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BOLETIN OFICIAL Nº 8 3 6
1ra. Quincena de junio de
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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
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1ra. Quincena de junio de 2011
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DDRR.. AANNGGEELLGGUUSSTTAAVVOOPPOOSSSSEESr. Secretario (Interino) de la Secretaría General
de Gobierno y Administración. Dr. Ricardo J. M. Rivas Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta Secretario de Inspecciones, R. Urbanos y Tránsito Cdor. Guillermo Sánchez Landa
Secretario de Desarrollo Social Sr. Mario Salvador Alonso Secretario de Salud Pública Dr. Gustavo César Hirsch Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo Landivar Secretario de Producción y Turismo Dr. Carlos Prassel Secretario de Servicios Públicos Sr. Alberto Trípoli Secretario Privado Sr. Juan Carlos Canal Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac Flier
CONTENIDO DE ESTE NUMERO
ORDENANZAS: 8594 y 8597
a 8598 página 4
DECRETOS: 1269 a 1481 página 5 a 342 RESOLUCIONES S.I.R.U. y T.
(Inspección General): 440 a 480 página 343 a 348 RESOLUCIONES S.I.R.U. y T. (Tránsito): 277 a 345 página 349 a 358 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Rentas): --- página --- RESOLUCIONES S.G.G. y A.
(Obras Públicas): 114 a 120 página 359 a 360 RESOLUCIONES S.I.C.: 4 a 8 página 361
RESOLUCIONES (Obras Particulares): 123 a 139 página 362 a 363 RESOLUCIONES DE PERSONAL: 357 a 409 página 364 a 369 RESOLUCIONES DE SALUD PUBLICA: 649 a 715 página 370 a 377
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ORDENANZA Nº 8594:
LICITACION PUBLICA -Empresa DigicorSa-lud S.R.L.-
Página 4
ORDENANZA Nº 8597:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 593 - (del 14 de junio de 2011)---
ORDENANZA Nº 8598:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 592 - (del 10 de junio de 2011)---
DECRETO Nº 1305/11:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 591 - (del 8 de junio de 2011)
Ref. Expte. Nº 13582-C-2010.-
SAN ISIDRO, 19 de mayo de 2011.-
Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su QUINTA REU-NION – CUARTA SESION ORDINARIA de fecha 18 de mayo de 2011, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8594, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8594
LICITACION PUBLICA Empresa Digicor Salud S.R.LARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la Empresa Digicor Salud S.R.L., la Licitación Pública N° 06/2011, referida a la contratación del servicio de es-tudios hemodinámicas y angioplastías y servicios de cirugía cardiovascular.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.-
p.b.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
JOSÉ MARIA AMADO
Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
JULIA RITA KUZIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
PROMULGADA POR DTO Nº 1346
Del 6 de junio de 2011.
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Ref. Expte. Nro. 5250-C-2011
SAN ISIDRO, 1º de Junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1 2 6 9
VISTO el Suministro Nro. 240-742/2011, origina do en la Secretaría de Integración Comunitaria y Desarrollo Social; y
Considerando:
QUE como consecuencia de aquél, la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada Nro. 108/2011;
QUE la Dirección General de Compras efectuó la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas realizados a fojas 49, aconsejando la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1o- Adjudícase a VIA URBANA S.R.L., con domicilio en Avenida Santa Fe ************* nro. 336, de la localidad de Acassuso, los VIAJES A REALIZARSE CON LA PROVISIÓN DE MICROS PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS, por un monto to tal de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
($375.000.-).-ARTICULO 2o.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto Gene ral de Gastos
pertinente.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.
