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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA SAN JUAN TEMUCO

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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

ESCUELA SAN JUAN

TEMUCO

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Contenido

IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA ... 5

C O N S T A N C I A ... 6

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ... 7

TITULO I: CONSIDERACIONES GENERALES ... 10

TITULO II: DEFINICIONES ... 11

TITULO III: DE LOS OBJETIVOS QUE NORMAN LA CONVIVENCIA ... 12

TITULO IV: DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ... 13

TITULO V: DE LA PARTICIPACIÓN ... 15

TITULO VI: DE LA CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS ... 16

TITULO VII: DEL RESPETO A LAS PERSONAS Y VALORES DEL PEI ... 17

TITULO VIII: DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA ... 18

TITULO IX: DE LOS DEBERES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA ... 20

TITULO X: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA ... 21

TITULO XI: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL ... 23

TITULO XII: DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS ... 25

TITULO XIII: DEL DEBIDO PROCESO ... 28

TITULO XIV: DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS ... 28

TITULO XV: DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES ... 31

TITULO XVI: DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES ... 32

TITULO XVII: DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y FORMATIVAS... 32

TITULO XVIII: ESTRATEGIAS DE APOYO ... 36

TITULO XIX: DEL RECURSO DE APELACION ... 38

TITULO XX: DE LOS PADRES Y APODERADOS ... 38

TITULO XXI: DE LA CEREMONIA DE LICENCIATURA ... 39

TITULO XXII: CONSIDERACIONES FINALES ... 40

LOS SIGUIENTES PROTOCOLOS SON PARTE INTEGRANTE DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ... 41

CRITERIOS A CONSIDERAR ... 43

1 PROTOCOLO: ANTE AGRESIVIDAD Y VIOLENCIA ESCOLAR. ... 44

1.1 ¿CÓMO ACTUAR FRENTE ACTOS DE VIOLENCIA ENTRE ESTUDIANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA? ... 52

1.2¿CÓMO ACTUAR FRENTE ACTOS DE VIOLENCIA ENTRE ADULTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA? ... 53

2.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE UNA SOLICITUD DE INTERVENCIÓN EN CASOS DE BULLYING. ... 55

2.1DEFINICIÓN DE BULLYING. ... 55

2.2EXPRESIONES DE BULLYING ... 56

2.3INDICADORES PARA IDENTIFICAR QUE UN NIÑO/A ESTA SIENDO VÍCTIMA DE BULLYING. ... 56

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2.4PASOS A SEGUIR EN UN EVENTUAL CASO DE BULLYING. ... 57

2.5ORIENTACIONES PARA LA INTERVENCIÓN DIRECTA CON LOS AFECTADOS/AS. ... 59

3.- PROTOCOLO DE EMERGENCIA EN SITUACIÓN DE ACCIDENTE. ... 63

3.1DEFINICIÓN ACCIDENTE ESCOLAR. ... 63

3.2DEFINICIÓN ACCIDENTE ESCOLAR Y SU RESPECTIVO PROCEDIMIENTO. ... 63

4.- PROTOCOLO DE ACCIÓN SITUACIONES DE MALTRATO INFANTIL ABUSO SEXUAL / VIOLACIÓN. ... 68

4.1DEFINICIÓN DE MALTRATO INFANTIL. ... 68

4.2DEFINICIÓN DE ABUSO SEXUAL. ... 69

4.3DEFINICIÓN DE VIOLACIÓN... 70

4.4¿CÓMO SABER QUE UN NIÑO/A ESTÁ SIENDO ABUSADO? ... 71

4.5¿QUÉ DEBE HACER EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL EN CASO DE MALTRATO INFANTIL Y ABUSO SEXUAL? ... 71

4.6.¿CÓMO ACTUAR FRENTE A LA DECLARACIÓN DE UN ESTUDIANTE ACERCA DE ABUSO SEXUAL? ... 73

4.7 ¿CÓMO PROCEDER FRENTE RELATO DE UNA SITUACIÓN DE VIOLACIÓN REALIZADO EN EL MOMENTO EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL? ... 74

5. PROTOCOLO SALIDAS A TERRENO Y VIAJES DE ESTUDIO. ... 75

DELDEBIDOPROCEDIMIENTO: ... 75

DEL/LOSENCARGADO/SDELGRUPODECURSO: ... 76

ETAPA PRELIMINAR: ... 78

DESARROLLO DEL VIAJE: ... 80

FORMATOS DE PROTOCOLOS ... 82

FORMATO N° 1: PROTOCOLO EN CASO DE AGRESIÓN. ... 83

FORMATO N° 2 PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE AGRESIÓN DE UN EXTERNO A ALGÚN ALUMNO/A EN EL TRAYECTO DESDE LA ESCUELA AL HOGAR O DEL HOGAR A LA ESCUELA. ... 88

FORMATO N° 3: PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE AGRESION FUERA DEL HORARIO DE CLASES CONTRA ALGÚN INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ... 89

FORMATO N° 4. PROTOCOLO DE ACCIÓN PARA “BULLYING” ... 90

1.ACOGIDADELAINFORMACIÓN ... 90

3.RECOGIDADEVIVENCIADELAFECTADO ... 93

4. RELATODETESTIGOS ... 96

5.-ANÁLISISDELAINFORMACIÓNYMEDIDASDEURGENCIA ... 97

PLANDEACCIÓN:MEDIDASURGENTES ... 98

FORMATO:CIERRESOBRECASODEMALTRATOESCOLAR ... 100

FORMATO: N° 5 SEGURO ESCOLAR EN CASO DE ACCIDENTE ... 101

FORMATO: N° 6 PROTOCOLO DE ACCIÓN PARA MALTRATO INFANTIL ABUSO SEXUAL / VIOLACIÓN ... 102

2.DENUNCIA ... 103

4.REPORTEALPADRE/MADRE Y/OAPODERADO/A ... 104

5SÍNTESISDELCASO ... 105

4REGISTRODESEGUIMIENTO ... 106

FORMATO N°7 PAUTA PARA CHEQUEAR REQUESITOS PARA AUTORIZACION DE GIRAS O VIAJES DE ESTUDIO DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL ... 107

REFERENCIAS ... 109

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Identificación de la Escuela

Nombre del Establecimiento: Escuela San Juan 465 R.B.D: 5706

Dirección: Pircunche # 1096 Fono: 045-2- 258457

Pagina Institucional: http://sanjuan465.awardspace.com/

Nombre de la Directora: Nélida Jorquera Echeverría

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C O N S T A N C I A

Nélida Jorquera Echeverría Directora de la Escuela Particular Nº465 San Juan de Temuco, deja constancia que con fecha 22 de marzo 2013 se conformó el Comité de Connivencia Escolar el cual quedó integrado por Nélida Jorquera Echeverría RUT 8.327.108-6 directora, M. Cristina Fernández Concha RUT 6.560.354-3 Jefa de UTP, Stefania Vivalda Burgos RUT 15.551.031-5 Psicóloga, Adaly Maldonado Leyton RUT 15.889.180-1 representante de los asistentes de la educación , Katherine Gómez Cabezas 1748403-7 Trabajadora Social.

