CONVENIO COLECTIVO
SECTOR INDUSTRIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN
Y OBRAS PÚBLICAS
notas
PROVINCIA DE ZARAGOZA
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO I
TA BLA DE RETRIBUCIONES DIA RIA S 2016 VI VII V III IX X X I X II Salario base 48,62 46,20 44,29 40,57 39,48 37,22 35,00 Plus de asistencia 9,85 9,85 9,85 9,85 9,85 9,85 9,85 Paga de junio 2.233,91 2.139,53 2.065,06 1.920,66 1.877,81 1.798,56 1.703,33 Paga de Nav idad 2.233,91 2.139,53 2.065,06 1.920,66 1.877,81 1.798,56 1.703,33 Vacacion es 2.233,91 2.139,53 2.065,06 1.920,66 1.877,81 1.798,56 1.703,33 T o tal anual 25.177,96 24.081,70 23.216,53 21.533,41 21.038,62 20.014,51 19.009,90 Plus de transporte 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 * T o tal anual 26.116,48 25.020,22 24.155,05 22.471,93 21.977,14 20.953,03 19.948,42 Horas Extraordinarias 14,50 13,79 13,21 12,16 11,88 11,18 10,57 * Cal c ulado para una asistenc
ia al trabajo de todos l o s días l a borabl e s del año y añadie
ndo a los conceptos sal
ariales el pl us de transporte. Niv eles CCO O de Construcción y Serv icios de A ragón
Paseo de la Constitución, 12 - 4ª planta. 50
008 Zaragoza. T lf: 976 483269 // Fax: 976 483298 http://construcciony serv icios.ccoo.es -2-
-11-Permisos y Licencias
Para las empresas y trabajadores incluidos en el ámbito del presente convenio, las licencias retribuidas serán las siguientes:
a) Matrimonio. El personal afectado por el presente convenio disfrutará de quince días naturales de licencia por tal circunstancia.
b) Fallecimiento. Con motivo de fallecimiento del cónyuge, ascendientes, padres políticos, abuelos del trabajador y su esposa, hijos, nietos, hermanos de ambos cónyuges, se concederá una licencia de tres días naturales, ampliables en dos más en caso de desplazamiento.
c) Enfermedad grave. En los mismos casos que el anterior se concede-rá análoga licencia.
d) Nacimiento de hijo. Licencia de cinco días naturales.
e) Matrimonio de hijos, hermanos y padres. Tanto consanguíneos como afines, un día natural.
f) Traslado de domicilio habitual. Un día.
g) Asistencia a consulta médica y ayudante técnico sanitario. Previa justificación del trabajador, las empresas abonarán hasta un total de veinte horas al año, independientemente de las visitas a especialistas. h) Permiso para buscar empleo al trabajador fijo de obra. Durante el periodo de preaviso, y siempre que éste se hubiera efectuado y no sustituido por una indemnización equivalente a los días preavisados, el trabajador fijo de obra queda autorizado para que, en los tres últimos días laborables del mismo, disfrute de dos horas de permiso retribuido en su jornada de tarde, con el fin de que pueda buscar empleo, o alternati-vamente y de mutuo acuerdo entre el trabajador y el empresario, pueda disfrutar de cinco horas de la jornada del último día.
Durante el disfrute de estas licencias serán abonados los jornales por el total de la tabla salarial del presente convenio.
Las licencias estarán condicionadas a que sean justificados los hechos que las motivaron, y en los casos de enfermerdad se acreditará con el correspondiente parte médico.
-10-
-3-TABLAS SALARIALES 2016
DIETAS
Por el concepto de dieta completa (art. 21) se abonarán por las empre-sas 44,70 euros diarios.
Por el concepto de media dieta (art. 21) se abonarán por las empresas 11,20 euros.
Por el concepto de ayuda de comida (art. 21) se abonarán 5 euros.
