Banco Santander (México), S.A.,
Institución de Banca Múltiple, Grupo
Financiero Santander y Subsidiarias
Estados financieros consolidados por los
años que terminaron el 31 de diciembre
de 2010 y 2009 y Dictamen de los
auditores independientes del 24 de enero
de 2011
Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero Santander y Subsidiarias
Dictamen de los auditores independientes y estados
financieros consolidados 2010 y 2009
Contenido
Página
Dictamen de los auditores independientes
1
Balances generales consolidados
3
Estados de resultados consolidados
4
Estados de variaciones en el capital contable consolidados
6
Estados de flujos de efectivo consolidados
7
En nuestra opinión, los estados financieros consolidados antes mencionados, presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander y Subsidiarias, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, los resultados consolidados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con los criterios contables establecidos por la Comisión.
Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C.
Miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited
CPC Ricardo A. García Chagoyán Registro en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal Núm. 15784 24 de enero de 2011
Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero Santander y Subsidiarias
Estados de resultados consolidados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2010 y 2009 (En millones de pesos)
2010 2009
Ingresos por intereses $ 39,626 $ 45,934
Gastos por intereses (13,411) (18,772)
Margen financiero 26,215 27,162
Estimación preventiva para riesgos crediticios (8,425) (15,320)
Margen financiero ajustado por riesgos crediticios 17,790 11,842
Comisiones y tarifas cobradas 10,076 10,040
Comisiones y tarifas pagadas (1,770) (2,435)
Resultado por intermediación 3,954 7,266
Otros ingresos de la operación 1,383 1,138
13,643 16,009
Ingresos totales de la operación 31,433 27,851
Gastos de administración y promoción (15,262) (15,032)
Resultado de la operación 16,171 12,819
Otros productos 963 921
Otros gastos (2,410) (1,450)
(1,447) (529)
Resultado antes de impuestos a la utilidad 14,724 12,290
Impuestos a la utilidad causados (1,933) (4,650)
Impuestos a la utilidad diferidos (Neto) (318) 3,421
(2,251) (1,229)
Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero Santander y Subsidiarias
Estados de flujos de efectivo consolidados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2010 y 2009 (En millones de pesos)
2010 2009
Actividades de operación:
Resultado neto $ 12,884 $ 11,182
Ajuste por partidas que no implican flujo de efectivo-
Resultado por valorización asociada a actividades de inversión o
financiamiento 1,309 1,339
Estimación preventiva para riesgos crediticios 8,425 15,320
Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro 283 164
Depreciaciones y amortizaciones 1,397 1,329
Provisiones 140 72
Pérdidas por deterioro asociados a actividades de inversión y
financiamiento 33 88
Participación en el resultado en subsidiarias y asociadas (27) (89)
Impuesto a la utilidad causados y diferidos 2,251 1,229
Operaciones discontinuadas (386) (34)
26,309 30,600
Cambios de partidas relacionadas con la operación en:
Cuentas de margen (4,787) 4,373
Inversiones en valores (23,526) 5,338
Deudores por reporto 2,056 (12,485)
Derivados (activo) (18,594) (695)
Cartera de crédito (29,358) 2,095
Bienes adjudicados (115) (81)
Otros activos operativos (5,920) 7,614
Captación 37,978 (58,791)
Préstamos interbancarios y de otros organismos 9,118 (11,910)
Acreedores por reporto (16,255) (861)
Colaterales vendidos o dados en garantía 11,820 4,809
Derivados (pasivo) 15,026 (7,430)
Obligaciones subordinadas con características de pasivo (3,933) (250)
Otros pasivos operativos 28,975 (16,078)
Flujos netos de efectivo de actividades de operación 28,794 (53,752)
Actividades de inversión:
Cobros por disposición de inmuebles, mobiliario y equipo 29 39
Pagos por adquisición de inmuebles, mobiliario y equipo (489) (443)
Cobros por disposición de subsidiarias y asociadas 191 5
Cobros de dividendos en efectivo 41 52
Pagos por adquisición de activos intangibles (866) (877)
Cobros por disposición de otros activos de larga duración 341 -
Cobros por disposición de activos por operaciones discontinuadas 100 -
Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero Santander y Subsidiarias
Notas a los estados financieros consolidados
Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2010 y 2009 (En millones de pesos)
1. Actividad y entorno económico y regulatorio
Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander (la Institución) es subsidiaria de Grupo Financiero Santander, S.A.B. de C.V. (el Grupo Financiero) quien posee el 99.99% de su capital social y se encuentra regulada, entre otras, por la Ley de Instituciones de Crédito y Disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la Comisión) y Banco de México, y tiene por objeto la prestación de servicios de banca y crédito en los términos de dichas leyes, realizando operaciones que comprenden, entre otras, la recepción de depósitos, la aceptación de préstamos, el otorgamiento de créditos, la operación con valores y la celebración de contratos de fideicomiso.
En el ejercicio 2010, los indicadores macroeconómicos en México reflejaron un comportamiento estable, tal es el caso de la inflación que fue del 4.29%, así como el crecimiento en el PIB el cual se estima sea del 4.5%, una apreciación del tipo de cambio del dólar americano en relación con el peso de 5.48%, tasa de desempleo estable y crecimiento en inversión y en consumo privado.
2. Principales diferencias con Normas de Información Financiera aceptadas en México
Los estados financieros consolidados han sido preparados de conformidad con los criterios contables establecidos por la Comisión, los cuales, principalmente en los siguientes casos, difieren de las Normas de Información Financiera (NIF), aplicadas comúnmente en la preparación de estados financieros para otro tipo de sociedades no reguladas:
– Los deudores diversos no cobrados en 60 días dependiendo de su naturaleza, se reservan en el estado de resultados, independientemente de su posible recuperación por parte de la Institución.
– Se suspende la acumulación de los intereses devengados de las operaciones crediticias, en el momento en que el saldo insoluto del crédito sea considerado como vencido. En tanto el crédito se mantenga en cartera vencida, el control de los intereses devengados se registra en cuentas de orden. Cuando dichos intereses vencidos son cobrados, se reconoce directamente en los resultados del ejercicio en el rubro de “Ingresos por intereses”. Las NIF requieren el reconocimiento de los intereses devengados y, en su caso, la creación de una estimación para cuentas de cobro dudoso con base en un estudio de su recuperabilidad.
– La Comisión establece metodologías para la determinación de la estimación preventiva para riesgos crediticios con base en pérdida esperada. Las NIF requieren la creación de una estimación para cuentas de cobro dudoso con base en un estudio de su recuperabilidad, sin establecer una metodología
específica.
– La valuación y registro de la reserva constituida en marzo de 2000, sobre los CETES Especiales UDIS a largo plazo no se requiere de acuerdo con las NIF. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, esta reserva asciende a $373 y $427, respectivamente, registrándose un ingreso en el estado de resultados por la cancelación de la misma conforme se realiza la recompra por parte de Banco de México de los CETES Especiales UDIS, en la cuenta de “Otros productos” por un importe de $54 y $40, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, respectivamente.
– Las Disposiciones establecen que la participación en el resultado de subsidiarias y asociadas se presentan en el estado de resultados después de los impuestos a la utilidad en lugar de presentarse antes del rubro de impuestos a la utilidad de acuerdo con la NIF.
