CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LICENCIADO IDRIS RODRÍGUEZ ZAPATA, Coordinador General del Órgano Desconcentrado, Centro de Comando,
Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, de conformidad con lo establecido por los artículos 91, 115 Fracción III y 116 del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 2, 3 Fracciones II y V y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 último párrafo, 19, 37 y 196 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numeral QUINTO fracción XII de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México; numeral 2.4.6.7 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal y artículo CUARTO fracción VIII del Decreto por el que se crea el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México; tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON NÚMERO DE REGISTRO MEO-49/260816-OD-JGCDMX-C5-11/160316.
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN IV. ATRIBUCIONES V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN VII. PROCEDIMIENTO(S)
VIII IX.
GLOSARIO
VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECIFICO DE OPERACIÓN I.-MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
Leyes
1.- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Diario Oficial de la Federación 04 enero de 2000, última reforma 10 noviembre de 2014.
2.- Ley General de Contabilidad Gubernamental. Diario Oficial de la Federación 31 diciembre de 2008, última reforma 30 de diciembre de 2015.
3.- Ley del Impuesto al Valor Agregado. Diario Oficial de la Federación 29 diciembre de 1978, última reforma 11 diciembre de 2013.
4.- Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Diario Oficial de la Federación 30 diciembre de 1980, última reforma 11 diciembre de 2013.
5.- Ley de Coordinación Fiscal. Diario Oficial de la Federación 27 diciembre de 1978, última reforma 11 agosto de 2014.
6.- Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Diario Oficial de la Federación 29 diciembre de 1998, última reforma 18 de noviembre de 2015.
7.- Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público. Diario Oficial de la Federación 23 diciembre de 1996, última reforma 17 de septiembre de 2015.
8.- Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 28 septiembre de 1998, última reforma 17 septiembre de 2015.
9.- Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 31 diciembre de 2009, última reforma 22 diciembre de 2014.
10.- Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 21 diciembre de 1995, última reforma 28 noviembre de 2014.
11.- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 28 marzo de 2008, última reforma 18 diciembre de 2014.
12.- Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 17 mayo de 2004, última reforma 18 diciembre de 2014.
Códigos
13.- Código Fiscal del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 29 de diciembre de 2009, última reforma 30 de diciembre de 2015.
14.- Código Civil para el Distrito Federal. Diario Oficial de la Federación 26 mayo de 1928, última reforma Gaceta Oficial de la Ciudad de México 10 de marzo de 2015.
Reglamentos
15.- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Diario Oficial de la Federación 28 julio de 2010, sin reformas.
16.- Reglamento Interior de la Administración Pública el Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 28 diciembre de 2000, última reforma 23 de diciembre de 2015.
17.- Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 23 septiembre de 1999, última reforma 16 octubre de 2007.
18.- Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 8 marzo de 2010, sin reformas.
Decretos
19.- Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 30 diciembre de 2015, sin reformas.
20.- Decreto por el que se crea el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México C5. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 23 diciembre 2015.
Acuerdos
21.- Acuerdo por el que se establece el Comité de Autorizaciones de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México, 03 diciembre de 2004, sin reformas.
Circulares
22.- Circular UNO, “Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal”. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 18 de septiembre de 2015, última reforma 14 octubre de 2015.
23.- Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 13 abril de 2011, sin reformas.
24.- Circular relativa al Catálogo de Precios de Bienes y Servicios de Uso Común y al Padrón de Proveedores de la Administración Pública. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 21 abril de 2011, sin reformas.
Clasificador
25.- Clasificador por Objeto del Gasto. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 19 octubre de 2010, última reforma 22 junio de 2012.
Procedimientos
26.- Procedimientos para la Autorización de Adquisición de Bienes Restringidos y su Clasificador Emitido por la Oficialía Mayor del Distrito Federal, vigente.
Lineamientos
27.- Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 13 mayo de 2011, última reforma 16 noviembre de 2012.
28.- Lineamientos que deberán observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, en los procedimientos de contratación establecidos en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Gaceta de la Ciudad de México l 14 febrero de 2007, sin reformas.
29.- Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o documentación con relación a los Órganos Colegiados, Comisiones o Mesas de Trabajo. Gaceta Oficial de la Ciudad de México 12 junio de 2006, sin reformas.
30.- Lineamientos Generales para la Adquisición de Bienes de Menor Impacto Ambiental. Gaceta Oficial del Distrito Federal 21 mayo de 2007, sin reformas.
31.- Lineamientos para determinar el grado de integración de los bienes o servicios de importación a que se sujetan los convocantes y los criterios para disminución u omisión de porcentaje de integración nacional. Gaceta Oficial del Distrito Federal 11 octubre de 2011, sin reformas.
32.- Lineamientos Generales para la Contratación de Adquisición y Prestación de Servicios con Sociedades Cooperativas del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal 18 abril de 2007, sin reformas.
33.- Lineamientos para la Presentación de Declaración de Intereses y Manifestación de No conflicto de Intereses a cargo de las personas Servidoras Públicas de la Administración Pública del Distrito Federal y Homólogos que se señalan.
Reglas
34.- Reglas para Fomentar y Promover la Participación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Nacionales y Locales en las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios que realice la Administración Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal 13 noviembre de 2003.
Guías
35.- Guía para la Formulación de los Manuales de Integración y Funcionamiento de los Subcomités de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Emitida por la Oficialía Mayor, 08 abril de 2011. 36.- Aviso por el que se da a conocer la Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal. Emitida por la Oficialía mayor, 14 de agosto de 2015.
II.-OBJETIVO GENERAL
Establecer de manera clara y precisa la integración, funciones y políticas de operación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, a fin de que las adquisiciones, arrendamientos y/o servicios que el Órgano Desconcentrado pretenda llevar a cabo, se realicen de manera racional, optima y transparente cumpliendo con los criterios de calidad, oportunidad, economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, en estricto apego a lo establecido en la normatividad vigente.
