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Programa de Desarrollo Rural de Catalunya

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Academic year: 2021

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Programa de

Desarrollo Rural

de Catalunya

2014-2020

Evaluación Ambiental Estratégica

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Dirección

Xavier Mayor Farguell, Dr. en Biología Equipo técnico

Xavier Mayor Farguell, Dr. en Biología

Laia Caballero Jimenez, Licenciada en Ciencias Ambientales Júlia Barba Miralpeix, Licenciada en Ciencias Ambientales

Xavier Mayor Farguell Dr. en Biología

Representante del Departament d’Agricultura, Ramaderia, Pesca, Alimentació i Medi Natural

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SUMARIO

1. INTRODUCCIÓN Y MARCO TEÓRICO ... 1

2. EL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CATALUNYA 2014-2020 ... 1

2.1. Esbozo del contenido y objetivos principales del programa ... 1

2.2. Marco normativo en el que se desarrolla... 7

2.3. Relaciones con otros planes y programas ... 11

3. DESCRIPCIÓN DE LOS ASPECTOS AMBIENTALMENTE RELEVANTES ... 13

3.1. Diagnosis ambiental del ámbito del programa ... 13

3.1.1. Biodiversidad y patrimonio natural general ... 13

3.1.2. Ciclo del agua... 59

3.1.3. Aire y cambio climático ... 68

3.1.4. Materiales y calidad del suelo ... 83

3.2. Síntesis de los principales puntos fuertes y débiles del ámbito del Programa ... 100

3.3. Probable evolución del medio ambiente en caso de no aplicar el programa ... 103

4. OBJETIVOS AMBIENTALES ... 106

4.1. Objetivos de protección ambiental fijados en el ámbito internacional, comunitario europeo, estatal y catalán que tienen relación con el programa ... 106

4.1.1. Marco legal y de referencia general en el medio ambiente ... 106

4.1.2. Marco legal y de referencia en materia de biodiversidad ... 108

4.1.3. Marco legal y de referencia en materia de agua... 111

4.1.4. Marco legal y de referencia en materia de ambiente atmosférico... 113

4.1.5. Marco legal y de referencia en materia de cambio climático ... 115

4.1.6. Marco legal y de referencia en materia de suelos ... 116

4.1.7. Marco legal y de referencia en materia de paisaje ... 117

4.1.8. Otros ... 118

4.2. Objetivos y criterios ambientales adoptados para la elaboración del programa ... 118

4.3. Indicadores de contexto ... 119

5. DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS ... 123

5.1. Descripción de las alternativas consideradas ... 123

5.2. Análisis y evaluación ambiental de las alternativas consideradas ... 135

5.3. Justificación de la alternativa escogida ... 143

6. FUENTES CONSULTADAS ... 145

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1. INTRODUCCIÓN Y MARCO TEÓRICO

Quizá el aspecto más innovador en cuanto a la preservación del entorno es el de tratar la matriz territorial de manera correcta. Es innovador porque reivindica la capacidad de actuar en sentido positivo sobre el entorno más allá de los espacios protegidos. Esto significa incidir sobre nuestros planes y programas sobre el territorio previendo y procurando el mejor encaje ecológico y medioambiental, en beneficio tanto de la mejor calidad del entorno como, por consiguiente, en la calidad de vida. Conseguir desarrollar una combinatoria posible de estos dos aspectos tiene que contribuir de manera relevante a la mejora local y global del entorno de Catalunya.

La presente Evaluación Ambiental Estratégica pretende precisamente conseguir el encaje medioambiental del Programa de Desarrollo Rural de Catalunya 2010-2020 según se requiere en la Directiva 2001/42/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; y en su transposición a la Ley española 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

2. EL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CATALUNYA 2014-2020

2.1.

Esbozo del contenido y objetivos principales del programa

El contenido de un Programa de Desarrollo Rural se describe en el artículo 9, párrafo 1 del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). El contenido se estructura en los apartados siguientes:

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- Título del Programa de Desarrollo Rural

- Estado miembro y región administrativa (si procede)  Zona geográfica cubierta por el programa  Clasificación de la región

- La evaluación a priori

 Descripción del proceso, incluido el calendario de los principales eventos, informes intermedios, en relación a las etapas clave del desarrollo RDP.

 Estructurados por tablas que contiene las recomendaciones de la evaluación ex ante y la forma en que se han abordado.

 El informe completo de la evaluación ex ante (incluidos los requisitos de la evaluación ambiental estratégica) se presentará como un anexo de la RDP.

- DAFO y la identificación de las necesidades

 Análisis DAFO con las secciones correspondientes

 Evaluación de las necesidades, en base a la evidencia del análisis DAFO, para cada prioridad y focus área y los tres objetivos transversales (medio ambiente, mitigación y adaptación al cambio climático; innovación).

- Descripción de la estrategia

 Una justificación de las necesidades seleccionadas para ser abordados por el PDR, y la elección de los objetivos, prioridades y focus áreas basado en la evidencia del DAFO y la evaluación de las necesidades.

 La elección, la combinación y la justificación de las medidas de desarrollo rural para cada focus área.

 Una descripción de cómo se abordarán los temas transversales.

 Una tabla resumen de la lógica de intervención que muestre las prioridades y focus áreas de interés seleccionadas para el RDP, los objetivos cuantitativos, y la combinación de las medidas que se utilizarán para lograrlos.

 Una descripción de las acciones previstas para simplificar la aplicación del programa y una descripción de la capacidad de asesoría para garantizar el asesoramiento y apoyo a la ejecución del programa adecuado.

 Codificación de las medidas. - Evaluación de las condiciones ex ante - Descripción del marco de rendimiento

- Descripción de cada una de las medidas seleccionadas

 Descripción de las condiciones generales que se aplican a más de una medida incluida, cuando proceda, la definición de zona rural, líneas de base, la condicionalidad, la utilización prevista de los instrumentos financieros, el uso previsto de los anticipos, etc.

 Descripción de cada medida.

 Información específica sobre la medida.

- Plan de evaluación, que contiene las siguientes secciones:  Objetivos y finalidad

 Gobernanza y coordinación  Temas y actividades de evaluación  Los datos e información

 Cronología  Comunicación  Recursos

- Plan de financiación, que comprende las tablas estructuradas que establecen:  Contribución anual del FEADER

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 Para cada subprograma un desglose indicativo por medida de la contribución total de la Unión, por medidas

- Plan de indicadores.

- Financiación nacional adicional.

- Elementos necesarios para la evaluación de las ayudas estatales.

- Información sobre la complementariedad que contiene las siguientes secciones:  Evaluación de y medios para la complementariedad/coherencia

 En su caso, información sobre la complementariedad con otros instrumentos financieros de la Unión.

- Programa de las disposiciones de aplicación, que contiene las siguientes secciones:

 La designación por el Estado miembro de todas las autoridades mencionadas en el artículo 72 (2) y una breve descripción de la estructura de gestión y control del programa.

 La composición prevista del Comité de seguimiento.  Arreglos de publicidad para el programa.

 Descripción de los mecanismos para garantizar la coherencia de las medidas a las que se refieren los artículos 21 y 36 bajo las estrategias de desarrollo local.

 Descripción de las medidas para lograr una reducción de la carga administrativa para los beneficiarios en virtud del artículo 24 (1) de [RDC].

 Descripción de la utilización de la asistencia técnica que incluye actividades relacionadas con la preparación, gestión, seguimiento, evaluación, información y control del programa y su implementación.

