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Factura electrónica, medida para contrarrestar la evasión de impuestos en México

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Academic year: 2020

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(1)FACTURA ELECTRÓNICA, MEDIDA PARA CONTRARRESTAR LA EVASIÓN DE IMPUESTOS EN MÉXICO. CINDY YURLEY VILLAMIZAR AZA. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA BUCARAMANGA 2016.

(2) FACTURA ELECTRÓNICA, MEDIDA PARA CONTRARRESTAR LA EVASIÓN DE IMPUESTOS EN MÉXICO. LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: CONTROL Y ASEGURAMIENTO. CINDY YURLEY VILLAMIZAR AZA. DOCENTE ASESOR M.G. TERESA DE JESÚS ALTAHONA QUIJANO. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA BUCARAMANGA 2016.

(3) TABLA DE CONTENIDO. Pág.. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................... 9 1.. FACTURA ELECTRÓNICA, MEDIDA PARA CONTRARRESTAR LA. EVASIÓN DE IMPUESTOS EN MÉXICO ............................................................. 11 1.1. RESEÑA HISTORICA ...............................................................................11. 1.2. MISIÓN .....................................................................................................11. 1.3. VISIÓN ......................................................................................................11. 1.4. ORGANIGRAMA.......................................................................................12. 1.5. DIVISIÓN ASIGNADA ...............................................................................12. 1.6. DESCRIPCIÓN DEL CONTEXTO ............................................................13. 1.7. PROCESOS DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA ..................................14. 1.8. OBJETIVOS ..............................................................................................15. 1.8.1. Objetivo general .................................................................................15. 1.8.2. Objetivos específicos .........................................................................15. 2.. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA .......... 16. 2.1. COMPROBANTE DE VENTA ...................................................................16. 2.2. OBLIGACIÓN DE EXPEDIRLO ................................................................17. 2.3. OBLIGACIÓN DE EXIGIRLO ....................................................................17. 2.4. COMPROBANTE SIMPLIFICADO ............................................................18. 2.5. COMPROBANTE DEDUCIBLE Y ACREDITABLE ...................................19. 2.6. CONCEPTO DE FACTURA ......................................................................20. 2.7. ANTECEDENTES DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA ....................21. 2.7.1. La factura tradicional. .........................................................................21. 2.7.2. Medios electrónicos............................................................................24. 2.7.3. Comprobantes impresos por máquinas registradoras de comprobación. fiscal…………………..............................................................................................24 2.7.4. Auto facturación y la auto impresión.. ................................................27.

(4) 2.8. COMPROBANTE FISCAL DIGITAL A TRAVÉS DE INTERNET (CFDI) ..30. 2.8.1. Periodo de transición..........................................................................30. 2.8.2. Etapa de transición.............................................................................30. 2.9. LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA ........................................................33. 2.9.1. Conceptos utilizados en la factura electrónica. ..................................34. 2.9.2. Opciones de facturación. ....................................................................35. 2.9.3. Diferencia entre un CFD y un CFDI. ...................................................35. 2.9.4. Comprobantes impresos con códigos de barras bidimensionales......36. 2.9.5. Características de la facturación electrónica ......................................40. 2.9.6. Obligaciones que debe de cumplir una empresa para que pueda emitir. facturas electrónicas.. ............................................................................................40 2.9.7. Información requerida u obligatoria en un comprobante fiscal digital. 40. 2.9.8. Los comprobantes fiscales digitales y la contabilidad.. ......................43. 3.. CONCEPTUACIÓN DEL FENÓMENO DE EVASIÓN POR FACTURACIÓN . 44. 3.1. EVASIÓN FISCAL Y DELITO DE DEFRAUDACIÓN FISCAL ..................45. 3.2. COMPROBACIÓN. POR. PARTE. DE. SECRETARIA. DE. ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ..........................................................................47 4.. DETERMINACIÓN DEL OBJETIVO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA. FACTURA ELECTRÓNICA.................................................................................... 50 4.1.1. Desde el punto de vista de la administración tributaria. .....................51. 4.1.2. Desde la perspectiva del gobierno. ....................................................52. 4.1.3. Desde el punto de vista del consumidor. ............................................52. 4.2. OBJETIVO DE IMPLEMENTAR LA FACTURA ELECTRÓNICA EN. COLOMBIA. ...........................................................................................................52 4.2.1. Los beneficios de la factura electrónica.. ...........................................54. 5.. CONCLUSIONES ............................................................................................ 56. 6.. GLOSARIO ...................................................................................................... 58. 7.. BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................... 63. 8.. ANEXO ............................................................................................................ 67.

(5) LISTA DE FIGURAS. Pág.. Figura 1 Organigrama Prodecon............................................................................12 Figura 2 Proceso facturación electrónica. ..............................................................14 Figura 3 Factura tradicional. ..................................................................................23 Figura 4 Comprobante máquina registradora de comprobación fiscal. ..................26 Figura 5 Evolución y transición. .............................................................................33 Figura 6 Comprobante impreso con CBB. .............................................................39 Figura 7 Factura electrónica ..................................................................................42 Figura 8 Tiempo que toma cumplir con el pago de impuestos en América Latina. 51 Figura 9 Ventajas y desventajas de los esquemas de facturación. ........................55.

(6) LISTA DE ANEXOS Pág.. Anexo 1. Manual de usuario. Actualización obligaciones federales por internet ....67 Anexo 2 Certificado de conclusión de estudios ......................................................84 Anexo 3 Certificado programa de movilidad estudiantil primer semestre 2016 ......85.

(7) SIGLAS. CBB. Código de Barras Bidimensional. CCF. Código Fiscal de la Federación. CFD. Comprobante Fiscal Digital. CFDI. Comprobante Fiscal Digital a través de Internet. CIED. Clave de Identificación Electrónica Confidencial. CSD. Certificado de Sello Digital. DIOT. Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. FE. Factura Electrónica. FIEL. Firma Electrónica Avanzada. ISR. Impuesto Sobre la Renta. IVA. Impuesto al Valor Agregado. LIVA: Ley de Impuesto al Valor Agregado. PACFD. Proveedor Autorizado de Certificación de Facturas Digitales. PF. Persona Física. PM. Persona Moral. PRODECON. Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. RFC. Registro Federal del Contribuyente. RMF. Resolución de Miscelánea Fiscal. SAT. Servicio de Administración Tributaria. SICOFI. Sistema de Comprobación Fiscal Digitales. TXT. Archivo formato texto..

(8) PRÓLOGO. La factura electrónica, es una herramienta que beneficia a los países con evasión tributaria a causa de procesos de facturación ficticios, pues estas se presentan con intensidades y modalidades diferentes. Aplicando nuevos procesos y tecnologías que favorece a la administración tributaria, dándole un control real a cerca de las operaciones del ente; y así impedir el fraude fiscal, que se presenta mediante las facturas apócrifas.. De forma concreta, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a través de las diferentes divisiones de trabajo, tiene a cargo ejecutar y controlar la adopción de la factura electrónica en Colombia con el fin de contrarrestar la evasión fiscal por este medio.. En este sentido, el presente trabajo brinda a todos sus lectores la magnitud de la implementación de la factura electrónica y la relación de la evasión tributaria por medio de la facturación apócrifa en México.. El presente documento es basado en las actividades que se llevaron a cabo como practicante y estudiante de movilidad internacional en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente del estado de Sonora México..