Por lo que se deja constancia que se asignó a la señorita Katherine Gómez Cabezas como encargada de convivencia escolar, como también a la señorita Stefania Vivalda Burgos quien reemplazará el cargo en caso de que no se encuentre la encargada de convivencia escolar.

La encargada de convivencia será la responsable de la implementación de las medidas que determine el comite y de contar con un Plan de Gestión específico con las sugerencias o iniciativas del Comite de Convivencia de Buena Convivencia Escolar, tendientes a fortalecer la convivencia escolar.

Así mismo, en conjunto con el equipo técnico, debe elaborar y llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión, como también, informar al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o dificultades en la implementación del Plan de Gestión y a la Comunidad Educativa, los avances en la promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la violencia.

Esta constancia permite dar cumplimento a circular Nº 1 emanada de la Superintendencia de Educación de la profesional a cargo de la convivencia escolar de la escuela 465 San Juan.

Nélida Jorquera Echeverría Directora Temuco, 20 de marzo de 2014

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

La Escuela San Juan 465 recibe las orientaciones del Ministerio de Educación para orientar las acciones educativas en función del desarrollo integral de los y las estudiantes, tanto en su crecimiento personal como en su inserción activa y participativa en la sociedad; en este contexto, la convivencia escolar adquiere especial relevancia, en tanto ejercita a los y las estudiantes en cómo vivir y relacionarse armónicamente con los demás en los diversos espacios de interacción.

De acuerdo al marco legislativo la Escuela San Juan 465 se rige por la Ley sobre Violencia Escolar que entiende la buena convivencia escolar como “la co- existencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”

Se espera que la comunidad escolar de la Escuela San Juan logre convivir de acuerdo a los valores del PEI, es decir, cada miembro de la comunidad basa sus relaciones en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.

La practica del enfoque formativo para el aprendizaje de la convivencia

escolar “contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de

conocimientos, habilidades y actitudes que permitan formar personas autónomas,

capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que

amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento

el proceso formativo y las estrategias pedagógicas”. De esta manera, en el

presente manual y reglamento no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a

formar para actuar con anticipación.

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La Escuela San Juan 465 no acepta la d

iscriminación por Orientación sexual, identidad de género, nacionalidad u origen racial, embarazo, maternidad, VIH, origen o situación económica, razones de salud, discapacidad física, psíquicao necesidades educativas especiales de ninguno de los entes de la comunidad educacional puesto que el respeto es el principio de las buenas relaciones humanas lo cual se fomenta de manera transversal y el incumplimiento de esta norma es considerada dentro de la tipificación como falta gravisima.

VALORES Y ACTITUDES DECLARADOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

Los valores que regulan el quehacer en la comunidad escolar tiene como fundamento acompañar a las familias y a sus hijos a crecer con virtudes de vida, evidenciado “Valores” que estimulen actitudes positivas reflejadas en términos relacionados con:

- Solidaridad.

- Autenticidad.

- Tolerancia.

- Afectividad.

- Espiritualidad - Responsabilidad.

Estos valores se expresan en actitudes incorporadas en los proyectos ejecutados en el aula, en la planificación de las asignaturas y en el plan de gestión de convivencia escolar, tanto del nivel Transición, de primero a Octavo año Básico, como también en los proyectos de lenguaje y déficit intelectual de nuestra Escuela.

En la siguiente tabla se puede observar las actitudes que despliega cada

valor, los que son desarrollados transversalmente en el espacio de formación:

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9 Tabla de valores con desglose de cada actitud.

SOLIDARI DAD

AUTENTICI DAD

TOLERAN CIA

AFECTIVI DAD

ESPIRITUALI DAD

RESPONSABIL IDAD

Generosidad Honestidad Respetuoso Empatía Compromiso con el desarrollo espiritual.

Disciplinado

Participativo Transparente Consecuente Seguro Organizado Compromiso

con el entorno

Leal Comprensiv o

Alegre Puntual

Colaborador Amistoso Perseverante

Entregados Cumplidor

Cuidadoso

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TITULO I: CONSIDERACIONES GENERALES

Art.1 El presente Reglamento contiene las normas básicas, por las cuales toda/o estudiante de la Escuela San Juan debe regirse y tienen que ver con un sistema educativo de enfoque de derechos, donde consideramos el/la:

- Principio de dignidad humana.

- Principio de no discriminación y de inclusión.

- Principio de la democracia.

- Transversalidad en la consideración de los DDHH en todos los ámbitos: normativos, pedagógicos, didácticos, relacionales, etc.

- Responsabilidad compartida de todos los actores involucrados

Art.2 Nuestra Comunidad Educativa, sigue las orientaciones valóricas que sostienen la vida humana como primer y uno de los principales derechos, desde donde emanan todos los demás como libertad, dignidad y respeto, propiciando el mantenimiento de la conducta basada en solidaridad y respeto al prójimo.

Art.3 Nuestra educación está orientada al desarrollo armónico de los alumnos y alumnas, por lo que el establecimiento velará, en todo momento, por el cultivo y acrecentamiento de valores y actitudes de respeto mutuo, dignidad, veracidad y autodisciplina, fundamentales para que la comunidad escolar se vea favorecida con un ambiente de sana convivencia escolar.

Art.4. El presente Reglamento sobre Convivencia Escolar tiene como base jurídica los siguientes cuerpos legales:

 Constitución Política de la República de Chile.

 Ley General de Educación Nº 20.370 del 12/09/2009

 Ley 20536 del 17/09/2011, que modifica la Ley General de Educación.

 Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 Declaración Universal de los Derechos del Niño.

 Ley de Drogas Nº 20.000, artículo 50 de 02/02/2005.

 Reglamento de Convivencia Escolar (2004), emanado del Ministerio de Educación.

Además, tiene como marco referencial el Proyecto Educativo Institucional, que incluye el Perfil del Alumno de la Escuela, y el Compromiso firmado por el apoderado.

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TITULO II: DEFINICIONES

Art.5 Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todo el personal, padres y/o apoderados y alumnos(as), quienes deben relacionarse entre sí respetando los principios y valores que sustenta la institución.

Art.6

Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), la Convivencia Escolar “Es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”. Agrega, que “La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, el trayecto en buses de la escuela, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)”

Art.7

Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación, sana convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo contribuye a un proceso educativo e implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes”

Según la Ley 20536, la buena convivencia escolar se entiende como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

Art.8 De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas. A saber:

a. Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”.

b. Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”.

c. Violencia: “Todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”.

