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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PRESUPUESTO

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VºBº Oficina General de

Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PRESUPUESTO

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VºBº Oficina General de

Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

I. OBJETIVO

Establecer los lineamientos en concordancia con las normas emitidas por el Estado referidas al Presupuesto Institucional de ZED PAITA.

II. ALCANCE

Este procedimiento alcanza al Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o la que haga sus veces y la Gerencia General de ZED PAITA y todas las Unidades Orgánicas que intervengan en el Sistema.

Los funcionarios y servidores de las Unidades Orgánicas que participan en la ejecución de los diferentes procesos y procedimientos de Presupuesto, son responsables de la aplicación y cumplimiento de las disposiciones legales, administrativas, técnicas y de control, que los regulan.

III. FINALIDAD

Establecer los procedimientos para la programación y formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto institucional de ZED PAITA.

IV. APROBACION

Será aprobada por la Gerencia General de ZED PAITA.

V. BASE LEGAL

• Ley N° 28569, Ley que otorga autonomía a los CETICOS.

• Ley N° 29014, Ley de Adscripción de los CETICOS a sus respectivas Regiones. • Decreto Supremo N° 019-2009-PCM, Reglamento de la Ley N° 29014.

• Decreto Legislativo N° 864, que crea el Centro de exportación, Transformación, Industria, Comercialización y servicios de Paita – CETICOS PAITA.

• Decreto Supremo N° 112-97-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley emitidas en relación a los CETICOS.

• Ordenanza Regional N° 268-2013/GRP-CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de CETICOS PAITA.

• Cuadro de Asignación de Personal, aprobado mediante Resolución de Gerencia General N° 019-2014-CETICOS PAITA.

• Resolución de Gerencia General N° 007-2015-CETICOS PAITA que aprueba el Manual de Organización de Funciones.

• Decreto Supremo N° 023-96-ITINCI, Aprueba el Reglamento de los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización-CETICOS.

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Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

• Decreto Supremo N° 005-97-ITINCI, Modifica diversos artículos del Reglamento de los CETICOS.

• Ley N° 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”

• Ley N° 28112 “Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público” • Ley N° 30281 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. • Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las

Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso.

• Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de tratamiento empresarial para el año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso.

• Directiva para la Ejecución del presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso

• Directiva para la Evaluación del presupuesto Institucional (semestral y anual) de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal y sus modificatorias de ser el caso.

• Ley N° 30446, ley que establece el marco legal complementario para las ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO, LA ZONA FRANCA y LA ZONA COMERCIAL DE TACNA.

VI. PROCEDIMIENTOS

6.1. Programación y Formulación del Presupuesto

a) Publicación de la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal.

b) Las unidades orgánicas de la entidad remiten al Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o la que haga sus veces la información referente a sus necesidades y los proyectos a implementar para el Año Fiscal.

c) En función a la información recibida y a la disponibilidad de ingresos y la demanda de egresos, el Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o la que haga sus veces elabora la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos, en función a los

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lineamientos de la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal.

d) La Gerencia General en reunión con los Jefes de las unidades orgánicas revisan la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos esté en concordancia con los Objetivos Estratégicos de la entidad.

e) El Presupuesto de Ingresos y Egresos Institucional para el Año Fiscal debidamente visado y/o firmado son remitidas a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas dentro del plazo establecido.

f) En reunión de Formulación Presupuestaria programada en el dispositivo legal, entre la Entidad y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se hace la sustentación correspondiente, al término de la cual, se puede ajustar y/o modificar el Proyecto de Presupuesto.

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MEF

Unidades orgánicas

Página 1 6.1. Programación y Formulación del Presupuesto

Inicio

Publicación de la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal.

Las unidades orgánicas de la entidad remiten al Área de Presupuesto de la Oficina General de

Administración o la que haga sus veces la información referente a sus necesidades y los

proyectos a implementar para el Año Fiscal.

Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración

o la que haga sus veces

En función a la información recibida y a la disponibilidad de ingresos y la demanda de egresos, elabora la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos, en función a

los lineamientos de la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial

para el Año Fiscal

La Gerencia General en reunión con los Jefes de las unidades orgánicas

Revisan la propuesta del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos esté en concordancia con los Objetivos Estratégicos de

la entidad

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Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

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Página 1 6.1. Programación y Formulación del Presupuesto

El Presupuesto de Ingresos y Egresos Institucional para el Año Fiscal debidamente visado y/o firmado son remitidas a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas dentro del plazo

establecido

Reunión entre la Entidad y la Dirección General del Presupuesto Público

del Ministerio de Economía y Finanzas

En reunión de Formulación Presupuestaria programada en el dispositivo legal, entre la Entidad y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se hace la sustentación correspondiente, al

término de la cual, se puede ajustar y/o modificar el Proyecto de Presupuesto.

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6.2. Aprobación del Presupuesto

a) La Secretaria de Gerencia General recepciona el Oficio emitido por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en donde se remite el reporte oficial denominado “Aprobación Institucional de Apertura para el Año Fiscal” (PIA)

b) La Secretaria de Gerencia General remite el Oficio recepcionado hacia al Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o a la que haga sus veces.

c) El área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o a la que haga sus veces emite la información en los formatos y anexos establecidos en la “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial”.

d) Los formatos y anexos emitidos son visados y/o firmados por el Contador y el encargado del área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces.

e) El encargado del área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces remite los formatos y anexos emitidos debidamente visados y/o firmados a la Gerencia General para que sean visados y/o firmados.

f) La Gerencia General presenta el Presupuesto institucional de Apertura a la Junta de Administración

g) La Junta de Administración aprueba mediante acuerdo el Presupuesto institucional de Apertura.

h) La Oficina de Asesoría Legal proyecta el modelo de Resolución que se encuentra en la Directiva y lo remite a la Gerencia General para su aprobación.

