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RODRIGUEZ FELICIANO, Mª CELIA 4, CORTES INFANTE, FRANCISCO JAVIER 4,8944

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43612408 RODRIGUEZ FELICIANO, Mª CELIA 4,8986 13090986 CORTES INFANTE, FRANCISCO JAVIER 4,8944 42167786 HERNANDEZ HERNANDEZ, JESUS Mª 4,8620 10892040 GOMEZ IGLESIAS, SILVIA 4,8560 78718814 ALVAREZ HERNÁNDEZ, CAROLINA 4,8540 42035904 CONCEPCION PEREZ, Mª DOLORES 4,8538 43602286 MARRERO PEREZ, Mª CANDELARIA 4,8380 54043157 RAMIREZ MARTIN, Mª ELOISA 4,8370 42096225 MEDEROS GUANCHE, Mª CARMEN 4,8270 42158356 MARANTE MARTIN, CONCEPCION 4,8126 78720946 HERNANDEZ GONZALEZ, DAVINIA 4,7860 45452659 GARCIA HERNANDEZ, VERONICA 4,7620 78704051 MONTIEL RIVERO, XIOMARA 4,7426 78702369 DIAZ PEREZ, VANESSA 4,7100 43376470 ILLADA LEON, Mª SONIA 4,7060 43811937 CRUZ GIL, Mª LETICIA 4,7010 78710191 GINORIA DELGADO, ROBERTO 4,6795 43795871 FUMERO ROJAS, ALICIA 4,6664 43822396 TRUJILLO VERA, VICTORIA E. 4,6600 76267428 HERNANDEZ PARADA, GEORGEA MARGARETH 4,6560 43808630 DARIAS MONTESINOS, CARMEN ZENAIDA 4,6136 43795842 CRUZ HERRERA, Mª JOSE 4,5840 45449753 CUECA CEJAS, Mª CANDELARIA 4,5765 78631256 LEMOS MACHADO, VANESSA 4,5670 43793065 GARCIA RODRIGUEZ, MERCEDES DE ABONA 4,5292 32841589 OTERO SANCHEZ, Mª ANGELES 4,5240 78555885 SUAREZ ORTIGOSA, MONICA 4,5230 45527779 HERNANDEZ GONZALEZ, ROSA ISABEL 4,5180 43363623 FAJARDO DORTA, Mª ASCENSION 4,5160 78694880 LAGAREJOS RODRIGUEZ, NATALIA LOURDES 4,4810 45730547 MESA LOPEZ, CARMEN DELIA 4,4780 43366668 RUIZ GONZALEZ, Mª MONTSERRAT 4,4770 43828164 CHINEA CHINEA, ADELA Mª 4,4490 42165201 BRITO RODRIGUEZ, RUBEN 4,4330 43622022 FEBLES GARCIA, TOMAS PAULINO 4,4318 78641153 RODRIGUEZ RODRIGUEZ, ITAHISA 4,3620 78566099 BAEZ DENIZ, CANDELARIA ESTHER 4,3420 78720243 RODRIGUEZ GIL, ANA EDUVINA 4,3360 45442012 MARRERO FELIPE, Mª NIEVES 4,3100 78852835 MEDINA FERRERA, YANIRA 4,2990 78642792 HERNANDEZ ALONSO, JOANA 4,2810 78569361 GARCIA MARTINEZ, Mª DEL CRISTO 4,2730 78697448 BRITO CRUZ, PAMELA RAQUEL 4,1814 54051990 RODRIGUEZ ARVELO, NOEMI 4,1430 78611703 PEREZ PEREZ, ANA BELEN 4,1140 78633399 MENDEZ GONZALEZ, VERONICA RAQUEL 4,1140 78708060 RODRIGUEZ PADRON, CAROLINA 4,0980 43612281 DARIAS HERRERA, CLARA GUADALUPE 4,0960 78638473 VELAZQUEZ HERNANDEZ, NEREA 4,0730 78707684 RODRIGUEZ GIL, DONNA Mª 4,0720 32846443 PEREZ LLORENTE, Mª PILAR 4,0390

