CAMBIO DE FORMULARIO CONTRACTUAL DE LÍNEA REVOLVENTE
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 17 de octubre del 2014 entrará en vigencia el nuevo formulario contractual LÍNEA REVOLVENTE - Versión 007 el mismo que reemplazará la versión 006 vigente.
Principales cambios en CLÁUSULAS:
SEGUNDA.- DE LA UTILIZACIÓN DE LA LINEA
La Renovación de LA LÍNEA es automática, previa evaluación de EL CLIENTE por parte de MIBANCO. Además, se explica detalladamente el proceso de comunicación y consentimiento de ampliación de línea de crédito.
TERCERA.- PLAZO Y FORMA DE PAGO
En caso MIBANCO opte por modificar la modalidad de pago, esta decisión será comunicada a EL CLIENTE.
NOVENA.- PAGARÉ INCOMPLETO
Queda establecido que si el pagaré se extraviara, perjudicara o se dañara de cualquier forma, MIBANCO seguirá teniendo los mismos derechos frente a EL CLIENTE para cobrar el saldo deudor de LA LÍNEA, acuerdo que se
establece de conformidad con el artículo 1233 del Código Civil.
DÉCIMA.- FACULTAD DE COMPENSACIÓN y RETENCIÓN
Facultad de compensación que tienen las empresas del sistema financiero, en virtud de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
DÉCIMO PRIMERA.- PAGOS ANTICIPADOS
EL CLIENTE, deberá indicar expresamente a MIBANCO su voluntad para efectuar el Pago Anticipado al momento de
hacer entrega del monto de dinero a prepagar.
DÉCIMA TERCERA.- SEGUROS
Si EL CLIENTE, no llegara a contar con una póliza de seguro, EL BANCO podrá, sin estar obligado a ello, contratar, renovar y/o mantener vigentes los seguros descritos por cuenta y costo de EL CLIENTE.
DÉCIMO QUINTA.- CESIÓN
En caso se realice la cesión, ésta será comunicada posteriormente y de manera fehaciente a EL CLIENTE y a EL FIADOR, con indicación del nuevo acreedor o titular de los derechos cedidos, momento a partir del cual la misma
será oponible a EL CLIENTE y EL FIADOR.
DÉCIMA OCTAVA.- Protección De Datos Personales: Cláusula referida a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS.
VIGÉSIMA.- FIANZA
Expresa detalladamente las funciones y derechos de EL FIADOR.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- INFORMACIÓN
EL CLIENTE podrá elegir la remisión o no de información a través de cualquiera de los mecanismos (físico o electrónico).
CLÁUSULA ADICIONAL.-
La presente Cláusula Adicional está referida a la Apertura de una Cuenta Corriente, cuyas condiciones son independientes de las establecidas para el contrato de línea de crédito Dicha cláusula incluye:
- CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE
- AFILIACIÓN A BANCA POR INTERNET Y BANCA POR TELÉFONO
- TARJETA DE DÉBITO
- DISPOSICIONES GENERALES FINALES
Asimismo, se eliminó la siguiente CLÁUSULA:
DÉCIMO CUARTA.- SEGUROS OPTATIVOS
Producto al que se hace referencia en la cláusula DECIMO TERCERA: SEGUROS
Para mayor detalle visite nuestra página web www.mibanco.com.pe donde encontrará toda la información de préstamos.
Los clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 15 de Octubre de 2014
Hacemos de su conocimiento que a partir del 20 de Setiembre del 2014 entrará en vigencia el nuevo formulario contractual DE PRÉSTAMO - Versión 008 el mismo que reemplazará la versión 007 vigente.
Principales cambios en CLÁUSULAS:
CUARTA.- PAGO DEL PRÉSTAMO E INFORMACIÓN PERMANENTE:
En caso, EL CLIENTE sea titular de varios créditos y este al efectuar un pago no indica qué deuda debe ser imputada, MIBANCO aplicará el pago conforme a lo establecido en el artículo N° 1259 del Código Civil. Además, EL CLIENTE podrá elegir la remisión o no relacionadas a los pagos efectuados y aquellos que se encuentren pendientes conforme al cronograma de pagos. Asimismo, EL CLIENTE podrá elegir el mecanismo por el
cual desee ser informado (medio físico o medio electrónico).