- Acciones emprendidas para que los socios - Red rural nacional. Descripción de:

 El procedimiento y el calendario para el establecimiento de la red rural nacional;

 La estructura de la organización planificada de la red y de las organizaciones y administraciones que estarán involucradas;

 La estructura prevista y el procedimiento previsto para establecer la Unidad de Apoyo a la Red;

 Una breve descripción de las principales categorías de actividades que se realizarán por la RRN de acuerdo con los objetivos del programa;

 Los recursos disponibles para establecer y operar la RRN.

- Evaluación ex ante de verificabilidad, capacidad de control y riesgos de error de las medidas incluidas en el PDR. Cuando se conceda la ayuda sobre la base de los costos estándar o costes adicionales y las pérdidas de ingresos, la designación de un órgano funcionalmente independiente de las autoridades responsables de la aplicación del programa, responsable de llevar a cabo los cálculos o confirmar la idoneidad y exactitud de los cálculos.

- Disposiciones transitorias.

El Programa de Desarrollo Rural de Catalunya para el período 2014-2020 tiene como misión el fomento de un desarrollo rural sostenible contribuyendo a la estrategia 2020 como complemento de los demás instrumentos de la PAC, de la política de cohesión y la política pesquera común, y concretamente mediante el fomento del desarrollo de los territorios rurales y del desarrollo de un sector agrícola más equilibrado desde la óptica territorial y medioambiental, más respetuoso con el clima, más resistente a los cambios más competitivo y más innovador.

En este marco general, el Programa de Desarrollo Rural debe contribuir a lograr los siguientes objetivos:

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a) Fomentar la competitividad de la agricultura;

b) garantizar la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima; y c) lograr un desarrollo territorial equilibrado de las economías y comunidades rurales incluyendo la creación y conservación del empleo.

Estos objetivos se enmarcarán en las seis prioridades de desarrollo rural de la Unión:

1. Fomentar la transferencia de conocimientos e innovación en los sectores agrario y forestal y en las zonas rurales, haciendo especial hincapié en:

a) Fomentar la innovación, la cooperación y el desarrollo de la base de conocimientos en las zonas rurales;

b) reforzar los lazos entre la agricultura, la producción de alimentos y la selvicultura, por una parte, y la investigación y la innovación, por otra, para, entre otros fines, conseguir una mejor gestión y mejores resultados medioambientales; y

c) fomentar el aprendizaje permanente y la formación profesional en el sector agrario y el sector forestal.

2. Mejorar la viabilidad de las explotaciones agrarias y la competitividad de todos los tipos de agricultura en todas las regiones, y promover las tecnologías agrícolas innovadoras y la gestión forestal sostenible, haciendo especial hincapié en:

a) Mejorar los resultados económicos de todas las explotaciones y facilitar la restructuración y modernización de las mismas, en particular con objeto de incrementar su participación y orientación hacia el mercado, así como la diversificación agrícola; y

b) facilitar la entrada en el sector agrario de agricultores adecuadamente formados, y en particular el relevo generacional.

3. Fomentar la organización de la cadena alimentaria, incluyendo la transformación y comercialización de los productos agrarios, el bienestar animal y la gestión de riesgos en el sector agrario, haciendo especial hincapié en:

a) Mejorar la competitividad de los productores primarios integrándolos mejor en la cadena agroalimentaria a través de regímenes de calidad, añadir valor a los productos agrícolas, promoción en mercados locales y en circuitos de distribución cortos, agrupaciones y organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales; y

b) apoyar la prevención y la gestión de riesgos en las explotaciones.

4. Restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura, haciendo especial hincapié en:

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a) Restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad (incluido en las zonas Natura 2000 y en las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas), los sistemas agrarios de alto valor natural, así como el estado de los paisajes europeos;

b) mejorar la gestión del agua, incluyendo la gestión de los fertilizantes y de los plaguicidas; y

c) prevenir la erosión de los suelos y mejorar la gestión de los mismos.

5. Promover la eficiencia de los recursos y fomentar el paso a una economía baja en carbono y capaz de adaptarse al cambio climático en los sectores agrario, alimentario y forestal, haciendo especial hincapié en:

a) Lograr un uso más eficiente del agua en la agricultura;

b) lograr un uso más eficiente de la energía en la agricultura y en la transformación de alimentos;

c) facilitar el suministro y el uso de fuentes renovables de energía, subproductos, desechos y residuos y demás materia prima no alimentaria para impulsar el desarrollo de la bioeconomía;

d) reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de amoníaco de procedentes de la agricultura; y

e) fomentar la conservación y captura de carbono en los sectores agrícola y forestal; 6. Fomentar la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las

zonas rurales, haciendo especial hincapié en:

a) Facilitar la diversificación, la creación y el desarrollo de pequeñas empresas y la creación de empleo;

b) promover el desarrollo local en las zonas rurales; y

c) mejorar la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) así como el uso y la calidad de ellas en las zonas rurales.

El esquema para la elaboración del PDR de Catalunya 2014-2020 es el que se muestra en la figura a continuación:

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2.2.

Marco normativo en el que se desarrolla

A continuación se resume el marco normativo básico en el que se desarrollan los Programas de Desarrollo Rural para el período 2014-2020.

Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 sobre la por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola para el Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de Cohesión (FC), el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) funcionan de conformidad con un marco común (en lo sucesivo «Fondos Estructurales y de Inversión Europeos [Fondos EIE]») y persiguen objetivos de actuación complementarios y su gestión la comparten los Estados miembros y la Comisión. Es importante, pues, maximizar la eficacia de todos los instrumentos estructurales en la consecución de los objetivos y las metas fijados en los programas y optimizar las sinergias y la eficiencia de los diferentes instrumentos. Esto se conseguirá estableciendo unas buenas condiciones marco reglamentarias, institucionales y de actuación, prestando una mayor atención a los resultados y al seguimiento de los avances en la consecución de los objetivos y las metas señalados en los programas, y armonizando, en la medida de lo posible, las normas de ejecución y los requisitos de control.

En este contexto, el presente Reglamento ofrece un conjunto común de normas básicas dividido en cinco partes.

La primera presenta el objeto y define las disposiciones necesarias para garantizar la eficacia de los Fondos EIE y su coordinación entre ellos y con otros instrumentos de la Unión.

En la segunda parte se establecen las normas comunes aplicables a todos los Fondos EIE. La tercera parte establece las normas generales que rigen el FEDER, el FSE (denominados conjuntamente «Fondos Estructurales») y el Fondo de Cohesión en relación con las tareas, los objetivos prioritarios y la organización de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión (en lo sucesivo, los «Fondos»), los criterios que deben cumplir los Estados miembros y las regiones para optar a la ayuda de los Fondos, los recursos financieros disponibles y los criterios para su asignación.

La cuarta parte establece las normas generales aplicables a los Fondos y al FEMP en materia de gestión y control, gestión financiera, cuentas y correcciones financieras.

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Así pues, éste Reglamento establece las normas aplicables a cada Fondo y las relaciones existentes entre ambos. Cabe tener en cuenta que las normas específicas establecidas en los Reglamentos específicos de cada Fondo pueden ser complementarias pero solo deben establecer excepciones a las disposiciones correspondientes de éste Reglamento.