PRENDAS DE TRABAJO (Art. 22)
Se abonarán 0,31 euros por día natural o cuatro buzos al año al personal que esté trabajando con martillos neumáticos, en riesgos y aglomerados asfálticos (incluido el personal de plantas asfálticas), pintores y mecáni-cos; al resto del personal se abonarán 0,14 euros por día natural o dos buzos al año. Valor del buzo: 22,31 euros.
DESGASTE DE HERRAMIENTAS (Art. 23)
Los profesionales que utilicen su propia herramienta, percibirán 0,29 euros por día de trabajo.
LOCOMOCIÓN (Art. 25)
Los gastos de locomoción, cuando la empresa no facilite los medios de transporte, se cuantifican en 0,24 euros kilómetro.
INDEMNIZACIONES (Art. 26)
a) En caso de muerte, derivada de enfermedad común o accidente no laboral, el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio, vigente en cada momento.
b) 47.000 euros, en caso de muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesio-nal.
c) 28.000 euros, en caso de incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
CONVENIO PROVINCIAL
DE CONSTRUCCIÓN Y
OBRAS PÚBLICAS 2016
ANEXO I bis
Tabla de retribuciones diarias
PERSONAL QUE SE RIGE POR ESTA TABLA
Nivel VI
• Encargado o Jefe de Taller.
• Encargado de Sección de
Laboratorio.
• Escultor de Piedra y Mármol.
Nivel VII
•
Capataz.
•
Auxiliar
Técnico
de
Obra.
•
Especialista
de
Oficio.
Nivel VIII
• Oficial de 1ª. de Oficio.
Nivel IX
•
Auxiliar
Administrativo
de
Obra.
• Oficial de 2ª. de Oficio.
Nivel X
•
Listero.
•
Ayudante
de
Oficio.
•
Especialista
de
1ª.
Nivel XI
• Especialista de 2ª.
•
Peón
especializado.
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO II
TA BLA DE RETRIBUCIONES MENSUALES 2016 -4- -9-II II I IV V VI VI I VI II IX X XI XI I XI II XI V Sa la ri o b ase 2.394,69 1.867,73 1.785,72 1.620,59 1.458,16 1.386,85 1.328,79 1.21 7,69 1.185,25 1.116,98 1.050,80 767,74 701,55 Plu s d e a sisten cia 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 To ta l m es 2.592,07 2.065,11 1.983,10 1.817,97 1.655,54 1.584,23 1.526,17 1.415,07 1.382,63 1.314,36 1.248,18 965,12 898,93 Pag a d e ju nio 3.444,19 2.760,90 2.654,56 2.440,46 2.229,76 2.137,37 2. 062,10 1.918,07 1.875,97 1. 787,42 1.701,65 1.334,59 1.248,81 Pag a d e Na vid ad 3.444,19 2.760,90 2.654,56 2.440,46 2.229,76 2.137,37 2. 062,10 1.918,07 1.875,97 1. 787,42 1.701,65 1.334,59 1.248,81 V acacion es 3.444,19 2.760,90 2.654,56 2.440,46 2.229,76 2.137,37 2. 062,10 1.918,07 1.875,97 1. 787,42 1.701,65 1.334,59 1.248,81 To ta l a nu al 38.845,34 30.998,91 29.777,78 27.319,05 24.900,22 23.838, 64 22.974,17 21.319,98 20.836,84 19.820,22 18.834,93 14.620,09 13.634,66 * Plu s d e tra nsp or te 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 ** To ta l m es 2.679,60 2.152,64 2.070,63 1.905,50 1.743,07 1.671,76 1.613,70 1.502,60 1.470,16 1. 401,89 1.335,71 1.052,65 986,46 ** To ta l a nu al 39.808,17 31.961,74 30.740,61 28.281,88 25.863,05 23.937,00 23.937,00 22.282,81 21.799,67 20.783,05 19.797,76 15.582,92 14.597,49 . Ho ra s Ex tra ord in ar ias 23,60 18,51 17,67 16,02 14,50 13,79 13,21 12,16 11,88 11,18 10,57 -* Calculado para una asistenc
ia al trabaj
o de todos los días laborables del mes.