54057279 GALAN LUGO, DAILA 4,0350

78699966 GONZALEZ COSTA, SARAY 4,0167 31207596 RUIZ CALLE, Mª OLIVA 4,0035 78624460 PEREZ RODRIGUEZ, JESUS ENRIQUE 3,9720 42187095 CASTRO PEREZ, BEATRIZ 3,9590 42092279 BAEZ VIDARTE, CARMEN DOLORES 3,9190 42937774 GALVAN CRUZ, OTILIA COVADONGA 3,8790 42922922 HERNANDEZ SANTOS, Mª ROSA 3,8510 78621858 LORENZO RODRIGUEZ, JESSICA 3,6622 78723375 CASTILLA MOLINA, JENIFER 3,6620 43607370 GOMEZ DE LA PAZ, CARMEN 3,6570

Esta lista de reserva se regirá por las “Reglas de gestión de las listas de reserva para la contratación del personal laboral interino y/o temporal” aproba-das por acuerdo del Consejo Rector del Organismo Autónomo en sesión ordinaria celebrada con fecha 23 de marzo de 2007.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 28 del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, y de los arts. 107.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se podrá in-terponer recurso de alzada, contra este Decreto final de la Presidencia, en el plazo de 1 mes, ante el Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife”.

La Presidenta, Cristina Valido García.

Área de Medio Ambiente

Servicio Administrativo de Medio Ambiente Unidad de Autorizaciones y

Disciplina Medioambiental A N U N C I O

986 318

Resolución de 4 de enero de 2010 del Sr. Consejero Insular del Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de 2010 para la realización de las prue-bas de aptitud para la obtención por primera vez de la licencia de caza en la isla de Tenerife.

Convocatoria 2010 de pruebas de aptitud para obte-ner por primera vez la licencia de caza.

La Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, que regula en su capítulo V los requisitos necesarios para la práctica del ejercicio de la caza, establece de forma obligatoria el examen para el cazador que soli-cite por primera vez la licencia de caza.

El Decreto 42/2003, de 7 de abril, por el que se aprue-ba el Reglamento de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, regula en los artículos 15 al 17 las pruebas de aptitud del cazador que han de ser supera-das por toda persona que desee practicar la caza en Ca-narias por primera vez.

Por Orden de 13 de octubre de 2004 de la Conseje-ría de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias se establece el contenido y mo-do de realización de dichas las pruebas. Su Disposi-ción Adicional Segunda prescribe que serán convoca-das y realizaconvoca-das por cada Cabildo como mínimo, en el primer semestre de cada año, antes del inicio del perí-odo hábil de caza, pudiendo delegar en las sociedades de cazadores colaboradoras la realización de las mis-mas; siendo obligatoria su realización a partir del 1 de enero de 2005.

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Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que me confiere el art. 7.1 del Reglamento Orgánico del Ca-bildo de Tenerife, resuelvo: aprobar la convocatoria 2010 de las pruebas de aptitud para obtener por pri-mera vez la pripri-mera licencia administrativa de caza y las bases de la misma que figuran como Anexo a la pre-sente Resolución, debiendo anunciarse en el Boletín Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la Pro-vincia y en dos diarios de gran difusión.

La Laguna, a 11 de enero de 2010.

Wladimiro Rodríguez Brito, Consejero Insular de Área.

Bases de la convocatoria 2010 de pruebas de aptitud para obtener por primera vez la licencia de caza.

1. Datos básicos.

Plazo de presentación de solicitudes.

Para la primera convocatoria, finaliza el 19 de fe-brero de 2010.

Para la segunda convocatoria, finaliza el 21 de abril de 2010.

Para la tercera convocatoria, finaliza el 23 de junio de 2010.

Derechos de examen: 10,30 euros. Fecha de las pruebas.

Primera convocatoria: 15 de marzo de 2010 a partir de la 9:00 horas.

Segunda convocatoria: 10 de mayo de 2010 a partir de las 9:00 horas.