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12 d. Bullying: “Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido(a) y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma frecuente y durante un periodo tiempo, a acciones por parte de uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet.

TITULO III: DE LOS OBJETIVOS QUE NORMAN LA CONVIVENCIA

El presente Reglamento tiene como objetivos:

Art.9 Asegurar una buena convivencia escolar que favorezca el desarrollo y formación integral, a través de los aspectos académico, personal, social y espiritual de la comunidad escolar.

Art.10 Propender a la internalización de los valores que sustenta nuestro Proyecto Educativo, como base para un comportamiento disciplinario de los alumnos (as), que favorezca el autodominio y la búsqueda de soluciones a conflictos y problemas de la vida escolar. Esto con un carácter formativo y en un ambiente de respeto mutuo hacia las personas y los principios de la institución.

Art.11 Lograr de los estudiantes actitudes de orden, respeto, responsabilidad, cooperación y participación, a través de la creación conjunta de espacios de socialización y de aceptación mutua, que contribuyan a un ambiente académico adecuado para el desarrollo integral de los estudiantes.

Art.12 Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa, los principios y acciones que contribuyen a mantener una buena convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de comportamientos que dañen a sí mismo, a los demás y/o a su entorno.

Art.13 Establecer los criterios de aplicación de medidas disciplinarias tendientes a lograr en los estudiantes un comportamiento que contribuya a una buena convivencia escolar para sí mismo y, que ayude a cada alumno y alumna a expresar en lo cotidiano una condición de ser humano auténtico, respetuoso de los demás y comprometido en el mejoramiento del mundo natural y social que lo rodea.

Art.14: Establecer protocolos de actuación para los casos de acoso escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar medidas pedagógicas.

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TITULO IV: DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Art.15 DE SU DEFINICION:

El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia de la comunidad escolar, creando e impulsando acciones que fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos conforme al presente Reglamento.

Art.16 DE SUS INTEGRANTES:

El Comité de Convivencia Escolar, está integrado por:

El/la encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento, quien la preside y representa. (Trabajador Social)

a. Directora.

b. Inspector c. Psicólogo d. Jefa de UTP e. Trabajador Social

Art.17 DE SUS OBJETIVOS:

El Comité tiene los siguientes objetivos:

a. Diseñar, implementar, promover y evaluar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento.

b. Determinar qué alumnos o alumnas precisan de apoyo para superar sus problemas de comportamiento.

c. Cautelar que las instancias correspondientes apliquen las medidas indicadas en este Reglamento, en los casos fundamentados y pertinentes.

d. Optimizar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en la escuela.

e. Mantener informada permanentemente a la dirección sobre el diseño y ejecución de planes de Convivencia Escolar y asesorarla en la toma de decisiones.

f. Contar con disponibilidad para que cualquier miembro del comité logre acoger sugerencias y/o reclamos “mediante documento escrito”, tomando en cuenta las valiosas opiniones de las personas de la comunidad educativa en lo que respecta la

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14 convivencia escolar, a fin de que sean presentadas y evaluadas en las reuniones del comité para mejorar la formación integral.

Art.18 DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA

a. El Comité de Convivencia Escolar es presidido por el Encargado de Convivencia Escolar y tiene un(a) Secretario(a) para llevar actas de las sesiones y acuerdos adoptados.

b. Sesionará mensualmente en forma ordinaria y extraordinariamente las veces que se requiera, con a lo menos dos tercios de sus miembros.

c. Anualmente informará a la comunidad acerca de los planes preventivos para la convivencia escolar. Después de cada sesión, el Encargado del Comité informará a los profesores jefes de asignaturas y apoderados(as) sobre los alumnos y alumnas que están siendo tratados y cuáles son las acciones que se les está aplicando.

d. El Encargado del Comité debe informar en cada sesión del estado de avance del trabajo con casos que han faltado al reglamento y de nuevos alumnos que presentan dificultades en algún ámbito de la convivencia escolar.

e. El Encargado del Comité debe sesionar en conjunto con los profesores de un curso y/o nivel determinado, si el caso lo amerita.

f. El Encargado del Comité podrá reunirse con el Consejo Escolar, Centro de Alumnos y/o el Centro General de Padres, para efectos de prevención y promoción de la sana convivencia escolar y cuando alguna situación especial, relacionada con ésta, lo amerite.

g. Cada tres meses realizará una sesión con el objetivo de revisar las normas del reglamento interno y los procedimientos de difusión para que la comunidad escolar participe de su elaboración, recepción de sugerencias y/o aprobación.

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TITULO V: DE LA PARTICIPACIÓN

DEL CONSEJO ESCOLAR

“A través de las modificaciones aplicadas a la Jornada Escolar Completa, mediante la Ley Nº 19.979 del 28/10/2004, en sus artículos 7°, 8° y 9°, se aprueba la formación de los Consejos Escolares en todos los establecimientos educacionales subvencionados del país, organismo integrado por representantes de los distintos estamentos de la comunidad educativa, quienes serán informados, consultados y propondrán acciónes que conlleven al mejoramiento de la calidad de sus propios”

Su objetivo es acercar a los distintos actores que componen una comunidad educativa de manera que puedan informarse, participar y opinar sobre temas relevantes para los establecimientos. La Ley establece que en estos Consejos deberán estar representadas todas las sensibilidades de la institución.(MINEDUC 2005)

DEL CENTRO GENERAL DE APODERADOS

El Centro de Apoderados es una instancia de participación conformado por los apoderados delegados de cada curso quienes representan los intereses del curso de su pupilo. La finalidad es potenciar la participación de los apoderados a la comunidad escolar para que aporten en relación a la convivencia escolar y los proyectos del establecimiento educacional.

DEL CENTRO GENERAL DE ESTUDIANTES

El Centro de Alumnos(as) es una instancia de participación estudiantil conformada por los representantes de cada curso de la Escuela, a fin de apoyar los propósitos y actividades de promoción de la convivencia escolar contemplando las normas del establecimiento.

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TITULO VI: DE LA CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS

Art.19: Son alumnos(as) regulares del establecimiento cuyos apoderados(as) hayan firmado el compromiso educativo y el reglamento correspondiente y cumplan con los compromisos contraídos con éste al momento de formalizarla, a través de la firma del apoderado(a) y por el profesor jefe o la representante del establecimiento.

Art.20. La matrícula significa para el alumno(a) la aceptación de los derechos, deberes beneficios que la escuela establece para los alumnos (as), y a la vez, el compromiso de cumplir y las disposiciones reglamentarias vigentes y las normas que regulan la vida escolar.

Art.21: Los alumnos(as) de la escuela pueden repetir un curso sólo una vez en cada nivel por rendimiento asistencia o madures, siempre y cuando no presenten problemas disciplinarios.

