PROYECTO DE CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA
[email protected] Bruselas, 1 de marzo de 2000 (09.03) (OR. fr) CHARTE 4147/00 CONVENT 11 ACTAAsunto: Acta de la primera reunión, en grupo de trabajo, de la Convención encargada de elaborar un proyecto de Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (celebrada en Bruselas los días 24 y 25 de febrero de 2000)
1) La primera reunión de la Convención en grupo de trabajo se celebra en Bruselas los días 24 y 25 de febrero de 2000 bajo la presidencia de D. Roman HERZOG.
2) Al comienzo de sus trabajos, y a petición del Vicepresidente, Sr. Mendes de Vigo, se guarda un minuto de silencio en memoria de las víctimas de los recientes atentados en España.
3) Las sesiones de trabajo del jueves y del viernes se centran en el estudio de las propuestas de artículos que figuran en anexo al documento con la signatura:
CHARTE 4123/1/00 REV 1 CONVENT 5. Los derechos que se examinan en dicho documento pertenecen a la categoría de los derechos civiles y políticos.
Este documento consta de dos partes:
− la parte I, que recoge los derechos que figuran al principio de la lista transmitida a la Convención en su reunión anterior (véase el documento con la signatura
CHARTE 4112/2/00 REV 2 BODY 4), − la parte II, relativa a aspectos horizontales.
Cada derecho es objeto de un comentario que indica las fuentes y subraya determinadas cuestiones de redacción.
4) En el transcurso del debate se tratan sucesivamente dos tipos de cuestiones referentes al procedimiento:
− la cuestión del sistema de votación: D. Roman HERZOG precisa que no tiene la intención de utilizar un sistema de votación cuantificada, ya que la posibilidad de alcanzar la unanimidad en la Convención no es realista. Por lo tanto, estima necesario aplicar la norma del consenso,
− la cuestión del método de trabajo a nivel de la elaboración de las propuestas de textos presentados a la Convención. A raíz de un amplio debate que tiene lugar a lo largo de las intervenciones, D. Roman HERZOG decide que, en adelante, la Convención tome como punto de partida el texto del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos en lo relativo a los derechos incluidos. Cuando sea necesario, el trabajo de la Convención consistirá en completarlo o actualizarlo. Quien solicite una modificación del texto del Convenio deberá presentar una redacción precisa.
5) Con respecto a la organización de los trabajos, el Presidente anuncia la organización de una audiencia de representantes del Foro de la Sociedad Civil en el transcurso de la próxima reunión del Praesidium que se celebrará en Bruselas el 2 de marzo de 2000.
a) la primera, relacionada con el tipo de resultado pretendido, ha llevado a los miembros de la Convención, en su gran mayoría, a optar por textos cortos y legibles (i). Sin embargo, en esta sección se plantea de nuevo el problema de la presentación del proyecto de Carta en dos partes, una con un enunciado de los derechos, la segunda con un comentario detallado del alcance de cada uno de los derechos, tanto desde el punto de vista de su ámbito de aplicación material como teniendo en cuenta la situación de la jurisprudencia y de las prácticas constitucionales nacionales (ii). Esta segunda cuestión suscita de nuevo discrepancias ya puestas de manifiesto en la segunda reunión de la Convención en sesión plenaria. El principal argumento de los defensores de esta opción, aparte del interés de poder explicitar los derechos recogidos en la primera parte, es poder, sin incomodar en su lectura a un público no versado en la materia, explicar el conjunto de las excepciones, exenciones y restricciones que acompañan a cada uno de estos derechos. Por el contrario, el principal argumento utilizado por los que se oponen a esta opción es que, en realidad, únicamente la primera parte podría, en su momento, incorporarse a los Tratados, siendo la segunda parte la que contendría lo esencial.
