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REPÚBLICA ARGENTINA

V E R S I Ó N T A Q U I G R Á F I C A

C Á M A R A D E S E N A D O R E S D E L A N A C I Ó N

REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA

Salón Illia – H. Senado de la Nación

13 de diciembre de 2016

Presidencia del señor senador Juan Manuel Abal Medina

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Dirección General de Taquígrafos

- En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Salón Illia del H. Senado de la Nación, a las 10 y 11 del martes 13 de diciembre de 2016:

Sr. Presidente (Abal Medina).- Buenos días a todos.

Si les parece, dado lo apretado de la agenda que tenemos en el día de hoy, daríamos comienzo a esta reunión de la comisión de presupuesto que tiene por objeto tratar dos medias sanciones que nos han llegado de la Cámara de Diputados a las ocho de la noche del día de ayer: la ley que modifica el Impuesto a las Ganancias y la segunda es la emergencia social.

Para este objetivo –como decía– tenemos una nutrida agenda, que va a empezar con la exposición del Poder Ejecutivo con la palabra del señor Alberto Abad y, posteriormente, también de la subsecretaria Balestrini, que también nos acompaña. En el medio algunos gobernadores, por un tema de agenda, nos han pedido desde el principio poder hablar a lo largo de la jornada. En primer lugar tenemos al gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, y otros que están llegando en estas horas.

Posteriormente recibiremos a representantes de las organizaciones gremiales, expertos tributaristas y distintas personalidades que han pedido participar de una reunión que, obviamente, tiene una magnitud e importancia relevantes.

Así que para empezar la jornada le vamos a dar la palabra al superintendente de la AFIP, Alberto Abad.

Bienvenido.

Sr. Abad.- Buenos días a todos.

Les voy a pedir un poco de paciencia, porque ustedes saben que los temas tributarios se caracterizan por la aridez y, en este caso, además por una buena cantidad de números que vamos a citar, así que trataremos de ser lo más claros posible.

La presentación es una visión de la problemática que está bajo análisis desde el punto de vista de la administración tributaria, y el foco central va a estar en tratar de determinar el costo fiscal asociado a cada una de las propuestas y comentar algunos de los aspectos particulares de cada una de ellas.

En una primera aproximación, el proyecto de la mayoría implica la adecuación del impuesto y nuevas deducciones, la modificación de escalas y la creación, en este caso, de un nuevo impuesto al juego y las apuestas.

El otro proyecto también hace adecuaciones de nuevas deducciones, modifica las escalas, genera nuevas exenciones y crea nuevos impuestos –juego, apuestas, dólar futuro, inmuebles improductivos, etcétera–, que los vamos a ver en detalle, e implica también mecanismos de actualización automática.

A título recordatorio, ya en lo que va del año se aplicaron medidas con relación a este impuesto que implicaron un costo de 56.960 millones. Aquí está el detalle: la famosa modificación de principios de año, el sueldo anual complementario segunda cuota, los cumplidores en el contexto de la ley de sinceramiento y la segunda cuota del SAC.

Como para que tengan una panorámica, aquí estamos comparando la situación actual con el proyecto de mayoría y de minoría. El proyecto de minoría tenía un conjunto de modificaciones que una segunda versión, prácticamente, hizo que se hiciera similar a los números que para cada uno de estos conceptos tenía el proyecto de mayoría. O sea, la ganancia mínima no imponible pasa de 42.318 pesos a 48.666.

Sr. Mayans.- ¿Cuál es la media sanción?

Sr. Presidente.- ...la de mayoría es la media sanción. Sr. Abad.- Exactamente.

Sr. Mayans.- ¿Cómo?

Sr. Presidente.- Mayoría sería la media sanción.

Sr. Abad.- A ver, estos son los típicos errores de la administración tributaria cuando entran en

los circuitos legislativos. Voy a decir, entonces, qué representa cada uno.

El proyecto de mayoría es el proyecto Cambiemos, digamos. Y el proyecto de minoría es el proyecto que incorpora las otras distintas bancadas.

Sr. Presidente.- La media sanción. Sr. Abad.- Media sanción.

- Varios señores senadores realizan manifestaciones fuera del alcance del micrófono.

Sra. Kunath.- Está hablando de la media sanción.

Sr. Presidente.- A ver, donde dice “proyecto de mayoría” léase “proyecto del Ejecutivo que

perdió la votación”, y “proyecto de minoría” léase “proyecto que ganó la media sanción de la Cámara”.

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Sr. Petcoff Naidenoff.- Media sanción. Sr. Presidente.- La media sanción.

Sr. Abad.- Entonces, “mayoría” léase “Ejecutivo” y el otro la “media sanción”.

¿Quedó aclarado el punto?

Sr. Presidente.- Quedó aclarado.

Sr. Abad.- Porque esto va a repetirse, así que les agradecería que... Sr. Presidente.- “Léase”, una fe de erratas.

Sr. Abad.- Sí, es la segunda fe de erratas esta.

Bueno, continúo. Cónyuge: el actual es 39.778, pasa a 22.872; hijos: de 19.889 a 22.872; y la deducción especial de cuarta: de 203.126 a 233.597. Destaco que en el proyecto que obtuvo la media sanción todos estos conceptos se van a incrementar en un 45 por ciento en los casos que corresponda a provincias de la Patagonia y en un 100 por ciento para hijos discapacitados.

Y la otra gran diferencia es –como decíamos– el ajuste, que va a ser un ajuste automático en el proyecto de la media sanción, en base a la movilidad jubilatoria.

Otras deducciones: la de intereses hipotecarios, que en la vigente era hasta 20.000 pesos, en el proyecto que tuvo la que media sanción se incrementó a 48.666 pesos; y la deducción de alquiler por vivienda –hoy no existente–, que el proyecto oficial, el proyecto del Ejecutivo, la sube a 19.466, el otro proyecto la hace alcanzar hasta el monto de la ganancia mínima no imponible, o sea, 48.666 pesos.

Y también incorpora el proyecto de media sanción una deducción por educación hasta 11.436 pesos, que es una deducción de la mitad de la deducción por hijo, hasta los veinticuatro años de edad.

Este es un poco el mapa de cómo evolucionaron las deducciones en cada uno de los proyectos comparado con lo vigente hoy.

Además, se agregaron otras exenciones. En este caso, son todas del proyecto que obtuvo la media sanción. El sueldo anual complementario está exento hasta 64.480 pesos, que es el equivalente a ocho salarios mínimos vitales y móviles, y tiene un límite superior, a partir del cual no está exento, de doce salarios mínimos vitales y móviles. Cuando se esté entre esos dos límites se paga sobre el exceso respecto del monto eximido.

Otra novedad es la deducción de todos los conceptos referidos a productividad en las remuneraciones y las horas extras, que están totalmente exentas, sin tope. Y, por último, las jubilaciones. Se exime las jubilaciones hasta 60.000 pesos. Con esto cerramos el ciclo de deducciones y exenciones.

Las escalas de alícuotas también eran diferenciales en una primera versión, y luego se acoplaron, por decirlo así, al proyecto del Ejecutivo. El primer tramo anterior o vigente de 10.000 pesos, en el que entraba una alícuota del 9, en el proyecto del Ejecutivo sube a 61.000 pesos y entra en una alícuota mínima del 5 por ciento, y otro tanto para el que tuvo la media sanción. Pero el proyecto del Ejecutivo pone una característica adicional: los nuevos contribuyentes comienzan pagando a la alícuota del 2 por ciento. Y el último tramo pasa de 120.000 a 426.000 pesos. Y, como en los casos anteriores, el ajuste anual de los montos también en el proyecto que obtuvo la media sanción esta variabilizado.

Ahora voy a hacer una breve reseña de la propuesta de los nuevos impuestos. En ganancias, se grava el rendimiento de plazos fijos, LEBAC, fideicomisos y fondos comunes de inversión en el proyecto que obtuvo la media sanción. No es así en el proyecto del Ejecutivo. El acto de estar gravado corresponde a las colocaciones que excedan el 1.500.000 pesos.

También se restituye el impuesto a la distribución de dividendos, que cuando se trató la ley de sinceramiento fiscal se había eliminado; ahora se lo vuelve a incorporar. Implica un 10 por ciento adicional. También está prevista en el proyecto de la media sanción la restitución de los derechos de exportación al sector minero, a una alícuota del 5 o del 10 por ciento según el tipo de producto o la posición arancelaria del producto del cual estemos hablando. Y se crea un impuesto adicional sobre la renta del dólar futuro, que es de un 15 por ciento sobre el rendimiento, estará vigente y se aplicará solamente por un año. Como se ve en el cuadro, todos estos nuevos impuestos no tienen una contrapartida en la propuesta del Ejecutivo.