Art.22: El plazo máximo para que un (una) alumno(a) se consigne como “Retirado(a)” la escuela será el 30 de noviembre del año lectivo.

Art.23: Los alumnos(as) que se hayan retirado del establecimiento, por cualquier causa, dejan de ser alumnos(as) regulares; por lo tanto, no podrán participar en actividades oficiales y extraescolares de ningún tipo.

Art.24: Los alumnos(as) nuevos que se incorporan a la escuela, durante el primer año de permanencia en éste, quedan en situación especial de Observación.

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TITULO VII: DEL RESPETO A LAS PERSONAS Y VALORES DEL PEI

En relación al respeto hacia las personas y los valores, se espera que los alumnos y alumnas de la escuela:

Art.25: Demuestren una actitud respetuosa frente a los principios y valores emanados del Proyecto Educativo de muestro establecimiento.-

- Solidaridad.

- Autenticidad.

- Tolerancia.

- Afectividad.

- Espiritualidad - Responsabilidad.

Art.26: Desarrollen actitudes de respeto, tolerancia y lealtad, para con cada uno de los miembros de la comunidad y para con la institución, considerando el valor de la persona humana y de las correctas relaciones sociales. Por lo tanto, los alumnos(as) que generen daño emocional, físico o social contra compañeros(as), profesores y a otros funcionarios de la escuela en diferentes contextos (presenciales, virtuales u otros), son consideradas faltas gravísimas, y él o los responsables se exponen a la aplicación de las medidas disciplinarias contenidas en el presente Reglamento.

Art.27: Respeten siempre los valores y símbolos institucionales, como asimismo, los símbolos patrios que fundamentan el sustento de toda convivencia humana y lo más puro y trascendente de nuestra institución y nación.

Art.28: No consuman alcohol, cigarrillos y/o drogas, como una forma de proteger su salud física y mental y por respeto a sí mismo, a su entorno y a la Institución.

Art.29: Corrección en el lenguaje y buenos modales, tanto dentro como fuera del establecimiento y una presentación personal acorde con el lugar y las circunstancias en que les corresponde actuar.

Art.30: Como escuela mixta, las relaciones sentimentales que se pudieran establecer entre alumnos y alumnas deben ajustarse a las normas del decoro, la prudencia y el respeto a sí mismos y al resto de la comunidad escolar.

Art.31: La alteración de las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de alumnos(as) y, que atenten contra la integridad física de terceros y de los bienes de propiedad de la escuela, será considerado como una falta gravísima; por lo tanto, él o los responsables se exponen a las medidas disciplinarias contempladas en el Título XV de este Reglamento.

Art.32: La escuela se reserva el derecho de tomar medidas disciplinarias ante comportamientos externos de sus alumnos(as), durante el uso del servicio de los buses de la escuela, las actividades que realicen fuera del establecimiento, representando a éste, y frente a conductas externas personales o colectivas que atenten contra los principios que persigue este reglamento.

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TITULO VIII: DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA

El Alumno y la Alumna tiene derecho a:

Art.33: Ser reconocido en la Comunidad Escolar por evidenciar valores espirituales y humanos artísticos, deportivos y/o culturales.

Art.34: Conocer el Reglamento de Convivencia Escolar y los reglamentos específicos, como por ejemplo: de biblioteca, laboratorios de computación, ciencias e inglés, de actividades extraprogramáticas, de seguridad escolar, Centro de Alumnos.

Art.35: Conocer los Planes y Programas de Estudio aprobados por el Ministerio de Educación para el grado que cursa, los cuales serán dados a conocer por cada profesor de asignatura al inicio del año escolar.

Art.36: Conocer el Reglamento de Evaluación y Promoción de la escuela, el que se encuentra publicado en su totalidad en la página web del establecimiento y libreta de comunicaciones.

Art.37: Recibir la enseñanza acorde a los Planes y Programas referidos, de parte del personal calificado que la escuela designe.

Art.38: Conocer el resultado de sus evaluaciones y recibir los instrumentos aplicados, conforme a las normas establecidas en el Reglamento de Evaluación del establecimiento para tal efecto.

Art.39: Tiene derecho a conocer las observaciones registradas en su hoja de vida en el libro de clases, sean éstas favorables o desfavorables.

Art.40: Plantear, respetuosa, formal y responsablemente, sus inquietudes académicas, valóricas y administrativas en los distintos niveles de gestión, siguiendo el conducto regular establecido, según sea la situación:

Situación Académica:

 Profesor(a) de Asignatura

 Profesor(a) Jefe

 Jefa de Equipo técnico

 Directora

Situación que afecte la convivencia escolar u otra:

 Encargada(o) de Convivencia Escolar.

 Profesor(a) de asignatura

 Profesor(a) Jefe

 Trabajador(a) Social

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 Psicóloga

 Jefa Equipo Técnico

 Directora

Situación que afecta a las actividades de libre elección:

 Técnico o profesor (a) del taller

 Encargado (a) de actividades de libre elección

 Jefa Equipo Técnico

 Directora

Art.41: Participar en todas las actividades académicas curriculares propias de su nivel, salvo por impedimentos específicos o prescripción médica, debida y oportunamente informado y registrado en inspectoría o por encontrarse bajo medida disciplinaria, contemplada en el Reglamento.

Art.42: Participar en las actividades de su grupo curso y en aquellas organizadas por el Centro de Alumnos de la escuela. Formar parte de la directiva de estas organizaciones, cumpliendo con la normativa establecida para estos efectos.

Art.43: Participar en actividades de libre elección de la escuela, promueva y desarrolle, fuera de horario de clases.

Art.44: Participar en actividades académicas, espirituales, culturales, sociales y deportivas organizadas en la escuela o en representación de éste.

Art.45: A recibir un trato respetuoso y digno por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.¡

Art.46: Frente a cualquier situación que altere la sana convivencia y, previo a la aplicación de una medida disciplinaria, todos los alumnos(as) tienen derecho a un debido proceso de ser escuchado y presentar descargos en conformidad con las normas de este reglamento, con el objetivo de acreditar su responsabilidad o absolución en los hechos investigados.

Art.47: Utilizar la infraestructura con que cuenta la escuela para el adecuado y normal desarrollo de sus actividades formativas, de acuerdo a sus normas.

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TITULO IX: DE LOS DEBERES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA

El Alumno o la Alumna tiene el deber de:

Art.48: Respetar los principios y valores institucionales.

Art.49: Cumplir con todas las exigencias académicas establecidas por la escuela.

Art.50: Ajustarse al Perfil del Alumno(a) de la escuela.

Art.51: Respetar y cumplir el presente Reglamento y todos los Reglamentos establecidos por la escuela.

Art.52: Respetar a sus compañeros de curso, al igual que a los demás miembros de la comunidad escolar, contribuyendo así a mantener una sana convivencia escolar.

