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Evaluación de impacto sobre los derechos humanos del Proyecto Ixtaca III

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Academic year: 2021

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(1)

Evaluación

de impacto

sobre

los derechos

humanos

del Proyecto

Ixtaca III

Ixtacamaxtitlan,

Puebla, México

(2)

El Proyecto

Ixtaca III

en cifras

El proyecto planea una actividad minera para

12 años,

utilizando cianuro para extraer oro y plata de la roca.

Los residuos de las rocas, tratados con cianuro,

serán

almacenados en un dique de

82,3 hectáreas y llenados

de agua.

El tajo tendrá una dimensión de

31,8 hectáreas.

Diario se extraerán

30.000 toneladas de roca.

No sabemos cuanta agua utilizará el proyecto Ixtaca

III pero el agua utilizada diariamente de una mina en

promedio es de

607 millones de litros. Imaginan

utilizar solo el agua de lluvia.

(3)

Cianuro

0,2

g

30

g/l 1l

160

×

La dosis letal de cianuro para un adulto es de

0,2 gramos. La empresa dice

que hay cianuro en las semillas de las manzanas. Para morir con el cianuro

contenido en las semillas, hay que comer las semillas de

500 kg de manzanas

(o sea

2.500 manzanas).

Un litro de agua de mina tiene la misma cantidad de cianuro que las semillas

de

85.000 kg de manzanas (cerca 425.000 manzanas). Un litro de agua

de la mina es suficiente para matar

160 personas adultas.

30 gramos por litro

(4)

Agua

Tetela de

Ocampo

305

km

2

268

370

km2

Golden Gate Bridge

2,5

km

19

km

El promedio de agua ocupada por las actividades minera es de

670 millones

de litros diario. Es decir que necesitan una cantidad de agua

equivalente a

268 albercas olimpionicas, donde cada una tiene un volumen

igual a

2.500.000 litros.

Imaginan utilizar solo agua de lluvia: eso significa que para tener una suficiente

cantidad de agua (en promedio 670 millones de litros diario) tendrán que hacer

confluir el agua pluvial hacia una lona alquitranada de un área igual

a

370 km

2

, osea un poco más de lo que es la superficie de la cabecera Municipal

de Tetela de Ocampo (305 Km

2

).

670 millones de litros diario

607.000.000

l

diario

(5)

Tajo

Dique

32

31,8

ha

82,3

ha

8

m

330

t

31,8 hectáreas

82,3 hectáreas

El área del tajo es de

31,8 hectáreas que corresponde a la suma del área

de

32 campos de fútbol. Diario extraen 30.000 toneladas de roca,

cantidad igual a la suma de

90 camiónes de mina, donde cada uno tiene

una capacidad de tranporte de

330 toneladas.

El dique tiene un área de

82,3 hectáreas.

(6)

Derecho al medio ambiente sano

Legitimado por primera vez en la Conferencia Internacional sobre el Medio Ambiente Humano y después con la

Convención sobre los Derechos de los Niños y a nivel nacional con el art.4 de la Constitución Mexicana y con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; a nivel del estado de Puebla por la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable.

El área del proyecto está rodeada de áreas de gran

importancia natural para la biodiversidad; el sector principal es el agropecuario con suelos aptos a la agricultura y recursos forestales maderables. La Sierra Norte de Puebla, se encuentra en un estado bueno de conservación y es el lugar más biodiverso del estado.

El estado actual del derecho al medio ambiente se encuentra en una posición intermedia: hay áreas ecológicas críticas, especies animales y vegetales en una situación crítica de conservación por destrucción de sus hábitats y amenazas a los recursos forestales por infraestructuras, deforestación clandestina y erosión del suelo.

→ Aire: contaminación por polvo, gases y radón; ruido y vibraciones. Área de impacto entre 1-3 km.

→ Suelo: contaminación, menor producción agrícola, deforestación y erosión del suelo, peligro por derrumbes, fallas, fracturas y sismos.

→ Ecosistema: eliminación de especies vegetales y animales, perdida de la biodiversidad, perdida de la calidad ecológica.

Reconocimiento legal

Estado actual del medio ambiente

Estado actual del derecho al medio ambiente

Impactos

en el medio ambiente

→ Cianuro: sustancia toxica por los seres humano y la vida silvestre. Se utiliza en la minería para sacar el oro y la plata de la roca. Ahora es prohibido su uso en la minería en algunos países europeos, de Estados Unidos y algunos países en Sud América.

→ Metales pesados: son sustancias toxicas, persistentes en el medio ambiente y se acumulan en la cadena alimentar, desde las plantas hasta el hombre, y en nuestro cuerpo incrementan sus concentraciones.

Este derecho se violará a través de los daños ambientales que llevan un empeoramiento del medio ambiente. El proyecto violará el derecho a proteger y conservar la naturaleza para las generaciones futura (legitimado en tratados internacionales).