(9) INTRODUCCIÓN. El presente trabajo se orienta en el análisis y aplicación de la factura electrónica en Estados Unidos Mexicanos, que nace en el año 2011 mediante las reformas del Código Fiscal de la Federación, tema que en los últimos años ha cobrado suma importancia, debido al impacto que provoca en las actividades comerciales y tributarias de los países.. La factura electrónica, al igual que la factura impresa, es un documento que sirve para comprobar las adquisiciones de bienes y/o servicios que una entidad realiza con otra y se compromete con un pago, ésta garantiza que la información contenida queda protegida, ya que no se manipula una vez que se emite y tiene exactamente la misma validez que las facturas de papel.. En dicho sistema, los contribuyentes pueden generar, trasmitir y almacenar en forma electrónica sus instrumentos tributarios, certificados de manera digital con la firma electrónica, a modo de asegurar la autenticidad de sus emisores, y cuidar la integridad de los documentos a transmitir.. La importancia de implementar un sistema que permita operar con factura electrónica, nace de la innegable necesidad de otorgar validez legal al ejemplar electrónico de los documentos tributarios de compra y venta tales como facturas, notas de crédito, notas de débito, guías de despacho, ya que con ello se optimiza la operación de las empresas.. Está demostrado que la factura electrónica disminuye la evasión tributaria y la corrupción, aumenta la transparencia, ayuda a fortalecer el gobierno corporativo, y en general mejora la economía.. 9.

(10) Para poder fomentar la adopción de la facturación electrónica en Colombia, así como poder trazar estrategias de difusión y promover políticas para su masificación, es fundamental tener un diagnóstico claro y actualizado de los estados de avance y penetración del sistema.. Este trabajo tiene como objetivo establecer el panorama actual de la adopción de la factura electrónica en Estados Unidos Mexicanos, desde el punto de vista de los contribuyentes, al igual que desde la Administración Tributaria.. En el primer capítulo se muestra el tratamiento sobre los comprobantes de venta, así como su clasificación y requisitos, definiendo que es la factura electrónica, cuáles son las condiciones para la realización, la firma electrónica, código de barras bidimensional, lo antecedentes en México y los pasos para implementar la factura electrónica.. En el segundo capítulo se conceptualiza el fenómeno de evasión por facturación para Estados Unidos Mexicanos, se define que es evasión y delito de fraude fiscal y se analizan los beneficios que ha tenido este país desde la implementación de este nuevo sistema de facturación.. En el tercer capítulo se determina el objetivo de implementar la factura electrónica, desde el punto de vista del contribuyente, administración tributaria y gobierno y se examinarán cuáles son los beneficios de la misma, así mismo se mencionan las ventajas y desventajas que Colombia implementación.. 10. podrá obtener cuando inicie su.

(11) 1.. FACTURA ELECTRÓNICA, MEDIDA PARA CONTRARRESTAR LA EVASIÓN DE IMPUESTOS EN MÉXICO. 1.1. RESEÑA HISTORICA. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), surge por decreto de la ley, publicado en el diario oficial de la federación el 4 de septiembre de 2006, el cual fue impugnado por el procurador general de la república, ante la suprema corte de justicia de la nación, mediante la acción de inconstitucionalidad 38/2006, resuelta el 16 de mayo de 2008, por lo que la ley fue publicada con sus últimas reformas el 07 de septiembre de 2009. (Historia de la procuraduría, s.f.). 1.2. MISIÓN. Garantizar el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal, a través de la prestación de los servicios gratuitos de asesoría, representación y defensa, velando por el cumplimiento efectivo de sus derechos, para contribuir a propiciar un ambiente favorable en la construcción de una cultura de plena vigencia de los derechos del contribuyente en el país, así como en la recepción de quejas, reclamaciones o emisión de recomendaciones públicas a las autoridades fiscales federales, a efecto de que se lleguen a corregir aquellas prácticas que indebidamente lesionan o les causan molestias excesivas o innecesarias a los contribuyentes. (Misión de la procuraduría, s.f.). 1.3. VISIÓN. Contribuir a consolidar los principios democráticos del estado de derecho, con base en una renovada cultura contributiva que permita a la sociedad vivir en condiciones de igualdad, paz y armonía para la construcción de un país más justo 11.

(12) y equitativo, posicionando como una institución de excelencia con autonomía técnica, funcional y de gestión que colabore en el mejoramiento de la relación del fisco con el contribuyente, en la que se privilegie el respecto a sus derechos como el mejor medio para lograr la satisfacción del interés público. (Visión de la procuraduría, s.f.). 1.4. ORGANIGRAMA. Figura 1 Organigrama Prodecon.. Delegado (a) Lic.Ariagna Angón. Subdelegado (a) Lic. Juan José Mesa Jefe de departamento Asesoría. Jefe de departamento Representación Legal y Defensa. CP. Ricardo Rodriguez. Practicante Asesorías Cindy Villamizar. Jefe de Dpto. Orientación al Contribuyente Lic. Andres Vasquez. Lic.Beatriz Trujillo. Asesor1 Lic.Luz Ximena Orteaga. Asesor2 Lic Esmeralda Vasquez. Asesor 3 Lic.Jazlin Delgado. Asesor 4 Lic. Juan Carlos Restrepo. Sistemas Jose Felix Guevara. Asesor 5 Lic. Humberto Rojas. Fuente: Autor.. 1.5. DIVISIÓN ASIGNADA. El servicio de asesoría tiene como objeto atender y despejar las solicitudes de los contribuyentes respecto de actos de autoridad que los involucren; ofreciéndoles, en su caso, alternativas de solución a la problemática planteada y explicándoles el alcance jurídico de aquéllos. (Servicios de la procuraduría, s.f.). 12.

(13) 1.6. DESCRIPCIÓN DEL CONTEXTO. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica funcional y de gestión, especializado en materia tributaria, que proporciona de forma gratuita, ágil y sencilla servicios de asesoría y consulta, defensoría y representación así como da seguimiento a los procedimientos de queja o reclamación contra actos de las autoridades fiscales federales que vulneren los derechos de los contribuyente.. Está surge de la necesidad de fortalecer la relación entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, creando un espacio neutral de encuentro, acuerdos y confianza mutua. (Historia de la procuraduría, s.f.).. 13.

(14) 1.7. PROCESOS DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA. Figura 2 Proceso facturación electrónica.. Fuente: Autor.. 14.

(15) 1.8. OBJETIVOS. 1.8.1. Objetivo general. Analizar la implementación de la factura electrónica como medida para contrarrestar la evasión de impuestos en México.. 1.8.2. Objetivos específicos.  Fundamentar la teoría de la factura electrónica.  Conceptualizar el fenómeno de evasión por facturación.  Determinar el objetivo de la implementación de facturas electrónicas.. 15.

(16) 2.. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA. 2.1. COMPROBANTE DE VENTA. Todas las compras de bienes y servicios que se encuentren registradas en la contabilidad, deben estar respaldadas por los correspondientes comprobantes de venta y documentos de importación de ser el caso, emitidos por los vendedores o proveedores; debiendo constar en los archivos del contribuyente en forma cronológica, secuencial y numérica. (Pazmiño Rubio, 2015).. Los comprobantes fiscales son un documento con el que las empresas, sus clientes o proveedores pueden demostrar que realizaron la compra, venta o renta de bienes, o la prestación o adquisición de servicios siempre que se cumpla con los requisitos fiscales para su deducibilidad. (Comprobantes fiscales, 2008).. Igualmente es un mecanismo de comprobación de ingresos, egresos y propiedades de mercancías en traslado por medios electrónicos que permite la generación, proceso, transmisión, y almacenamiento de manera 100% digital. (Amece, s.f).. Un comprobante fiscal puede ser alguno de los siguientes:  Factura.  Factura electrónica.  Nota de crédito.  Nota de cargo.  Recibo de honorarios.  Recibo de arrendamiento.  Boleto de avión.  Ticket en forma continúa con autorización fiscal. 16.