Tercera convocatoria: 5 de julio de 2010 a partir de la 9:00 horas.

2. Requisitos exigidos para ser admitido en las pruebas. Deberán participar en los exámenes las personas ma-yores de catorce años que no tengan acreditada la ap-titud y conocimiento necesario para la obtención, por primera vez, de la preceptiva licencia de caza, y que deseen ejercitar la actividad cinegética.

3. Solicitudes, derechos de examen, plazo y lugar de presentación.

1.- Presentación de instancias: quienes deseen tomar parte en las pruebas de aptitud deberán presentar la so-licitud, que se ajustará al modelo oficial que se adjun-ta como Apéndice II.

La presentación de la citada solicitud habilita al as-pirante a presentarse a las tres convocatorias previstas,

no obstante se abrirán tantos plazos de inscripción co-mo convocatorias a realizar, con el fin de facilitar el acceso a dichas pruebas.

La presentación de la solicitud ha de realizarse en el Registro General de esta Corporación, en el Registro Auxiliar de Medio Ambiente o en los Registros Auxi-liares de las Oficinas de Información de Buenavista del Norte, Icod de los Vinos, La Orotava, Tacoronte, Güí-mar, Los Cristianos y Guía de Isora, o bien en la for-ma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común. En este último caso, el solicitante deberá adelantar su solicitud y documentos acompa-ñantes por fax al nº 922239194.

2- Derechos de examen: los derechos de examen se-rán de diez euros con treinta céntimos (10,30), cuyo importe se hará efectivo:

* Para la primera convocatoria mediante transferen-cia bancaria o ingreso directo en la cuenta bancaria ti-tularidad el Cabildo de Santa Cruz de Tenerife nº 2065 0000 02 1114002455, haciendo constar como concep-to de ingreso el de “Tasa Examen del cazador”, así co-mo el nombre del propio aspirante, todo ello confor-me a la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas del Cabildo de Tenerife para el ejercicio 2009.

* Para la segunda y tercera convocatoria, el ingreso de la referida tasa se realizará en Caja Canarias previa obtención de la correspondiente Carta de pago y a tra-vés de los medios previstos en la misma. La citada Car-ta de pago se podrá obtener en la oficinas de Medio Ambiente, sitas en la calle Las Macetas s/n, Los Ma-juelos, Pabellón Santiago Martín, La Laguna o en cual-quier oficina del Centro de Servicios al Ciudadano (CSC) del Cabildo.

También podrán hacerse efectivos los derechos de examen mediante giro postal o telegráfico, de confor-midad con el artículo 38.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El giro postal o telegráfico deberá ir dirigido a la siguiente dirección: “Cabildo de Tenerife. Pruebas aptitud para la obtención por primera vez de la licen-cia de caza en la Isla de Tenerife”.

Dicha tasa habilita al aspirante a presentarse a las tres convocatorias previstas.

No se realizarán, en ningún caso devoluciones de los importes abonados por este concepto.

La documentación acreditativa de haber abonado los derechos de examen se aportará junto con la instancia. En ningún caso la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del trámite de pre-sentación en tiempo y forma de la solicitud.

(3)

3.- Documentación a adjuntar con la Instancia: las instancias solicitando tomar parte en las pruebas de ap-titud deberán venir acompañadas de una fotocopia com-pulsada del Documento Nacional de Identidad o Pa-saporte y la Documentación acreditativa de haber abonado los derechos de examen.

4.- Plazo de inscripción:

El plazo inscripción para la primera convocatoria fi-nalizará el 19 de febrero de 2010.

El plazo inscripción para la segunda convocatoria fi-nalizará el 21 de abril de 2010.

El plazo inscripción para la tercera convocatoria fi-nalizará el 23 de junio de 2010.

4. Admisión de aspirantes.

Para ser admitido, será necesario que los aspirantes manifiesten que reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria y presenten la documentación re-querida, conforme establece la base tercera. La rela-ción de aspirantes admitidos a cada una de las convo-catorias será oportunamente publicada en el tablón de anuncios de la Corporación.