DESPACHO Y LEGISLACION
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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº 2513-P-2011.-
SAN ISIDRO, 1 de junio de 2011
DECRETO NUMERO:
1270
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru-mental; y
Considerando:
QUE a fojas 1, luce nota de pedido efectuado por la apoderada de la ex agente Gloria Argentina VILLANUEVA (Legajo Nº 16721), con res-pecto a la certificación de servicios prestados en esta Comuna para ser presentada ante el ANSES;
QUE de acuerdo a informes de las distintas áreas de la Dirección General de Personal, obrante a fojas 7, 8, y 9, no se ha detectado tras exhaus-tiva búsqueda, acto administrativo alguno, que determine fehacientemente la fecha de cese de la agente citada;
QUE, dada las circunstancias planteadas, y las fotocopias de recibos de sueldo presentados por la actora, se ha llegado a la conclusión de poder determinar su desvinculación con la Comuna, a partir del 1º de enero de 1990, habien-do prestahabien-do servicios hasta el 31 de diciembre de 1989, según liquidación final obrante a fojas 24;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Reconócese el cese de la ex agente Gloria Argentina VILLANUEVA ************* (Legajo Nº 16721), con retroactividad al 1º de enero de 1990, habiendo cumplido funciones comisionada (según Decreto 1295/87), en la Delegación Monteviejo.- ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
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Ref.: Expte. N° 10680-T-2008 y ag.-
SAN ISIDRO, 1 de junio de 2011 DECRETO NUMERO: 1271
VISTO los recursos presentados por la empresa AySA S.A., obrantes a fojas 78/88 del expediente n° 10680-T-2008 y a fojas 1/3 del expe-diente n° 7235-A-2010, contra la Resolución de fojas 65 de la Dirección General de Rentas, por medio de la cual la Comuna le reclamara el pago de Derechos por Ocupación de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE llamada a intervenir al respecto la Asesoría Legal Municipal, la misma se expide a fojas 16, mediante Dictamen n° 7522, expresando en primer lugar que, ya ha dictaminado en su oportunidad a fojas 55, y luego, a consecuencia de los recursos interpuestos, a fojas 14 del expediente 7235-A-2010, por lo que la tarea que compete a la Asesoría Legal ya ha sido cumplimentada, y el rechazo de los recursos deberá hacerse a través del pertinente acto administrativo que deberá dictar la Secretaría General de Gobierno y Administración;
QUE de los dictámenes citados surge la imposi-bilidad de reclamar por vía de apremio la deuda por ocupación del espacio público del servi-cio de aguas, por contar los mismos con una ley emanada del Congreso Naservi-cional que los exime del pago de ese tributo, y por otras consideraciones que se leen en el dictamen, como ser parte de la deuda perteneciente a una sociedad distinta a la que finalmente podría ser de-mandada;
QUE dicha ley, de dudosa constitucionalidad en atención a la autonomía municipal, declarada en nuestra Constitución (Artículos 5° y 123°), provocaría el rechazo de la acción con costas, siendo el monto a reclamarse elevado pues así también serían las costas a afrontar;
QUE tanto en dicha oportunidad como en poste-riores, la Asesoría Legal barajó la posibilidad de plantear una acción declarativa de inconsti-tucionalidad de la ley en cuestión, en un tribunal especialista en el tema que nos ocupa – como ser el Contencioso Administrativo Departamental-, sin generar costas al Municipio, en atención a que el Código Procesal de la materia establece las costas por su orden, a excep-ción de aquellas que se generaran por la actuaexcep-ción en la Corte Suprema de Justicia, si el tema llegara a dichas instancias;
Ref.: Expte. N° 10680-T-2008 y ag.-
QUE en oportunidad de plantear la Dirección de Tasas Varias la intención de efectuar el reclamo administrativo, la Asesoría Legal, en el en-tendimiento del derecho municipal que nos asiste, y la presunta constitucionalidad de la ley que exime de su pago al organismo, y teniendo en cuenta que el mismo genera costas a la Comuna, se ha expresado de manera positiva;
QUE a dicho reclamo se plantea un recurso ad-ministrativo, obviamente basado en la exención establecida por la Ley del Congreso Nacio-nal;
QUE nuevamente la Asesoría Legal dictamina a fojas 14, remitiéndose a las consideraciones ya vertidas en el dictamen de fojas 55;
QUE lo cierto es que dicha ley existe, que emana del Congreso Nacional, y es doctrina de la Corte Suprema de Justicia que las exenciones tributarias en este estilo sólo pueden emanar de manera inequívoca de ley del Congreso Na-cional –tal como en el caso que nos ocupa- y a fojas 56 in fine se ha citado jurisprudencia de Corte en el mismo sentido, considerando al tributo local un desconocimiento al ámbito de protección que la ley federal otorga al servicio público;
QUE ha de tenerse presente que se trata de un tributo por el uso del espacio público municipal, y no retributivo de un servicio efectivamen-te prestado;
QUE por lo expuesto, concluye la Asesoría Le-gal expresando que, siendo un derecho cuanto menos discutible, toda vez que teniendo en cuenta la autonomía municipal, podría discutirse la constitucionalidad de dicha ley. La doc-trina de la Corte Suprema de la Nación expuesta en el fallo citado, no es favorable a esta postura con la importancia que ella implica, mas la misma no es inamovible en definitiva si se otorgan los fundamentos suficientes que puedan conmover su respetable postura, y siendo el monto en cuestión de considerable cuantía, ha de ser el Departamento Ejecutivo quien en definitiva sopese la situación que se plantea y tome la decisión de rechazar o no el recurso interpuesto, por ello se sugiere se eleven las actuaciones a consideración del superior, pu-diendo incluso considerarse la posibilidad de plantear la acción judicial aludida de manera previa, y que en definitiva la justicia se expida sobre el particular;
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Ref.: Expte. N° 10680-T-2008 y ag.-
QUE analizado el tema por parte de este Departamento Ejecutivo, se dispone el rechazo de los recursos interpuestos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNCIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Recházase los recursos interpuestos por la empresa AySA S.A., obrantes a ************* fojas 78/88 del expediente n° 10680-T-2008 y a fojas 1/3 del expediente n° 7235-A-2010, contra la Resolución de fojas 65 de la Dirección General de Rentas, en un to-do de acuerto-do al Dictamen N° 7522 de la Asesoría Legal Municipal.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº
5539-G-2011.-SAN ISIDRO, 1º de Junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1272
VISTO el pedido obrante en autos, respecto de la eximición del pago de recargos como consecuencia de la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante la Cuenta Corriente N° 530.264; y
Considerando:
QUE la Secretaría General de Gobierno y Admi-nistración, a fojas 7 estima procedente acceder a lo peticionado, eximiendo del pago del 20% de los recargos y la quita de las multas;
QUE además dispone otorgar al interesado un plan de pago de hasta 60 cuotas, dejando constancia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el convenio de facilidades en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de las multas y el 20% de los recargos *************** correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente N° 530.264, ubicado en Colombres N° 1125 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
ARTICULO 2º.- Otórgase a la interesada un plan de pago de hasta sesenta (60) cuotas, *************** dejando constancia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el convenio de facilidades en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, debiendo acreditar la titularidad.-
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Ref.: Expte. Nº
5539-G-2011.-ARTICULO 3º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. 7938-S-2010.- Alcance 3.-
SAN ISIDRO, 2 de junio de 2011.