Art.53: Representar de manera digna y apropiada a la escuela en actos públicos y privados, desfiles, ceremonias, salidas a terreno u otros en los cuales le corresponde participar o asistir, manteniendo un lenguaje, presentación personal y comportamiento correctos.

Art.54. Respetar el entorno natural y ambiente físico del establecimiento, participando de su cuidado y mantención.

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TITULO X: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ALUMNO Y DE LA

ALUMNA

Art.55 De la Puntualidad

Considerando que la puntualidad es un hábito positivo de enorme significado en la vida personal y ciudadana, se establecen los siguientes procedimientos para contribuir a su logro.

a. El ingreso de los alumnos(as) al establecimiento es entre 7:30 –7:55 hrs. Las clases se inician a las 08:00 hrs.

b. Si un alumno(a) llegara atrasado a la hora de ingreso a la escuela, la subdirección le autorizará, para ingresar a clase agregando comunicación o informando al apoderado, para que éste justifique o se presente al día siguiente, al inicio de la jornada, ante la subdirección. Si el apoderado no se presenta, el alumno(a) será aceptado en clases, pero al día siguiente será anotado en su hoja de vida.

c. Si un alumno(a) reincide en la falta en un periodo de 15 días, el alumno(a) será suspendido de clases, aun cuando el apoderado haya justificado dichos atrasos.

d. No se aceptarán alumnos atrasados entre horas de clases, salvo situaciones justificadas debidamente evaluadas por la instancia correspondiente.

e. Si un alumno(a), se atrasa indebidamente entre horas de clases, o estando en la escuela no asistiere a ellas, sin justificación válida, deberá realizar un trabajo complementario en otra sala, en el día y hora asignado por la subdirección o profesor(a) correspondiente. Si el alumno(a) no se presenta a cumplir esta medida disciplinaria, será suspendido de clases.

Art.56: De la Asistencia

Respecto de la asistencia, el Reglamento considera las siguientes responsabilidades:

a. Es obligación de los alumnos(as) asistir a todas las clases, talleres y otras actividades programadas por el establecimiento.

b. Toda inasistencia a clases deberá ser justificada por el apoderado ante la dirección, subdirección o profesor jefe respectiva el día que el alumno(a) se reincorpora a clases.

c. Si el alumno(a), estando en la escuela, se retira de éste sin autorización, la subdirección, informará y citará al apoderado. Por considerarse esto como una falta grave, el alumno(a) en primera instancia, será anotado. Si el alumno o alumna reincidiera en la falta, quedará con Matrícula en Observación y si se hallare con Matrícula en Observación quedará con Matrícula Condicional.

d. Ante una inasistencia por enfermedad, el alumno(a) deberá, a través de su apoderado:

Informar oportunamente a la Coordinación correspondiente, pues las inasistencias superiores a un 15% del total de días trabajados, según calendario escolar, afectará la promoción del (la) alumno(a).

(22)

22 Acompañarse de éste el día que se presente para reincorporarse a clases y, presentar Certificado Médico cuando la situación lo amerite, dentro de las primeras horas de producida la enfermedad, firmado por el Profesional competente en el área. No se aceptarán certificados médicos fuera del plazo establecido. Frente a licencias médicas prolongadas, de la Dirección se emanará una resolución según sea el caso. Se debe llamar por teléfono o personalmente la situación del alumno(a)

e. El alumno(a) debe permanecer en el Establecimiento hasta el término de su jornada escolar.

f. Si algún(a) alumno(a) requiere retirarse de la escuela antes de su término de horario debe ser autorizado y/o retirado sólo por su apoderado, siempre y cuando no tenga que rendir evaluaciones durante ese día.

g. Si un alumno(a) debe ausentarse para representar a la escuela en actividades oficiales extra aula o por otras situaciones ponderadas por la autoridad correspondiente, la Dirección deberá informar a la subdirección, quien lo comunicará por escrito a los profesores de asignaturas respectivos.

Art.57 Del trabajo escolar:

a. Es responsabilidad del alumno(a) que ha faltado a clases informarse, sobre materias tratadas, trabajos, tareas y pruebas asignadas durante su ausencia.

b. Todo alumno(a) tiene la obligación de rendir las evaluaciones en las fechas establecidas según calendario oficial.

c. El alumno(a) que falte a actividades evaluativas calendarizadas y su inasistencia haya sido justificada en la subdirección, por motivos de enfermedad, por asistencia a actividades en representación de la escuela u otros debidamente respaldados, el día que se reintegra a clases deberá conversar con el profesor jefe para que éste recalendarice las evaluaciones pendientes.

d. Si un alumno(a) de 1º año de Educción. Básica a 8º año falta a una de estas evaluaciones calendarizadas y no justifique su inasistencia, tendrá que rendirla en la hora y día que fije el profesor (ra) respectiva, en un plazo que no supere los siete días hábiles, con un mayor nivel de exigencia. Si habiendo sido citado no se presenta a la evaluación calendarizada y sin justificación, se fijará una nueva fecha y la calificación máxima será cuatro (4.0).

e. La justificación de inasistencia a evaluaciones programadas debe hacerla el apoderado al subdirector antes o al inicio de la jornada escolar del día de la evaluación. Si ésta hubiera sido hecha vía telefónica o por correo electrónico, deberá ser ratificada por escrito en la libreta de comunicaciones Oficial.

f. El alumno(a) que por motivos de inasistencia justificada no diere cumplimiento a trabajos previamente asignados deberá hacer entrega de éstos en el plazo indicado por el profesor, el que no debe exceder a 7 días hábiles después de su reintegro.

g. El alumno(a) que sin justificación válida no entregue trabajos asignados en las fechas fijadas por el profesor, deberá presentarlo el día siguiente y será

(23)

23 evaluado con un mayor nivel de exigencia. Pasado ese día, podrá optar como nota máxima un 4.0 (cuatro coma cero).

h. Cuando un alumno(a) manifiesta una actitud deshonesta en la elaboración y entrega de un trabajo asignado en alguna asignatura, el profesor(a) le solicitará hacerlo de nuevo y deberá entregarlo durante las 24 horas siguientes a la fecha programada y será calificado con nota máxima de un 4.0 (cuatro coma cero). Su actitud será registrada por el profesor(a) respectivo en el Libro de Clases e informará al Apoderado.

i. Si un(a) alumno(a) es sorprendido(a) copiando en una prueba, ésta se le retirará y se le aplicará una nueva prueba, la que deberá rendir dentro de 48 horas fuera del horario de clases. Ésta será calificada en forma proporcional, con una nota máxima de 4,0 (cuatro coma cero). Además, su actitud se registrará en el Libro de Clases y se informará por escrito a su apoderado. Si el alumno(a) es sorprendido en una segunda oportunidad, además, será suspendido de clases. En caso de volver a reincidir en conductas de este tipo, junto con lo anterior, quedará automáticamente con Matrícula en Observación y si se encontrare en esta condición pasa a Matrícula Condicional.