Otros derechos afectados como efecto a la violación del derecho al medio ambiente

→ Derecho a la tierra: impactos sobre la tierra implican perdida de un medio de subsistencia.

→ Derecho a la alimentación: la contaminación del agua y la pérdida de suelo implican escasez de productos alimenticios salubres y seguros.

→ Derecho a la vida: la negación del derecho a disponer de un medio ambiente sano, de productos alimenticios salubres, y de un espacio donde producir por su propia subsistencia, es una violación del derecho a la vida.

Sustancias químicas peligrosas

Violación

(7)

Derecho consagrado internacionalmente en el Pacto Internacional de los Derechos Económico, Sociales y Culturales, en la Convención sobre Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer y en la Convención sobre los Derechos del Niño. Reconocido en el art.4 de la Constitución Mexicana y en la Ley del Agua del estado de Puebla.

El derecho al agua potable es a un nivel bueno por ser conforme al nivel de aceptabilidad en el olor, color, sabor del agua y por la salubridad por ausencia de contaminantes.

El agua de los manantiales son idóneas al consumo humano, las aguas de los ríos tienen algunos valores altos debidos a los sedimentos y a las características químicas de las rocas de la zona.

Derecho al agua potable

Reconocimiento legal

Estado actual del derecho al agua

Estado actual del agua

Contaminación agua superficial y subterránea; aumento de sedimentos en el agua superficial y en los manantiales; empobrecimiento de los volúmenes de los ríos y de los acuíferos → Menor agua para consumo humano; menor producción agropecuaria y perdida de la calidad ecológica de la cuenca. Impacto en la salud por beber o tocar agua contaminada y consumir productos contaminados. → Drenaje ácido de roca: Proceso de producción de una

solución ácida que sale desde las rocas expuestas a la lluvia, y al oxígeno, y que daña el ecosistema mezclándose al agua de los ríos.

las modificaciones negativas en el agua hacen que no sea de buena calidad, que no sea aceptable en el olor-color-sabor, que no sea suficiente para el consumo y el uso doméstico (cada persona diario tendría que disponer de 50-100 litros de agua según los tratados internacionales), que su precio no sea accesible (tendría que ser menor del 5% de los egresos económicos), así como su accesibilidad física porque se tendría que alcanzar fuentes más salubres y más lejana ( el agua tendría que ser a menos de 1 km y de 30 minutos de su casa).

Impactos al agua

Violación

(8)

Reconocido internacionalmente en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; a nivel nacional en la Constitución Mexicana y en la Ley de Salud nacional y estatal de Puebla.

El respeto del derecho es a un nivel medio por escasez de servicios básicos al nivel jerárquico medico de las Casas de Salud; por las poblaciones con seguro médico del IMSS-prospera, la accesibilidad física a un nivel de más alta atención médica implica moverse hasta las grandes ciudades.

La situación actual de la salud es buena y conforme a los estándares estatales y nacionales. Algunos aspectos muestran que algunas enfermedades son más altas, y puede ser debido a errores de datos, por desventajas económicas y/o por menor calidad de los servicios médicos, que hacen que la gente sea más vulnerable a enfermarse.

Derecho a la salud

Incremento de enfermedades agudas y crónicas y de mortalidad. Daños físicos y psicológicos.

→ Emisiones gaseosas, polvo, radón: afectación tracto cardiorrespiratorio.

→ Ruido y vibraciones: aumenta el nivel de estrés, trastornos del sueño, empeoramiento auditivo.

→ Cianuro: exposición al cianuro a través de la respiración del aire, bebiendo agua, tocando la tierra, causa irritación de la piel, nausea, dipnea, convulsiones, coma y muerte. → Metales pesados: son tóxicos y se concentran sobre todo

en algunos órganos (cerebro, el hígado y los riñones) y en los huesos, y representan un factor agravante o decisivo en muchas enfermedades crónicas: afectación del sistema nervioso, sistema digestivo, sistema óseo, enfermedades a los ojos y a la piel, cáncer.

La situación de los derechos humanos en la salud podrían verse agraviado por afectación en la salud física y mental de las personas, en particular la de los grupos más vulnerables como las mujeres embarazadas, los niños, los ancianos y los grupos en una situación de desventaja económica. Las actividades minera llevan a una disminución de la disponibilidad de infraestructuras, servicios, y bienes (más gente necesita más curaciones); disminuye la accesibilidad económica por incremento de gastos por familia (mas enfermedades) y física (más gente hospitalizada= meno asistencia médica en el entorno); menor aceptabilidad de los servicios médicos (menor recursos económico hospitalero por más gastos); baja calidad de servicio médico por falta de agua potable.

El derecho a la salud se vería violado a través de la violación del derecho a la alimentación, en consecuencia del cambio de la forma de subsistencia de la población, por perdida de la calidad de sus recursos alimenticios.

Impactos a la salud

Violación

del derecho humano Reconocimiento legal

Estado actual del derecho a la salud

Estado actual de la salud

(9)

Source International Onlus www.source-international.org

Referencias

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