SEXTA.- DERECHOS DE MIBANCO:
Señala los derechos de MIBANCO; tales como: Derechos de Compensación, Centralización, De Modificar el Contrato, De Terminar Anticipadamente el Contrato (Resolución) y Derecho de Cesión.
SÉPTIMA.- PAGOS ANTICIPADOS:
Se detallan los tres tipos de pagos anticipados; tales como:
- Pago anticipado parcial con reducción de plazo.
- Pago anticipado con reducción de cuota.
- Pago anticipado total.
DÉCIMO TERCERA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES:
Cláusula referida a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS.
Para mayor detalle visite nuestra página web www.mibanco.com.pe donde encontrará toda la información de préstamos.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 19 de Setiembre de 2014
MODIFICACIÓN DE TASAS EN CUENTAS CTS
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 24 de octubre del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para cuentas CTS:
Moneda Nacional Rango TEA Hasta S/. 20,000 3.75% S/. 20,001 - S/.70,000 4.75% Más de S/.70,000 5.75% Moneda Extranjera Rango TEA Hasta US$. 10,000 1.25% US$. 10,001 - US$. 30,000 1.75% Más de US$. 30,000 2.25%
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 8 de Setiembre de 2014
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 14 de Agosto del 2014 entrará en vigencia el nuevo formulario contractual DE CUENTA DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS CTS - Versión 001 el mismo que reemplazará la versión vigente del contrato de servicios bancarios
Principales Cambios
Se han eliminado las cláusulas respecto de otros productos del pasivo, quedando únicamente las cláusulas del
Producto de CUENTA DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS CTS
Se han incorporado entre otras las siguientes cláusulas:
NOVENO.-Protección De Datos Personales: Cláusula referida a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS DÉCIMO CUARTO: Información Permanente: El Cliente podrá elegir la remisión de su información o no de información relacionada a las operaciones efectuadas en su(s) cuenta(s) a través de medios físicos o electrónicos.
Para mayor detalle visite nuestra página web www.mibanco.com.pe donde encontrará la información sobre cuentas.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 14 de Agosto de 2014
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 30 de Agosto del 2014 entrará en vigencia el nuevo formulario contractual DE CUENTA CORRIENTE -Versión 001 el mismo que reemplazará la versión vigente del contrato de servicios bancarios
Principales Cambios
Se han eliminado las cláusulas respecto de otros productos del pasivo, quedando únicamente las cláusulas del
Producto de CUENTA CORRIENTE.
Se han incorporado entre otras las siguientes cláusulas:
TERCERO:Facultades de Centralización y Compensación: Mibanco podrá centralizar y consolidar los saldos que presenten cada una de ellas, sin necesidad de autorización previa ni conformidad posterior. SÉTIMA.-Protección De Datos Personales: Cláusula referida a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS
Para mayor detalle visite nuestra página web www.mibanco.com.pe donde encontrará la información sobre cuentas.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 14 de Agosto de 2014
Hacemos de su conocimiento que a partir del 08 de Agosto del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para los productos: Cuenta de Ahorro Estándar, Cuenta Corriente y Full Ahorro:
Comisión Importe
Consulta de saldos o movimientos en cajeros automáticos Mibanco, BBVA Banco Continental, Globalnet o
Multired del Banco de la Nación Sin costo
Retiros de cajeros automáticos Mibanco, BBVA Banco Continental, Globalnet o Multired del Banco de la
Nación en la misma localidad en donde se abrió la cuenta Sin costo
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 08 de Agosto de 2014
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 08 de Agosto del 2014 entrará en vigencia el nuevo formulario contractual DE CUENTA DE DEPÓSITOS DE AHORRO - Versión 001 el mismo que reemplazará la versión vigente del contrato de servicios bancarios
Principales Cambios
Se han eliminado las cláusulas respecto de otros productos del pasivo, quedando únicamente las cláusulas del
Producto de Ahorros
Se han incorporado las siguientes cláusulas:
SEXTO.- Facultades de Centralización y Compensación: Mibanco podrá centralizar y consolidar los saldos que presenten cada una de ellas, sin necesidad de autorización previa ni conformidad posterior. DÉCIMA.- Protección De Datos Personales: Cláusula referida a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS DÉCIMO QUINTO: Información Permanente: El Cliente podrá elegir la remisión de su información o no de información relacionada a las operaciones efectuadas en su(s) cuenta(s) a través de medios físicos o electrónicos.