III.-INTEGRACIÓN
Con fundamento en lo establecido en el artículo 29 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y de acuerdo a la estructura orgánica del C5, para el debido cumplimiento de sus funciones y objetivos, el Subcomité estará integrado por:
I. Un Presidente:
El Titular del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México C5.
II. Un Secretario Ejecutivo:
El titular de la Dirección General de Administración. III. Un Secretario Técnico:
El servidor público responsable de las adquisiciones del Órgano Desconcentrado, el Director de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales.
IV. Vocales que serán:
El titular de la Dirección General de Operaciones El titular de la Dirección General de Tecnologías. El titular de la Dirección General de Análisis Estratégico El titular de la Dirección de Infraestructura
El Titular de la Subdirección de Programación y Presupuesto El titular de la Subdirección de Recursos Materiales
El titular de la Jefatura de Unidad Departamental de Almacenes y Activos Un representante de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México V. Contralores Ciudadanos:
Dos Contralores Ciudadanos designados por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección General de Contralorías Ciudadanas dependiente de la Contraloría General de la Ciudad de México.
VI. Asesores, que serán los representantes de:
El Titular de la Dirección Jurídica del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México.
Un representante de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
VII. Invitados:
El Presidente del Subcomité decidirá cuándo se requiera contar con la presencia de otros servidores públicos, quienes tendrán carácter de invitados.
IV.-ATRIBUCIONES
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, artículos 21 y 21 BIS, tendrá las siguientes atribuciones: Artículo 21.- El Comité tendrá las siguientes facultades:
I. Elaborar y aprobar su manual de integración y funcionamiento, y autorizar los correspondientes a los subcomités y subcomités técnicos de especialidad;
II. Establecer los lineamientos generales que deberá impulsar la administración pública centralizada, desconcentrada, delegacional y de las entidades, según sea el caso, en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios;
III. Fijar las políticas para la verificación de precios, especificación de insumos, menor impacto ambiental, pruebas de calidad y otros requerimientos que formulen las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades;
IV. Revisar los programas y presupuesto de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, así como formular observaciones y recomendaciones;
V. Derogada;
VI. Dictaminar, previamente a su contratación, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el artículo 54 de esta Ley, salvo en los casos de las fracciones IV y XII del propio precepto y del artículo 57, de los que solamente se deberá informar al Comité o Subcomité correspondiente;
VII. Proponer las políticas internas, bases y lineamientos en, materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios a las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades;
VIII. Analizar y resolver sobre los supuestos no previstos en las políticas internas, bases y lineamientos a que se refiere la fracción anterior, debiendo informar al titular de la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, según corresponda su resolución;
IX. Analizar semestralmente el informe que rindan los Subcomités respecto de los casos dictaminados conforme a la fracción VI de este artículo, así como los resultados y economías de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, y en su caso, disponer las medidas necesarias para su cumplimiento;
X. Derogada;
XI. Aplicar, difundir, vigilar y coadyuvar al debido cumplimiento de esta Ley y demás disposiciones aplicables; XII. Analizar anualmente el informe de actuaciones de los Subcomités y de los Subcomités Técnicos por Especialidad, respecto de los resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, y en su caso, disponer las medidas necesarias para su atención de conformidad con el procedimiento que se establezca en los lineamientos que al efecto expida el Comité;
XIII. Las demás que les confieran otras disposiciones aplicables a la materia.
Artículo 21 Bis.- Los Subcomités de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades tendrán las facultades a que se refieren las fracciones I, VI y XI de elaborar el informe de las adquisiciones a que se refiere la fracción IX del artículo 21 de esta Ley, además de las que se establezcan en el Reglamento de esta Ley.
La Contraloría participará como asesor en los Subcomités de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades, siempre fundando y motivando el sentido de sus opiniones.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal en su artículo 30:
Artículo 30.- Para el cumplimiento de su objeto, los subcomités tendrán las siguientes facultades y obligaciones:
I. Elaborar y proponer al Comité Central o al Comité Delegacional, su Manual de Integración y Funcionamiento;
II. Elaborar, aprobar, analizar y evaluar trimestralmente su Programa Anual de Trabajo; III. Dar seguimiento al cumplimiento de sus acuerdos;
IV. Aplicar los lineamientos generales y las políticas que emitan en su ámbito de atribuciones el Comité Central y el Comité Delegacional;
V. Aplicar las políticas para la verificación de precios, especificación de insumos, pruebas de calidad, menor impacto al ambiente y otros requerimientos que fije el Comité Central;
VI. Revisar sus programas y presupuestos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como formular observaciones y recomendaciones;
VII. Dictaminar los casos de excepción a la licitación previstos en el artículo 54 de la Ley, salvo las fracciones IV y XII del mismo precepto;
VIII. Aplicar las políticas relativas a la consolidación de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, condiciones de pagos, así como el uso y aprovechamiento de los bienes y servicios, debiendo atender lo previsto en el artículo 23 de la ley;
IX. Se deroga; X. Se deroga;
XI. Analizar trimestralmente el informe de los casos dictaminados conforme a la fracción VII del presente artículo, así como los resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios y en su caso, disponer las medidas necesarias para su aplicación;
XII. Elaborar y enviar semestralmente el informe de actuación sobre las adquisiciones, arrendamientos y servicios, para su análisis, al Comité Central o al Comité Delegacional;
XIII. Se deroga; XIV. Se deroga;
XV. Aplicar, difundir y vigilar el cumplimiento de la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables, y
XVI. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables en esta materia.
V.-FUNCIONES
Corresponden a los integrantes del Subcomité, las siguientes funciones y/o responsabilidades:
A) Del Presidente:
- Presidir las Sesiones del Subcomité y emitir el voto de calidad. - Instalar el Subcomité en la Primera Sesión Ordinaria de cada ejercicio.