Los objetivos de los Fondos EIE deben perseguirse en el marco de un desarrollo sostenible y del fomento del objetivo de la conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente por parte de la Unión. Para aprovechar al máximo la contribución de los Fondos EIE y establecer principios rectores para facilitar el proceso de programación a nivel de los Estados miembros y regiones, es preciso establecer un Marco Estratégico Común (MEC). El MEC debe facilitar la coordinación sectorial y territorial de la intervención de la Unión con cargo a los Fondos EIE y con otras políticas e instrumentos pertinentes de la Unión, en consonancia con las metas y los objetivos de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, teniendo en cuenta los retos territoriales clave de los diferentes tipos de territorios.

En éste reglamento se establece que la Comisión debe adoptar un acto delegado que establezca un código europeo de conducta en materia de asociación con el fin de apoyar y facilitar a los Estados miembros que organicen una asociación para garantizar que los socios pertinentes participen en la preparación, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los acuerdos de asociación y los programas de una manera coherente. Éste acto delegado debe permitir que los Estados miembros determinen las disposiciones concretas más adecuadas para dar desarrollo a la asociación, de conformidad con sus marcos jurídicos e institucionales y con sus competencias nacionales y regionales, a condición de que se cumplan sus objetivos conforme a lo previsto en éste Reglamento.

También, se establece que la Comisión debe estar facultada para adoptar, mediante actos de ejecución, decisiones por las que se aprueben los elementos de los acuerdos de asociación y sus modificaciones; decisiones por las que se aprueben los elementos de los acuerdos de asociación revisados; decisiones sobre los programas y prioridades hayan alcanzado sus hitos y que pueden beneficiarse de la asignación de la reserva de rendimiento; decisiones sobre la modificación de los programas como consecuencia de medidas correctivas relativas a la transferencia de asignaciones financieras a otros programas; decisiones sobre planes anuales de acciones que deben financiarse con asistencia técnica a iniciativa de la Comisión, y, en caso de liberación, decisiones para modificar las decisiones por las que se adopten los programas; Finalmente, los Estados miembros deben definir una condicionalidad ex ante, así como un conjunto conciso y exhaustivo de criterios objetivos para su evaluación, que garanticen el cumplimiento de los requisitos previos necesarios para el uso efectivo y eficiente de la ayuda de la Unión. Además, deben hacer un seguimiento de los programas para examinar la ejecución y los avances en la consecución de sus objetivos. Para ello, deben crear comités de seguimiento, de conformidad con su marco institucional, jurídico y financiero, y su composición y funciones definidas para los Fondos EIE. También, deben realizarse evaluaciones ex post para estimar la eficacia y la eficiencia de los Fondos EIE y su impacto en relación con los objetivos globales de los propios Fondos EIE y la estrategia de la Unión para un

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crecimiento inteligente, sostenible e integrador teniendo en cuenta los objetivos establecidos para esa estrategia de la Unión.

Reglamento (UE) Nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.

El reglamento expone los potenciales desafíos, objetivos y orientaciones de la Política Agrícola Común (PAC) después de 2013. Establece normas generales que rigen la ayuda de la Unión al desarrollo rural financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural ("Feader"). Fija los objetivos a los que debe contribuir la política de desarrollo rural y las correspondientes prioridades de la Unión en materia de desarrollo rural. Traza el contexto estratégico de la política de desarrollo rural y define las medidas que deben ser adoptadas para ejecutar la política de desarrollo rural. Además establece normas sobre programación, trabajo en red, gestión, seguimiento y evaluación con arreglo a responsabilidades compartidas entre los Estados miembros y la Comisión, y establece las normas para garantizar la coordinación del Feader con otros instrumentos de la Unión.

Establece una política de desarrollo rural que debe integrar los objetivos estratégicos de la “Estrategia Europa 2020” una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible integrador. El Feader contribuirá al desarrollo en la Unión de un sector agrícola más equilibrado desde la óptica territorial y medioambiental, más respetuoso con el clima, más resistente a los cambios climáticos, más competitivo y más innovador. También debe contribuir al desarrollo de los territorios rurales.

En el marco general de la PAC, la ayuda al desarrollo rural, incluidas las actividades en el sector alimentario, así como en el sector no alimentario y en el forestal, contribuirá a lograr los siguientes objetivos:

a) Fomentar la competitividad de la agricultura;

b) garantizar la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima; y c) lograr un desarrollo territorial equilibrado de las economías y comunidades rurales

incluyendo la creación y conservación del empleo.

Los objetivos de desarrollo rural se enmarcarán en las seis prioridades siguientes de desarrollo rural de la Unión que reflejan los objetivos temáticos correspondientes del MEC:

1. Fomentar la transferencia de conocimientos e innovación en los sectores agrario y forestal y en las zonas rurales.

2. Mejorar la viabilidad de las explotaciones agrarias y la competitividad de todos los tipos de agricultura en todas las regiones, y promover las tecnologías agrícolas innovadoras y la gestión forestal sostenible.

3. Fomentar la organización de la cadena alimentaria, incluyendo la transformación y comercialización de los productos agrarios, el bienestar animal y la gestión de riesgos en el sector agrario.

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4. Restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura.

5. Promover la eficiencia de los recursos y fomentar el paso a una economía baja en carbono y capaz de adaptarse al cambio climático en los sectores agrario, alimentario y forestal.

6. Fomentar la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales.

Cada Estado miembro debe elaborar un programa nacional de desarrollo rural para todo su territorio. Cada programa debe definir una estrategia para alcanzar los objetivos fijados en relación con las prioridades de desarrollo rural de la Unión y una selección de medidas.

Los programas de desarrollo rural deben determinar las necesidades de la zona que comprenden a través de un análisis de debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas («análisis DAFO»). A partir de estas necesidades se define una estrategia basada en unos objetivos fijados en un conjunto común de indicadores de objetivos para todos los Estados miembros, y en caso necesario de un programa específico de indicadores.

La Comisión y los Estados miembros colaborarán en la creación de un sistema común de seguimiento y evaluación, que será aprobado por la Comisión mediante actos de ejecución. Se incorporará al sistema de seguimiento y evaluación una lista de indicadores comunes relativos a la situación inicial, así como a la ejecución financiera, las realizaciones, los resultados y el impacto que sean aplicables a cada programa. Éstos indicadores comunes se basarán en los datos disponibles, estarán vinculados a la estructura y los objetivos del marco de la política de desarrollo rural y deberán hacer posible la evaluación de los progresos, la eficiencia y la eficacia de la aplicación de dicha política en relación con los objetivos y metas a escala de la Unión, de los Estados miembros y del programa.

Por último, a fin de completar o modificar determinados elementos no esenciales del Reglamento, deben delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos delegados donde se lleven a cabo las consultas necesarias durante sus trabajos de preparación, también con expertos.

Reglamento (UE) Nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 352/78, (CE) nº 165/94, (CE) nº 2799/98, (CE) nº 814/2000, (CE) nº 1290/2005 y (CE) nº 485/2008 del Consejo.

La PAC consiste en varias medidas, algunas relativas al desarrollo rural. Es importante financiar esas medidas para contribuir a alcanzar los objetivos previstos. Dado que estas medidas tienen algunos elementos en común, pero también difieren en varios aspectos, conviene regular su financiación en el mismo conjunto de disposiciones.

Así pues, el presente Reglamento establece las normas sobre la financiación de los gastos de la Política Agrícola Común (PAC), incluidos los de desarrollo rural; el sistema de asesoramiento a

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las explotaciones; los sistemas de gestión y control implantados por los Estados miembros; el sistema de condicionalidad; y la liquidación de cuentas.