Sí la hay en el caso de las apuestas. En las apuestas hay dos lógicas: un impuesto que se aplica sobre las apuestas que se realizan y otro sobre las máquinas electrónicas de juegos de azar, o sea sobre los activos. En el caso del proyecto del Ejecutivo, se propone una alícuota del 0,75 por cada apuesta realizada en máquinas electrónicas y en plataformas digitales. O sea, alícuota del 0,75 por cada apuesta en máquinas y plataformas digitales. En el caso del proyecto de la media sanción, la alícuota es del 7,5, pero ya no va sobre la apuesta, sino que va sobre el ingreso neto que se obtiene entre lo que se percibe por las apuestas, neto de los premios que se entregan. Por eso la alícuota es mayor, porque 0,75 es sobre la apuesta total, y el otro es sobre el total de

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apuestas menos premios, lo cual implica esta alícuota del 7,5. Y en el caso de las máquinas ya no del juego sino de las máquinas propiamente dichas, el proyecto del Ejecutivo establece un monto de 40.000 pesos anuales por cada máquina habilitada. Y el proyecto de la media sanción plantea un impuesto del10 por ciento sobre el valor de ingreso al patrimonio de cada una de las máquinas. Esto, obviamente, implica que no se consideran las máquinas que tienen muchos de estos bingos o salas de juego en leasing o consignación, porque se aplica solamente sobre el valor de ingreso al patrimonio.

Y se agrega una última propuesta de impuesto en el proyecto de la media sanción que establece un 0,75 por ciento sobre inmuebles improductivos cuando el conjunto de los inmuebles que tiene el contribuyente sea mayor a 15 millones de pesos. No se preocupen si no entendieron todo esto, porque después lo reiteraré, así también yo termino de entenderlo. Va a ser un poco reiterativa la charla.

Entonces: contamos cómo es la situación actual, cómo son las nuevas deducciones, cómo son las nuevas exenciones y cuáles son las propuestas de creación de nuevos impuestos. Ahora vamos a hablar un poco de los costos fiscales. O sea, el objetivo central que me habían pedido para esta presentación era que explicitara respecto de los montos establecidos presupuestariamente, qué significa todo este conjunto de deducciones y exenciones en términos del esfuerzo fiscal.

La lógica de mayoría y de minoría es igual, léase proyecto del Ejecutivo y media sanción. El costo fiscal bruto para los empleados originado por esto es, en el proyecto del Ejecutivo, 45.850 millones de pesos, y en la media sanción implica un costo de 121.520 millones de pesos. Si agregamos el costo fiscal de la exención de la segunda cuota del sueldo anual complementario, en un caso es 3.700 millones porque tiene topes intermedios que el otro no tiene y, en el otro caso, 6.013 millones. Y el costo fiscal de la modificación del monotributo son 5.000 millones. Ahí llegamos a un primer subtotal: el costo bruto del proyecto del Ejecutivo es de 49.550 millones, y el del proyecto que tiene media sanción, 132.541. Lo llamamos “bruto” porque este costo después va a tener una serie de deducciones, básicamente originadas por los nuevos impuestos que se crean y, además, por el efecto que genera cuando se crea un nuevo impuesto, que además genera una traslación al consumo de ese menor impuesto que se paga, que también lo vamos a calcular y que ustedes lo van a ver.

El impacto que nosotros tenemos para estos conceptos en el impuesto al dólar futuro

repetimos, esto vale la pena tenerlo en claro porque impacta solo en 2017; en los años siguientes no resta este costo fiscal es de 6.836 millones; el de máquinas de juego y apuestas del proyecto del Poder Ejecutivo genera 8.969 millones, y el que tiene media sanción, 557 millones; los inmuebles improductivos, 60 millones; ganancias sobre plazos fijos, LEBAC, fondos comunes de inversión y fideicomisos, 4.246 millones; dividendos el tema de ganancias 3.360 millones, y la restitución de los derechos de exportación sobre el sector minero, 1.800 millones.

Ahora pasaré a comentar la memoria de cálculo de cada uno de estos impuestos para que ustedes tengan un punto de referencia.

Aquí me gustaría hacer dos o tres aclaraciones. Así como comentó el senador que recibió ayer las propuestas, muchas de estas modificaciones nosotros las recibimos también el miércoles. Por lo que ha trabajado todo el equipo de la AFIP a tambor batiente para poder lograr un número defendible en términos técnicos de cada una de las propuestas, de cuál es el costo y de cuál es el ingreso que generan. En muchos casos, como son nuevos y sobre situaciones no previstas anteriormente, costó trabajo identificar un número que sea responsable. Creo que hemos hecho los mejores esfuerzos en ambos sentidos. Ahora van a ver la memoria de cálculo, y por supuesto que estamos dispuestos y disponibles para cualquier comentario o discusión que quieran hacer las áreas técnicas de este Senado o para mostrarles sobre la base de qué criterios y cómo llegamos al número.

En cuanto al costo fiscal bruto total, se trata de un cálculo gigantesco porque hay que recorrer todas las declaraciones juradas correspondientes a la seguridad social de todos los contribuyentes, recorrerla con el sistema actual, comparar cada una de las alternativas, modificar las deducciones, una tablita adicional que se generó y que tiene una fórmula bastante compleja de cálculo que implica que, en la medida en que alguno de los contribuyentes esté en el decil más bajo de ingresos, tiene un mayor aumento o tiene un aumento en lo que puede deducir. O sea que en algunos casos hay lógicas que entran en el terreno matemático, así que simular, revisar y recalcular todo esto fue un esfuerzo muy importante. Obviamente, a esto se le saca los sujetos que no tributan Tierra del Fuego y el área judicial, se considera el tema de la zona patagónica, se hicieron todas las estimaciones que corresponden a las deducciones en función de lo que había declarado cada uno de los trabajadores, se estimó un incremento salarial del 21,1 para el 2017, y se aplicó el mismo recupero por consumos para ambos proyectos. Este recupero por consumos

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era el tema que yo les había comentado: hay un costo fiscal bruto. A este costo fiscal bruto se le restan ingresos por la creación de nuevos impuestos, y sobre esto se calcula cuál es el recupero por la creación de esos impuestos, porque por cada peso de impuesto que se deja de pagar se supone que quien lo tiene lo va a afectar al consumo, lo que implica que esto va a impactar en el IVA, lo que a su vez va a impactar en ganancias y a su vez impacta en el impuesto al cheque. Pero en las ventas se puede hacer por responsables inscriptos o por monotributistas, así que hay que estimar cuánto es de un caso y cuánto es del otro. A su vez, hay que asumir un porcentaje de informalidad, porque si tenemos un nivel de informalidad de un 30 por ciento, por el 30 por ciento de esas ventas no vamos a tener impuestos. Con esto les quiero decir lo que hay detrás de todos estos números, porque esto es sumamente complejo. Para los funcionarios como nosotros llamamos en el caso de la AFIP, para los servidores públicos que tuvieron que trabajar en todo esto fue un ejercicio de creatividad permanente.

Ahora voy a hacer una reseña del impacto de cada uno de los impuestos. Respecto del dólar futuro, ¿qué hicimos con el dólar futuro? Se aplicó el 15 por ciento adicional del impuesto creado sobre 45.573 millones de pesos, que es el total de las operaciones que nos informaron a nosotros el ROFEX, el MATBA y el MAE, que son los únicos tres mercados en los que se pueden hacer operaciones de futuro. Ellos nos informaron todo eso y calculamos el 15 por ciento. Este nuevo impuesto adicional va tanto para las personas humanas anteriormente denominadas “personas físicas” como para las personas jurídicas. Para las personas humanas, el impuesto aplica para todo el ejercicio. Ahora bien, para las personas jurídicas, como se crea un impuesto

ad hoc, se aplica solamente para los ejercicios contables que cierran a partir de la creación del

impuesto; no se puede ir hacia atrás. Este cálculo es el que dio ese número que nosotros les habíamos comentado de un ingreso de 6.836 millones.

Vamos a las máquinas de juego y apuestas. Nosotros estábamos preparando una fiscalización muy importante sobre el tema juego, así que casi por un azar del destino teníamos un relevamiento de todas las máquinas que tenían todas las salas de juego hecho por la DGI hará cosa de cuatro meses, y teníamos un stock de 81.914 máquinas. El proyecto de mayoría establece 40.000 pesos por máquina habilitada, así que se multiplica por esto. Y el proyecto de la minoría establece un impuesto del 10 por ciento sobre el valor amortizado por cada máquina que tienen las salas de juego en propiedad. Repito: 10 por ciento sobre el valor amortizado, como si fuera un activo común y silvestre que se amortiza.