- Previo a la Primera Sesión Ordinaria acreditar formalmente y por escrito a los miembros titulares del Subcomité.
- Autorizar el Orden del Día de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité.
- Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité cuando lo considere necesario, o a petición de la mayoría de los miembros.
- Proponer la designación de invitados a la celebración de la sesiones del Subcomité. - Ejercer voto de calidad en caso de empate en la toma de decisiones.
- Dar cumplimiento a las demás atribuciones que expresamente se le atribuyan en la Ley, el Subcomité, el Manual de Integración y Funcionamiento y otros ordenamientos legales aplicables.
- Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité. - Procurar que las resoluciones y acciones del subcomité se orienten a:
El cumplimiento de las disposiciones jurídicas técnicas y administrativas que regulen las adquisiciones y/o contratación de bienes y servicios.
La correcta aplicación de los criterios de economía eficiencia, transparencia, imparcialidad y honradez que deben concurrir en la utilización óptima de los recursos en las adquisiciones y o contratación de servicios, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto eficiente del Distrito Federal y demás normas aplicables.
El cumplimiento eficaz de los programas del Órgano Desconcentrado.
Que los procedimientos de adquisición y o contratación de servicios dictaminados contribuyan a obtener a favor del Órgano Desconcentrado las mejores condiciones de calidad, precio y oportunidad, de los bienes y servicios que adquiere la Administración Pública del Distrito Federal.
Informar semestralmente al Comité Central, sobre el estado que guardan las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios del Subcomité.
Presentar a consideración del Subcomité, para su aprobación lo siguiente: El calendario anual de sesiones ordinarias del Subcomité,
El Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México.
Los formatos e instructivos para la presentación de los asuntos y los diferentes informes que se entregarán al Subcomité,
Montos de actuación que al efecto se establezcan conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio fiscal vigente,
El informe de actuación sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios al comité para su análisis y aprobación en apego a los Lineamientos que éste establezca para tal fin, semestral y anualmente,
El informe de los casos autorizados, semestralmente para su análisis.
Proveer los medios necesarios y los recursos suficientes para mantener en operación al Subcomité. Las demás que expresamente se le atribuyan en la Ley, el Reglamento, el presente Manual y el pleno del
Subcomité.
B) Del Secretario Ejecutivo:
- Formular el orden, considerando los asuntos propuestos y someterlos a consideración del Presidente del Subcomité.
- Conducir el desarrollo de las sesiones del Subcomité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en las mismas. - Designar al Secretario Técnico.
- Suscribir las convocatorias de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité, las cuales se llevarán a cabo cuando lo considere necesario el presidente, o a petición de la mayoría de los miembros.
- Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquellas que le encomiende el presidente o el Subcomité en pleno.
- Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité. - Vigilar la correcta elaboración acta de cada sesión.
- Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos 6.5, del presente manual, en su caso, incorporarlos en el orden del día y en la carpeta de trabajo de la sesión más próxima a su recepción y ser sometidos a la consideración y resolución del Subcomité.
- Supervisar que se envíen oportunamente a los miembros del subcomité, la invitación y la carpeta de trabajo de cada sesión correspondiente de conformidad a lo señalado en el numeral 6.3.10.
- Presentar al Presidente del Subcomité para su aprobación, el Orden del Día de las sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Proveer las medidas necesarias y los recursos suficientes para mantener la correcta operación del Subcomité. - Vigilar que se integren los expedientes y archivos con la documentación que sustente los actos y resoluciones
tomadas por el Subcomité.
- Requerir al área que presenta el caso, la documentación que a juicio del subcomité sean necesarios para la debida justificación e integración del caso.
- Registrar y dar seguimiento a los acuerdos tomados por el subcomité y mantenerlo informado de su cumplimiento. - Coordinar la elaboración de los siguientes documentos:
Manual de Integración y funcionamiento del Subcomité, Calendario anual de sesiones ordinarias,
El Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México,
Los formatos e instructivos para la presentación de los asuntos y los diferentes informes que se entregarán al Subcomité,
El informe de actuación sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios al Comité de autorizaciones para su análisis y aprobación en apego a los lineamientos que éste establezca para tal fin, semestral y anualmente,
El informe de los casos autorizados, semestralmente para su análisis.
Montos de actuación que al efecto se establezcan conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio fiscal vigente.
- Promover, ante las instancias internas y externas, la atención y resolución expedita de los asuntos que atañen al Subcomité.
- Informar sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios llevados a cabo como casos de excepción a la Licitación Pública, al amparo de los artículos 54, 55 y 57 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
- Presentar un informe y una memoria anual que dé cuenta de los trabajos realizados y de los resultados obtenidos. - Ejercer cuando supla al presidente las atribuciones inherentes a este cargo.
- Las demás que expresamente se le atribuyan en la ley, el Reglamento, el presente manual y el pleno del Subcomité.
C) Del Secretario Técnico:
- Auxiliar al Secretario Ejecutivo en el ejercicio de sus funciones y en el desempeño de sus responsabilidades. - Integrar el orden del día de cada sesión (ordinarias y extraordinarias) junto con la documentación respectiva y
vigilar que esta se entregue oportunamente a cada uno de los miembros del Subcomité y demás invitados, según corresponda, para lo cual, se observará lo dispuesto en los Lineamientos para la Integración y Remisión de Carpetas, Información o Documentación Vía Electrónica con relación a los Órganos Colegiados, Comisiones o Mesas de Trabajo, emitidos por la Oficialía Mayor.
- Elaborar las Actas de las Sesiones del Subcomité e integrar el acta de la Sesión inmediata anterior, a fin de que los miembros del Subcomité, tengan el tiempo suficiente para su análisis, revisión u observaciones al respecto en caso de que las haya y administrar los documentos y archivos en términos de la Ley de Archivos del Distrito Federal. - Las demás que le encomiende la normatividad, el Presidente y el secretario Ejecutivo.
