UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DERECHO CONSTITUCIONAL
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAGISTER EN DERECHO CONSTITUCIONAL
TEMA:
LA EUTANASIA Y LA DIGNIDAD HUMANA
AUTOR: DR. LÓPEZ BALSECA CÉSAR EDUARDO
ASESORES: DRA. NAVAS MONTERO SONIA CLEOPATRA MG. DR. SUÁREZ MERINO EDISON NAPOLEÓN MSC.
APROBACIÓN DE LOS ASESORES DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
CERTIFICACIÓN:
Quienes suscriben, legalmente CERTIFICAN QUE: El presente Trabajo de Titulación
realizado por el señor Dr. López Balseca Cesar Eduardo, maestrante del Programa de Maestría en Derecho Constitucional, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “La Eutanasia y la Dignidad Humana en el Ecuador”, ha sido prolijamente revisado, y cumple
con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional
Autónoma de los Andes -UNIANDES-, por lo que apruebe su presentación.
Ambato, Septiembre de 2016
_________________________________
Dra. Navas Montero Sonia Cleopatra Mg.
ASESOR
__________________________________
Dr. Suárez Merino Edison Napoleón MSc.
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
Yo, López Balseca Cesar Eduardo, maestrante del Programa de Maestría en Derecho
Constitucional, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del grado académico de
MAGISTER EN DERECHO CONSTITUCIONAL, son absolutamente originales,
auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva
responsabilidad.
Ambato, Septiembre de 2016
_______________________________
Dr. López Balseca César Eduardo
DERECHOS DE AUTOR
Yo, Cesar Eduardo López Balseca, declaro que conozco y acepto la disposición constante
en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de Los
Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El Patrimonio de la UNIANDES, está
constituido por: La propiedad intelectual sobre las Investigaciones, trabajos científicos o
técnicos, proyectos profesionales y consultaría que se realicen en la Universidad o por
cuenta de ella;
Ambato, Septiembre de 2016
_______________________________
Dr. López Balseca César Eduardo
DEDICATORIA:
El presente trabajo lo dedico a toda mi familia pero de manera especial a Cesar Andrés y
María José, quienes son el motor de mi vida, fuente de inspiración y motivación
permanente, para cumplir cada una de mis metas propuestas.
AGRADECIMIENTO
A mis maestros del Programa de la Maestría de Derecho Constitucional de la Universidad
Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES”, guías en la orientación del
conocimiento entregado y discernido; y, de manera especial a la Dra. Navas Montero Sonia
Mg y al Dr. Suarez Merino Edison Msc., por su conspicua orientación en el desarrollo del
presente trabajo de investigación.
INDICE GENERAL
PORTADA
APROBACIÓN DE LOS ASESORES DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
DERECHOS DE AUTOR
DEDICATORIA:
AGRADECIMIENTO
INDICE GENERAL
Resumen Ejecutivo
Abstract
Introducción ... 1
Antecedentes de la investigación ... 1
Planteamiento del Problema ... 5
Formulación del Problema ... 5
Delimitación del Problema ... 6
Objeto de Investigación y Campo de Acción ... 6
Identificación de la Línea de Investigación ... 6
Objetivos ... 6
Objetivo General ... 6
Objetivos Específicos ... 6
Idea a Defender ... 7
Justificación del tema ... 7
Cuál es el aporte teórico ... 8
Resumen de la estructura de la tesis ... 8
Elementos de Novedad ... 9
Aporte Teórico ... 9
Significación Práctica ... 9
Metodología empleada ... 10
CAPÍTULO I ... 11
MARCO TEORICO ... 11
Epígrafe 1... 11
1.1. La Eutanasia ... 11
1.1.2. Reflexión Ética. ... 13
1.1.3. La eutanasia y los interrogantes morales ... 15
1.1.4. Reflexión y juicio moral ... 16
1.1.5. Qué es el Testamento Vital ... 17
1.1.6. El Desahucio Médico ... 18
1.1.7. Procedencia ... 19
1.1.8. La Eutanasia en Bélgica ... 21
1.1.9. La Eutanasia en Estados Unidos... 22
1.1.10. La Eutanasia en Uruguay ... 24
1.1.11. La Eutanasia En Otras Legislaciones... 24
1.1.12. La eutanasia en España ... 26
1.1.13. Australia ... 27
1.1.14. La Eutanasia en el Japón: ... 28
1.1.15. La Eutanasia en el Ecuador ... 29
1.2. Derecho a una Muerte Digna en el Ecuador ... 30
1.2.1. Qué es la bioética ... 31
1.3 Desahucio Medico. ... 32
1.4 La Solidaridad ... 33
1.5. Base Constitucional ... 34
1.6. Jurisprudencia Sobre la Muerte Digna ... 35
1.7. Otras Jurisprudencias Internacionales Sobre la Muerte Digna ... 35
1.8. Conclusiones Sobre el Derecho Constitucional a Morir en Forma Digna ... 35
Epígrafe 2... 38
2.1. La Dignidad Humana ... 38
2.2. La dignidad Humana como fundamento de los Derechos. ... 39
2.2.1. El Ámbito Constitucional de la Dignidad Humana ... 41
2.3. Vivir con dignidad ... 43
2.4. Morir con Dignidad ... 45
2.5. Libertad y Decisión ... 47
Epígrafe 3... 48
3.1. El Derecho al Buen Vivir ... 48
3.1.1. Constitucionalmente veamos, los siguientes artículos:... 49
3.2. El Derecho a la Vida ... 52
3.3.1. La Constitución del Ecuador 2008, acerca de la salud ... 57
3.4. Principios de Aplicación de los Derechos ... 58
3.4.1. Igualdad de Jerarquía ... 59
3.4.2. Es posible la igualdad jerárquica de los derechos. ... 60
3.4.3. Ponderación de Derechos ... 62
3.4.4. Interpretación Constitucional ... 65
Conclusiones del Capítulo ... 67
CAPÍTULO II ... 69
2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 69
2.1. Tipos de Investigación ... 69
2.1.1. Investigación exploratoria ... 69
2.1.2. Investigación Descriptiva ... 69
2.1.3. Investigación Explicativa ... 69
2.1.4. Investigación Bibliográfica ... 70
2.1.5. Investigación de Campo ... 70
2.2. Métodos de Investigación ... 70
2.2.1. Método Deductivo ... 70
2.2.2.- Método Inductivo ... 71
2.2.3. Método Analítico- Sintético ... 71
2.2.4. Método Lógico ... 71
2.3. Técnicas ... 72
2.3.1. La Observación ... 72
2.3.2. La Encuesta ... 72
2.3.3. Muestra ... 72
Población ... 73
2.4. Resultados de la Investigación de Campo ... 74
2.5 Planteamiento de la propuesta ... 84
Título de la propuesta: ... 84
Beneficiarios: ... 84
Objetivo: ... 84
Justificación: ... 84
Conclusiones parciales del capítulo ... 89
CAPÍTULO III ... 90
3.1 Procedimiento de aplicación de resultados ... 90
3.2 Validación de la propuesta ... 91
Conclusiones parciales del capítulo ... 94
Conclusiones generales ... 95
Recomendaciones ... 97
Bibliografía
Resumen Ejecutivo
El problema materia de la investigación fue planteado con la siguiente interrogante: ¿La
falta de normativa en la Constitución ecuatoriana, sobre el reconocimiento al derecho a la
eutanasia, afecta la dignidad humana?
La inexistencia de norma constitucional, para la aplicación de la eutanasia a los pacientes
con enfermedades incurables, genera un grave problema social en nuestro país, por lo que,
amerita elevar un debate transparente, objetivo y de profundo respeto al derecho a una
muerte digna, para evitar el terrible dolor del paciente y su familia. Es decir, el problema
radica en la falta de reconocimiento constitucional.