Los cálculos nuestros, de acuerdo con la información de la Dirección General de Aduanas, de los valores de importación más los aranceles correspondientes actualizados, como pide ese dictamen, están en el orden de los 10.000 dólares. Se le aplica 16 pesos, que es el valor que se toma del dólar, se las amortiza al 50 por ciento porque hicimos un análisis del stock, de la antigüedad de esas máquinas y se termina pagando 8.000 pesos por máquina. Por eso hay una gran diferencia entre los dos cálculos: porque uno es un monto total, y el otro es un monto que se aplica por máquina con amortización. Además destaco esto este cálculo está sobreestimado, porque nosotros tomamos todas las máquinas como si estuvieran en propiedad, cuando es sabido que muchas salas de juego tienen máquinas en leasing o en consignación. Preferimos sobreestimar el cálculo, pero el número no va a ser el número que efectivamente se va a recaudar si este proyecto funciona. Esto lo quiero destacar porque en muchos de los cálculos ustedes van a ver que hablamos de sobreestimación. Por un problema de juego limpio, preferimos decir “está sobreestimado” y no aplicar mecanismos de baja que no tengan un sustento claro y evidente.

El impuesto del que estamos hablando tiene dos conceptos: el de las máquinas y el de las apuestas. Ahora vamos a ver el tema de las apuestas. El impuesto que aplica el proyecto de la mayoría es sobre un monto anual de apuestas de 759.000 millones de pesos. ¿De dónde sale este dato? Nosotros tenemos un régimen de información por el cual todos los actores que trabajan en este sistema nos tienen que informar. Fue así que nos informaron esos 759.000 millones, lo que implica para el proyecto del Ejecutivo un ingreso de 5.692 millones. Ahora bien, el proyecto aprobado, en cuanto al impuesto a las apuestas, lo único que grava son las plataformas digitales habilitadas, no las apuestas en el sistema no digital, digamos, no de plataformas. Analizado el tema, plataformas digitales habilitadas solamente hay en la provincia de Misiones; no hay ninguna otra plataforma digital habilitada. Entonces, ahí está el impacto en máquinas de juego y apuestas en cada uno de los proyectos.

Con relación a los inmuebles improductivos, esto requirió 557 en el proyecto de media sanción, contra 8.969 del proyecto del Ejecutivo. En ese sentido, recuerden el valor sobre el que se calcula en las máquinas y recuerden que el proyecto de mayoría es solamente para las apuestas en plataformas digitales y no las apuestas que se hacen en todas las salas. Ese esquema es el que tiene el proyecto del Ejecutivo.

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Otro impuesto que se creó es el de los inmuebles improductivos. Aquí fue una tarea compleja poder identificar inmuebles improductivos. Además, tenemos dudas sobre qué se considera “inmueble improductivo”, porque también se pueden tomar variables de las consideraciones tradicionales. ¿Pero, también, improductivo por cuánto tiempo? ¿Por un año? ¿Por dos años? Yo tengo un inmueble para hacer una operación, una inversión, lo tengo un año y estoy en un proceso de desarrollo, ¿se considera improductivo? Eso no está establecido.

Así que fuimos a un criterio que nos pareció el más razonable. Porque, además, este nuevo impuesto pone otra restricción, que es para que se pague el impuesto a los inmuebles improductivos. Ese inmueble improductivo que va a pagar el impuesto tiene que formar parte de un conjunto de inmuebles que tenga el contribuyente, persona humana o persona jurídica, que sea mayor a quince millones de pesos.

Dicho de otra manera: si yo tuviera un inmueble improductivo de tres millones de pesos, pero tengo un conjunto de inmuebles de cinco millones de pesos, no paga el impuesto. Si yo tengo un inmueble improductivo de tres millones de pesos, pero tengo un conjunto de inmuebles de veinte millones, como excede los quince millones, ese inmueble improductivo paga el impuesto. Esa es la lógica que se estableció en el dictamen. O sea que se consideran genéricamente improductivos a los inmuebles que no estén afectados a la explotación o actividades productivas, y se excluye, obviamente, la casa-habitación.

¿Qué hicimos? Recorrimos todas nuestras bases de datos en bienes personales y en ganancia mínima presunta para ver qué habían autodeclarado los contribuyentes sobre este concepto.

El total de inmuebles es de 193.072 millones de pesos declarados a través de bienes personales y ganancia mínima presunta, personas y sociedades. Entonces, después de sacar el tema de la restricción de los quince millones, nos quedó una base imponible, según la información que teníamos declarada en bienes personales, de 4.014 millones de pesos –que en gran parte están valuados a valor fiscal, lo que no significa que están todos actualizados a valor presente o que se compraron hace mucho tiempo, eso explica también que no sea un monto muy grande– y según ganancia mínima presunta 3.996 millones. Aplicada la alícuota da este monto de sesenta millones de pesos como eventual recaudación. Ya falta poco.

Con los otros conceptos, plazo fijo es solo aplicable a personas humanas. Nosotros tenemos una información que nos mandan todas las entidades financieras en donde están todas estas operaciones. Hay plazos fijos aplicados por 30.628 millones de pesos, que cumplen con el requisito del proyecto. Calculamos a una tasa promedio del 22 por ciento en pesos y 2 por ciento en dólares. Supusimos que todas estas personas estaban en el máximo de la alícuota de ganancias, que no es tampoco así, o sea que también hay una sobreestimación.

Además, no hicimos ningún cálculo sobre el famoso efecto sustitución, que es cuando uno tiene un plazo fijo, si le dicen que a partir de un millón y medio va a pagar, el hombre es malo y la sociedad es injusta. Así que lo que hace es, obviamente, quedarse un escalón antes y va a tratar de pagar lo menos posible, fraccionar. Puede hacerse una serie de cosas, que no están calculadas acá. O sea, aquí nosotros lo calculamos sobre los que tenían un millón y medio, y no sabían que iba a haber un nuevo impuesto que lo iba a aplicar. Por eso digo que está bien valuado.

Para el caso de las LEBAC, que es solo aplicable a personas humanas, hay 22.939 millones que representan un 3.33 del stock total de LEBAC que informa el Banco Central al 18 de noviembre. Obviamente, porque las operaciones con LEBAC, por lo general, las hacen las personas jurídicas, porque en muchos casos requieren sociedad de bolsa o alguna banca privada en el medio. Los supuestos que tomamos para valuarla es el último corte de la tasa promedio, el 26.4. También, supusimos que todas estas personas estaban en el máximo de la escala, que todas tributaban el 35 por ciento, y no consideramos, porque no está abierta la información en el Banco Central, el caso de personas que hoy tuvieran el LEBAC por menos de un millón y medio, que estarían exentas, pero las estuvimos calculamos como que también pagaban. O sea que este es otro rubro sobreestimado.

Por último, fondos comunes de inversión y fideicomisos. Tomamos el total de los fondos comunes de inversión, según la Cámara, que son 13.070 millones. El total del fideicomiso, según lo tenemos informados en nuestras declaraciones juradas de bienes personales. Y usamos estos supuestos una tasa de 22 por ciento que implica un rendimiento de 3.571, y también todos a la máxima tasa, nos da el monto que está establecido en los 4.246 millones que suma plazo fijo, LEBAC, fondo de inversión y fideicomisos.

Ganancias dividendos es el más fácil y en alguna medida más previsible, porque se tomó la información del año 2015, que eran 2.242 millones, se las incrementó en un 50 por ciento y da

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el número. También, acá no discriminamos pymes que estarían exentas en el proyecto, así que este número también tiene una sobreestimación.

Continúo. Ya estamos.

Sintetizando: el costo fiscal bruto, como lo comentamos anteriormente, del proyecto del Ejecutivo era 49.550 millones, el que tiene media sanción 132.541 millones, y ahora viene empezar a buscar un costo fiscal neto. O sea, cuánto aportan los nuevos impuestos. Para el caso del Ejecutivo el juego 8.969 millones y para la media sanción 16.859 millones.