Para mayor detalle visite nuestra página web www.mibanco.com.pe donde encontrará la información sobre cuentas.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 08 de Agosto de 2014
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 08 de Agosto del 2014 entrará en vigencia el nuevo formulario contractual DE CUENTA DE DEPÓSITOS A PLAZO FIJO - Versión 001 el mismo que reemplazará la versión vigente del contrato de servicios bancarios
Principales Cambios
Se han eliminado las cláusulas respecto de otros productos del pasivo, quedando únicamente las cláusulas del
Producto de Depósito a plazo fijo.
Se han incorporado las siguientes cláusulas:
DÉCIMA.- Protección De Datos Personales: Cláusula referida a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS DÉCIMO QUINTO: Información Permanente: El Cliente podrá elegir la remisión de su información o no de información relacionada a las operaciones efectuadas en su(s) cuenta(s) a través de medios físicos o electrónicos.
Para mayor detalle visite nuestra página web www.mibanco.com.pe donde encontrará la información sobre cuentas.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 08 de Agosto de 2014
MODIFICACIÓN TASAS EN DEPÓSITO A PLAZO FIJO MONEDA NACIONAL
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 08 de Agosto del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para el producto Depósito a Plazo Fijo - Moneda Nacional:
PERSONA NATURAL EN MONEDA NACIONAL
Persona Natural
Actual Del 08 de Agosto Actual Del 08 de Agosto Actual Del 08 de Agosto Hasta Hasta De S/.25,001 De S/.25,001 Más de Más de S/.25,000 S/.25,000 a S/.50,000 a S/.50,000 a S/.50,000 a S/.50,000 De 15 a 30 días 1.80% 1.80% 1.95% 1.95% 2.10% 2.10% De 31 a 60 días 2.00% 2.00% 2.15% 2.15% 2.30% 2.30% De 61 a 90 días 2.40% 2.30% 2.55% 2.45% 2.70% 2.60% De 91 a 120 días 2.85% 2.60% 3.00% 2.75% 3.15% 2.90% De 121 a 180 días 3.30% 3.00% 3.45% 3.15% 3.60% 3.30% De 181 a 270 días 3.80% 3.50% 3.95% 3.65% 4.10% 3.80% De 271 a 360 días 4.25% 3.75% 4.40% 4.00% 4.55% 4.05% De 361 a 540 días 4.60% 4.10% 4.75% 4.30% 4.90% 4.35% De 541 a 720 días 5.00% 4.30% 5.15% 4.55% 5.30% 4.60% De 721 a 900 días 5.35% 4.55% 5.50% 4.70% 5.65% 4.85% De 901 a 1080 días 5.70% 4.80% 5.85% 4.95% 6.00% 5.10% > 1080 Dias 5.90% 4.90% 6.05% 5.05% 6.20% 5.20%
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 09 de Junio del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para el producto Cuenta de Ahorros Estándar:
Moneda Extranjera
PERSONA NATURAL
Rango de Saldo Diario TEA(1) TREA
US$70 - US$2,000 0.10% 0.10% US$2,001 - US$5,000 0.15% 0.15% US$5,001 - US$10,000 0.20% 0.20% US$10,001 - US$30,000 0.25% 0.25% Mayor a US$30,000 0.30% 0.30% PERSONA JURIDICA
Rango de Saldo Diario TEA(1) TREA
US$70 - US$5,000 0.05% 0.05%
US$5,001 - US$20,000 0.10% 0.10%
Mayor a US$20,000 0.15% 0.15%
(1) Se remuneran todas las cuentas con saldo promedio mensual mayor a S/. 200 o US$ 70 TEA aplicable sobre los saldos diarios de la cuenta.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 26 de Abril de 2014
MODIFICACIÓN TASAS EN CUENTA AHORRO SEGURA
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 09 de Junio del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para el producto Cuenta Ahorro Segura:
Moneda Extranjera
PERSONA NATURAL
Rango de Saldo promedio Diario TEA(1) TREA
Para saldos mayores o iguales a US$100 0.100% 0.100%
(1) Se remuneran todas las cuentas con saldo promedio mensual mayor a S/. 300 o US$ 100 TEA aplicable sobre los saldos diarios de la cuenta.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 26 de Abril de 2014
