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Los efectos de la pandemia en el IVA durante el año 2020
Autores
María Paula Flórez Ortiz
Fabio Alberto Ruiz García
Asesor
Lurdais María Martínez Cárdenas
Universidad Cooperativa de
Colombia Programa de Contaduría
Pública Montería, Colombia
2021
Contenido
Los efectos de la pandemia en el IVA durante el año 2020 ... 1
Abstract ... 5
1.1 Planteamiento del problema... 6
1.3 Objetivo general ... 9
1.4 Objetivos específicos ... 9
1.5 Delimitación ... 10
1.5.1 Delimitación espacial ... 10
1.5.2 Delimitación temporal ... 10
1.5.3 Delimitación conceptual ... 10
2.1 Literatura sobre casos análogos ... 10
2.1.1 Marco legal ... 11
2.2 Bases teóricas ... 13
3.1 Diseño ... 14
3.2 Población y muestra ... 14
3.3 Instrumentación ... 14
4.1 Proceso de recaudo del IVA para el período 2020. ... 15
Comparación del recaudo del IVA antes y después de pandemia. ... 16
Principales indicadores económicos para el año 2018-2020 ... 19
Figura 3. ... 19
Figura 4. ... 20
Figura 6. ... 22
4.3 Decretos para combatir el covid 19 en términos de política fiscal. ... 23
5. Conclusiones ... 26
6. Referencias ... 28
Lista de tablas.
Comparación del recaudo del IVA antes y después de pandemia... 14
Principales indicadores económicos para el año 2018-2020... 18
Crecimiento anual en américa latina 2018 - 2019. ... 19
Balance primario y déficit fiscal... 19
Indicador de seguimiento de la economía 2020. ... 21
Balance fiscal 2020. ... 22
Decreto reglamentario para combatir el COVID 19...24
Resumen
Al evidenciarse una clara carencia de instrumentos gubernamentales para hacerle frente a las consecuencias desfavorables que el virus COVID-19 ha dejado en Colombia, el gobierno se reservó en gran medida información que permitiera tener una visión completa y directa sobre la situación del país en materia presupuestal, tanto así, que las cifras presentadas siempre en los canales oficiales se orientó más a determinar en un mediano plazo los efectos y las acciones a tomar frente a estos efectos, pero no de qué manera se afectó el recaudo de impuestos y cómo podía contribuirse desde la ciudadanía a promover un mejoramiento en este. Esto sirvió en comienzo como sustento y argumento suficiente para determinar la investigación que ahora se propone, de manera que se abarcan dos ópticas que, aunque inicialmente pudieran concebirse distantes la una de la otra, en realidad van de la mano por ser derivadas de un mismo fenómeno, a saber: el impuesto al valor agregado y el COVID-19 como raíz de la coyuntura social, política, económica, mercantil, etc. (Resico & Gómez, 2020)
Palabras claves: COVID-19, Instrumentos, Gubernamental, Gobierno.
Abstract
As there is evidence of a clear lack of government instruments to deal with the unfavorable consequences that the COVID-19 virus has left in Colombia, the government largely reserved information that would allow it to have a complete and direct vision of the country's budget situation.
, so much so, that the figures always presented in the official channels were more oriented towards determining in the medium term the effects and the actions to be taken against these effects, but not in what way the collection of taxes was affected and how it could be contributed from citizens to promote an improvement in this. This initially served as support and sufficient argument to determine the research that is now proposed, so that two perspectives are covered that, although initially they could be conceived distant from each other, actually go hand in hand because they are derived from the same phenomenon, namely: the value added tax and COVID-19 as a root of the social, political, economic, commercial situation, etc. (Resico & Gomez, 2020)
Keyword: COVID-19, Instruments, Governmental,Government
1 Problemática.
1.1 Planteamiento del problema
El aumento del salario mínimo, los índices de precio del consumidor y la tasa de inflación son las principales variables macroeconómicas para definir la salud de una economía nacional. Por tanto, al haber un aumento en la tasa de desempleo, en la inflación y en los índices de precio al consumidor nos conlleva a manifestar que no es posible poseer una sostenibilidad y/o estabilidad económica que estén en la disposición de garantizar una buena calidad de vida, y sufragar todas las necesidades de los hogares que están en condición de pobreza. (Portafalio, 2020)
Con base a lo anterior, el impuesto al valor agregado ha sido uno de los tributos que mayormente se declara en Colombia, debido a que aplica y se ejecuta a través de las compras y ventas de producto y/o servicios que se encuentren gravados, sin embargo, las afectaciones que ha sufrido este impuesto en materia de reglamentación tributaria, ha afectado ciertos eslabones económicos, logrando encarecer productos de primera necesidad. (Portafalio, 2020)
En Colombia el coronavirus (COVID-19) dejó al descubierto lo cual una inminente falencia como por ejemplo los 3 días sin IVA que se rige bajo el decreto 193 del 2020, que, aunque favorecía los consumidores, pero en su totalidad no fueron los resultados esperados, ya que hubo aglomeración, también en los sistemas tributarios derivada de las diferentes medidas adoptadas en función de contener su propagación. Aun así, en materia de Impuesto al valor agregado (IVA) sus efectos fueron considerablemente adversos por cuanto se presentó una disminución significativa en la compra de bienes que, cobijados por este tributo, permiten un recaudo de ingresos para el Estado de cifras astronómicas, de manera que se hace imprescindible indagar.
