CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA
INFORME DE LA CUENTA GENERAL DEL SERGAS
EJERCICIO 2004
Tomo I
Índice - 1
ÍNDICE
I.- ASPECTOS GENERALES ...1
I.1.- INTRODUCCIÓN... 1
I.2.- OBJETIVOS Y METODOLOGÍA... 1
I.3.- RÉGIMEN JURÍDICO... 2
I.4.- ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORDENACIÓN FUNCIONAL... 3
I.5.- RÉGIMEN FINANCIERO... 4
I.6.- ALCANCE... 5
I.7.- LIMITACIONES... 6
II. ANÁLISIS DE LA LIQUIDACIÓN DE LA CUENTA GENERAL ... 7
II.1.- GESTIÓN PRESUPUESTARIA... 7
II.1.1.- PRESUPUESTOS INICIALES... 7
II.1.2.- MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS... 9
II.1.3.- PRESUPUESTOS DEFINITIVOS... 19
II.1.4.- EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS... 22
II.1.5.- EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS... 23
II.1.6.- OPERACIONES DE PRESUPUESTOS CERRADOS... 25
II.1.7.- GASTOS COMPROMETIDOS DE EJERCICIOS POSTERIORES... 29
II.1.8.- OBLIGACIONES PENDIENTES DE RECONOCER... 30
II.1.9.- RESULTADO PRESUPUESTARIO... 38
II.2.- ASPECTOS EXTRAPRESUPUESTARIOS... 40
II.2.1.- INMOVILIZADO... 40
II.2.2.- TESORERÍA... 44
III.- ANÁLISIS DE LAS ÁREAS DE GESTIÓN...46
III.1.- INGRESOS... 46
III.2.- GASTOS DE PERSONAL... 49
III.3.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS... 51
Índice - 2
III.4.- CONTRATACIÓN...52
III.5.- ASISTENCIA SANITARIA PRESTADA CON MEDIOS AJENOS...59
III.6.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES...66
III.7.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL...70
III.8.- PROYECTOS DE GASTO...71
III.9.- INVERSIONES...71
III.10.- ACTIVOS FINANCIEROS...74
III.11.- GASTOS FINANCIEROS...74
IV.- INFORMACION ASISTENCIAL...75
IV.1.- ACTIVIDAD ASISTENCIAL...75
IV.2.- INDICADORES DE GESTIÓN...77
IV.3.- INDICADORES ECONÓMICOS...78
IV.4.- LISTA DE ESPERA ESTRUCTURAL...79
V.- SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES EFECTUADAS EN EL ANTERIOR INFORME DE FISCALIZACIÓN...80
VI.- CONCLUSIONES...80
VII.- RECOMENDACIONES ...83
TRÁMITE DE ALEGACIONES ...85
RÉPLICA A LAS ALEGACIONS ...183 ANEXO DE CUADROS ……… TOMO II
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I.- ASPECTOS GENERALES
I.1.- INTRODUCCIÓNEl Consello de Contas en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 4 de la Ley 6/1985, de 24 de junio, reguladora del mismo, y de acuerdo con el Plan de Trabajo aprobado, ha realizado el análisis y fiscalización de las cuentas del SERGAS correspondientes al ejercicio 2004, cuyo resultado se recoge en el presente informe y que tiene su complemento en las fiscalizaciones selectivas desarrolladas.
La Cuenta General del SERGAS, como parte integrante de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma, está constituida por los siguientes documentos: a) liquidación del presupuesto, con especificación de los créditos iniciales y sus modificaciones, así como la liquidación de los estados de ingresos y gastos en sus distintas fases; b) los estados demostrativos de los compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros y de la evolución y situación de los valores a cobrar y de las obligaciones a pagar procedentes de ejercicios anteriores; y c) el resultado del ejercicio económico.
El contenido del informe, derivado de la fiscalización de las cuentas y de la gestión económica del ejercicio 2004 se ha estructurado en dos partes diferenciadas, precedidas por una breve referencia a los cambios estructurales y de funcionamiento introducidos en el ejercicio, adjuntando para mayor desarrollo informativo un anexo de cuadros. En la primera se analiza la gestión presupuestaria y contable de la actividad económico-financiera del SERGAS, mientras que en la segunda se efectúa el análisis específico de determinadas áreas de gestión del organismo autónomo; asimismo, se recoge cierta información asistencial de los centros y su evolución.
Como en anteriores fiscalizaciones, el trabajo se ha desarrollado siguiendo los Principios y Normas de Auditoría del Sector Público elaborados por la Comisión de Coordinación de los Órganos Públicos de Control Externo.
Los hechos, conclusiones y recomendaciones que se recogen en el informe se basan en las evidencias obtenidas mediante el examen de la correspondiente documentación.
I.2.- OBJETIVOS Y METODOLOGÍA
Los objetivos de la fiscalización han estado referidos fundamentalmente a:
- Comprobar la adecuación de la información presupuestaria y financiera a los principios contables que le son de aplicación.
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- Verificar el cumplimiento de la legalidad vigente.
- Analizar determinados aspectos de la gestión de los recursos y de los fondos públicos.
La fiscalización se ha llevado a cabo mediante el desarrollo de técnicas y procedimientos habituales de auditoría, practicando aquellas pruebas sustantivas y comprobaciones consideradas necesarias en cada caso, en función de los objetivos perseguidos, sin que ello haya supuesto una revisión detallada y sistemática de todas las transacciones.
I.3.- RÉGIMEN JURÍDICO
Con independencia de la normativa que ya viene siendo de aplicación general al organismo autónomo, recogida en el cuadro nº 1 del anexo de este informe, se han emitido, con especial incidencia en el ejercicio fiscalizado, las siguientes disposiciones de carácter más relevante:
En materia contable:
- Ley 8/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2004.
- Ley 9/2003, de 23 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas.
- Orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 13 de junio de 2003, por la que se dictan las instrucciones para la elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 2004.
- Orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 18 de noviembre de 2004, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2004 en relación con la contabilización de los gastos públicos.
En facturación a terceros:
- Decreto 83/2004, de 15 de abril, por el que se establecen las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del SERGAS y en las fundaciones públicas sanitarias.
En materia de farmacia:
- Decreto 14/2004, de 15 de enero, por el que se modifica el Decreto 244/2003, de 24 de abril, de homologación sanitaria de recetas oficiales para la prestación farmacéutica.
En aspectos organizativos, de funcionamiento y procedimentales:
- Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia.
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- Orden de la Consellería de Sanidad, de 13 de julio de 2004, por la que se normaliza el sistema de información y control de la demanda de actividad programada de consultas externas médicas en la red de hospitales del SERGAS.
- Orden de la Consellería de Sanidad, de 27 de julio de 2004, por la que se establece la estructura básica del sistema de información en los hospitales del SERGAS.
- Orden de la Consellería de Sanidad, de 2 de septiembre de 2004, por la que se modifica el procedimiento de incorporación al SERGAS de nuevos procedimientos, técnicas, materiales y otros medios sanitarios.