DECRETO NUMERO: 1 2 7 3
VISTO lo actuado en el presente expediente; y Considerando:
QUE, mediante Ordenanza 8004 y presentación de la Comisión Representativa de Vecinos de Santa Rita-Golf, se dispuso la realización de las obras de desagües cloacales de la zona delimitada por las calles Darragueira, Blanco En-calada, Laprida, Bernabé Márquez, Fondo de la Legüa, Thames, Colectora Este Ruta Pana-mericana-Tupac Amarú y Monroe, del Partido de San Isidro, se llevaría a cabo conforme el procedimiento establecido por el Capítulo III de la Ordenanza General 165;
QUE, la aludida norma, determina que, una vez realizada la encuesta previa entre los vecinos beneficiarios de la obras, la Comisión Repre-sentativa deberá comunicar a este Departamento Ejecutivo el resultado de la misma, y elevar la documentación técnica pertinente a fin de su elevación por los Organismos Técnicos competentes;
QUE, conforme surge de las constancias obran-tes en el presente expediente a fs. 1/149, se ha cumplimentado con el aporte de la documen-tación requerida, obrando a fs. 150 el informe producido por la Secretaría de Obras Públicas del cual se desprende que no existen objeciones de índole técnica al Proyecto presentado, circunstancia que habilita el dictado del Decreto pertinente a efectos de la continuidad del procedimiento de acuerdo a la aludida Ordenanza General;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, en los términos del ************* Artículo 17 de la Ordenanza General 165 las obras de construcción de
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Ref.: Expte. 7938-S-2010.- Alcance 3.- /////los desagües cloacales en la zona delimitada por las calles Darragueira, Blanco Encalada, Laprida, Bernabé Márquez, Fondo de la Legüa, Thames, Colectora Este Ruta Panamericana-Tupac Amarú y Monroe, del Partido de San Isidro, en los siguientes frentes:
Calle Larrea entre Coronel Bogado y Gorriti (ambas veredas) Calle Gorriti entre Larrea y Blas Parera (ambas veredas)
Calle Coronel Bogado entre Larrea y Blas Parera (ambas veredas) Calle Blas Parera entre Coronel Bogado y Gorriti (ambas veredas) Calle Gorriti entre Blas Parera y Potosí (ambas veredas)
ARTICULO 2º.- La empresa Aleste S.A., adjudicataria de las obras, podrá, a partir de ************* la notificación del presente, proceder a celebrar los convenios indivi-duales con los beneficiarios, sin perjuicio de los que haya firmado hasta la fecha. El plazo de obra es de noventa (90) días corridos.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Notifíquese y Publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACIÓN
DM
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 9537-G-2009.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 7 4
VISTO la presentación efectuada en autos por Norberto GONZALEZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigen-tes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Norberto GONZALEZ con domicilio en Primera Junta Nro. 1008, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte 110.245.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
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Ref.: Expte. Nro. 9537-G-2009.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro. 13390-M-1999.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 7 5
VISTO la presentación efectuada en autos por Rubén Carlos MACCHI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigen-tes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2009 - 2010 y 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2009 - 2010 y 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Rubén Carlos MACCHI con domicilio en Barrio San Isidro - Escalera Nro. 65 - 2º "A", de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte 612.863.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
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Ref.: Expte. Nro. 13390-M-1999.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro. 7965-V-1998.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 7 6
VISTO la presentación efectuada en autos por Máximo VARELA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re-construcción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Máximo VARELA con domicilio en Boedo Nro. 2145, de la Ciudad de Boulogne, juris-dicción de este Partido, Cta. Cte 552.252.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
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Ref.: Expte. Nro. 7965-V-1998.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro. 1921-D-2010.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 7 7
VISTO la presentación efectuada en autos por María Luisa DIAZ Vda. de CUETO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Luisa DIAZ Vda. de CUETO con domicilio en Francia Nro. 661, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte 220.347.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
21
Ref.: Expte. Nro. 1921-D-2010.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro. 3108-C-2009.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 7 8