Y después hicimos el famoso efecto de recupero por consumo: cuánto de ese impuesto se revierte en la economía y cuánto genera de ingreso adicional por IVA, ganancias y cheque. Entonces, le damos que la mayoría sobre los cuarenta mil tiene un recupero de 8.500 millones y el proyecto de media sanción sobre los 115.000 tiene un recupero de 24.409 millones. Lo que da un costo final de 32.000 millones para el proyecto del Ejecutivo y 91.273 para el proyecto con media sanción.

Y para que ustedes vean ya el número cerrado con los comparativos, el costo fiscal, que se tomó de referencia según el presupuesto 2017 aprobado, estaba en el orden de los 27.000 millones de pesos. El proyecto del Ejecutivo lo lleva con estos juegos de nuevo impuesto y el recupero a 32.018 millones, lo que implica cinco mil millones en más de lo estimado presupuestariamente lo que implica 18 por ciento. Y el proyecto de la minoría, que tiene 91.273 millones neto de nuevos impuestos y de recupero, implica una diferencia de 64.273 millones, que porcentualmente implica 238 por ciento sobre el monto autorizado presupuestariamente de 27.000 millones.

Ayer hubo una fe de erratas que se presentó en el proyecto que tiene media sanción. Se modificó esa tabla que yo les decía que para los contribuyentes que estuvieran en el decil más bajo, tenían la posibilidad de que se aumentaran las deducciones. Se modificó ésta parcialmente, lo que implicó un costo adicional de 2.200 millones. O sea que la síntesis es... En cuanto a la fórmula, en uno de sus componentes se dijo que había habido un error de transcripción y se pidió que se modificara. El mayor costo son 2.200 millones. Así que estaríamos con, sobre los 27.000 originales, 32.000 del proyecto del Poder Ejecutivo y 93.400 del proyecto que tiene media sanción.

Unas consideraciones finales que desde la administración tributaria no las tenemos que obviar es que en los cambios, como tienen una serie de fórmulas y se basan sobre unos valores anuales preestablecidos, un salario neto que hay que recalcularlo periódicamente, esto va a hacer que los 570.000 empleadores que retienen Impuesto a las Ganancias dupliquen todos los cálculos que hacen respecto de los actuales. Las deducciones computables, como cambian, tienen esa tablita y tienen modificaciones según qué deducción se agrega o se quita, bajan el nivel de certeza para los empleadores.

Hicimos algunos análisis, incluso para nosotros mismos, respecto de cuánto nos llevaría adecuar los sistemas a esto, con la fórmula y todas estas mecánicas, y va a costar un tiempo. Aparte de la reglamentación que tenemos que hacer nosotros, la implementación y los cambios de sistemas, que están diseñados con una lógica, van a tener una tarea adicional.

Y en cuanto a los empleados, van a tener algunas incertidumbres, porque les va a ser muy difícil. Esto no lo digo yo, que no estoy experto, incluso, en liquidar esto, pero todos los liquidadores y toda la gente nuestra dicen que la tarea de liquidar, si se la quisiera hacer o revisar uno, es realmente muy compleja, con la obligación de cargar novedades mensualmente. Va a ser un sistema con una dinámica y con una interacción que nunca se termina de saber claramente cuánto es, porque va a ser muy dinámico.

Obviamente, todo esto se refleja en la administración tributaria. A nosotros nos va a complicar el control y la fiscalización. Entendemos que va a haber un incentivo en la transformación de conceptos gravados en exentos. Si yo tengo exenta la productividad, los bonus, y tengo exentas las horas extra, es muy probable que horas extra, que hoy se dice que no se hacen porque tienen Impuesto a las Ganancias, tengan un incremento importante y puedan hacer que un bonus, una bonificación o un cargo por productividad, que era el 10 por ciento de la remuneración, es muy probable que se lo deslice para que se convierta en el 20 o el 25, porque tengo el beneficio adicional de no pagar Impuesto a las Ganancias. Y se transfiere en parte también base imponible de sociedades a directivos, porque impuestos que se tendrían que pagar a través de la sociedad los va a pagar el directivo de la sociedad, a una alícuota menor.

Esto es lo que les queríamos comentar. Como dije anteriormente, nuestros cuadros técnicos que están aquí, que me van a ayudar para cualquier cosa, están disponibles para revisar con quien lo considere necesario todas las memorias de cálculo que están detrás de esto.

Sr. Cobos.- Muy bien. Muchas gracias.

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Dirección General de Taquígrafos el senador Pinedo.

Sr. Pinedo.- Yo no.

Sr. Cobos.- Tiene la palabra, entonces, la señora senadora Crexell. Sra. Crexell.- Buen día.

Una pregunta muy simple: ¿cumple con el principio de la progresividad el proyecto que tiene media sanción de Diputados?

Sr. Abad.- Le diría que en parte sí.

Sr. Crexell.- Después, el otro tema es en relación con los tributos o los impuestos...

Sr. Abad.- De todas maneras, voy a hacer una aclaración: yo voy a hablar sobre los aspectos de

administración tributaria. Para esas preguntas que tienen que ver con política fiscal yo le voy a pedir a la subsecretaria de Ingresos Públicos que dé la respuesta más técnica, porque son su competencia este tipo de conceptos.

Sr. Crexell.- Después, en relación con los impuestos que se crearon vinculados con el juego,

quiero estar segura de que sea competencia local o competencia federal. No sé si ahí también hay una colisión de competencias.

Sr. Abad.- Algunos de nuestros asesores jurídicos tienen algunas dudas respecto de eso.

Sra. Crexell.- Por último, me gustaría que aclarara el 33 por ciento como tope de la

confiscatoriedad: si esto es así; si es por tributo, como ha dicho la Corte; si no se cumple, puede haber excepciones. ¿Qué criterio tienen?

Sr. Abad.- Le voy a pedir a la doctora, pero como caso muy macro, el tema de la

confiscatoriedad no es por impuestos, sino sobre el total de impuestos que afectan a un contribuyente.

Sr. Cobos.- Tiene la palabra la contadora Balestrini. Sra. Balestrini.- Buenos días.

En primer lugar, con relación a la progresividad, se puede decir que el proyecto oficial, el del Poder Ejecutivo, sí cumple con lo que es progresividad. El proyecto aprobado que tiene media sanción diría que en parte sí y en parte no; y que la parte sí la cumple lo hace de una forma tan arbitraria que termina afectándolo, por la aplicación de una fórmula que si la leo en público no se entiende; tienen que estar un economista y un contador juntos para poder aplicarla. Con relación a la parte que no, justamente en parte de mi exposición lo voy a explicar, pero, por ejemplo, tiene las mismas debilidades que ha tenido un decreto anterior que todos deben recordar, el 1242 de 2013, porque establece exenciones con topes de determinadas formas. Por ejemplo, con el sueldo anual complementario se establece esta exención y, a partir de que supere esos 12 salarios mínimos, vitales y móviles en un peso, el impacto sobre el bolsillo de ese trabajador va a ser importantísimo y muy significativo, justamente por esa técnica legislativa que ya nos queríamos olvidar.

Con relación al impuesto al juego, en lo que respecta al proyecto oficial sí es competencia, porque lo establecimos desde un punto de vista de una imposición al consumo, que es sobre la apuesta. Entonces, es un impuesto al consumo específico sobre la apuesta en tragamonedas y también abarca la plataforma digital o las apuestas online. En el proyecto que tiene media sanción solo se refiere a la plataforma online. ¿Si tenemos competencia a nivel federal? Sí, tenemos competencia a nivel federal.

En relación con la confiscatoriedad, ese 33 por ciento es algo que todos tenemos en nuestra mente como un número que fue avalado, podría decirse, por la doctrina, por la jurisprudencia; pero también la Corte dijo que la sumatoria de impuestos puede llegar a ser, en algunos casos, confiscatoria. Todo depende de qué tipo de impuestos y de qué tipo de tasa. Así que hay que ver caso por caso. Porque el tema de confiscatoriedad, si bien está receptado en cierta forma por nuestra Constitución Nacional y es uno de los principios que debemos respetar dentro del sistema tributario, no es un número, ese 33 por ciento, que esté avalado desde el punto de vista legal, sino a través de antecedentes jurisprudenciales.

Sra. Crexell.- Muchas gracias.

Hay otro tema que no es, en realidad, una pregunta para los funcionarios de la AFIP, pero la media sanción que viene de Diputados se extralimitó del temario de extraordinarias. El temario de extraordinarias habilitaba la modificación de dos artículos del proyecto de ganancias, y resulta que hoy estamos modificando varios artículos más y, además, estamos incorporando impuestos que no estaban previstos en el temario de extraordinarias. Así que no sé eso cómo va a...

Sr. Cobos.- Lo dejamos para el debate final de la comisión.

