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Responsabilidad y moralidad en la gestión pública

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(2)

/,

EsrnNtsreo

ou

Kosrxe

FrnNÁNo¡z

RESPONSABILIDAD

Y

MORATIDAD

EN

tA

GESTIÓN

PÚNTTCN

I-]NIIÆRSIDAD

EUROPEA-CEES

Departamento

de Sociología

y

Ciencia Política

Documentos de

tabajo

(3)

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SL

UMVERSIDAD EIJROPEA.CEES Docurnento de Trabaio

ll

I 96

Responsabilidad y moralidad m la gestión públiu

Villaviciosa de Odón (Madrid), diciembre de 1996

@ 7996 Estanislao de Kostka Fem¿índez

@ 7996 Universidad Europea-CEES Ediciones

Diseño de la colección y dirección editorial:

Departamento de Publicaciones e Intercambio Científico de la UEM-CEES

Diseño de cubierta:

(4)

INDICE

Resumen

4

1.

La

responsabilidad

en la

Administración

pública

4

1.1. Sujeto y naturaleza de la

responsabilidad

6

1.2. Las responsabilidades de los

burócratas

7

1.3. La responsabilidad de los gestores

públicos

72

2.

Laresponsabilidad

de la gestión

pública

t4

3. Moralidad

y

Administración

pública

16

3.1. La

moralidad

de las

norrnas

17

3.2. Las organizaciones como agentes

morales

20

4.

La relación entre responsabilidad,

noralidad

y

autoridad

22

5.

Conclusiones

23

(5)

RESPONSABILIDAD

Y

MORALIDAD

EN

LA

GESTIÓN PÚBLICA

Esr¡,rursrlo

Kosrrn

F¡RNÁ,Nouz

Universidad

Europea-CEES

Departamento

de Sociología

y Ciencia Política

R¡supruN

En,

este trabajo analizamos dos oalores frecuentemente mencionados por Ia

bibliografía norteamericana sobre

la

legitimidad de las organizaciones públicas y

priaadas: Ia responsabilidad y la moralidad. En

pimer

término nos refeimos a Ia noción de responsabilidad,

y

a continuación abordamos las diferencias subrayadas por la doctrina entre Ia responsabiliilnd de los administradores de carrera

y

Ia de los urgos

públicos de designnción

polítiu.

En segundo lugar nos referimos a las ainculaciones

existcntes entre moralidad y Administración

públiu.

Especialmente nos detenetttos en la

moralidad

que se deriaa de las notmas,

y

cómo ésta

aincula a

los sujetos de la organización, A

ffi

los argumentos que los autores señalan para que las organimciones

puedan llegar a conaertirse en agentes morales.

1.

Ln

RESpoNsABILIDAD EN LA

AowttNtsrRAcIóN

PúBLIcA

En

términos generales,la noción de responsabilidad lleva implícita Ia idea

(6)

E. de K. Fernández

Responsabilidd y morali¿ad en la gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 5

los

efectos

que de

ella

se

derivan.

Pero

percibimos que tanto en

la

práctica

administrativa

como en las aportaciones teóricas sobre la Administración pública

y

el sector

público,

la determinación de las responsabilidades que se derivan de actuaciones públicas o semipúblicas no parecen ser fácilmente atribuibles.

Tradicionalmente la

bibliografía

continental sobre la responsabilidad de la

administraciones

públicas

ha

dado mayor relieve

al

estudio de

la

responsabilidad derivada de los

actos

administrativos, que

la

doctrina

norteamericana. Normalmente,

estos trabajos

-basándose

en

fundamentos

jurídicos-

parten de la diferenciación

entre responsabilidad contractual y

extracontractual, o entre responsabilidad

civil

y penal.

En

ambas

corrientes doctrinales son

escasos

los estudios sobre

la

responsabilidad

que

asumen,

o

debieran asumir,

los

administradores

y

los gestores

públicos

de designación

política, por

las

decisiones

y

acciones que

emprenden en

función

de las expectativas creadas

y

de

los

objetivos

conseguidos.

Por contra, abundan las

aportaciones teóricas

sobre

los

mecanismos intemos

y

extemos de control de las administraciones públicas.l La

finalidad

de estos mecanismos es asegurar el

cumplimiento

de los objetivos que se persiguen así como de las noñnas generales de conducta y actuación.

En las

democracias occidentales

la

actividad

controladora

se basa en el

principio

de sumisión

de

los

órganos

administrativos a la

normativa

jurídica,

bien

sean

normas constitucionales, legislación parlamentaria o

decisiones judiciales. En este sentido, tales mecanismos se fundamentan en el control de la

legalidad. Pero de

ello

no podemos

derivar

que no existan otras actividades de

control, ya

que

una

actuación respetuosa con

la

legalidad puede ser

al

mismo

tiempo

incorrecta, ineficaz

o

inoportuna, en cuyo caso

la

responsabilidad no se

deriva de

la

legalidad, sino del

juicio

personal

de instancias jerárquicas

superiores. De hecho, en la práctica el control de las actuaciones administrativas

se encuentra estrechamente

vinculado

al principio

de la jerarquía. De éste se

deriva

como presupuesto

básico

el

deber

de

obediencia

y

respeto

al

órgano superior inmediato. En consecuencia, parece obvio, que sea el superior jerárquico directo el que realice la actividad controladora y delimite las responsabilidades.

Así

pues,

hay

una

pluralidad

de controles

sobre las

actividades

de las

Administraciones públicas, pero lo normal

es

que

el control

de los

catgos

I

Entre los mecanismos de control intemo se suele diferenciar los de carácter general (la inspección o los derivados de la jerarquía), y aquellos referidos a materias financieras y contables.

Los mecanismos de control externo por excelencia son el parlamentario y las instituciones

(7)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en la gestión pública

públicos de

designación

política/

se realice en

función

de una responsabilidad

personal

por la

gestión de

los

órganos

administrativos

que

de

él

dependen.

Como a menudo se señala,

(el

control es

particulaÍnente

intenso sobre los actos de la autoridades nombradas con criterios políticos>2, al menos si se compata con

el

ejercido sobre los administradores públicos de carrera, que

no

se encuentran sometidos a una responsabilidad de tipo personal.

1.1. Sujeto y naturaleza de la responsabilidad

Cualquier

aproximación

a la

responsabilidad de

las

Administraciones

públicas

y

del sector

público

requiere en

primer

lugar

delimitar

el zujeto o objeto

de responsabilidad. Así, la responsabilidad

puede

hacerse recaer sobre el

administrador o

gestor

público

como

sujeto, o

bien

sobre

la

Administración

pública

como

or9anlzación y,

por

tanto, como objeto o entidad jurídico-política.