I.4.- ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORDENACIÓN FUNCIONAL
El SERGAS, creado por Ley 1/1989, de 2 de enero, (derogada, excepto los artículos 1 y 2, por Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia) y constituido como organismo autónomo de carácter administrativo dotado de personalidad jurídica propia, gestiona los servicios sanitarios públicos dependientes de la Comunidad Autónoma y coordina los medios y recursos sanitarios existentes en Galicia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Consellería de Sanidad.
La Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia, en vigor desde el 19 de febrero de 2004, establece las distintas competencias públicas en materia sanitaria; en especial se regulan los fines, funciones, actuaciones, organización, gestión, medios materiales y régimen patrimonial, financiero, presupuestario, contable y recursos humanos del SERGAS;
se fija la ordenación territorial de la sanidad estructurándose en áreas sanitarias con demarcación equivalente a las áreas de salud establecidas con anterioridad, configurándose la red gallega de atención sanitaria de utilización pública; se contempla el plan de salud de Galicia; se desarrolla la asistencia sanitaria de la red gallega pública; se crean como órganos de participación comunitaria el Consejo Gallego de Salud, las comisiones de participación ciudadana y el Consejo Asesor del Sistema Sanitario de Galicia; se determinan los derechos y deberes de los ciudadanos en el sistema sanitario, creándose la figura del Valedor del Paciente; asimismo, se incluye un apartado de infracciones y sanciones y otro dedicado a la docencia, formación e investigación. Por último, se prevé que la anteriormente referida estructura central y periférica del SERGAS sea objeto de nuevo desarrollo reglamentario.
En el periodo fiscalizado la estructura orgánica del SERGAS es la aprobada mediante la anteriomente mencionada Ley 7/2003, de 9 de diciembre, que mantiene, en tanto no se apruebe el desarrollo reglamentario previsto en dicha ley, la estructura central y periférica del SERGAS contenida en el Decreto 45/2002, de 8 de febrero, contemplando las siguientes unidades gestoras: Consejo de Administración y Presidente como órganos superiores y Secretaría General, División de Asistencia Sanitaria, División de Recursos Económicos,
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División de Recursos Humanos y División de Farmacia y Productos Sanitarios como órganos de dirección y gestión.
A nivel periférico el SERGAS está constituido por 4 direcciones provinciales, 7 centros de atención primaria y 12 centros de gestión hospitalaria, si bien en virtud del Decreto 95/2004, de 13 de mayo, se produce la integración de tres de ellos (C.H. Xeral-Cíes, H. Meixoeiro y H.
Nicolás Peña) en el C.H. Universitario de Vigo.
Las dotaciones presupuestarias fiscalizadas se hallan incluidas funcionalmente en los programas de gasto: 2121 “Atención primaria de salud”, 2223 “Atención especializada”, 2400
“Fondo de investigación sanitaria”, 2591 “Dirección y servicios generales”, y 2628
“Formación de graduados y postgraduados” y orgánicamente en la sección 11 correspondiente a la Consellería de Sanidad.
En cuanto a la ordenación sanitaria, las áreas de salud establecidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma no experimentan cambios en este período, siendo éstas las siguientes:
A Coruña, Ferrol, Santiago, Lugo, Cervo, Monforte, Ourense, Pontevedra, Vigo, O Salnés y O Barco de Valdeorras.
I.5.- RÉGIMEN FINANCIERO
La financiación del SERGAS procede de los recursos que le sean asignados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma siendo estos de la siguiente naturaleza:
a) Los destinados por la Comunidad Autónoma a la financiación de los servicios sanitarios de la Seguridad Social en aplicación de lo establecido en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, que regula las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de autonomía.
b) La parte que, por razón de las funciones conferidas, le pueda corresponder por la participación de la Xunta de Galicia en los recursos destinados a financiar la gestión de los servicios sanitarios.
c) El 70% de la recaudación del tramo autonómico del impuesto sobre la venta minorista de determinados hidrocarburos.
d) Las aportaciones que, en su caso, hayan de realizar las entidades locales con cargo a sus presupuestos.
e) Los productos y rentas de toda índole procedentes de los bienes y derechos que integran su patrimonio, propio o adscrito.
f) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que legalmente o convencionalmente esté autorizado a percibir y, en particular, los ingresos procedentes de la prestación de servicios sanitarios cuando existan terceros obligados al pago y los procedentes de acuerdos con entidades aseguradoras de asistencia sanitaria o con otras comunidades autónomas.
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g) Las subvenciones, donaciones u otra aportación voluntaria de entidades y particulares.
h) Cualquier otro que pueda serle atribuido o asignado.
I.6.- ALCANCE
El alcance de este informe está referido al análisis de la estructura, contenido y presentación de la documentación rendida, constituida por los siguientes antecedentes:
- Cuenta General de la Administración del SERGAS.
- Cuenta de Patrimonio del SERGAS.
- Relación de acreedores de las secciones presupuestarias.
- Relación de acreedores de ordenación de pagos.
- Diario de operaciones de las oficinas contables.
- Estados mayores del ejercicio.
- Estado mayor de ejercicios anteriores.
- Estado mayor de ejercicios futuros.
La fiscalización ha comprendido el análisis de la liquidación presupuestaria rendida, tanto en lo que se refiere al ejercicio corriente como a ejercicios cerrados, la verificación de los expedientes de modificación tramitados y la determinación de las obligaciones pendientes de registrar y del resultado del ejercicio. Por otra parte se han analizado las distintas áreas de ingresos y gastos. Por último se ha puesto de relieve la información asistencial obtenida.
En cuanto a la tesorería, ésta se encuentra integrada en la Tesorería General de la Administración de la Comunidad Autónoma, por lo que en lo concerniente a su análisis y sin perjuicio de lo expuesto en el apartado correspondiente, procede efectuar una remisión, en su caso, a la fiscalización de la Cuenta General de la Administración General de la Comunidad Autónoma.
Desde el punto de vista del ámbito orgánico de la fiscalización, éste viene constituido por los siguientes centros de gestión del organismo autónomo SERGAS:
5001.- Servicios Centrales 1597.- D.P. A Coruña 2797.- D.P. Lugo 3297.- D.P. Ourense 3697.- D.P. Pontevedra
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1501.- C.H.U. Juan Canalejo (A Coruña) 1505.- C.H. Arquitecto Marcide (Ferrol) 1571.- C.H.U. de Santiago
2701.- C.H. Xeral-Calde (Lugo) 2706.- H. da Costa (Burela) 2707.- H.C. de Monforte 3201.- C.H. de Ourense 3204.- H.C. de Valdeorras 3601.- C.H. Xeral-Cíes (Vigo) (1)
3603.- C.H. de Pontevedra 3611.- H. Meixoeiro (Vigo) (1)
3649.- H. Nicolás Peña (Vigo) (1)
1507.- X.A.P. Área A Coruña 1508.- X.A.P. Área Ferrol 1509.- X.A.P. Área Santiago 2703.- X.A.P. Lugo
3206.- X.A.P. Ourense 3606.- X.A.P. Área Vigo 3612.- X.A.P. Área Pontevedra
(1) Integrado en el C.H.U. de Vigo, en virtud del Decreto 95/2004, de 13 de mayo.