(17) 2.2. OBLIGACIÓN DE EXPEDIRLO. La obligación de expedirlos es de todas las personas físicas y morales que realicen cualquier tipo de actividad lícita y que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con las excepciones que en su caso establezcan las disposiciones fiscales. (Código Fiscal de la Federación, cuadragésima tercera edición, 2012). 2.3. OBLIGACIÓN DE EXIGIRLO. El artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) de Estados Unidos Mexicanos, estable la obligación a todas las personas ya sean contribuyentes o no de solicitar los comprobantes fiscales.. Además de ser una obligación fiscal, los contribuyentes solo pueden deducir en sus pagos provisionales y en la declaración anual, las compras o gastos que realicen y que se encuentren relacionados con su actividad; siempre y cuando el comprobante de venta reúna todos los requisitos fiscales. (Comprobantes fiscales, 2008).. Para la validación de los registros contables que puedan ser deducibles de impuesto; estos deben ser soportados con los comprobantes de las operaciones.. Los comprobantes fiscales son el principal soporte para el cumplimiento de las obligaciones fiscales en Estados Unidos Mexicanos.. 17.

(18) 2.4. COMPROBANTE SIMPLIFICADO. También existen los comprobantes simplificados, mejor conocidos como notas de venta cuyo importe no es deducible y en los cuales no se desglosan los impuestos; a estos comprobantes se les incluye el monto total del impuesto a cargo.. Entre estos comprobantes se encuentran los recibos (tiquete) que emite las máquinas registradoras o equipos de registro autorizados para efectos fiscales. (Comprobantes fiscales, 2008).. Estos documentos los emiten quienes prestan servicios o enajenan bienes al público en general y deben ser expedidos siempre y cuando el contribuyente no solicite un comprobante con todos los requisitos fiscales. Además, dichos comprobantes facilitan la operación de los negocios evitando realizar facturas con todos los requisitos exigidos.. Según el artículo 29-A del reglamento del Código Fiscal de la Federación de Estados Unidos Mexicanos: “Los contribuyentes que realicen operaciones con el público en general deberán expedir comprobantes simplificados en los términos que señale el reglamento.. Los contribuyentes que realicen enajenación o presten servicios, al público en general y siempre que en la documentación comprobatoria no se haga la separación expresa entre el valor de la contraprestación pactada y el monto del impuesto al valor agregado que se tenga que pagar con motivo de dicha operación, podrá expedir su documentación comprobatoria en los términos del artículo 29-A del código, o bien optar por hacerlo en alguna de las formas siguiente:. 18.

(19) I. Expedir comprobantes cuyo único contenido será los requisitos a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 29-A del código y que señalen además el importe total de la operación consignado en número y letras. II. Expedir comprobantes consistentes en copia de la parte de los registros de auditoría de su máquina registradora, en la que aparezca el importe de las operaciones de que se trate y siempre que el contribuyente cumpla con lo siguiente:. a) Los registros de auditoría de las máquinas registradoras deberán contener el orden consecutivo de operaciones y el resumen total de las ventas diarias, revisado y firmado por el auditor interno de la empresa o por el contribuyente.. b) Se deberán formular facturas globales diarias con base en los resúmenes de los registros de auditoría, separando el monto del impuesto al valor agregado a cargo del contribuyente; dichas facturas también deberán ser firmadas por el auditor interno de la empresa o por el contribuyente”. (Código Fiscal de la Federación, cuadragésima tercera edición, 2012).. 2.5. COMPROBANTE DEDUCIBLE Y ACREDITABLE. Existen comprobantes conocidos como facturas cuyo importe puede deducirse al calcular el impuesto sobre la renta (ISR) y en los que debe desglosarse los impuestos que se carguen como el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), para que puedan acreditarse de las cantidades a cargo de estos mismos impuesto. (Comprobantes fiscales, 2008).. En la actualidad el concepto de factura ha cambiado, puesto que hoy en día en diferentes países se pueden enviar y recibir facturas por internet, conocidas como facturas electrónicas (FE) y en su caso evolutivo como comprobante fiscal digital a través de Internet (CFDI).. 19.

(20) 2.6. CONCEPTO DE FACTURA. Una factura, es un documento que hace constar la adquisición y entrega de un bien o servicio, en el cual se específica la fecha de la operación, el nombre de las partes que intervinieron, la descripción del producto o servicio objeto, el valor negociado, la forma de pago entre otros conceptos.. El esquema de facturación aplicado en Colombia (comprobantes impresos), es el esquema más antiguo y al cual el contribuyente está muy apegado, pues al obtenerlo impreso este es palpable, cómodo y sencillo en su manejo, sin embargo no es el más adecuado dado que pueden extraviarse, dañarse e incluso sustraerse, además es costoso y difícil mantener un archivo en buenas condiciones a lo largo del tiempo. Precisamente en este esquema se facilita la falsificación o fabricación de comprobantes apócrifos. Factura de compra. Cuando una empresa compra productos, su proveedor le envía una factura, en la factura aparecen los detalles completos relativos a los productos y su precio, este documento es la factura de compra, la cual se registra en el libro diario de compras del adquiriente y/o contribuyente. Factura de venta. Cuando una empresa vende sus productos, envía una factura al cliente. En dicho documento se dan los detalles completos de los productos, precio y otros datos, por ejemplo; fecha y número del pedido del cliente, procedimiento de entrega, forma de pago, descuento, recargos por impuestos, etc.. 20.

(21) 2.7. ANTECEDENTES DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA. 2.7.1. La factura tradicional. Antes de enero de 2004, todos los comprobantes. que emitirán los contribuyentes por los actos o actividades que realizaban, debían ser impresos y autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o por el propio contribuyente cuando obtenía autorización como auto impresor.. Dicho comprobante debía cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos: Según el artículo 29-A de CCF: I.. “El nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal del Contribuyente (RFC) de quien los expida. Si se tiene más de un local o establecimiento, se debe señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expida los comprobantes.. II.. Contener impreso el número de folio.. III.. Lugar y fecha de expedición.. IV.. Clave del RFC de la persona a favor de quien se expida.. V.. Cantidad y clase de mercancía o descripción del servicio que amparen.. VI.. Valor unitario consignado en número e importe total señalado en número o en letra, así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deben trasladarse desglosado por tasa de impuesto, en su caso.. VII.. Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancía de importación.. VIII. IX.. Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado. Cuando se trate de enajenación de ganado, la reproducción del hierro de marca de dicho ganado siempre que se trate de aquel que deba ser marcado.. X.. La vigencia es a partir de la fecha de aprobación del SAT o fecha de impresión.. 21.

(22) XI.. Señalar en forma expresa si el pago se hace en una exhibición.” (Código Fiscal de la Federación, 2009).. Requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). a) “La cédula de identificación fiscal la cual en el caso de persona física podrá o no contener la CURP, reproducida en 2.75cm por 5cm con una resolución de 133 líneas/1200 dpi. Sobre la impresión de la cédula, no podrá efectuarse anotación alguna que impida su lectura. b) La leyenda: “La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 3 puntos. c) El RFC y nombre del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en a la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, con letra no menor de 3 puntos. d) El número de aprobación asignado por el Sistema de Control de Impresores Autorizados (SICOFI). e) En el caso de persona física que tributen conforme al Régimen de Actividad Empresarial y Profesionales, así como en el Régimen Intermedio; además, debe imprimir la leyenda “Efectos fiscales al pago” de conformidad con lo señalado en la fracción III del artículo 133 de la ley del impuesto sobre la renta.. En caso de que sean emitidos por personas morales del régimen simplificado, los comprobantes deberán llevar además la leyenda “Contribuyente del Régimen de Transparencia” (Resolución de Miscelánea Fiscal, 2016).. 22.