- Asistir puntual e invariablemente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité.
- Recibir del secretario ejecutivo, para su incorporación en el orden del día, los asuntos que se someterán a la consideración y resolución del Subcomité.
- Proponer al Secretario Ejecutivo el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias. - Suscribir las convocatorias de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité.
- Hacer llegar a los miembros del Subcomité con 48 horas de anticipación la convocatoria y la carpeta de trabajo de cada sesión ordinaria en medio electrónico conforme a los Lineamientos que emite la Oficialía Mayor.
- Hacer llegar a los miembros del Subcomité con 24 horas de anticipación la carpeta de trabajo cuando se convoque a una sesión extraordinaria.
- Vigilar que el archivo se mantenga completo y actualizado, así como su conservación por el tiempo que marca la normatividad aplicable.
- Dar seguimiento a los acuerdos del Subcomité y mantenerlo informado de su cumplimiento.
- Verificar la correcta elaboración de la documentación de los asuntos que se someterán a la consideración del Subcomité.
- Elaborar y resguardar la documentación que dé cuenta de los trabajos, resoluciones y acciones del Subcomité. - Efectuar el seguimiento de las acciones y resoluciones del Subcomité y mantener informado al mismo, de su
integración y estricto cumplimiento.
- Elaborar y proponer los siguientes documentos:
El calendario anual de sesiones ordinarias del Subcomité. El Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité.
El Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México. Los formatos e instructivos para la presentación de los asuntos y los diferentes informes que se
entregarán al Subcomité.
El informe de actuación sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios al Comité de autorizaciones para su análisis y aprobación en apego a los Lineamientos que éste establezca para tal fin, semestral y anualmente.
El informe semestral y anual de los casos dictaminados por el Subcomité para su análisis.
Montos de actuación que al efecto se establezcan conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio fiscal vigente.
- Ejercer cuando supla al Secretario Ejecutivo, las atribuciones inherentes a este cargo; y
- Las demás que expresamente se le atribuyan en la Ley, el Reglamento, el presente Manual y el pleno del Subcomité.
D) De los Vocales:
- Asistir puntual e invariablemente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité. - Presentar a la consideración y resolución del Subcomité los asuntos que en materia de
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, requieran de su atención, conforme a las facultades y atribuciones que le han sido conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, su Reglamento y demás consideraciones jurídicas aplicables.
- Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día.
- Proponer, en forma clara y concreta, alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración y resolución del Subcomité.
- Manifestar con veracidad, seriedad y respeto sus puntos de vista, sus propuestas o alternativas de solución y emitir su voto en los asuntos que se ventilen en las sesiones, así como su conformidad o no, con el contenido del acta.
- Proponer la suspensión, modificación o cancelación de los casos aprobados por los miembros del Subcomité, justificando de manera clara y precisa la imposibilidad de ejecutarlos en el ejercicio fiscal u otra razón que motive la resolución.
- Emitir su voto razonado en los asuntos que se presenten en las sesiones del Subcomité. - Firmar la documentación que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Subcomité.
- Exponer con fundamento, imparcialidad y seriedad, sus recomendaciones en torno a los asuntos que se ventilen en el Subcomité.
- Coadyuvar al estricto cumplimiento de la Ley y a su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.
- Las demás que expresamente le asigne el presidente o el pleno del Subcomité.
E) De los Contralores Ciudadanos:
- Asistir puntual e invariablemente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité. - Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día.
- Proponer en forma clara y concreta, alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración y resolución del Subcomité.
- Emitir su voto razonado en los asuntos que se presenten en las sesiones del Subcomité. - Firmar la documentación que dé cuenta de los acuerdos tomados inherentes a este cargo.
- Exponer con fundamento, imparcialidad y seriedad, sus recomendaciones en torno a los asuntos que se ventilen en el Subcomité; y
- Las demás que expresamente le asigne el presidente o el pleno del Subcomité.
F) De los Asesores:
- Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias que se convoquen.
- Exponer con fundamento, imparcialidad y seriedad, sus puntos de vista en torno a los asuntos que se ventilen en el Subcomité.
- Proporcionar, en el ámbito de su competencia, la asesoría legal, técnica y administrativa que se le requiera para sustentar, perfeccionar y dar forma a los casos, asuntos, resoluciones y acciones que emita el Subcomité.
- Vigilar en el ámbito de su competencia el estricto cumplimiento de la Ley, de su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, mediante las recomendaciones u observaciones que proporcionen al Subcomité.
- Promover ante las instancias internas y externas de su competencia, la atención y resolución expedita de los asuntos que atañen al Subcomité.
- Coadyuvar en la exposición de los asuntos que se sometan a la consideración y resolución expedita del Subcomité.
- Emitir su opinión cuando así les sea requerida, respecto de los asuntos que conozca el Subcomité; y - Las demás que expresamente les asigne la normatividad, el presente Manual, el Presidente o el
pleno del Subcomité.
G) De los Invitados:
- Coadyuvar en la exposición de los asuntos que se sometan a la consideración y resolución del Subcomité.
- Emitir su opinión cuando así les sea requerida, respecto de los asuntos que conozca el Subcomité; y
- Las demás que expresamente les asigne la normatividad, el presente manual, el Presidente o el pleno del Subcomité.
VI.-CRITERIOS DE OPERACIÓN
Para los efectos de la toma de decisiones, los miembros del Subcomité tendrán derecho a:
De la Votación.
- El Presidente, tendrá derecho a voz y voto, contará con voto de calidad en caso de empate. - El Secretario Ejecutivo y los Vocales tendrán derecho a voz y voto.
- El Secretario Técnico tendrá derecho a voz, sólo cuando supla al Secretario Ejecutivo tendrá derecho a voz y voto.