(Portafalio, 2020) Con base a lo anterior, el ministerio de hacienda publicó en su informe contable de convergencia en la página de la Contaduría General de la Nación, el recaudo a 2021 por concepto del Impuesto al Valor agregado.
Figura 1.
Presupuesto del IVA
Rubro Saldo Inicial Movimiento débito Movimiento crédito Impuesto al
Valor Agregado (IVA)
2.411.899 46.443.980 44.002.081
Venta de Servicios 22.024.990 29.350.687 7.325.697 Valor Pagado -19.583.091 17.093.293 36.676.384
Nota. La tabla evidencia los montos de recaudación por cada rubro para el año 2021.
Fuente: Contaduría general de la nación (2021)
El presente estudio habla del Impuesto al Valor Agregado y sus efectos durante la pandemia.
Se realiza con la intención de Determinar aspectos negativos y positivos del IVA, se estudiará las consecuencias que este impuesto ha traído a los contribuyentes. Este estudio es importante para tener una base de información a los futuros trabajos de grados, informes, ya sea académico, profesional o estatistas, con lo que podremos concluir y mencionar unas recomendaciones. El presente estudio tiene como objetivo dar respuesta al siguiente interrogante
¿Cuáles fueron los efectos del COVID-19 directamente sobre el IVA en Colombia durante el periodo comprendido en el año 2020?
Justificación
Al evidenciarse una clara carencia de instrumentos gubernamentales para hacerle frente a las consecuencias desfavorables que el virus COVID-19 ha dejado en Colombia, el gobierno se reservó en gran medida información que permitiera tener una visión completa y directa sobre la situación del país en materia presupuestal, tanto así, que las cifras presentadas siempre en los canales oficiales se orientó más a determinar en un mediano plazo los efectos y las acciones a tomar frente a estos efectos, pero no de qué manera se afectó el recaudo de impuestos y cómo podía contribuirse desde la ciudadanía a promover un mejoramiento en este. Esto sirvió en comienzo como sustento y argumento suficiente para determinar la investigación que ahora se propone, de manera que se abarcan dos ópticas que, aunque inicialmente pudieran concebirse distantes la una de la otra, en realidad van de la mano por ser derivadas de un mismo fenómeno, a saber: el impuesto al valor agregado y el COVID-19 como raíz de la coyuntura social, política, económica, mercantil, etc.
(Resico & Gómez, 2020)
Virtud de ello, la presente investigación encuentra plena viabilidad y cabida en la realidad actual dada su presencia aún en las vidas de los colombianos y en las dinámicas tributarias y presupuestales que el gobierno pretende implementar para lograr mitigar las consecuencias que el virus ha dejado en nuestra sociedad. Adicionalmente, la presente investigación pretende convertirse entonces en un claro referente del análisis de datos con fines sociales incluso por encima de los intereses mismos del sistema tributario y mercantil del sector público y privado, puesto que su causa se remite a un fenómeno social, de tal suerte, las personas podrán conocer de manera sencilla la realidad de esta emergencia sanitaria, pero también su rol dentro de un sistema tributario que le necesita como parte activa o contribuyente, y que a su vez le necesita como sujeto pasivo con las diferentes exenciones a este impuesto que se presentaron durante el curso de dicha emergencia como lo fueron los días sin IVA decretados para estimular la compra de artículos. (Resico & Gómez, 2020)
Así pues, inicialmente se realizará un recorrido por los diferentes informes oficiales y particulares de fuentes acreditadas para tratar este tipo de temas, estableciendo entonces diferentes posturas y recolección de datos asociados exclusivamente al recaudo de rubros derivados del impuesto al valor agregado en Colombia (IVA), delimitando entonces una tendencia a la reducción de este y los sectores en donde mayor incidencia se presentó. (Resico & Gómez, 2020)
Posteriormente se procederá a analizar fenómenos particulares que también permitieron que la emergencia sanitaria se tornara aún más desfavorable para las finanzas del país respecto al IVA como los días sin IVA, las medidas de pico y cédula decretadas en todos los departamentos, las restricciones a la movilidad, las restricciones al expendio de algunos bienes, la especulación que se generó inicialmente con los productos de aseo personal y desinfección, entre muchos otros, los cuales claramente son llamados a ser verdaderos escollos en el proceso de estabilización económica del país. Finalmente se emitirán una suerte de recomendaciones y conclusiones derivadas de los hallazgos que se lograsen conforme a la información recolectada y analizada de todo tipo de planteamientos que puedan surgir en el curso normal del desarrollo de la misma.