En

este

trabajo

nos centramos

en

la

responsabilidad

del

sujeto, esto es,

en

Ia

responsabilidad derivada de las

decisiones

y

de las

acciones

de

los

administradores

y

gestores

públicos. Como

hemos

delimitado

al

inicio,

distinguiremos

entre

la

responsabilidad de los burócratas profesionales

y

la

de

los administradores

y

gestores públicos de designación política. Partimos de Ia

premisa de que si

el

origen

de

la legitimidad

que ambos

grupos

de adminis-tradores sustentan es diferente, también puede serlo, como así parece, el

tipo

de

responsabilidad a la que esüán sujetos.

Es

preciso

señalar

una

segunda

delimitación

a la hora

de referirse

a

la

responsabilidad de las administraciones, derivada

de

la naturaleza

de

la

responsabilidad, ya que precisamos

discernir

entre responsabilidad

de

naturaleza

jurídica, moral y

política. La primera,

como parece

obvio, no

será objeto de anáIisis en este trabajo3. Esta sólo puede ser analizada en función de la

normativa

jurídica

de cada nación y tal aproximación requeriría un estudio

por

si solo. Nos referiremosr pues, a Ia responsabilidad moral y política.

La

concepción

moral de la responsabilidad puede

ofrecer

un

plano

subjetivo

y remitirnos

a

la

conciencia, como hace

Dostoievski

al afirmar

que

2 M. Baena del Alcázar, Curso de Ciencia de la Administración, Madnd, TecnoÐ 1985, p. 343. 3 La bibliografía norteamericana, al igual que la continental, sobre responsabilidad jurídica

de los funcionarios por los daños causados en el ejercicio de sus funciones, establece una clara

distinción entre responsabilidad civil y responsabilidad penal. Tales estudios parecen concordar en

(8)

E. de K. Fernández

Responsabilidd y moralidaì en la gestión pública

@ UEM.CEES EDICIONES 7

(todos

somos culpables de

todo",

o

puede mostrar

un plano

objetivo, como en

John

Stuart

Mill,

quien

señala, confundiendo

moral

y

política,

que la

responsabilidad

moral

puede

ser

objetivada, ya que

(un

gobierno puede ser juzgado

por

su acción sobre los hombres/ por su acción sobre las cosas [...], y por

la bondad o maldad de la obra que realiza para ellos y con ellos>a.

En cuanto a

la

naturaleza

política

de

la

responsabilidad, ésta

difiere

de la

moral en que

permite

ser juzgada a

partir

de resultados de actuación y no de la

intención

implícita

en el acto. La formulación clásica de responsabilidad política

se

la

debemos a

Benjamin

Constant,

quien

en

1815,

en su ensayo

sobre la responsabilidad de los ministros, estableció tres criterios a

partir

de los cuales la responsabiJidad política podía ser reclamada: frente al abuso de poder, frente a la

censura de

los ministros

del

monarca

y

frente

a aquellos

funcionarios

que

obedecen

ordenes

ilegales.

En

tales

casos

-sostiene

Constant-,

la

responsabilidad política se asocia al abandono del cargo.

En

un

sentido

más

amplio y

más contemporáneo,

la

responsabilidad de

naturaleza

política implica

responsabilidad frente

al

interés público,

y

teóricamente se es responsable ante quien se recibió el mandato, ya s€a frente a

un superior si se trata de

un

administrador público de designación política, o

un

frente al pueblo soberano en el caso de las autoridades políticas suPreûurs.

Presumiblemente sólo cabe hablar de responsabilidad política si existe una

noÍna

socialmente compartida

y

reconocida para evaluar la bondad las acciones que afectan a Ia

comunidad

sobre

la

que se dirigen: el

principio

de la soberanía

popular.

De esta forma,

la

responsabilidad

política no

sólo se juzga en ftrnción del interés

público,

sino que además es el mismo público, en

última

instancia a

través

de unas elecciones democráticas,

el

que evalúa

la

responsabilidad;

normalmente, en fr:nción de los valores que la propia comunidad comparte.

1.2. La responsabilidad de los burócratas

La responsabilidad

que

aquí

denominamos

de los

burócratas, también

llamada

responsabilidad

administrativa,

hace referencia a

Ia

que se

deriva

de actos

u

omisiones imputables a los ft¡ncionarios públicos de carrera, sin que se

produzca

la

intervención de los

tribu¡ales

ordinarios.

Tal responsabilidad se

pone en práctica por medio de correcciones disciplinarias, como la suspensión de

(9)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en Ia gestión pública O UEM-CEES EDICIONES

8

empleo y sueldo, la

privación

del cargo, el traslado o la pérdida de determinados derechos adquiridos.

La responsabilidad de los burócratas profesionales puede ser determinada

a

partir

de Ias funciones que acometen,

y

en general

se

les considera

resporìsables sólo de unas funciones claramente delimitadas. De hecho, cuanto

más se

baja en la jerarquía burocrática

más

fácil

es conocer

los límites

de la

responsabilidad; y

por

el contrario, cuanto

más

alto

es

el nivel

en

el

que

queremos

delimitar

responsabilidades más

difícil

es la distinción entre ejecución

legislativa y ejercicio de la discrecionalidad.

Entre la bibliografía

norteamericana parece

existi¡

consenso a

la

hora de

delimitar la

responsabilidad

de

los

administradores

públicos

de carrera como

responsabilidad

técnicas. Estos son responsables de

cumplir

las disposiciones

constitucionales,

de

adoptar

decisiones de poca

importancia

y

de

ejecutar ordenes emanadas

de superiores. En tales

casos,

el control

que

se ejerce es

intemo,

y se realiza a través de la propia jerarquía bu¡ocrática y de los tribunales

administrativos6.

Carl Friedrich, iniciando en 7937 urt camino lleno de clasificaciones entre la

doctrina,

describe cinco

medios

de

control

interno para

delimitar

las

respon-sabilidades de los funcionarios públicos: medidas disciplinarias,

medidas de

promocióry

medidas

financieras, medidas

judiciales

y

las medidas

del

espíritu

del cuerpo, de claras connotaciones religiosasT.

s Aunque bajo diferentes denominaciones, la idea de responsabilidad técnica se encuentra

en autores como G. A. Schubert, The Public lnterest: A Citique of tlæ Theory of a Polilical Thought, Glencoe (Ill.), Free Press, 1961; W. Lippmann , Essays in the Public Philoæp\ry, Boston, Little 1955.

6 AI igual que entre la doctrina continental, en las aproximaciones bibliográficas

nor-teamericanas, Ia responsabilidad de la Administración pública se vincula a Ia idea de control, y

éste a su vez a la noción de jerarquía. Este esquema viene a describir el principio de que los

superiores son responsables del funcionamiento correcto de los órganos inferiores. De forma especial, la bibliografía norteamericana centra sus argumentos en la capacidad de control,

entendida como el ámbito de la organización que puede ser controlado de manera eficaz por un

individuo. Hay también una preocupación respecto a si los controles que se ejercen sobre los

funcionarios son los correctos a no. De hecho, es frecuente encontrar un capítulo dedicado a los posibles abusos de los funcionarios (falta de honestidad y étrca, trasgresión de la ley, violación de los procedimientos, etc.), seguido de otro capítulo en el que se examinan los controles extemos e intemos. Tal es el caso, por ejemplo, de F. A. Nigro y LI. G. Nigro, Administración pública moderna,

Madrid, INAP, 1981, caps. 21 y 22, pp.523-570.