VISTO la presentación efectuada en autos por María Cristina OSSORIO Vda. de CRISTIANI solicitando su inclusión dentro de los alcan-ces de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Lim-pieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Cristina OSSORIO Vda. de CRISTIANI con domicilio en Av. Juan Segundo Fernandez Nro. 1386, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte 721.022.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
23
Ref.: Expte. Nro. 3108-C-2009.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro. 1145-S-2009.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 7 9
VISTO la presentación efectuada en autos por Julio SANCHEZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, res-pecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Recons-trucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Julio SANCHEZ con domicilio en Alsina Nro. 1023, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte 221.355.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
25
Ref.: Expte. Nro. 1145-S-2009.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro. 680-P-1996.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 8 0
VISTO la presentación efectuada en autos por María Paula PINO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re-construcción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 4d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Paula PINO con domicilio en Ruta Acceso Norte Ramal Tigre Nro. 471, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte 780.360.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
27
Ref.: Expte. Nro. 680-P-1996.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro. 9609-B-2003.-
SANISIDRO, 02 de Junio de
2011.-DECRETO NUMERO:
1 2 8 1
VISTO la presentación efectuada en autos por María Inés BALLERINI (usufructuaria) solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe
imposi-bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d, por lo que procede el otor-gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2011;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2011, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Inés BALLERINI (usufructuaria) con domicilio en Jorge Newbery Nro. 1097 - 1º "B", de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte 732.313.-
ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-
29
Ref.: Expte. Nro. 9609-B-2003.--
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario (Interino) de la Secretaría Gral. de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. N° 3490-Y-2010.-
SAN ISIDRO, 2 de junio de 2011
DECRETO NUMERO:
1282
VISTO lo peticionado a fojas 1 por la Sra. María Teresa Yaniz de Sternberg, respecto de la escrituración en los términos de la Ley nro. 9533 del excedente fiscal identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manza-na 48, Parcela 9 d, correspondiente al bien ubicado a un costado “lindero” de la propiedad ubicada en la calle Maipú n° 316 de la Ciudad de San Isidro; y
Considerando:
QUE con las fotocopias certificadas del título de propiedad de fojas 10/18, se acredita que la peticionante resulta ser propietaria del inmueble lindero al excedente cuya escrituración se pretende;
QUE a fojas 42 se encuentre anejado el pertinen-te plano de mensura debidamenpertinen-te aprobado por la Dirección de Geodesia, con fecha 7 de octubre de 2010 -art. 13° de la Ley 9533-;
QUE con la manifestación obrante en el escrito de inicio (fojas 1 y 2), se da cumplimiento a lo requerido en el artículo 13°, inc b) de la nor-ma citada, revistiendo la misnor-ma el carácter de Declaración Jurada de la interesada, de que se encuentra en posesión real y efectiva del excedente fiscal;
QUE con las publicaciones de fojas 43/54, se acredita debidamente la publicación de edictos exigidas por la ley, y de la certificación nota-rial de fojas 4, surge la inexistencia de oposición alguna respecto de la escrituración solicita-da;
QUE la Ordenanza n° 5848 ha sido reemplazada por la que lleva el n° 8150, vigente a la fecha en la materia;
QUE a fojas 6 la Dirección de Catastro eleva las actuaciones a fin de emitir dictamen, toda vez que manifiesta que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ley n° 9533 para dar curso a lo peticionado, y que la parcela 9 d cumple con lo dispuesto en el Artículo 11°, inc 2) de la norma aplicable;
31
Ref.: Expte. N° 3490-Y-2010.-
QUE la Asesoría Legal Municipal mediante Dic-tamen n° 7526 obrante a fojas 57, considera que puede otorgarse ante el escribano propues-to la escritura referida a la cesión a título gratuipropues-to del excedente fiscal, resultando los gaspropues-tos del mismo a cargo de la peticionante;
QUE por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgándose la cesión solicitada;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Otórgase a la Sra. María Teresa Yaniz de Sternberg DNI 5.377.293, a título ************* gratuito el excedente fiscal, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección B, Manzana 48, Parcela 9 d, correspondiente al bien ubicado a un costado “linde-ro” de la propiedad sita en la calle Maipú n° 316 de la Ciudad de San Isidro.-