Por otra parte, es de resaltar la oportunidad de la investigación en la medida que se aborda un fenómeno económico que genera repercusiones en todos los aspectos de la vida pública de las personas mismas, pero también del Estado, especialmente en lo que respecta a sus finanzas y al comercio en general, pues es allí donde realmente se encuentra el nudo o el problema en sí, y donde se pueden evidenciar las diferentes repercusiones de las que ya se ha hecho mención.
En ese orden de ideas, dada su reciente ejecución y actual desarrollo, resulta beneficioso tanto para la vida académica, como para la vida económica de las personas, y a partir de ello se puede estructurar su aporte a la misma.
1.2 Objetivos
1.3 Objetivo general
Analizar los efectos de la pandemia en el IVA durante el año 2020.
1.4 Objetivos específicos
• Evaluar el proceso de recaudo del IVA para el período 2020.
• Analizar el impacto en la política fiscal transcurrida durante la pandemia.
• Determinar los decretos para combatir el COVID 19 en términos de política fiscal.
1.5 Delimitación
1.5.1 Delimitación espacial
El cubrimiento informativo para el desarrollo de la investigación se delimitará espacialmente en Colombia, en la rama fiscal tributaria, el cual se escogerá como tributo de análisis, el impuesto de carácter nacional; Impuesto Al Valor Agregado.
1.5.2 Delimitación temporal
El período o lapso de tiempo donde tendrá desarrollo la investigación, será en la temporalidad del año 2020 hasta una vigencia indefinida, ya que el fin de la pandemia todavía no se ha efectuado hasta remediar la situación afectiva.
1.5.3 Delimitación conceptual
Puntualiza las características de la población y la longitudinal en donde analizaron datos de la variable recopilada en un periodo de tiempo específico (cuarentena) de marzo a septiembre. Se llevarán a cabo una serie de etapas en la investigación que permiten analizar el efecto económico del COVID a una población determinada, mediante la aplicación de un instrumento de recolección de datos a una parte de la muestra, la cual se toma por conveniencia, al no poder aplicar a toda la muestra que arrojo la formula.
2 Marco referencial 2.1 Literatura sobre casos análogos
La historia reciente de Colombia está llena de reformas fiscales. Estos cambios al recaudo fiscal se deben principalmente a la creciente demanda de impuestos Ingresos para compensar el excesivo aumento del gasto público (González & Calderón, 2003)
A propósito de la ola naranja, el contexto de innovación y crecimiento digital del que se habla por estos días en nuestro país, llama la atención la preocupante incoherencia que se observa dentro de algunas disposiciones normativas vigentes, que generan un evidente desincentivo a la innovación, al emprendimiento y a la transformación digital en Colombia (González & Calderón, 2003).
En esta ocasión, el artículo 25 de la Ley de crecimiento económico como se conoce a reforma tributaria, (Ley No. 2010 de 2019), dispone la exención del Impuesto sobre las Ventas (IVA) por tres días anuales para ciertos bienes cubiertos por la ley en tanto estos sean vendidos en comercios físicos. Dice la norma que se encuentran exentos del impuesto sobre las ventas (IVA), sin derecho a devolución, bienes como complementos de vestuario, electrodomésticos, elementos deportivos, juguetes, vestuario y útiles escolares todos con unos topes de precio de venta por unidad calculables en cantidades de UVT, que sean ofrecidos y enajenados en locales comerciales físicos y al detal ubicados en el territorio colombiano (Piedrahita, 2020).
2.1.1 Marco legal
• Decreto 3288 de 1963 (ministerio de hacienda y crédito público, 1963) crea el IVA en
• Colombia, con la tarifa general del tributo del 3% y las tarifas diferenciales que eran del
• 5%, 8% y 10%
• Decreto de emergencia económica de 1974 del 03/01/1974, las tarifas de bienes gravados
• fueron del 15% (tarifa general) 4%, 6%, 10% y 35%, y para los servicios 15% y 6%
• Ley 06 de 1992 (congreso de Colombia, 1992) a partir de 1993 se elevó la tarifa del tributo al 14%
• Ley 223 (el Congreso de Colombia, 1995) Elevó la tarifa del 14% a 16% e introdujo cambios en la base gravable del tributo y, como elemento distintivo, estableció el mecanismo de retención en la fuente del impuesto sobre las ventas en un porcentaje de 50% del valor del impuesto, con la cual introdujo un factor adicional de distorsión frente a la ya compleja estructura del IVA.
• Ley 488 de 1998 Se amplió la base a través de la reducción de bienes excluidos y disminuyó la tarifa general a 15%, al tiempo en que eliminó el descuento del IVA pagado en la adquisición de bienes de capital y, como novedad, introdujo el sistema de este impuesto implícito´ o gravamen que tenían que pagar los importadores de bienes que en principio estaban excluidos, si la oferta nacional era suficiente para atender la demanda interna.