Como el gobernador Urtubey se tiene que retirar y habida cuenta de que el licenciado Abad no tiene problemas en quedarse y en escuchar al gobernador, le vamos a dar la palabra al gobernador y después seguimos con las inquietudes de los senadores.

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Primero, les agradezco que nos hayan invitado. Es muy bueno que podamos hablar los gobernadores de las provincias en este ámbito, que supuestamente es el que representa al federalismo en la Argentina, en las problemas argentinas. Particularmente, agradezco que hayamos sido invitados a las 10 de la mañana para poder hablar ahora, porque hace ya varios meses que estaba invitado a la Bolsa de Comercio en Córdoba al mediodía y no quiero fallar a esa invitación. Pero me parecía que era importante que pudiéramos compartir algunas reflexiones.

Hoy me toca gobernar una provincia que es una porción de la Argentina donde el PBI per cápita apenas si llega a la mitad del promedio nacional. Quiero traer el panorama de otra Argentina, probablemente diferente a toda esta, donde la discusión que hoy nos aboca prácticamente tiene muy poca incidencia en términos de trabajadores en mi provincia. Es bien sabido no solo en términos de cantidad de trabajadores registrados sino también en el nivel de los salarios en las regiones; aquellos que representan provincias del norte argentino saben perfectamente de qué estoy hablando.

Me parece que es muy importante que podamos escuchar la voz de aquellos que hemos sido electos en nuestras provincias para administrar la cosa pública provincial, toda vez que cuando vamos a discutir impuestos como estos da la sensación de que la agilidad en el tratamiento de estos proyectos, que pesa mucho más sobre las provincias que cualquier otro tributo, siempre es exprés, siempre es urgente, siempre se tiene que resolver ayer, y eso no pasa con otros tributos que probablemente puedan tener mucha más incidencia en la población argentina pero le pegan mucho menos a las provincias. Tradicionalmente, en las provincias nos quejamos de que siempre la generosidad se hace con la plata de otro, no con la plata de uno. En este caso, la compartimos entre todos.

En este marco, quiero contextualizar. En nuestro lugar, nuestra gran lucha es la lucha contra la pobreza, junto con otras. Es correcto que debemos luchar no solo contra la pobreza estructural. Ahí lo que se requiere es una fuerte presencia del Estado que tenga posibilidad de financiarse para garantizar obras de agua, cloacas, tendidos de luz, caminos para gente, que de otra manera no puede garantizarlo y, después, por cierto, lo que significa reducir lo que es la pobreza por ingresos. Allí es importante tener políticas económicas que generen actividad económica, sobre todo en los lugares más deprimidos.

Lo que nosotros con preocupación advertimos es que hay una tendencia a generar cada vez mayores condiciones, a través de mayor circundante, mayor actividad económica por cierto de menor presión tributaria, y volcar eso al consumo en los grandes centros urbanos. Eso obviamente es una cuestión de sentido común. Hay que tomar la nómina del SIPA respecto de la cantidad de trabajadores registrados para ver dónde realmente impacta la baja esa, para ver dónde se distribuyen los recursos que salen probablemente de otros lados, como la generación de algunos otros tributos.

En ese sentido, partimos de la base de que estamos con la lógica de la frazada corta. No dudo en absoluto –lo creo y nosotros desde la provincia lo venimos planteando concretamente– de la necesidad de acompañar la actualización del mínimo no imponible que está en el proyecto que viene de la Cámara de Diputados. Sin lugar a dudas. Aparte, creo que ahí había consenso en las distintas fuerzas.

Junto con eso, me parece que hay que avanzar en incorporar, por ejemplo, algunas deducciones, como la del cónyuge, porque entiendo que siempre ha sido parte de nuestro sistema normativo. Entonces, pretender que no se pueda deducir al cónyuge a mi juicio, más allá del impacto fiscal, es atentatorio contra una mirada cultural sobre la cual tanto se está trabajando en nuestra República Argentina.

En ese marco, sí claramente hay toda una serie de deducciones, que no dudo de su justicia pero que son francamente discriminatorias a la gran mayoría del pueblo argentino que no tiene acceso a eso. Por ejemplo, plantear deducciones en educación privada –no dudo de la justicia de todo eso– cuando más del 80 por ciento del pueblo argentino en definitiva lo que necesita es tener un Estado que pueda tener financiamiento para garantizar y proveer educación pública, de mínimo, es contradictorio.

Repito, entiendo que hay que acompañar la actualización del mínimo no imponible, entiendo que hay que ir a la deducción del cónyuge. Creo que hay que empezar a plantear algunos parámetros más objetivos en la toma de decisiones. No dudo de la justicia de la deducción para los trabajadores de la zona patagónica, sin lugar a dudas. Ahora bien, establezcamos parámetros objetivos. Los tenemos. En el SIPA, que es un organismo donde naturalmente tenemos toda la información, claramente podemos tomar el promedio entre el promedio del salario en la Argentina y el promedio del salario de la Patagonia y ahí establecer los montos diferenciados de deducciones. Es decir, salir de la lógica de una política tributaria a ojo

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de buen cubero y empezar a hacer las cosas de una manera un poco más profesional. Es cierto que genera impacto. Objetivamente necesitamos que la Patagonia tenga mayor actividad económica, pero hagámoslo con mayor racionalidad.

En lo que significa la incorporación de tributos, quiero acompañar algo que recién decía el titular de la AFIP respecto de lo que significa una de las patas importantes de este proyecto y de esta discusión, que es la parte que recaudamos. Si nosotros establecemos impuestos extraordinarios por única vez y por un año, como por ejemplo el dólar futuro, para financiar un modelo diferente de cómputo de ganancias para la eternidad, algún problema tenemos.

Por eso me parece que hay algunas cuestiones en donde no tenemos la sustentabilidad para pensar que la Argentina termina en el año 2017. Esperamos que tenga muchos años más, que podamos crecer y que no establezcamos todos los parámetros para bancar deducciones con impuestos extraordinarios de corta duración, sosteniendo un sistema que es claramente imposible de sostener en la Argentina. Repito, el peor peligro que nosotros podemos tener es desfinanciar un Estado en una Argentina que todavía no garantiza la prestación de servicios básicos a los más vulnerables.

Desde mi pertenencia política, entiendo cuál es mi lugar respecto de a quienes debo representar. Desde ese lugar, nosotros debemos garantizar esa educación pública, esa salud pública, la posibilidad de obras de infraestructura que nos saquen de la pobreza estructural. Obviamente que no dudo de las bondades de avanzar en esto, pero creo sinceramente que nada es blanco y negro, y tenemos que establecer algunos parámetros que nos hagan mucho más racional el proceso.

Me quiero correr de lo que se resolvió hace muy poco en la Argentina respecto de que íbamos a crear una comisión que iba a discutir todo el sistema tributario y qué se yo. Nos olvidamos rápidamente y avanzamos muy fuerte en esto. Creo obviamente que la actualización en lo que significa monotributo es correcta. Está bien, genera impacto fiscal, no tengo la menor duda.

Ahora, no estoy tan seguro de lo que se hablaba acá respecto de la absoluta competencia del Estado Federal en todos los componentes del tributo sobre la actividad del juego. En la Argentina estamos en una tendencia –no quiero hablar de uno, dos, diez o de veinte años, sino de las últimas cuatro o cinco décadas– de ir centralizando cada vez más el ingreso y descentralizando cada vez más el gasto. Eso está haciendo insostenible la administración en las provincias argentinas.

No dudo de la justicia de gravar más el juego, pero seamos más prácticos: aumentemos ganancias. Plantémoslo. Al 40, 42, 43 por ciento sobre ganancias. Nadie discute que claramente sobre eso se puede trabajar y eso sí es una competencia federal. Trabajemos sobre lo que significa el net win. Me parece buenísimo. Vayamos sobre eso.

Me parece que la Argentina necesita empezar a tener algún mínimo de previsibilidad, y en ese marco me quiero parar muy brevemente en lo que significa la reinstalación de las retenciones a la actividad minera. Me parece espectacular que desde los grandes centros urbanos, donde no se tiene la menor idea de la incidencia social de esa actividad, planteemos la gran justicia pensando en el gran minero que vino de no sé dónde, de la estratósfera, recontra multimillonario, a sacar la riqueza natural de la Argentina. Pensemos en la actividad económica que genera empleo en cada una de las provincias argentinas, particularmente en las regiones más postergadas y de menor capacidad. Donde se realiza la actividad minera es donde no se siembra soja, donde no hay turismo, donde no hay nada. ¿Por qué? Porque no hay nada justamente.