– Derivado de la autorización de la Comisión a través del Oficio No. 601-I-DGSIF “C”-38625 emitido en el mes de marzo de 2001, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se tienen registradas reservas de cartera de crédito resultantes del proceso de reestructuración de la Institución por $179 y $328, respectivamente, de las cuales $98 y $182 corresponden a reservas adicionales a las mínimas
requeridas por la Comisión, respectivamente, las cuales se provisionaron en 2001 contra resultados de ejercicios anteriores, con base en la autorización de la Comisión en lugar de constituirse contra resultados, de acuerdo con lo que establecen las NIF. Por otro lado, como parte de la misma autorización, se establece que en caso de que existan recuperaciones de cartera de crédito, éstas deberán ser acreditadas contra resultados acumulados en lugar de acreditarse en el estado de resultados. Por los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2010 y 2009, la Institución ha recuperado $62 y $57, respectivamente, asimismo se ha aplicado cartera contra esta reserva.
– Los Criterios contables de la Comisión permiten efectuar reclasificaciones hacia la categoría de títulos conservados a vencimiento, o de títulos para negociar hacia disponibles para la venta previa
autorización expresa de la Comisión, sin embargo, de acuerdo con la Interpretación a las Normas de Información Financiera (INIF) No. 16, “Transferencia de categoría de instrumentos financieros
primarios con fines de negociación” solamente están permitidas estas transferencias, en casos
inusuales y cuando los instrumentos financieros dejen de ser negociados de manera activa, tienen una fecha definida de vencimiento y la entidad tiene la intención, como la capacidad, de conservarlos a vencimiento.
– El monto de colateral otorgado en efectivo, valores u otros activos altamente líquidos en operaciones con derivados en mercados o bolsas reconocidos se presenta en un rubro específico en el balance general denominado “Cuentas de Margen”, en lugar de presentarlo en el rubro de “Derivados”, tal como lo establecen las NIF.
– Las cuentas de aportaciones o de margen manejadas (entregadas y recibidas) cuando se negocian instrumentos financieros derivados en mercados no reconocidos, se registran en el rubro de
“Disponibilidades” y “Acreedores diversos y otras cuentas por pagar”, respectivamente, en lugar de presentarlo en el rubro de “Derivados”, tal como lo establecen las NIF.
– La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) corriente y diferida se presenta en el estado de resultados dentro del rubro de “Gastos de administración y promoción”. De conformidad con las NIF, la PTU corriente y diferida se presenta dentro del rubro de “Otros ingresos y gastos”. – En el estado de flujos de efectivo se aumenta al resultado neto, la estimación preventiva para riesgos
crediticios y la estimación de irrecuperabilidad o difícil cobro, lo cual no es requerido por las NIF. – Los derivados implícitos segregados se presentan de forma conjunta con el contrato anfitrión, en lugar
de presentarlo de forma separada como lo establecen las NIF.
– El 12 de agosto de 2009, la Comisión modificó la metodología aplicable a la calificación de cartera de consumo, con la finalidad de que los parámetros utilizados para la estimación de reservas preventivas reflejen, con base en el entorno actual, la pérdida esperada de 12 meses de la tarjeta de crédito. La Comisión establece como alternativas para constituir el monto de reservas correspondientes derivado de la primera aplicación del cambio de metodología directamente en el capital contable dentro del rubro “Resultados de ejercicios anteriores” o en los resultados del ejercicio, el monto de las reservas en su totalidad, en un plazo de 24 meses. De acuerdo con la NIF B-1 “Cambios contables y correcciones de errores” cualquier cambio en estimación contable debe ser aplicada de manera prospectiva en los resultados del ejercicio.
– En los criterios contables de la Comisión, se establece que en coberturas de valor razonable el ajuste al valor en libros por la valuación de la partida cubierta se presente en un rubro por separado en el balance general, en lugar de presentarlo conjuntamente con la posición primaria cubierta, de acuerdo con las NIF.
– Se establecen definiciones del concepto de partes relacionadas en los criterios contables de la Comisión, las cuales difieren de las establecidas por las NIF.
3. Principales políticas contables
Las principales políticas contables de la Institución están de acuerdo con los criterios contables prescritos por la Comisión, las cuales se incluyen en las “Disposiciones de Carácter General aplicables a Instituciones de Crédito y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, en sus circulares, así como en los oficios generales y particulares que ha emitido para tal efecto, las cuales requieren que la Administración efectúe ciertas estimaciones y utilice ciertos supuestos, para determinar la valuación de algunas de las partidas incluidas en los estados financieros consolidados y para efectuar las revelaciones que se requiere presentar en los mismos. Aun cuando pueden llegar a diferir de su efecto final, la Administración considera que las estimaciones y supuestos utilizados fueron los adecuados en las circunstancias actuales.
De acuerdo con el criterio contable A-1 de la Comisión, la contabilidad de la Institución se ajustará a las NIF definidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), excepto cuando a juicio de la Comisión sea necesario aplicar una normatividad o un criterio contable específico, tomando en consideración que las instituciones realizan operaciones especializadas. Cambios en políticas contables -
Cambios en Criterios Contables de la Comisión - Cambios ocurridos durante el ejercicio 2009
Durante 2009, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación ciertas modificaciones a los criterios contables para las Instituciones de Crédito y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas. Estos cambios tienen como objetivo lograr una consistencia con las Normas Internacionales de Información Financiera, así como brindar información financiera más completa, con mayores y mejores revelaciones y se enfocan principalmente al tema de inversiones en valores, operaciones con instrumentos financieros derivados de negociación y de cobertura y cartera de crédito, así como en la presentación de los estados financieros básicos.
Los principales cambios son los siguientes:
– Los costos de transacción por la adquisición de títulos se reconocen dependiendo de la categoría en que se clasifiquen los títulos adquiridos. Si se clasifican como títulos para negociar, los costos de transacción se reconocen en los resultados del ejercicio en la fecha de adquisición. Si se clasifican como títulos disponibles para la venta y conservados a vencimiento, se reconocen inicialmente como parte de la inversión.
– Se incorpora el concepto de deterioro del valor de un título o de un instrumento de patrimonio neto, en donde en caso de que exista evidencia objetiva de eventos posteriores al registro inicial del título, que tengan un impacto sobre el flujo de efectivo esperado, se deberá registrar el deterioro en el valor del título, el cual dependiendo de su intención se reconocerá su efecto en la utilidad integral o en el resultado del ejercicio.
– Para todos aquellos instrumentos financieros derivados que sean designados como de cobertura se deben llevar a cabo pruebas de efectividad de manera prospectiva y retrospectiva por lo menos de manera trimestral, aún y cuando los términos críticos del derivado y la partida cubierta sean los mismos. Asimismo, los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición de instrumentos financieros derivados deben ser reconocidos directamente en resultados.
– Se incorpora la definición y tratamiento contable de los “costos y gastos asociados con el otorgamiento inicial del crédito” con el propósito de diferir los mismos en función de la vida del crédito, por lo tanto, se establece que las comisiones que cobran las instituciones por anualidad de tarjeta de crédito se amorticen en 12 meses, al igual que las originadas por líneas de crédito no dispuestas, así como los costos y gastos asociados con el otorgamiento de las mismas. Se establece que los costos y gastos asociados con el otorgamiento inicial del crédito se reconozcan como un gasto diferido amortizable como un gasto por intereses durante el mismo período en el que se reconozcan los ingresos por comisiones cobradas, entendiéndose por este concepto únicamente aquellos costos y gastos que se consideren incrementales. Estos cambios se aplicarán de manera prospectiva ante la imposibilidad práctica de su determinación en años anteriores.
– Se amplía el concepto de partes relacionadas, incluyendo a cónyuges o personas que tengan parentesco con las personas físicas que ya se consideraban partes relacionadas, individuos distintos al personal gerencial clave o directivo que puedan generar obligaciones para la entidad.
– Adecuaciones en la presentación de los estados financieros básicos como resultado de los diferentes cambios contables y en los requerimientos de revelación y análisis en las notas a los estados financieros, permitiendo al lector obtener un mayor entendimiento de la información financiera. – Se requiere la presentación de un estado de flujos de efectivo en lugar de un estado de cambios en la
situación financiera. Por otro lado, la participación de los trabajadores en la utilidad se presenta formando parte de los gastos de operación y no como parte de los impuestos a la utilidad.
– Se permiten efectuar reclasificaciones hacia la categoría de títulos conservados a vencimiento, o de títulos para negociar hacia disponibles para la venta previa autorización expresa de la Comisión, para ambos casos.
Cambios en las NIF emitidas por el CINIF aplicables a la Institución
El 1 de enero de 2010, entró en vigor la siguiente NIF:
NIF C-1, “Efectivo y equivalentes de efectivo”- Requiere la presentación del efectivo y equivalentes de
efectivo restringido en el rubro de efectivo y equivalentes de efectivo, a diferencia del Boletín C-1, que requería la presentación en forma separada; sustituye el término de inversiones temporales a la vista por el de inversiones disponibles a la vista y considera como una característica de este tipo de inversiones, el
vencimiento hasta de tres meses a partir de la fecha de adquisición.
Mejoras a las NIF 2010. Las principales mejoras son:
NIF B-1, “Cambios contables y correcciones de errores”- Se amplían las revelaciones cuando la
Compañía aplica una nueva norma particular.
NIF B-2, “Estado de flujos de efectivo”- Se requiere mostrar en un renglón por separado, denominado
efectos por cambios en el valor del efectivo, los efectos en los saldos de efectivo y equivalentes de efectivo por cambios en su valor resultantes de fluctuaciones en el tipo de cambio, además de los efectos por conversión a la moneda de informe de los saldos y flujos de efectivo de operaciones extranjeras y de los efectos de inflación asociados con los saldos y flujos de efectivo de cualquiera de las entidades que conforman la entidad, que se encuentre en un entorno económico inflacionario.
NIF B-7, “Adquisiciones de negocios” - Se precisa que el reconocimiento de activos intangibles o
provisiones cuando el negocio adquirido tiene un contrato en condiciones favorables o desfavorables en relación con el mercado, sólo procede cuando el negocio adquirido es el arrendatario y el contrato es de arrendamiento operativo. Este cambio contable se reconoce en forma retrospectiva sin ir más allá del 1° de enero de 2010.
NIF C-7, “Inversiones en asociadas y otras inversiones permanentes” - Se modifica la forma mediante
la cual se determinan los efectos derivados de incrementos en el porcentaje de participación en una asociada. Asimismo, se establece que los efectos determinados por incrementos o disminuciones en el porcentaje de participación en la asociada se deben reconocer en el rubro de participación en los resultados de asociadas y no en el rubro de partidas no ordinarias.
NIF C-13,”Partes relacionadas” - Se requiere que en caso de que la controladora directa o la
controladora principal de la entidad informante no emitan estados financieros disponibles para uso público, la entidad informante debe revelar el nombre de la controladora, directa o indirecta, más próxima, que emita estados financieros disponibles para uso público.
Con fecha 1 de enero de 2009, entraron en vigor las siguientes NIF:
NIF B-7, “Adquisición de negocios” - Establece las normas generales para la valuación en el reconocimiento
inicial a la fecha de adquisición de los activos netos de uno o varios “negocios” que se adquieren y se obtiene el control sobre los mismos, en una adquisición de negocios, así como de la participación no controladora (interés minoritario) y de otras partidas que pudieran surgir sobre la misma, tal como el crédito mercantil y la ganancia en compra.
NIF B-8,“Estados financieros consolidados o combinados” - Actualiza las normas generales para la
elaboración y presentación de los estados financieros consolidados y combinados; así como, para las
revelaciones que acompañan a dichos estados financieros, entendiéndose por estados financieros consolidados a aquellos estados financieros básicos consolidados de una entidad económica conformada por la entidad controladora y sus subsidiarias, y los estados financieros combinados son aquellos estados financieros básicos de entidades afiliadas que pertenecen a los mismos dueños.
NIF C-7, “Inversiones en asociadas y otras inversiones permanentes” - Define las normas para el
reconocimiento contable de las inversiones en asociadas, así como de las otras inversiones permanentes en las que no se tiene control, control conjunto o influencia significativa.
NIF C-8, “Activos intangibles” - Establece las normas generales para el reconocimiento inicial y posterior de
los activos intangibles que se adquieren en forma individual o a través de una adquisición de negocios, o que se generan en forma interna en el curso normal de las operaciones de una entidad
NIF D-8, “Pagos basados en acciones” - Establece las normas de valuación y reconocimiento para las
transacciones de pago basadas en acciones.
INIF 18 “Reconocimiento de los efectos de la Reforma fiscal 2010 en los impuestos a la Utilidad” - Establece su aplicación para los estados financieros cuyo periodo contable terminó a partir del 7 de diciembre de 2009, fecha en la que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.
Se emitió con la intención de dar respuesta diversos cuestionamientos fiscales relacionados con temas de consolidación fiscal, cambios a la tasa de ISR y el reconocimiento ante la imposibilidad de acreditar las pérdidas por amortizar de IETU contra el ISR.
Cambios en estimaciones contables aplicables en 2009
El 12 de agosto de 2009, la Comisión emitió una Resolución que modifica las “Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito”, por medio de la cual modificó la metodología aplicable a la calificación de cartera de consumo, con la finalidad de que los parámetros utilizados para la estimación de reservas preventivas reflejen, con base en el entorno actual, la pérdida esperada de 12 meses de la tarjeta de crédito.
La Comisión estableció dos alternativas para constituir el monto de reservas correspondientes derivado de la primera aplicación del cambio de metodología de calificación de cartera de consumo correspondiente a operaciones con tarjeta de crédito. La primera alternativa era reconocer en el capital contable a más tardar el 30 de septiembre de 2009, dentro del rubro de “Resultados de ejercicios anteriores”, el efecto financiero acumulado inicial derivado de la primera aplicación y la segunda alternativa era constituir en los resultados del ejercicio, el monto de las reservas en su totalidad, en un plazo de 24 meses.
La Institución decidió reconocer en el año de 2009 integralmente en el capital contable dentro del rubro de “Resultados de ejercicios anteriores”, el efecto inicial derivado de la primera aplicación, mismo que ascendió a $5,952, menos el efecto del impuesto diferido correspondiente.
En caso de haber optado por el reconocimiento del efecto inicial derivado de la primer aplicación de la nueva metodología de calificación de cartera de consumo en los resultados del ejercicio del año 2009, la Institución hubiera presentado en el balance general los siguientes importes:
2009
Capital contable $ 71,092
Resultado de ejercicios anteriores $ 24,564
Resultado del ejercicio $ 5,864
Y en el estado de resultados del año 2009, lo siguiente:
Estimación preventiva para riesgos crediticios $ (21,272)
Impuesto a la utilidad diferidos (netos) $ 4,056
Utilidad neta del período $ 5,866
A continuación se describen las políticas contables más importantes que sigue la Institución:
Unidad monetaria de los estados financieros - Los estados financieros y notas al 31 de diciembre de 2010 y 2009 incluyen saldos y transacciones en pesos de diferente poder adquisitivo.