5. Sistema selectivo y desarrollo de las pruebas. La aptitud se acreditará mediante la superación de una prueba que constará de dos partes, una teórica y otra práctica, y que versará sobre los contenidos ex-puestos en el programa oficial que se incluye como apéndice II, que ha sido publicado como anexo de la Orden de 13 de octubre de 2004 (B.O.C. núm. 206, de 25.10.2004).

Parte teórica:

1. La parte teórica de la prueba de aptitud consistirá en contestar un cuestionario tipo test de veinte pre-guntas, con tres respuestas alternativas posibles, de las que sólo una será la correcta, exigiéndose para su su-peración el acierto de, al menos, quince de ellas.

2. Se formularán dos preguntas por cada uno de los temas que integran el programa oficial de la prueba de aptitud.

3. La duración de la parte teórica de la prueba de ap-titud será de, como máximo, una hora.

Parte práctica:

1. La parte práctica de la prueba de aptitud consisti-rá en identificar, mediante la exhibición de fotos, dia-positivas o naturalizaciones, diez especies cinegéticas u otras que pudieran ser confundidas con éstas, exi-giéndose para su superación la identificación correcta de, al menos, ocho de ellas.

2. La duración de la parte práctica de la prueba de aptitud será de, como máximo, media hora.

Las calificaciones resultantes se harán públicas a tra-vés del Tablón de Anuncios de la Corporación.

6. Baremos de valoración.

1. La puntuación mínima exigida para superar la Prue-ba Teórica será de 5 puntos sobre un máximo de 10 puntos. La calificación de la Prueba Práctica será de “apto” o “no apto”, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 5 de la presente Orden.

2. Sólo se considerará que han superado las pruebas de aptitud quienes hayan obtenido conjuntamente en la misma convocatoria, la puntuación mínima exigida para la Prueba Teórica y la calificación de “apto” para la Prueba Práctica.

7. Composición del órgano de selección.

El órgano de calificación vendrá integrado por un Tribunal, que se compondrá de un Presidente, tres Vo-cales y un Secretario, actuando todos ellos con voz y voto, sin perjuicio de la incorporación de asesores es-pecialistas, previa invitación del Tribunal, con voz pe-ro sin voto. En caso de empate, el voto del Presidente será dirimente.

El Presidente y el Secretario serán designados por el Cabildo de Tenerife; uno de los Vocales será designa-do por la Consejería del Gobierno de Canarias com-petente en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza; otro Vocal por la Federación Canaria de Caza o Federación Insular en quien delegue, y otro Vocal por la asociación colaboradora de cazadores con mayor representatividad a nivel insular.

8. Abstención y recusaciones.

Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieren las circunstancias previstas en los artícu-los 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, respectivamente.

9. Fechas y lugar de celebración de las pruebas. Las tres convocatorias de las pruebas tendrán lugar en las dependencias del Área de Medio Ambiente, si-tas en la calle Las Macesi-tas, s/n, Pabellón Insular San-tiago Martín, Los Majuelos, La Laguna.

1. Primera convocatoria: 15 de marzo de 2010 a par-tir de la 9:00 horas.

2. Segunda convocatoria: 10 de mayo de 2010 a par-tir de las 9:00 horas.

3. Tercera convocatoria: 5 de julio de 2010 a partir de la 9:00 horas.

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Atendiendo al número de aspirantes que se presen-ten a cada convocatoria, cabe la posibilidad de efec-tuar las pruebas en dos turnos diferentes, lo cual será oportunamente comunicado en el tablón de anuncios de la Corporación.

Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las prue-bas provistos del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

10. Certificado de aptitud.

1. Por el Secretario del órgano de calificación se le-vantará la correspondiente Acta, que firmarán los miem-bros del mismo, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificacio-nes otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribu-nal deban reflejarse en el Acta, debiendo elevarla para su registro, en todo caso, al Cabildo Insular, junto a la propuesta de los aspirantes que han superado la prue-ba de aptitud, a los efectos de la expedición del certi-ficado de aptitud.