- El Contralor Ciudadano acreditado tendrá derecho a voz y voto. - Los asesores e invitados, únicamente tendrán derecho a voz.
Para los integrantes del Subcomité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser únicamente a favor o en contra, evitando la abstención, eso con la finalidad de determinarse la responsabilidad de las intervenciones de cada uno de los integrantes.
De la Suplencia.
La suplencia de los miembros propietarios durante las sesiones del Subcomité se realizará de la siguiente forma: - Las ausencias del Presidente por el Secretario Ejecutivo.
- Las ausencias del Secretario Ejecutivo, será por el Secretario Técnico, quien en estos casos tendrá derecho a voz y voto; en ningún caso él Secretario Técnico podrá suplir la ausencia del Presidente, ni al Secretario Ejecutivo en su carácter de Presidente Suplente. La ausencia del Secretario Técnico será suplida por el servidor público que designe el Secretario Técnico.
- Las ausencias de los Vocales y Asesores titulares del Subcomité, serán suplidas, por el servidor público designado por el titular correspondiente, debiendo tener el nivel jerárquico inmediato inferior de la estructura orgánica dictaminada. Por ningún motivo los suplentes de los vocales y asesores titulares podrán ser prestadores de servicios por honorarios.
Cuando asistan los suplentes y se incorporen los miembros titulares, el suplente podrá seguir participando en la sesión, sólo con derecho a voz.
- El cargo de Contralor Ciudadano será estrictamente personal y no podrá desempeñarse por ningún representante o suplente.
De la Acreditación.
El Presidente acreditará por escrito a los Miembros Titulares del Subcomité, Previo a la Primera Sesión Ordinaria de cada ejercicio o cuando las circunstancias lo ameriten.
Asimismo, los Vocales y Asesores Titulares integrantes del Subcomité, deberán acreditar por escrito a sus suplentes, mismos que deberán tener como mínimo cargo de Jefes de Unidad Departamental.
Con excepción del Presidente y el Secretario Ejecutivo a quienes invariablemente lo suplirán, al primero el secretario Ejecutivo y al segundo de ellos, el Secretario Técnico.
Por ningún motivo podrán ser Prestadores de Servicios por Honorarios.
De las sesiones.
Las sesiones ordinarias o extraordinarias, se celebrarán de la siguiente forma:
- Las sesiones ordinarias se llevarán una vez al mes, salvo que no existan asuntos que tratar, en cuyo caso se deberá dar aviso de cancelación mediante oficio a sus integrantes por lo menos con 2 días de anticipación. - Las sesiones ordinarias podrán reprogramarse por causas de fuerza mayor o bien por cuestiones relativas al
propio Subcomité en cuyo caso se deberá dar aviso de la reprogramación mediante oficio a sus integrantes por lo menos con 1 día de anticipación.
- Las sesiones extraordinarias se efectuaran cuando se estime necesario a solicitud del presidente y/o de la mayoría de sus integrantes o de cualquier miembro con derecho a voz y voto, previo acuerdo del primero.
- Las sesiones se celebraran en la fecha hora y lugar preestablecido otorgando una tolerancia máxima de 15 minutos.
- Para la celebración de las sesiones se requerirá que asistan como mínimo del cincuenta por ciento más uno de los miembros con derecho a voto, contando invariablemente con la presencia del Presidente y de su suplente. - A las sesiones del Subcomité deberán asistir puntualmente y preferentemente los miembros titulares. - La participación de los servidores públicos suplentes será por excepción.
- Se deberá expedir previamente a la convocatoria que indique fecha, hora y lugar en que se celebrara la sesión, señalando el tipo de sesión según corresponda.
- La convocatoria deberá adjuntar en disco compacto la carpeta de trabajo que contendrá el orden del día que describa los asuntos que se presentarán consideración del Subcomité. En las sesiones ordinarias y extraordinarias según sea el caso con la documentación mínima siguiente:
Lista de asistencia y declaración del quórum. Orden del día.
Acta de la anterior sesión (no aplica para la sesión extraordinaria). Seguimiento de acuerdos (no aplica para la sesión extraordinaria). Presentación de casos.
Se deberá integrar la carpeta de trabajo con el planteamiento formal, justificación y los documentos soporte de los asuntos, para su análisis, evaluación y dictaminación del Subcomité.
- El orden del día y los documentos correspondientes de cada sesión, se difundirán en los medios electrónicos para su consulta y análisis, cuando menos con tres días hábiles de anticipación para reuniones ordinarias y dos días hábiles para el caso de las extraordinarias, debiendo remitir una carpeta de forma impresa a cada uno de los Representantes de la Contraloría General del Distrito Federal y de la DGRMSG.
- Los asuntos que se sometan a dictaminación del Subcomité, deberán presentarse en los formatos que al efecto se establezcan, los que contendrán la información clara y concisa de cada caso;
- En cada sesión se levantará acta, que será firmada por todos los que hubiesen asistido a ella, la que deberá incluir los siguientes conceptos:
A) Asistentes
B) Declaratoria de quórum C) Orden del día
D) Acuerdos E) Votos
F) Comentarios adicionales G) Cierre de la sesión; y
En la última sesión ordinaria de cada ejercicio presupuestal, que efectúe el Subcomité, se deberá someter a su consideración el calendario de sesiones ordinarias para el ejercicio presupuestal siguiente.
Desarrollo de las Sesiones.
Las sesiones ordinarias y extraordinarias se llevarán a cabo de la siguiente forma:
- La primera sesión ordinaria, será efectuará en el primer mes de cada año, en donde se instalara formalmente los trabajos del Subcomité y se acreditaran los miembros que asistirán a las sesiones.
- Previo al inicio de la sesión, los miembros registrarán su asistencia en la lista que al efecto se elabore. - El Secretario Ejecutivo verificará la lista de asistencia e informará al Presidente si existe quórum.