Este problema investigado, se enmarca en la línea de investigación: “Retos, perspectivas y
perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en el Ecuador. El ordenamiento jurídico
ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales”
El contenido de la investigación, la misma que se sustenta en fuentes bibliográficas y
linkográficas, previamente seleccionadas, se sujeta a la modalidad de la investigación
cualitativa y cuantitativa, para lo cual, se aplicó los métodos inductivo- deductivo,
analítico, sintético, histórico y lógico. Desde la perspectiva de una macro visión de la
práctica de la eutanasia, se determinó que la falta de normativa constitucional, afecta el
reconocimiento de la eutanasia, lo cual atenta a la dignidad humana de ecuatorianas y
ecuatorianos. El órgano legislativo, sobre este importante tema, no se ha pronunciado, lo
que explica, por qué de la falta de la norma legal respectiva.
En este estudio, se encontró una posible solución a la situación problémica planteada, esto
es, se expone un documento crítico jurídico sobre la eutanasia, lo cual determina que los
pacientes con enfermedades terminales, tengan una muerte digna. Para poner de manifiesto
su aplicación, debe ser legislado constitucionalmente, para que el inserto, esté en el
ordenamiento legal ecuatoriano y de esta manera garantizar en el derecho constitucional
Abstract
The research problem was stated with the following question: Does the lack of regulation in the Ecuadorian Constitution on the recognition of the right to euthanasia affect human dignity?
The absence of the constitutional norm for the application of euthanasia to patients with incurable diseases is a problem, which causes a serious social problem in our country. Therefore, it is necessary a transparent, objective and deep debate about the right to a dignified death in order to avoid the terrible pain of the patient and his family. In other words, the problem lies in the lack of constitutional recognition.
This research problem is part of the research: “Challenges, perspectives and improvement of legal science in Ecuador. Ecuadorian legislation, historical, theoretical, philosophical and constitutional assumptions”
The content of the research is supported by previously selected bibliographic and linkography sources, which uses qualitative and quantitative research. Thus, inductive, deductive, analytic, synthetic, historical and logical methods were applied. From a macro view perspective of the practice of euthanasia, it was determined that the lack of constitutional law affects the recognition of euthanasia, which undermines human dignity of the Ecuadorians. The legislature has not acted on this important issue. This explains the lack of the respective legal norm.
1 Introducción
Antecedentes de la investigación
Siendo la eutanasia la acción que acelera la muerte de un paciente que esta ya
desahuciado, por los médicos, es decir, con la intención de evitar gran sufrimiento y dolor
al enfermo y su familia. Esta situación social de salud, ha sido históricamente materia de
análisis a nivel mundial, hecho que ha llevado a escribir muchas obras de extraordinaria
importancia sobre dicho tema, entre las cuales y como un ligerísimo ejemplo cito las
siguientes:
A nivel nacional
GARCÍA FALCONÍ, José (2011). Derecho a una Muerte Digna. En esta interesante obra,
el autor plantea, “La eutanasia, por cualquiera de los métodos en que se la ejecute, tiende a
aliviar los dolores que al paciente moribundo le acomete en los últimos instantes de su
vida. Si en este acto, se emplean fármacos, medicamentos, sedantes, etc., que a la par
alivian el dolor pero aceleran la llegada de la muerte, tenemos la presencia de la Eutanasia.
Si en otros momentos se le retira los elementos de soporte que al paciente le mantienen con
vida o no se le administra los sedantes o fármacos que requiere para “continuar vivo”,
también dice el autor, que encontramos presente la Eutanasia; al igual que la hallamos en
los casos de muertes ocasionadas por los efectos secundarios de la medicación que se le
administra como parte de su curación”1.
Afirma que, en todos los casos, siempre se debe contar con la voluntad del enfermo o de
sus familiares; lo cual me parece de mucha importancia social, de manera concreta cuando
se le administren sustancias que aliviando los dolores le provoquen la muerte inmediata.
Además del requerimiento expreso del paciente, el médico tratante es quien siempre
aplicará los preparados necesarios para tal fin. Estos elementos: voluntad o petición del
enfermo y actuación médica, son el sustento de la Eutanasia, para una muerte con
dignidad y altivez.
2
Este trabajo de tesis ha sido desarrollado en un contexto que permite interpretar la
realidad de las personas que padecen de una enfermedad terminal y los fenómenos
socio culturales, que surgen de la interacción entre los individuos sanos y enfermos.
La investigación de una manera muy objetiva, busca cambiar la forma de morir sin dolor,
a personas que padecen de una enfermedad terminal, favoreciendo así al paciente
con la aplicación de la eutanasia.
El autor de la citada obra, manifiesta que el Dr. Richard Steinpach, señala: “La muerte, no
es sino un nacimiento que nos hace retornar a un mundo del más allá, de donde hemos
venido. Procuremos, por ello, no dificultar este paso precisamente a un ser querido por
obra de nuestro dolor, que en el fondo no es sino egoísmo”2. O sea, que se debe adquirir
claridad acerca de la muerte,lo cual significa en realidad ocuparse verdaderamente de la
vida, pues, como dice el fallecido Secretario General de las Naciones Unidas Dag
Hammarskjord: “Si se llega al fondo del asunto, es nuestra idea de la muerte la que decide
acerca de todas las cuestiones que plantea la vida; lo cual sin duda alguna nos librará del
temor a la muerte y más aún, lo que es todavía más importante del temor a la vida”3
Bajo esta finalidad, la: “Propuesta se construye a partir de un marco teórico, que le
dota de capacidades explicativas, a través del estudio profundo de legislaciones
internacionales, derechos adquiridos, el trato del paciente dentro de los centros de
cuidados paliativos”4. Por último, se describe la aplicación de la propuesta de
investigación que consta de: marco propositivo, título de la propuesta,
fundamentación, que tiene un enfoque claro y concreto de justificación, objetivos, y la
propuesta de incluir a la eutanasia como una norma jurídica dentro de la legislación
ecuatoriana y la Ley Orgánica de Salud, en donde se brindará a las personas con
enfermedad que no tienen cura y que por motivo de ésta, producen sufrimiento y un
dolor insoportable, la oportunidad de tener una muerte sin dolor. Sin lugar a dudas, este
estudio aborda el tema de manera muy objetiva.
El distinguido tratadista BAIGUES, V. (2007), en su libro titulado Compendio de
Medicina Legal, señala “La muerte es un hecho que nunca ha dejado de preocupar a los
2 ARANDA. B (2011). Derecho a una Muerte Digna. Ed. Ed. Jiménez, México Pág. 70
3
seres humanos, y para unos es simplemente un momento necesario y un resultado lógico de
la actividad vital del organismo. Para otros, es el pase hacia un eterno limbo de felicidad
eterna; hacia el conocimiento de DIOS, y de sus indescifrables designios, o hacia el
desconocido reino de los premios y castigos, según la fe o según las obras”5, con esta
realidad indiscutible, el ser humano debe llegar a la muerte con la debida dignidad, es
decir, haciendo uso de un derecho legítimo, que nos da la misma naturaleza.
En el ámbito internacional de las innumerables obras que existe, se cita a:
BAIGUES, V. (2007). Señala el autor en esta obra, que:“La legalización de la eutanasia es
ahora mismo uno de los elementos fundamentales de la agenda radical. En España, desde
1995 se han seguido los pasos habituales en la imposición de esta práctica. Reducción de la
pena primero, propaganda, posterior sobre casos extremos, y tendencia a la abstención de
la fiscalía en la persecución de los posibles delitos, como vemos en los casos Sampedro o
Leganés”6
En todo caso en este libro, se explica las implicaciones jurídicas de la legalización de la
eutanasia, analizando las transformaciones que exige en los derechos fundamentales y en la
propia definición del sujeto de derecho, la privación de sentido del término dignidad
humana, o el hecho de que la eutanasia es una reivindicación de un grupo intelectual radical
que se aplicará preferentemente a personas, su preocupación por el sufrimiento atroz del
enfermo terminal, e invoca a señalar, si esto, es humano.
