombres. De acuerdo con las cifras de DIRECON, del total de exportaciones realizadas en 2016, solo un 3% corresponde a empresas lideradas por mujeres. De las exportaciones de las empresas lideradas por mujeres en el año 2016, el 83% eran alimentos2.

1 Texto completo del Acuerdo de Asociación de 2002 entre Chile y la Unión Europea:

http://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:f83a503c-fa20-4b3a-9535- f1074175eaf0.0004.02/DOC_2&format=PDF

2 https://www.direcon.gob.cl/wp-content/uploads/2017/10/Primera-Radiograf%C3%ADa- Mujeres-en-las-exportaciones-de-Chile-IC-2017.pdf

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• Hasta la fecha, la Unión Europea no ha tenido disposiciones específicas sobre comercio y género en sus acuerdos comerciales. En el caso de Chile, este país ha sido pionero a nivel mundial en la incorporación de dichas disposiciones en los acuerdos de libre comercio firmados con Uruguay en 2016, y con Canadá en 2017.

• Estas nuevas disposiciones en materia de género y comercio buscan generar mayores oportunidades para que las mujeres empresarias tengan un papel activo en las relaciones comerciales de los países, según palabras del Ministro de Relaciones Exteriores en Chile, Heraldo Muñoz.

• Promover la participación de más mujeres en el comercio internacional y contribuir a cerrar las brechas de género en este ámbito permitiría no sólo ampliará los horizontes personales de las mujeres, sino también potenciar la fuerza laboral y favorecer un mayor progreso económico.

Preguntas

• ¿Cree Ud. que el Acuerdo de Asociación existente entre la UE y Chile ha contribuido de manera positiva a la integración de la mujer en el comercio internacional?

• ¿Cuáles son las barreras para que las mujeres participen en el comercio internacional? ¿Están vinculados al Acuerdo de Asociación UE-Chile actual?

• ¿Qué expectativas tienen ustedes que pueda tener el acuerdo en las materias de género?

• ¿Podría darnos algún ejemplo de buena práctica en materia de comercio y género que se haya puesto en marcha en su sector?

• ¿Existen plataformas que podrían contribuir con sus ideas a desarrollar las disposiciones sobre comercio y género en el marco de la modernización que se quiere llevar a cabo del actual acuerdo comercial?

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Disposiciones sobre comercio y género existentes en los acuerdos comerciales firmados por Chile con otros socios comerciales

Acuerdo de Libre Comercio Chile-Uruguay (2016)

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Capítulo – 14: Género y Comercio

Este capítulo está dividido en tres partes principales. La primera sobre disposiciones generales, la segunda sobre actividades de cooperación y la tercera sobre el establecimiento de un Comité de Género y su funcionamiento.

Disposiciones generales:

• Se inicia reconociendo la importancia de incorporar la perspectiva de género y políticas para un crecimiento económico inclusivo y un desarrollo socioeconómico sostenible.

• Las partes reconocen que el comercio internacional puede mejorar el acceso de las mujeres en la economía nacional e internacional y por tanto se comprometen a promover e implementar políticas, normativas y buenas prácticas relativas a equidad e igualdad de género.

Actividades de cooperación:

• Está diseñada para reafirmar la interacción esperada del sector público, privado, academia y otros de la sociedad civil e identificar potenciales áreas de cooperación y desarrollo de actividades de interés mutuo.

• El texto describe algunas áreas de cooperación4 que pueden incluirse, pero se espera que las partes identifiquen más a través de actividades entre ellas5.

3 Texto del Acuerdo en el sitio web de DIRECON Chile: https://www.direcon.gob.cl/wp- content/uploads/2013/08/ALC-CHILE-URUGUAY-suscrito.pdf

4 Programas orientados a fomentar el desarrollo de habilidades y competencias de las mujeres en el ámbito laboral, empresarial y social; mejora en el acceso de mujeres a la tecnología, ciencia e innovación; promoción de inclusión y educación financiera; desarrollo de redes de liderazgo de mujeres; mejores prácticas laborales para incorporación y permanencia de mujeres en el mercado laboral; fomento del emprendimiento femenino;

fomento de la participación de las mujeres en cargos de decisión en el sector público y privado; entre otros. (Ver Art. 14.3 (p. 4))

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Comité de Género:

• Este comité estará integrado por representantes de instituciones gubernamentales de cada Parte, responsables en materia de género y comercio.

• El comité se reunirá al año de entrada en vigor del acuerdo y luego cuando sea necesario, a solicitud de cualquiera de las partes.

• Sus funciones están diseñadas para facilitar el intercambio de información sobre políticas relacionadas con género y comercio, sobre experiencias y lecciones aprendidas, discutir futuras actividades conjuntas en ese tema, y todas las dudas y consideraciones que surjan con la implementación y operación de ese Capítulo de Género y Comercio.

Con respecto a la solución de diferencias, ninguna parte puede recurrir al mecanismo cuando la diferencia sea derivada del Capítulo de Género y Comercio. Sin embargo, se promueve el uso del diálogo, consultas y cooperación para resolver cualquier asunto en la interpretación y aplicación del Capítulo.

Acuerdo de libre comercio Chile-Canadá (2017)

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El texto de este capítulo (Capitulo N-bis) es casi en su totalidad igual al descrito en Chile-Uruguay. Tiene también tres partes principales:

Disposiciones Generales, Actividades de Cooperación, y la creación de un Comité entre las partes.

Disposiciones Generales:

• Las Partes hacen referencia explícita al Objetivo Nº 5 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y reafirman su obligación con el Acuerdo sobre la Cooperación del Trabajo con relación a equidad e igualdad de género y eliminación de discriminación de género.

5 Talleres, seminarios, diálogos, foros de intercambio de conocimiento; pasantías, visitas y estudios de investigación; investigación y desarrollo colaborativos relacionados con mejores prácticas; etc. (Ver Art. 14.3 (p. 5))

6 Texto del Acuerdo en el sitio web del Gobierno de Canadá:

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• Reafirman también el compromiso que se encuentra en el Art. G-14 bis7 del mismo acuerdo sobre Responsabilidad Social Corporativa en donde también se hace referencia a género incluyendo la adopción de las Directrices de la OECD para empresas multinacionales.

Actividades de Cooperación:

• Es de resaltar que en este acuerdo se hace énfasis en desarrollar programas para promover la participación de la mujer en toda la sociedad incluyendo en juntas corporativas (directorios).

Comité de Genero:

• En este Acuerdo se incluye que el Comité deberá trabajar en conjunto con otros comités que se crean bajo el mismo Acuerdo, pero en otras áreas como el de Cooperación Laboral, Ambiental, etc.

Con respecto a solución de diferencias, aplica de idéntica forma al Acuerdo Chile-Uruguay descrito previamente.

7 “Article G-14 bis: Corporate Social Responsibility: The Parties reaffirm their commitment to internationally recognized standards, guidelines and principles of corporate social responsibility that have been endorsed or are supported by the Parties, including the OECD Guidelines for Multinational Enterprises, and each Party should encourage enterprises operating within its territory or subject to its jurisdiction to voluntarily incorporate these standards, guidelines and principles into their business practices and internal policies. These standards, guidelines and principles address issues such as labour, environment, gender equality, human rights, community relations, and anti-corruption.”

Referencias

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