ARTICULO 2°.- Desígnase al/ la Escribano/a propuesto/a, para efectuar la escritura ************* pertinente, dejándose expresa constancia que todos los gastos correspon-dientes a la misma serán por cuenta de la interesada.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nº 14739-C-2000 – Alcance 1.-
SAN ISIDRO, 2 de junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1283
VISTO el Decreto n° 2990/10, por el cual se asigna a partir del 1° de enero del corriente, a diversas Secretarías y dependencias municipa-les, un importe fijo mensual en concepto de Caja Chica; y
Considerando:
QUE a fojas 214 se solicita el siguiente incre-mento en concepto de Caja Chica, correspondiente a la Asesoría Legal Municipal, a un total de $ 1.000,00, partir del mes de junio del corriente año;
QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas, considera procedente conceder la petición efectuada, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- INCREMENTASE, a partir del mes de junio de 2011, el importe fijo ************* mensual, en concepto de Caja Chica, correspondiente a la Asesoría Legal Municipal, a un total de PESOS MIL ($ 1.000,00).-
ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.-
ARTICULO 3º .- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
33
Ref.: Expte. N° 10866-V-2010.-
SAN ISIDRO, 2 de junio de 2011
DECRETO NUMERO:
1284
VISTO el recurso presentado a fojas 77/80 por la empresa VISA Argentina S.A., contra la Resolución obrante a fojas 68 de la Dirección Ge-neral de Rentas, en la cual se rechaza por improcedente el pedido de prescripción de deuda correspondiente a la Tasa por Publicidad, que recae sobre la cuenta corriente n° 900.253; y Considerando:
QUE se ha remitido informe a la Asesoría Legal Municipal;
QUE a fojas 87 se informa que por la cuenta co-rriente n° 900.253, la Dirección General de Rentas confeccionó y remitió a la Asesoría las siguientes intervenciones: Certificado de Deuda de Publicidad n° 531, por el período 1995/01 a 1998/04, por el que fue iniciado el correspondiente Juicio de Apremio, con fecha 28 de diciembre de 2000, que tramita en el Juzgado en lo Civil y Comercial n° 3, Secretaría Unica del Departamento Judicial de San Isidro, ampliado con el Certificado de Deuda n° 1268, por el período 1999/01 a 2003/04 con fecha 18 de noviembre de 2004;
QUE con respecto al Certificado de Deuda n° 7150, comprende los períodos 2004/01 a 2004/04, fue iniciado el reclamo judicial con fecha 25 de marzo de 2009, en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n° 12, Secretaría Unica del mismo Departamento Judicial, ampliado por el período 2005/01 a 2007/04, con Certificado de Deuda n° 9096;
QUE la Asesoría Legal Municipal expresa que se han radicado en legal tiempo y debida forma, sendas acciones judiciales por la deuda de los Derechos por Publicidad;
QUE la Dirección General de Rentas, a fojas 89 aconseja rechazar el pedido de prescripción formulado en autos;
QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio expuesto por la Dirección General de Rentas, por lo cual promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
Ref.: Expte. N° 10866-V-2010.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Recházase el recurso de revocatoria interpuesto a fojas 77/80, por la ************* empresa VISA Argentina S.A., contra lo dispuesto en la Resolución obran-te a fojas 68 de la Dirección General de Rentas, respecto de la solicitud de prescripción de deuda, correspondiente a la Tasa por Publicidad, que recae sobre la cuenta corriente n° 900.253.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
35
Ref.: Expte. Nº 963-P-2010.-
SAN ISIDRO, 2 de junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1285
VISTO la solicitud de prórroga del convenio de Anticipo Jubilatorio, solicitado por la ex-agente Beatriz Norma SOSA (Legajo Nº 40.002); y
Considerando:
QUE el retraso en la adjudicación del beneficio jubilatorio no obedece a cuestiones imputables al accionar del requirente;
QUE, la percepción del referido anticipo consti-tuye una necesidad de carácter alimentario por parte de la ex-agente;
QUE, no existe normativa legal que se oponga a dicha prórroga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Prorrógase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex- ************* agente Beatriz Norma SOSA (Legajo Nº 40.002), - M.I. Nº 5.691.146, Clase 1.947, mediante el cual se establece el pago a éste último del sesenta por ciento (60 %) de sus haberes que le corresponderán como anticipo de su jubilación, a partir del 1º de mayo de 2.011, y por un período de cuatro (4) meses, con cargo de reintegro. El monto del antici-po jubilatorio asciende a la suma mensual de pesos dos mil cuatrocientos ochenta y cinco ($ 2.485,00.-).-
ARTICULO 2º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente pasa a formar ************* parte integrante del presente decreto.-
ARTICULO 3º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo ************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-