Para alcanzar los objetivos de la PAC la financiación de las distintas medidas a que se extiende esta política, incluidas las de desarrollo rural, se efectuará mediante el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y el y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). El FEAGA y el FEADER (en lo sucesivo los "Fondos") constituirán partes del presupuesto general de la Unión Europea (el presupuesto de la Unión).

El Reglamento se divide en ocho partes. La primera parte presenta el ámbito de aplicación y las definiciones y términos utilizados en el reglamento. En la segunda parte se establecen las disposiciones generales de los fondos agrícolas, de los organismos pagadores y otros organismos y del sistema de asesoramiento a las explotaciones. En una tercera parte se establece el sistema de asesoramiento a las explotaciones. La cuarta parte establece la gestión financiera de los fondos FEAGA y FEADER, las disposiciones comunes y la liquidación de cuentas. La quinta parte establece el sistema de control y sanciones; y en la sexta parte las normas de condicionalidad como requisitos legales de gestión y las normas en materia de buenas condiciones agrarias y medioamebientales de la tierra. En la séptima parte se establecen las disposiciones comunes dónde se fija el seguimiento y evaluación con objeto de medir el rendimiento de la PAC. Y, por último, en una octava parte se establecen las disposiciones finales tales como los ejercicios de la delegación, el procedimiento del Comité, el tratamiento y protección de los datos personales, el nivel de ejecución, la derogación y las medidas transitorias.

2.3.

Relaciones con otros planes y programas

A continuación se enumeran los planes y programas con los que el PDR de Catalunya 2014-2020 tiene armonizarse tanto a nivel europeo como español y catalán.

Europa:

- VI Programa de Acción de la Comunidad Europea en materia de Medio Ambiente (2001-2010).

- Plan estratégico para la biodiversidad 2011-2020 y las Metas de Aichi adoptado por la Conferencia de las Partes del CBD en Nagoya, el pasado 2010.

- Programa UICN sobre zona húmedas y recursos hídricos España:

- Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017.

- Plan Estratégico Español para la Conservación y el Uso Racional de los Humedales. - Plan Forestal Español 2002-2032.

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- Plan Nacional de Actuaciones Prioritarias en materia de restauración hidrológico-forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación.

- Programa de Acción Nacional contra la Desertificación (PAND). - Programa de Caminos Naturales.

- Plan Nacional de Regadíos.

- Planes de gestión de los riesgos de inundación.

- Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016: Plan AIRE. - Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética.

- Programa nacional de reducción progresiva de emisiones nacionales de dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, COV y amoniaco.

- Plan Nacional de Aplicación (PNA) del Convenio de Estocolmo y del Reglamento 850/2004/CE, sobre COP.

- Plan nacional de asignación de derechos de emisión (2005-2007). - Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC).

- Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB), Policloroterfenilos (PCT) y Aparatos que los Contengan (2001-2010).

Catalunya:

- Plan Territorial General de Catalunya, 1995. - Planes territoriales parciales.

- Plan Territorial Sectorial de la Conectividad Ecológica de Catalunya (PTSCEC). - Plan de espacios de interés natural (PEIN).

- Planes especiales de protección del medio natural y del paisaje. - Planes de Ordenación de Recursos Forestales (PORF).

- Plan general de política forestal (PGPF).

- Planes de recuperación y planes de conservación de la flora y fauna autóctona. - Plan de gestión de las deyecciones ganaderas.

- Plan de Gestión del Agua en Catalunya.

- Plan de Gestión del distrito de la cuenca fluvial de Catalunya, 2010-2015. - Plan de regadíos de Catalunya 2008-2020.

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- Plan de actuación para la mejora de la calidad del aire en los municipios declarados zonas de protección especial del ambiente atmosférico.

- Plan de actuación para la mejora de la calidad del horizonte 2015. - Plan de la Energía y el Cambio Climático (PECAC 2012-2020), 2012.

- Plan estratégico de turismo de Catalunya 2013-2016 y Directrices nacionales de turismo 2020.

- Plan Estratégico de Biomasa Forestal (actualmente en tramitación).

- Plan Territorial Sectorial de la Conectividad Ecológica de Catalunya (PTSCEC) (actualmente en tramitación).

3. DESCRIPCIÓN DE LOS ASPECTOS AMBIENTALMENTE RELEVANTES

3.1.

Diagnosis ambiental del ámbito del programa

3.1.1. Biodiversidad y patrimonio natural general

Hábitats. La consideración de los hábitats es muy importante para la conservación de la biodiversidad, ya que se ha evidenciado que cualquier estrategia de conservación de especies requiere la conservación de los hábitats donde éstas desarrollan su ciclo vital.

Para el análisis de los hábitats en Catalunya se han considerado los hábitats definidos en el Programa CORINE (coordination of information on the environment) definidos por la Agencia Europea de Medio Ambiente. En concreto, se ha trabajado con la base cartográfica CORINE Land Cover 2006 versión 16 (actualizada a fecha 04/2012) que identifica 44 clases de hábitats distintas.

Tabla 3.1. Superficie de hábitats CORINE por tipo de comarca (ha).

Hábitats CORINE Tipo de comarca Total %

Intermedia Rural Urbana 111.Superficies de tejido

urbano continuo 11.916,75 7.738,71 23.141,47 42.796,93 1,02

112.Tejido urbano discontinuo 17.973,99 5.514,87 40.694,23 64.183,09 1,54 121.Zonas industriales, comerciales y unidades de transporte 4.466,38 3.104,68 16.999,04 24.570,10 0,59 122.Redes de carreteras y ferroviarias, y terrenos asociados 0,00 0,00 615,53 615,53 0,01

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Hábitats CORINE Tipo de comarca Total % Intermedia Rural Urbana

123.Zonas portuarias 70,06 73,68 1.137,83 1.281,57 0,03

124.Aeropuertos 117,70 156,98 1.590,94 1.865,62 0,04

131.Zonas de extracción minera

y los sitios de construcción 1.122,05 1.312,98 1.746,14 4.181,17 0,10

132.Vertederos 206,76 81,01 164,03 451,80 0,01

133.Sitios en construcción 677,64 406,00 2.114,14 3.197,77 0,08

141.Áreas verdes urbanas y

áreas con vegetación 0,00 0,00 338,32 338,32 0,01

142.Instalaciones deportivas y

de ocio 1.402,57 189,88 2.566,34 4.158,78 0,10

211.Áreas agrícolas de secano 116.988,56 174.120,34 30.514,18 321.623,08 7,69 212.Tierra permanente irrigada 59.493,55 82.028,38 15.912,91 157.434,84 3,77

213.Campos de arroz 827,12 23.659,72 0,00 24.486,84 0,59 221.Viñedos 32.479,33 23.057,50 10.285,40 65.822,22 1,57 222.Frutales y plantaciones de bayas 39.951,27 41.621,87 34.303,62 115.876,75 2,77 223.Olivares 2.204,28 64.298,20 680,29 67.182,76 1,61 231.Pastos 1.312,05 25.392,97 440,73 27.145,74 0,65

241.Áreas agrícolas de cultivos anuales asociados a cultivos permanentes

193,80 239,23 0,00 433,03 0,01

242.Cultivos complejos 71.738,16 148.549,05 26.646,71 246.933,91 5,91 243.Terrenos principalmente

agrícolas, con importantes áreas de vegetación natural

78.994,70 139.571,58 19.799,33 238.365,61 5,70

244.Sistemas agroforestales 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