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• Ley 633 de 2000 (congreso de Colombia, 2000) y ley 716 de 2001 (congreso de Colombia, 2001) Se volvió a generalizar la tarifa del 16% y se aumentó la retención en la fuente de este impuesto a 75% en operaciones realizadas con agentes de retención, se señalan como agentes de retenedores las entidades emisoras de tarjetas de crédito o débito, se establecen requisitos para pertenecer al régimen simplificado bajo en nombre de presunciones y se establecen nuevas obligaciones para este régimen como inscribirse en el RUT (Registro Único Tributario) y expedir boleta fiscal.
• Ley 788 de 2002 Se hizo un cambio sustancial a la estructura del IVA. Esta ley consagró otras tarifas diferenciales de 7%, 10%, 20% y 2%
• Decreto 127 de 2010 (ministerio de hacienda y crédito público, 2010) en los juegos de suerte y azar se aplicará la tarifa general prevista en el estatuto tributario (16%)Ley 1739 de 2014 (congreso de Colombia, 2014) artículo 512-13 del estatuto tributario, únicamente las personas naturales pueden pertenecer al régimen simplificado del INC, también en el Articulo 198 La tarifa de telefonía móvil del Impuesto Nacional al Consumo es del 4% y debido al confinamiento desde el 21 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2020 la tarifa del INC se reduce del 8% al 0%.
• Ley 1819 de 2016 (Reforma de diciembre) se elevó la tarifa general del 16% al 19%. Los alimentos básicos de la canasta familiar que quedaron exentos del impuesto son: la leche, los huevos, el queso, las carnes, los cereales, las frutas y las verduras, la educación, los servicios médicos y medicamentos y el transporte público.
• Ley de financiamiento de 2019 la tarifa general se mantuvo en el 19% hubo cambios estructurales en materias de bienes y servicios excluidos, responsables del impuesto y prestadores de servicios en el exterior. Ley 1607 de 2012 articulo 61 a 83 y artículos 512- 1 a 512-13 del estatuto tributario con los cuales se creó el INC que se cobra en todo el país de manera bimestral, a excepción del Amazonas y San Andrés y providencia, la tarifa general es del 8%.
2.2 Bases teóricas
El impuesto al valor agregado (IVA) es la referencia fiscal más lejana El consumo se puede encontrar en la clasificación de ingresos ordinarios y extraordinarios realizada por Pericles de Grecia (1495-1429), el gobernante de la ciudad de Atenas (Fino, 2020).
Por su parte, la noticia más antigua sobre el impuesto empresarial generalizado fue descubierto en un homenaje del Reino de Castilla hacia 1342. De hecho, durante el reinado de Alfonso XI, se introdujo un impuesto al consumo o impuesto general a las ventas, llamado "Al Qabala". Esta figura se extendió a otros países de Europa y a Estados Unidos, lo que provocó mucho descontento, quizás por este motivo, el declive de España. En 1845, la alcabala fue expulsada del panorama fiscal español e impuso impuestos al consumo específico, mientras que en otras partes de Europa se produjo una evolución inversa: de ciertos impuestos específicos a impuestos generales sobre las ventas (Fino, 2020).
Posteriormente, es necesario puntualizar que, con base en la experiencia preliminar de este impuesto, Según las recomendaciones de la Unión Europea a los estados miembros, Conocidos por la mayoría de los países de América Latina, estos países han ido adoptando este tributo desde la década de 1960. Actualmente el impuesto al valor agregado significa el aumento de precio. Forma parte del proceso económico de producción y venta hasta que llega El consumidor final, pero su número aumentará en cada segmento. En la actualidad, el valor agregado se denomina aumento de precio, que es el aumento de precio debido al uso de factores de intervención, que forman parte del proceso económico de producción y venta, hasta alcanzar la meta. El consumidor final, pero su número aumentará en cada segmento (Espitia, 2012).
3 Marco metodológico.
3.1 Diseño
Se implementará el método que incluye el almacenamiento de datos de tipo descriptivo, se realizará una indagación documental para acceder a las intervenciones existentes respecto al tema y vincular un acercamiento teórico, acudiendo a las referencias históricas, analíticas, bibliográficas, estadísticas, artículos, revistas y múltiples estudios, debido a que la finalidad primordial de nuestro trabajo que son los efectos de la pandemia del COVID 19 en el IVA en el año 2020.
3.2 Población y muestra
Se seleccionaron como población, aquellas investigaciones que se relacionaron al tema principal de nuestro trabajo: indagando en Google académico como: efectos de la pandemia del COVID 19 en el IVA en el año 2020, en el cual se recopilaron 5.280 de los cuales se seleccionaron 6 como muestras para el desarrollo de nuestra investigación.
3.3 Instrumentación
Las fuentes de información que utilizaremos serán con base a la recolección muestral que estén bajo los métodos observacional y documental, en donde se anexarán documentación comparativa, bases estadísticas, gráficas, imágenes, ilustraciones y demás formatos pertinentes que ayuden con la obtención de la información sobre los efectos de la pandemia del COVID 19 en el IVA para el año 2020.
3.4 Procedimiento
La exploración documental se realizó en la base de datos de Google Académico. Donde se buscaron los temas relacionados a los efectos, consecuencias e impactos que ha generado el Covid 19 en las reformas fiscales. Posteriormente realizamos una selección de muestra en la población escogida de 5.280 investigaciones similares el tema de desarrollo escogido.
4 Resultados y discusión.
4.1 Proceso de recaudo del IVA para el período 2020.
Se aplica la herramienta de recopilación de datos a través de los análisis procesados y arrojados para la conclusión alcanzada en relación a la variable de interés denominada: Los efectos de la pandemia en el impuesto al valor agregado. De acuerdo a las bases de datos recopiladas por medio de unas entidades de control como el DANE, DIAN y Contaduría General de La Nación que se relacionan directamente con nuestra investigación.
Se pudo notar que cada empresa que pertenezca al régimen tributario como responsable del IVA y que a la vez haga parte del sector contributivo fiscal del país, tuvo cierto impacto en el funcionamiento que comúnmente se le llevaba al IVA. Con base a la interpretación de aquellos resultados que consistió en totalizar los puntajes obtenidos en las alternativas de respuesta por cada ítem dentro de las categorías para posteriormente agruparlos por dimensión expresados en porcentajes.
El Gobierno Nacional en el año 2020 tuvo que promover ciertas políticas de incentivaciones y remuneraciones a los contribuyentes de este impuesto, para generar equilibro con el ciclo económico del consumo. Dentro de las medidas que adoptó el gobierno nacional, como canal de retribución a la sociedad colombiana que para esos tiempos padecía de una enorme crisis en cuestión a devengos económicos, fueron; Los 3 días sin IVA, la devolución del IVA y el programa de ingreso solidario hoy constituido y reglamentado por la ley 2155 del 2021. De tal suerte, las erogaciones que corresponden a la compensación y políticas públicas de mitigación y alivio tributario se materializan en cifras considerables, pero que no ponen en riesgo la integridad del sistema tributario del país.
Sin la necesidad de verificación con las entidades de control administrativo y fiscal, queda en evidencia que el déficit sufrido en la función administrativa que se materializa con la obstrucción en el acceso a la información que pertenece a la gestión actualizada en los canales de información virtual, así mismo con las iniciativas que ha impartido el gobierno que no lograron satisfacer los intereses económicos relacionados exclusivamente a las pequeñas y medianas empresas, que con una meticulosidad mayor, interpretan el déficit y las carencias de las políticas y medidas que fueron encaminadas a mitigar las consecuencias negativas originadas por el COVID 19 colocan en riesgo las sostenibilidad y los rubros financieros empresariales que estos puedan tener.
Figura 1
Comparación del recaudo del IVA antes y después de pandemia.
Nota. La figura muestra las cifras comparativas de recaudación del IVA antes y después que se originara la pandemia. Fuente: Dirección general del presupuesto público (2021). 4.2 Analizar el impacto de la política fiscal transcurrida durante la pandemia.
La contracción originada producto de la pandemia puso a prueba muchos gobiernos en relación a las finanzas públicas, y en cómo estas iban a ser distribuidas. Si bien es necesario resaltar, que la mayoría de los ingresos que son reposados en las billeteras estatales provienen del pago de los impuestos del contribuyente.
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto de carácter nacional que es cobrado a cualquier producto o servicio que es consumido o adquirido por el cliente final, que en este caso;
son los compradores. Estos compradores son los que diariamente están contribuyendo al pago del impuesto. Un tributo que es la principal fuente de financiación de un país.
La gravedad de un escenario donde la economía estuvo rezagada y en parálisis, es la consecuencia de ciertas priorizaciones salubres que dieron vía a que la ciudadanía no se afectara y contagiara de un virus que fue arrasando vidas. Por tanto, el aumento del déficit fiscal del país fue ampliándose, debido a las innumerables emisiones de ayudas humanitarias a quienes, por causa de la pandemia, habían perdido su trabajo. Estas ayudas mayormente iban dirigidas a los trabajadores ambulantes o informales, que, por las restricciones del estado, se vieron obligados a cumplirlas y a quedarse en casa.
El Covid-19 en el año 2020 ha provocado una recesión económica a nivel mundial sin precedentes, llevando a todos los encargados de la política económica de todos los gobiernos a aplicar medidas activas encaminadas a contrarrestar los problemas generados por la drástica reducción de la producción, teniendo en cuenta el riesgo y las consecuencias que traen estas decisiones implícitamente. Nadie está seguro del rumbo que tomará la economía mundial; la incertidumbre de los agentes económicos junto con los estados de emergencia decretados por los países ha generado una gran cantidad de cambios en los distintos mercados financieros dejando como resultado, significativos aumentos en deuda pública, incremento en el desempleo y la devaluación de diversas monedas frente al dólar que afectan de manera abrupta la balanza de pagos de estos (Nemecio, 2020).
Desde entonces, el finde de sobrellevar una política fiscal sostenible vincula directamente el crecimiento de una economía. Se han realizados innumerables reformas tributarias, que van desde el remplazo de los aranceles efectivos por el IVA, hasta la presentación de una línea fiscal originada en el 2010. Por ello, la importancia de que la política fiscal esté en busca de las necesidades de poder regular las finanzas públicas del estado, darle impulso al producto interno bruto, potencializarlo para llevar a cabo prácticas económicas colectivas. (Nemecio, 2020)
Las políticas fiscales traen consigo ciertos desequilibrios en el presupuesto de una nación;
Colombia, al igual que la mayoría de economías del mundo, se empeña en solucionar el déficit y aquel flagelo que hoy tienen a la economía sobre las cuerdas. Por ello en Colombia, las reformas fiscales son de mayor relevancia adaptarlas cuando los entornos, escenarios, y eventos económicos son adversos o consecuentes. La necesidad de que el estado revindique los flujos de efectivos, diversifique los ingresos relacionados a impuestos (no necesariamente se deben imponer más), elimine gastos innecesarios, aumente exponencialmente las ofertas laborales para el mayor aporte de consumo por IVA en el estado. Son los primeros elementos por los que la nación debe preocuparse para sufragar la pandemia de manera sostenible y eficaz.
Es claro que una política fiscal desenfrenada trae consigo desequilibrios en el presupuesto público; y Colombia al igual que la mayoría de las economías trata de solucionar el desbordamiento del gasto público, por medio de la regla fiscal entendida como “un mecanismo que permite fortalecer la disciplina fiscal al establecer metas puntuales sobre el balance del Gobierno Central, de forma que su gasto esté acorde con sus ingresos estructurales o de largo plazo” (Fiduciaria Bogotá.). 4.2.1 Política fiscal 2020.
En Colombia para el año 2019, y para los inicios del año 2020, los indicadores y las variables macroeconómicas evidenciaban unas estadísticas y proyecciones favorables, especialmente en la del producto interno bruto, luego de que se presentara una desaceleración del crecimiento económico del 1,4% en el año 2017. Por consiguiente, ese crecimiento aumentó hasta llegar al año 2019 en un índice porcentual del 3,3%, producto de una sólida y líquida inversión de consumo de entidades privadas como el banco mundial, que intervino financieramente en el refuerzo de caja del país para inicios del 2020. La nación colombiana mostró el tercer mayor crecimiento en América latina para el año 2018, con un crecimiento de la economía del 2,5%, y el más alto en el 2019 con un 3,3%.
(Fiduciaria Bogotá.)
Con base a lo anterior, la política fiscal se orientó en la mitigación de las consecuencias generadas por el COVID, a través de una regulación al gasto público. La inminente caída de las actividades económicas en 2020 afectó la recaudación de los ingresos por impuestos como:
Impuesto al valor agregado de bienes duraderos, semiduraderos. También afectando directamente la recaudación por el impuesto nacional al consumo. Fueron de gran impacto, ya que son tributos indirectos que gravan las ventas de los productos y servicio que diariamente el contribuyente le cancela al estado. (Fiduciaria Bogotá.)
Las autoridades monetarias actuaron de manera ardua y perspicaz. Implementaron una tasa de intervención para aumentar el otorgamiento sin que estos le afectasen la oferta y la liquidez que se le generaban a raíz de estos productos y/o servicios.
Los resultados de la política monetaria expansiva, en compañía de la fiscal contracíclica, a causa de la pandemia, se redujeron de manera significativa, con el fin de estimular el crecimiento de las ofertas de crédito. El crecimiento anual en pleno marco de contingencia, fue del 4.7% para noviembre. Destacándose como el mejor promedio anual de cartera total. Figura 2.
Principales indicadores económicos para el año 2018-2020
Nota. La figura muestra el comportamiento de los indicadores económicos durante la pandemia. Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (2020).
Figura 3.
Crecimiento anual en américa latina 2018 - 2019.
Nota. La figura muestra el crecimiento anual de los países latinoamericanos de los años 2018 - 2019. Fuente: Banco de la república (2020).
Por consiguiente, en el año 2019, el gobierno nacional llegó a tener un déficit fiscal que preocupaba los rubros públicos de la nación, a ser uno de los déficits más bajos registrados en los últimos 6 años, y el primer superávit desde hace 7 años. Eso evidenció una permanente disminución en la deuda pública tras los años anteriormente citados.