2. El certificado de aptitud que expida el Cabildo In-sular tendrá carácter individual y hará constar expre-samente el carácter de “apto” para la obtención de la licencia de caza.

3. Este certificado tendrá validez y eficacia en el ám-bito de toda la Comunidad Autónoma de Canarias.

11. El “Manual del cazador”.

Desarrollará y precisará el temario contenido en el apéndice II, contendrá un amplio cuestionario con sus respectivas soluciones. Podrá accederse a dicho Ma-nual a través del sitio web que posee en Internet el Go-bierno de Canarias (www.goGo-biernodecanarias.org/cma- (www.gobiernodecanarias.org/cma-yot/medioambiente/caza/index.jsp).

12. Impugnación.

La convocatoria y sus bases, y cuantos actos admi-nistrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Apéndice I.

Programa oficial de la prueba de aptitud para el ejer-cicio de la caza en Canarias.

Tema 1.- Caza y conservación:

El papel de la caza en la conservación de la biodi-versidad. La legislación cinegética. Concepto y clases de espacios naturales protegidos. Zonificación. La Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos. La red Na-tura 2000. Principales factores de amenaza para los há-bitats.

Tema 2.- Las especies amenazadas.

El Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias. Clasificación de las especies amenazadas. Identifica-ción y conocimientos generales sobre las aves estepa-rias, las aves rapaces, las aves marinas y las aves fo-restales endémicas.

Tema 3.- Las especies cinegéticas.

Las especies de caza: identificación, distribución, há-bitat, biología, estado de las poblaciones e impacto so-bre el medio. Las modalidades de caza. Aspectos sa-nitarios. Principales factores de amenaza.

Tema 4.- La ordenación y la administración de la ca-za.

La Ley y el Reglamento de Caza de Canarias. Com-petencias administrativas de los Cabildos Insulares en materia de caza. El Consejo de Caza de Canarias y los Consejos Insulares de Caza: naturaleza, funciones, com-posición y funcionamiento. Las sociedades colabora-doras.

Tema 5.- Los requisitos administrativos del cazador. El ejercicio del derecho de caza. La prueba de aptitud. La licencia de caza y sus clases. Permisos y licencias de armas. El seguro de responsabilidad civil. Permisos y autorizaciones para cazar en terrenos cinegéticos.

Tema 6.- La ordenación cinegética del territorio. Terrenos de aprovechamiento cinegético común. Terrenos de aprovechamiento cinegético especial. Señalización cinegética y de espacios naturales pro-tegidos. Especial consideración de las zonas de se-guridad.

Tema 7.- La gestión de la caza.

Los Planes Insulares de Caza. Los planes técnicos de caza. Manejo del hábitat y repoblaciones. Control de depredadores. Concursos de caza. Vedados de caza. Zonas de emergencia cinegética temporal. Zonas de adiestramiento y entrenamiento.

Tema 8.- Limitaciones, prohibiciones, delitos e in-fracciones en materia cinegética.

Limitaciones y prohibiciones en beneficio de la ca-za. La Orden Canaria de Caza, Armas y artes permi-tidos y prohibidos. Delitos, faltas e infracciones ad-ministrativas. Comisos de armas, artes y caza. El Registro Canario de Infractores de Caza y los Re-gistros Insulares. La policía de caza: la Guardia

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Ci-vil, los Agentes de Medio Ambiente y los Guardas de Caza.

Tema 9.- Los animales auxiliares para la caza. Requisitos para el uso de animales auxiliares. Obli-gaciones derivadas de la normativa de protección de los animales. Las razas de perros de caza de Cana-rias. El hurón. Otros animales auxiliares.

Tema 10.- El comportamiento y la ética del caza-dor.

Normas de seguridad en las cacerías. Comporta-miento ante un accidente de caza. Propiedad de las especies de caza. El respeto a los demás, al entorno y a la vida silvestre. La caza en la propiedad priva-da. La protección de los cultivos y el ganado. La con-ducción todo-terreno. La prevención de incendios.

Referencias

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