**
Calculado para una asistencia al trabajo de todos los días la
borables y
añadiendo a los c
o
nceptos salariales el plus de tran
spor te . CCOO de Construcción y Serv icios de A ragón
Paseo de la Constitución, 12 - 4ª planta
. 50008 Zaragoz a . Tlf: 976 483269 // Fax: 976 483298 http: //construcciony s erv icios.ccoo.es ARTÍCULO 21 2015 2016 DIETA 45,10 1/2 DIETA 11,30 AYUDA COM. 5,04 44,70 11,20 5,00 ARTÍCULO 23 2015 2016 HERRAMIENTA 0,29 0,29 ARTÍCULO 22 2015 2016 ROPA (Pintores, etc) 0,31
ROPA 0,14 ROPA 22,51 0,31 0,14 22,31 ARTÍCULO 25 2015 2016 LOCOMOCIÓN 0,24 0,24 Niv eles
-5-TABLAS SALARIALES 2016
ANEXO II bis
Tabla de retribuciones mensuales
PERSONAL QUE SE RIGE POR ESTA TABLA
Nivel II • Personal Titulado SuperiorNivel III • Personal Titulado Medio • Jefe Administrativo de 1ª. • Jefe de Sección de Organiz. Científica del
Trab. de 1ª.
Nivel IV • Jefe de Personal • Ayudante de Obra • Encargado
do General • Encargado General de Fábrica.
Nivel V • Jefe Administrativo de 2ª. • Delineante Superior • Encargado General de Obra • Jefe de Sección de Organiz. Científica del Trab. de 2ª. • Jefe de compras.
Nivel VI • Oficial Administrativo de 1ª. • Delineante de 1ª. • Técnico de Organizaciñon de 1ª. • Práctico de Topografía de 1ª.
Nivel VII • Técnico de Organización de 2ª. • Delineante de 2ª. • Topografo de 2ª. • Analista de 1ª. • Viajante.
Nivel VIII • Oficial Administrativo de 2ª. • Corredor de Plaza. • Inspector de Control, Señalización y Servicios • Analista 2ª.
Nivel IX • Auxiliar Administrativo • Ayudante Topográfo • Auxiliar de Organización • Conserje • Vendedor • Calcador.
Nivel X • Auxiliar de Laboratorio • Vigilante • Almacenero. • Enfermero • Guarda Jurado • Cobrador.
Nivel XII • Limpiador/a.
Nivel XIII • Aspirante Adminitrativo • Aspirante Técnico. • Botones 17-18 años.
Nivel XIV • Botones 16-17 años.
-8-Categorías Profesionales Nivel II 23,60 Nivel III 18,51 Nivel IV 17,67 Nivel V 16,02 Nivel VI 14,50 Nivel VII 13,79 Nivel VIII 13,21 Nivel IX 12,16 Nivel X 11,88 Nivel XI 11,18 Nivel XII 10,57 Nivel XIII -Nivel XIV -Importe
ANEXO III
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO IV
Tabla 2016 para los trabajadores contratados mediante contrato de formación
en relación con la tabla de retribuciones diarias
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO V
Tabla 2016 para los trabajadores contratados mediante contrato de formación
en relación con la tabla de retribuciones mensuales
-6- -7-Primer año S egundo año Tercer año Primer año S egundo año Salario base 24,34 28,40 34,48 3 8,54 40,57 Plus de asistencia 5,91 6,90 8,37 9,36 9,85 Paga de junio 1.152,40 1.344,46 1.632,56 1.824,63 1.920,66 Paga de Nav idad 1.152,40 1.344,46 1.632,56 1.824,63 1.920,66 Vacacion es 1.152,40 1.344,46 1.632,56 1.824,63 1.920,66 T o tal anual 12.919,39 15.074,81 1 8.301,34 20.456,79 21.533,41 Plus de transporte 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 * T o tal anual 13.857,91 16.013,33 1 9.239,86 21.395,31 22.471,93 * Cal cul a do para una as is tencia al trabajo de todos l o s días l a borabl es del año y añad
iendo a los conc
eptos sal ariales el pl us de transporte. Retribución ref erida al sal ario del ni v e l IX de l a s tabl as di ari as (Anexo I), y
para una jornad
a del 100% de trabajo ef ecti v o . P ar a lo s c olecti vo s d el art. 25, 4 c) y e) del C onve ni o Ge neral P ara l os col ect ivos del art . 25. 4 d ) d el Co nv en io G en er al Primer año Segundo año Tercer año Primer año Segundo año Salario base 730,61 8 52,38 1.035,04 1.156,81 1.217,69 Plus de asistencia 118,43 138,17 1 67,77 187,51 197,38 T o tal mes 849,04 9 90,55 1.202,81 1.344,32 1.415,07 Paga de jun io 1.150,84 1.342,65 1.630,36 1.822,17 1.918,07 Paga de Nav idad 1.150,84 1.342,65 1.630,36 1.822,17 1.918,07 Vacacion es 1.150,84 1.342,65 1.630,36 1.822,17 1.918,07 T o tal anual 12.791,96 14.924,00 18.121,99 20.254,03 21.319,98 * Plus de transporte 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 ** T o tal mes 936,57 1 .078,08 1.290,34 1.431,85 1.502,60 ** T o tal anual 13.754,79 15.886,83 19.084,82 21.216,86 22.282,81 * Cal cul a
do para una asiste
ncia al trabajo de todos l
o s días l a borabl e s del m e s. ** Cal cul a
do para una asistencia al trabajo
de todos l o s días l a borabl e s y añadiendo
a los conceptos sal
ariales el pl us de tran sporte. Retribución ref erida al ni vel IX de l a s tabl as m e
nsuales (Anexo II), y
para
una jornada del 100% de trabajo ef
ecti v o . Para l os col ectivos del art. 25. 4 c) y e) del C onve ni o Ge neral Para l os col ectivos del art . 25, 4 d) del C onve ni o Ge neral
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO IV
Tabla 2016 para los trabajadores contratados mediante contrato de formación
en relación con la tabla de retribuciones diarias
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO V
Tabla 2016 para los trabajadores contratados mediante contrato de formación
en relación con la tabla de retribuciones mensuales
-6- -7-Primer año S egundo año Tercer año Primer año S egundo año Salario base 24,34 28,40 34,48 3 8,54 40,57 Plus de asistencia 5,91 6,90 8,37 9,36 9,85 Paga de junio 1.152,40 1.344,46 1.632,56 1.824,63 1.920,66 Paga de Nav idad 1.152,40 1.344,46 1.632,56 1.824,63 1.920,66 Vacacion es 1.152,40 1.344,46 1.632,56 1.824,63 1.920,66 T o tal anual 12.919,39 15.074,81 1 8.301,34 20.456,79 21.533,41 Plus de transporte 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 * T o tal anual 13.857,91 16.013,33 1 9.239,86 21.395,31 22.471,93 * Cal cul a do para una as is tencia al trabajo de todos l o s días l a borabl es del año y añad
iendo a los conc
eptos sal ariales el pl us de transporte. Retribución ref erida al sal ario del ni v e l IX de l a s tabl as di ari as (Anexo I), y
para una jornad
a del 100% de trabajo ef ecti v o . P ar a lo s c olecti vo s d el art. 25, 4 c) y e) del C onve ni o Ge neral P ara l os col ect ivos del art . 25. 4 d ) d el Co nv en io G en er al Primer año Segundo año Tercer año Primer año Segundo año Salario base 730,61 8 52,38 1.035,04 1.156,81 1.217,69 Plus de asistencia 118,43 138,17 1 67,77 187,51 197,38 T o tal mes 849,04 9 90,55 1.202,81 1.344,32 1.415,07 Paga de jun io 1.150,84 1.342,65 1.630,36 1.822,17 1.918,07 Paga de Nav idad 1.150,84 1.342,65 1.630,36 1.822,17 1.918,07 Vacacion es 1.150,84 1.342,65 1.630,36 1.822,17 1.918,07 T o tal anual 12.791,96 14.924,00 18.121,99 20.254,03 21.319,98 * Plus de transporte 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 ** T o tal mes 936,57 1 .078,08 1.290,34 1.431,85 1.502,60 ** T o tal anual 13.754,79 15.886,83 19.084,82 21.216,86 22.282,81 * Cal cul a
do para una asiste
ncia al trabajo de todos l
o s días l a borabl e s del m e s. ** Cal cul a
do para una asistencia al trabajo
de todos l o s días l a borabl e s y añadiendo
a los conceptos sal
ariales el pl us de tran sporte. Retribución ref erida al ni vel IX de l a s tabl as m e
nsuales (Anexo II), y
para
una jornada del 100% de trabajo ef
ecti v o . Para l os col ectivos del art. 25. 4 c) y e) del C onve ni o Ge neral Para l os col ectivos del art . 25, 4 d) del C onve ni o Ge neral
-5-TABLAS SALARIALES 2016
ANEXO II bis
Tabla de retribuciones mensuales
PERSONAL QUE SE RIGE POR ESTA TABLA
Nivel II • Personal Titulado SuperiorNivel III • Personal Titulado Medio • Jefe Administrativo de 1ª. • Jefe de Sección de Organiz. Científica del
Trab. de 1ª.
Nivel IV • Jefe de Personal • Ayudante de Obra • Encargado
do General • Encargado General de Fábrica.
Nivel V • Jefe Administrativo de 2ª. • Delineante Superior • Encargado General de Obra • Jefe de Sección de Organiz. Científica del Trab. de 2ª. • Jefe de compras.
Nivel VI • Oficial Administrativo de 1ª. • Delineante de 1ª. • Técnico de Organizaciñon de 1ª. • Práctico de Topografía de 1ª.
Nivel VII • Técnico de Organización de 2ª. • Delineante de 2ª. • Topografo de 2ª. • Analista de 1ª. • Viajante.
Nivel VIII • Oficial Administrativo de 2ª. • Corredor de Plaza. • Inspector de Control, Señalización y Servicios • Analista 2ª.
Nivel IX • Auxiliar Administrativo • Ayudante Topográfo • Auxiliar de Organización • Conserje • Vendedor • Calcador.
Nivel X • Auxiliar de Laboratorio • Vigilante • Almacenero. • Enfermero • Guarda Jurado • Cobrador.
Nivel XII • Limpiador/a.
Nivel XIII • Aspirante Adminitrativo • Aspirante Técnico. • Botones 17-18 años.
Nivel XIV • Botones 16-17 años.
-8-Categorías Profesionales Nivel II 23,60 Nivel III 18,51 Nivel IV 17,67 Nivel V 16,02 Nivel VI 14,50 Nivel VII 13,79 Nivel VIII 13,21 Nivel IX 12,16 Nivel X 11,88 Nivel XI 11,18 Nivel XII 10,57 Nivel XIII -Nivel XIV -Importe
ANEXO III
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO II
TA BLA DE RETRIBUCIONES MENSUALES 2016 -4- -9-II II I IV V VI VI I V II I IX X XI XI I X II I X IV Sa la ri o b ase 2.394,69 1.867,73 1.785,72 1.620, 59 1.458,16 1.386,85 1.328,79 1.217,69 1.185,25 1.116,98 1.050,80 767,74 701,55 Plu s d e a sisten cia 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 197,38 To ta l m es 2.592,07 2.065,11 1.983,10 1.817,97 1.655,54 1.5 84,23 1.526,17 1.415,07 1.382,63 1.314,36 1.248,18 965,12 898,93 Pag a d e ju ni o 3.444,19 2.760,90 2.654,56 2.440,46 2.229,76 2.137,3 7 2.062,10 1.918,07 1.875,97 1.787,42 1.701,65 1.334,59 1.248,81 Pag a d e Na vi da d 3.444,19 2.760,90 2.654,56 2.440,46 2.229,76 2.137,3 7 2.062,10 1.918,07 1.875,97 1.787,42 1.701,65 1.334,59 1.248,81 V acacion es 3.444,19 2.760,90 2.654,56 2.440,46 2.229,76 2.137,3 7 2.062,10 1.918,07 1.875,97 1.787,42 1.701,65 1.334,59 1.248,81 To ta l a nu al 38.845,34 30.998,91 29.777,78 27.319,05 24.900,22 23.838,64 22. 974,17 21.319,98 20.836,84 19.820,22 18.834,93 14.620,09 13.634,66 * Plu s d e tra nsp or te 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 87,53 ** To ta l m es 2.679,60 2.152,64 2.070,63 1.905,50 1.743,07 1.671,76 1. 613,70 1.502,60 1.470,16 1.401,89 1.335,71 1.052,65 986,46 ** To ta l a nu al 39.808,17 31.961,74 30.740,61 28.281,88 25.863,05 23.937,00 23.937,00 22.282,81 21.799,67 20.783,05 19.797,76 15.582,92 14.597,49 . Horas Ex traord inarias 23,60 18,51 17,67 16,02 14,50 13,79 13,21 12,16 11,88 11,18 10,57-* Calculado para una asistencia al trabajo
de todos los días laborables del mes.
** Calc
ulado para una as
is tenc ia al trabajo de todos los días l aborables y
añadiendo a los conceptos s
a
lariales el plus de tran
spor te . CCOO de Construcción y Serv icios de A ragón
Paseo de la Constitución, 12 - 4ª planta. 50008
Zaragoz a . Tlf: 976 483269 // Fax: 976 217134 http: //construcciony s erv icios.ccoo.es ARTÍCULO 21 2015 2016 DIETA 45,10 1/2 DIETA 11,30 AYUDA COM. 5,04 44,70 11,20 5,00 ARTÍCULO 23 2015 2016 HERRAMIENTA 0,29 0,29 ARTÍCULO 22 2015 2016 ROPA (Pintores, etc) 0,31
ROPA 0,14 ROPA 22,51 0,31 0,14 22,31 ARTÍCULO 25 2015 2016 LOCOMOCIÓN 0,24 0,24 Niv eles
-10-
-3-TABLAS SALARIALES 2016
DIETAS
Por el concepto de dieta completa (art. 21) se abonarán por las empre-sas 45,10 euros diarios.
Por el concepto de media dieta (art. 21) se abonarán por las empresas 11,30 euros.
Por el concepto de ayuda de comida (art. 21) se abonarán 5,04 euros.
PRENDAS DE TRABAJO (Art. 22)
Se abonarán 0,31 euros por día natural o cuatro buzos al año al personal que esté trabajando con martillos neumáticos, en riesgos y aglomerados asfálticos (incluido el personal de plantas asfálticas), pintores y mecáni-cos; al resto del personal se abonarán 0,14 euros por día natural o dos buzos al año. Valor del buzo: 22,51 euros.
DESGASTE DE HERRAMIENTAS (Art. 23)
Los profesionales que utilicen su propia herramienta, percibirán 0,29 euros por día de trabajo.
LOCOMOCIÓN (Art. 25)
Los gastos de locomoción, cuando la empresa no facilite los medios de transporte, se cuantifican en 0,24 euros kilómetro.
INDEMNIZACIONES (Art. 26)
a) En caso de muerte, derivada de enfermedad común o accidente no laboral, el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio, vigente en cada momento.
b) 47.000 euros, en caso de muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesio-nal.
c) 28.000 euros, en caso de incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
CONVENIO PROVINCIAL
DE CONSTRUCCIÓN Y
OBRAS PÚBLICAS 2016
ANEXO I bis
Tabla de retribuciones diarias
PERSONAL QUE SE RIGE POR ESTA TABLA
Nivel VI
• Encargado o Jefe de Taller.
• Encargado de Sección de
Laboratorio.
• Escultor de Piedra y Mármol.
Nivel VII
•
Capataz.
•
Auxiliar
Técnico
de
Obra.
•
Especialista
de
Oficio.
Nivel VIII
• Oficial de 1ª. de Oficio.
Nivel IX
•
Auxiliar
Administrativo
de
Obra.
• Oficial de 2ª. de Oficio.
Nivel X
•
Listero.
•
Ayudante
de
Oficio.
•
Especialista
de
1ª.
Nivel XI
• Especialista de 2ª.
•
Peón
especializado.
CCOO de Construcción y
Serv
icios
ANEXO I
TA BLA DE RETRIBUCIONES DIA RIA S 2016 VI VII V III IX X X I X II Salario base 48,62 46,20 44,29 40,57 39,48 37,22 35,00 Plus de asistencia 9,85 9,85 9,85 9,85 9,85 9,85 9,85 Paga de junio 2.233,91 2.139,53 2.065,06 1.920,66 1.877,81 1.798,56 1.703,33 Paga de Nav idad 2.233,91 2.139,53 2.065,06 1.920,66 1.877,81 1.798,56 1.703,33 Vacacion es 2.233,91 2.139,53 2.065,06 1.920,66 1.877,81 1.798,56 1.703,33 T o tal anual 25.177,96 24.081,70 23.216,53 21.533,41 21.038,62 20.014,51 19.009,90 Plus de transporte 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 4,32 * T o tal anual 26.116,48 25.020,22 24.155,05 22.471,93 21.977,14 20.953,03 19.948,42 Horas Extraordinarias 14,50 13,79 13,21 12,16 1 1,88 11,18 10,57 * Cal c ulado para una asistencia al
trabajo de todos l o s días l a borabl e s del año y
añadiendo a los conceptos sal
ariales el pl us de transporte. Niv eles CCO O de Construcción y Serv icios de A ragón
Paseo de la Constitución, 12 - 4ª planta. 5000
8 Zaragoza. T lf: 976 483269 // Fax: 976 217134 http://construcciony serv icios.ccoo.es -2-
-11-Permisos y Licencias
Para las empresas y trabajadores incluidos en el ámbito del presente convenio, las licencias retribuidas serán las siguientes:
a) Matrimonio. El personal afectado por el presente convenio disfrutará de quince días naturales de licencia por tal circunstancia.
b) Fallecimiento. Con motivo de fallecimiento del cónyuge, ascendientes, padres políticos, abuelos del trabajador y su esposa, hijos, nietos, hermanos de ambos cónyuges, se concederá una licencia de tres días naturales, ampliables en dos más en caso de desplazamiento.
c) Enfermedad grave. En los mismos casos que el anterior se concede-rá análoga licencia.
d) Nacimiento de hijo. Licencia de cinco días naturales.
e) Matrimonio de hijos, hermanos y padres. Tanto consanguíneos como afines, un día natural.
f) Traslado de domicilio habitual. Un día.
g) Asistencia a consulta médica y ayudante técnico sanitario. Previa justificación del trabajador, las empresas abonarán hasta un total de veinte horas al año, independientemente de las visitas a especialistas. h) Permiso para buscar empleo al trabajador fijo de obra. Durante el periodo de preaviso, y siempre que éste se hubiera efectuado y no sustituido por una indemnización equivalente a los días preavisados, el trabajador fijo de obra queda autorizado para que, en los tres últimos días laborables del mismo, disfrute de dos horas de permiso retribuido en su jornada de tarde, con el fin de que pueda buscar empleo, o alternati-vamente y de mutuo acuerdo entre el trabajador y el empresario, pueda disfrutar de cinco horas de la jornada del último día.
Durante el disfrute de estas licencias serán abonados los jornales por el total de la tabla salarial del presente convenio.
Las licencias estarán condicionadas a que sean justificados los hechos que las motivaron, y en los casos de enfermerdad se acreditará con el correspondiente parte médico.