(23) Figura 3 Factura tradicional.. Fuente: Camilo Cruz Estrada.. Para los grandes emisores y receptores de comprobantes fiscales, cumplir con esta obligación les significa un costo elevado para la administración, debido al almacenamiento de los documentos. Estos costos se traducen en incrementos en el valor del bien y/o servicios que cubre el consumidor final.. Al ser parte de la contabilidad, las copias de los comprobantes que se emiten y que se reciben, deben ser conservadas por el periodo que señalan las disposiciones fiscales; para Estados Unidos Mexicanos son de cinco (05) años. 23.

(24) El proceso de facturación tradicional en Estados Unidos Mexicano es el siguiente:  Se envía a imprimir facturas a una imprenta autorizada por el SAT.  La imprenta, otorga bloques de facturas autorizadas.  Por cada venta realizada, se diligencia una factura y se genera mínimo una (1) copia. El cliente se queda con la original y el vendedor con la copia.  Se almacena la copia para la contabilidad del ente, está se debe conservar por cinco (05) años.. La factura tradicional es un formato impreso, que se diligencia cuando se realiza ventas de productos o la prestación de servicios, ya sea a mano o a computador y se debe imprimir; se entrega físicamente al cliente, ya sea que el cliente se acerque a recoger la factura, que se le lleve personalmente o en su caso que la entregue un mensajero.. Este tipo de facturación tradicional significa un costo adicional para la administración que se traduce a la pérdida de ganancias sobre el producto o servicio 2.7.2. Medios electrónicos. De estos medios electrónicos podemos mencionar,. las máquinas registradoras de comprobación fiscal, el auto facturación y el auto impresión. 2.7.3. Comprobantes. impresos. por. máquinas. registradoras. de. comprobación fiscal. Consiste en la copia de los registros de auditoría de las máquinas registradoras, donde se señala el importe de las operaciones del ente económico.. 24.

(25) Los requisitos de estos comprobantes son los siguientes:  Nombre, denominación o razón social y clave del RFC de quien lo expida.  Valor total de los actos o actividades realizadas y número consecutivo del comprobante.  Número de registro de la máquina, logotipo fiscal y fecha de expedición.. Opcionalmente, estos comprobantes incluyen la cantidad, clase de mercancía, o la descripción del producto o servicio proporcionado.. Las máquinas registradoras de comprobación fiscal, equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal a que se refiere el artículo 134 de la Ley ISR, deberán reunir como mínimo, las siguientes características: I.. “Tratándose de máquinas registradoras de comprobación fiscal:. a) Tener una memoria fiscal que conserve en forma permanente, por lo menos, los siguientes datos: 1. Clave del RFC, número de registro de la máquina y logotipo fiscal, mismos que se registrarán al iniciar el contribuyente el uso de las mismas. Estos datos deberán ser impresos en los comprobantes que emita la máquina, así como en la información que proporcione, y 2. El valor total de los actos o actividades del día, así como el monto de los impuestos que se trasladen o repercutan al adquiriente de los bienes o servicios, en su caso, y el número consecutivo de reportes globales diarios. La memoria fiscal debe permitir exclusivamente. acumulaciones. consecutivas. cancelación”.. 25. crecientes,. sin. posibilidad. de.

(26) Figura 4 Comprobante máquina registradora de comprobación fiscal.. Fuente: La papelería del Oriente del DF.. La memoria fiscal debe fijarse al armazón de la máquina registradora de comprobación fiscal, en forma inamovible y contar con un dispositivo de seguridad que garantice que no serán eliminados o alterados los datos que contiene.. Cuando la memoria fiscal sea desconectada, alterada o removida, la máquina registradora de comprobación fiscal debe contar con un mecanismo que impida el registro de operaciones permanentemente. b) “Tener un sello fiscal que impida el acceso a los componentes internos de la máquina y garantice la inviolabilidad de las memorias fiscales y de trabajo. II.. En el caso de los equipos electrónicos de registro fiscal:. a) Contar con un dispositivo fiscal electrónico, un programa aplicativo y una impresora, la cual debe tener una tira de auditoría electrónica o, en su. 26.

(27) caso, deberá generar la impresión de un original para el comprobante fiscal y una copia de la tira de auditoría impresa, en ambos casos, la tira debe reunir los siguientes requisitos: 1. Número consecutivo de los comprobantes fiscales. 2. Número del registro del equipo electrónico de registro fiscal. 3. Fecha y hora de operación. 4. Detalle de cada documento.. 5. Valor total de cada transacción”. 2.7.4. Auto facturación y la auto impresión. Los contribuyentes que puedan. realizar la facturación por medio de esta modalidad deben demostrar que cuenta con la maquinaria, equipo necesario para la impresión de comprobantes y con el equipo de cómputo para la utilización del Sistema de Control de Impresores Autorizados, mediante copia certificada de los documentos que amparen su legitima posesión.. Mediante este mecanismo los contribuyentes poseen facilidades para efectos de comprobación de gastos mediante la auto facturación. Es importante resaltar la diferencia entre la auto facturación y la auto impresión de comprobantes ya que, debido a la terminología tan similar, se presta a confusión:. Auto facturación. La auto facturación es una facilidad contemplada en la Resolución Miscelánea Fiscal, que permite al contribuyente que adquiere productos y/o servicios señalados en las reglas I.2.5 y I.2.5.1, de comprobar operaciones con documentos que no reúnan los requisitos que señala los artículos 29 y 29-A del CFF. Los comprobantes que amparan las transacciones de auto factura deberán ser impresos en establecimientos autorizados y cumplir con los requisitos establecidos en el apartado I.1.5. Auto facturación de la RMF”. (Resolución de Miscelánea Fiscal, 2016).. 27.

(28) A continuación, se describen las facilidades de auto facturación de las que gozan algunos contribuyentes:. La persona que no tenga ingresos superiores a un millón ($ 1.000. 000) de pesos mexicanos en el ejercicio inmediatamente anterior, tiene la facilidad de auto facturar, siempre que se dedique exclusivamente a la comercialización o industrialización de los bienes que se mencionan a continuación: 1. “De personas físicas del sector primario que no tengan ingresos superiores a 40 salarios mínimos mexicanos de su área geográfica al año, ventas de primera mano de:  Leche.  Verduras, frutas y legumbres.  Grano y semillas.  Pescados o mariscos.  Desperdicios animales o vegetales.  Productos del campo no elaborados ni procesados..  Se exceptúan el café. 2. De personas físicas sin establecimiento físico: Desperdicios industriales. 3. De pequeños mineros: Minerales sin beneficiar, excepto metales y piedras preciosas. Para estos efectos, deben cumplir con una serie de requisitos de los cuales, los referentes a la expedición de comprobantes establecen que se expedirán por duplicado comprobantes foliados en forma consecutiva previamente a su utilización, con los siguientes datos:  Nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal, clave del RFC y número de folio, los cuales deberán estar impresos.  Nombre del vendedor, ubicación de su negocio o domicilio, la forma del mismo o de quien reciba el pago, y en su caso, la clave del RFC.  Nombre del bien objeto de la venta, número de unidades, precio unitario, precio total, lugar y fecha de expedición.  En su caso, número del cheque con el que se efectúa el pago y nombre del banco contra el cual se libra.. 28.

(29)  En su caso, el ISR o IVA que se hubiere retenido o pagado al enajenante con motivo de la operación realizada.  Deberán ser impresos en establecimientos autorizados por el SAT.  La cédula de identificación fiscal o cédula de identificación fiscal provisional reproducida en 2.75cm por 5cm, con una resolución de 133 líneas/1200 dpi, la cual deberá estar siempre legible.  La leyenda: “La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 3 puntos.  El RFC, nombre, domicilio y, en su caso, el número telefónico del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en la página de Internet del SAT, con letra no menor de 3 puntos.  La fecha de impresión.  La leyenda: “Número de aprobación del Sistema de Control de Impresores Autorizados”.  Se entregará copia del comprobante a quien reciba el pago, y los originales se deberán empastar y conservar, debiendo registrarse en la contabilidad del adquiriente”. (Resolución de Miscelánea Fiscal, 2016).. Auto impresión de comprobantes. La auto impresión de comprobantes consiste en que los contribuyentes imprimen sus propios comprobantes con sus propios equipos de cómputo. La persona que tiene autorización para imprimir sus propios comprobantes, deberá incluir la leyenda “Contribuyente autorizado para imprimir sus propios comprobantes”.. La facturación electrónica tomó mayor relevancia desde el año 2010 debido a que a partir de enero 2011 se volvió obligatoria su implementación, para aquellas empresas que facturen más de 4 millones de pesos mexicanos al año, sin embargo, si dichas empresas aún tienen facturas impresas, pueden seguir usando hasta la fecha de caducidad de las mismas.. 29.

(30) 2.8. COMPROBANTE FISCAL DIGITAL A TRAVÉS DE INTERNET (CFDI). El esquema de facturación aplicado en Colombia (comprobantes impresos), es el esquema más antiguo y al cual el contribuyente está muy apegado, pues al obtenerlo impreso este es palpable, cómodo y sencillo en su manejo, sin embargo no es el más adecuado dado que pueden extraviarse, dañarse e incluso sustraerse, además es costoso y difícil mantener un archivo en buenas condiciones a lo largo del tiempo. Precisamente en este esquema se facilita la falsificación o fabricación de comprobantes apócrifos. 2.8.1. Periodo de transición. Antes de comenzar con el periodo de transición. con que se contaba para la emisión de comprobantes fiscales digitales, es necesario conocer un poco de la historia del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet.  “Comienza en 1997 cuando la iniciativa privada a través de la Asociación Mexicana de Comercio Electrónico (AMECE), instituyó un comité de factura Electrónica (integrado por 45 empresas); el objetivo principal era incrementar la productividad y competitividad de las empresas, a través del uso de herramientas tecnológicas basadas en estándares internacionales.  En mayo de 2004 el SAT aprobó el CFD como medio de comprobación fiscal.  En el año 2005, se implementó la emisión de CFD para Pyme y.  Para enero de 2011 era obligatorio tanto para personas morales como personas físicas” (González Cerafín, 2012).. 2.8.2. Etapa de transición. Los cambios que han tenido los distintos esquemas. de facturación o comprobación fiscal en México durante el período de 2003 a 2012, muestran la incorporación de los avances tecnológicos, pues van desde el uso del comprobante impreso en papel hasta el comprobante digital. 30.

(31) A continuación se presentan los esquemas de facturación o comprobación fiscal que se han tenido durante el período 2003-2012. 2003. “Antecedentes. Hasta el año 2003 existía un esquema de facturación o comprobación fiscal: El comprobante impreso, mediante la auto impresión o la impresión por medio de un tercero autorizado.. En 2003 se aprobó el comprobante fiscal digital, por lo que a partir de 2004 se tuvieron a disposición del contribuyente dos esquemas de comprobación, que los contribuyentes pueden usar opcionalmente:  Comprobante fiscal en papel.  Comprobantes fiscales digitales.. El comprobante tradicional está impreso en papel, ya sea por impresores autorizados, o impresos por el contribuyente utilizando sus propios medios. Se resguarda físicamente. El comprobante fiscal digital es un medio electrónico, mediante el cual los contribuyentes podrían emitir opcionalmente sus comprobantes fiscales, teniendo la certeza de que estos tendrían la misma validez que los comprobantes impresos en papel.. Los contribuyentes podían opcionalmente emitir sus comprobantes fiscales por sus propios medios, cumpliendo con los requisitos establecidos para tal efecto: Tramitar una forma electrónica, que se denominó Firma Electrónica Avanzada (FEA), solicitar un certificado de sello digital, un rango de folios para las facturas, e incorporar los requisitos del artículo 29-A del CFF.. 2006. Para este año permanecen los mismos esquemas que en el año anterior. Uno de los cambios principales fue la inclusión en el comprobante fiscal, de la vigencia por un plazo máximo de dos años, aplicando dicha regla únicamente a personas morales y a personas físicas con actividades empresariales y profesionales.. 2007. Se mantienen los mismos esquemas de comprobación fiscal en papel y digital. En la RMF regla 2.4.7, se estable la eliminación de los requisitos fiscales del comprobante,. 31.

(32) tales como domicilio fiscal y número telefónico de la persona autorizada para imprimir los comprobantes; también se elimina la fecha de impresión de los comprobantes fiscales.. De igual manera se elimina la fracción I de la regla 2.4.19, en la cual se establecía la vigencia del comprobante fiscal por los dos años y aplicaba solo a las personas morales, a personas físicas con actividades empresariales y profesionales, haciéndose extensiva a todos los demás contribuyentes.. 2008. Los esquemas de facturación o comprobación fiscal vigente fueron los siguientes: Comprobantes impresos. Comprobantes digitales (CFD) emitidos por medios propios o por medios de un tercero autorizado. Estado de cuenta bancarios original.. Uno de los principales cambios a los esquemas de comprobación fiscal en este periodo, fue que a partir del 1 de julio de 2008 quedó sin efecto la facilidad de auto impresión que se daba a los contribuyentes; se estableció un periodo de transición hasta el 30 de abril de 2009, por lo que a partir del 1 de mayo de 2009 surtió tal disposición, derogando la auto impresión de comprobantes digitales.. 2009. Los esquemas de facturación o comprobación fiscal vigentes son: Comprobantes impresos. Comprobantes digitales (CFD). Estado de cuenta bancario. (Barajas, Campos, Sobarzo, & Zamudio, 2011).. 32.

(33) Figura 5 Evolución y transición.. Fuente: Resolución de Miscelánea Fiscal.. 2.9. LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA. La factura electrónica es la evolución de las facturas o demás comprobantes entre emisor y receptor por medios de comunicación electrónicos. Desde el punto de vista fiscal, ambas facturas tienen los mismos efectos y alcances; sin embargo, las facturas electrónicas cuentan con elementos de seguridad superiores a las tradicionales.. Otra diferencia importante es la versatilidad, ya que, a diferencia de las facturas en papel, las facturas electrónicas son creadas, enviadas, validadas y almacenadas por medios electrónicos y se pueden imprimir en caso de que así se requiera. (SAT, s.f.).. 33.

(34) 2.9.1. Conceptos utilizados en la factura electrónica..  “ADDENDA: elemento de la factura electrónica en donde los contribuyentes pueden incluir información comercial, por ejemplo, número de orden de compra, claves de producto, lugar de entrega, etc.  CBB: código de barras bidimensional, información codificada con pequeños cuadros que pueden contener información abundante de un documento extenso.  CER: certificado que otorga el SAT (llave pública).  CFDI: comprobante fiscal digital a través de internet, es un archivo electrónico de formato y extensión XML.  CFD: comprobante fiscal digital, es un archivo electrónico de formato y extensión XML.  CIEC: clave de identificación electrónica confidencial, mecanismo de acceso, formado por su RFC y una contraseña elegida por el contribuyente.  CSD: certificado de sello digital, es un documento electrónico personalizado por medio del cual el SAT garantiza la relación entre la identidad de un sujeto o entidad y clave pública que utiliza para firmar sus documentos digitales.  FIEL: firma electrónica avanzada, conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa.  KEY: la llave privada (archivo*.key) está protegida por un clave, para poder abrirla se necesita lo que el SAT llama “clave de llave privada”.  PAC: proveedor autorizado de certificación.  PACFD: proveedor autorizado de certificación de facturas digitales.  SICOFI: siglas del sistema de comprobantes fiscales digitales.  SOLCEDI: aplicación de solicitud del certificado digital utilizado para que el contribuyente (persona moral o física) pueda generar un archivo de requerimiento, con el cual realizará el proceso para obtener un certificado digital que ocupará en sus movimientos de tipo fiscal.  TXT: un archivo .txt es un archivo de texto plano, es decir, no contiene ninguna característica de formato, es solo texto, por lo que no se puede aplicar propiedades al editarlo.. 34.

(35)  XLM: lenguaje de anotación extensible para páginas webs que permite navegación tipo hipertexto; lenguaje para información auto-descrita, o al menos, auto-descrita si las etiquetas están bien puestas”. (Resolución de Miscelánea Fiscal, 2016).. 2.9.2 Opciones de facturación. A partir del 2011 se puede optar por emitir dos tipos de comprobantes:  Comprobantes fiscales digitales a través de internet (CFDI)  Comprobantes impresos con código de barras bidimensional (CBB).. Del CFDI actualmente existen dos modelos de comprobantes digitales:  El CFD y  El CFDI.. El CFDI, es un archivo electrónico de formato y extensión XML vigente a partir de enero de 2011, el cual debe ser enviado a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para que valide el comprobante, le asigne un folio y sea incorporado el sello digital del SAT antes de ser entregado al cliente. A este proceso se le conoce como timbrado fiscal digital. (Resolución de Miscelánea Fiscal, 2016).. Por otra parte, un CFD, es un archivo electrónico de formato y extensión XML, los cuales pueden ser generados por medios propios o a través de un PACFD. Este modelo únicamente puede ser utilizado por contribuyentes que iniciaron su emisión antes del 01 de enero de 2011. 2.9.3 Diferencia entre un CFD y un CFDI.  “El CFD puede ser generado y emitido por el propio contribuyente, mientras que, para un CFDI, el contribuyente requiere forzosamente de una conexión a Internet, así como de contratar los servicios de un PAC.. 35.

(36)  Cuando se emite un CFD, el contribuyente reporta al SAT los comprobantes generados a través de un archivo TXT, para el caso del CFDI el PAC envía una copia de cada comprobante al servidor del SAT..  El CFD, debe llevar un folio consecutivo, y en su caso serie, aprobados por el SAT mediante la aplicación del SICOFI, para CFDI, el PAC asignará un folio fiscal para cada comprobante, por lo que el folio y serie que asigne el contribuyente, solo será para control interno y no es necesario solicitar al SAT”. (SAT, s.f.).. 2.9.4 Comprobantes impresos con códigos de barras bidimensionales (CBB). Este apartado se tratará de forma general por considerarlo como un complemento de la factura electrónica la cual, es objeto de estudio. Generalidades del código de barras bidimensional (CBB). El código de Barras Bidimensional es el sucesor del código de barras y permite recopilar toda la información necesaria para identificar al contribuyente.. Este código es proporcionado por el SAT de manera gratuita, con una vigencia de dos (02) años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios.. Dentro las opciones para poder emitir comprobantes fiscales, las disposiciones fiscales permiten el uso de comprobantes impresos con Código de Barras Bidimensional, para los contribuyentes con:  Ingresos acumulables iguales o menores a cuatro (04) millones de pesos mexicanos al año.  Ingresos acumulables mayores a cuatro (04) millones de pesos mexicanos, con la limitante de usarlos solo para operaciones menores a dos (02) mil pesos mexicanos. (SAT, s.f.).. 36.

(37) Cabe mencionar que el SAT podrá autorizar total o parcialmente los folios solicitados, y que para tales efectos emitirá el acuse de aprobación. El CBB contiene los siguientes requisitos:  RFC del emisor.  Número de aprobación.  Rango de folio aprobados y en su caso serie.  Fecha de asignación de folios.  Vigencia. Requisitos de los comprobantes impresos con CBB. De acuerdo con el artículo 29-A del CFF: 1) “Nombre, denominación o razón social del emisor. 2) Clave del Registro Federal de Contribuyente del emisor. 3) Domicilio fiscal de quien los expida. 4) Lugar y fecha de expedición. 5) Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida. 6) Cantidad y clase de mercancía o descripción del servicio que amparen. 7) Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letras. 8) Monto del impuesto que deban trasladarse, en su caso, desglosado por tasa. 9) Número y fecha del documento aduanero, así como la addena por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancía de importación. 10) El CBB proporcionado por el SAT al contribuyente al momento de la asignación de los folios, mismo que deberá reproducirse con un mínimo de 200/200 dpi en un área de impresión no menor a 2.75cm por 2.75cm. 11) El número de aprobación del folio asignado por SICOFI. 12) El número de folio asignado por el SAT y en su caso la serie. 13) La leyenda la reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales, misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos. 14) La leyenda de este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha aprobación de las asignaciones de folios la cual es dd/mm/aaaa, misma que. 37.

(38) deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos. (Código Fiscal de la Federación, 2009).. Otros requisitos 15) Señalar en forma expresa si el pago se hace en una exhibición. 16) En el caso de personas físicas que tributen conforme al Régimen de Actividad. Empresariales y Profesionales, así como en el Régimen Intermedio; además debe imprimir la leyenda Efectos fiscales al pago de conformidad con lo señalado en la fracción III del Artículo 133 de la ley del Impuesto Sobre la Renta.. En caso de que sean emitidos por personas morales del Régimen Simplificado, los comprobantes deberán llevar la leyenda “Contribuyente del Régimen de Transparencia”. (Código Fiscal de la Federación, 2009).. 38.

(39) Figura 6 Comprobante impreso con CBB.. Fuente: Camilo Cruz Estrada.. 39.

(40) 2.9.5 Características de la facturación electrónica. La factura electrónica es un tipo de factura que se diferencia de la factura en papel por la forma de gestión informática y el envío mediante un sistema de comunicación que conjuntamente permite garantizar la autenticidad y la integridad del documento electrónico. (Amece, s.f).. 2.9.6 Obligaciones que debe de cumplir una empresa para que pueda emitir facturas electrónicas. Al igual que en el proceso tradicional la ley obliga a todos los contribuyentes a conservar las facturas electrónicas por un periodo mínimo de 5 años en el formato original (XML) para efectos fiscales; y para efectos comerciales deberá conservase 10 años observando las especificaciones de la norma de conservación de mensajes de datos NOM-151-SCFI-2002. 2.9.7 Información requerida u obligatoria en un comprobante fiscal digital. La información requerida en un CFD es la misma que en una factura en papel, más los elementos de ley descritos en el anexo 20 de la RMF.. Las impresiones de la factura electrónica (CFD) deben cumplir con los siguientes requisitos de acuerdo al artículo 29-A del CFF: I.. “Clave del Registro Federal de Contribuyente del emisor.. II.. Registro Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.. III.. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las facturas electrónicas.. IV.. Contener el número de folio.. V.. Sello digital del contribuyente que lo expide.. VI.. Lugar y fecha de expedición.. VII.. Clave del registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida.. VIII.. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.. 40.

(41) IX.. Valor unitario consignado en número.. X.. Importe total señalado en número o en letra.. XI.. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.. XII.. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.. XIII.. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedera electrónica, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente).. XIV.. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación”.. Otros requisitos de la factura electrónica en la Resolución Miscelánea Fiscal. a) La cadena original con la que se generó el sello digital. Tratándose de contribuyentes que adicional a la impresión de la factura electrónica, pongan a disposición de sus clientes el comprobante en su formato electrónico, podrán no incluir dicha cadena original. b) Número de serie del certificado de sello digital. c) Cualquier de las siguientes leyendas: “Este documento es una representación impresa de un CFD”, “Este documento es una representación impresa de un Comprobante Fiscal Digital”. d) Hora, minuto y segundo de expedición, en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF. e) El número y año de aprobación de los folios.. Tanto la cadena original como el sello digital se deben exhibir en la factura impresa, pero en el archivo XML solo se incrusta el contenido del certificado y el sello digital, la cadena original no se incluye, pues el XML tiene la misma 41.

(42) información que la cadena original, esto quiere decir también que el XML y la cadena original deben tener los mismos campos que se incluyen en ambos y los mismos datos; por ejemplo, si en la cadena original se pone el domicilio con minúscula y en el XML con mayúsculas, entonces el CFD será invalido para el SAT, aún cuando la cadena original y el sello digital sean correctos.. Figura 7 Factura electrónica. Fuente: Camilo Cruz Estrada.. Las impresiones de las facturas electrónicas (CFDI) deben cumplir con los siguientes requisitos según el código fiscal de la federación: a) Número de serie del CSD del emisor y del SAT.. 42.

(43) b) Cualquiera de las siguientes leyendas: “Este documento es una representación impresa de un CFDI” o “Este documento es una representación impresa de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet”. c) Número de referencia bancaria o número de cheque con el que se efectué el pago. d) Fecha y hora de emisión y de certificación de la factura electrónica (CFDI) en adición a lo señalado en el artículo 29-A fracción III del CFF. e) Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.. 2.9.8 Los. comprobantes. fiscales. digitales. y. la. contabilidad.. Los. contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los comprobantes fiscales digitales que emitan. El registro en su contabilidad deberá ser simultáneo al momento de la emisión de los comprobantes fiscales digitales.. Los comprobantes fiscales digitales deberán archivarse y registrarse en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria por lo menos cinco (05) años.. Los comprobantes fiscales digitales, así como los archivos y registros electrónicos de los mismos, se consideran parte de la contabilidad del contribuyente, quedando sujetos a lo dispuesto por el artículo 28 del CFF.. Se debe saber que en caso de una auditoría, lo único que cuenta como CFD o CFDI es el XML, el PDF, pues la impresión no tiene validez ante el SAT.. 43.

(44) 3.. CONCEPTUACIÓN. DEL. FENÓMENO. DE. EVASIÓN. POR. FACTURACIÓN. Una factura apócrifa es, en primera instancia, un documento falso, es decir una factura en la que de manera intencional se ha puesto información incorrecta. Esta información incorrecta podría referirse a: (Barajas, Campos, Sobarzo, & Zamudio, 2011).  El origen de la transacción que aconteció.  El valor de lo facturado.  Información de la compañía o el agente emisor del comprobante, y  Datos del consumidor o receptor.. Ahora bien, hay diversas razones o motivaciones por las que se emiten facturas apócrifas.. Entre las más destacadas se encuentran:  “Reducción del impuesto al ingreso mediante el incremento de los gastos deducibles.  Reembolso de Impuesto al Valor Agregado.  Disminución del monto de IVA a pagar mediante el aumento artificial del uso de insumos a acreditar.  Alteración de la tasa del IVA aplicable.  Pago de salarios que no están sujetos al impuesto a la nómina y/o contribuciones a la seguridad social.  Pago a trabajadores (ilegales) que no se registran en la nómina oficial.  Pago de dividendos ocultos a los gerentes u otras personas involucradas.  Financiamiento de actividades criminales o de corrupción y  Ocultamiento del origen ilegal de ciertos productos”. (Barajas, Campos, Sobarzo, & Zamudio, 2011).. 44.

(45) Como se deduce, las facturas apócrifas no precisamente están asociadas a la motivación de eludir el pago de impuestos. También, es viable que no toda la evasión de impuestos esté apoyada en la emisión de estas facturas. Las facturas ficticias, son creadas con el único fin de evadir impuestos, estás se facilita gracias a la gestión de empresas fachada, las cuales se crean con un único objetivo, vender servicios intangibles; a diferentes empresas a cambio de una comisión; evitando ser detectadas gracias a su corta existencia, entre uno y dos años; al cabo de este periodo cambian su razón social y su actividad, lo que dificulta que las autoridades fiscales las detecten.. Por todo lo anterior es necesario definir algunos conceptos que exalten la importancia del cumplimiento y los efectos de no llevarlo a cabo. 3.1. EVASIÓN FISCAL Y DELITO DE DEFRAUDACIÓN FISCAL. En el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha quedado establecido la obligación de los mexicanos de contribuir con los gastos públicos, de la federación, del distrito federal, estado o municipio en el cual residan, de una manera proporcional y equitativa con forme dispongan las leyes. Por consiguiente al mostrar una conducta contraria y no cumplir con las obligaciones que en materia fiscal le corresponden, se observaría una evasión en el pago de las contribuciones.. El delito de defraudación fiscal se encuentra establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF), articulo 108, primer párrafo: “Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita ya sea total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio con perjuicio del Fisco Federal”.. 45.

(46) En el párrafo 7°del CFF, se señala las distintas causas por las que se origina y es calificado el delito de defraudación fiscal. Con la intención de destacar solo las relacionadas con comprobantes fiscales, se citan las siguientes:  Usar documentos falsos.  Omitir reiteradamente le expedición de comprobantes por las actividades que se realicen, siempre que las disposiciones fiscales establezcan la obligación de expedirlos. Se entiende que existe una conducta reiterada cuando durante un periodo de cinco años el contribuyente haya sido sancionado por esa conducta la segunda o posteriores veces.  Manifestar datos falsos para obtener de la autoridad fiscal la devolución de contribuciones que no le correspondan.  Prestar en las declaraciones deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos.. El artículo 109, fracción I del CFF establece que será sancionado con las mismas penas de delito de defraudación fiscal quien: “Consigne en las declaraciones que se presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o determinados conforme a las leyes”.. En la misma forma, será sancionada aquella persona física que perciba dividendos, honorarios o en general preste un servicio personal independiente o esté dedicada a actividades empresariales, cuando realice un ejercicio fiscal erogaciones superiores a los ingresos declarados en el propio ejercicio y no compruebe a la autoridad fiscal el origen de la diferencia en los plazos y conforme al procedimiento establecido en la ley de Impuesto sobre la Renta. (Barajas, Campos, Sobarzo, & Zamudio, 2011).. La mala actuación de los contribuyentes, tales como no expedir comprobantes por las operaciones realizadas, usar datos y documentación falsa, es considerada un 46.

(47) delito fiscal y será juzgada por autoridades federales, con penas de tres meses a seis años; en caso tal que se compruebe la cantidad, podrá reducir su pena hasta el 50%, si devuelve el monto.. La producción y el intercambio de los comprobantes fiscales (facturas, recibos, notas), usados en estos casos de fraude, abarcan desde quien reproduce de manera no lícita dichos comprobantes hasta quien los adquiere. 3.2. COMPROBACIÓN. POR. PARTE. DE. SECRETARIA. DE. ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. Las autoridades fiscales, a través de diversos mecanismos como son visitas domiciliarias, visitas de gabinete, revisión de dictámenes emitidos por contadores públicos registrados, podrán revisar las transacciones realizadas por el contribuyente y asegurarse de que éste cuenta con los comprobantes fiscales correspondientes, y verificar su autenticidad así como que éstos cumplan con los requisitos fiscales exigidos. (Fernández, 2009).. Podrá solicitar la información contable necesaria, que le sirva como evidencia para determinar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, o por lo contrario comprobar si hay algún acto de evasión fiscal.. Las facultades de las autoridades fiscales se suprimen, en un plazo de cinco años contados, a partir de la fecha en que debió presentar la información solicitada en la declaración del ejercicio. En declaraciones complementarias, el vencimiento se cuenta a partir del día siguiente a que se presenta, en un plazo no mayor a cuatro meses contados a partir del vencimiento.. De aquí, la importancia de las auditorías en forma periódica y dentro de un plazo que permita a las autoridades fiscales, revisar y verificar las responsabilidades y 47.

(48) sanciones que le corresponden al contribuyente, a fin de combatir el riesgo de la evasión.. En la contabilidad mexicana, se utilizan diversos tipos de comprobantes fiscales como son: Facturas, notas de crédito, notas de cargo, recibos de honorarios, recibos de arrendamiento, recibos de donativos, los cuales son considerados a continuación:  La factura es un comprobante que ampara una transacción principalmente de compra venta de bienes o servicios, y es utilizada por personas morales y por personas físicas con actividad empresarial.  Las notas de crédito y de cargo son comprobantes relacionados con la factura, su función es disminuir o aumentar el monto de la transacción, y también debe cumplir con los requisitos fiscales señalados para la factura.  El recibo de honorarios es utilizado por personas físicas, cuya actividad es la prestación de servicios personales independientes. Por ejemplo arquitectos, médicos, contadores, abogados, entre otros profesionales.. Una característica de este tipo de comprobantes es que incluyen el ISR y el IVA retenido, ya que al prestar los servicios a personas morales, éstas deben hacer las retenciones correspondientes y entregar una constancia de retención; estás retenciones podrán acreditarse contra el impuesto provisional, como anual del ISR e IVA.  El recibo de arrendamiento es un comprobante utilizado en actividades de uso o goce temporal de bienes, lo expide quien dan en arrendamiento un bien inmueble. Este recibo presentan las mismas características que el recibo de honorarios, por lo que cuando dan en arrendamiento los bienes a personas 48.

(49) morales, proceden las retenciones y la constancia ya mencionada con anterioridad.  Los recibos de donativos se utilizan cuando se recibe una donación; para efectos fiscales también debe reunir los requisitos mencionados y de manera particular también los señalados en la Resolución Miscelánea Regla II.2.4.3.. Bajo esta situación, los contribuyentes continúan realizando operaciones falsas con comprobantes fiscales apócrifos, por lo que las autoridades fiscales, han fortalecido la vigencia de la adopción de la factura electrónica, mediante la obligatoriedad de conservar la documentación en formato XML o PDF por un plazo de cinco años.. 49.

(50) 4.. DETERMINACIÓN DEL OBJETIVO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA. Desde el punto de vista del contribuyente, la implementación de este esquema de facturación electrónica, debe traducirse en una simplificación y reducción de los costos en el cumplimiento de obligaciones tributarias, pues facilita el trámite de autorización de facturas, se genera un ahorro de papelería, archivo y espacio de almacenamiento, lo que trae consigo un aporte al medio ambiente al implementar una cultura de cero papel.. Con relación a los costos indirectos que tiene que asumir un contribuyente, el Banco Mundial ha elaborado según las bases de datos de Doing Business, un detalle en el cual muestra que el número de horas promedio por año que se toma un contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias es de 431, considerando que en promedio se trabaja 8 horas diarias, por 5 días a la semana y por 12 meses al año se tienen, 1920 horas al año, lo que representaría en promedio 22.4 por 100 horas, que en promedio un contribuyente destina al año en América Latina para cumplir con el pago de impuestos.. Según estos datos, Brasil con 2.600 horas por año, es el país en el que más tiempo toman los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, esto debido fundamentalmente a la complejidad de su sistema tributario donde tienen administraciones tributarias federales, estatales y locales. (Banco Mundial, s.f).. 50.

(51) Figura 8 Tiempo que toma cumplir con el pago de impuestos en América Latina.. Fuente: Base de datos Doing Business-Banco Mundial.. Estas cifras son el reflejo de la complejidad de la estructura de los sistemas tributarios que se manejan en América Latina, por lo cual las administraciones tributaras han venido desarrollando planes y programas para estar por debajo de este promedio, y uno de los mecanismos utilizados es a facturación electrónica. 4.1.1. Desde el punto de vista de la administración tributaria. El recibir los. documentos electrónicos, presenta la ventaja de que es posible realizar todas las revisiones necesarias, sin necesidad de solicitar posteriormente documentación física al contribuyente.. Al disponer de la información en medio electrónico, permite realizar procesos de fiscalización. más. eficaces,. ya. que se. disminuye. las. posibilidades. de. documentación tributaria falsa, se fortalece el control de los documentos tributarios, se potencia un control más consistente entre los distintos impuestos y es posible realizar cruces masivos de información entre los libros contables del contribuyente.(Cuéllar Díaz, Vargas Rojas, & Castro Losada, Conbilidad Enfoque Practico, 2012). 51.

(52) 4.1.2. Desde la perspectiva del gobierno. El uso extensivo de la factura. electrónica permitiría mayor transparencia al alcance del ciudadano y una mejoría en el control de las adquisiciones del estado por parte de los organismos de control. Esto permitirá fortalecer el gobierno electrónico. (Acosta Álvarez, 2014). 4.1.3. Desde el punto de vista del consumidor. El uso de la factura electrónica. permitirá facilitar el seguimiento por parte de ellos mismos respecto al tipo de consumo que realizan y el acceso a estadísticas que permitan orientar su consumo futuro. (Espinoza, 2011). 4.2. OBJETIVO DE IMPLEMENTAR LA FACTURA ELECTRÓNICA EN COLOMBIA.. El esquema de facturación aplicado en Colombia (comprobantes impresos), es el esquema más antiguo y al cual el contribuyente está muy apegado, pues al obtenerlo impreso este es palpable, cómodo y sencillo en su manejo, sin embargo no es el más adecuado dado que pueden extraviarse, dañarse e incluso sustraerse, además es costoso y difícil mantener un archivo en buenas condiciones a lo largo del tiempo. Precisamente en este esquema se facilita la falsificación o fabricación de comprobantes apócrifos.. Un análisis de las conveniencias de la factura electrónica realizado por la Asociación Nacional de Instituciones Financieras, ANIF, se destacan los beneficios que traería para Colombia la implementación de este sistema con miras a reducir la informalidad laboral y la evasión tributaria.. 52.

Figure

Figura 1 Organigrama Prodecon.
Figura 4 Comprobante máquina registradora de comprobación fiscal.
Figura 7 Factura electrónica
Figura 8 Tiempo que toma cumplir con el pago de impuestos en América Latina.
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Referencias

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