MODIFICACIÓN RANGOS Y TASAS EN CUENTA AHORRO NEGOCIOS
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 09 de Junio del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para el producto Cuenta Ahorro Negocios:
Moneda Extranjera
PERSONA NATURAL
Rangos TEA(1) TREA
Para saldos mayores o iguales a
US$1,000 0.05% 0.05%
PERSONA JURIDICA
Rangos TEA(1) TREA
Para saldos mayores o iguales a
US$1,000 0.05% 0.05%
(1) Se remuneran todas las cuentas con saldo promedio mensual mayor a US$1,000 TEA aplicable sobre los saldos diarios de la cuenta.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 26 de Abril de 2014
MODIFICACIÓN TASAS EN CUENTA FULL AHORRO
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 09 de Junio del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para el producto Cuenta Full Ahorro:
Moneda Extranjera
PERSONA NATURAL
Rango de Saldo promedio mensual TEA(1) TREA
Saldos menores a US$1,000 0.10% 0.10%
Más de US$1,000 - US$14,999 0.25% 0.25%
Mayor o igual a US$15,000 0.40% 0.40%
(1) Se remuneran todas las cuentas con saldo promedio mensual mayor a S/. 3,000 o US$1,000 TEA aplicable sobre los saldos diarios de la cuenta.
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 26 de Abril de 2014
MODIFICACIÓN TASAS EN CUENTA CORRIENTE REMUNERADA
Estimado(a) cliente:
Mayor o igual a US$100 - Menor o igual a US$300 0.03%
Mayor a US$300 - Menor o igual a US$1,000 0.05%
Mayor a US$1,000 - Menor o igual a US$2,000 0.08%
Mayor a US$2,000 0.12%
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 26 de Abril de 2014
MODIFICACIÓN TASAS EN CUENTA CORRIENTE ESTÁNDAR
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 09 de Junio del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para el producto Cuenta Corriente Estándar:
Moneda Extranjera
RANGO PERSONA NATURAL PERSONA JURIDICA
TEA TEA
Saldos mayores o iguales a US$3,000 0.10% 0.03%
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 26 de Abril de 2014
MODIFICACIÓN TASAS EN DEPOSITO A PLAZO FIJO
Estimado(a) cliente:
Hacemos de su conocimiento que a partir del 09 de Junio del 2014 entrará en vigencia la siguiente modificación al Tarifario del Banco para el producto Depósito a Plazo Fijo - Moneda Extranjera:
Persona Natural Tasas - Moneda Extranjera
PLAZOS Rangos
Hasta US$10,000 Más de US$10,000
TEA TREA TEA TREA
De 15 a 30 días 0.05% 0.05% 0.15% 0.15% De 31 a 60 días 0.10% 0.10% 0.20% 0.20% De 61 a 90 días 0.15% 0.15% 0.25% 0.25% De 91 a 120 días 0.20% 0.20% 0.30% 0.30% De 121 a 180 días 0.30% 0.30% 0.40% 0.40% De 181 a 270 días 0.45% 0.45% 0.55% 0.55% De 271 a 360 días 0.55% 0.55% 0.65% 0.65% De 361 a 540 días 0.65% 0.65% 0.75% 0.75% De 541 a 720 días 0.80% 0.80% 0.90% 0.90% De 721 a 900 días 0.95% 0.95% 1.05% 1.05% De 901 a 1080 días 1.10% 1.10% 1.20% 1.20% > 1080 días 1.25% 1.25% 1.35% 1.35% Persona Jurídica Tasas - Moneda Extranjera
Plazos TEA TREA
De 15 a 30 días 0.10% 0.10% De 31 a 60 días 0.15% 0.15% De 61 a 90 días 0.20% 0.20% De 91 a 120 días 0.25% 0.25% De 121 a 180 días 0.30% 0.30% De 181 a 270 días 0.35% 0.35% De 271 a 360 días 0.40% 0.40% > 360 días 0.45% 0.45%
Los Clientes pueden dar por concluida la relación contractual con Mibanco conforme a los términos establecidos en la Res. SBS 8181-2012 , en caso no se encuentre de acuerdo con la presente modificación, según lo establecido en el contrato suscrito con nosotros.
Fecha de publicación: 26 de Abril de 2014