7 C. I. Friedrich, Constitutional Gooernment and Demoqacy: Theory and Practice in Europe and Americn, Boston, Ed. Ginn, 1950, cap. 19. Esa obra se publicó por primera vez qr 1937 con el título

de Constitutional Goz¿ernment and Politics: Nature and Danelopmmt, y

e

ella Friedrich realiza un

(10)

E. de K. Fernández

Responsabilidd y moralidad en Ia gestión pública

@ UEM-CEES EDICIONES 9

Herman

Finer considera

la

responsabilidad

administrativa un criterio

objetivable,

al

apuntar

que ésta se encuentra articulada en las constituciones

y

que se efunarca en el mandato de los representantes democráticarnente elegidos

en sistemas de control jerárquico.a

Eûìnette

S. Redford refiriéndose a

la

misma

idea pone

de

manifiesto que

las

políticas

son datos objetivos

y, por tanto,

la responsabilidad

administrativa

se puede evaluar objetivamente. En sus propias palabras: <Los servidores de

lo

público no

eståán para

decidir

su

propio

curso; son responsables ante los representantes elegidos por el público>e.

Hay, pues,

un

cierto

acuerdo en

calificar

la

resporsabilidad

de los buró-cratas

como responsabilidad

técnica,

pero el

consenso entre

la

doctrina

ame-ricana

no

es

tan claro

a

la

hora

de

determinar la

causa

de la falta

de

respon-sabilidad entre los administradores públicos de carrera. Michael Harmon apunta

uru

concepción de responsabilidad con claras connotaciones de carácter

juídico:

la

responsabilidad <(es una noción legal que describe los premios

y

los castigos

asociados

con

obedecer

o

desobedecer

notnas

legales

o

autorizadasrrro. En

realidad,

lo

que

Harmon

construye es

un

esquema jerárquico para

el

comPor-tamiento ético,

que,

tomado

como

prescfiPtivo,

subestima

la

importancia

del aprendizaje intersubjetivo.

Al

igual

que

Max

Weber, Harmon ha construido

un

tipo

ideal

de acción, aunque en

el

caso de éste

u¡a

acción ética. Cuestionamos

sus

intenciones,

por

la tensión lógica

que

se

deriva de

su concePción

de

responsabilidad: Harmon no explica la responsabilidad como Ìa respuesta que se

ha de dar a alguien como consecuencia de

un

acto,

ni

como el compromiso que

trno siente

por

la comunidad, que le lleva a juzgat las acciones como consistentes

con las creencias propias. Para Harmon, la responsabilidad puede determinarse

por medio

de

principios jurídicos,

pues

los comportamientos

y

las acciones

emprendidas son evaluadas a

partir

de normas legales o autorizadasll.

John Schaar

describe a

los

administradores

públicos

de carrera

como sujetos desapasionados

y

separados

de la

fuente

del

conocimiento. Estos sólo

tienen

información

relacionada con las funciones específicas de su tarea,

y

esta concepción del conocimiento se convierte en la

visión

de la realidad que Schaar describe como

barnl

e irresponsable. Es irresponsable porque

un

conocimiento

s H. Finer, <Administrative Responsability

in

Democratiç Government>, Public

Administration Reaiew,l (1941), pp. 335-350.

e E. S. Redford, Democtacy in the Administrative Sf¿fe, London, Oxford University Press,

7969,p.336.

10 M. M. Harmon, Acf ionTheory

þr

Public Administrøtion, New Yorþ Logman, 19E1, p. 1i9.

(11)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidd en h gestión pública O

UEM.CEES EDICIONES 10

de las partes

implica falta del conocimiento del conjunto

de las

razones

y

consecuencias

de los resultados de la organización,

por

tanto, los

admi-nist¡adores públicos, concluye Schaar, no son y no pueden ser responsablesl2.

Thomas Donaldsonl3 hace recaer

la

causa de

la

irresponsabilidad

de los

burócratas en factores organizativos, conctetamente en problemas sistémicos en

la estructura

de

adopción de

decisiones

de las

organizaciones

públicas.

La

irresponsabilidad viene dada porque los

procesos de

adopción

de decisiones

dependen

de

normas

y no

de personas; según Donaldson,

la

responsabilidad

individual

ha

sido apartada de las acciones emprendidas. Las recomendaciones

de Donaldson, con las que coincidimos, son claras: restaurar la responsabilidad

individual,

reinstituyendo

Ia

autoridad

directa de las relaciones en

las

organizaciones públicas,

y

convertir el proceso de adopción de decisiones en

un

proceso personal, humano y moralmente conscientel4.

Buena parte de la doctrina norteamericana, pública

y

privada, coincide en

señalar que

la falta

de responsabilidad de

las acciones

emprendidas

por

los

funcionarios, encuentra su origen en el marco cognoscitivo técnico-racional en el

que se encuentran atrapadosls. Pero ello

no impide

que en aquellas

(zonas)

de

las organizaciones

públicas en los

que

perviven

modelos de comportamiento

administrativo

weberiano, se manifieste una responsabilidad basada en criterios

morales,

o

que se actúe de

forma

responsable en el seno de la comunidad; pero

los administradores

públicos

que actúan de

tal Íütnera,

sostiene

la

doctrina, lo

hacen

extendiendo

sus

actuaciones

más

allá

de

lo

que les

es

requerido

legalmente,

de

hecho,

el

cumplimiento

de estos PresuPuestos puede requerir

cierta

vulneración

de

principios

legales,

al

establecer

norrnas

cognoscitivas

individuales.

Entendemos que

el

resultado de esta actuación fuera

del

marco

legal-racional

genera

dos estructuras separadas, aunque funcionando

simult¿íneamente:

una

que se ajusta a las expectativas legal-racionales,

y

otra

paralela que cumple los planes estratégicos

y

los modelos

de actuación

establecidos

por

la autoridad. La reconciliación de ambos requiere no sólo

capa-cidad

de gestión, sino también riesgo. Conocida es

la falta

de incentivos en las

organizaciones

públicas:

¿por qué

van

a

preocuParse

los

administradores

12

J. Schaar, Izgitittrocy in the Modern Sfafe, New Brunswick (N), Transaction Booþ 1980,

pp.36-37.

13 Th. Donaldson, Corporatiuns and Morality, Englewood Clifß (lÜ, Prentice-Hall, 1982. Ia ldem.

ls Existe cierta tendencia entre la doctrina, especialmente en el sector privado, en identificar

el modelo weberiano como imperante en la organización pública. Los estudiosos de la

(12)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en Ia gestión pública @ UEM.CEES EDICIONES 11

públicos

por la

existencia

de

dos estructuras separadas de operación, cuand.o esto

no

se encuentra

estipulado

en

ningún

mandato? Las consecuencias de tal

situación son

claras:

la

ambigüedad

sobre

la auto¡idad y la

responsabilidad

individual

inhibe a

los administradores

públicos para adoptar

decisiones que

impliquen

riesgo o a asumir un comportamiento innovador en la organización.