311.Bosque latifoliado

semi-natural 95.390,20 154.897,18 40.982,26 291.269,64 6,97 312.Áreas de bosque de coníferas 145.929,25 359.342,94 83.345,27 588.617,46 14,08 313.Bosque mixto 36.169,89 67.614,59 23.413,85 127.198,34 3,04 321.Asociación vegetal de pastizales naturales 2.427,14 101.706,73 9.335,86 113.469,73 2,71 322.Landas y matorrales masófilos 2.299,86 30.956,64 304,72 33.561,23 0,80 323.Vegetación esclerófila 69.842,84 174.279,82 40.397,81 284.520,47 6,81 324.Arbusto en transición a bosque 70.614,01 179.717,80 30.973,24 281.305,06 6,73

331.Playas, dunas y llanuras de

arena o ninguna vegetación 458,80 2.740,15 1.062,29 4.261,24 0,10

332.Roca desnuda 228,21 30.979,30 192,42 31.399,92 0,75

333.Espacios con vegetación

(21)

Hábitats CORINE Tipo de comarca Total % Intermedia Rural Urbana

334.Áreas quemadas 2.911,21 1.883,29 647,90 5.442,40 0,13 335.Glaciares y nieves permanentes 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 411.Humedales y zonas pantanosas 273,49 38,29 0,00 311,78 0,01 412.Turbera 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 421.Marismas 717,15 2.042,07 293,91 3.053,13 0,07 422.Salinas 0,00 977,93 0,00 977,93 0,02 423.Zona intermareal 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 511.Curos de agua 1.469,08 3.308,12 825,02 5.602,22 0,13 512.Masas de agua 1.924,83 5.737,92 99,06 7.761,81 0,19 521.Lagunas costeras 0,00 1.101,78 54,97 1.156,75 0,03 522.Estuarios 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 523.Mar y océano 330.134,77 170.349,63 470.255,61 970.740,01 23,22 Total 1.204.131,80 2.044.819,36 932.020,99 4.180.972,15 100,00 Fuente: Elaboración propia.

Según esta base cartográfica y en base a la superficie total de cada hábitat, los 8 hábitats que ocupan más superficie son 3 correspondiente a cultivos, 4 a bosques y 1 a la superficie marina (véase tabla 3.1). Cabe destacar que el hábitat correspondiente al mar y océano ocupa una superficie de 970.740,01 ha que representa el 23,22% del total de los hábitats (más de 4.100.00ha); en este caso, si restamos la superficie que ocupa éste hábitat, el total corresponde a la superficie terrestre de Catalunya.

Del mismo modo, los hábitats que tienen una menor superficie total en Catalunya son Humedales y zonas pantanosa; Áreas verdes urbanas y áreas con vegetación; Áreas agrícolas de cultivos naturales asociados a cultivos permanentes; Vertederos; Redes de carreteras y ferroviarias y terrenos asociados; con un 0,01% del total de superficie de hábitats CORINE; Salinas, con un 0,02% de la superficie; y Lagunas costeras y Zonas portuarias con 0,03% de la superficie total (ver tabla 3.1).

Respeto a las comarcas rurales de Catalunya, los hábitats que ocupan una mayor superficie son las Áreas agrícolas de secano, en las comarcas de la Noguera, la Segarra y el Urgell; los Olivares, en el Baix Ebre; los Cultivos complejos en las comarcas de Garrigues y Montsià; el Bosque latifoliado semi-natural en la Noguera, las Áreas de bosque de coníferas en las comarcas del Alt Urgell, Berguedà, Pallars Sobirà, Ripollès, Solsonès y Terra Alta; la Asociación vegetal de pastizales naturales en las comarcas del Pallars Sobirà y la Val d’Aran; la Vegetación esclerófila en el Pallars Jussà; los Arbustos en transición a bosque en el Alt Urgell y la Noguera; y Mar y océano en el Baix Ebre y el Montsià (marcados en negrita en la tabla 3.2).

(22)

Tabla 3.2. Superficie de hábitats CORINE por cada comarca rural de Catalunya (ha). Hábitats CORINE A lt C am p A lt Ur ge ll A lt a R ibagor ça B ai x Eb re B e rg ue C e rdanya C onca de B arb e G arr ig u e s G arr ot xa M ont si à Nogue ra P al lars J us P al lars Sobi P la d' U rg e ll P ri orat R ibe ra d 'E b re R ipol s Se ga rr a Sol sonè s Ter ra A lt a U rg e ll V al d' A ran 111.Superficies de tejido urbano continuo 203 172 55 586 344 168 276 254 825 751 689 244 82 899 46 215 366 404 158 95 737 168 112.Tejido urbano discontinuo 1.147 47 0 2.232 73 538 99 0 131 508 28 0 0 62 98 116 114 27 235 0 0 61 121.Zonas industriales, comerciales y unidades de transporte 674 0 0 500 52 0 111 28 76 481 69 0 0 247 0 305 102 201 101 0 156 0 122.Redes de carreteras y ferroviarias, y terrenos asociados 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 123.Zonas portuarias 0 0 0 19 0 0 0 0 0 55 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 124.Aeropuertos 0 124 0 0 0 33 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 131.Zonas de extracción minera y los sitios de construcción

199 0 0 179 290 0 0 18 47 152 226 0 0 136 0 0 0 0 0 0 66 0

132.Vertederos 0 0 0 0 27 0 0 28 0 0 0 0 0 0 0 25 0 0 0 0 0 0

133.Sitios en construcción 30 0 0 94 0 0 0 62 25 0 25 28 0 141 0 0 0 0 0 0 0 0

141.Áreas verdes urbanas y

áreas con vegetación 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

142.Instalaciones deportivas y de ocio 0 0 0 46 0 114 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 29 0 0 0 0 0 211.Áreas agrícolas de secano 1.334 3.820 0 709 11.975 508 9.708 2.866 6.256 135 42.096 11.493 1.008 319 249 0 863 43.493 11.164 245 25.880 0 212.Tierra permanente irrigada 93 3.758 110 1.121 94 5.393 0 5.003 6.366 476 22.673 3.023 408 21.766 0 53 948 86 0 182 10.477 0 213.Campos de arroz 0 0 0 10.129 0 0 0 0 0 13.531 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 221.Viñedos 7.667 0 0 0 0 0 8.250 96 0 0 62 0 0 0 1.733 210 0 46 0 4.783 210 0 222.Frutales y plantaciones de bayas 14.123 0 0 4.924 0 0 1.011 2.420 0 4.296 4.134 1.200 0 688 2.176 2.547 0 38 0 2.295 1.771 0 223.Olivares 70 94 0 25.088 0 0 0 7.060 0 4.754 303 376 0 0 79 7.476 0 0 0 18.998 0 0 231.Pastos 0 4.886 2.021 0 2.147 1.731 0 0 560 0 31 2.242 5.823 0 0 0 3.411 0 0 0 0 2.541 241.Áreas agrícolas de

(23)

Hábitats CORINE A lt C am p A lt Ur ge ll A lt a R ibagor ça B ai x Eb re B e rg ue C e rdanya C onca de B arb e G arr ig u e s G arr ot xa M ont si à Nogue ra P al lars J us P al lars Sobi P la d' U rg e ll P ri orat R ibe ra d 'E b re R ipol s Se ga rr a Sol sonè s Ter ra A lt a U rg e ll V al d' A ran 242.Cultivos complejos 2.923 1.113 228 9.206 2.448 3.455 6.566 35.710 892 20.828 6.472 3.983 981 6.239 6.950 16.668 3.003 1.611 1.565 6.362 11.063 284 243.Terrenos principalmente agrícolas, con importantes áreas de vegetación natural