En ese marco, entender que voy a financiar el mayor consumo de los grandes centros urbanos dejando a miles de personas que están en medio de la cordillera sin laburo, de mínima, me parece discutible.

Pero mucho más grave aún es una Argentina que con bombos y platillos anuncia al mundo, armamos una especie de mini-Davos, dijimos todas las espléndidas cosas que íbamos a hacer para atraer inversión y a los tres meses resolvemos que nos arrepentimos y volvemos a crear nuevos tributos que anunciamos con muchísima pompa que ya no iban a estar más en la Argentina. Entonces, me parece que en algunas de esas cosas hay que plantarse.

En lo personal, creo que es una excelente oportunidad para avanzar en alguna norma que prevea lo que otros países utilizaron para desarrollarse en la región –no estoy hablando de los países nórdicos, sino de países de Latinoamérica–, que establecen la posibilidad de convenios de estabilidad normativa y fiscal con aquellos que quieren hacer grandes inversiones, generar empleo y beneficio social. Si seguimos modificando, a tontas y a locas, normas tributarias en la Argentina, vamos a seguir ahuyentando la inversión. La Argentina no va a resolver los acuciantes problemas sociales solamente bajando impuestos y ahuyentando la inversión.

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bien, debemos garantizar mecanismos de financiamiento para ello porque, si no, lo único que hacemos es seguir trabajando sobre el supuesto bienestar, repito, de las personas alcanzadas, que son aquellos que tienen salarios de más de… Obviamente, estamos viendo hasta dónde estamos elevando el piso. Estamos hablando de un piso de 48.660, creo. Vamos a caminar las provincias de la mayoría de los representantes que veo aquí para ver a cuántos vecinos encuentran en esa posición. Lo mismo, no dudo, vinculado a lo que significa la cuestión de la jubilación hasta 60.000 pesos. No estamos hablando de la mínima. No estamos hablando de la gente que no tiene para llegar a fin de mes, me parece.

Respecto del impuesto a los inmuebles improductivos, en lo personal, creo, sinceramente, que si queremos ir por ese camino, debemos ser más abarcativos. Hablemos de capital improductivo; busquemos algunas otras formas que no trabajen solamente sobre inmuebles.

Soy gobernador de una provincia, me invitaron a dar mi opinión y doy mi opinión. He sido legislador diez años y nunca me gustó que me digan lo que tengo que hacer. Pero claramente me parece que tenemos que sentarnos a pensar en eso. Por ejemplo, nosotros somos todos políticamente correctos planteando que vamos a gravar la minería y que vamos a gravar la renta financiera. Pregunto: ¿qué sistema financiero tenemos en la Argentina? Es, prácticamente, inexistente. Una Argentina sin sistema financiero, sin acceso al crédito, sin nada, ¿adónde va a tener posibilidades de crecimiento?

Particularmente, cada vez que salieron LEBAC en la Argentina, salieron normas exceptuando de impuesto a las LEBAC que salieron, porque lo que queremos es incentivar a que el argentino ahorre, justamente, financiando a la Argentina. Hoy lo que estamos haciendo es gravando y castigando al que ahorra pensando en la Argentina. Curioso. Y si aparte de eso planteamos la renta financiera, es como si viviéramos en un país que tiene una inflación del 0,01 por ciento. Entonces, tomamos rápidamente la ganancia del plazo fijo; el plazo fijo lo utiliza el ciudadano para cubrirse de la inflación; lo invitamos en autopista ir al dólar. Entonces, de movida, no financiemos LEBAC; tampoco nos metamos en el sistema financiero, vayamos al dólar.

Por eso digo que lo que planteo es desde lo práctico, porque hay veces… Repito, yo soy un dirigente de la política. No llegué al lugar al que llegué egresado o con un máster de ningún lado, sino caminando las calles de mi provincia. Sé que, a veces, es muy popular ir por un camino; pero sentémonos a verlo en términos prácticos: ¿qué es lo que vamos a lograr con eso?

Particularmente, otro impuesto formidable, pero que es solamente de un año, es el del dólar futuro. Sentémonos a discutirlo; me parece buenísimo que lo pongamos, bárbaro. Estamos gravando inversiones previas. Te lo voltean en mesa de entradas en tribunales por inconstitucionalidad. No se requiere mucho análisis.

Por eso digo que están muy buenas las intenciones de conseguir nuevas formas de financiamiento para sostener muchísimas deducciones. Repito, está bueno, elevemos el piso. Sentémonos a pensar en que esas deducciones que nosotros planteamos –repito, no dudo de la enorme justicia– se bancan de alguna manera. En mi provincia se bancan hoy con un impacto, solamente de esto, de más de 1000 millones de pesos en un presupuesto de 45.000 millones de pesos. Hay algo que tengo que dejar de hacer en mi provincia.

Particularmente, lo que nosotros hacemos es trabajar en una provincia que tiene, como todas las provincias del norte argentino, una enorme materia pendiente en términos de infraestructura y en términos de un montón de cosas. Entonces, me parece que está muy bueno que nos podamos escuchar. Está muy bueno que nos hayan invitado para que podamos dar nuestra opinión; pero la pequeña señal de alerta que quiero plantear es: ¿adónde vamos a buscar eso? Está bien, avanzamos con ese proyecto. Buenísimo. Esto sucedía hace veinte años: una enorme cantidad de provincias tenían cuasimonedas, tenían Lecop, tenían un montón de cosas, vamos a la maquinita, lesionemos el sistema monetario y lo bancamos de ahí. Íbamos al financiamiento a la sucursal del banco de la esquina.

Nosotros, desde las administraciones públicas provinciales, no tenemos acceso al financiamiento para gastos corrientes. Segundo, no tenemos acceso a política monetaria. No estoy diciendo que sea buenísimo sacar crédito para gastos corrientes ni que sea buenísimo emitir para gastos corrientes; pero de algún lado alguien lo va a tener que hacer. Lo van a hacer a nivel nacional. Digamos, no digo que sea el objetivo, la consecuencia de avanzar en proyectos de este tipo es profundizar el desfinanciamiento de las arcas provinciales. Y no lo hablo en clave de discusión de poder Nación-provincia; lo hablo en clave de tener capacidad de respuesta para resolver los problemas estructurales de cada uno de aquellos que, en cada una de las provincias argentinas, necesita un Estado presente.

Yo, ideológicamente, sostengo la necesidad de un Estado presente. Para tener un Estado presente, necesito un Estado con financiamiento. Entonces, si la lógica es bajar al máximo el

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financiamiento, también entendamos que la consecuencia es bajar al máximo la presencia del Estado en la sociedad. Yo, en esa posición ideológica, no estoy. Muchísimas gracias.

Sr. Presidente.- Gracias, señor gobernador.

Invitamos ahora a la gobernadora de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Rosana Bertone.

Sepan disculpar que tenemos algunos problemas de agenda; pero tenemos que coordinar las agendas de muchas personas en poco tiempo.

Le damos la palabra a la señora gobernadora.

Sra. Bertone.- Te agradezco Juan Manuel, como presidente de la Comisión de Presupuesto, que

tengas la misma deferencia que tenías como jefe de Gabinete. Para mí eso de tener la misma actitud vale mucho. Así que te agradezco por la posibilidad y le agradezco a todos los senadores que se encuentran presentes.

También, como decía el gobernador Urtubey, he sido catorce años legisladora nacional. He tenido sólo dos años en los que he contado con un gobernador de mi partido político. El resto de los años siempre han sido gobernadores opositores, aún así siempre que votaba una norma – siempre integré la Comisión de Presupuesto– tenía la deferencia de consultar con mi gobernador –que no era de mi partido, pero sí de mi provincia– cuál era el impacto fiscal de tener una posición, de respetar la institucionalidad. De hecho, a la ex gobernadora Ríos, en todos los juicios políticos que se le llevaron adelante, fue mi propio bloque legislativo quien le sostuvo la institucionalidad. Esto es porque hoy se confunden mucho las cosas. Yo soy peronista. Sé a quiénes represento, perfectamente sé a quiénes represento, a quiénes intento representar. En este caso, a la provincia de Tierra del Fuego como gobernadora, pero también, como decía el gobernador Urtubey, sé que represento a los que menos tienen.