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i) La Gerencia General firma la Resolución para la aprobación del Presupuesto institucional de Apertura (la aprobación del PIA debe efectuarse a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal).

j) El expediente con la aprobación del presupuesto es presentado, dentro del plazo establecido en la Directiva a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

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Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

Página 1 6.2. Aprobación del Presupuesto

Inicio

Recepciona el Oficio emitido por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en donde se remite el reporte oficial denominado “Aprobación Institucional de Apertura para el Año Fiscal”

(PIA)

Remite el Oficio recepcionado hacia al Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o a la que haga sus veces.

Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración

o la que haga sus veces

Los formatos y anexos emitidos son visados y/o firmados por el Contador y el encargado del área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el

que haga sus veces

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Secretaria de la Gerencia General

Emite la información en los formatos y anexos establecidos en la “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las

Entidades de Tratamiento Empresarial”.

Contador Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración

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VºBº Oficina General de

Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

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Página 1 6.2. Aprobación del Presupuesto

El encargado del área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces remite los formatos y anexos emitidos

debidamente visados y/o firmados a la Gerencia General para que sean visados y/o

firmados

Presenta el Presupuesto institucional de Apertura a la Junta de Administración para su

aprobación mediante acuerdo

Gerencia General

Junta de Administración

Aprueba mediante acuerdo el Presupuesto institucional de Apertura

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Asesoría Legal

Proyecta el modelo de Resolución que se encuentra en la Directiva y lo remite a la Gerencia General para su aprobación

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VºBº Oficina General de

Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

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Página 1 6.2. Aprobación del Presupuesto

Firma la Resolución para la aprobación del Presupuesto institucional de Apertura (la aprobación del PIA debe efectuarse a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal).

Gerencia General

El expediente con la aprobación del presupuesto es presentado, dentro del plazo

establecido en la Directiva a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General

del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República Contraloría General

de la República Presupuesto Público del Dirección General del Ministerio de Economía y Finanzas

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6.3. Ejecución del Presupuesto

a) A solicitud de la Oficina General de Administración emite documentos otorgando coberturas presupuestales (certificación de crédito presupuestario) antes de que se comprometa gastos con cargo al Presupuesto Institucional.

b) En base al comportamiento de la ejecución presupuestal, modifica y/o propone, según sea el caso, las cuales deberán ser aprobadas por el titular del pliego mediante resolución, en concordancia con lo establecido en la Directiva de Ejecución Presupuestal.

c) Trimestralmente el área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o a la que haga sus veces elabora los informes de Ejecución Presupuestal, previa validación de la misma por parte del Contador, del Area de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces y Gerente General.

d) Dichos Informes son remitidos por la Gerencia General a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía Y Finanzas, al Congreso de la República y Contraloría General de la República, según corresponda, en los formatos y plazos establecidos por la Directiva de Ejecución Presupuestaria.

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Página 1 6.3. Ejecución del Presupuesto

Inicio

A solicitud de la Oficina General de Administración emite documentos otorgando

coberturas presupuestales (certificación de crédito presupuestario) antes de que se comprometa gastos con cargo al Presupuesto

Institucional

En base al comportamiento de la ejecución presupuestal, modifica y/o propone, según sea el caso, las cuales deberán ser aprobadas por el titular del pliego mediante resolución, en concordancia con lo establecido en la Directiva

de Ejecución Presupuestal

Trimestralmente s elabora los informes de Ejecución Presupuestal, previa validación de la

misma por parte del Contador, del Jefe de la Oficina General de Administración y Gerente

General

Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración

o la que haga sus veces

Jefatura de la Oficina

General de Administración Gerencia General

Dichos Informes son remitidos por la Gerencia General a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía Y Finanzas, al Congreso de la República y Contraloría General de la República, según corresponda, en

los formatos y plazos establecidos por la Directiva de Ejecución Presupuestaria

Congreso de la República Contraloría General

de la República Presupuesto Público del Dirección General del Ministerio de Economía y Finanzas

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6.4. Evaluación Semestral y Anual del Presupuesto

a) El área de Presupuesto de la Oficina General de Administración o el que haga sus veces elabora y firma el Informe de Evaluación del Presupuesto Institucional semestral o Anual, según corresponda, después lo presenta para la firma del Gerente General.

b) La Gerencia General revisa y firma el Informe de Evaluación del Presupuesto Institucional semestral o Anual, según corresponda y lo remite a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, Congreso de la República y Contraloría General de la República (en los plazos establecidos en la Directiva para la Evaluación del presupuesto Institucional de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal).

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VºBº Oficina General de

Administración VºBº Asesoría Legal VºBº Gerente General

Página 1 6.4. Evaluación semestral y anual del Presupuesto

Inicio

Elabora y firma el Informe de Evaluación del Presupuesto Institucional semestral o Anual, según corresponda, después lo presenta para la

firma del Gerente General

Área de Presupuesto de la Oficina General de Administración

o la que haga sus veces

Gerencia General

Revisa y firma el Informe de Evaluación del Presupuesto Institucional semestral o Anual, según corresponda y lo remite a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio

de Economía y Finanzas, Congreso de la República y Contraloría General de la República (en los plazos establecidos en la Directiva para la Evaluación del presupuesto Institucional de las Entidades de Tratamiento Empresarial para

el Año Fiscal).

Congreso de la República Contraloría General

de la República Presupuesto Público del Dirección General del Ministerio de Economía y Finanzas

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VII. VIGENCIA

El presente manual de procedimientos entrará en vigencia el día siguiente de su comunicación o publicación.

Referencias

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