3.989 3.433 936 5.093 5.353 2.050 12.449 11.483 1.152 2.587 16.492 7.265 3.147 18 6.955 12.008 975 14.329 15.515 9.884 4.457

244.Sistemas agroforestales 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

311.Bosque latifoliado

semi-natural 1.258 12.129 3.111 1.121 8.073 1.232 2.457 0 45.61 5 481 21.089 15.309 13.256 0 1.843 27 20.897 833 2.337 0 42 3.786 312.Áreas de bosque de coníferas 9.286 58.098 8.249 10.299 35.121 15.430 9.374 7.721 5.336 3.639 11.157 14.734 38.804 0 12.423 18.659 21.854 2.681 38.946 22.270 1.210 14.053 313.Bosque mixto 1.595 3.993 2.785 418 14.297 326 3.058 264 2.156 946 4.848 5.552 2.791 0 1.446 122 12.668 1.716 4.373 38 148 4.077 321.Asociación vegetal de pastizales naturales 0 8.871 8.935 395 7.188 0 0 0 866 139 636 9.626 29.127 0 19 0 12.712 0 1.404 255 0 21.533 322.Landas y matorrales masófilos 0 2.308 2.290 516 2.215 82 0 0 0 0 0 4.193 6.507 0 0 0 6.229 0 697 0 0 5.921 323.Vegetación esclerófila 7.084 16.493 1.478 19.945 15.357 6.357 8.022 623 353 11.098 17.920 28.980 7.039 0 6.158 7.356 1.189 4.517 11.415 2.538 359 0 324.Arbusto en transición a bosque 1.842 22.141 4.005 5.138 9.381 7.955 3.640 5.936 2.595 2.535 26.504 18.474 16.885 0 9.370 14.809 7.325 2.234 8.855 6.072 1.212 2.809

331.Playas, dunas y llanuras de arena o ninguna vegetación

0 0 113 645 0 0 0 0 0 1.813 0 150 0 0 0 0 0 0 0 18 0 0

332.Roca desnuda 0 1.031 7.488 20 410 916 0 0 0 0 261 2.393 10.110 0 45 70 1.929 0 690 11 0 5.605

333.Espacios con vegetación

escasa 278 1.190 694 0 2.210 1.192 0 0 0 98 125 3.526 1.665 0 0 32 995 0 1.534 98 0 2.390 334.Áreas quemadas 0 104 0 30 391 0 0 161 0 68 0 0 0 0 154 846 0 69 48 12 0 0 335.Glaciares y nieves permanentes 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 411.Humedales y zonas pantanosas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 38 0 0 0 0 0 0 412.Turbera 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 421.Marismas 0 0 0 373 0 0 0 0 0 1.669 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 422.Salinas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 978 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 423.Zona intermareal 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 511.Curos de agua 0 548 0 1.094 0 0 0 0 0 345 590 39 0 0 0 620 73 0 0 0 0 0

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Hábitats CORINE A lt C am p A lt Ur ge ll A lt a R ibagor ça B ai x Eb re B e rg ue C e rdanya C onca de B arb e G arr ig u e s G arr ot xa M ont si à Nogue ra P al lars J us P al lars Sobi P la d' U rg e ll P ri orat R ibe ra d 'E b re R ipol s Se ga rr a Sol sonè s Ter ra A lt a U rg e ll V al d' A ran 521.Lagunas costeras 0 0 0 214 0 0 0 0 0 888 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 522.Estuarios 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 523.Mar y océano 0 0 0 60.490 0 0 0 0 0 109.860 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

(25)

Hábitats de interés comunitario. Los hábitats de interés comunitario (HIC) son una selección de los hábitats de la Unión Europea (UE). Su conservación dentro del territorio de la UE se tiene que garantizar mediante la creación de una red de espacios protegidos, la red Natura 2000.

Actualmente hay 198 hábitats de interés comunitario definidos en la Unión Europea, relacionados con el anejo I de la Directiva 97/62/CE. Pueden ser no prioritarios o bien prioritarios. Los HIC prioritarios (61 del total de 198) son los HIC la conservación de los cuales supone una especial responsabilidad para la UE. En Catalunya han sido identificados 94 hábitats de interés comunitario, de los cuales 22 son Prioritarios (véase tabla 3.3 y Anexo, Plano 1). La descripción de cada HIC se puede encontrar en el documento Interpretation

manual of European Union habitats, así como, en el ámbito de Catalunya, en el documento Informe sobre les correspondències entre els hàbitats de Catalunya i els hàbitats d’interès comunitari. De los dos documentos se van realizando revisiones sucesivas. A continuación, se

indica la relación completa de todos los HIC existentes en Catalunya. Tabla 3.3. Hábitats de interés comunitario presentes en Catalunya

1. HÁBITATS COSTEROS Y VEGETACIONES HALOFÍTICAS 11. Aguas marinas y medios de marea

Prioritario 1120* Praderas de Posidonia (Posidonion oceanicae ) No Prioritario 1130 Estuarios

No Prioritario 1140 Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

Prioritario 1150* Lagunas costeras No Prioritario 1170 Arrecifes

12. Acantilados marítimos y playas de guijarros

No Prioritario 1210 Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

No Prioritario 1240 Acantilados con vegetación de las costas mediterráneas con Limonium spp. endémicos

13. Marismas y pastizales salinos atlánticos y continentales

No Prioritario 1310 Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

No Prioritario 1320 Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi ) 14. Marismas y pastizales salinos mediterráneos y termoatlánticos

No Prioritario 1410 Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi )

No Prioritario 1420 Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fructicosae )

No Prioritario 1430 Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoletea ) 15. Estepas continentales halofilas y gipsófilas

Prioritario 1510* Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia ) Prioritario 1520* Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia ) 2. DUNAS MARÍTIMAS Y CONTINENTALES

21. Dunas marítimas de las costas atlánticas,del mar del Norte y del Báltico No Prioritario 2110 Dunas móviles embrionarias

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No Prioritario 2120 Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (dunas blancas) No Prioritario 2190 Depresiones intradunales húmedas

22. Dunas marítimas de las costas mediterráneas

No Prioritario 2210 Dunas fijas de litoral del Crucianellion maritimae No Prioritario 2230 Dunas con céspedes del Malcolmietalia

No Prioritario 2240 Dunas con céspedes del Brachypodietalia y de plantas anuales Prioritario 2250* Dunas litorales con Juniperus spp.

No Prioritario 2260 Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavenduletalia Prioritario 2270* Dunas con bosques Pinus pinea y/o Pinus pinaster 3.HÁBITATS DE AGUA DULCE

31. Aguas estancadas

No Prioritario 3110 Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae )

No Prioritario 3120 Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo sobre suelos generalmente arenosos del mediterráneo occidental con Isoetes spp.

No Prioritario 3130 Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea

uniflorae y/o Isoëto-Nanojuncetea

No Prioritario 3140 Aguas oligomesotróficas calcáreas con vegetación béntica de Chara spp. No Prioritario 3150 Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition No Prioritario 3160 Lagos y estanques distróficos naturales

Prioritario 3170* Estanques temporales mediterráneos 32. Aguas corrientes (ríos y torrentes)

No Prioritario 3240 Ríos alpinos con vegetación leñosa en sus orillas de Salix elaeagnos No Prioritario 3250 Ríos mediterráneos de caudal permanente con Glaucium flavum

No Prioritario 3260 Ríos,de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de

Callitricho-Batrachion

No Prioritario 3270 Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

No Prioritario 3280 Ríos mediterráneos de caudal permanente del Paspalo-Agrostidion con cortinas vegetales ribereñas de Salix y Populus alba

No Prioritario 3290 Ríos mediterráneos de caudal intermitente del Paspalo-Agrostidion 4. BREZALES Y MATORRALES DE ZONAS TEMPLADAS

40. Brezales y matorrales de zonas templadas

Prioritario 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix No Prioritario 4030 Brezales secos europeos

No Prioritario 4060 Brezales alpinos y boreales

No Prioritario 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga 5. MATORRALES ESCLERÓFILOS

51. Matorrales submediterráneos y de zona templada

No Prioritario 5110 Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervirens en pendientes rocosas (Berberidion p.p.)