En mi caso, me preocupan los que no tienen trabajo y, sobre todo, las mujeres en la Argentina y en mi provincia, que no tienen trabajo, que no tienen posibilidad alguna de discutir Impuesto a las Ganancias sí o Impuesto a las Ganancias no. Tienen muchísimos hijos, no tienen agua potable, no tienen cloacas, no tienen vivienda y hacen esfuerzos sobrehumanos por sobrevivir en el día a día. Muchas de esas mujeres y esos hombres, con la pobreza estructural que tenemos en la Argentina y que tenemos también, desgraciadamente, en mi provincia, que sería una de las que menos pobreza debería tener, realmente son los menos escuchados, los que menos voz tienen o menos los intentamos representar.

Dicho esto, no discuto la justicia de la norma. Todos estamos de acuerdo en que algunas modificaciones había que hacer. También esto se discutió mucho en la campaña electoral. A nosotros, con nuestro candidato Scioli, casi no se nos permitía hablar de esto. Los gobernadores tuvimos una reunión en la que se nos expresó… Insistíamos mucho en que él tomase una posición. Después de discutido esto, la posición la termina expresando el hoy diputado Diego Bossio.

Macri, en su propuesta, en Cambiemos, todos sabemos lo que dijo. Todos sabemos en política que cuando uno plantea algo tiene que tratar de cumplirlo. En mi carrera política, soy muy conservadora con las promesas que uno hace en la campaña, porque he tenido la posibilidad de perder y ganar elecciones. Muchas veces he perdido por no querer cruzar la raya en algún sentido, pero tener coherencia siempre paga en la vida y en la política.

Decimos que estamos de acuerdo en que algo había que hacer, pero ese “algo” que hay que hacer no es desfinanciar a las provincias, si no estamos en un problema grande.

Hoy estamos en un problema y ahora tenemos que ver cómo lo tenemos que solucionar. Sinceramente a mí me ha costado llegar a pagar todos los meses los sueldos. Debería pagar los aguinaldos –450.000.000 de pesos– y hoy no cuento con ese recurso en mi provincia.

Es difícil calcular el impacto que esto tendrá en mi provincia, tal como ha dicho aquí Abad, y hasta me da un poco de vergüenza hablar de cuánto impactaría delante suyo, pero por el conocimiento que él tiene y que yo obviamente no tengo por lo difícil que resulta hacer los cálculos, suponiendo que tengamos una disminución en la recaudación de Ganancias de 65.000.000.000 y que se van a compensar en parte por dólar futuro 6.900.000.000, juegos 2.536.000.000, renta financiera 5.354.000.000, dividendos 3.260.000.000, adicional Ganancias e IVA 2.700.000.000, retención minera 5.000.000.000, aún tenemos un costo fiscal de alrededor de los 40.000.000.000. Ese sería el agujero que entre todos tenemos que ver cómo vamos a cubrir.

En mi provincia voy a perder alrededor de 400 millones. El día 15 los legisladores estarían votando el presupuesto y yo tendría que hacer malabares para ver a quién le impacto y con qué impuesto para –aparte de no poder pagar los aguinaldos– tener 400.000.000 más para tener una previsibilidad.

Entiendo que todas las provincias están en la misma discusión, que se han discutido los presupuestos o que se están discutiendo los presupuestos en este momento.

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También se nos dijo a los gobernadores –y lo hemos firmado– que el gasto tiene que seguir el crecimiento del PBI y, además, que debemos disminuir un 10 por ciento el déficit fiscal. Sinceramente, no sé cómo vamos a hacer. Realmente ni con magia creo que podríamos. Esta es la realidad.

Luego hay otra cuestión que es la relacionada con el artículo 79, que establece que a partir del 1° de enero de 2017 los nuevos jueces van a pagar Ganancias. Siempre he sostenido que los jueces son iguales a cualquier trabajador en la Argentina y creo que todos deberían pagar Ganancias. Es una cuestión de equidad tributaria. Son tan trabajadores como cualquiera del pueblo argentino.

Creo que ahora con esto se ha generado una expectativa hacia la gente muy difícil de poder cumplir. Creo que nos perjudicamos todos: o nos endeudamos o emitimos, ¿cuál sería la solución?

Aparte también está el tema que planteó el gobernador Urtubey sobre el caso del reparto de los dividendos. Macri lo sacó y ahora los vuelven a poner. Conozco a empresarios que dicen que están haciendo rápidamente sus actas para sacar los dividendos de la Argentina. ¿Cuál es la previsibilidad y la credibilidad que queremos dar como país?

La mía no es una provincia minera, pero fijémonos los permanentes cambios que tenemos en función de un país. ¿Qué imagen queremos dar? Tenemos una ley de estabilidad fiscal minera pero permanentemente se le cambian las condiciones: le ponen retenciones, le sacan las retenciones y a los 6 meses le vuelven a poner las retenciones. Es hasta casi llamativo que se trabaje de esa manera.

Con respecto al impuesto gravando el plazo fijo, como también se dijo aquí, la gente se va a pasar al dólar. Esto va a afectar hasta al que toma créditos y a la tasa de interés porque todos se van a ir al dólar.

La verdad es que yo pediría a este honorable Senado, que es un ámbito de discusión, de debate y de trabajo en donde los senadores representan el federalismo, en donde realmente hay mucha capacidad institucional, hay mucha capacidad también de profesionales porque todos tienen muy buenos asesores, que puedan modificar algunas de estas cuestiones y buscar la manera de que las provincias podamos evitar estos rojos fiscales que ya venimos sosteniendo y de lo que queremos salir. Yo creo que todos los gobernadores queremos evitar estar permanentemente en déficit fiscal o con imprevisibilidad en los pagos.

Yo quiero ser coherente. Sé que la coherencia en la política cuesta mucho pero trato de intentarlo, y trato de gestionar de esa manera en este año que me ha tocado gobernar, que no ha sido un año fácil para nosotros, porque hemos enfrentado muchos desafíos y lo hemos hecho con mucho respeto y con mucha institucionalidad.

Muchísimas gracias por permitirme fijar esta posición aquí, en el Senado.

Sr. Presidente.- Muchísimas gracias, gobernadora.

Tengo dos preguntas pendientes para Abad, y después escucharíamos al secretario Balestrini.

Tiene la palabra la señora senadora Machado.

Sra. Machado.- Gracias, señor presidente de la comisión.

Mis preguntas van a ser concretas.

La primera cuestión: ¿están informados todos los ministros de hacienda de las provincias de cuál es el costo fiscal?

Por otra parte, recordemos que el 64 por ciento neto de Ganancias se redistribuye de las provincias a los municipios. ¿Ha habido alguna consulta por parte de municipios de la Argentina de cuántos menos recursos coparticipables van a recibir? ¿Tenemos ese número? Porque en mi provincia tenemos cuatrocientos municipios, de los cuales nos han consultado diría que el 70 por ciento para saber cuánto menos recibirán, toda vez que se están aprobando los presupuestos en cada comuna y municipio del interior de mi provincia.

Y otras preguntas concretas.

En relación a la coparticipación de estos nuevos impuestos creados, ¿qué porcentaje de coparticipación van a tener? Porque eso no está en ninguna parte del texto, y probablemente no se coparticipen, así que con estos nuevos impuestos estaríamos salvando a la Nación y no así a las provincias.

En otro orden de cosas, sobre el tema de las retenciones a las mineras quiero decir que hay una ley que fue sancionada durante la Presidencia de Menem que establece que no se podía modificar la situación tributaria. Menem es senador actual de la Nación y no sé cómo va a votar, pero sé que en su gobierno se eximió a las mineras. ¿Habría que modificar también esa ley del gobierno de Menem al generarles impuestos, y tendrían alguna indicación con sus contratos?

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Dirección General de Taquígrafos blanqueo que aprobó este Senado?

Y, por último, si se sabe cuál será el impacto fiscal para cada una de las provincias argentinas y sus municipios o si lo vamos a aprobar sin tener ese número.

Sr. Presidente.- Gracias, senadora.

Señor administrador, tiene la palabra.

Sr. Abad.- Creo que las preguntas son prácticamente todas para Balestrini, pero en el caso del

costo fiscal recién acabamos de tener el monto y creo que hoy habrá una reunión en Interior en donde se va a comunicar el monto definitivo.

Había otras preguntas más.

Sobre el tema de los inmuebles improductivos, en el contexto del sinceramente fiscal pueden afectarlo, porque el sinceramente fiscal es un proceso de exteriorización de activos. Así que yo diría que lo puede afectar de dos formas.

En un contexto de un sinceramiento fiscal siempre es funcional que el sistema impositivo tenga estabilidad. O sea, un sinceramiento fiscal que está coexistiendo la con modificación de un conjunto importante de impuestos, e incluso algunos que pueden tener alguna relación directa o indirecta como el de los activos, obviamente no sería beneficioso.