Ref.: Expte. Nº 963-P-2010.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese y comuníquese al Instituto de Previsión ************* Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejemplar del convenio.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
37
Ref.: Expte. Nº 4344-P-2008.-
SAN ISIDRO, 2 de junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1286
VISTO lo solicitado mediante nota de la Dirección General de Educación, obrante a fojas 28; y
Considerando:
QUE la Docente Julieta Daniela BUTTINI (Lega-jo Nº 59959), fuera designada, en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, con funciones de Maestra en el Jardín de Infantes Nº 8, hasta el reintegro de Ariadna TRA-VERSO, en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía;
QUE, la docente en último término mencionada, renunció a partir del 1º de abril de 2011;
QUE se hace necesario ocupar dicho cargo; QUE en virtud de ello, se deberá limitar la de-signación en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, a la Docente Julie-ta Daniela BUTTINI (Legajo Nº 59959), a efectos de designarla provisionalmente, confor-me lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipa-lidades de la Provincia de Buenos Aires);
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 1º de abril de 2011, la designación en carácter de ************* “Planta Temporaria Personal Mensualizado”, a la docente Julieta Daniela BUTTINI (Legajo Nº 59959), a efectos de permitir un nuevo nombramiento.-
ARTICULO 2º.- Desígnase provisionalmente a la docente Julieta Daniela BUTTINI ************* (Legajo Nº 59959), a partir del 1º de abril de 2011, con la categoría de Maestra (J:1.1.1.01.06.000 – C:21 – O:1.1.1.08) y funciones en el turno tarde del Jardín de Infantes Municipal Nº 8, por renuncia de Ariadna TRAVERSO.-
Ref.: Expte. Nº 4344-P-2008.-
ARTICULO 3º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
39
Ref.: Expte. Nro. 4.936-I-2011.-
SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1 2 8 7
VISTO el convenio obrante en autos; y Considerando:
QUE corresponde registrar el mismo, dando con
ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- REGISTRESE el convenio celebrado entre la empresa CHEMI CONSULT ************* representada por el Doctor Luís F. BERTELLO y la Municipalidad de San Isidro, mediante el cual se le encomienda a la aludida empresa la realización de los estudios e informes relacionados con el Impacto Ambiental presentado por la empresa COLONY PARK ante la OPDS, cuyo texto pasa a formar parte del presente decreto.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Mtb
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Entre la Municipalidad de San Isidro, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal de San Isidro, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la del Secretario General de Go-bierno y Administración int. Dr. Ricardo J. M. Rivas, con domicilio en la Av. Centenario N° 77 de la Localidad de San Isidro, Partido del mismo nombre y el Dr. Luís. F. Bertello en su carácter de Titular de Chemi Consult, con Domicilio en la calle Cardenal Copello N° 765 de la Localidad de San Isidro, Partido de San Isidro, se celebra el presente Convenio de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes condiciones:
1-La Municipalidad de San Isidro encomienda al Dr. Luís Bertello la realización de los estudios e informes relacionados con el Impacto Ambiental presentado por la Empresa Colony Park ante la OPDS, (Expte. N 2145-27465/09), el que fuera entregado en copia al Municipio de San Isidro para su consideración y opinión, conforme a la Audiencia a realizarse el 1o de Julio del año 2011. Los servicios encomendados se relacionan con los problemas ambientales y socio-ambientales que pudieran impactar e influenciar sobre la jurisdicción del Partido de San Isidro, pudiendo el encomendado convocar a los profesionales presentados como colaboradores especialistas en los trabajos a realizar.
2-Los honorarios convenidos ascienden a la suma total de treinta mil ( $30.000) pesos que se abonarán de la siguiente manera: a) Diez mil ($10.000) pesos como adelanto de los trabajos a realizarse; b) Diez mil ($10.000) pesos el día 1 de junio del corriente año; c) Y el saldo de diez mil ($10.000) pesos serán abonados contra la entrega del trabajo realizado y de conformidad con la recepción efectuada por las Oficinas Técnicas competentes antes del día 15 de Junio del co-rriente año.
3-Los trabajos deberán ser entregados en el formato A4, en idioma nacional y con dos juegos de copias de cada ejemplar, firmados por los Profesionales intervinientes y responsables: Dr. Luís F. Bertello, Ingeniero Enrique Mario Inhouds y Dr. Jorge Osvaldo Codignotto. .
En la Ciudad de San Isidro, para su prueba y conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, constituyendo las partes domicilio en los indicados más arriba y some-tiéndose en caso de diferendo a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de San Isi-dro.