Bases de consolidación - Los estados financieros consolidados adjuntos incluyen los de la Institución, sus fidecomisos UDIS y los de las subsidiarias que posteriormente se mencionan. Todos los saldos y
transacciones importantes entre las subsidiarias, los fideicomisos UDIS y la Institución han sido eliminados. A continuación se detallan las subsidiarias consolidadas y el porcentaje de tenencia accionaria de la
Institución:
Porcentaje de participación
2010 2009
Santander Consumo, S.A. de C.V., SOFOM ER 99.99% 99.99%
Almacenadora Somex, S.A. (En liquidación) 97.24% 97.24%
Instituto Santander Serfin, A.C. 99.99% 99.99%
Banco Santander, S.A., Fideicomiso 100740 100.00% 100.00%
Fideicomiso GFSSLPT Banco Santander, S.A. 96.29% 96.41%
Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera - A partir del 1 de enero de 2008, la Institución al operar en un entorno no inflacionario, suspendió el reconocimiento de los efectos de la inflación. Hasta el 31 de diciembre de 2007, dicho reconocimiento resultó principalmente, en ganancias o pérdidas por inflación sobre partidas no monetarias y monetarias.
La Institución mantiene en sus activos, pasivos y capital contable, los efectos de reexpresión determinados hasta el último período en el que operó en un entorno inflacionario, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2007 como se mencionó anteriormente. Estos efectos se han dado de baja en la fecha y con el mismo
procedimiento, con los que se dan de baja los activos y pasivos o componentes del capital contable a los que pertenecían tales efectos. En los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se presentan únicamente los efectos de reexpresión vigentes determinados en períodos anteriores y que todavía no se han dado de baja.
De acuerdo con lo establecido en la NIF B-10 “Efectos de la inflación”, un entorno económico no
inflacionario es cuando la inflación acumulada de los tres ejercicios anuales anteriores es menor que el 26% y, además, de acuerdo con los pronósticos económicos de organismos oficiales, se identifica una tendencia en ese mismo sentido: inflación baja. El porcentaje de inflación para el ejercicio de 2010 y 2009 es del 4.29% y 3.72%, respectivamente. El porcentaje de inflación acumulada de los tres ejercicios anuales anteriores al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es 13.92% y 14.35%, respectivamente; por lo tanto, el entorno económico califica como no inflacionario en ambos ejercicios.
Disponibilidades - Se valúan a valor nominal y en el caso de moneda extranjera se valúan a su valor razonable con base en la cotización del cierre del ejercicio.
Las divisas adquiridas que se pacte liquidar en una fecha posterior a la concertación de la operación de compraventa, se reconocen como una disponibilidad restringida (divisas a recibir). Las divisas vendidas se registran como un crédito en disponibilidades (divisas a entregar). La contraparte se registra en una cuenta liquidadora deudora cuando se realiza una venta y en una cuenta liquidadora acreedora cuando se realiza una compra.
Para efectos de presentación en la información financiera, las cuentas liquidadoras por cobrar y por pagar de divisas se compensan por contrato y plazo y se presentan dentro del rubro de “Otras cuentas por cobrar (neto)” u “Acreedores por liquidación de operaciones”, según corresponda.
En este rubro también se incluyen a las operaciones de préstamos interbancarios pactadas a un plazo menor o igual a 3 días hábiles, así como otras disponibilidades tales como corresponsales y documentos de cobro inmediato.
Cuentas de margen - Las llamadas de margen (depósitos en garantía) por operaciones con instrumentos financieros derivados en mercados reconocidos se registran a valor nominal.
Los depósitos en garantía están destinados a procurar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a los derivados celebrados en los mercados reconocidos y corresponden al margen inicial, aportaciones y retiros posteriores efectuados en la vigencia de los contratos correspondientes.
Títulos para negociar - Los títulos para negociar representan inversiones en valores de instrumentos de deuda y renta variable, en posición propia y entregados en garantía, que se adquieren con la intención de
enajenarlos, obteniendo ganancias derivadas de las diferencias en precios que resulten de las operaciones de compraventa. Al momento de su adquisición, se reconocen inicialmente a su valor razonable (el cual incluye en su caso, el descuento o sobreprecio). Posteriormente se valúan a su valor razonable, determinado por el proveedor de precios contratado por la Institución conforme a lo establecido por la Comisión. Por otra parte, el costo se determina por el método de costos promedio. La diferencia entre el costo de las inversiones de instrumentos de deuda más el interés devengado y el costo de los instrumentos de renta variable con respecto a su valor razonable se registra en el estado de resultados en el rubro de “Resultado por intermediación” y estos efectos de la valuación tendrán el carácter de no realizados para reparto a sus accionistas, hasta en tanto no se realicen.
El valor razonable es el monto por el cual puede intercambiarse un activo o liquidarse un pasivo entre partes informadas, interesadas e igualmente dispuestas en una transacción de libre competencia.
Los costos de transacción por la adquisición de títulos clasificados para negociar se reconocen en los resultados del ejercicio en la fecha de adquisición.
Los dividendos en efectivo de los títulos accionarios, se reconocen en los resultados del ejercicio en el mismo período en que se genera el derecho a recibir el pago de los mismos.
La utilidad o pérdida en cambios proveniente de las inversiones en valores denominadas en moneda extranjera se reconoce dentro de los resultados del ejercicio.
Dentro de este rubro se registran las operaciones pendientes de liquidar que corresponden a operaciones de compraventa de valores asignados no liquidados, las cuales se valúan y registran como títulos para negociar, registrando la entrada y salida de los títulos objeto de la operación al momento de concertación contra la cuenta liquidadora deudora o acreedora correspondiente.
Los criterios contables de la Comisión permiten efectuar reclasificaciones hacia títulos conservados a vencimiento o de títulos para negociar hacia disponibles para la venta, previa autorización expresa de la Comisión.
Títulos disponibles para la venta - Los títulos disponibles para la venta son aquellos títulos de deuda y acciones, cuya intención no está orientada a obtener ganancias derivadas de las diferencias en precios que resulten de operaciones de compraventa y, en el caso de títulos de deuda, tampoco se tiene la intención ni capacidad de conservarlos hasta su vencimiento, por lo tanto representa una categoría residual, es decir se adquieren con una intención distinta a la de los títulos para negociar o conservados al vencimiento, debido a que se tiene la intención de negociarlos en un futuro no cercano pero anterior a su vencimiento.
Al momento de su adquisición, se reconocen inicialmente a su valor razonable más los costos de transacción por la adquisición (el cual incluye en su caso, el descuento o sobreprecio), el cual es a su vez el costo de adquisición para la Institución. Posteriormente se valúan a su valor razonable.
La Institución determina el incremento o decremento por valuación a valor razonable utilizando precios actualizados proporcionados por el proveedor de precios, quien utiliza diversos factores de mercado para su determinación. El rendimiento de los títulos de deuda, se registra conforme al método de interés imputado o método de interés efectivo según corresponda de acuerdo a la naturaleza del instrumento; dichos rendimientos se reconocen como realizados en el estado de resultados en el rubro de “Ingresos por Intereses”. La utilidad o pérdida no realizada resultante de la valuación de acuerdo al proveedor de precios, se registra en otras partidas de la utilidad integral dentro del capital contable en el rubro de "Resultado por valuación de títulos
disponibles para la venta”, siempre y cuando dichos títulos no se hayan definido como cubiertos en una relación de cobertura de valor razonable mediante la contratación de un instrumento financiero derivado, en cuyo caso se reconoce en los resultados del ejercicio.
Los dividendos en efectivo de los títulos accionarios, se reconocen en los resultados del ejercicio en el mismo período en que se genera el derecho a recibir el pago de los mismos.
La utilidad o pérdida en cambios proveniente de las inversiones en valores denominadas en moneda extranjera se reconoce dentro de los resultados del ejercicio.
Los criterios contables de la Comisión permiten transferir títulos clasificados como “conservados a
vencimiento” hacia la categoría de “títulos disponibles para la venta”, siempre y cuando no se cuente con la intención o capacidad de mantenerlos hasta el vencimiento, así como reclasificaciones de títulos para negociar hacia disponibles para la venta previa autorización expresa de la Comisión.
Títulos conservados a vencimiento - Los títulos conservados a vencimiento son aquellos títulos de deuda cuyos pagos son fijos o determinables y con vencimiento fijo, respecto de los cuales la entidad tiene tanto la intención como la capacidad de conservar hasta su vencimiento, los cuales se registran inicialmente a su valor razonable más los costos de transacción por la adquisición, (el cual incluye, en su caso, el descuento o sobreprecio). Posteriormente se valúan a su costo amortizado. El devengamiento de los intereses se registra en el estado de resultados conforme al método de interés imputado o método de interés efectivo en el rubro de “Ingresos por Intereses”, de acuerdo con la naturaleza del instrumento.
Los criterios contables de la Comisión permiten transferir títulos clasificados como “conservados a
vencimiento” hacia la categoría de “títulos disponibles para la venta”, siempre y cuando no se cuente con la intención o capacidad de mantenerlos hasta el vencimiento, así como reclasificaciones hacia la categoría de títulos conservados a vencimiento, previa autorización expresa de la Comisión.
Los dividendos en efectivo de los títulos accionarios, se reconocen en los resultados del ejercicio en el mismo período en que se genera el derecho a recibir el pago de los mismos.
Deterioro en el valor de un título - Las entidades deberán evaluar si a la fecha del balance general existe evidencia objetiva de que un título está deteriorado.
Se considera que un título está deteriorado y, por lo tanto, se incurre en una pérdida por deterioro, si y solo si, existe evidencia objetiva del deterioro como resultado de uno o más eventos que ocurrieron posteriormente al reconocimiento inicial del título, mismos que tuvieron un impacto sobre sus flujos de efectivo futuros estimados que puede ser determinado de manera confiable. Es poco probable identificar un evento único que individualmente sea la causa del deterioro, siendo más factible que el efecto combinado de diversos eventos pudiera haber causado el deterioro. Las pérdidas esperadas como resultado de eventos futuros no se reconocen, no importando que tan probable sean.
Operaciones de reporto - Las operaciones de reporto son aquellas por medio de la cual el reportador adquiere por una suma de dinero la propiedad de títulos de crédito, y se obliga en el plazo convenido y contra
reembolso del mismo precio más un premio a transferir al reportado la propiedad de otros tantos títulos de la misma especie. El premio queda en beneficio del reportador, salvo pacto en contrario.
Las operaciones de reporto para efectos legales son consideradas como una venta en donde se establece un acuerdo de recompra de los activos financieros transferidos. No obstante, la sustancia económica de las operaciones de reporto es la de un financiamiento con colateral, en donde la reportadora entrega efectivo como financiamiento, a cambio de obtener activos financieros que sirvan como protección en caso de incumplimiento.
Las operaciones de reporto se registran como se indica a continuación:
En la fecha de contratación de la operación de reporto, actuando la Institución como reportada, se reconoce la entrada del efectivo o bien una cuenta liquidadora deudora, así como una cuenta por pagar medida
inicialmente al precio pactado, lo cual representa la obligación de restituir dicho efectivo a la reportadora. A lo largo de la vida del reporto, la cuenta por pagar se valuará a su costo amortizado mediante el
reconocimiento del interés por reporto en los resultados del ejercicio conforme se devengue, de acuerdo al método de interés efectivo, afectando dicha cuenta por pagar.
Actuando la Institución como reportadora, en la fecha de contratación de la operación de reporto se reconoce la salida de disponibilidades o bien una cuenta liquidadora acreedora, registrando una cuenta por cobrar medida inicialmente al precio pactado, la cual representa el derecho a recuperar el efectivo entregado. Durante la vida del reporto, la cuenta por cobrar se valúa a su costo amortizado, mediante el reconocimiento del interés por reporto en los resultados del ejercicio conforme se devengue, de acuerdo al método de interés efectivo, afectando dicha cuenta por cobrar.
Cuando las operaciones llevadas a cabo se consideran como orientadas a efectivo, la transacción es motivada para obtener un financiamiento en efectivo destinando para ello activos financieros como colateral; por su parte, la reportadora obtiene un rendimiento sobre su inversión a cierta tasa y al no buscar algún valor en específico, recibe activos financieros como colateral para mitigar la exposición al riesgo crediticio que enfrenta respecto a la reportada. En este sentido, la reportada paga a la reportadora intereses por el efectivo que recibió como financiamiento, calculados en base en la tasa de reporto pactada. Por su parte, la reportadora consigue rendimientos sobre su inversión cuyo pago se asegura a través del colateral.
Cuando las operaciones llevadas a cabo se consideran como orientadas a valores, la intención de la
reportadora es acceder temporalmente a ciertos valores específicos que posee la reportada, otorgando efectivo como colateral, el cual sirve para mitigar la exposición al riesgo que enfrenta la reportada respecto a la reportadora. A este respecto, la reportada paga a la reportadora los intereses pactados a la tasa de reporto por el financiamiento implícito obtenido sobre el efectivo que recibió, donde dicha tasa de reporto es
generalmente menor a la que se hubiera pactado en un reporto “orientado a efectivo”.
No obstante la intención económica, el tratamiento contable de las operaciones de reporto “orientadas a efectivo” u “orientadas a valores” es el mismo.
Colaterales otorgados y recibidos distintos a efectivo en operaciones de Reporto - En relación al colateral en operaciones de reporto otorgado por la reportada a la reportadora (distinto a efectivo), la reportadora reconoce el colateral recibido en cuentas de orden, siguiendo para su valuación los lineamientos relativos a las
operaciones de custodia establecidos en el criterio B-9 “Custodia y Administración de Bienes” emitido por la Comisión. La reportada reclasifica el activo financiero en su balance general, y se presenta como restringido, para lo cual se siguen las normas de valuación, presentación y revelación de conformidad con el criterio de contabilidad correspondiente.
Cuando la reportadora vende el colateral o lo entrega en garantía, se reconocen los recursos procedentes de la transacción, así como una cuenta por pagar por la obligación de restituir el colateral a la reportada (medida inicialmente al precio pactado), la cual se valúa, para el caso de su venta a valor razonable o, en caso de que sea dado en garantía en otra operación de reporto, a su costo amortizado (cualquier diferencial entre el precio recibido y el valor de la cuenta por pagar se reconoce en los resultados del ejercicio).
Asimismo, en el caso en que la reportadora se convierta a su vez en reportada por la concertación de otra operación de reporto con el mismo colateral recibido en garantía de la operación inicial, el interés por reporto pactado en la segunda operación se deberá reconocer en los resultados del ejercicio conforme se devengue, de acuerdo al método de interés efectivo, afectando la cuenta por pagar valuada a costo amortizado mencionada anteriormente.
Las cuentas de orden reconocidas por colaterales recibidos por la reportadora se cancelan cuando la operación de reporto llega a su vencimiento o exista incumplimiento por parte de la reportada.
Tratándose de operaciones en donde la reportadora venda, o bien, entregue a su vez en garantía el colateral recibido (por ejemplo, cuando se pacta otra operación de reporto o préstamo de valores), se lleva en cuentas de orden el control de dicho colateral vendido o dado en garantía siguiendo para su valuación las normas relativas a las operaciones de custodia del Criterio B-9 “Custodia y Administración de Bienes” emitido por la Comisión.
Las cuentas de orden reconocidas por colaterales recibidos que a su vez hayan sido vendidos o dados en garantía por la reportadora, se cancelan cuando se adquiere el colateral vendido para restituirlo a la reportada, o bien, la segunda operación en la que se dio en garantía el colateral llega a su vencimiento, o exista
incumplimiento de la contraparte.
Préstamo de valores - El préstamo de valores es aquella operación en la que se conviene la transferencia de valores, del prestamista al prestatario, con la obligación de devolver tales valores u otros substancialmente similares en una fecha determinada o a solicitud del prestamista, recibiendo como contraprestación un premio. En esta operación se solicita un colateral o garantía por parte del prestamista al prestatario, distinto a efectivo y aquellos permitidos por la regulación vigente.
Las operaciones de préstamo de valores para efectos legales son consideradas como una venta, en donde se establece un acuerdo de devolver en una fecha establecida los valores objeto de la operación. No obstante, la sustancia económica de las operaciones de préstamo de valores consiste en que el prestatario pueda acceder temporalmente a cierto tipo de valores en donde el colateral sirve para mitigar la exposición al riesgo que enfrenta el prestamista respecto del prestatario.
Las operaciones de préstamos de valores se registran como se indica a continuación:
A la fecha de la contratación del préstamo de valores actuando la Institución como prestamista, se registra la entrada del valor objeto del préstamo transferido al prestatario como restringido, para lo cual se siguen las normas de valuación, presentación y revelación de conformidad con el criterio contable que corresponda. El premio se registra inicialmente como un crédito diferido, reconociendo la cuenta liquidadora deudora o la entrada del efectivo. El importe del premio devengado se reconoce en los resultados del ejercicio a través del método de interés efectivo durante la vigencia de la operación.
Actuando como prestatario, a la fecha de la contratación del préstamo de valores, la Institución registra el valor objeto del préstamo recibido en cuentas de orden, siguiendo para su valuación las normas relativas a las operaciones de custodia del Criterio B-9 “Custodia y Administración de Bienes” emitido por la Comisión. El premio se registra inicialmente como un cargo diferido, registrando la cuenta liquidadora acreedora o la salida del efectivo. El importe del premio devengado se reconoce en los resultados del ejercicio a través del método de interés efectivo durante la vigencia de la operación.
El valor objeto de la operación, así como los colaterales entregados se presentan como restringidos de acuerdo con el tipo de activos financieros de que se trate.
El valor objeto de la operación recibido, así como el colateral recibido se presenta en cuentas de orden en el rubro de “Colaterales recibidos”.
Operaciones con instrumentos financieros derivados (con fines de negociación) - La Institución reconoce todos los derivados que pacta (incluidos aquéllos que formen parte de una relación de cobertura) como activos o pasivos (dependiendo de los derechos y/u obligaciones que contengan) en el balance general, inicialmente a su valor razonable, el cual, presumiblemente, corresponde al precio pactado en la operación.
Los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición del derivado se reconocen directamente en resultados.
Posteriormente, todos los derivados se valúan a su valor razonable, sin deducir los costos de transacción en los que se pudiera incurrir en la venta u otro tipo de disposición, reconociendo dicho efecto de valuación en los resultados del período dentro del rubro “Resultado por intermediación”.
Para el caso de derivados cotizados en mercados o bolsas reconocidos, se considera que han expirado los derechos y obligaciones relativos a los mismos cuando se cierra la posición de riesgo, es decir, cuando se efectúa en dicho mercado o bolsa un derivado de naturaleza contraria de las mismas características. Respecto a los derivados no cotizados en mercados o bolsas reconocidos, se considera que han expirado los derechos y obligaciones relativos a los mismos cuando lleguen al vencimiento; se ejerzan los derechos por alguna de las partes, o bien, se ejerzan dichos derechos de manera anticipada por las partes de acuerdo con las condiciones establecidas en el mismo y se liquiden las contraprestaciones pactadas.
Adicionalmente, la Institución presenta el rubro de derivados (saldo deudor o acreedor) en el balance general segregando los derivados con fines de negociación de los derivados con fines de cobertura.
Contratos Adelantados y Futuros con fines de negociación:
Los contratos adelantados y futuros con fines de negociación, son aquellos mediante los cuales se establece una obligación para comprar o vender un activo financiero o bien subyacente en una fecha futura, en la cantidad, calidad y precios preestablecidos en el contrato de negociación. Tanto los contratos adelantados como los futuros son registrados inicialmente por la Institución en el balance general como un activo y un pasivo, inicialmente a su valor razonable, el cual presumiblemente, corresponde al precio pactado en el contrato de compra-venta del subyacente, con el fin de reconocer el derecho y la obligación de recibir y/o entregar el subyacente; así como el derecho y la obligación de recibir y/o entregar el efectivo equivalente al subyacente objeto del contrato.
Los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición del derivado se reconocen directamente en resultados.
Por los contratos adelantados (forwards), el diferencial cambiario entre el tipo de cambio pactado en el contrato y el tipo de cambio “Forward” al cierre de cada mes se registra en el estado de resultados, así como los efectos de valuación dentro del rubro de “Resultado por intermediación”.
Los futuros con fines de negociación son registrados a su valor de mercado registrándose el diferencial entre éste y el precio pactado en el estado de resultados.
Para efectos de clasificación en la información financiera, para los instrumentos financieros derivados que incorporen a la vez derechos y obligaciones, tales como los futuros, contratos adelantados o swaps, se compensan las posiciones activas y pasivas contrato por contrato, en caso de que la compensación resulte en un saldo deudor, la diferencia se presenta en el activo, dentro del rubro “Derivados”, en caso de tener un saldo acreedor este se presenta en el pasivo dentro del rubro “Derivados”.
Contratos de Opciones:
Las opciones son contratos que, mediante el pago de una prima, otorgan el derecho más no la obligación, de comprar o vender un determinado número de instrumentos subyacentes a un precio determinado dentro de un plazo establecido.
El tenedor de una opción de compra tiene el derecho, pero no la obligación, de comprar al emisor un determinado número de un bien subyacente, a un precio fijo (precio de ejercicio), dentro de un plazo determinado.
El tenedor de una opción de venta tiene el derecho, pero no la obligación de vender un determinado número de un bien subyacente, a un precio fijo (precio de ejercicio), dentro de un plazo determinado.
Por los derechos que otorgan, las opciones se dividen en: opciones de compra (calls) y de venta (puts). Las opciones se pueden ejercer al final del período de vigencia (opciones europeas), o en cualquier momento durante dicho período (opciones americanas); el precio de ejercicio es el que se pacta en la opción, y que se ejercerá en caso de que sea conveniente para el comprador de la opción. El instrumento sobre el que se fija dicho precio es el valor de referencia o subyacente. La prima es el precio que paga el tenedor al vendedor por los derechos que confiere la opción.
La prima de la opción se registra como activo o pasivo por la Institución en la fecha en que se celebró la operación. Las fluctuaciones que se deriven de la valuación a mercado de la prima de la opción se reconocen afectando el rubro del estado de resultados “Resultado por intermediación”. Cuando la opción se ejerce o expira, se cancela la prima de la opción reconocida contra los resultados del ejercicio, también dentro del rubro de “Resultado por intermediación”.
Las opciones reconocidas que representan derechos se presentan, sin compensación alguna, como un saldo deudor, en el activo dentro del rubro “Derivados”. Las opciones reconocidas que representan obligaciones se presentan, sin compensación alguna, como un saldo acreedor en el pasivo dentro del rubro “Derivados”. Los contratos de opciones con fines de negociación se registran en cuentas de orden al precio de ejercicio de éstas, multiplicado por el número de títulos, diferenciando a las opciones negociables en bolsa, de las negociables fuera de bolsa, con el objeto de controlar la exposición de riesgo.
Todos los resultados por valuación que se reconozcan antes de que se ejerza o expire la opción, tendrán el carácter de no realizados y no serán susceptibles de capitalización ni de reparto entre sus accionistas hasta que se realicen en efectivo.
Swaps:
Son contratos entre dos partes, mediante el cual se establece la obligación bilateral de intercambiar una serie de flujos, por un período de tiempo determinado y en fechas previamente establecidas.
Los swaps son reconocidos inicialmente por la Institución en el balance general como un activo y un pasivo, inicialmente a su valor razonable, el cual presumiblemente, corresponde al precio pactado.
La Institución reconoce inicialmente en el balance general, la parte activa y pasiva por los derechos y obligaciones del contrato pactado a su valor razonable, valuando a valor presente los flujos futuros a recibir o a entregar de acuerdo a la proyección de tasas futuras implícitas por aplicar, descontando la tasa de interés de mercado en la fecha de valuación con curvas proporcionadas por el proveedor de precios, revisadas por el área de riesgos de mercado.
Los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición del derivado se reconocen directamente en resultados.
Posteriormente, todos los derivados, distintos a aquéllos que formen parte de una relación de cobertura, se valúan a valor razonable, sin deducir los costos de transacción en los que se pudiera incurrir en la venta u otro tipo de disposición, reconociendo dicho efecto de valuación en los resultados del período.
En caso de que un activo financiero, proveniente de los derechos establecidos en los derivados, experimente un deterioro en el riesgo de crédito (contraparte), el valor en libros debe reducirse al valor recuperable estimado y el monto de la pérdida se reconoce en los resultados del periodo. Si posteriormente desaparece la situación de deterioro, se debe revertir hasta por el monto previamente deteriorado reconociendo dicho efecto en los resultados del periodo en que esto ocurra.
La liquidación de un contrato “Swap” podrá hacerse en especie o en efectivo, de conformidad con las condiciones del mismo.
El resultado de la compensación de las posiciones activas y pasivas, ya sea deudor o acreedor, se presenta por formando parte del rubro de “Derivados”.
Derivados con fines de cobertura - La Administración de la Institución realiza operaciones con derivados para fines de cobertura con swaps.
Los activos y pasivos financieros que sean designados y cumplan los requisitos para ser designados como partidas cubiertas, así como los instrumentos financieros derivados que forman parte de una relación de cobertura, se reconocen de acuerdo con las disposiciones relativas a la contabilidad de coberturas para el reconocimiento de la ganancia o pérdida en el instrumento de cobertura y de la partida cubierta de acuerdo a lo establecido en el Criterio B-5 “Derivados y Operaciones de Cobertura” de la Comisión.
Una relación de cobertura califica para ser designada como tal cuando se cumplen todas las condiciones siguientes:
- Designación formal y documentación suficiente de la relación de cobertura.
- La cobertura debe ser altamente efectiva en lograr la compensación de los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo atribuibles al riesgo cubierto.
- Para coberturas de flujo de efectivo, la transacción pronosticada que se pretenda cubrir debe ser altamente probable su ocurrencia.
- La cobertura debe ser medible confiablemente.
- La cobertura debe ser evaluada continuamente (al menos trimestralmente).
Todos los derivados con fines de cobertura se reconocen como activos o pasivos (dependiendo de los derechos y/u obligaciones que contengan) en el balance general, inicialmente a su valor razonable, el cual, corresponde al precio pactado en la operación.
El resultado de la compensación de las posiciones activas y pasivas, ya sea deudor o acreedor, se presenta por separado de la posición primaria cubierta formando parte del rubro de “Derivados” y se registra el interés devengado en el estado de resultados en el “Margen Financiero”.
Los derivados con fines de cobertura se valúan a mercado y el efecto se reconoce dependiendo del tipo de cobertura contable, de acuerdo con lo siguiente:
a. Coberturas de valor razonable - Representa una cobertura de la exposición a los cambios en el valor razonable de activos o pasivos reconocidos o de compromisos en firme no reconocidos, o bien a una porción de ambos, que es atribuible a un riesgo particular y que puede afectar el resultado del periodo. Se valúan a mercado la posición primaria por el riesgo cubierto y el instrumento derivado de cobertura, registrándose el efecto neto en los resultados del período dentro del rubro de “Resultado por
b. Coberturas de flujos de efectivo - Representa una cobertura de la exposición a la variación de los flujos de efectivo de una transacción pronosticada que (i) es atribuible a un riesgo en particular asociado con un activo o pasivo reconocido, o con un evento altamente probable, y que (ii) puede afectar al resultado del periodo. El instrumento derivado de cobertura se valúa a mercado. La porción de la ganancia o pérdida del instrumento de cobertura que sea efectiva en la cobertura, se registra dentro de la cuenta de utilidad integral en el capital contable y la parte inefectiva se registra en los resultados del periodo como parte de “Resultado por intermediación”.
El componente de cobertura efectivo reconocido en el capital contable asociado con la partida cubierta, se ajusta para igualar al monto menor (en términos absolutos) entre la ganancia o pérdida acumulada del instrumento de cobertura desde el inicio de la misma, y el cambio acumulado en el valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados de la partida cubierta desde el inicio de la cobertura. Cualquier ganancia o pérdida remanente del instrumento de cobertura se reconoce directamente en los resultados del periodo.
La Institución suspende la contabilidad de coberturas cuando el derivado ha vencido, ha sido vendido, es cancelado o ejercido, cuando el derivado no alcanza una alta efectividad para compensar los cambios en el valor razonable o flujos de efectivo de la partida cubierta, cuando se prevé que la transacción pronosticada no ocurrirá o cuando se decide cancelar la designación de cobertura.
Al dejar de aplicar de manera prospectiva la contabilidad de coberturas de valor razonable, cualquier ajuste al valor en libros por la valuación de la partida cubierta atribuible al riesgo cubierto, se amortiza en los
resultados del período. La amortización se lleva a cabo utilizando el método de línea recta durante la vida remanente de la partida originalmente cubierta.
Al suspender la contabilidad de coberturas de flujo de efectivo, la ganancia o pérdida acumulada
correspondiente a la parte eficaz del derivado de cobertura que haya sido reconocida en el capital contable como parte de la utilidad integral durante el periodo de tiempo en el cual la cobertura fue efectiva, permanece en el capital contable hasta el momento en que los efectos de la transacción pronosticada afecten los
resultados. En el caso de que ya no sea probable que la transacción pronosticada ocurra, la ganancia o la pérdida que fue reconocida en la cuenta de utilidad integral se registra inmediatamente en resultados. Cuando la cobertura de una transacción pronosticada se mostró prospectivamente satisfactoria y posteriormente no es altamente efectiva, la ganancia o pérdida acumulada correspondiente a la parte eficaz del derivado de cobertura que se reconoció en el capital contable como parte de la utilidad integral durante el periodo de tiempo en el cual la cobertura fue efectiva, se lleva de manera proporcional a los resultados, en la medida que los efectos de la transacción pronosticada afecten los resultados.
Los paquetes de derivados que coticen en algún mercado reconocido como un sólo instrumento se
reconocerán y valuarán de manera conjunta (es decir sin desagregar cada instrumento financiero derivado en forma individual). Los paquetes de derivados no cotizados en algún mercado reconocido se reconocerán y valuarán de manera desagregada por cada derivado que conforme dichos paquetes.
El resultado de la compensación de las posiciones activas y pasivas, ya sea deudor o acreedor, se presenta por separado de la posición primaria cubierta formando parte del rubro de “Derivados”.
Derivados implícitos - Un derivado implícito es un componente de un instrumento financiero híbrido (combinado) que incluye a un contrato no-derivado (conocido como contrato anfitrión), en el que algunos de los flujos de efectivo de dicho componente varían de manera similar a como lo haría un derivado de forma independiente. Un derivado implícito causa que algunos de los flujos de efectivo requeridos por el contrato (o incluso todos) se modifiquen de acuerdo a los cambios en una tasa de interés específica, el precio de un instrumento financiero, un tipo de cambio, un índice de precios o tasas, una calificación crediticia o índice de crédito, u otra variable permitida por la legislación y regulaciones aplicables, siempre y cuando tratándose de variables no financieras, éstas no sean específicas o particulares a una de las partes del contrato. Un derivado que se encuentra adjunto a un instrumento financiero pero que es contractualmente transferible de manera independiente a dicho instrumento, o bien, que tiene una contraparte diferente, no es un derivado implícito sino un instrumento financiero separado (por ejemplo en operaciones estructuradas).
Un derivado implícito se segrega del contrato anfitrión para efectos de valuación y recibir el tratamiento contable de un derivado, si y sólo si se cumplen todas las siguientes características:
a. Las características económicas y riesgos del derivado implícito no se encuentran estrechamente relacionadas con las características económicas y riesgos del contrato anfitrión;
b. Un instrumento financiero separado que cuente con los mismos términos que el derivado implícito cumpliría con la definición de derivado, y
c. El instrumento financiero híbrido (combinado) no se valúa a valor razonable con los cambios
reconocidos en resultados (por ejemplo un derivado que se encuentra implícito en un activo financiero o pasivo financiero valuado a valor razonable no debe segregarse).
Los efectos de valuación de los derivados implícitos se reconocen en el mismo rubro en que se encuentra registrado el contrato anfitrión.
Un derivado en moneda extranjera implícito en un contrato anfitrión, que no es un instrumento financiero, es parte integral del acuerdo y por tanto estrechamente relacionado con el contrato anfitrión siempre que no esté apalancado, no contenga un componente de opción y requiera pagos denominados en:
- la moneda funcional de alguna de las partes sustanciales del contrato;
- la moneda en la cual el precio del bien o servicio relacionado que se adquiere o entrega está habitualmente denominado para transacciones comerciales en todo el mundo;
- una moneda que tenga una o más de las características de la moneda funcional para alguna de las partes. Al cierre de diciembre de 2010 y 2009, la Institución reconoció una plus(minusvalía) de $14 y $(11),
respectivamente, por los contratos por servicios, compra de activos, mantenimiento y arrendamientos operativos referenciados a dólares americanos o cualquier otra divisa diferente al peso, el cual se encuentra registrado en el rubro de “Resultado por intermediación”.
Operaciones en moneda extranjera - Las operaciones en moneda extranjera se registran al tipo de cambio vigente en la fecha de la operación. Los activos y pasivos en moneda extranjera se valorizan a los tipos de cambio en vigor al cierre del período, determinados y publicados por Banco de México.
Los ingresos y egresos derivados de operaciones en moneda extranjera, se convierten al tipo de cambio vigente en la fecha de operación, excepto los generados por la sucursal del extranjero, los cuales se convierten al tipo de cambio fix de cierre de cada período.
Las fluctuaciones cambiarias se registran en los resultados del período en que ocurren.
Comisiones cobradas y costos y gastos asociados - Las comisiones cobradas por el otorgamiento inicial de los créditos se registra como un crédito diferido dentro del rubro de “Créditos diferidos y cobros anticipados”, el cual se amortiza contra los resultados del ejercicio en el rubro “Ingreso por intereses”, bajo el método de línea recta durante la vida del crédito, excepto las que se originen por créditos revolventes que se amortizan en un período de 12 meses.
Las comisiones que se reconozcan con posterioridad al otorgamiento inicial del crédito, son aquéllas en que se incurran como parte del mantenimiento de dichos créditos, o las que se cobren con motivo de créditos que no hayan sido colocados se reconocen en resultados en el momento que se generen.
En el caso de comisiones cobradas por concepto de anualidad de tarjeta de crédito, ya sea la primera
anualidad o subsecuentes por concepto de renovación, se reconocen como un crédito diferido dentro del rubro de “Créditos diferidos y cobros anticipados” y se amortizan en un período de 12 meses contra los resultados del ejercicio en el rubro de “Comisiones y tarifas cobradas”.
Los costos y gastos incrementales asociados con el otorgamiento inicial del crédito, se reconocen como un cargo diferido, los cuales se amortizarán contra los resultados del ejercicio como un gasto por intereses, durante el mismo periodo contable en el que se reconocen los ingresos por comisiones cobradas.
Cualquier otro costo o gasto distinto del mencionado anteriormente, entre ellos los relacionados con promoción, publicidad, clientes potenciales, administración de los créditos existentes (seguimiento, control, recuperaciones, etc.) y otras actividades auxiliares relacionadas con el establecimiento y monitoreo de políticas de crédito se reconocen directamente en los resultados del ejercicio conforme se devenguen en el rubro que corresponde de acuerdo a la naturaleza del costo o gasto.
Asimismo, en el caso de costos y gastos asociados al otorgamiento de tarjetas de crédito, éstos se reconocen como un cargo diferido, el cual se amortiza en un periodo de 12 meses contra los resultados del ejercicio en el rubro que corresponde de acuerdo a la naturaleza del costo o gasto.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, los principales conceptos por los cuales la Institución registró en el estado de resultados comisiones cobradas se refieren a:
Concepto 2010 2009 Tarjeta de crédito $ 3,260 $ 4,169 Manejo de cuentas 591 647 Servicios de cobros 1,157 1,078 Seguros 1,519 1,168 Sociedades de inversión 1,251 1,256 Otros 2,298 1,722 $ 10,076 $ 10,040
Cartera de crédito vencida - La Institución tiene los siguientes criterios para clasificar los créditos no cobrados como cartera vencida:
– Si los adeudos consisten en créditos con pago único de principal e intereses al vencimiento y presentan 30 o más días de vencidos.
– Si los adeudos se refieren a créditos con pago único de principal al vencimiento y con pagos periódicos de intereses y presentan 90 o más días de vencido el pago de intereses respectivo o 30 o más días de vencido el principal.
– Si los adeudos consisten en créditos con pagos periódicos parciales de principal e intereses y presentan 90 o más días de vencidos.
– Si los adeudos consisten en créditos revolventes que presentan dos períodos mensuales de facturación o en su caso, 60 o más días de vencidos.
– Si los adeudos se refieren a créditos para vivienda con pagos periódicos parciales de principal e intereses y presentan 90 o más días de vencidos.
– Los sobregiros en las cuentas de cheques de los clientes serán reportados como cartera vencida al momento en el cual se presente dicho evento.
Los créditos vencidos reestructurados permanecerán dentro de la cartera vencida y su nivel de estimación preventiva se mantendrá en tanto no exista evidencia de pago sostenido, es decir, el cumplimiento de pago del acreditado sin retraso, por el monto total exigible, como mínimo de tres amortizaciones consecutivas del esquema de pagos del crédito, tal como lo establecen los criterios contables de la Comisión.
Los créditos renovados en los cuales el acreditado no liquide en tiempo los intereses devengados y el 25% del monto original del crédito de acuerdo a las condiciones pactadas en el contrato, serán considerados como vencidos en tanto no exista evidencia de pago sostenido, tal como lo establecen los criterios contables de la Comisión.
Se suspende la acumulación de intereses devengados de las operaciones crediticias, en el momento en que el crédito es catalogado como cartera vencida incluyendo los créditos que contractualmente capitalizan intereses al monto del adeudo.