I.7.- LIMITACIONES
El análisis previsto se ha visto afectado por los siguientes extremos:
- No se ha podido realizar un seguimiento completo, a nivel de expediente, de los créditos de ejercicios futuros al no haberse facilitado parte de la documentación solicitada.
- Dada la falta de objetivos e indicadores claros y precisos en los programas presupuestarios y la no obtención de la correspondiente memoria acreditativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, no ha sido posible acometer su oportuno análisis.
- En materia de ingresos no se han obtenido los antecedentes relativos al desarrollo del cumplimiento del contrato-programa, lo que no ha permitido efectuar los correspondientes análisis.
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- Respecto a las operaciones de presupuesto de ejercicios cerrados, la falta de detalle en cuanto a los saldos reflejados en la liquidación no ha permitido analizar el importe de los ingresos pendientes por año de procedencia, así como el fundamento de los derechos contabilizados en 1991 aún pendientes de cobro.
II. ANÁLISIS DE LA LIQUIDACIÓN DE LA CUENTA GENERAL
II.1.- GESTIÓN PRESUPUESTARIAII.1.1.- PRESUPUESTOS INICIALES
Los presupuestos iniciales del SERGAS para el ejercicio 2004 se elevan a 2.489.516 miles de
€, lo que supone un incremento del 7% con respecto a su importe del año anterior.
Al ser aprobados en términos de equilibrio presupuestario, la cuantía de las previsiones coincide con la de los créditos presupuestarios.
A) Ingresos
El cuadro nº 2 del anexo muestra el desglose económico de las previsiones iniciales de ingresos y la variación interanual en el periodo 2003-2004. Lo más destacable de su contenido es lo siguiente:
- En el capítulo III “Tasas, precios y otros ingresos”, se prevén unos ingresos por importe de 34.764 miles de €, superiores en un 6% a los del ejercicio precedente. Este capítulo representa el 1% de todos los ingresos previstos en el ejercicio 2004.
- Los ingresos correspondientes al capítulo IV “Transferencias corrientes”, ascienden a 2.442.128 miles de € y constituyen el 98% de las previsiones iniciales del organismo autónomo, con un crecimiento del 8% en relación al ejercicio anterior.
En aplicación de la Ley 18/2002, de 1 de julio, de régimen de cesión tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión, se ha producido la incorporación de un nuevo recurso al presupuesto del SERGAS procedente del rendimiento derivado del 70% de la recaudación del “Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. Tramo autonómico”, y cuya cuantificación asciende a 23.514 miles de €. Otro aspecto a destacar en este capítulo son las transferencias provenientes del INSALUD por importe de 1.500 miles de €.
- En el capítulo VII “Transferencias de capital” se produce un descenso inicial de ingresos de un 53% en relación con el ejercicio anterior, debido, fundamentalmente, a la supresión de fondos FEDER-MARCO por importe de 25.272 miles de €. Por otra parte se contempla la incorporación de nuevas aportaciones procedentes tanto de la Comunidad Autónoma, 7.000 miles de €, como del Fondo de Compensación Interterritorial, 5.000 miles de €.
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- El capítulo VIII “Activos financieros”, no experimenta variación con respecto al ejercicio precedente.
Las fuentes de financiación del presupuesto de ingresos del SERGAS así como su variación interanual en el periodo 2002-2004 son las siguientes:
Miles de euros
2002 2003 Variación 2004 Variación
Fuente financiación
Importe % Importe % Absoluta % Importe % Absoluta %
Tasas y otros ingresos 29.621 1,3 32.816 1,4 3.195 10,8 34.764 1,4 1.948 5,9 Transferencias Seguridad Social 34.107 1,5 49.091 2,1 14.984 43,9 50.423 2,0 1.332 2,7 Transf. Comunidad Autónoma 2.092.825 94,9 2.186.632 94,3 93.807 4,5 2.350.309 94,4 163.677 7,5 Transferencias Corp. Locales 48.568 2,2 50.853 2,2 2.285 4,7 53.396 2,1 2.543 5,0 Reintegro préstamos concedidos 625 0,0 625 0,0 0,0 625 0,0 0,0
Total 2.205.747 100,0 2.320.017 100,0 114.270 5,2 2.489.516 100,0 169.499 7,3
B) Gastos
Los créditos iniciales consignados en el presupuesto de gastos del SERGAS para el año 2004 se elevan a 2.489.516 miles de €, un 7% superiores a los del ejercicio precedente. De este importe los créditos destinados a operaciones corrientes absorben el 95%, incrementándose un 7% respecto al año anterior, y para operaciones de capital se habilita el 5% restante del presupuesto, con un crecimiento del 20% en relación al ejercicio 2003.
a) Clasificación económica
En el cuadro 3-1 del anexo figura el presupuesto de gastos desglosado por capítulos. De su contenido se deduce que el porcentaje de participación de cada capítulo es similar al del ejercicio anterior, concentrando las operaciones corrientes el 95% de los créditos aprobados.
b) Clasificación funcional
La clasificación funcional por programas es la que refleja el cuadro 3-2 del anexo. El 97% del presupuesto lo absorben los programas “Atención primaria de la salud” y “Atención especializada”, que han incrementado sus consignaciones iniciales en un 6% y un 8%, respectivamente.
c) Clasificación orgánica
El cuadro nº 3-3 muestra el presupuesto de cada uno de los centros de gestión que integran la estructura orgánica del SERGAS, así como su variación interanual. De su contenido se desprende que el porcentaje de participación de cada centro en relación con el presupuesto total es análogo al del ejercicio anterior.
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Por lo que respecta a la variación interanual, ningún centro ha experimentado disminución de su presupuesto destacando el incremento del 22% del 5001 “Servicios Centrales” tras el 28%
alcanzado asimismo en el ejercicio precedente.
En cuanto a la agrupación presupuestaria de los centros en función de las características de su actividad, los hospitalarios tienen asignada la gestión del 47% del presupuesto, el 12% los centros de atención primaria y el 41% restante compete a los centros administrativos, distribuido entre Servicios Centrales (7%) y direcciones provinciales (34%).
El importante volumen presupuestario consignado en las direcciones provinciales viene determinado fundamentalmente por su gestión de gastos derivados de prescripción de recetas médicas (farmacia extrahospitalaria), conciertos con entidades para prestación de asistencia sanitaria con medios ajenos y transferencias a empresas públicas y otros entes públicos (fundaciones).
II.1.2.- MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Aspectos cuantitativos
De acuerdo con la información contenida en la liquidación del presupuesto, en el año 2004 las modificaciones presupuestarias contabilizadas alcanzan un importe neto de 134.558 miles de
€, incrementándo, en consecuencia, los créditos iniciales un 5%.