FDO. DR. LUIS F. BERTELLO
DR. GUSTAVO POSSE DR. RICARDO J. M. RIVAS
41
Ref.: Expte. Nro. 2.943-D-2006.-
SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1 2 8 8
VISTO el contrato de locación obrante en autos; y
Considerando:
QUE corresponde registrar los mismos, dando
con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- REGISTRESE el Contrato de Locación celebrado con las señoras Severina ************* Licia FILOSA, DNI 93.146.980 y Norma TEDESCO, DNI 6.189.172, res pecto del inmueble ubicado en Lamadrid nro. 1395, de la localidad de Villa Adelina, jurisdic ción de este Partido, por el término de veinticuatro (24) meses, a partir del 1º de abril de 2011, por lo que su vencimiento se producirá el día 31 de mayo de 2013, cuyo texto pasa a formar parte del presente decreto.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Mtb
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Entre la Sra. Severina Licia Filosa, DNI 93.146.980 y la Sra. Norma Tedesco, DNI 6.189.172, ambos con domicilio en la calle Argerich N 1336, de la localidad de Villa Adeli-na, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominada "LA LOCA-DORA", por una parte, y la "MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO", representada por su Sr. Intendente Municipal Dr. Ángel Gustavo Posse, DNI 16.345.447, con suficientes facultades para este acto, cuya firma es refrendada para este acto por la del Secretario de Gobierno y Administración int. Dr. Ricardo J. M. Rivas, con domicilio en Av. Centenario Nro. 77, San Isidro, en adelante denominada "LA LOCATARIA", por la otra parte, se conviene en cele-brar el presente contrato de locación, sujeto a lo dispuesto en la materia por el Código Civil y la cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: OBJETO: "LA LOCADORA" da en locación a "LA LOCATARIA" quien
acepta de conformidad el inmueble ubicado en la calle Lamadrid N 1395, de la localidad de Villa Adelina, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires. La unidad se entrega en buen estado de uso y conservación, obligándose "LA LOCATARIA" a restituirlo al venci-miento, desocupado, libre de personas y/u objetos que no sean los que recibe, salvo el dete-rioro normal causado por el buen uso y la acción del
tiempo.-SEGUNDA: PLAZO: El presente contrato, se pacta por el término de VEINTICUATRO
(24) MESES contados a partir del día 01 de abril de 2011, por lo que su vencimiento se pro-ducirá el día 31 de mayo de
2013.-TERCERA: "EL LOCATARIO" se obliga a no ceder, sub-alquilar o prestar el bien total o
parcialmente, aunque fuere a título gratuito, salvo autorización expresa de "LA LOCADO-RA", quedando "LA LOCATARIA" obligada a mantener tal destino durante el tiempo que permanezca en la locación, salvo conformidad expresa de "LA LOCADORA". "LA LOCA-TARIA" queda facultada por "LA LOCADORA" para realizar mejoras, siempre que no afecten la estructura y seguridad del
inmueble.-CUARTA: PRECIO: El precio de la locación se pacta en la suma de PESOS UN MIL
SEISCIENTOS ($ 1.600.-) mensuales para el primer año, pagaderos por adelantado del 1 al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal sita en la Av. Centenario Nro. 77, Piso 1ro., de la Localidad de San Isidro, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires. En atención a las circunstancias en que se desarrolla la economía del país a la firma del presente contrato, las partes acuerdan reunirse cada doce (12) meses, pudiendo modificar o no, de común acuerdo, el precio del alquiler, una vez producidos importantes cambios en las variables económicas que así lo determinen.
43
QUINTA: "LA LOCATARIA" deberá poner a su nombre y abonar las facturas
correspon-dientes al consumo de electricidad, teléfono, gas natural y la factura de Aguas Argentinas, prestando conformidad en este acto "LA LOCADORA" para ello. "LA LOCATARIA" debe-rá abonar los recargos que por mora pudiesen aplicar los recaudadores de los servicios a su cargo. Estas obligaciones se extienden hasta tanto "LA LOCADORA" reciba de conformi-dad la uniconformi-dad locada.
SEXTA: INCUMPLIMIENTO: La falta de cumplimiento por parte de "LA LOCATARIA"
de cualquiera de las obligaciones emergentes de este contrato o de aquellas obligaciones que el Código Civil pone a su cargo y especialmente la falta de pago en los plazos y condiciones pactadas, dará derecho a "LA LOCADORA" a: 1) exigir el cumplimiento del presente con-trato, más los daños y perjuicios ocasionados, o 2) resolver el presente contrato de pleno de-recho sin necesidad de reclamo ni interpelación previa, y exigir el inmediato desalojo del bien locado, con mas los daños y perjuicios causados, las costas del proceso de desalojo y el pago de los alquileres como se indica en la cláusula siguiente. Los efectos de la resolución serán retroactivos al momento en el cual "LA LOCATARIA" incurra en mora automática-mente independienteautomática-mente del tiempo que hubiese podido mediar entre el incumplimiento y la
resolución.-SÉPTIMA: MANTENIMIENTO Y OBLIGACIONES: La Locadora no se responsabiliza
por los daños o perjuicios que pudiera sufrir La Locataria y/o terceros por accidentes, inun-daciones, filtraciones o desprendimientos provenientes de roturas o desperfectos en caños, techos, cables, veredas, etc., o por cualquier accidente o daño o incendio de cualquier natura-leza que pudiera producirse en el bien locado, o en sus vecinos o linderos que lo afecten de cualquier manera, cualquiera sea la causa interna o externa, visible u oculta que las produz-can. Asume "LA LOCATARIA" a su cargo el mantenimiento de la unidad locada, obligán-dose asimismo a permitir a "LA LOCADORA" un derecho de inspección, a avisar a "LA LOCADORA" cualquier novedad dañosa o perjudicial existente en la unidad alquilada, y efectuar por su cuenta la conservación para mantener en buen funcionamiento las instalacio-nes.