Figura 4.
Balance primario y déficit fiscal.
Nota. La figura muestra el balance primario y déficit fiscal. Fuente: Elaboración propia con datos DANE (2020).
Con la llegada del covid 19, en el mes de marzo de 2020, el panorama económico tomó un escenario de mucha incertidumbre y des favorabilidad por parte de los principales agentes económicos, que llevaron a tomar medidas radicales aquellos quienes en el momento eran los dirigentes políticos que estaban al mando de las ciudades capitales y todos los municipios para tomar medidas que estuvieran en pro de la vida, antes que la economía. Por parte de la rama ejecutiva del país, sancionada por el presidente de la república, se implementó una cuarentena restrictiva obligatoria para todos los individuos que no pertenecieran al sector salud. Por tanto, la recesión que golpeó enormemente la economía colombiana, dejándola en un desequilibro financiero.
Según el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (2020), “pese a los buenos resultados económicos en los inicios de este año (2020), en marzo se mostraron los primeros efectos de la gran contracción económica asociada a la pandemia. Incluso el deterioro del mercado laboral se generalizo entre muchos de los países de la región
Figura 5. Indicador de seguimiento de la economía 2020.
Nota. La figura muestra la variación del seguimiento de la economía anual en el año 2020.
Fuente: Cálculos DGPM-MHCP (2020).
Si bien es evidente, se ha intensificado el gasto gubernamental para atender la crisis producida por el covid 19, especialmente para robustecer el sistema de salud, y a mitigar las secuelas que ha dejado el aislamiento de la ciudadanía que pertenece a los estratos más bajos, y a las pequeñas empresas que se han visto vilmente afectada por la falta de liquidez para sus negocios.
Con el suministro de datos reales, se evidencia la disminución de los ingresos por cuenta de tributos, debido a la inactividad económica, la reducción de la oferta y la escaza cantidad de inventarios que son circuladas en el mercado interno y externo del país.
Según el mismo Ministerio (2020), el aumento del gasto público por parte del gobierno para enfrentar la pandemia se debe principalmente a tres factores:
• Recursos para atender la salud pública (0.8% del PIB).
• Brindarle una mano a la población más vulnerable (0.9 del PIB).
• Medidas para salvaguardar los trabajos y sostener las relaciones comerciales de las empresas (0,8% del PIB).
Por otro lado, se asegura que todas las medidas implementadas y todos los recursos han sido necesarios para atender la crisis de la pandemia, para contrarrestar el impacto, la división, polarización socio-económica que puede generar, porque de no sobrellevar a cabo el gasto para desenmascarar la crisis, se podría debilitar la macroeconomía por la escasez de demanda de los productos, y por la inactividad de uno de los elementos del ciclo de vida económico; Consumo.
Figura 6.
Balance fiscal 2020.
Nota. La figura muestra los datos del déficit permitido, y el balance estimado para el año 2020. Fuente:
Ministerio de hacienda y crédito público. (2020).
4.3 Decretos para combatir el covid 19 en términos de política fiscal.
En la siguiente descripción gráfica, evidenciaremos cuáles han sido los decretos reglamentarios que impusieron en el año 2020 para sufragar los costos y gastos que generaba la pandemia en cuanto a emisión de beneficios para la comunidad desamparada y afectada. También evidenciará cuál fue el impacto del que tuvo en el impuesto de estudio; Impuesto Al Valor
Agregado. Figura 7. Decreto reglamentario para combatir el COVID 19.
Nota. La figura muestra los decretos impulsados en el marco de la pandemia para mejorar el déficit fiscal en el 2020. Fuente: Dirección general del presupuesto público (2020).
Instituto de Finanzas Internacionales (IIF), la deuda pública de Colombia ha aumentado del 51,3% del PIB en septiembre de 2019 al 62,2% en septiembre de 2020. Este año hubo un aumento de 10,9 puntos porcentuales, que no está disponible en otras partes de América Latina (Portafolio, 2020).
Empero, es la experiencia de pasadas crisis la que nos ha mostrado que la intervención de gobierno y los estímulos fiscales son necesarios en épocas de recesión. Un claro ejemplo de esto es el New Deal que según Resico y Gómez (2009, p.40):
“Fue el programa de reformas de la política interna de Estados Unidos que impulsó la administración de Franklin D. Roosevelt (1882-1945) con el fin de reformar las prácticas financieras, fomentar la creación de empleo para los desocupados y propiciar la recuperación de la economía durante la “Gran Depresión” de los años 1930”
Sin duda alguna no es el único caso, también podemos ver como el Estado Americano intervino en la crisis del 2008 o el plan Marshall que sirvió para la reconstrucción de Europa después de la segunda guerra mundial. Aunque estos casos mencionados no han sido en épocas de pandemia, es claro que fueron en momentos de crisis y recesión económica donde se necesitaba un interventor que pudiera impulsar la demanda nuevamente para la recuperación de cada país; lo que evidencia la importancia y la necesidad del Gobierno y el Estado en épocas de crisis.