Del análisis de la variación interanual de los distintos tipos de modificación reflejado en el cuadro nº 4 se desprende lo siguiente:
- En el ejercicio fiscalizado el importe global de las modificaciones se ha incrementado en un 51%, mientras que el número de expedientes tramitados ha disminuido un 25%.
- El 97% del importe de los expedientes de modificación se distribuye entre ampliaciones (57%) y generaciones de crédito (40%).
- En relación al ejercicio precedente disminuye el importe de los suplementos e incorporaciones de crédito y, por el contrario, aumenta el de las generaciones de crédito en un 399%.
El cuadro nº 5 del anexo refleja su distribución económico-funcional, desprendiéndose lo siguiente:
- Como en ejercicios precedentes, al capítulo I, “Gastos de personal” del programa 2223
“Atención especializada”, corresponde la mayor cuantía de modificaciones, el 38% del total.
Se registra, asimismo, en este programa un considerable aumento del importe de las modificaciones autorizadas en el capítulo II “Gastos en bienes corrientes y servicios” que representan el 25% del importe global, en comparación con el 4% del ejercicio anterior.
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El cuadro nº 6 del anexo muestra el estado comparativo de las modificaciones por programas y capítulos en el periodo 2003-2004. De los datos que figuran en el mismo destaca el aumento del 78%, en relación al ejercicio precedente, de las producidas en el programa 2223 “Atención especializada”.
En cuanto a su variación interanual a nivel de capítulos, destacan los incrementos de las registradas en el II “Gastos en bienes corrientes y servicios” y IV “Transferencias corrientes”, del 736% y 65%, respectivamente. El mayor descenso corresponde a las relativas a los capítulos III “Gastos financieros” y VI “Inversiones reales”.
Los cuadros 7-1/3 muestran la distribución de las modificaciones presupuestarias desde la perspectiva funcional, económica y orgánica.
Desde la perspectiva económica, el 99% del importe de modificaciones contabilizadas afecta a operaciones corrientes, siendo significativo, como en ejercicios anteriores, el importe de las ampliaciones de crédito que afectan al artículo 13 “Personal laboral” (34% del total).
Desde el punto de vista orgánico, el mayor volumen de modificaciones a nivel provincial corresponde a la sección 15 “A Coruña”, con el 43% del importe total y, por centros, al 2701
“C.H. Xeral-Calde”, que absorbe el 15% de las aprobadas en el ejercicio fiscalizado.
El cuadro nº 8 refleja la evolución mensual de las modificaciones de crédito autorizadas en el ejercicio fiscalizado, correspondiendo al mes de noviembre el mayor número de expedientes aprobados y a octubre la mayor cuantía mensual contabilizada.
Análisis de las distintas figuras de modificación presupuestaria
Mediante la aplicación del método estadístico aleatorio simple se ha determinado la muestra de expedientes de modificación presupuestaria que figura a continuación:
Nº expedientes Importe (en miles de €)
Tipo de
modificación Total Muestra % Total Muestra %
Suplementos 1 1 100,0 3.719 3.719 100,0
Ampliaciones 29 6 20,7 77.191 22.867 29,6
Transferencias 132 30 22,7 27.441 10.864 39,6
Incorporaciones 3 1 33,3 503 137 27,2
Generaciones 61 15 24,6 53.146 11.571 21,8
Total 226 53 23,5 161.999 49.157 30,3
Suplementos de crédito
En el año 2004 se ha tramitado un único expediente de suplemento de crédito por importe de 3.719 miles de €, que representa el 3% del total de modificaciones netas del ejercicio fiscalizado, experimentando este tipo de modificación una disminución del 42% con respecto al año anterior.
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El expediente fue aprobado por el Conselleiro de Economía y Hacienda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.2 a) del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, al no ser su importe superior al 5% del presupuesto de gastos del organismo autónomo.
Como viene sucediendo en ejercicios anteriores, la necesidad de su tramitación estriba en la insuficiencia de crédito que registran determinados conceptos presupuestarios del capítulo I,
“Gastos de personal”, para atender el pago de la nómina del mes de diciembre. Esta insuficiencia de crédito se produce en el programa 2223 “Atención especializada”.
La financiación del suplemento de crédito, cuyo detalle se refleja en los cuadros 9-1/3 del anexo, se efectúa mediante retenciones de crédito que se distribuyen de la siguiente forma:
Capítulo I: 44%(1)
Capítulo II: 22%
Capítulo III y VI 2%
Capítulo IV: 31%
(1) El 39% se derivan del Fondo de Contingencia constituido
Al verificar los datos contables registrados en el Mayor de cada una de las aplicaciones presupuestarias objeto del expediente de suplemento de crédito se ha podido constatar que el importe de las obligaciones reconocidas a final del ejercicio fiscalizado es inferior al del respectivo crédito inicial, incluso en dos de los supuestos a pesar de la minoración de su importe como consecuencia de las “retenciones de no disponibilidad” y “transferencias de crédito” de signo negativo practicadas a lo largo del ejercicio.
Considerando la vinculación a nivel de artículo, se observa, en uno de los casos, que el suplemento de crédito foi innecesario dado que el importe de las obligaciones reconocidas a final de ejercicio es significativamente inferior al crédito inicial.
En cuanto a la documentación que se une al expediente, se aprecia que:
- En el informe que emite la Consellería de Sanidad no se hace un análisis cuantitativo de la necesidad del gasto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 b) del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre.
- El informe de la Oficina presupuestaria es un mero extracto del contenido de la Memoria.
Ampliaciones de crédito
Mediante esta modalidad, regulada en el art. 64 del Decreto legislativo 1/1999 y, con carácter excepcional, en el art. 7 de la Ley 8/2003, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2004, se aprobaron 29 expedientes por importe de 77.191 miles de
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€, que representan el 57% del total de modificaciones netas autorizadas en el ejercicio, incrementándose su cuantía un 9% en relación con el año anterior.
A pesar de la excepcionalidad de esta modalidad de modificación, se aprecia una frecuente utilización de la misma.
Los cuadros nºs 10-1/3 y 11 del anexo reflejan con detalle los conceptos presupuestarios que han sido objeto de ampliación y las fuentes de financiación utilizadas.
Desde una perspectiva económica, la práctica totalidad de las ampliaciones afectan a
“operaciones corrientes”, distribuyéndose, en su mayoría, entre el capítulo I “Gastos de personal”, 67%, y el capítulo II “Gastos en bienes corrientes y servicios”, 32%.
Por programas, el 79% de las ampliaciones se aplicaron a créditos del programa 2223
“Atención especializada” y el 21% al programa 2121 “Atención primaria de salud”.
Afecta este tipo de modificación a todos los centros de gestión correspondiendo la mayor incidencia al “C.H. Xeral-Calde”, con el 21% del importe total.
Del análisis de los seis expedientes muestreados se desprende que cinco de ellos se amparan en lo previsto en el artículo 7 i) de la Ley 8/2003, de 23 de diciembre, y el restante se fundamenta en los artículos 66 c) del Decreto legislativo 1/1999 y 5 o) de la ley anteriormente citada. El 81% de su importe se destinó a ampliar aplicaciones presupuestarias en distintos centros de gestión para pago de retribuciones al ”Personal laboral temporal (otro personal )”;
el 18,9% para dotación del Fondo de contingencia (Ley 5/2002, de 20 de diciembre) y el 0,1%
restante para incrementar créditos correspondientes a cuotas de seguridad social y complementos de prestación al personal. La financiación de estas ampliaciones se realizó, fundamentalmente, con retenciones en créditos del presupuesto de gastos del propio organismo autónomo que afectan al artículo 12 “Gastos personal funcionario”, con la excepción de la correspondiente al Fondo de contingencia que procede del presupuesto de gastos de la Consellería de Sanidad, receptora a su vez de la transferencia realizada desde la Sección 23 “ Gastos de diversas Consellerías” a través del programa 531B “Imprevistos y funciones no clasificadas”.
Al igual que en ejercicios anteriores, el SERGAS invoca como justificación de estas ampliaciones de crédito la necesidad de contratar personal para sustituir al que figura en su plantilla por encontrarse éste en situación de incapacidad transitoria, disfrute de vacaciones, permisos y otras situaciones cuya repercusión económica tendría que haber sido prevista en la consignación inicial del presupuesto de gastos, tomando como referencia, al menos, las obligaciones reconocidas para esta finalidad al cierre del ejercicio anterior.
A pesar de que en la Memoria explicativa de la propuesta de modificación presupuestaria se hace constar que “las aplicaciones que se proponen como financiadoras presentan economías
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que se estiman minorables sin perjuicio de las obligaciones que deban ser reconocidas hasta el fin del presente ejercicio económico”, las aplicaciones presupuestarias 15.71.2223.120.00, 15.71.2223.130.00 y 27.01.2223.120.00 han tenido que ser suplementadas para el pago de la nómina del mes de diciembre.
Transferencias de crédito
En el ejercicio fiscalizado se tramitaron transferencias de crédito entre distintos epígrafes del presupuesto de gastos por importe de 27.441 miles de €, siendo 132 los expedientes inicialmente aprobados, lo que representa un 58% del total de expedientes de modificación presupuestaria. En relación al ejercicio anterior se produce una disminución de un 26% en el número de expedientes que, sin embargo, se corresponde con un incremento en el importe global de un 11%.
Atendiendo a la naturaleza económico-presupuestaria, la distribución de las transferencias de crédito es la siguiente:
Miles de euros
Capítulo Incremento Disminución Diferencia
I Gastos de personal 11.141 9.583 1.558
II Gastos en bienes corr y serv. 9.755 8.080 1.675
III Gastos financieros 280 0 280
IV Transferencias corrientes 4.505 6.757 -2.252
Total operaciones corrientes 25.681 24.421 1.261
VI Inversiones reales 1.735 2.579 -844
VII Transferencias de capital 24 410 -386
Total operaciones de capital 1.759 2.990 -1.230
VIII Activos financieros 0 30 -30
Total operaciones financieras 0 30 -30
Total 27.441 27.441 0
De la información anterior se desprende que el efecto de las modificaciones en los créditos iniciales supuso un incremento de 1.261 miles de € en los destinados a operaciones corrientes, mientras que las dotaciones para operaciones de capital registran una disminución de 1.230 miles de €.
El cuadro nº 12 refleja la distribución de importes de transferencias de crédito por programas y capítulos. A nivel funcional destacan las que afectan al programa 2223 “Atención especializada”, en el que se produce el 82% de las transferencias positivas, 22.407 miles de €, y un 73% de las negativas, 20.118 miles de €. El siguiente programa en importancia en cuanto a la incidencia de este tipo de modificación es el 2121 “Atención primaria de salud”, con un 13% de las positivas y un 17% de las negativas.
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Al final del ejercicio el saldo de transferencias por programas es el siguiente:
Miles de euros
Programa Importe
2121 Atención primaria de salud -1.245
2223 Atención especializada 2.289
2400 Fondo de investigación sanitaria 0
2591 Dirección y servicios generales -1.121
2628 Formación de graduados y postgraduados 77
En cuanto a la clasificación económica, es el capítulo I “Gastos de personal” el que registra el mayor volumen de transferencias de crédito, representando las positivas el 41% y las negativas el 35%, seguido del capítulo II “Gastos en bienes corrientes y servicios” (36% y 29%, respectivamente).
Su desagregación a nivel de artículo se refleja en el cuadro nº 7-2, en el que se observa que el importe más elevado de transferencias positivas, 8.124 miles de €, se produce en el artículo 22
“Material, suministros y otros”, representando el 30% de todas ellas, seguido del artículo 12
“Retribuciones de personal funcionario” al que corresponden 5.573 miles de € y un 20% del total de dichas transferencias al artículo 15 “Incentivos al rendimiento” con 5.035 miles de €, un 18%. En cuanto a transferencias negativas, la mayor cuantía afecta al artículo 12, 4.560 miles de € (17%) y al artículo 44 “Transferencias corrientes. A empresas públicas y otros entes”, 4.327 miles de € (16%).
Al margen del análisis cuantitativo de este tipo de modificaciones presupuestarias, se han comprobado los expedientes de la muestra anteriormente reseñada y se ha verificado, además, el grado de cumplimiento de las limitaciones establecidas en el art. 8, apartados uno, dos, tres y seis de la Ley 8/2003, de 23 de diciembre, destacándo lo siguiente:
- En un expediente se efectúa una transferencia positiva al subconcepto 226.02 “Publicidad y propaganda” sin que en ninguno de los documentos se justifique que la causa de la modificación obedezca al motivo tipificado en el artículo 8. tres de la ley. Por su parte, en la Memoria explicativa de otro expediente la justificación de la insuficiencia de crédito no se basa en necesidades sobrevenidas sino en la existencia de obligaciones que quedaron pendientes de pago a 31.12.2003.
- En otro referido al subconcepto afectado, 227.06 “Estudios y trabajos técnicos”, su Memoria explicativa justifica la transferencia en base a la “compensación como consecuencia de la actividad de las unidades de alta tecnología ubicadas en el centro”, con una referencia genérica a los gastos del capítulo II mientras que la dirección del centro matiza que la necesidad obedece a la realización de pruebas de laboratorio en centros externos.
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- Por lo que se refiere al límite del 20%, establecido por el artículo 8. seis de dicha ley para efectuar tranferencias negativas que disminuyan las consignaciones iniciales de los créditos al nivel de vinculación legalmente establecido, se ha observado su tramitación en dos supuestos que afectan al concepto 640 programas 2121 y 2628 en los que el crédito habilitado ha sido objeto de tranferencias negativas que representan, respectivamente, porcentajes de un 52% y un 47%, superiores al límite fijado.
- Se emite un mismo RCt para dos expedientes distintos, comprendiendo los importes de ambos e incluyéndose en la documentación de cada uno de ellos.
- En determinado expediente, el documento MC de transferencias donadas tiene fecha de autorización posterior al de transferencias recibidas.