TITULO XI: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

Art.58: Del Uniforme escolar, cuidado personal y uso de accesorios.

Es responsabilidad del alumno y de la alumna de la escuela:

a. Usar en todas las actividades escolares el uniforme oficial de la escuela, según lo establecido en la libreta del alumno(a). Si por alguna situación emergente no le fuere posible cumplir con el Uniforme completo, sólo podrá reemplazarlo por el Buzo Oficial del Establecimiento. Para tal efecto, debe presentar una solicitud escrita de su apoderado a la subdirección respectiva.

Esta autorizará e indicará el plazo dentro del cual se cumpla dicha petición.

b. Durante su permanencia en la escuela, mantener una presentación personal adecuada a su condición de estudiante.

c. Las damas, no podrán usar aros colgantes ni gargantillas. No es permitido usar, maquillaje, tatuajes, cabellos y uñas pintadas, pearcing u otro accesorio que no corresponda al uniforme escolar.

d. Los varones, deberán presentarse debidamente afeitados y con su cabello corto.

No podrán usar aros, collares, cabellos teñidos, pearcing u otro accesorio que no corresponda al uniforme escolar.

e. Los accesorios que no son parte del uniforme escolar serán requisados y devueltos al apoderado por la subdirección.

(24)

24 Art. 59 Del entorno:

a. Hacer buen uso de las instalaciones y del mobiliario del establecimiento, manteniéndolo en buenas condiciones y utilizándolo en forma correcta.

b. Responsabilizarse de cualquier deterioro que ocasionare, asumiendo el costo de reposición o reparación que ello demanda y se le aplicará una sanción de acuerdo a la gravedad de los hechos

c. Respetar el derecho y la propiedad privada de las demás personas.

d. Entregar al Profesor, o Paradocente todo objeto encontrado en el establecimiento y que no sea de su propiedad.

e. Usar la libreta, sin rayarla ni hacer mal uso de ella. La libreta es un documento formal y oficial de comunicación entre apoderado y la escuela. Así como también, será oficial y formal los reglamentos que en ella se expongan. Toda comunicación, tanto de la escuela al hogar y viceversa, deberá escribirse en está y ser firmada por el apoderado(a). Es obligatorio portarla diariamente.

f. Conducirse en forma correcta dentro, durante el trasporte en bus de la escuela y fuera del Establecimiento. Si así no fuere será amonestado y/o sancionado según corresponda a la gravedad de los hechos.

g. Respecto al uso de equipos electrónicos, celulares, juegos y cualquier otro elemento que interfieran el desarrollo de las clases, no se permitirá ingresar con ellos a las actividades académicas y escolares de funcionamiento normal de la escuela. En caso contrario, el profesor lo retirará y lo entregará a su apoderado. Así mismo, los funcionarios de la Escuela no se harán cargo de pérdidas ni de daño de equipos electrónicos que los estudiantes traigan a su jornada escolar.

h. El extravío o pérdida de estos elementos, es de responsabilidad del alumno(a).

i. Si durante la jornada escolar algún alumno(a) presentara un problema, debe comunicarlo inmediatamente al Profesor Jefe, o Paradocente respectivo, antes de llamar directamente a su apoderado.

j. Evitar de permanecer en grupos en sectores aledaños al Colegio, en horarios previos al ingreso y posteriores a la salida de clases, para realizar actividades que atenten contra los principios del establecimiento.

(25)

25

TITULO XII: DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS

Art.60 Acciones generales de políticas de acompañamiento preventivo

Con el fin de mantener una sana convivencia escolar, se realizará diversas acciones que se detallan en el “Plan de gestión de convivencia escolar”, la que se regirán por cuatro ejes para contar con una formación integral, las cuales son: Convivencia Escolar, Sexualidad, afectividad y género, desarrollo sustentable y seguridad escolar. A modo general entre las acciones que se llevarán a cabo, serán las siguientes:

a. Por cada mes, la encargada de convivencia escolar fomentará dos valores de acuerdo al PEI, con material de difusión, a fin de que cada profesor realice reflexiones con su curso diariamente para la internalización de los mismos.

b. Charlas y talleres de capacitación grupales con profesionales y redes de apoyo de acuerdo a cada dimensión para asistentes de la educación y profesionales en relación a las cuatro dimensiones.

c. Talleres preventivos sistemáticos para alumnos en consejos de curso como en talleres extra programáticos, ej, brigada escolar, cruz roja, líderes en buena convivencia, etc.

d. Talleres de fortalecimiento del rol parental en reuniones de microcentro.

e. Talleres de interés con Centro general de padres.

f. Gestión de al menos una actividad artística por cada ítem para los estudiantes.

g. Concursos para estudiantes en relación a cada una de las dimensiones.

h. Talleres de capacitación y desarrollo personal para los funcionarios de la escuela y para padres y apoderados.

i. Organización de una semana completa de full actividades de acuerdo a cada dimensión.

j. Difusión de programa de actividades en diario mural por cada mes.

k. Campañas a nivel de escuela y redes comunitarias en relación a temas específicos de cada dimensión.

l. Ensayos generales ante situaciones de emergencia, cada dos meses.

Por otro lado, de manera individualizada se realizarán:

a. Entrevistas del profesor jefe con sus alumnos(as) y profesores del curso, con la finalidad de conocer las inquietudes, intereses y problemáticas de éstos.

b. Entrevistas de profesor jefe con sus apoderados(as) para tratar temas relacionados con sus hijos.

c. Entrevistas de alumnos nuevos con profesor (ra) con la finalidad de detectar su grado de adaptación a la escuela y luego solicitar el apoyo de otras instancias si existiese una situación que requiere preocupación de la institución.

d. Entrevistas de alumnos nuevos con Psicóloga para ayudarlos en su inserción a la escuela.

(26)

26 Estrategias Formativas Especiales y de acompañamiento previo a la decisión de una medida.

a. Individuales:

En el caso que un(a) alumno(a) vivencie alguna problemática, se adoptarán las siguientes estrategias normativas especiales y de acompañamiento.

Estrategias de apoyo Responsable Temporalización Entrevistas al alumno que presente problemas

disciplinarios, con el fin de conocer su problemática y establecer acuerdos para el cambio.

Profesor jefe o de asignatura

De acuerdo a evo- lución

Entrevistas a los padres del alumno que presenten Problemas disciplinarios, para informarle la situación,

de los acuerdos con el alumno(a) y establecer acciones de apoyo de su parte.

Profesor jefe, de asignatura.

Trabajadora Social Psicóloga

De acuerdo a evolución.

Compromiso del reglamento al alumno. Subdirección Comité de Conv.

Periodo de Matrícula, Entrevistas, Reunión de

Apoderados

Apoyo psicológico. Directora

Psicologa

De acuerdo a evolución

Apoyo al alumno con situación de indisciplina.