La predicción

es,

sin

duda,

una

de las características intencionadas de la

autoridad legal-racional

las autoridades establecen normas

y

procedimientos

dentro

de

un modelo

de comunicación

que

acentúa

la

impersonalidad

y

el

empiricismo.

Los administradores son elegidos sobre l,a base de criterios

obje-tivos

de

mérito

y

sus posiciones

tienen

competencias determinadasló. La

res-ponsabilidad

de

la autoridad

es

compartida

por un

reducido grupo

de

participantes en

los procesos

de

decisiones,

o

está

<limitada a suministrar

las

máquinas con entrada de

datos

y

materialesrrlT. Pero, en

la

práctica, las

des-viaciones que se producen son controladas mediante la

limitación

de la libertad de

los

administradores, a

lo

que

gira dentro

de

los lÍmites

de

lo

rutinario.

Los

sentimientos

y la visión

predecible

no entran

en

juego

en

la

organización, los

empleados creativos

no

tienen acceso a los centros de operación, generalmente

formados

Por

un

grupo

limitado

de autoridades

a

las que es

difícil

acceder. El sistema prescribe

la posibilidad

de la predicción

y

es <glacialmente resistente a

innovaciones [...] impone

sus

propias

demandas

y

sistemáticamente esconde

información

de

todo tipo

excepto de uno>r8: la relacionada con la supervivencia de la organización.

Como acertadamente apunta Charles E.

Lindblom,la

racionalidad de estos

controles

y

la

responsabilidad de los

individuos

usando

la

información es una ilusión1e,

los

individuos y

los

grupos

al ver limitada

su capacidad de acceso a

información, toman

todas las decisiones (o indecisiones) con

información

incompleta.

Así

pues,

la

doctrina

norteamericana señala dos

grupos de dificultades

básicas a las que tienen que hacer frente los bu¡ócratas profesionales para actuar de forma responsable:

a) las derivadas de la ambigüedad entre

la

responsabilidad

y

la autoridad

en el ejercicio de sus actividades;

Fredrich, op. cit., p. 235. 17 Schaar, op. cit., p.34.

tE ldem.

le Ch. Lindblorn, The Policy Makíng-Process,2" ed., Englewood Cliffs (NJ), Prentice-Hall,

1980; H. A. Simory Ailministratiae Behauior: A study ín Decision-Making Process in Administratiae

(13)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en Ia gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 12

b)

eI

marco cognoscitivo técnico-racional

que

preside una parte de

sus

actividades.

Pero,

a pesar de

estas

dificultades

-concluye

la

doctrina-,

la

deter-minación de la responsabilidad de los bu¡ócratas se deriva fácilmente de las fun-ciones

que

acometen,

en su

caso

claramente delimitadas,

al

tratarse de

una

responsabfüdad técnica.

1.3. La

responsabilidad

de los gestores

políticos

La

bibliografía

norteamericana aborda

la

responsabilidad de

los

que

ocupan

cargos

administrativos o

de gestión

pública

de

designación

política,

conjuntamente con

la

responsabilidad de las autoridades electas, sin diferenciar

entre

políticos

en sentido estricto,

y

cargos

administrativos

y

gerenciales de

designación

política.

Tal

tipo

de responsabilidad

-se

sostiene-

se encuentra

expresamente establecida en las normas superiores2o.

La doctrina

parece

concordar en que

la

responsabilidad

de

los

administradores

y

los

gestores

públicos de

designación

política deriva

de las

decisiones

y

de

las acciones, en

función

de las expectativas

y

de

los

objetivos

conseguidos. Frente

a la

responsabilidad técnica de los

funcionarios, la

de aquellos es una responsabilidad de carácter personal.

Los argumentos expuestos parecen

confirmar

que los cargos públicos de

designación

política

se encuentran sometidos a trruì responsabilidad que en la

práctica, al

margen de la

jurídica

que

pudiera existir, no va

más

allá

de

la

política.

En

este

sentido, la responsabilidad

de las

acciones

que

acometen

responden a criterios políticos,

y

éstos no tienen

por

qué ser concord.antes con la

eficacia que se presupone deben alcanzar las organizaciones.

Su responsabilidad consiste en

rendir

cuentas de los recursos que han sido asignados a los prograrnas. Se trata de una responsabilidad derivada del ejercicio de autoridad que pretende

asegurff

el uso correcto de los recursos y de la propia

autoridad. Así

pues,

la función

que cumple

la

responsabitidad es

la

de

<<man-tener

la

actividad de

la

organización dentro de los estánderes previstos>.2l Täl

20 En Estados Unidos comPete al

Congreso la determinación de responsabilidades cuando se trate de altos ftmcionarios de designación política. En el sistema continental, por contra, son los

tribunales, administrativos o no, los órganos competentes para delimitar las posibles

respon-sabilidades personales, al margen de las políticas que puedan adoptar las cámaras.

(14)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en la gestión pública O UEM-CEES EDICIONES 13

aproximación

descubre dos problemas clásicos

de

la Administración

pública

norteamericaru: el uso eficaz de los recursos y el abuso de poder.

Una gran parte de las discusiones recientes sobre la responsabilidad de los cargos de designación política parten del dilema descrito.

A

algunas propuestas se les acusa de hacer incompatibles las nociones de responsabilidad

y

eficacia22.

Los atacados se

defienden sugiriendo

que

tal

incompatibilidad

se

diluye

si

se

entiende

la

responsabilidad como

constituida

por

dos esferas: una

preventiva-negativa

y

otra positiva-motivadora.

Pero en 1o que sí parece

existir

acuerdo

entre

la

doctrina

es

en

la

deseabilidad

de

que

la

responsabilidad

y

la

eficacia

puedan

convivir

como partes inherentes a la gestión pública.

La bibliografía

parece concordar

también en

señalar

la

debilidad

de los mecanismos constitucionales de

rendición

de cuentas,

lo

cual, entendemos, ha

podido

derivar en que este escepticismo sobre los instrumentos jurídico-políticos existentes se

haya trasladado a

la legitimidad

de

los

mismos. En general, los

argumentos que

se

aportan

achacan

a los instrumentos

jurídico-políticos

de

responsabilidad

por

la gestión, el no encontrarse fundamentados en las acciones

y

decisiones tomadas,

y

en las consecuencias que se

derivan

de éstas, sino que

los

procesos

de responsabilidad

se

limitan

a

garantizar Ia

legalidad

de

las actuaciones y el buen uso de los recursos financieros.

Las propuestas de nuevos modelos de responsabilidad

por la

gestión han de hacer

frente a una

dificultad

que a

menudo los convierte

en simples ope-raciones de maquillaje político: la necesidad de que éstos se adapten a la

norma-tiva

constitucional.