b) la segunda, relacionada, para los miembros de la Convención, con la legibilidad del trabajo que efectúan, les lleva a reivindicar una estructura completa de los derechos objeto de estudio, de forma que puedan evaluarse las propuestas de redacción en sí mismas y, en su caso, intervenir en relación con la ubicación de un derecho fundamental en concreto en esta estructura y, en cualquier caso, con la finalidad de protegerse desde el principio contra olvidos o redundancias.
c) la tercera, que se deriva en cierta manera de lo anterior, se refiere a la presentación de los documentos transmitidos a la Convención. Una mayoría de miembros solicita recibir los documentos presentados, en columna, para mostrar claramente, por una parte, las disposiciones contenidas en el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos, y, por otra parte, las que podrían añadirse o cambiarse en los trabajos.
7) En cuanto al contenido de las propuestas de texto transmitidas a la Convención/grupo de trabajo, los debates se limitan a las propuestas de textos relativas a los tres primeros artículos que figuran en el documento mencionado en el punto 3) de este acta. Se trata de:
− Artículo 1 Dignidad de la persona − Artículo 2 Derecho a la vida − Artículo 3 Libertad y seguridad
8) Los debates llevan a los participantes a presentar dos tipos de peticiones:
− por una parte, sobre el contenido de estos artículos. Así, se solicita especialmente: en el artículo 1, incluir de nuevo una mención a la prohibición de la esclavitud y de
la servidumbre así como una referencia a la dignidad «de la persona»,
en el artículo 2:
− algunos vuelven a poner en tela de juicio la articulación de los elementos de la integridad (solicitan suprimir «genético»),
− se plantea la cuestión de tener en cuenta la bioética ,
− debe redactarse de nuevo el tercer apartado de la siguiente manera: «Nadie podrá ser condenado a muerte ni ejecutado.»
en el artículo 3:
− algunos plantean la cuestión de si debe mantenerse la «seguridad», otros consideran que es necesario conservarla, quizás en una redacción simplificada para el conjunto del artículo («Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad; Nadie puede ser privado de su libertad salvo en los casos previstos por la ley»),
− por otra parte, sobre la ubicación de los artículos. A este respecto, se aborda la cuestión no solamente desde una perspectiva general (véase letra b) del punto 6) del presente documento), sino igualmente con respecto al artículo 1 relativo a la dignidad que se considera, más que como un derecho fundamental de la misma naturaleza que los demás, como un principio fundador de todos los derechos fundamentales y que debería situarse como encabezamiento del proyecto de Carta en su conjunto.
9) Al término de estas dos jornadas de trabajos, el Presidente D. Roman HERZOG acuerda:
− presentar un proyecto de estructura global de los derechos fundamentales que deberán ser objeto de estudio, con vistas a su incorporación en el proyecto de Carta;
− reservar, en una próxima versión de las propuestas, un lugar especial a determinados derechos, como el derecho a la dignidad humana,
− presentar los derechos de procedimiento (actuales propuestas de artículo 4 a 7 del documento de sesión) en una lista separada, entendiéndose que dichos derechos, en la medida en que ya existen, no requerirán un largo debate,
− reflexionar con determinados miembros de la Convención que ya hayan estudiado personalmente la cuestión, sobre la presentación en dos partes de los derechos fundamentales.
10) Al término de esta sesión, se conviene en celebrar una nueva reunión en grupo de trabajo los días 2 y 3 de marzo de 2000, para continuar con los trabajos comenzados.
New .eu Domain
Changed Web and E-Mail Addresses
The introduction of the .eu domain also required the web and e-mail addresses of the European institutions to be adapted. Below please find a list of addresses found in the document at hand which have been changed after the document was created. The list shows the old and new list of addresses found in the document at hand which have been changed after the document was created. The list shows the old and new address, a reference to the page where the address was found and the type of address: http: and https: for web addresses, mailto: for e-mail address, a reference to the page where the address was found and the type of address: http: and https: for web addresses, mailto: for e-mail addresses etc. addresses etc. Page: 1 Type: mailto Old: mailto:[email protected] New: mailto:[email protected]