- En algunos expedientes se observa que se realizan transferencias de crédito que afectan a aplicaciones presupuestarias que previamente habían sido objeto de ampliación en virtud del artículo 5 o) de la Ley 8/2003.
- Los informes de la Oficina Presupuestaria se limitan a extractar el contenido de la Memoria sin analizar el alcance y efectos de la autorización del expediente en la consecución de los objetivos previstos inicialmente en el correspondiente programa.
- En los informes de la Intervención Delegada, cuando se hace referencia a las aplicaciones con las que se pretende financiar la transferencia, tan sólo se hace constar que disponen de crédito suficiente, sin hacer mención a la “adecuación y disponibilidad del crédito que se pretende minorar”, de acuerdo con lo establecido en el art. 8. siete b) de la Ley 8/2003, de 23 de diciembre.
- Del análisis de las Memorias explicativas de varios expedientes de modificación se desprende la necesidad de dotar créditos para cubrir insuficiencias derivadas de las obligaciones que se tiene previsto reconocer hasta final de ejercicio o incluso de ajustar los importes para hacer frente a los pagos pendientes y los que presumiblemente se deban realizar hasta fin del ejercicio, lo que revela en muchos casos, sobre todo cuando se trata de gasto corriente, una deficiente consignación de los créditos presupuestados inicialmente.
- Se observa que, aunque en la Memoria explicativa y en los Informes de la Intervención Delegada de varios expedientes se certifica que las aplicaciones que se proponen como financiadoras presentan economías que se estiman minorables sin perjuicio de las obligaciones que deban ser reconocidas hasta fin del ejercicio, varias de estas aplicaciones han tenido que ser objeto de transferencias positivas al final del mismo. A pesar de que por tratarse de créditos del capítulo I “Gastos de Personal” no incurren en infracción del artículo
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68 del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, sí se evidencia una falta de previsión a la hora de tramitar dichas transferencias. En ese sentido y también relacionado con lo expresado en el apartado anterior hay que destacar que a final del ejercicio ha sido precisa la tramitación de un expediente por importe de 5.515 miles de € con el objeto de proceder al pago de la nómina y paga extra del mes de diciembre.
Incorporaciones de crédito
En 2004 han sido autorizados por el Conselleiro de Economía y Hacienda tres expedientes de incorporación de créditos por un importe total de 503 miles de €, que representa el 0,4% del total de modificaciones presupuestarias del ejercicio y que supone un descenso del 65%
respecto a la cuantía aprobada en el año anterior para esta modalidad.
El 27% de los remanentes incorporados corresponden a fondos procedentes de la Unión Europea, el 10% de la Administración Central del Estado y el 63% restante a gastos comprometidos para la realización de pruebas de selección de personal, de acuerdo con lo establecido en el art. 5 d) de la Ley 8/2003, de 23 de diciembre.
La incidencia que ha tenido la incorporación de créditos en los programas y capítulos del presupuesto de gastos ha sido la siguiente:
Miles de euros
Programa Capítulo II Capitulo VI Capítulo VII Total
2223 Atención especializada 315 137 452
2400 Fondo investigación sanitaria 51 51
Total 315 137 51 503
Realizado el análisis de la documentación contenida en los expedientes se observa que:
- Alguna de las Memorias no justifica las razones por las que no se materializó el gasto en el ejercicio anterior.
- Los informes de la oficina presupuestaria son meros resúmenes del contenido de las Memorias, haciendo alusión en el texto al término “transferencia de crédito”, modalidad distinta de la que corresponde.
Generaciones de crédito
En 2004 los créditos generados por ingresos ascendieron a 53.146 miles de €, incrementándose en un 399% en relación con el año anterior representando el 39% del total de modificaciones netas autorizadas en el ejercicio.
Las generaciones de crédito tienen como origen las siguientes fuentes de financiación:
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Miles de euros Garantía financiación asistencia sanitaria: Liquidación 2002
(Disposición adicional segunda Ley 21/2001, de 27 de diciembre)
36.796
Convenio con INSS para gestión IT 7.060
Acuerdo entre Ministerio de Sanidad y Consumo y laboratorios sobre precios
medicamentos 175
Administración del Estado 1.540 Subvenciones finalistas
Comunidad Autónoma 485 Instituto Social Marina 1.033 Aportación sanitaria diputaciones 2.960 Tasas y otros ingresos 727 Mayores ingresos de los previstos
Ensayos clínicos 67 Reembolso de préstamos 1.226 Reintegro centros 360 Compensación pólizas seguro 555 Otras compensaciones 151 Otras fuentes
Donaciones 9
Total 53.146
De lo anterior se desprende que el 88% del importe total de las generaciones procede de transferencias de la Administración del Estado, el 6% de aportación sanitaria de las Diputaciones por mayores ingresos de los previstos, el 1% de subvenciones finalistas de la propia Comunidad Autónoma, y el 6% restante de otras fuentes y conceptos cuya asignación de recursos no había sido prevista o bien ésta fue superior a la presupuestada inicialmente.
Según los datos contenidos en los cuadros 7-1/3 del anexo, la incidencia de las generaciones de crédito en el presupuesto del ejercicio fiscalizado ha sido la siguiente:
- Desde la perspectiva funcional, el 62% del importe total afecta al programa 2121 “Atención primaria de salud” y el 33% al programa 2223 “Atención especializada”.
- En lo que se refiere a la clasificación económica, los créditos correspondientes a
“Operaciones corrientes” absorbieron el 95% de la cuantía final, siendo destinado el 62% de este porcentaje a generar crédito en aplicaciones del capítulo IV “Transferencias corrientes”.
- El 95% del importe total de generaciones se concentra en el centro 5001 “Servicios Centrales”.
Del análisis de los expedientes comprendidos en la muestra correspondientes a este tipo de modificación presupuestaria se desprende lo siguiente:
- En los documentos de gestión presupuestaria a que se refiere el artículo 3 de la Orden de 27 de julio de 2000, de la Consellería de Economía y Hacienda, sobre desarrollo de la gestión presupuestaria y contabilización de los ingresos procedentes de transferencias corrientes y de capital, no figuran cumplimentados los datos relativos a la anotación en cuenta.
- En tres de los expedientes de la muestra los documentos MC son ilegibles.
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- En algunos expedientes el tiempo transcurrido entre la fecha en que se realiza el ingreso en el Tesoro de la Comunidad Autónoma y la de contabilización del importe de la generación de crédito se aproxima o excede de 6 meses.
- En otro expediente se han detectado las siguientes incidencias:
• El importe de la generación autorizado por cuantía de 215.274,65 €, es notablemente superior al comunicado previamente por la Directora General de Presupuestos de la Consellería de Economía y Hacienda al Director General de la División de Recursos Económicos del SERGAS, en el que establece que el importe máximo a que puede ascender la generación es de 78,79 miles de €.