Ello implica

que las instituciones de responsabilidad que se

proponen siguen siendo las mismas, sólo se les somete a cambios estructurales

y

funcionales, sin que éstos tengan impacto sobre los comportamientos

y

sobre su responsabilidad.

Pero estas dificultades se acrecientan

por

las peculiaridades intrínsecas de las organizaciones públicas: su tamaño, su diversidad

y

su complejidad. Para el

cumplimiento

de

sus

funciones,

este

tipo

organizaciones

requieren

frecuen-temente

la

interdependencia de

distintos

órganos

administrativos

del mismo

y

de

distinto

sector.

Y

es precisamente esta interdependencia

y

la

complejidad

estnrctural

lo

que obstaculiza

la delimitación

de las responsabilidades

y

la

formulación de modelos de responsabiJidad.

22 Esta es una de las críticas que se vierten contra el <management público", dando a

(15)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en la gestión púbtica @ UEM-CEES EDICIONES 14

2.

Le,REspoNsABrLrDAD DE LA GESTróN

púnrrce

Al

iruclo

de este estudio definíamos

la

responsabilidad como

la

obligada respuesta que

alguien

tiene que

dar

a

un

superior jerárquico,

y

en su caso a la

comunidad,

por

los actos

que

reahza. En este sentido, responsabilidad significa que aquellos que ejercen el

poder

tienen que

dar

las razones de

por

qué Ãreron tomadas las decisiones y por qué se acometie¡on las acciones.

Entendemos que hacer

a los integrantes del

proceso de

adopción

de

decisiones responsables, es

la

justa

devolución de

la

conf ianza

queìosotros

hemos mostrado en ellos, al otorgarles Ia capacidad de autoridad. pero al mismo

tiempo

sugerimos

un

modelo de relaciones de

autoridad

en

el

que las acciones sean

percibidas como

elecciones,

al

entender

que este

tipo

de acción es más

defendible

y

que

permite

identificar

la responsabilidad

de

los

sujetos.

El

reconocimiento

del

comportamiento intencionado

engendra

autorregulación

Porque

requiere que

uno

justifique la

decisiones,

al

menos

para

defender las elecciones frente

a

otros. En

definitiva,

proyecta

un

deseo

deãsumi¡

Ia

respon-sabilidad

por

las decisiones y

por

las acciones.

Si los seres humanos tomamos decisiones y hacemos juicios de valor de las elecciones, si necesitamos

justificar

nuestras vidas de acuerdo con algún criterio

del bien,

si la

responsabilidad de

uno

se

extiende

a

la

responsabilidad

de la

comunidad,

parece

lógico

esperar que

los administradores públicos

y

los gestores públicos sean resPonsables, no sólo para

cumplir

o dejar de

cumplir

las noûnas/ sino también del impacto de las decisiones que toman.

Los dirigentes púbticos

necesitan ciertos derechos

para

sentirse respon-sables

de

la

actuación

de

la unidad

que

tienen a

cargo. En

la

actualidad,

las

políticas

de personal son

tan prescriptivas

que operan como freno

para

la

innovación

y

la asunción de riesgos por parte de los dirigentes públicos. La falta

de capacidad para elegir

o

rechazar

al

personal

permite

a

los

dirigentes admi-nistrativos evadir la responsabilidad por la actuación de los empleados.

Los administradores públicos,

al

igual

que

los

ejecutivos privados,

nece-sitan

autoridad

para ejecutar sus tareas;

sin la autoridad,

sería injusto hacerlos responsables de sus decisiones,

y

ello representa

un

gran desafio para Ia práctica

de

Ia

Administración púbtica.

Las

políticas internas

atan las manos a

los administradores públicos, a las teorías de la Administración pública se les piden

milagros y se espera de ellas innovación, adherencia a modelos éticos y respuesta

a las demandas del

público.

Estas expectativas de los administradores

priUti.ot

son ilusorias, Por cuanto que éstos tienen poco control sobre la actuación de sus

(16)

E. de K. Fernández

Responsabilidd y moralidad en la gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 15

pública,

por

eiemplo en

un instituto

público de

fomento de organizaciones de

ayuda

voluntaria,

si no se nos permitiera contrata¡, transferir o despedir a quien

sintiéramos que

no

es competente

para las

tareas

a desarrollar; si

no

se nos

permitiera formar y

desarrollar a los empleados en formas que beneficiarían a él

y

a

la

organización,

y

si no

se

nos

permitiera asignar

tareas

y

establecer parámetros de actuación cuando

lo

consideráramos necesario. Si,

y

sólo si, estos derechos nos fueran extendidos, nos sentiríamos responsables

por

la actuación

y

productividad

del ente público al que prestamos nuestros servicios.

Entendemos que, en general, los sistemas de responsabilidad se

encuen-tran

desacreditados,

y

coincidimos

con Les Metcalfe

y

Sue Richards en señalar

que

"la

mano

muerta

de

la

responsabilidad

ministerial

es

el

ejemplo más

im-portante de deterioro

y

obsolescencia>æ. lnterpretamos las deficiencias en los

sistemas

de responsabilidad derivadas del

hecho

de

que están encaminados

unilateralmente

a

asegurar

el

ejercicio

responsable

y

eficaz

de

la

autoridad

pública

y no de las consecuencias, positivas y negativas, que se desprenden del

ejercicio de

esa

autoridad. La

responsabilidad

por la

gestión en

la

práctica

política

y

administrativa ha sido desvirtuada

de

tal

forma

que

ya no

propor-ciona

pariimetros

a

partir

de los

cuales operar. Su

impacto

real,

tanto

a

nivel

administrativo

como

político,

parece quedar reducido a una mera

rendición

de cuentas. En

la

actualidad,

la

responsabilidad

no significa

otra cosa que el acto

formal

de tener que

justificar

y explicar las decisiones y las actuaciones, sin que de ello se deriven consecuencias, de carácter

positivo

o negativo.

La

responsabilidad

pública

por

la

gestión obviamente debe basarse en la

rendición de cuentas pero ello no nos parece suficiente. Se requiera además que

las

respuestas que se

viertan

como

justificación

de

las acciones

y

decisiones

adoptadas puedan

ser

evaluadas en relación a

estándares

o

parámetros

establecidos, T en

función

de las expectativas existentes. En adición,

consideramos que

el

diseño de nuevas

instituciones

de responsabilidad en la

Administración pública y en el sector público deberían en

primer

lugar reflejar la

diversidad

organizativa

y,

et:. segundo, hacer frente

al

desafio de

equilibrar

los componentes positivos y negativos de la responsabilidad.

(17)

E. de K. Fernández

Resporcabilidad y moralidad en la gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 16

3.