DEREK, Humphry; ANN, Wickett (2009). Estos autores, Filosóficamente expresan:
“Si la muerte es el único hecho que el ser humano puede, a lo largo de toda su vida, dar por
seguro e ineludible, si se le brinda el derecho a elegir cómo será su vida, ¿por qué otros
dictaminan acerca de cómo debe morir?”77
Esta no es más que una de las preguntas que los partidarios de la eutanasia activa se
plantean, de modo particular aquellos que han sentido, alguna vez la dolorosa situación de
alguna persona conocida y ven la necesidad de aliviar el sufrimiento sin cura y el fin
irreversible de un ser humano, que ha expresado, consciente y libremente, su deseo de no
prolongar inútilmente su vida.
5 BAIGUES, V. (2007). (2007). Sobre Morir: Editorial Trotta S.A. México pág. 77
6 BAIGUES, V. (2007).Sobre Morir: Editorial Trotta S.A. México pág.80
4
Los autores, demuestran que se debe evitar el terreno equívoco de las respuestas morales.
Han preferido aportar toda la información necesaria para facilitar la reflexión personal
adecuada que permita tomar las decisiones pertinentes en un asunto tan íntimo e
intransferible frente al padecer de una enfermedad terriblemente incurable.
MATEU, Juan (2008).Eutanasia. Una Batalla Por Ganar. Sostiene el autor:“la legalización
de la eutanasia y/o del suicidio asistido, es una de las muchas batallas que la luz de la razón
debe ganarle todavía a la oscuridad de la fe”8 Este libro trata, desde el principio, sobre un
claro partido por la razón y lo hace aportando amplia información sobre la historia y el
polémico presente de tan interesante tema, para que una persona, pueda formarse su propia
opinión, si aún, no ha tenido tiempo u ocasión para hacerlo, porque en el proceso de la vida,
podemos sufrir impredecibles consecuencias de salud.
LAVAREZ, Josep Antoni (2010) La Eutanasia a Debate. Este conspicuo autor advierte
que cuando inició la redacción del citado libro, no podía imaginar el revuelo y la polémica
que se iba a dar, en relación con la eutanasia, independientemente de que se trata de un tema
polémico. Tampoco estaba consciente de que el tema que iba a abordar fuera a estar tan de
actualidad.
La verdad, no se equivoca, pues, “después de unos años durante los cuales el
Tema había pasado a un segundo plano, el estreno de la película Mar adentro y las
posteriores declaraciones del actual gobierno español en el sentido de abrir un debate sobre
la posible legalización de la eutanasia en un futuro más o menos cercano, han generado un
acalorado debate en los últimos meses sobre si es ético regular la eutanasia, por no decir su
práctica. Desde entonces múltiples voces se han levantado para manifestar su oposición a
la legalización de la eutanasia”9 .
Por lo señalado, toda obra acerca de la eutanasia, considerando la relevancia, científica,
genera polémica en los sectores sociales reaccionarios. En este sentido, la Iglesia Católica
ha lanzado una campaña con la finalidad de manifestar su total oposición a la posible
regularización de la eutanasia. Esa oposición total ha generado, a su vez, la reacción,
8MATEU, Juan (2008). La Eutanasia. Una Batalla Por Ganar. Ediciones Nicola, Barcelona. Pág. 118
5
porque se ha considerado que la oposición clerical, no es sino otra de sus manifestaciones
fanáticas, que alienan la mente humana.
Planteamiento del Problema
El problema consiste en la falta de legalización constitucional sobre la aplicación de la
Eutanasia, debido a la inexistencia de una normativa jurídica, que afecta a tener una muerte
con dignidad, a las personas que han sido desahuciados legalmente por los médicos, para
evitarles gran dolor y sufrimiento que tiene que soportar el paciente, así, como sus íntimos
familiares. Se trata de un derecho humano, a tomar decisiones libres, incluso de decidir
cuándo y cómo morir frente a circunstancias de enfermedades incurables, de padecimientos
atroces, desconociendo el derecho a rechazar el encarnizamiento terapéutico que implica
imponer su voluntad de rechazar medios y procedimientos, que lo que hacen, es prolongar
la agonía, aunque esto signifique que la falta de dichos recursos acorte la vida del paciente.
Limitar la autonomía de la persona de interrumpir un tratamiento médico; no permitir que el
paciente en estado terminal, se acoja al derecho a morir dignamente, lo que existe ya en
otras legislaciones como en el caso de la república de Argentina donde existe una Ley de la
Muerte Digna, como derecho de la salud; el derecho que le asiste de tener una vida digna
también para el entorno familiar que conlleva al padecimiento, de quienes rodean al
enfermo en condiciones terminales. Lo que equivale evitar el sufrimiento del moribundo y
de sus seres queridos, el reconocimiento de este derecho de decidir la eutanasia, evitaría que
se la practique de forma clandestina como ha ocurrido a lo largo de la historia de diferentes
maneras como el aborto, y determinar una regulación ética y no sea juzgado a la persona que
de manera libre con pleno conocimiento del efecto letal, decida acogerse a una muerte
digna.
Formulación del Problema
¿La falta de normativa constitucional que reconozca el derecho a la eutanasia, afecta la
6 Delimitación del Problema
El resultado de la investigación se desprende la necesidad de contar con una normativa
constitucional para el reconocimiento de la eutanasia que garantice el derecho a una muerte
digna.
Objeto de Investigación y Campo de Acción
Objeto de Investigación
Derecho Constitucional
Campo de Acción
La dignidad humana de los pacientes desahuciados
Identificación de la Línea de Investigación
Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en el Ecuador,
ordenamiento jurídico ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y
constitucionales.
Objetivos
Objetivo General
Elaborar un documento crítico jurídico que sensibilice la creación de la normativa jurídica
constitucional sobre la eutanasia para garantizar la dignidad humana de los pacientes
desahuciados por médicos en el Ecuador.
Objetivos Específicos
Fundamentar jurídica y doctrinariamente la eutanasia, la dignidad humana y el buen vivir.
Establecer que la falta de normativa constitucional, que reconozca la eutanasia, afecta
la dignidad humana de los pacientes desahuciados por médicos, en el Ecuador.
7 • Validar la propuesta.
Idea a Defender
Con la elaboración de un documento crítico jurídico, que sensibilice la creación de la
normativa constitucional sobre la eutanasia, se garantizará la dignidad humana de los
pacientes desahuciados por médicos en el Ecuador.
Variables de la investigación
Variable independiente
Elaborar un documento crítico jurídico, que sensibilice la creación de la normativa
constitucional sobre la eutanasia.
Variable dependiente
Garantizar la dignidad humana de los pacientes desahuciados por médicos en el Ecuador.
Justificación del tema
La falta de reconocimiento constitucional a la Eutanasia, refleja la carencia de una
normativa legal, que afecta a la dignidad humana, de los pacientes desahuciados por los
médicos, entendiéndose esta, como el derecho que tiene cada ser humano, y la necesidad
de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus peculiaridades
individuales de persona, y con el derecho a decidir libremente cuándo y cómo morir ante
circunstancias que imposibiliten tener una vida digna, por padecer enfermedades
incurables, dolores físicos irresistibles por padecimientos degenerativos u otros que afecten
la salud del paciente desahuciado, para evitar la agonía altamente dolorosa del enfermo
y el sufrimiento de su entorno familiar y social, dándole la posibilidad de una muerte
terapéutica digna bajo mecanismos y procedimientos legales y constitucionales. Por esta
humana razón, este tema ha sido tratado en otras legislaciones por ser un problema social
que afecta a un gran número de personas en el mundo y que nuestro país no es la
excepción.
Con el antecedente señalado, la presente investigación tiene una gran relevancia jurídica
social, evidencia la falta de una normativa constitucional que garantice la dignidad
8
regule esta parte del derecho humano, evitaría prácticas clandestinas e inadecuadas que
agraven y atenten a la dignidad de los enfermos desahuciados, cuyo derecho se pretende
reivindicar, aportando las razones lógicas que justifican la necesidad para el
reconocimiento del derecho a la dignidad humana, es decir, de una muerte digna, olvidada
para aquellas personas que sufren enfermedades catastróficas, ósea, incurables.
Se vuelve prioritario tipificar la eutanasia en la legislación ecuatoriana, la misma que debe
tener primacía en la Constitución.
La importancia social y jurídica, que tiene este problema amerita su investigación, a fin de
crear conciencia ciudadana de profundo humanismo, de manera particular en la Asamblea
Nacional, para que se legisle sobre este tema materia de investigación, la misma que
cumple con todos los requisitos académicos, previstos por la UNIANDES. Los recursos
utilizados son económicos y bibliográficos.
Cuál es el aporte teórico
El aporte teórico, resalta la intención del acto médico, con la finalidad de provocar
voluntariamente la muerte del enfermo incurable. La práctica de la eutanasia se puede
realizar por acción directa: proporcionando una inyección letal al enfermo, o por acción
indirecta: no proporcionando el soporte básico para la supervivencia del mismo. En ambos
casos, la finalidad es la misma: acabar con la vida del enfermo o enferma, sin dolor, ni
sufrimiento, acción médica tomada por el paciente y sus familiares. Este procedimiento es
legal, cuando la eutanasia, está tipificada en la legislación de un Estado, en el Ecuador,
todavía no existe esta facultad jurídica y profundamente humana.
Resumen de la estructura de la tesis
La tesis se encuentra estructurada por la introducción y tres capítulos, el primero que se
refiere al marco teórico, en el que encontramos el primer epígrafe 1, que trata sobre la
Eutanasia, considerando el ámbito constitucional. El segundo epígrafe respecto de la
dignidad humana, siempre desde la visión constitucional; y el tercer epígrafe que se
relaciona con el desarrollo del Buen Vivir. El segundo capítulo denominado Marco
Metodológico y Planteamiento de la Propuesta, en el que nos referimos a los métodos, la
9
propuesta. El tercer capítulo permite realizar un análisis de los resultados alcanzados en la
investigación. Cada capítulo tiene sus .conclusiones en forma parcial.
La tesis termina con las conclusiones generales y las recomendaciones.
Elementos de Novedad
La novedad científica es aquella que se obtiene luego de cumplido el objetivo general y los
objetivos específicos determinados para la investigación, es decir, el contenido de la tesis
contiene un conjunto de categorías universales sobre la eutanasia, destacando el aspecto de
la dignidad humana para los enfermos incurables. Esta relevancia, se enfoca en el
documento crítico jurídico, como base para la propuesta jurídica que daría la garantía
constitucional, para la práctica de la eutanasia en el Ecuador.
Aporte Teórico
La investigación permite clasificar en forma sistemática la información que se obtenga a
través de la normativa jurídica, la jurisprudencia, doctrina y linografía, en miras de cumplir
con el objetivo general y los objetivos específicos, que nos van a permitir llegar a una
propuesta, como solución del problema planteado.
Significación Práctica
Es indispensable buscar una solución legal y humana, a la situación problémica planteada,
para evitar, que la inexistencia de normativa constitucional de la Acción de Protección a la
eutanasia, continúe incidiendo en su aplicación, tomando en cuenta, la información y
conocimiento del paciente sobre su enfermedad y su demanda libre y voluntaria de poner
fin a su vida de una manera digna.
Cuál es la implicación práctica
El Estado Ecuatoriano tiene el deber de garantizar, sin discrimen de ninguna naturaleza, el
efectivo goce de los derechos humanos, por lo que los asambleístas, no deben incivil izar la
realidad social de la eutanasia, tomen conciencia de dicha realidad y formulen la ley
respectiva. La presente investigación denominada La Eutanasia y la Dignidad Humana en
el Ecuador, contiene la formulación del problema de la siguiente manera:¿La falta de
10
humana, de los pacientes desahuciados por médicos, en el Ecuador?, en consecuencia se
hizo indispensable realizar la presenten investigación, porque, es un problema de
actualidad, que necesita buscar una solución, caso contrario se seguirá vulnerando el
derecho a una muerte digna, a los enfermos incurables. La eutanasia debe ser un derecho
Constitucional, hecho jurídico, que será relevante, favoreciendo a las ecuatorianas y
ecuatorianos, en los casos de enfermedades incurables, puedan hacer uso, de este derecho
Constitucional.
Metodología empleada
La metodología que se ha de utilizado en la investigación científica, es la cualitativa y
cuantitativa.
Cualitativa, por cuanto, se realizó un análisis de cada uno de los conceptos o contenidos
metodológicos que se aplicó, fundamentados en el criterio y sana crítica del suscrito
investigador.
Cuantitativa debido a que se hace el levantamiento de datos con respecto a la opinión de
las personas encuestadas.
Es decir, se utilizó un conjunto de tipos de investigación, métodos y técnicas, de acuerdo a
la necesidad del objeto materia de investigación, sin los cuales, hubiese sido imposible, la
11 CAPÍTULO I
MARCO TEORICO
Epígrafe 1
1.1. La Eutanasia
BARRAGÁN MORA Berman (2008). “Eutanasia (del griego eu" y "thanatos, que significa ‘buena muerte’) es la acción u omisión que acelera la muerte de un paciente
desahuciado, con o sin su consentimiento (como es el caso del coma), con la intención de
evitar sufrimiento y dolor. La eutanasia está asociada al final de la vida sin sufrimiento”10
Según la Real Academia Española (RAE). “La eutanasia tiene por finalidad, evitar
sufrimientos insoportables o la prolongación artificial de la vida de un enfermo. La
eutanasia se puede realizar con o sin el consentimiento del enfermo”11
Para la Asociación Médica Mundial (AMM):
La eutanasia, es decir, el acto deliberado de poner fin a la vida de un paciente, aunque sea
por voluntad propia o a petición de sus familiares, es contraria a la ética. Ello no impide al
médico respetar el deseo del paciente de dejar que el proceso natural de la muerte siga su
curso en la fase terminal de su enfermedad.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica, en relación con la eutanasia activa lo
siguiente:
“Las definiciones de la eutanasia no son exactas y pueden variar de una persona a otra,
pero tienen varios elementos en común. La mayoría de los comentaristas restringe su
descripción a la eutanasia directa o activa, la cual puede dividirse en tres categorías
1) El homicidio intencional de aquellos que han expresado, de manera libre y con
competencia plena, el deseo de ser ayudados a morir;
2) El suicidio asistido profesionalmente; y
10 RUIZ-CALDERON, José Miguel (2007) LA Eutanasia. Editorial Eiunsa. Ediciones Internacionales Universitarias: ISBN 9788484692072, Madrid-España. Pág. 81
12
3) La muerte intencional de los recién nacidos con anomalías congénitas que pueden o no
ser una amenaza para la vida”5112
Para la Asociación Médica Mundial (AMM):
La eutanasia, es decir, el acto deliberado de poner fin a la vida de un paciente, aunque sea
por voluntad propia o a petición de sus familiares, es contraria a la ética. Ello no impide al
médico respetar el deseo del paciente de dejar que el proceso natural de la muerte siga su
curso en la fase terminal de su enfermedad.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica, en relación con la eutanasia activa lo
siguiente:
“Las definiciones de la eutanasia no son exactas y pueden variar de una persona a otra,
pero tienen varios elementos en común. La mayoría de los comentaristas restringe su
descripción a la eutanasia directa o activa, la cual puede dividirse en tres categorías
1) El homicidio intencional de aquellos que han expresado, de manera libre y con
competencia plena, el deseo de ser ayudados a morir;
2) El suicidio asistido profesionalmente; y
3) La muerte intencional de los recién nacidos con anomalías congénitas que pueden o no
ser una amenaza para la vida”13
Cuando a estos males incurables se añaden sufrimientos atroces, los médicos se presentan
ante el paciente y sus familiares para exhortarles, tratando de hacerles ver, que está ya el
paciente, privado de sus funciones vitales y puesto que la vida misma es un puro tormento,
no hay que dudar en aceptar la muerte, no debe dudar en liberarse a sí mismo o que otros
le liberen, esto es, la muerte no le aparta de las dichas de la vida, sino del suplicio que si
vive, este tipo de muerte se considera digna, sin embargo, el fetichismo social, le hace
renunciar esta decisión digna.
Es muy cierto, la eutanasia es objeto de comentarios de todo tipo, los mismos pueden ser o
no ser piadosos, humanos, etc., pero el único que puede decidir el dejar de existir el poco
12 RUIZ-CALDERON, José Miguel (2007) LA Eutanasia. . Editorial Eiunsa. Ediciones Internacionales
Universitarias: ISBN 9788484692072, Madrid-España. Pág. 102
13 RUIZ-CALDERON, José Miguel (2007) LA Eutanasia. Editorial Eiunsa. Ediciones Internacionales
13
tiempo que le queda, bajo un terrible suplicio, es el propio paciente haciendo uso de su
legítimo derecho, el de tener una muerte digna, quien se puede oponer a esta realidad, solo
los necios idólatras y reaccionarios.
1.1.1. Clases de Eutanasia
Hoy podemos distinguir varios tipos de eutanasia. Destacamos los siguientes: Eutanasia
activa: Consiste en provocar la muerte, sin sufrimiento, de un enfermo ya desahuciado. Esta eutanasia es el verdadero problema para las creencias religiosas y las convicciones
morales.
Eutanasia pasiva: Consiste en cortar el tratamiento que mantiene al enfermo en una vida
vegetativa y sin esperanza. Es decir, dejar que la naturaleza realice su obra sin poner
medios sofisticados para mantener con vida al enfermo, que generalmente padece una
enfermedad terminal y dolorosa.
La eutanasia pasiva es hoy admitida por sectores de la Iglesia católica.
Eutanasia suicida: Cuando es el propio sujeto enfermo quien recurre a procedimientos médicos para acortarse la vida.
La relación que la eutanasia tiene con el tradicional concepto de suicidio ha sido puesta en
evidencia por algunos sectores reacios a cualquier tipo de eutanasia. En estos sectores se
diferencia entre suicidio directo (el comúnmente conocido como tal) y el suicidio indirecto,
que sería la eutanasia activa.
No hay que confundir la eutanasia con la eugenesia. La eutanasia se refiere a la muerte
individual por razones generalmente piadosas. Se propone lograr una muerte “dulce”.
La eugenesia busca el exterminio de clases, grupos o etnias por considerar que son
inferiores y nocivos para otros individuos.
1.1.2. Reflexión Ética.
CANDO, Diego Vinicio (2013). Tesis: Análisis Jurídico y Social de la Eutanasia. “Un gran
14
intolerabilidad hacia su pobre calidad de vida. Ellos, más bien, preferirían que su vida
termine en vez de que continúe hasta que su cuerpo muera.
Personalmente considero que si a estos enfermos terminales se les administrara los
fármacos necesarios, para que consigan un estado anímico normal, privándoles de dolor y
depresión, y dándoles mucho cariño por parte de sus familiares, considerando estos que las
atenciones que les prestan no son una carga y un condicionante, posiblemente el enfermo
cambiara de parecer”14
El suicidio es un acto legal que teóricamente cualquiera puede practicar. Pero una persona
que está terminalmente mal, está en un hospital o es incapacitada no puede ejercer esta
opción. En efecto, ellos están siendo discriminados. Partiendo de la premisa que nadie en
plenas facultades mentales debe quitarse la vida, pues, esta sólo es de Dios, no considero
que exista ningún tipo de discriminación hacia ningún discapacitado físico.
Mucha gente argumenta que el dolor experimentado por los enfermos terminales puede
controlarse a niveles pasaderos mediante el tratamiento apropiado. Sin embargo diez
millones de individuos en América del norte no tienen acceso a la salud pública adecuada,
y tal control de dolor no está disponible para todos los enfermos. Las reducciones previstas
al financiamiento de salud aumentan la posibilidad de sufrimiento de enfermos terminales
y hará la asistencia más importante. También, para algunos, el dolor intratable no es la
principal razón para que deseen morir, puede ser una pérdida de independencia, dignidad y
capacidades.
Me faltan razones para justificar a favor o en contra el argumento anterior, en el sentido de
que no sé cómo pensaría y como actuaría en el lugar de un negro americano parapléjico
que no dispone de seguridad social ni de unos mínimos medios materiales.
Está claro que mientras que algunas personas teniéndolo casi todo son infelices otras son
capaces de llenar sus vidas, de disfrutar de esta, de hacer muchas cosas a pesar de no ser
autónomas, de tener dependencia de máquinas para sobrevivir, otras son capaces de llenar
sus vidas, de disfrutar de esta, de hacer muchas cosas a pesar de no ser autónomas, de tener
dependencia de máquinas para sobrevivir, o de padecer intensos dolores.“Al estar el
suicidio asistido o la eutanasia disponibles alguna gente presionará a sus familiares para
14CANDO, Diego Vinicio (2013). Tesis: Análisis Jurídico y Social de la Eutanasia y su Inclusión en
15
que acepten morir, esta presión puede ser muy sutil. Este es un argumento importante en
favor de controles estrictos que confirmarían que un paciente no está siendo influido por
otros.
Deben existir controles rigurosos a los familiares de enfermos terminales, sobre todo en
aquellos casos en los que hay sospecha de que están presionando al enfermo para que de
una u otra manera acabe con su vida”54
En esta época, donde el financiamiento médico se restringe y es continuamente reducido,
¿es comprometedor para la ética la aplicación de tratamientos sumamente caros a enfermos
terminales a fin de extender sus vidas por unas pocas semanas en contra suya? El dinero
usado en estos menesteres, entonces no está disponible para el cuidado pre-natal, el
cuidado del infante, etc. Con lo que se ahorrarían vidas y se mejoraría la calidad de vida a
largo plazo para otros, así de sencillo.
Opino que no merece la pena que se apliquen tratamientos sumamente caros a personas a
las que no les va a aportar ningún beneficio, esos tratamientos deberían aplicarse a quienes
realmente por medio de ellos consigan la salud. No obstante a los enfermos terminales se
les debería administrar los fármacos necesarios para que no sufran mientras vivan, que por
otra parte tampoco suponen gastos elevados.
1.1.3. La eutanasia y los interrogantes morales
“La eutanasia está prohibida en casi todo el mundo, pero cada vez se plantea con más
fuerza el posible derecho que toda persona tiene a morir como y cuando decida, nadie
puede decir, cuando debe morir, sufriendo irresistibles dolores
El médico, en la actualidad se encontrará en una especie de situación límite en la que se
verá obligado a una opción radical”15
Entre las preguntas morales, que se plantean, tenemos:
¿Debe prolongar un tratamiento cuando ya no hay nada que hacer?
¿Está obligado a hacer cuanto esté en su mano para retrasar el desenlace agonizante?
15CANDO, Diego Vinicio (2013). Tesis: Análisis Jurídico y Social de la Eutanasia y su Inclusión en
16
¿Puede provocar directamente el desenlace ante un coma irrecuperable?
¿Tiene un hombre derecho a atentar contra la vida de otro incluso por caridad, incluso si la
víctima se lo pide explícitamente?
Las preguntas señaladas, plantean inquietudes idealistas, la moral no puede estar sujeta, a
cuestiones de salud irreversible, la concepción tan relativa de los seres humanos, que
pasamos por esta vida, no puede convertirse, porque así lo consideran, ciertos idealistas, en
una resistencia de voluntad estoica hasta para morir, y que gánanos con estas
interpretaciones reaccionarias, cuyo fondo, no es sino el alienante fanatismo, venga de
donde viniere, lo cual, no es compatible con la ciencia y los auténticos derechos humanos.
1.1.4. Reflexión y juicio moral
FARFAN.F. Eutanasia (2008).Derechos Humanos y Ley Penal. “En el complejísimo
problema de la eutanasia intervienen la medicina, la legislación, los recursos económicos y
tecnológicos, y los sentimientos humanos. Ahora bien, nunca olvidemos que el referido
problema está ante todo enmarcado y dominado por una valoración ética”16
Entrando en el problema de la eutanasia en sentido estricto, es decir, la directa o indirecta
acción que tiene como objetivo procurar la muerte en caso de enfermedad incurable, la
doctrina moral la condena clara y taxativamente porque representa una grave usurpación
del valor supremo que es la vida humana. Es decir, la base de esta argumentació n se
fundamenta en el hecho, que nadie es dueño absoluto de su propia vida.
Pero, no se da una explicación científica, quien es el dueño absoluto de la vida, para la
ciencia, no tiene asidero, argumentos fetichistas. Habría también que preguntar, de los
asesinatos que todos los días se dan en el mundo entero y de otras formas que mueren las
personas, como accidentes de toda índole, estas muertes, si están con el visto bueno del
supuesto dueño de la vida. Este cuestionamiento, como bien, pregunta FARFAN.F.
Eutanasia (2008).“¿Hasta qué punto se pueden o se deben suspender a los enfermos graves
y claramente incurables toda una serie de tratamientos que se sabe son extraordinarios e
inútiles, de cara a su recuperación, y que lo único es prolongar por semana o aún meses
una existencia intolerable tanto para el enfermo como para sus acompañantes?
16FARFAN.F. Eutanasia (2008).Derechos Humanos y Ley Penal. Bogotá; Ediciones Jurídicas Gustavo. pág.
17
Terminamos recogiendo la cita del famoso Catecismo Holandés con la que se explica el
quinto mandamiento: “No matarás”17
Una vez más reiteramos, de donde vienen estas abominables moralidades, pues, la
historia nos demuestra los millones de crimines que han cometido, en las conquistas, de
manera particular en la conquista española, como, se asesinó contra quienes no estaban de
acuerdo con la farsa religiosa, el alineamiento mental que sigue causando en las
poblaciones, para mantenerle sumisas, a una determinada forma de ideología, pero,
siempre han sido defensores de los derechos humanos.
“Tampoco es menester prolongar por medio de medicinas y aparatos una vida que corre
irrevocablemente a su término. Sobre todo cuando una vida, mantenida así artificialmente
es mero vegetal sin reacciones humanas, es lícito interrumpir las medidas extraordinarias y
dejar su curso al proceso normal”18
Los detractores de la eutanasia suelen esgrimir también argumentos como los que se citan a
continuación:
Supone una violación del misterio de “morirse”, que es personal en cada enfermo. Su
legalización podría traducirse en abusos sociales y en homicidios que fácilmente se
cometerían para acelerar el momento de entrar en posición de herencias muy deseables y
deseadas y otra sarta de argumentos de bajos instintitos.
1.1.5. Qué es el Testamento Vital
Se trata de un documento de Voluntades Anticipadas -conocido genéricamente como
Testamento Vital-. En él se expresa la voluntad sobre las atenciones médicas que se desea
o no desea recibir, en caso de padecer una enfermedad irreversible o terminal que haya
llevado a un estado de salud que le impida decidir por sí mismo
La propia persona puede elaborar este documento con las indicaciones y razonamientos
que debe firmarse ante testigos; conviene firmarlo ante notario para que no pueda ser
17 FARFAN.F. Eutanasia (2008).Derechos Humanos y Ley Penal. Bogotá: Ediciones Jurídicas Gustavo. pág. 113
18
impugnado o tachado de falso en el futuro. También puede usarse como base para redactar
un documento más acorde con los deseos o necesidades del firmante.
En este documento la persona expresa su voluntad de no ser sometida, en el caso de tener
una enfermedad irreversible que cause graves sufrimientos físicos o psíquicos e incapacite
para una existencia racional y autónoma, a tratamientos que prolonguen su vida,
solicitando incluso la administración de fármacos que combatan el dolor aunque ello pueda
suponer el adelantamiento de su muerte.
De acuerdo a este tipo de documento, se puede nombrar a un representante o tutor, quien se
ocuparía de hacer cumplir la voluntad de su representado, en el caso, de que este se hallase
en un estado en que no pudiera expresarse por sí mismo. Se trata de una seguridad que
toma el paciente, cuando goza de la plenitud de conciencia, para que su representante,
tome la decisión pertinente, en el momento oportuno.
1.1.6. El Desahucio Médico
Definición de desahucio. La Real Academia Española da como su definición: “acción y efecto de desahuciar”. Definiendo desahuciar como “quitar a alguien toda esperanza de conseguir lo que desea”; “dicho de un médico, admitir que un enfermo no tiene posibilidad de curación”; “dicho de un dueño o de un arrendador: despedir al inquilino o arrendatario mediante una acción legal” 19
“La Enciclopedia Universal, 2012, especifica que en el ámbito del Derecho significa la “acción por la cual el dueño, usufructuario o poseedor real de un inmueble, despide o lanza al ocupante del mismo, mediante justa causa reconocida por la ley.” En tanto el Diccionario de Economía, agrega que el juicio de Desahucio es “el sumario que tiene por
objeto el lanzamiento de quien como arrendatario, dependiente o precarista posee bienes
ajenos sin título alguno o solo por el arriendo caducado o resuelto.” Sinónimos de
desahucio Lanzamiento, despido, expulsión, desalojo; abandono, desamparo, desesperanza,
sentencia; despido, expulso, echo. Antónimos de desahucio Abrigo, amparo, protección,
admisión, esperanza, consuelo; asilo, alojo. Ejemplos de uso y frases “El padre le ha dicho a su hijo: ‘te desahucio que puedas terminar la universidad, ya que necesito que trabajes
19
conmigo’”. Se refiere en este caso a quitar toda esperanza de que consiga su objetivo. Es el verbo desahuciar en primera persona del singular, presente, modo indicativo. “El médico
fue contundente con su desahucio respecto al paciente, no obstante dijo a la familia que
estaría disponible para acompañarlo en todo momento hasta el final”. En este ejemplo, se
usa con el sentido de alguien que no tiene perspectiva de vida, problema que es materia de
análisis, en este estudio”20
De manera que el desahucio médico, se produce, en la situación de enfermedad terminal,
en la cual, concurren una serie de características que son importantes no sólo para
definirla, sino también para establecer adecuadamente la terapéutica.
Los elementos fundamentales son:
Presencia de una enfermedad avanzada, progresiva, incurable; falta de posibilidades
razonables de respuesta al tratamiento específico; presencia de numerosos problemas o
síntomas intensos, múltiples, multifactoriales y cambiantes.
Produce, un gran impacto emocional en el paciente, familia y equipo terapéutico, muy
relacionado con la presencia, explícita o no, de la muerte.
Esta situación compleja produce una gran demanda de atención y de soporte, a los que
debemos responder adecuadamente.
El cáncer, sida, enfermedades de moto neurona, insuficiencia específica orgánica renal,
cardiaca, hepática etc., cumplen estas características, en mayor o menor medida, en las
etapas finales de la enfermedad. Clásicamente la atención del enfermo en fase terminal ha
constituido la razón de poner en práctica los llamados cuidados paliativos, que
generalmente son muy costosos, se aplica hasta la muerte del paciente.
1.1.7. Procedencia
La historia de la eutanasia no es reciente. Aunque el término fue acuñado por el filósofo
inglés Francis Bacón a principios del siglo XVII, la eutanasia ha sido un problema
persistente de la humanidad que surge naturalmente ante cualquier enfermo grave.
20
Es decir, la eutanasia no es algo nuevo: está ligada al desarrollo de la medicina moderna.
El solo hecho de que el ser humano esté gravemente enfermo ha hecho que en distintas
sociedades la cuestión quede planteada. La eutanasia es un problema persistente en la
historia de la humanidad en el que se enfrentan que en distintas sociedades la cuestión
quede planteada. La eutanasia es un problema persistente en la historia de la humanidad en
el que se enfrentan
“La eutanasia no planteaba problemas morales en la antigua Grecia: la concepción de la
vida era diferente. Una mala vida no era digna de ser vivida y por tanto ni eleugenismo, ni
la eutanasia suscitaba grandes discusiones. Hipócrates representó una notable excepción:
prohibió a los médicos la eutanasia activa y la ayuda para cometer suicidio.
Durante la Edad Media se produjeron cambios frente a la muerte y al acto de morir. La
eutanasia, el suicidio y el aborto bajo la óptica de creencias religiosas cristianas son
considerados como “pecado”, puesto que la persona no puede disponer libremente sobre la
vida, que le fue dada por Dios. El arte de la muerte (ars moriendi), en la cristiandad
medieval, es parte del arte de la vida (ars vivendi); el que entiende la vida, también debe
conocer la muerte. La muerte repentina (mors repentina et improvisa), se consideraba
como una muerte mala (mala mors). Se quiere estar plenamente consciente para despedirse
de familiares y amigos y poder presentarse en el más allá con un claro conocimiento del fin
de la vida”21
O sea, la religión, que son los defensores de la vida, cuando les interesa, y si algo es de
mucha importancia, para a estas sectas, es precisamente la muerte de las personas, porque,
no importa el sufrimiento por más doloroso que sea, no precisamente para morir, si no
durante toda la vida, así podrá gozar mejor en el cielo, es decir, el fanatismo religioso,
pese al avance científico, nos tiene con ceguera.
La llegada de la modernidad rompe con el pensamiento medieval, la perspectiva cristiana
deja de ser la única y se conocen y se discuten las ideas de la Antigüedad clásica. La salud
puede ser alcanzada con el apoyo de la técnica, de las ciencias naturales y de la medicina,
que cada vez se desarrolla a través de verdaderas investigaciones científicas.
21
Hay pensadores que justifican el término activo de la vida, condenado durante la Edad
Media. El filósofo inglés Francis Bacon, en 1623, es el primero en retomar el antiguo
nombre de eutanasia y diferencia dos tipos: la «eutanasia exterior» como término directo
de la vida y la «eutanasia interior» como preparación espiritual para la muerte. Con esto,
Bacon se refiere, por una parte, a la tradición del «arte de morir» como parte del «arte de
vivir», pero agrega a esta tradición algo que para la Edad Media era una posibilidad
inimaginable: la muerte de un enfermo ayudado por Edad Media era una posibilidad
inimaginable: la muerte de un enfermo ayudado por el médico. Tomás Moro, en la Utopía
(1516), presenta una sociedad en la que los habitantes justifican el suicidio y también la
eutanasia activa, sin usar este nombre.
Presencia de una enfermedad avanzada, progresiva, incurable; falta de posibilidades
razonables de respuesta al tratamiento específico; presencia de numerosos problemas o
síntomas intensos, múltiples, multifactoriales y cambiantes.
1.1.8. La Eutanasia en Bélgica
El origen de la ley belga sobre eutanasia, vigente desde el mes de mayo del año 2002, es
una propuesta presentada en el Senado en diciembre de 1999. Anteriormente, en diciembre
de 1997, se había producido en el Senado belga un amplio debate sobre el tema de la
eutanasia.
“El origen fue una recomendación del Comité consultativo de Bioética emitida el 12 de
mayo de ese mismo año, en la que se hacía referencia a la oportunidad de reglamentar la
eutanasia. En dicha recomendación, aunque se opusieron varios miembros, la
Comisión dio un parecer favorable a la liberalización de su práctica. El 22 de febrero de
1999, el Comité de Bioética emitió una segunda recomendación, referida esta vez a la
“detención activa de la vida de las personas incapaces de expresar su voluntad”22
El día 20 de octubre de 1999, las Comisiones de Justicia y de Asuntos sociales del
Senado de Bélgica empezaron a debatir las propuestas de leyes de eutanasia y de otros
problemas relacionados con el fin de la vida, intentando de alguna forma seguir el modelo
holandés, estudio que se realiza, teniendo una serie de casos muy trágicos, es decir, de
22
pacientes con enfermedades incurables, quienes tenía que soportar gran dolor, sin la
esperanza, que sean aliviados, dolor que sin lugar dudas, se extiende a familiares,
conmueve a la sociedad en general, que esperan no llegar a tal estado de “vida”.
1.1.9. La Eutanasia en Estados Unidos
WASHINGTON (EFE).- Después de años de lucha para que alguien, en algún lugar de
Estados Unidos, reconozca el derecho a practicar la eutanasia, en el Estado de Oregón se
llevó a cabo el primer suicidio asistido legal de la historia de este país.
“Una anciana de más de 80 años, con cáncer de mama y una perspectiva de vida de sólo
dos meses, murió ayer, tranquilamente, en su casa de Oregón, media hora después de
ingerir una dosis mortífera de barbitúricos mezclados con caramelo líquido y brandy.
De su muerte -pero no de su nombre- informó el grupo Compasión en la Muerte, que no
pudo ocultar su satisfacción por el hecho de que, por fin, sea posible acceder legalmente a
los deseos de un enfermo terminal, que ruega que le permitan acabar con su vida.
Compasión en la Muerte, un grupo partidario de hacer accesible una muerte digna a
enfermos terminales, fue uno de los principales impulsores de la ley llamada "Muerte con
dignidad", un texto aprobado en 1994 por la Asamblea de Oregón y,
Posteriormente -en noviembre de 1997-, por los votantes del Estado, mediante
referéndum”23
La regulación de la eutanasia, dentro de las coordenadas marcadas hasta el momento por el
Tribunal Supremo de Estados Unidos, depende de las autoridades de cada Estado y, en
último término, de la decisión de los votantes.
Hasta el momento, Oregón ha sido el pionero en la cruzada que se desarrolla en Estados
Unidos en favor del llamado derecho a morir.
La ley aprobada finalmente en Oregón permite a los médicos recetar medicamentos de
efectos mortales a petición de pacientes con una enfermedad terminal y con una
expectativa de vida menor de seis meses. Promotores de la misma, como Bárbara Coombs
23
Lee, expresaron su satisfacción conocer la noticia de que la ley, finalmente, ha sido puesta
en práctica.
Como siempre, la Iglesia Católica en Oregón dirigió la campaña contra la promulgación de
la ley, aprobada por un escaso margen por la asamblea estatal, en 1994, y que, tras tres
años de suspensión cargados de idas y venidas, finalmente se sometió a referéndum en
noviembre último.
En principio, la predicción de los más agoreros, que pronosticaban que gracias a esta ley el
Estado maderero del noroeste del país podría convertirse en una especie de meca de
suicidios, no se ha cumplido.
Hasta hoy, y desde noviembre, según el grupo Compasión en la Muerte, nadie se había
trasladado a Oregón para hacer uso de su revolucionaria ley.
No ocurre lo mismo en Michigan, donde, quizá por la gran publicidad que alcanzaron las
prácticas eutanásicas del doctor Jack Kevorkian, se han practicado ya decenas de muertes
asistidas de pacientes gravemente enfermos, aun cuando la medida no está de acuerdo con
la ley.
“Por tanto, Kevorkian, aprovechando los agujeros legales que le permiten evadirse de la
Justicia en aquellos Estados, donde no está expresamente prohibida esta práctica, trata de
abrir brecha en lo que él -y a pesar de las muchas dudas que suscita su personalidad-
considera es "de justicia"24.
En Estados Unidos hay treinta Estados que tienen leyes que prohíben expresamente la
práctica del suicidio asistido y sólo uno, Oregón, que lo permite.
Estados Unidos: Los ciudadanos en el estado de Oregón aprobaron la medida 16 de
noviembre de 1.994 que legalizaba la eutanasia bajo condiciones limitadas. El "National
Right to Life Committee" (Comité por el derecho nacional a la vida) obtuvo un interdicto
de la Corte para demorar la implementación de la medida”25
Sin embargo, el avance de la legalización de la eutanasia, en este país, sigue, el 7 de
marzo de 1.996, la Novena Corte de Circuito de Apelaciones declaró
24
Anticonstitucional una ley de Washington que criminalizó al médico que ayudara a
pacientes terminales. La corte mandada por una mayoría de 8 a 3 dijo que la ley infringía el
derecho a la libertad y a la protección igual garantizada por el artículo14 de la Constitución
de Estados Unidos.
1.1.10. La Eutanasia en Uruguay
El Parlamento uruguayo aprobó una ley que prevé que los enfermos terminales puedan
expresar su voluntad de interrumpir tratamientos médicos para no prolongar su vida.
“La ley, que fue cuestionada por organizaciones que se denominan "defensoras de la vida",
otorga a familiares del enfermo, en caso de que éste no pueda expresarse, la capacidad para
decidir el fin del suministro de medicamentos o el cese del funcionamiento de los aparatos
que mantienen las funciones vitales de su ser querido.
El proyecto de ley fue aprobado por diputados del oficialista Frente Amplio y del Partido
Colorado y obtuvo el rechazo de los representantes del Partido Nacional e Independiente”
En todo caso, para aplacar a los opositores, los diputados de los partidos que
representaban, en el Parlamento, aclararon, que se han realizado varios cambios, davala
(Colorado) y José Luis Gallo, que eran senadores del llamado partido político Frente
Amplio.
La ley establece que "toda persona mayor de edad y psíquicamente apta, en forma
voluntaria, consiente y libre, tiene derecho a oponerse a la aplicación de tratamientos y
procedimientos médicos, salvo que con ello afecte o pueda afectar la salud de terceros"
Por otra parte, si el enfermo se encuentra inconsciente y no ha establecido cómo quiere ser
tratado en el último tramo de su vida, la ley fija que la suspensión tratamiento o
procedimientos será una decisión del cónyuge o concubino o, en su defecto, de los
familiares en primer grado de consanguinidad.
1.1.11. La Eutanasia En Otras Legislaciones
La eutanasia a nivel mundial es un tema controvertido, a excepción de los países que han
25
Paradójicamente, tanto para defender la eutanasia como para rechazarla. En un breve
resumen, se enfoque, lo siguiente
“Así, para los defensores de la eutanasia, la dignidad humana del enfermo consistiría en el
derecho a elegir libremente el momento de la propia muerte, evitando los que fueran de
otra forma, inexorables dolores y situaciones que socavan la humanidad misma del
enfermo.
Para sus detractores, el ser humano no posee dignidad, sino que es en sí mismo un ser
digno, independientemente de las condiciones concretas en las que viva”64.
Se enfatiza señalando que la muerte digna, es la muerte auxiliada con todos los alivios
médicos adecuados y los consuelos humanos posibles. Es el respeto a la dignidad del ser
humano hasta la hora de su muerte natural. Consideran que una muerte digna no consiste
solo en la ausencia de tribulaciones externas, sino que nace de la grandeza de ánimo de
quien se enfrenta a ella. Morir con dignidad no significa elegir la muerte, sino contar con la
ayuda necesaria para aceptarla cuando llega.
HENDIN, Herbert (2008). “El dolor, actualmente, se puede controlar. Se disponen de
medidas capaces para neutralizar el dolor. Según algunos autores, resultaría incongruente
seguir abogando por la eutanasia y el suicidio asistido por motivos de compasión”26
También se argumenta que desde siempre, los médicos han participado en la toma de
decisiones sobre el fin de la vida y actualmente es común suspender o no instaurar
tratamientos en determinados casos, aunque ello lleve a la muerte del paciente. Sin
embargo, a veces los médicos deciden por su propia parte si el paciente debe morir o no y
provocan su muerte, rápida y sin dolor. Es lo que se conoce como limitación del esfuerzo
terapéutico, limitación de tratamientos o, simplemente, eutanasia agresiva. Normalmente la
eutanasia se lleva a cabo con el conocimiento y anuencia de los familiares y/o curadores
del paciente. Cabe señalar que en medicina, el respeto a la autonomía de la persona y los
derechos de los pacientes son cada vez más ponderadas en la toma de decisiones médicas.
En sintonía con lo anterior, la introducción del consentimiento informado en la relación
médico-paciente, y para estas situaciones, la elaboración de un documento de voluntades
26
anticipadas sería una buena manera de regular las actuaciones médicas frente a situaciones
hipotéticas donde la persona pierda total o parcialmente su autonomía para decidir, en el
momento, sobre las actuaciones médicas pertinentes a su estado de salud.
La penalización de la eutanasia no significa obligatoriedad absoluta. No se puede imponer
el criterio de un conglomerado al ordenamiento jurídico de todo un territorio, por lo que el
derecho debiera asegurar los mecanismos para regular el acceso a la eutanasia de los
pacientes interesados que cumplan unos requisitos especificados legalmente; así como de
la legalidad y transparencia de los procedimientos.
Los argumentos en contra inciden en la “inviolabilidad” de la vida humana, la defensa de
su dignidad independientemente de las condiciones de vida o la voluntad del individuo
implicado, y las repercusiones sociales de desconfianza que podría conllevar a la eutanasia.
1.1.12. La eutanasia en España
La Organización Médica Colegial de España considera que “la petición individual de la
eutanasia o el suicidio asistido deben ser considerados generalmente como una demanda de
mayor atención pudiendo hacer que desaparezca esta petición aplicando los principios y la
práctica de unos cuidados paliativos de calidad”27
De esta inquietud social justa, se ha legislado la eutanasia en España, en cumplimiento al
derecho de libre determinación de la conciencia personal.
-Holanda o más propiamente, los Países Bajos. “Es el único país en el mundo donde la
eutanasia se practica abiertamente. No es permitido por estatuto, pero la ley acepta una
defensa normal de doctores que han adherido a las pautas oficiales. Éstos ponen goznes en
el voluntariness de la demanda y unrelievable-ness del sufrimiento. No es una condición
que el paciente está terminalmente enfermo o que el sufrimiento es físico”66
La Comisión Gubernamental holandesa en Eutanasia en el año 1985, como una
determinación deliberada de la vida de un individuo, frente a la demanda de ese individuo,
de la terminación activa y deliberada de la vida de un paciente, en la demanda de ese
paciente por medio de un doctor por un doctor, se consolida, esta práctica médica.