• La propuesta de aprobación del expediente realizada por la Dirección General de Presupuestos al Conselleiro de Economía y Hacienda se ampara en un epígrafe de la Ley 8/2003, de 23 de diciembre, que no es el adecuado, por cuanto que los mayores ingresos recaudados sobre los inicialmente previstos no provienen de los artículos 30, 36, 37 y 39 del presupuesto de ingresos del SERGAS, sino del 46 de dicho presupuesto.
Financiación de las modificaciones de crédito
El cuadro nº 13 muestra las modificaciones presupuestarias en relación con su fuente de financiación: a través del presupuesto de gastos (suplemento y ampliaciones de crédito), de ingresos (generaciones de crédito), o con remanentes de ejercicios anteriores (incorporaciones de crédito). Por lo que respecta a las transferencias de crédito éstas afectan exclusivamente a la redistribución de créditos del presupuesto de gastos.
Observaciones sobre el fondo de contingencia
Este fondo, cuya finalidad es garantizar el equilibrio económico-financiero en previsión de las desviaciones derivadas de los gastos de funcionamiento y de farmacia, continúa sin disponer de dotación inicial desde su establecimiento en virtud de la Ley 5/2002, de 20 de diciembre, habiéndose constatado que, sin embargo, en el ejercicio 2005 ya figura consignado en el capítulo V del presupuesto de gastos, programas 2121 “Atención primaria de Salud” y 2223
“Atención especializada”.
Se constituyó mediante tres expedientes de generación y uno de ampliación de crédito por importe total de 46.262 miles de €, en base a los mayores ingresos provenientes de la Administración del Estado (Garantía asistencia sanitaria, liquidación PIB 2002; Instituto Social de la Marina e Instituto Social de la Seguridad Social), así como de las transferencias realizadas por las Diputaciones Provinciales de A Coruña, Ourense y Pontevedra en concepto de aportación para financiar los centros sanitarios de los que eran titulares y que han sido transferidos al SERGAS y por la propia Comunidad Autónoma.
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El cuadro nº 14 del anexo muestra con detalle la fuente de financiación e importe de los recursos con los que se ha dotado este fondo en el centro 5001 “Servicios Centrales”, así como la distribución aplicada con cargo al mismo a los distintos centros de gestión del SERGAS que han requerido financiación adicional a la consignada inicialmente en el presupuesto de gastos.
De acuerdo con los datos reflejados en el cuadro, el 67% se destinó a financiar el gasto farmacéutico derivado de prescripción de recetas médicas y el importe restante, constituido en los capítulos I (21,1%) y II (11,6%), ha servido para financiar insuficiencias de crédito registradas en partidas presupuestarias que afectan al funcionamiento de los centros.
En relación con el desarrollo presupuestario de este fondo, se observa que la aplicación 50.01.2223.153.99, creada como consecuencia de la ampliación de crédito (AM-11-50-015- 04), fue objeto de una transferencia de crédito negativa (TR-11-50-131-04). A pesar de que el expediente de ampliación de crédito se aprobó en base a lo establecido en los artículos 66 c) del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, y 5 o) de la Ley 8/2003, de 23 de diciembre, no es tipificable como “ampliación de crédito”.
II.1.3.- PRESUPUESTOS DEFINITIVOS
A) Ingresos
En el ejercicio fiscalizado el importe de las previsiones definitivas ascendió a 2.489.516 miles de €, con un crecimiento del 7% respecto al año anterior.
Esta cuantía final es coincidente con la prevista inicialmente, al no haber sido registrado el efecto de las modificaciones realizadas en el presupuesto de gastos, con lo cual se rompe el principio de equilibrio entre ingresos y gastos.
B) Gastos
La distribución económica del presupuesto de gastos para el ejercicio 2004, como consecuencia de las modificaciones presupuestarias del ejercicio, es la siguiente:
Miles de euros Capítulos Presupuesto inicial Modificaciones Presupuesto definitivo % variación I Gastos de personal 1.043.689 69.254 1.112.943 6,6 II Gastos en bienes corrientes y servicios 576.769 33.449 610.218 5,8
III Gastos financieros 0 352 352 --
IV Transferencias corrientes 744.992 30.146 775.139 4,0
VI Inversiones reales 122.680 - 41 122.640 0,0
VII Transferencias de capital 510 186 696 36,5
VIII Activos financieros 875 1.213 2.088 138,6
Total 2.489.516 134.558 2.624.075 5,4
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El cuadro nº 15-1 del anexo muestra la variación del presupuesto y su representatividad.
La evolución interanual que experimentan los créditos definitivos por capítulos en el periodo 1998-2004 es la descrita a continuación:
Miles de euros
Presupuesto definitivo % variación
Capítulo
1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 98/99 99/00 00/01 01/02 02/03 03/04 I Gastos de personal 795.783 823.626 857.016 908.742 952.235 1.033.630 1.112.943 3.5 4,1 6,0 4,8 8,5 7,7 II Gtos. bienes corrient. 449.598 482.851 514.857 558.284 550.616 549.227 610.218 7,4 6,6 8,4 -1,4 -0,3 11,1 III Gastos financieros 791 4.637 520 1.212 785 1.471 352 486,2 -88,8 133,1 -35,2 87,4 -76,1 IV Transf. corrientes 419.337 442.229 497.390 536.460 768.579 716.830 775.139 5,5 12,5 7,9 43,3 -6,7 8,1 VI Inversiones reales 104.960 108.130 122.247 122.820 78.335 104.300 122.640 3,0 13,1 0,5 -36,2 33,1 17,6 VII Transf. de capital 2.328 1.969 1.228 1.504 662 1.721 696 -15,4 -37,6 25,5 -56,0 160,0 -59,6 VIII Activ. financieros 2.903 3.580 2.194 1.907 1.928 1.862 2.088 23,3 -38,7 -13,1 1,1 -3,4 12,1 Total 1.775.698 1.867.021 1.995.452 2.130.929 2.353.140 2.409.042 2.624.075 5,1 6,9 6,8 10,4 2,4 8,9
La evolución del presupuesto definitivo por programas es la que refleja el cuadro nº 15-2 del anexo, siendo lo más destacable el aumento del 11% que registra el programa 2223 “Atención especializada” y el descenso del 38% en el programa 2400 “Fondo de investigación sanitaria”.
Su estructura económico-funcional es la siguiente:
Miles de euros Capítulo
Programa
I II III IV VI VII VIII
Total % sobre total
2121 Atención primaria de la salud 290.608 25.286 9 666.041 13.340 995.284 37,9 2223 Atención especializada 774.208 580.012 343 106.293 85.706 100 641 1.547.301 59,0 2400 Fondo investigación sanitaria 344 26 48 572 991 0,0 2591 Direc. y servicios generales 19.808 4.895 2.805 23.268 24 1.447 52.246 2,0
2628 Formac. graduados y postgr. 27.974 278 28.253 1,1
Total 1.112.943 610.218 352 775.139 122.640 696 2.088 2.624.075 100,0
% sobre total 42,4 23,3 0,0 29,5 4,7 0,0 0,1 100,0
El presupuesto definitivo de cada uno de los centros de gasto, así como el grado de participación en el presupuesto global del SERGAS y la variación registrada en el periodo 2003-2004 se detalla en el cuadro nº 15-3 del anexo.
Del mismo se desprende que el mayor incremento se produce en el centro 2701 “C.H. Xeral- Calde” (22%), absorbiendo las direcciones provinciales de A Coruña y Pontevedra el 25% del presupuesto total del organismo autónomo.
Ninguno de los centros ha visto disminuido el importe total de su presupuesto en relación al ejercicio precedente.
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La distribución del presupuesto definitivo por centros de gestión y capítulos presupuestarios es la siguiente:
Miles de euros Capítulo
Centro
I II III IV VI VII VIII
Total
% sobre
total 1501 C.H.U. Juan Canalejo 155.616 94.763 2.939 762 164 254.244 9,7 1505 C.H. Arquitec. Marcide 45.903 21.068 628 271 10 67.880 2,6 1507 X.A.P. A Coruña 51.135 3.935 4 218 226 55.518 2,1 1508 X.A.P. Area Ferrol 22.420 2.125 160 86 24.791 0,9 1509 X.A.P. Area Santiago 39.843 2.502 122 163 42.630 1,6 1571 C.H.U. Santiago 141.192 92.777 5.026 541 195 120 239.851 9,1 1597 D.P. A Coruña 4.440 48.526 5 280.069 15 333.055 12,7 Total A Coruña 460.550 265.696 9 289.161 2.064 369 120 1.017.969 38,8 2701 C.H. Xeral-Calde 74.685 47.226 833 600 37 123.381 4,7 2703 X.A.P. Lugo 47.144 4.756 183 202 9 52.293 2,0 2706 H. da Costa 19.403 8.533 1 75 175 28.187 1,1 2707 H.C. de Monforte 14.830 6.496 151 108 21.586 0,8 2797 D.P. Lugo 2.499 11.830 106.428 15 120.773 4,6
Total Lugo 158.562 78.841 1 107.669 1.100 46 346.219 13,2
3201 C.H. de Ourense 98.948 48.954 1.399 605 13 149.919 5,7 3204 H.C. de Valdeorras 12.603 5.289 247 146 18.285 0,7 3206 X.A.P. Ourense 42.502 3.203 183 198 23 46.110 1,8 3297 D.P. Ourense 2.296 9.584 108.231 15 120.125 4,6
Total Ourense 156.349 67.029 110.060 965 36 334.439 12,8
3601 C.H. Xeral-Cíes 91.729 42.868 2.480 435 66 137.578 5,2 3603 C.H. Pontevedra 85.237 34.770 1.168 375 9 204 121.764 4,6 3606 X.A.P. Area Vigo 54.047 4.028 495 233 9 58.811 2,2 3611 H. Meixoeiro 49.479 31.816 708 253 94 82.348 3,1 3612 X.A.P. Area Pontevedra 38.988 2.482 238 162 9 41.879 1,6 3649 H. Nicolás Peña 5.706 2.517 485 34 8.741 0,3 3697 D.P. Pontevedra 3.895 73.821 4 233.233 15 310.968 11,9 Total Pontevedra 329.080 192.302 4 238.807 1.506 121 270 762.090 29,0 5001 Servicios Centrales 8.403 6.349 339 29.441 117.005 124 1.697 163.357 6,2 Total 1.112.943 610.218 352 775.139 122.640 696 2.088 2.624.075 100,0
% sobre total 42,4 23,3 0,0 29,5 4,7 0,0 0,1 100,0
Como en ejercicios anteriores el mayor volumen se concentra en los complejos hospitalarios 1501 “C.H.U. Juan Canalejo” y 1571 “C.H.U. Santiago” y en las direcciones provinciales de A Coruña y Pontevedra que gestionan el 43% del presupuesto total del SERGAS.
Para una idónea interpretación del importe consignado en los créditos definitivos del presupuesto cabe significar lo siguiente:
- Si bien el importe definitivo de los créditos presupuestarios asciende a 2.624.075 miles de €, como consecuencia de haberse incrementado los iniciales en 134.558 miles de €, conviene precisar que a lo largo del ejercicio se han practicado retenciones de crédito de no
22
disponibilidad por importe de 50.934 miles de € para poder financiar diversos expedientes de suplemento y ampliación de crédito observándose, en el Mayor de aplicaciones presupuestarias, que los créditos utilizados para su financiación no han visto disminuido su importe a final de ejercicio en la cuantía correspondiente a las retenciones de no disponibilidad formalizadas, lo que tiene como consecuencia que la consignación global de los créditos definitivos sea superior en 50.934 miles de € al crédito disponible al final del ejercicio, 2.573.141 miles de €.
El efecto de esta incidencia en la liquidación del presupuesto del SERGAS correspondiente al ejercicio 2004 desde la perspectiva de su clasificación económica sería la siguiente:
Miles de euros RC de no disponibilidad
Capítulo Presupuesto inicial
Modificaciones netas
Presupuesto
definitivo Financiadores de suplementos
Financiadores de ampliaciones Total
Presup.
definitivo disponible I Gastos de personal 1.043.689 69.254 1.112.943 1.655 46.772 48.427 1.064.516 II Gastos bienes corr. y serv. 576.769 33.449 610.218 824 315 1.139 609.079
III Gastos financieros 352 352 4 4 348
IV Transferencias corrientes 744.992 30.146 775.139 1.154 1.154 773.985 VI Inversiones reales 122.680 -41 122.640 82 128 210 122.429
VII Transferencias capital 510 186 696 696
VIII Activos financieros 875 1.213 2.088 2.088
Total 2.489.516 134.558 2.624.075 3.719 47.215 50.934 2.573.141
En el ejercicio 2005 se ha desarrollado reglamentariamente el mecanismo para subsanar la referida deficiencia informativa derivada de la sistemática contable empleada.
II.1.4.- EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
En el ejercicio fiscalizado los derechos reconocidos ascendieron a 2.574.302 miles de €, excediendo en 84.786 miles de € (3%) a las previsiones.
El cuadro nº 16-1 del anexo muestra la ejecución del presupuesto de ingresos a nivel de concepto. Según se desprende del mismo en todos los capítulos el importe de los derechos reconocidos superó al de las previsiones, correspondiendo el mayor incremento al capítulo VIII “Activos financieros”, con el 198%, en tanto que en el capítulo IV “Transferencias corrientes”, el aumento ha sido del 3%.
El importe de la recaudación líquida global se elevó al 99% del total de derechos reconocidos, situándose por debajo de este porcentaje en los capítulos III “Tasas y otros ingresos” y VII
“Transferencias de capital”.
Al final del ejercicio fiscalizado los derechos pendientes de cobro se elevaban a 33.463 miles de €, un 93% superior al importe registrado a 31.12.2003.
La variación interanual de derechos reconocidos y recaudación líquida se refleja en el cuadro 16-2 del anexo, observándose sendos incrementos del 10% y 9%, respectivamente.