Estos decretos ayudaron de forma colateral las finanzas del estado, aliviando económicamente los rubros que se devengaban por concepto de impuestos. En varios de los decretos y normas reglamentarias para mitigar las consecuencias económicas de la nación debido a la emisión masiva de ayudas humanitarias, entre las que se incluyen el ingreso solidario, devolución del IVA, y subsidios en especie como; la entrega de alimentos perecederos y no perecederos. Para que el estado pudiese controlar de manera oportuna la improductividad económica que se estaba generando a causa de lo anterior, le tocó redoblar esfuerzos de tipo comercial, fiscal y administrativo, reglamentando algunas exenciones tributarias en actividades comerciales para que estas se fuesen recuperando de los estragos de la crisis.
Las organizaciones gubernamentales, como los ministerios de comercio y hacienda, tenían en sus manos las finanzas del país, por lo que, de manera sincrónica, tenían que trabajar para proponerle una mejor cara económica al país luego de que se acabase la pandemia. El ministerio de comercio fue imponiendo reglamentos flexibles para la reapertura de establecimientos comerciales, y el ministerio de hacienda fue exencionando de algunas imposiciones de impuestos a estas entidades en pro de la reapertura.
5. Conclusiones
Se puede concluir que la recesión no se dio por la pandemia en sí, sino por las medidas restrictivas que tomaron los países para contener el virus. Esto, sumado a todo el tiempo que hubo de inactividad económica desembocó en una crisis en donde los países con menor espacio fiscal como Colombia están teniendo los mayores efectos. Es por eso que la política fiscal como mecanismo regulador de las finanzas de país es de suma importancia en esta época tan difícil; ya que sirve de instrumento para amortiguar los efectos causados por la pandemia en la producción interna de la nación.
Se pudo comprobar que los procesos de recaudación de tipo fiscal en conformación al IVA disminuyeron considerablemente, debido a que en la pandemia las entidades estaban perdiendo liquidez que eran producidas por sus actividades económicas. Por lo tanto, en decisión conjunta, el grupo de gremio de comerciantes, le exigieron al estado una flexibilidad en matera de responsabilidad fiscal, ya que habían perdido liquidez y poder adquisitivo sobre sus negocios por lo que veían inviable e injusto, pagar impuestos mientras no estuviesen produciendo dinero.
Quedó demostrado que la política fiscal se vio bruscamente afectada por las innumerables modificaciones que les tocó implementar. De pasar a un plan de ordenamiento nacional, en donde se buscaba una mayor recaudación tributaria, a pasar a una eventual caída del presupuesto que se tenía planeado para el año en curso o el año entrante. De manera arbitraria, la política fiscal pasó de ser un sistema de recolección estatal, a un mecanismo de ayuda recíproca para quienes estaban padeciendo grandes problemas económicos producto a la pandemia.
Quedó demostrado que la pandemia fue un evento que afectó vilmente la economía, haciéndola entrar en una recesión económica de más del 3.5% de pérdida en relación a años anteriores. Esto, teniendo en cuenta que se modificaron muchas variables que canalizaron y enrutaron a que la economía se declinara de esa manera. El primer factor que se alteró y que a la vez hizo que se declinara la economía, fue la imposición de la cuarentena como medida restrictiva para el cuidado de la expansión del virus COVID 19.
Se evidenció que los rubros económicos, especialmente las fuentes de ingresos tributarios con los que cuenta la nación, debían ser reestructurados por una política fiscal, ya que por medio de esos canales se pensaba sufragar los gastos originados producto de la pandemia.
Para ello, el presidente por medio de su autonomía sancionatoria, y como el influyente más importante de la rama ejecutiva del país, ordenó a las entidades de control a diseñar estamentos reglamentarios para nuevos ajustes tributarios por los que debían ser sometidos los contribuyentes.
6. Referencias
Decreto 3288 de 1963 (ministerio de hacienda y crédito público, 1963) crea el IVA en Colombia,
Decreto de emergencia económica de 1974 del 03/01/1974, por la cual se crea las tarifas de bienes gravados fueron del 15% (tarifa general) 4%, 6%, 10% y 35%.
Ley 223 (el Congreso de Colombia, 1995) la cual reglamenta el recaudo y Control del Impuesto
sobre las Ventas en la Enajenación de Aerodinos. En las ventas de aerodinos que tengan el carácter de activos fijos,
Ley 488 de 1998 Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones fiscales de las Entidades Territoriales
Ley 633 de 2000. Por la cual se expiden normas en materia tributaria
Ley 788 de 2002 Por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial; y se dictan otras disposiciones.
Decreto 127 de 2010 por el cual se adoptan medidas en materia tributaria. Texto Original (Diario Oficial de Colombia)
Ley 1819 de 2016 Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen
los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones
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