No Prioritario 5120 Formaciones montanas de Genista purgans

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52. Matorrales arborescentes mediterráneos

No Prioritario 5210 Matorrales arborescentes de Juniperus spp. Prioritario 5230* Matorrales arborescentes de Laurus nobilis 53. Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos

No Prioritario 5330 Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos 54. Matorrales de tipo frigánico

No Prioritario 5410 Matorrales de tipo frigánico del mediterráneo occidental de cumbres de acantilados (Astragalo-Plantaginetum subulatae )

6. FORMACIONES HERBOSAS NATURALES Y SEMINATURALES 61. Prados naturales

Prioritario 6110* Prados calcáreos cársticos o basófilos del (Alysso-Sedion albi ) No Prioritario 6140 Prados pirenaicos silíceos de Festuca eskia

No Prioritario 6170 Prados alpinos y subalpinos calcáreos 62. Formaciones herbosas secas seminaturales y facies de matorral

No Prioritario 6210 Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia)

Prioritario 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

Prioritario 6230*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

64. Prados húmedos seminaturales de hierbas altas

No Prioritario 6410 Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

No Prioritario 6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion No Prioritario 6430 Megaforbios eutrofos hidrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a

alpino 65. Prados mesófilos

No Prioritario 6510 Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba

officinalis)

No Prioritario 6520 Prados de siega de montaña

7. TURBERAS ALTAS, TURBERAS BAJAS (FENS Y MIRES)Y ÁREAS PANTANOSAS 71. Turberas ácidas de esfagnos

Prioritario 7110* Turberas altas activas No Prioritario 7140 «Mires» de transición 72. Áreas pantanosas calcáreas

Prioritario 7210* Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Car-cion davallianae Prioritario 7220* Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion )

No Prioritario 7230 Turberas bajas alcalinas

Prioritario 7240* Formaciones pioneras alpinas de Caricion bicoloris-atrofuscae 8. HÁBITATS ROCOSOS Y CUEVAS

81. Desprendimientos rocosos

No Prioritario 8110 Desprendimientos silíceos de los pisos montano a nival (Androsacetalia alpinae y

Galeopsietalia ladani )

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(Thlaspietea rotundifolii )

No Prioritario 8130 Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos 82. Pendientes rocosas con vegetación casmofítica

No Prioritario 8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica No Prioritario 8220 Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

No Prioritario 8230 Roquedos silicios con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo

albi-Veronicion dillenii

83. Otros hábitats rocosos

No Prioritario 8310 Cuevas no explotadas por el turismo

No Prioritario 8330 Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas No Prioritario 8340 Glaciares permanentes

9. BOSQUES

91. Bosques de la Europa templada

No Prioritario 9120 Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion )

No Prioritario 9130 Hayedos del Asperulo-Fagetum

No Prioritario 9140 Hayedos subalpinos medioeuropeos de Acer y Rumex arifolius No Prioritario 9150 Hayedos calcícolas medioeuropeos del Cephalanthero-Fagion

No Prioritario 9160 Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del Carpinion

betuli

Prioritario 9180* Bosques de laderas,desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion Prioritario 91D0

* Turberas boscosas

Prioritario 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion

incanae, Salicion albae )

92. Bosques mediterráneos caducifolios

No Prioritario 9230 Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica No Prioritario 9240 Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis

No Prioritario 9260 Bosques de Castanea sativa

No Prioritario 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba

No Prioritario 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y

Securinegion tinctoriae )

93. Bosques esclerófilos mediterráneos

No Prioritario 9330 Alcornocales de Quercus suber

No Prioritario 9340 Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia No Prioritario 9380 Bosques de Ilex aquifolium

94. Bosques de coníferas de montañas templadas

No Prioritario 9430 Bosques montanos y subalpinos de Pinus uncinata (en sustratos silíceos) Prioritario 9430* Bosques montanos y subalpinos de Pinus uncinata (en sustratos calcáreo) 95. Bosques de coníferas de montañas mediterráneas y macaronésicas

Prioritario 9530* Pinares (sud-)mediterráneos de pinos negros endémicos No Prioritario 9540 Pinares mediterráneos de pinos mesogeanos endémicos Prioritario 9580* Bosques mediterráneos de Taxus baccata

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El símbolo * indica los tipos de hábitats prioritarios

Fuente: Departament de Territori i Sostenibilitat de la Generalitat de Catalunya

Conviene destacar que los datos de superficies y número de HIC provienen de la cartografía de los Hábitats de Interés Comunitario disponible, la cual no recoge aquellos HIC que no se localizan en la superficie terrestre o aquellos que no tienen una superficie suficiente para su cartografía.

Seis de los HIC que se encuentran en Catalunya tienen una superficie menor que 10 ha, mientras que 18 tienen una superficie mayor que 10.000 ha y 2 una superficie mayor que 100.000 Ha (véase Figura 3.1).

Figura 3.1. Distribución de la superficie de los HIC presentes en Catalunya.

Los que tienen menos de 10 Ha son:

Prioridad Código Nombre Superficie (Ha)

Prioritario 7110* Turberas altas activas 0,41

No Prioritario 1210 Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados 1,66

No Prioritario 3120

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo sobre suelos generalmente arenosos del mediterráneo occidental con Isoetes spp.

1,79

No Prioritario 3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoëto-Nanojuncetea

5,13

No Prioritario 3290 Ríos mediterráneos de caudal intermitente del Paspalo-Agrostidion

5,53

Prioritario 3170* Estanques temporales mediterráneos 5,90

Y los que tienen más de 100.000 Ha son:

Prioridad Código Nombre Superficie (Ha)

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No Prioritario 9540 Pinares mediterráneos de pinos mesogeanos endémicos 273.544,35

Casi el 33% de la superficie de Catalunya está ocupada por HIC, de los cuales el 30% son HIC no prioritarios y el 3% son prioritarios (véase tabla 3.4). Los HIC de las comarcas rurales representan casi el 59% de la superficie total de éstos en Catalunya.

Tabla 3.4. Superficie de los HIC presentes en Catalunya. Tipo de comarca Prioridad Superficie HIC (ha) Superficie HIC (%) HIC/HIC Catalunya (%) HIC/Sup. total Catalunya (%) Rural No prioritario 563.477,49 90,26 53,22 17,55 Prioritario 60.786,16 9,74 5,74 1,89 Total 624.263,65 100 58,95 19,44 Intermedia No prioritario 250.520,50 91,81 23,66 7,80 Prioritario 22.356,21 8,19 2,11 0,70 Total 272.876,71 100 25,78 8,50 Urbana No prioritario 156.115,53 96,54 14,74 4,86 Prioritario 5.587,13 3,46 0,53 0,17 Total 161.702,67 100 15,27 5,04 Catalunya No prioritario 970.113,53 91,62 30,21 Prioritario 88.729,50 8,38 2,76 Total 1.058.843,03 100 32,98

Fuente: Departament de Territori i Sostenibilitat. Generalitat de Catalunya. Tabla 3.5. Número de HIC presentes en Catalunya*.