Profesor Jefe – Trabajadora

Social Psicóloga

De acuerdo a evolución

Diagnóstico previo a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones

interpersonales u otras.

Psicóloga Según derivación y necesidad.

Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas del establecimiento o externos.

Psicóloga Trabajadora

social.

Cada vez que la situación lo amerite.

Aplicación de estrategias sugeridas por especialistas externos a alumnos que presenten dificultades de

comportamiento, relaciones interpersonales u otras

Psicóloga Profesores Asistente Social

Durante el proceso de enseñanza

(27)

27 Grupo Curso:

ESTRATEGIAS RESPONSABLES TEMPORALIZA

CION Charlas preventivas Psicóloga, Profesores y

Asistente social, redes de apoyo externas.

Durante el proceso de enseñanza.

Talleres Psicóloga, Profesores y

Asistente social, redes de apoyo externas.

Durante el proceso de enseñanza.

Charlas Profesores y Profesionales de apoyo, redes de apoyo externas.

Durante el proceso de enseñanza.

(28)

28

TITULO XIII: DEL DEBIDO PROCESO

Art.61 Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario conocer la versión de todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta, a fin de evitar actuar con rigidez y arbitrariedad.

Art.62 El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos los involucrados.

El debido proceso:

 Que sean escuchados.

 Que sus argumentos sean escuchados

 Que se presuma inocencia; y,

 Que se reconozca su derecho a apelación.

TITULO XIV: DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS

Art.63 Las faltas de los alumnos(as) se clasifican en leves, graves y gravísimas, distinguiéndose en su justa dimensión, para efectos de aplicar medidas reparatorias de primer a cuarto año básico y de quinto año básico a octavo año.

Art.64 La normativa para resolver situaciones especiales en el ciclo de Educación Parvularia, se aplicará según este reglamento y protocolo complementario del nivel establecido para tal efecto.

Art.65 FALTAS LEVES

Faltas leves son aquellas conductas que transgreden las normas que regulan la convivencia y que, sin llegar a alterar ésta de manera significativa, ni a causar mayor daño o perjuicio a sí mismo, a terceros o a la escuela, se apartan del perfil definido para los/as estudiantes.

Es decir; actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.

A modo de ejemplo, se citan:

a) Interferir con el normal desarrollo de la clase.

b) Mostrar una inadecuada presentación personal.

c) Usar en el aula objetos o aparatos tecnológicos no autorizados.

d) No comunicar al apoderado las citaciones.

e) Usar inapropiadamente la libreta de comunicaciones.

f) No portar la libreta escolar.

g) No haber limpiado u ordenado el espacio físico que ocupó (sala de clases, laboratorio, comedor, pasillo, gimnasio, etc.).

h) Asistir a la escuela sin portar los materiales escolares requeridos para su trabajo.

(29)

29 i) Devolver los libros a biblioteca fuera del plazo establecido.

j) Atrasos en la llegada a la escuela y no entrar a tiempo a las horas de clases.

Art.66 FALTAS GRAVES

Faltas graves son aquellas conductas que transgreden las normas, perjudicando seriamente la convivencia escolar o con repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para la escuela. Como también, actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común.

A modo de ejemplo, se citan:

a. Atrasos reiterados (tres) al ingreso o entre clases.

b. Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias.

c. Insubordinación o desobediencia al personal de la escuela.

d. Falta de respeto a sus pares y/o a otros miembros de la comunidad ya sea de manera verbal, (decir improperios, gritar groserías, etc.), gestual (gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios, por red virtual etc.)

e. Colusión para cometer actos contrarios al reglamento.

f. Mal uso o deterioro de la propiedad ajena o de la escuela (rayado de mesas, paredes, destrucción de materiales, entre otros).

g. Ausentarse a horas de clases sin autorización estando dentro de la escuela h. Burlas a las creencias y valores, sea cual sea la orientación de éstas.

i. Falta de respeto a los símbolos patrios y de la escuela.

j. Acumulación de faltas leves (más de tres).

k. No portar, reiteradamente, los materiales escolares requeridos para su trabajo.

l. Ausentarse, sin justificación, a actividades fuera de horario que impliquen representación oficial del establecimiento.

m. Agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación Plagiar trabajos y/o copiar en las pruebas.

n. Falsear o corregir calificaciones

o. Ingresar equipos electrónicos, celulares, mp3, mp4, ect.

Art.67 FALTAS GRAVISIMAS:

Faltas gravísimas son aquellas conductas que transgreden las normas, atentando la integridad física y psicológica de otro miembro de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito.

A modo de ejemplo, se citan:

a. Reiteración de faltas graves.

b. Robos

(30)

30 c. Abuso sexual

d. Acoso escolar. Participar activa y sostenidamente en acciones personales o de grupo con agresión física y/o psicológica contra alumnos o alumnas en forma oral, escrita, a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros.

e. Discriminar por Orientación sexual, identidad de género, nacionalidad u origen racial, embarazo o maternidad, origen o situación económica, razones de salud o necesidades educativas especiales- Medidas pedagógicas,

hiperactividad o déficit atencional, opción religiosa, opción política.

f. Abandono del colegio sin autorización escrita.

g. Agresión a apoderados o a personal del colegio.

h. Falta de respeto a apoderados o a personal de la escuela, ya sea de manera verbal, (alzando la voz, decir improperios, etc.), gestual (dar portazos, gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, etc.), a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros.

i. Efectuar rayados indebidos y/o dibujos groseros en el material de evaluación, documentos o elementos de trabajo, libreta y otros.

j. Sustraer instrumentos evaluativos, de registro, adulterar o falsifica calificaciones documentación interna de la escuela.

k. Dañar, alterar o sustraer contenidos digitales o informáticos, perjudicando a la institución o a personas.

l. Escribir ofensas, pornográfica, palabras groseras o descalificadoras, en paredes, mesas, sillas, cuadernos, libros, estantes, casilleros, diarios murales o red digital (Internet) del establecimiento.

m. Atentar gravemente contra la dignidad de alumnos(as) mediante actitudes con connotación sexual.

n. Participar activa o pasivamente en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro del recinto escolar o comportamientos externos que atenten contra la dignidad de terceros o la imagen de la escuela.

o. Ser autor material o intelectual de la falsificación de la documentación oficial de la escuela o alterar calificaciones y demás anotaciones del mismo rango.

p. Portar, guardar o utilizar armas (de fuego, cortopunzantes, elementos contundentes, entre otros) y/o artículos explosivos, corrosivos o peligrosos que constituyan un potencial riesgo para la propia integridad física y/o la de los demás.

q. Provocar daños a la propiedad privada, ya sea, de la escuela, de los buses de la Escuela, de sus alumnos, de apoderados o de funcionarios, dentro o fuera del establecimiento.

r. Portar, promover, vender y/o consumir alcohol, cigarrillos, drogas o cualquier sustancia tóxica dentro del establecimiento educacional y/o en sus inmediaciones.

s. Comportarse inadecuadamente durante los viajes en los buses del establecimiento, causando desorden dentro de él, interrumpiendo al auxiliar o al conductor del bus, o que genere mal estar a los transeúntes en el trayecto. (Estas serán comunicadas y anotadas en la libreta de comunicación, tras tres acusaciones, se llamará al

(31)

31 apoderado y si repite nuevamente se suspenderá el servicio de trasporte al estudiante)

t. Comportarse inadecuadamente en las salidas a terreno que impliquen un daño a personas, instituciones, medios de transporte, lugares visitados y/o al prestigio de la escuela.

u. Alterar las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de alumnos(as), y que atenten contra la integridad de terceros y de los bienes de la propiedad de la escuela.