MoneuDAD

y

ADNtrNrsrRAcróN púBucA

Cualquier

aproximación a

la

moralidad, entendida

como

la

ciencia que

trata

del bien en

general

y

de las acciones humanas a

partir

de su

bondad

a

malicia,

ha

de

partir

del

reconoci¡hiento de

que se

trata

de

un

terreno de

lo

subjetivo,

esto

es,

que

no

pertenece

al

campo de

los

sentidos,

sino al

del

entendimiento

o

de

la

conciencia. Tradicionalmente,

la

idea

moral

se

deriva

de

principios filosóficos

que

se

admiten

como

justos. pero

ésta

puede

ser

considerada

bajo

dos aspectos

distintos:

como ciencia

de

la costumbre o como ciencia de los deberes. Esta segunda acepción de

la moral

es

la

que interesa de

modo especial al estudioso de Ciencia de la Administración.

Los

administradores

y

los

gestores púbhcos,

al igual

que

el

resto de los ciudadanos, poseen ideas o infuiciones para discemir entre el bien

y

el mal que puede haber en sus actuaciones, pero

tal

capacidad no es aplicable a la

determi-nación de

la

bondad o

maldad

de

las consecuencias

que

se

derivan

de tales

actuaciones.

uniformidad

en

las

normas y

en las regulaciones,

autoridad

impersonal, responsabilidad difusa y pensamiento reduccionista,

tienen

profundas

implica-ciones en

la

calidad

moral

de las

decisiones autorizadas.

Epistemológicamente

no

es posible conceptualizar sin evaruar

y

juzgat,

y

como señala HazæI Bames, todo

juicio

implica un contenido moral2a; la propia cuestión

¿qué

deberíamos hacer? reconoce

la

necesidad

de

justificación, al

menos

individual,

y

ésta, altemativamente, tendrá mayor o menor valor.

Negar Ia capacidad de valorar un¿ì acción es rechazar la consciencia

('aten-ción

e

intención')

de

la

existencia de elecciones

individuales, ya

que nosotros

ineludiblemente evaluamos en relación a ellas. Hazel

Barnes

lo

señala

claramente: <El hombre existe en una situación, pero

intemaliza

esa situación

y

le

otorga

un

particular

significado

y

una

específica significación>2s.

La diferenciación

y

la integración de situaciones alcanzan

valor

y

significado con el

tiempo: el momento

no

es la única dimensión significativa del tiempo, los seres humanos son capaces de trascender el momento e imaginar el futuro26.

2a Donaldson, op. cit.; Harmory op. cit.; H. E. Bames, An Existmtionalist

Ethics, New Yorþ Alfred A.Knopf,1967.

2s Bames, op. cit., p. 74.

26 No se trata de una particular concepción existencial: Harmon,

op. cir.; P. L. Berger y Th.

Luckman, The Social Construction of Reality: A Trentise in the Sociology of lGrwledge, Garden City (NY), Anchor Books, 7967; G. H. Mead, Mind, SeIf, and Society: From thc Stanilpoint of Sociat Behaoiourist, Chicago, The University of Chicago Press, 1974; E. Jaques, A Gene¡al Theory of

(18)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralida¿ en la gestión pública

@ UEM-CEES EDICIONES 17

De forma reiterada, la doctrina norteamericana utiliza la crisis de los misiles de

Cuba como ejemplo para demostrar

la importancia

de los valores morales que configuran la personalidad de los administradores públicos. Los autores aducen que

,en la decisión final adoptada, los argumentos morales fueron combinados con las consideraciones estratégicas. De igual modo, entendemos que los administradores

y

los gestores públicos,

y

especialmente los de designación política, en el matgen de discrecionalidad que poseen en el ejercicio de sus actuaciones reflejan juicios de

valor

morales,

o

lo

que es

lo

mismo,

la

discrecionalidad

permite

que opten

por determinadas preferencia en función de criterios morales.

3.1. La

moralidad

de las nonnas

El

seguir

normas dictadas o códigos

para

situaciones dadas, ¿puede ser

considerado

un

comportamiento moral? ¿Son más morales los modelos extemos que nuestras decisiones subjetivas? Siempre dependerá del grado de conciencia de

por

qué uno sigue las

noÍnas,

incluso las normas éticas.

No

seremos críticos con los movimientos religiosos, ya que sus noûnas son

presumiblemente

el orden moral

más

alto

y,

en

cualquier

caso,

en

general

establecen modelos de comportamiento predecible.

El

comportamiento, ¿es

un

hábito

o

es

el

curso

preferido

de

una

acción? Si es meramente

un hábito,

los seguidores:

a) sólo tendrán que aprender a seguir al líder, no a

jrzgarlo,

ni

a decidi¡ si

seguirlo o no;

b)

Ia adhesión

incondicional

e inconsciente a los líderes es

inmoral,

si no lógicamente imposible.

Si tomamos

la autoridad

legal-racional como

una

teoría

normativa,

ésta ofrece trna descripción clara del contenido de una 'decisión buena.' De hecho, se

produce la institucionalización de la conformidad de

lo

que constituye 'bondad,'

pero,

a pesar

de su

carácter

normativo,

las

estrucfuras de

decisión que con-cuerdan con la normativa resultan ser en realidad una negociación compleja.

Si las

noínas

y

las regulaciones son percibidas como objetos extemos

y

ajenos a

t¡no mismo, si

la

responsabilidad de las acciones se percibe como

un

sistema

de

recompensa

y

castigo

al

margen de

uno

rnismo,

sin

duda, estamos hablando de un tipo particuJar de racionalidad y de realidad objetiva, determinada

por'la

todo comprensiva racionalidad' de los seres humanos. No necesita prueba

de

error

ni

adicionales interpretaciones:

Kerneth

J.

Arrow

ha demostrado

(19)

E. de K. Fernández

Resporcabilidad y moralidad en la gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 18

y

cada

uno

de las sifuaciones que pueden surgir,

o

todas las variables posibles

dentro

de

una

situación que parece

requerir la

aplicación de una norma27. Por

tanto ---<oncluye

acertadamente-,

nunca nos podemos

liberar

del

juicio

moral,

y

creer que sí podemos hacerlo es mentirnos a nosotros mismos,

lo

que,

por

mismo, constifuye un acto inmoral.

Tomar

refugio

en eI

mundo

de las convenciones establecidas

no

significa

un

comPortamiento

conscientemente

inmoral:

se

trata del

mero acto de

bús-queda de modelos fuera de

uno

mismo, como garantía de que se toma

la

deci-sión

correcta.

Sin

embargo, es

un

acto de

autoengaño,

porque

uno

tiene

que

convencerse

de

que

no existe

decisión

moral

en

la

decisión que toma.

Un

existencialista describiría esto como una paradoja de la vida: <Todas mis acciones

implican

elecciones. Incluso cuando yo no escojo explícitamente, como de hecho

no lo

hago en la mayoría de los casos,

mis

acciones son testigos de

tn

implícita

elección>28.

El

psicólogo Richard

Farson desconcertaba

a

sus

estudiantes

al comienzo

de

las clases

afirmando

que <todos

los

actos, son

un

acto político>, porque incluso la no elección es la elección de no elegir.

Se ha propuesto también que los modelos de profesionatidad, los códigos

éticos

y

la opinión

populat

por

ejemplo

la religión,

tienen

otro criterio

de

comportamiento

moral,

en este caso

intemaltzado

por la

socialización.