Porque, además, recuerdo que el tema de los inmuebles es prácticamente el único activo que tiene una alícuota que permanece constante en el tiempo; no como otros casos en los que uno quiere hacer otro tipo de exteriorización y hasta el 31 de diciembre paga el 10 por ciento y después del 31 de diciembre paga el 15. En el caso de los inmuebles es el 5 por ciento hasta el 31 de marzo.

Cuando nosotros explicamos el tema del sinceramiento dijimos que había como tres olas en el sinceramiento fiscal. La primera ola fue la de la exteriorización del efectivo que tenían los argentinos en una caja de seguridad, en su casa o en donde fuera; esto generó los 7.200.000.000 de dólares que se exteriorizaron. Hay una segunda ola que tiene que ver con cuentas en el exterior, con participaciones societarias con títulos en el exterior, que es la que ahora está en su momento máximo, porque si lo manifiestan antes del 31 de diciembre pagan el 10 por ciento y después el 15. Y nosotros esperábamos que la tercera ola, la de los inmuebles, se produjera prácticamente de enero a marzo de 2017. Así que, ahí puede también tener un impacto.

No sé si me quedó alguna otra pregunta.

Sr. Presidente.- A continuación vamos a darle la palabra a la secretaria Balestrini, y después las

preguntas se les podrán hacer a cualquiera de los dos.

Sra. Balestrini.- Buenos días.

Les agradezco mucho a todos que nos permitan estar exponiendo en estos momentos. En primer lugar quiero manifestar que, tal como lo hice oportunamente en la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, todo lo que voy a manifestar en este momento es desde una óptica de absoluto respeto hacia todos: hacia todos los legisladores, hacia los asalariados, hacia los jubilados, hacia los autónomos, hacia todos quienes se ven percutidos en algún caso por el Impuesto a las Ganancias; también respeto al sistema tributario argentino, y en especial en este momento al Impuesto a las Ganancias.

Voy a comenzar haciendo alusión a las principales medidas que se incluyen dentro de estas modificaciones para el Impuesto a las Ganancias, y las primeras tienen que ver con la determinación del mínimo no imponible y las deducciones personales y la deducción especial contempladas en el artículo 23.

Con relación a esto algo ya anticipé, pero es la primera vez que veo desde hace muchos años que en el artículo 23 del Impuesto a las Ganancias se incluye una fórmula de este tipo, que la verdad es que la iba a leer pero seguramente ustedes ya la han tratado de analizar. Realmente estuvimos trabajando con todo nuestro equipo porque queríamos ver si a lo mejor era una fórmula de fácil aplicación, porque nos preocupa mucho cómo se va a liquidar este impuesto.

Realmente, si nosotros vemos lo que textualmente dice hoy el proyecto que tiene media sanción nos encontramos con que habla de una fórmula matemática que es de difícil aplicación, primero porque es circular, y entonces hay que hacer dos veces el cálculo para después, por diferencia, determinar el impuesto que habría que retenerle a cada empleado. Esto se aplica en el caso de “remuneraciones inferiores”, dice el proyecto, pero tampoco dice qué son “remuneraciones inferiores”.

Por eso hablo de que todo lo que voy a decir es con un absoluto respeto, y también respeto a la técnica legislativa, porque si no tenemos una técnica legislativa adecuada no se puede aplicar el gravamen con el objetivo en que se pensó al momento de diseñar este proyecto.

Entonces, voy a ser muy concreta, así después damos lugar a las preguntas, pero voy a ser muy concreta con las críticas y con la evaluación.

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incluyendo ganancia no imponible, deducciones personales y deducción especial, lo que origina en la práctica que es que cada uno de ustedes y cada uno de nosotros tenga un mínimo no imponible distinto o una deducción especial distinta. Va a haber una multiplicidad de deducciones personalizada. Uno puede pensar que eso es bueno porque cada uno tiene una situación distinta, pero deja de ser bueno cuando no se puede aplicar.

Un empleador, para poder liquidar correctamente el impuesto tal como está esta fórmula, que es la primera vez que se incluye algo semejante en un proyecto, tiene que tener como dije antes, el análisis de un economista y de un contador juntos para ver cómo se aplica, y además hacer dos cálculos distintos, y además depender de un índice que es anual, con lo cual otra vez cargamos en la AFIP la facultad –por llamarlo así– de tener que hacerlo mensual para que se pueda liquidar. Y, como se va a tratar de una estimación, al final del año todo eso se va a tener que volver a recalcular. Con lo cual, lo que se va a tener que invertir en no solamente sistemas para que esto se modifique sino también en tiempo, va a afectar no solamente al empleador sino también al trabajador. ¿Por qué? Porque hace un momento dije que me quería referir a lo que uno espera de un sistema tributario y de un Impuesto a las Ganancias, que es pilar fundamental, porque tiene que ser un impuesto progresivo, como todos sabemos. Entonces, si a un impuesto progresivo lo tratamos de esta forma no es bueno para nuestro sistema tributario en general, porque no es que se va a recaudar más o que se va a recaudar menos, es que va a ser inaplicable. Esto tenemos que tenerlo en cuenta.

¿Por qué hablo de multiplicidad? Al haber multiplicidad de mínimos no imponibles se origina un estado de falta de certeza; y, como todos, sabemos en un sistema tributario tienen que primar la legalidad, la igualdad, la no confiscatoriedad, pero tenemos que tener certeza jurídica, porque si no tenemos certeza jurídica ese sistema tributario es inviable.

Por otro lado, no quiero dejar de referirme a algo que no sé si es un error de redacción. Porque cuando se hace referencia al cónyuge dice “cónyuge y/o concubino”, con lo cual ya hay una letra que está demás. Estamos de todas las deducciones por hijo, cónyuge o concubino. Aquí se está agregando -y no hay una objeción sobre eso- también al concubino, pero quiero manifestar que esto no está contemplado dentro del cálculo del costo fiscal. Este costo fiscal por inclusión de una deducción adicional no está contemplado en todos los números que hemos brindado hasta recién.

Con relación a esto, al haber un incremento de mínimos no imponibles y multiplicidad de esos mínimos no imponibles, lo que se origina es que…

- El señor senador Mayans formula manifestaciones fuera del alcance del micrófono.

Sra. Balestrini.- No, al contrario…

Sr. Presidente.- Respetemos el uso de la palabra, por favor.

Sra. Balestrini.- Lo que estamos diciendo es que no se puede tener las dos cosas juntas. (Risas)

Lo que estamos diciendo es que hay una “y” de más.

El sistema tributario también tiene que marcar una línea de conducta. (Risas)

- Varios señores senadores hablan a la vez.

Sra. Balestrini.- Volviendo al tema que nos ocupa, dentro de lo que es el mínimo no imponible

también se establece un incremento en 45 por ciento para los trabajadores empleados en relación de dependencia de zona patagónica. Como habíamos anticipado, nosotros podemos decir: “Bueno, zona patagónica, en realidad, está abarcando hasta la mitad de la provincia de Buenos Aires”. Entonces, la mitad de un país va estar tributando con un incremento del 45 por ciento, mientras que la otra mitad no.

¿Esto puede afectar el principio de igualdad? Podemos decir que sí. Pero hay algo que me preocupa más que esto: que el principio de igualdad va a estar afectando al autónomo de la zona patagónica. O sea, una persona en relación de dependencia que viva en la zona patagónica va a tener un beneficio de incremento de las deducciones personales del 45 por ciento, mientras que un autónomo no. Con lo cual volvemos, otra vez, a acentuar las diferencias; y sabemos que el hecho de acentuar las diferencias violando el principio de igualdad no es uno de los pilares que tenemos que tener en cuenta para un sistema tributario. Además, se vuelve una técnica legislativa –como les había comentado antes, de algún decreto que supimos tener, el 1.242/2013– que originó miles de inequidades y no queremos volver a lo mismo.

Con relación a la exención para los jubilados, estoy totalmente de acuerdo con lo manifestado por el gobernador en cuanto a qué jubilados nos estamos refiriendo. ¿Las provincias están dispuestas a asumir un costo fiscal para una jubilación de 60.000 pesos mensuales? Además, hay un agravante –y es por eso que lo dejo manifestado en la filmina–, que es que la técnica utilizada en la redacción dice que es exclusivamente para los jubilados, pero no dice que los jubilados, a su vez, pueden estar ejerciendo otra actividad. Por ejemplo, un director de una

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