TITULO XV: DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES

Se consideran circunstancias atenuantes las siguientes:

Art.68 Considerar la edad, las circunstancias personales, familiares y/o sociales del alumno(a).

Art.69 Reconocer por parte del alumno(a) la falta antes de la formulación de la medida, lo que tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea.

Art.70 Corregir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de que se haya determinado la medida formativa.

Art.71 Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.

Art.72 Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.

(32)

32

TITULO XVI: DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:

Art.73 Reiteración de una conducta negativa en particular.

Art.74 Mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración de una conducta negativa en particular.

Art.75 Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad de la comunidad educativa.

Art.76 Haber actuado con premeditación.

TITULO XVII: DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y FORMATIVAS

DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS.

Los procedimientos que se describen acontinuación deben ser aplicados por personas que manejen técnicas de resolución pacífica de conflictos, tales como: La negociación, lamediación, y el arbitraje.

De acuerdo con la gravedad de la falta cometida por el alumno o por la alumna, se aplicará alguna de las siguientes medidas, las cuales deben ser supervisadas estricta y eficientemente a fin de otorgar el sentido formativo:

Art.77 Acto reparatorio personal: Es un acto que tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por la víctima.

“Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones que un “agresor” puede tener con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño. Estas acciones restituyen el daño causado y deben seguir del diálogo, del acuerdo y de la toma de conciencia del daño ocasionado, no de una imposición externa, porque pierde carácter formativo.”

“Los Objetivos de estas medidas son:

- Enriquecer la formación de las y los estudiantes.

- Desarrollar empatía.

- Cerrar los conflictos, por lo tanto, “liberar” las partes involucradas - Enriquecer las relaciones.

(33)

33 - Asumir la responsabilidad de las partes en conflicto.

- Reparar el vínculo.

- Reforzar la capacidad de los involucrados para resolver conflictos.

- Restituir la confianza en la comunidad.”

Orientaciones.reglam.con.escolar.(P.13, 2013)

Art.78 Amonestación verbal: Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar.

Art.79 Amonestación con constancia escrita en los documentos del establecimiento:

Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar, dejando constancia escrita en algunos de los documentos oficiales del establecimiento. (Libro de clases, anexos reglamento escolar, hoja de vida del alumno o Agenda Escolar)

Art.80 Servicio Pedagógico: Consiste en una acción que el alumno o la alumna realiza y que tiene un sentido de apoyo, como por ejemplo: obtener o elaborar material pedagógico para alumnos de niveles inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en una o más clases, preparando material por éste indicado, ayudar en el trabajo de biblioteca, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, de acuerdo a sus aptitudes.

Art.81 Servicio Comunitario: Implica que el/la estudiante realice alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través de un esfuerzo personal.

Ejemplo: Limpiar y/o restaurar algún espacio de la escuela, mantener el jardín, ayudar a cuidar a niños de niveles parvularios o básicos, pintar alguna muralla, ayudar a un alumno.

Art.83 Suspensión de clases y/o de actividades del establecimiento: Esta medida consiste en detener temporalmente al alumno o alumna de asistir a clases, debido a alguna conducta personal o colectiva que haya realizado y que transgrede la normativa institucional. La duración de la medida dependerá de la gravedad de la conducta. Mientras dure la suspensión, el alumno(a) no puede participar en actividades de ningún tipo, programadas por la escuela ni en representación de éste.

Art.84 Matrícula en Observación: Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de observación sistemático y permanente, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de ayuda que la escuela, le otorgue.

Se aplica en razón de un comportamiento continuo de faltas leves.

Art.85 Condicionalidad de Matrícula: Consiste en, que a partir de una reiteración de conductas graves o de una conducta gravísima, el alumno(a) queda en una situación especial que implica que al reiterar sus faltas está expuesto a la cancelación de matrícula, debiendo comprometerse a no recaer en el tipo de conducta efectuada u otra similar. Esta promesa debe ser firmada por el alumno (a) y su Apoderado(a).

(34)

34 Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de condicionalidad, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de ayuda que la escuela le otorgue.

Los alumnos(as) afectados(as) con esta medida, mientras esté vigente su condicionalidad, no podrán participar en actividades que signifiquen representar a la escuela (competencias deportivas, actos culturales, desfiles, salidas a terreno, entre otros).

La situación final del alumno(a) con Matrícula Condicional debe quedar resuelta antes del proceso normal de matrícula, por cuanto ésta puede incidir o no en la renovación de matrícula para el año siguiente.

Art.86 Citación al Apoderado: Es una acción que se realiza al apoderado(a), para solicitarle su presencia en la escuela debido a alguna conducta efectuada por el alumno o alumna y que transgrede las normas institucionales. Esta citación se realiza a través de una comunicación vía libreta Escolar, telefónica o a través de correo electrónico, según sea la situación y la urgencia.

Art.87 La aplicación de las medidas disciplinarias antes señaladas es una facultad privativa de la escuela, bastando, para la acreditación de la falta, un informe escrito de un funcionario del establecimiento que de fe de la existencia de la misma.

Art.88 Los(as) alumnos(as) que se encuentren en la condición de Observación o Condicionalidad deben asistir a los talleres de mediación o actividades de reforzamiento de conductas con carencias.

Art.89 El Profesor Jefe del curso tiene la obligación de informar al apoderado acerca del comportamiento disciplinario del alumno(a), y registrar en el “Formulario de Registro de Entrevista” el compromiso acordado y lo conversado, el cual debe ser firmado por ambas partes.

Art.90 La medidas a aplicar según la falta son:

Gravedad de la falta

Medidas Funcionario facultado para disponer la medida

Leve

 Llamado de atención.

 Amonestación verbal.

 Acto reparador

 Registro en el libro de clases.

 Información al apoderado.

 Cualquier funcionario que presencie, dependiendo la falta.

 Profesores, Equipo directivo y Paradocentes

Referencias

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