A

tales

modelos se les percibe objetivamente como racionales, en

el

sentido de que son

guías de como

se debe

actuar,

pero una

vez más

la

responsabilidad de

las acciones se deriva hacia otras esferas.

I-a mejor formn de definir un código de

étiu

es considerarlo unn afirmnción de

criteios acøptables de ømportamiento para los funcionarios de la Administración. Este código puede estar expuesto en

un

estatuto o simplemente

en

distintas

reglamentaciones ile los dEartamsntos o bicn en una resolución legßlatiaa. Sirue

el propósito de establecer claramente para los funcionarios

y

para eI público en

ganeral lo que es un comportamiento acEtable.2e

Con frecuencia se argumenta contra los códigos de ética que no es posible

la

legislación de

la moralidad, de forma contraria

sus defensores argumentan

que las sociedades organizadas siempre lo han hecho así. Otra objeción existente

27 Atow, op. cit. 28 Bames, op cit., p. 49.

Ð R. Eisenberg,

"Conflicts of Interest Situations and Remedies,>, Rutgers Iaw Reuiw, 4

(7959), p. 672, cit. por LI. G. Nigro. y F. A. Nigro, AdminisÐación públicn moderna, Mad¡id, INAP,

(20)

E. de K. Fernández

Responsabilidd y moralidad an la gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 19

contra los códigos de conducta hace referencia a que no puede esperarse que los

principios

morales de los funcionarios

sean mayores

que los

del público

en

general. De hecho, parece existfu una relación de carácter doble entte los criterios

de conducta respecto a

los

asuntos

públicos

y

aquellos que prevalen en

la

comunidad en general. Si

la

opinión pública no

se

siente

excesivamente

preocupada con consideraciones de

carácter

ético,

ello

se

reflejará

en el

comportamiento de muchos funcionarios públicos. Por

el

contrario, si

estos

últimos

dan ejemplo de

alta integridad,

presumiblemente

ello

llevará

a

que se

eleven los niveles del público en general.

Entendemos que

la

realidad es una combinación de la existencia concreta

de objetos

y

seres

fuera

de nosotros,

con significado

y

orden,

y

sin

que

inter-venga en ella nuestra

interpretación

subjetiva o emocional,

ni

el

inte¡activo

desarrollo de símbolos y significados que agregamos a los hechos y a las cosas. El m¿rco ético y la opinión pública son datos objetivos para considerar junto con las

norrnas y las regulaciones, en los principios generales de la acción.

Si se invoca una

norrüt

conscientemente, puede haber un acto moral si con

la norma

invocada tratamos de

corregir

una acción

ilegítima,

pero

las

con-secuencias potencialmente inmorales de las normas fijadas se

manifþstan

en la separación existente entre administradores

y

clientes. El

principio

de que todos

Ios clientes deben ser tratados

igualitariamente

asurne que

no

son iguales, de

forma

que se laerza

la

igualdad

en

individuos

que

no

son iguales,

y

que

nece-sitan atención personal

a

sus idiosincrasias.

Orion White

era consciente de ello

cuando señaló que las noflnas

y

las regulaciones son construidas predominante-mente

por

las capas medias sociales,

y

reflejan intrínsecamente los valores de

éstas,

por

1o que, con frecuencia, no se corresponden con los valores de los

indi-viduos a los

que presumiblemente tendrían que serviroo. Además, las

prescrip-ciones universales e indiscriminatorias, al tratar a todos de forma igual, omiten

y

destruyen las cr¡alidades peculiares y pluralistas de ciertas comunidades.

El

propio

sentido de responsabilidad del funcionario es producto de su

his-tona;,

por

ello

resultan esenciales las prácticas selectivas para

admitir

personal.

Ningún

código ético tendrá mucho impacto sobre una persorut que a lo largo de su

vida

o durante bastante tiempo ha estado convencida de que el hombre inte-ligente no

permite

que su conciencia interfiera con los métodos que

utiliza

para

lograr sus objetivos.

30 O. F. White (Jr.),

"The Dialectical Organization: An Altemative to Bureaucracyrr, Public

(21)

E. de K. Fernândez

Responsabilidad y moralidad en Ia gestión pública O UEM-CEES EDICIONES 20

3.2. Las organizaciones como agentes morales

Desde

algunas posiciones doctrinales

se

afirma

que

las

organizaciones

están pensadas

para

especializarse

en la producción,

y

que

por tanto,

se encuentran al margen de temas políticos, sociales o mora-les3l. De este modo, las

organizaciones sólo necesitan

justificar

sus acciones en

términos

de eficiencia

económica.

El planteamiento

es claro: las organizaciones satisfacen los deseos

individuales y

los

individuos

son moralmente autosuficientes. Coincidimos con John Schaar cuando señala que

tal

concepción se cotresponde con una sociedad

en

la

que Ia

moralidad del grupo

se

ve

relegada

por la

exaltación de

lo

indi-vidual.

Schaar

deplora

cómo

la

sociedades occidentales se

han convertido

en

poco más que

el

terreno en

el

que los

individuos

desafían o usan a los

conciu-dadanos

para

obtener ganancia,

y

ert

el

que

el

Estado sucumbe a

los

intereses privados32.

Las organizaciones son

miembros

de

la

comunidad local

y

de la

comu-nidad superior, pero su

grisáceo

status

como

agentes

morales les permite

interpretar

los requerimientos legales.

[a

defensa de que las organizaciones son herramientas económicas, neutrales, eficientes y libres de valores, implica que las

organizaciones

no tienen

que asumir,

o incluso

respetar, los ideales colectivos.

Como

bien apunta

Thomas Donaldson,

la

gente espera que las organizaciones

sean

responsables

por

su comportamiento

inmoral,

y

sostiene que

las

organizaciones privadas tienen el "deber de reconocer modelos que transcienden

las leyesñ3, aportando

un

caso

jurídico

referido

a una industria japonesa, para

ap oy ar sus afirrnaciones:

I-a compañía había oertido mercurio an el océano, sabiendo que rEresentaba un

peligro para los residentes. El mercurio contaminó los peces IouIæ y más tarde se acumuló en los cuerpos de los residentes locnles que comieron el pescado

contømitado. Muchos años después Ia acumulación desenadenô una erplosión

de malþrruciones de nncimiento.

Chisso no había aulnerado ningunn ley. Durante todo el proceso estuao conaencida de que los niaeles de emßión estaban dentro de los pitrcipios legales

del gobierno japonés, aunque si reconoció que tales principios erøn inadecuados.