Tipo de comarca Prioridad Número Número (%) Nº/Nº HIC Catalunya (%)

Rural No prioritario 57 81,43 91,94 Prioritario 13 18,57 86,67 Total 70 100 90,91 Intermedia No prioritario 46 80,70 74,19 Prioritario 11 19,30 73,33 Total 70 100 74,03 Urbana No prioritario 41 82,00 66,13 Prioritario 9 18,00 60,00 Total 50 100 64,94 Catalunya No prioritario 62 80,52 Prioritario 15 19,48 Total 77 100

* No aparecen aquellos hábitats de interés comunitario que no están representados en la Cartografía de Hábitats Interés Comunitario de Catalunya, ya sea por no estar en superficie terrestre o por no disponer de superficie suficiente.

Fuente: Departament de Territori i Sostenibilitat. Generalitat de Catalunya.

En relación al número de HIC, en las comarcas rurales se pueden encontrar cerca del 91% de los HIC de Catalunya, seguidas por las comarcas de carácter intermedio y, por último, por las

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de carácter urbano. En todas ellas predominan los HIC de tipo no prioritario con una frecuencia similar (véase tabla 3.5).

En 6 de las 22 comarcas rurales (Alt Urgell, Garrotxa, Noguera, Pallars Jussà, Pallars Sobirà i Val d’Aran) se encuentra más de la mitad de la superficie de HIC de las comarcas rurales (50,91%), si bien todas ellas tienen HIC prioritarios y no prioritarios en diferente proporción (véase tabla 3.6).

Cabe destacar que en 4 de las comarcas consideradas rurales los HIC representan más de la mitad de la superficie de su territorio (Alta Ribagorça, Garrotxa, Pallars Sobirà y Val d'Aran). Tabla 3.6. Superficie (ha) de HIC en las comarcas rurales de Catalunya.

Comarca No

Prioritario Prioritario Total HIC

% Prioritario Total HIC/Sup. Comarca (%) Total HIC/Sup. HIC Cat. (%) Alt Camp 11.802,19 1.152,86 12.955,05 8,90 24,08 1,22 Alt Urgell 49.526,39 8.465,02 57.991,41 14,60 40,06 5,48 Alta Ribagorça 25.983,64 19,49 26.003,13 0,07 60,92 2,46 Baix Ebre 24.077,90 3.845,73 27.923,63 13,77 27,87 2,64 Berguedà 23.858,75 2.810,79 26.669,54 10,54 22,50 2,52 Cerdanya 24.247,61 446,40 24.694,01 1,81 45,17 2,33 Conca de Barberà 14.498,86 2.640,09 17.138,95 15,40 26,36 1,62 Garrigues 12.215,47 652,77 12.868,24 5,07 16,14 1,22 Garrotxa 42.698,76 720,11 43.418,87 1,66 59,27 4,10 Montsià 12.087,89 3.386,71 15.474,59 21,89 21,08 1,46 Noguera 45.711,13 8.978,38 54.689,52 16,42 30,66 5,17 Pallars Jussà 41.515,83 4.785,09 46.300,93 10,33 34,47 4,37 Pallars Sobirà 75.269,91 1.283,45 76.553,36 1,68 55,56 7,23 Pla d’Urgell 44,84 36,87 81,71 45,12 0,27 0,01 Priorat 17.584,72 2.406,73 19.991,44 12,04 40,10 1,89 Ribera d'Ebre 25.251,56 393,50 25.645,06 1,53 30,99 2,42 Ripollès 31.400,70 595,85 31.996,55 1,86 33,44 3,02 Segarra 5.769,86 3.810,53 9.580,39 39,77 13,25 0,90 Solsonès 14.653,36 9.490,28 24.143,64 39,31 24,13 2,28 Terra Alta 25.056,59 2.824,84 27.881,43 10,13 37,52 2,63 Urgell 3.065,27 366,61 3.431,88 10,68 5,92 0,32 Val d'Aran 37.156,26 1.674,06 38.830,32 4,31 61,29 3,67 Total 563.477,49 60.786,16 624.263,65 9,74 - 58,96 Catalunya 970.113,53 88.729,50 1.058.843,03 8,38 - 100,00

Fuente: Departament de Territori i Sostenibilitat.

Si la riqueza de HIC de las comarcas rurales en conjunto es elevada en relación a Catalunya, también lo es en muchas de ellas. Así, en 9 de estas 22 comarcas rurales (Alt Urgell, Alta Ribagorça, Baix Ebre, Berguedà, Montsià, Pallars Jussà, Pallars Sobirà, Ripollès i Val d’Aran) se

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encuentran el 40% o más de los HIC presentes en las comarcas rurales, habiendo en una de ellas (el Pallars Jussà) cerca del 60%. En relación a Catalunya, 7 de éstas comarcas (Alt Urgell, Alta Ribagorça, Montsià, Pallars Jussà, Pallars Sobirà, Ripollès i Val d’Aran) contienen más del 40% de los tipos de HIC presentes en Catalunya (véase tabla 3.7).

Tabla 3.7. Número de HIC presentes en las comarcas rurales de Catalunya*.

Comarca No Prioritario Prioritario Total HIC % Prioritario

Total HIC/Total HIC Com.Rurales (%)

Total HIC/Total HIC Cat. (%) Alt Camp 10 2 12 16,67 17,14 15,58 Alt Urgell 27 5 32 15,63 45,71 41,56 Alta Ribagorça 30 3 33 9,09 47,14 42,86 Baix Ebre 23 5 28 17,86 40,00 36,36 Berguedà 25 3 28 10,71 40,00 36,36 Cerdanya 20 2 22 9,09 31,43 28,57 Conca de Barberà 12 2 14 14,29 20,00 18,18 Garrigues 9 1 10 10,00 14,29 12,99 Garrotxa 20 2 22 9,09 31,43 28,57 Montsià 26 6 32 18,75 45,71 41,56 Noguera 19 5 24 20,83 34,29 31,17 Pallars Jussà 33 7 40 17,50 57,14 51,95 Pallars Sobirà 28 6 34 17,65 48,57 44,16 Pla d’Urgell 4 1 5 20,00 7,14 6,49 Priorat 14 4 18 22,22 25,71 23,38 Ribera d'Ebre 14 3 17 17,65 24,29 22,08 Ripollès 29 2 31 6,45 44,29 40,26 Segarra 7 3 10 30,00 14,29 12,99 Solsonès 22 5 27 18,52 38,57 35,06 Terra Alta 14 4 18 22,22 25,71 23,38 Urgell 7 3 10 30,00 14,29 12,99 Val d'Aran 25 6 31 19,35 44,29 40,26 Total 57 13 70 18,57 100,00 90,91 Catalunya 62 15 77 19,48 - 100,00

* No aparecen aquellos hábitats de interés comunitario que no están representados en la Cartografía de Hábitats Interés Comunitario de Catalunya, ya sea por no estar en superficie terrestre o por no disponer de superficie suficiente.

Fuente: Departament de Territori i Sostenibilitat. Generalitat de Catalunya.

Biodiversidad. La flora catalana es extremadamente variada, predominando ampliamente las especies propias de regiones templadas o frías del hemisferio septentrional. Sólo en las comarcas marítimas se añade un número de especies paleotropicales que se localizan en las costas abruptas orientadas al sur, en las rocas soleadas o en las comunidades acuáticas. Las

Referencias

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