- El Presidente declarará formalmente si procede o no la celebración de la sesión, en los casos de ausencia del presidente Titular y de su Suplente, el Secretario Técnico procederá a la cancelación de la Sesión.
- En las sesiones ordinarias, el Presidente someterá a consideración de los demás miembros, el acta de la sesión anterior, de no haber observaciones se declarará aprobada; de haberlas pedirá al Secretario Ejecutivo se tome nota de las mismas para que se realicen las modificaciones correspondientes.
- El Secretario Técnico llevará a cabo la formalización del acta aprobada, recabando la firma de los miembros que hayan asistido a la sesión que se dé cuenta, durante el desarrollo de la sesión inmediata siguiente o dentro de los cinco días posteriores a la fecha de esta última.
- Acto seguido, el Secretario Ejecutivo procederá a someter a la consideración y resolución de los miembros del Subcomité, los asuntos contenidos en el orden del día.
- Los asuntos se presentarán por las áreas solicitantes de conformidad con el orden del día, los cuales serán objeto de análisis, evaluación, deliberación, dictaminación y en su caso aprobación por parte de los integrantes del Subcomité.
- El Presidente, el Secretario Ejecutivo y en su caso, sus respectivos suplentes, serán los únicos facultados para otorgar, limitar o suspender el uso de la palabra de los participantes y procurará, en todo momento, que la exposición de los comentarios y observaciones sean serios, responsables y congruentes con el asunto en análisis.
- El Secretario Ejecutivo vigilará que se registren en el formato del acta correspondiente de la sesión, las consideraciones vertidas en torno a los asuntos tratados por el Subcomité.
- El Presidente y el Secretario Ejecutivo serán los facultados para compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas o alternativas de solución a los casos.
- Se deberá someter a votación de los miembros del Subcomité la propuesta de los acuerdos que se tomen en cada caso.
- En el formato del acta de la sesión se asentará el voto nominal de cada uno de los miembros y en su caso el argumento de su decisión.
- El Secretario Ejecutivo vigilará que se consigne la resolución tomada con toda claridad y precisión en el formato del acta correspondiente.
- Las resoluciones tomadas y votadas por el Subcomité tendrán el carácter de acuerdo y sólo mediante resolución del propio Subcomité se podrán suspender, modificar o cancelar su contenido y efectos.
- Desahogado el orden del día y registrados los acuerdos, se procederá a declarar formalmente terminada la sesión, precisando, para efectos de registro en el acta respectiva, la hora de su finalización.
- El Secretario Técnico elaborará el acta que contendrá además de los requisitos señalados en el numeral 6.3.12, los casos presentados y los acuerdos de cada sesión, procediéndose a la firma por parte de los miembros del Subcomité, una vez aprobada.
- Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para tratar asuntos urgentes.
De la Presentación de los Casos.
Los casos que se someterán a la consideración del Subcomité se presentarán de la siguiente forma:
- Se presentarán a través de la Secretaría Ejecutiva, para lo cual las áreas requirentes, deberán remitir sus asuntos cuando menos con siete días hábiles de anticipación a la fecha en que vaya a celebrarse la sesión. - Los casos se presentarán a la consideración del Subcomité, en estricto apego a la orden del día autorizada. - La presentación de cada caso se sujetará a lo siguiente:
Se presentará mediante los formatos que al efecto establezca el Subcomité.
Anexará oficio de autorización de suficiencia presupuestal que emita el área de recursos financieros del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, con la que se acredite la disponibilidad de recursos en la partida correspondiente al caso, debiendo contener fecha de expedición, nombre, cargo y firma del servidor público responsable.
Incluirá la requisición de adquisición de bienes o la orden de servicio con sellos de suficiencia presupuestal y en su caso, de no existencia en el almacén, que contenga nombre, cargo y firma del servidor público responsable respectivo.
Llevará la justificación del procedimiento de excepción a la licitación pública a dictaminarse, debidamente fundada, motivada y autorizada por el Titular del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México.
En todos los casos anexará el estudio de precios de mercado, validado por la Dirección General de Administración, así como las cotizaciones que alude el artículo 51 de la Ley, debiendo cumplir con los requisitos indicados en el numeral 4.8 de la Circular Uno 2015.
Contar previamente con la Autorización para la Adquisición de Bienes Restringidos que emita la DGRMSG, para el caso que aplique.
Tratándose de adquisiciones que contemplen bienes considerados en la Ley de Presupuesto, se deberá contar con la opinión favorable que emita la Contraloría general del Distrito Federal.
No se someterán casos fuera de la orden del día y mucho menos se presentarán casos para su regularización.
Proporcionará la información y documentación adicional necesaria que sirva para enriquecer el caso que se presenta.
Toma de Decisiones.
La toma de decisiones del Subcomité se regirá por las siguientes reglas:
- Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos, considerando las siguientes definiciones: Unanimidad: la votación a favor o en contra, del 100% de los miembros presentes con derecho a voto. Mayoría de votos: la votación a favor o en contra, del 50% más uno de los miembros presentes con derecho
a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto de calidad: en caso de empate, corresponde al Presidente o al Secretario Ejecutivo cuando este lo supla la resolución del asunto en votación, en esta circunstancia se registrará voto nominal.
Voto nominal: es el voto de cada integrante indicando su representación el sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su voto y el sentido de este, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.
Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto, a fin de prever los alcances de las decisiones tomadas.
VII. PROCEDIMIENTO(S)
Nombre del Procedimiento: Presentación de casos ante el pleno del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y
Prestación de Servicios.
Objetivo General: Integrar, registrar y dar seguimiento a los casos que se presentan a la consideración del pleno del
Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, con el propósito de asistir al cumplimiento de la normatividad vigente establecida en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, vigilando con ello el estricto cumplimiento de las disposiciones jurídico-normativas por parte de las Unidades Administrativas del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, en su calidad de áreas usuarias de los servicios que son objeto de las sesiones del Subcomité.
Actor No. Actividad Tiempo
Vocal Solicitante 1 Envía oficio y documentación soporte referente al caso
que se va a presentar al pleno del Subcomité.
1 día
Secretario Ejecutivo 2 Recibe oficio y documentación soporte del caso que se va a presentar al subcomité, analiza, determina procedimiento y envía.
1 día
Secretario Técnico 3 Recibe oficio y documentación soporte del caso que se
va a presentar al Subcomité, registra, analiza y determina.
1 día
¿Cumple? NO:
Secretario Técnico 4 Informa al Vocal solicitante vía oficio de la (s) causa (s) por la (s) que no procede la solicitud a presentar el caso, solicitando la corrección, acorde a los plazos establecidos en el propio oficio.
1 día
Vocal solicitante 5 Recibe oficio, donde se le informan la (s) causa (s) por la (s) que no es procedente la presentación del caso ante el pleno del Subcomité, solventa y reinicia el procedimiento.
(conecta a la actividad 1)
2 días
SI
Secretario Técnico 6 Informa al Secretario Ejecutivo indicando que procede
la solicitud a presentar el caso
1 día Secretario Técnico 7 Ingresa el caso a la carpeta para su presentación en la
Sesión correspondiente. 1 día
Secretario Ejecutivo y/o Presidente
8 Envía convocatoria para sesión ordinaria y/o extraordinaria.
2 días
Fin del Procedimiento
Tiempo Total de Ejecución: 7 días
Aspectos a considerar:
El Subcomité se apegará a lo siguiente:
1.- Cumplir con los tiempos, disposiciones y procesos establecidos en el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
2.- Atender en tiempo y forma la contratación de los servicios requeridos que se encuentren en los supuestos previstos por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
3.- Dar seguimiento a los casos aprobados por el pleno del Subcomité, informando de ello a los miembros que forman parte del órgano colegiado.
4.- Vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones jurídico-normativas establecidas en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios.
VIII. GLOSARIO
Además de los términos definidos en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, para los efectos del presente Manual, se entenderá por:
Acta: Relación escrita de lo tratado y acordado en una sesión del Subcomité; Acuerdo: Resolución tomada en común, por los miembros del Subcomité;
Adjudicación Directa: Acto administrativo a través del cual la parte convocante, una vez cubiertas las
formalidades del procedimiento y agotados los requisitos de Ley, asigna a una persona física o moral un contrato para la adquisición y suministro de bienes muebles o prestación de servicios;
Administración Pública del Distrito Federal: El conjunto de órganos que componen la Administración
Centralizada, Desconcentrada y Paraestatal del Distrito Federal;
Adquisición: El acto jurídico por virtud del cual se adquiere el dominio o propiedad de un bien mueble a título
oneroso;
Adquisición Sustentable: La compra de cualquier bien mueble que en sus procesos de creación o elaboración
no afecten o dañen gravemente al ambiente;
Área Requirente: La Dirección General y las Coordinaciones, Direcciones, Subdirecciones y Jefaturas de
Unidad adscritas al Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad De México;
Arrendamiento: Acto jurídico por el cual se obtiene el uso, goce temporal de bienes muebles a plazo forzoso,
mediante el pago de un precio cierto y determinado;
Arrendamiento Financiero: Es todo aquel contrato de arrendamiento bienes muebles o inmuebles donde, el
arrendador adquiere un bien para ceder su uso y disfrute, durante un plazo de tiempo determinado contractual (normalmente coincide con la vida útil del bien) a un tercero, denominado arrendatario o usuario. El arrendatario a cambio está obligado como contraprestación, a pagar una cantidad periódica (constante o ascendente y lo suficiente para amortizar el valor de adquisición del bien y los gastos aplicables);
Asesor: El representante titular o suplente de las áreas Jurídica, de Contraloría Interna y/o de Contraloría
General del Gobierno del Distrito Federal;
Asunto: Planteamiento del caso relacionado con las adjudicaciones, que amerite el conocimiento y en su caso, la
resolución del Subcomité;
CAEPCCM: Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México;
Caso: Presentación de asuntos que se integran de documentos e información para el análisis y dictaminarían del
Pleno del Subcomité;
Circular Uno: Normatividad en Materia de Administración de Recursos.
Comité: El Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la
Administración Pública del Distrito Federal;
Consolidación de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios: La figura mediante la cual,
conjunta o separadamente, las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados o Entidades, podrán realizar adquisiciones o arrendamientos de bienes o contratación de servicios de uso generalizado, con objeto de obtener las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad;
Contraloría: La Contraloría General del Distrito Federal;
Contraloría Interna: La Contraloría Interna en la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal;
Contrato Abierto: Modalidad de contratación que permite a las entidades de la Admiración Pública del
Gobierno del Distrito Federal, la oportunidad de obtener bienes a bajo precio y con celeridad en el procedimiento de adquisición;
Contrato Administrativo: Es el acuerdo de dos o más voluntades que se expresan de manera formal y que
tienen por objeto transmitir la propiedad el uso o goce temporal de bienes muebles o la prestación de servicios, a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal, por parte de los proveedores, creando derechos y obligaciones para ambas partes y que se derive de alguno de los procedimientos de contratación que regula la Ley;
Contrato Marco: Acuerdo del fabricante con la Administración Pública del Distrito Federal para venderle a
ésta, a cierto precio y bajo ciertas circunstancias, bienes a precios preferenciales sin que dicho contrato sea necesariamente celebrado por el Sector Central de la Administración Pública del Distrito Federal;
Contrato Multianual: Un contrato cuya vigencia comprenda más de un ejercicio presupuestal;
Contrato de Prestación de Servicios a Largo Plazo: Es el contrato multianual, sujeto al cumplimiento de un
servicio, celebrado entre una Dependencia, un Órgano Desconcentrado, una Delegación o una Entidad, y por la otra un proveedor, mediante el cual se establece la obligación por parte del proveedor de prestar uno o más servicios a largo plazo, ya sea con los activos que construya, sobre inmuebles propios, de un tercero o de la
Administración Pública, de conformidad con un proyecto de prestación de servicios a largo plazo; y por parte de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad, la obligación de pago por los servicios que le sean proporcionados;
Dependencias: La Jefatura de Gobierno, las Secretarías, la Oficialía Mayor, la Contraloría General, la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales;
Dictamen: Opinión, juicio o determinación de los miembros del Subcomité de los asuntos o casos que se
sometan a su consideración;
Delegaciones: Los Órganos Político Administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se
divide el Distrito Federal;
DGRMSG: La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del
Distrito Federal;
Entidades: Los Organismos Descentralizados, las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria y los
Fideicomisos Públicos del Distrito Federal;
Estudio de Precios de Mercado: El estudio comparativo de precios reales de bienes o servicios que oferten los
fabricantes, prestadores de servicios y comerciantes;
Formatos: Tamaño y forma de un documento de uso generalizado, cuyo llenado se describe en un instructivo; Gabinete: El Gabinete de Gestión Pública Eficaz integrado por los titulares de la Secretaría de Finanzas,
Oficialía Mayor y Contraloría General Del Distrito Federal;
GDF: El Gobierno del Distrito Federal;
Invitación Restringida: Acto administrativo a través del cual la convocante adjudica por medio de un concurso
simplificado donde participen personas físicas o morales de un grupo de cuando menos tres posturas, a aquella que presente la mejor propuesta técnica, económica y financiera.
Jefatura: La Jefatura de Gobierno del Distrito Federal;
Justificación: Razón, motivos, argumentos y fundamentación con la que se sustenten los casos o asuntos a
dictaminar en el Subcomité
Ley: La Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;
Ley de Presupuesto: La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;
Licitación Pública: Procedimiento administrativo por virtud del cual se convoca públicamente a personas físicas
o morales para participar, adjudicándose al que ofrezca las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la Administración Pública del Distrito Federal, un contrato relativo a adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios relacionados con bienes muebles;
Licitante: Persona física o moral que participa con una propuesta cierta en cualquier procedimiento de
Licitación Pública en el marco de la Ley de Adquisiciones para El Distrito Federal;
Oficialía: La Oficialía Mayor del Distrito Federal;
Orden del Día: Lista de Asuntos que han de ser tratados en una sesión indicando el orden que han de seguir para
su atención y desahogo;
Órganos Desconcentrados: Los Órganos Administrativos diferentes de los Órganos Político Administrativos de
las Demarcaciones Territoriales, constituidos mediante decreto por el Jefe de Gobierno, jerárquicamente subordinados a él, o a la Dependencia que éste determine;
Proveedor: La Persona Física o Moral que celebre contratos con carácter de vendedor de bienes muebles,
arrendador o prestador de servicios con las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades;
Proveedor Nacional: Persona física o moral constituida conforme a las leyes mexicanas, residente en el país o
en el extranjero pero que tiene un establecimiento permanente en el país y que proporciona bienes o servicios a la Administración Pública del Distrito Federal;
Proveedor Extranjero: La persona física, o moral constituida conforme a leyes extranjeras que proporciona
bienes o servicios a la Administración Pública del Distrito Federal;
Reglamento: El Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;
Servicio: La actividad organizada que se presta y realiza con el fin de satisfacer determinadas necesidades; Sesión: Reunión que realiza el peno del Subcomité, para tratar asuntos agendados en el Orden del Día.
Subcomité: El Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro de Atención a
Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México;
Subcomités Técnicos: Los subcomités de especialidades técnicas aprobados por el Comité y el Comité
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
Aprobado en la Primer Sesión Ordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México C5 (antes Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México), Celebrada el Día 22 de enero de 2016.
PRESIDENTE
__________________________________ LIC. IDRIS RODRÍGUEZ ZAPATA
COORDINADOR GENERAL
SECRETARIO EJECUTIVO
_______________________________________ LAURA ELIZABETH GONZÁLEZ STANFORD
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
SECRETARIO TÉCNICO
__________________________________ LIC. JULIO RANGEL VILLALOBOS
DIRECTOR DE RECURSOS FINANCIEROS, MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES
VOCAL
_______________________________________
ENCARGADO: ABRAHAM GABRIEL
MERCADO VILLANUEVA
DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES
VOCAL
__________________________________ ACT. ARTURO AGUIRRE
SAMPERIO
DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍAS
VOCAL
_______________________________________ LIC. ELIAS VARELA CASAS
DIRECTOR GENERAL DE ANÁLISIS ESTRATÉGICO
VOCAL
__________________________________ JESUS ALONSO MORALES
VOCAL
_____________________________________ EDUARDO VALDEZ GARCÍA
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES
CONTRALOR CIUDADANO
___________________________ ING. MANUEL CARLOS MARTÍNEZ
MISELEM
VOCAL
_____________________________ JUAN ALBERTO PALACIO PEÑA
SUBDIRECTOR DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO
VOCAL
___________________________ DIANA TORRES GARCÍA
JEFA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE CONTROL DE ALMACENES Y
ACTIVOS
ASESOR
____________________________________________ LIC. MARIA DE LA LUZ URRUSQUIETA NAVARRO
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DE OFICIALÍA MAYOR
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ASESORA
_______________________________ LIC. NORMA SOLANO RODRÍGUEZ
DIRECTORA JURÍDICA
ASESOR
_________________________________ MTRO. JAIME RUEDA DAZA
CONTRALOR INTERNO EN LA JEFATURA DE GOBIERNO
TRANSITORIO
Único. Publíquese el presente aviso del Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México en Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 22 de Septiembre del 2016.
(Firma)
___________________________ Lic. Idris Rodríguez Zapata