Argüyendo en nombre de las aíctimas, los fscales sostuvieron que a pesar de

31 Donaldson, op. cit., p. 75.

32 Schaar, op. cit.,p.37.

(22)

E. de K. Fernández

Responsabilidd y moraliàad an h gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 2I

haber hecho honor de las prccisiones legales, Chisso había desatendido sus obligaciones morales. EI tribunal estuao de acuerdo, y se forzó a Chisso a pagar

elea a das indemnizacione s.u

Donaldson lleva a cabo la ambiciosa tarea de establecer cómo y

por

qué las

organizaciones

privadas

llegan

a

ser agentes morales. Sus conclusiones son

relevantes

para

este estudio,

porque

los administradores públicos

podrían

ser agentes morales: <<paÍa ser considerado como agente

moral, una organización

privada

necesitaría encamar

un

proceso moral de adopción de decisiones>3s. Tal proceso requiere:

a)

la

capacidad

para

usar razones morales en el proceso de adopción de decisiones;

b)

Ia capacidad

del

proceso de adopción de decisiones para controlar, no

sólo los actos manifiestos de

la

organización, sino también la estrucfura latente de las políticas y de las normas3ó.

Donaldson pretende elevar las operaciones de las organizaciones privadas <por encima

del

nivel

de [...]

simples máquinas,,37: los agentes morales deben

estar

capacitados

para

proporcionar

razones

morales de

lo

que hacen,

y

no simplemente entender las causas de

por

qué lo hacen. Una vez incoqporados los

criterios morales, según Donaldson, la

propia

estructura intema

permitirá

a las organizaciones privadas/ asurnir responsabilidad por los comportamientos3s.

Aunque la materialización de

las organizaciones

privadas

como agentes morales detrae los argumentos de Donaldson, él mismo advierte que no se debe

extender su lógica

a

otras propiedades humanas. Sí destapa

la

importancia de

reconsiderar

y

controlar

la

estructura de

decisiones

para

acometer decisiones

moralmente.

Entendemos que

la

conciencia de ser

miembro

de

una comunidad

es la precursora de la noción de moralidad, la civilización sólo es

civil

cuando la gente

entiende

la importancia

de

la

costumbres

compartidas.

Las organizaciones, aunque se las considere miembros de

la

comunidad,

no toman

decisiones, las

toman sus dirigentes; de ahí que estos deban expandir las preocupaciones de los procesos de decisiones más allá de los intereses monetaristas. En este sentido, las

s

ldem, pp.l-2.

s

ldem, p. 30.

ø ldem.

37 Idem, p. 30.

(23)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en Ia gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 22

organizaciones

tienen

la

obligación de

defender,

cumplir

y

promovet

las creencias morales de su comunidad.

4.

Le

RELAcTóN ENTRE REspoNsABrLrDAD,

MORALIDAD Y AUTORIDAD

La

relación

que

establece

la

bibliografía

norteamericana

sobre

Administración

pública entre las nociones de responsabilidad y moralidad con el

concepto de

autoridad

se

manifiesta de forma obvia en que

ambos

son considerados

valores inherentes a

la legitimidad.

Los administradores

y

los

gestores públicos, annque en el ejercicio de su

autoridad

gozar. de un margen de

discrecionalidad,

se encuentran sometidos a

una

responsabilidad que

no

sólo

incluye el

uso correcto de Ia

autoridad

y

de

los

recursos,

sino

también

las

intenciones,la

voluntad

y la eficacia de las actuaciones. Los principios de

respon-sabilidad

y

moralidad

se perciben como justificaciones de la autoridad, esto es,

como explicaciones que los sujetos de

autoridad

dan sobre las razones en que

pretenden fundamentar su derecho a ejercer la autoridad:

por

qué se hace lo que

se hace y

por

qué debe seguir haciéndose.

Michael M. Harmon/

recogiendo una idea

frecuente

en la bibliografía,

apunta que la acción autorÞada se debe basar en la 'apreciación' de situaciones

y

de decisiones sobre qué acto es

el

más

moral

y

responsable. En tales casos, la

responsabilidad se concibe como

un

mecanismo de evaluación de la moralidad

del

ejercicio de

la autoridad:

<la

responsabilidad

es

un principio

tanto

de la

ausencia

como de

la

presencia de

modelos de autoridad, para determina¡

la

correctitud de una acción>3e.

De

todo ello

se

desprende que

la

responsabilidad

y la moralidad

son aspectos inherentes no sólo a la autoridad de los dirigentes administrativos, sino

también

al

trabajo de todos los administradores públicos. En

este sentido, la

responsabilidad

y

la

moralidad

no pueden ser desvinculados de la autoridad,

y

menos aún de la autoridad pública, si ésta quiere ser legítima.

Sostenemos en coincidencia con buena parte de la dochina norteamericana que si las organizaciones son percibidas como miembros de una comunidad y se

espera de ellas que se comporten en beneficio del interés global de la comunidad,

y

si los zujetos de

autoridad

de esas organizaciones tienen una relación especial,

(24)

E. de K. Fernández

Responsabilidad y moralidad en la gestión pública @ UEM-CEES EDICIONES 23

casi

moral,

con

la

comunidad,

entonces las organizaciones

y

especialmente las

públicas,

debeían

ser recíprocas con la comunidad, no sólo en basar las acciones en PrinciPios morales,

sino

también en

la

determinación de

la

responsabilidad que de ellas se deriva.

5.

CoxcrusroNns

Valiéndonos

fundamentalmente de las aportaciones doctrinales

norteamericanas

hemos

analizado

dos

valores comúnmente vinculados a

la

legitimidad

de las organizaciones públicas.

En la primera parte nos referimos a la responsabilidad y nos hemos detenido

en

la

responsabilidad de las organizaciones públicas, afirmando que

la determinación de las responsabilidades que se derivan de las achraciones públicas

en [a práctica no son fácilmente atribuibles. Hemos dado cuenta de la escasez de

estudios sobre la responsabiJidad que se deriva de las decisiones y de las acciones que emPrenden los administradores y gestores púbticos de designación política, en

función de las expectativas creadas y de los objetivos alcanzados.

Tras

distinguir

los diferentes tipos de responsabilidad, nos hemos centrado en

el

estudio de

la

responsabilidad de los burócratas profesionales, señalando

que existe

cierto

consenso entre

la

doctrina

en considerar esta responsabilidad

como técnica,

dife¡enciándola

claramente de

la

responsabilidad

política

y

personal de los administradores

y

gestores públicos de designación pàHtica. En

ambos casos la responsabilidad parece derivarse del ejercicio de la auioridad, sin

embargo sólo en el caso de los cargos públicos de designación política se pone de

manifiesto Ia debilidad de los mecanismos de rendición de cuentas.

A

partir

de las ideas

expresadas

por

Donaldson,

hemos

puesto

de

manifiesto la

necesidad de

incorporar la responsabilidad

individual

a

los

Procesos de adopción de decisiones, convirtiéndolos en algo personal, humano

y

moralmente conscien¡sß,

y

entendíamos que hacer a los integrantes del proceso

de

adopción de

decisiones responsables

no

era

sino

la

justa devolución

de la confianza depositada en ellos al otorgarles la autoridad.

Creemos que

la

responsabilidad pública

por la

gestión debe basarse en la

rendición

de

cuentas,

pero

además la

justificación

de

las decisiones

y

de las acciones emprendidas debe también ser evaluada en función de las expecüativas.

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