OCTAVO: COMPETENCIA: Para todos los efectos legales las partes constituyen
domici-lios especiales en los indicados en este contrato, donde se tendrán por válidas las notifica-ciones, citaciones e intimaciones judiciales o extrajudiciales en virtud del presente. Las par-tes se someten a la jurisdicción y competencia territorial de la Justicia de los Tribunales de San Isidro, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción.
NOVENO: RESCISIÓN: "LA LOCATARIA" podrá, una vez transcurridos los primeros
seis meses del contrato, rescindirlo avisando a "LA LOCADORA" de su decisión por medio fehaciente, con una antelación mínima de sesenta días, en caso de hacerlo antes del año, y de un mes, en caso de hacerlo con posterioridad.
DÉCIMO: MORA AUTOMÁTICA: Las partes pactan para todos los efectos del presente
contrato la mora automática, siendo entonces entendido que el mero vencimiento de los pla-zos convenidos hará incurrir en mora de pleno derecho, sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efec-to en la Ciudad de San Isidro, a los 10 días del mes de mayo de 2011.
FDO. Severina Licia Filosa y Norma Tedesco DR. GUSTAVO POSSE DR. RICARDO J. M. RIVAS
45
Ref. Expte. Nro. 5800- P-2011.-
SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011.-
DECRETO NUMERO:
1 2 8 9
VISTO los presentes actuados; y Considerando:
QUE por Decreto Nº 623/11, le ha sido aceptada
la renuncia al Doctor Gustavo César HIRSCH, a los efectos jubilatorios, a partir del 1º de junio de 2011, en su cargo y función de Secretario de Salud Pública;
QUE es deseo del mencionado continuar colabo rando con el Municipio, con carácter de “Ad Honorem”;
QUE el Departamento Ejecutivo, valora poder contar con su aporte de conocimientos, demostrados durante su trayectoria laboral hasta la fecha;
QUE corresponde dictar el acto administrativo que avale su continuidad en tal carácter;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Desígnase con carácter de Ad-Honorem al Doctor Gustavo César HIRSCH ************* (Legajo Nro. 80.480), con funciones de Secretario de Salud Pública, a partir del 1º de junio de 2011.-
ARTICULO 2º.- La presente designación esta exenta de retribución y no da derecho a recla **************mos posteriores.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Cumplido, resérvese en la Direc ************* ción General de Personal.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Mtb
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 13359-T-2010
SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1290
VISTO el Decreto Nro. 271/2011 mediante el cual se establece que los agentes dependientes de la Tesorería General realizarán tareas de ensobrado y pago complementario de haberes; y
Considerando:
QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;
QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año para la totalidad de los empleados municipales, es necesario incrementar las mismas;
QUE en virtud de la conformidad brindada por la Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2º del Decreto 271/2011 quedando redactado de la ************** siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- Fíjase en PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 456) **************** módulos mensuales la asignación por tareas extraordinarias prevista en el Artículo 11° de la Ordenanza N° 8573 -Presupuesto General para el Ejercicio 2011-, para los agentes afectados a las actividades de ensobrado y pago complementario de haberes, siendo su vigencia a partir del 1º de Mayo del año en curso.-”
47
Ref.: Expte. Nro. 13359-T-2010
//….
ARTICULO 2º.- Mantiénese las restantes disposiciones del Decreto 271/2011.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondien-te del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 14544-T-2006
SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011
DECRETO NUMERO: 1291
VISTO el Decreto Nro. 239/2011 por el cual se autoriza a continuar con el funcionamiento de un Centro de Llamadas con el objetivo de in-formar a los contribuyentes del Partido respecto de su situación fiscal con el Municipio; y Considerando:
QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;
QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año para la totalidad de los empleados municipales, es necesario incrementar las mismas;
QUE en virtud de la conformidad brindada por la Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2º del Decreto 239/2011, quedando redactado de la ************** siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- ESTABLECESE a partir del 1º de Mayo de 2011, como retribución al **************** personal afectado a las tareas a que hace mención el artículo precedente, las sumas que se detallan a continuación:
Agente Operador telefónico: $ 8,64 por hora Agente Supervisor: $ 11,28 por hora
Límite Mensual
Agente Operador Telefónico $ 518,40 por mes Agente Supervisor $ 676,80 por mes
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Ref.: Expte. Nro. 14544-T-2006
//….
ARTICULO 2º.- Mantiénese las restantes disposiciones del Decreto Nº 239/2011.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondien-te del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse