• No se han encontrado resultados

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL"

Copied!
44
0
0

Texto completo

(1)

GACETA OFICIAL DEL

DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 5 DE AGOSTO DE 2011 No. 1154

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Secretaría de Desarrollo Social

♦ Resultados de los trabajos seleccionados del Concurso de iniciativas ciudadanas comunitarias para la promoción

cultural y la comunicación social alternativa 2011 3

Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal relativa al predio ubicado en: Morelia No. 83 Colonia Roma Norte,

Delegación Cuauhtémoc 7

♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal relativa al predio ubicado en: Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación

Coyoacán 11

Secretaría de Protección Civil

♦ Aviso por el cual se da a conocer 01 procedimiento de la Dirección de Administración 14 Delegación Álvaro Obregón

♦ Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras Públicas Delegacional 15 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

Consejería Jurídica y de Servicios Legales.- Licitación Pública Nacional Número

LPN/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/11.- Adquisición de caja de cartón 28

Delegación Benito Juárez.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001118-012-11 y 30001118-013-11.- Convocatoria: 010 (Local).- Construcción de escuela secundaria para trabajadores y centro de desarrollo infantil 29

SECCIÓN DE AVISOS

♦ Cotecna Services de México, S.A. de C.V. 31

(2)

Índice Viene de la Pág. 1

♦ Martoni de México, S.A. de C.V. 33

♦ Operadora Lpq, S.A. 34

♦ Grupo Viaducto, S.A. de C.V. 35

♦ Grupo Napolis, S.A. de C.V. 35

♦ Tire Movimientos Comerciales, S.A. de C.V. 36

♦ 1500 Construcciones, S. A. de C. V. 37

♦ Audio Ingenio, S.A. de C. V. 38

♦ Grupo Ronago, S.A. de C.V. 38

(3)

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

MARTÍ BATRES GUADARRAMA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 87, 89 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 Fracción VI, 16 Fracciones III, IV y VII y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 10 fracción IV, 32, 33, 35, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, 81, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; emito los siguientes:

RESULTADOS DE LOS TRABAJOS SELECCIONADOS DEL CONCURSO DE INICIATIVAS CIUDADANAS COMUNITARIAS PARA LA PROMOCIÓN CULTURAL Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL ALTERNATIVA

2011

De conformidad con lo establecido en las Bases del Concurso de Iniciativas Ciudadanas Comunitarias para la Promoción Cultural y la Comunicación Social Alternativa 2011, publicadas el día 24 de junio del año en curso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se dan a conocer los trabajos aprobados por el Comité Evaluador.

El Comité Evaluador, con base en el techo presupuestal , aprobó los trabajos que mejor se ajustaron a los requisitos establecidos por la Convocatoria del Concurso de Iniciativas Ciudadanas Comunitarias para la Promoción Cultural y la Comunicación Social Alternativa 2011, dirigido a individuos, grupos o colectivos que desarrollen trabajos de promoción cultural o comunicación social alternativa que se lleven a cabo en barrios, comunidades, colonias y pueblos de la Ciudad de México y/o fomenten el ejercicio de los derechos sociales, económicos y culturales, el derecho a la expresión y la información, así como la participación ciudadana, el desarrollo social, la democracia, la no discriminación, la equidad social y de género, los derechos de las mujeres, de los pueblos indígenas y la comunidad LGBTTTI.

Con fundamento en lo anterior se aprobaron, los siguientes trabajos:

CATEGORÍA: PROMOCIÓN Y FOMENTO CULTURAL EN COMUNIDAD

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

JESUS FLORES MARMOLEJO ARAGÓN ES MOVIMIENTO $30,000.00

LAURA OSORIO NOVOA CINE PARA TODOS $30,000.00

LUIS ANTONIO SÁNCHEZ GALICIA

RADIO COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO SOCIAL VECINAL

$15,000.00 LEYDA DENISSE RESENDIZ

MORALES

TALLER INFORMATIVO Y DE TRABAJO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

$15,000.00

MIRIAM MANJARREZ ÁNGELES CINEGAM $10,000.00

COLECTIVO RICARDO FLORES MAGÓN JALALPA

RADIO COMUNITARIA PROYECTOS CULTURALES

$10,000.00 PERLA GRISEL SÁNCHEZ

FEREGRINO

FORMACIÓN CULTURAL DE APERTURA A LA DIVERSIDAD SEXUAL

$10,000.00 SILVINO ALBERTO RIVERA

VILLARRUEL

PROGRAMA INTEGRAL COMUNITARIO DE COMBATE A LAS ADICCIONES Y

RECUPERACIÓN SOCIAL

$10,000.00

MUJER OVILNAMIKILISTLI SUEÑOS Y MANOS CREATIVAS $10,000.00

CAROLINA HUITRON HERNÁNDEZ

PERIODICO MURAL COMUNITARIO $10,000.00

ABRIENDO HORIZONTES SEMBRANDO CONCIENCIA PARA LA EQUIDAD Y EL EJERCICIO DE NUESTROS DERECHOS

(4)

 

YAOCIHUATL LECTURA EN VOZ ALTA, CUENTA

CUENTOS Y REDACCIÓN

$10,000.00

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO ARCHIVOS Y MEMORIAS

DIVERSAS

IV SEMINARIO HISTÓRICO LGBTTTI MEXICANO "DISTINTAS MIRADAS HACIA UN PASADO EN COMÚN"

$6,000.00

JUAN CARLOS NAJERA OSORIO RADIO PARED $5,000.00

HUGO GIOVANNI AGUIRRE TORRES

RADIO HISTORIAS $5,000.00

CATEGORÍA: PUBLICACIONES

NOMBRE DE LA

ORGANIZACIÓN O COLECTIVO

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO GERARDO HERNÁNDEZ MERINO HAY DISTINTAS FORMAS DE VIVIR

NUESTRA SEXUALIDAD

$30,000.00

MAYRA JANET NAVA ULLOA MI PUEBLO $30,000.00

ISRAEL DÍAZ ROMERO DERECHOS HUMANOS $20,000.00

CIHUATLALPAN MUJER DE TIERRA FIRME

MANOS ARRIBA, OJOS ABIERTOS, QUE MIS DERECHOS SON PRIMERO

$10,000.00

ÑU NQUI CHIBI GA MAÑANGÜI GA JÖI HÑAHÑU, TUHU GA

TZI JA GA NZÖIA "EL MISTERIO DE LA TIERRA OTOMI, CULTIVA EL ESPIRITU DEL HOMBRE"

$10,000.00

EL TELAR REVISTAEXPRÉS, CAFÉ ARTE Y CULTURA $10,000.00

OSCAR AGUILAR ZAMUDIO PARA PREVENIR… SABER ES UN DERECHO $10,000.00

VIRIDIANA SÁNCHEZ SÁNCHEZ TEXTILES DE MI GENTE $10,000.00

JOSÉ JAIR AGUILAR FUENTES TRADICIÓN DE MUERTOS $5,000.00

DIEGO ALEXIS AGUILAR SILIS REVISTA LA ILAMA $5,000.00

MARTIN MARLON PEREZ VILLAGOMEZ

MIS ANCESTROS MI FAMILIA MIS HIJOS $5,000.00 ALMA LETICIA NARVÁEZ

PICHARDO

VIVE PLENITUD, CONOCE TUS DERECHOS $5,000.00

CATEGORÍA: RADIO

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

LA COPERACHA RADIO RUMBO COOPERATIVO $15,000.00

COMUNICADORES DEL ASFALTO

MIGRANTES INDIGENAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO LOS MAS PRIMEROS CAMINAN EN LA METROPOLI

$10,000.00

ANGEL ARMANDO SUSUNAGA JARVIO

MARCHA DE LAS PUTAS $10,000.00

SERGIO GUSTAVO SÁNCHEZ NAVARRO

(5)

 

MIRIAM GODINEZ BUSTOS ENTREMÉS. ICONOS DE AZCAPOTZALCO $10,000.00 COLECTIVO RAFAEL

MALDONADO Y GEORGINA CABRERA

CONOCE Y AMA A TU CIUDAD $10,000.00

AURORA SANCHEZ HERRERA SONORIZANDO IDEAS $5,000.00

CATEGORIA: CINE, T. V. Y VIDEOS DOCUMENTALES

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO COMUNICACIÓN CONTRA EL

PODER

COMUNICACIÓN CONTRA EL PODER $15,000.00

FUNDACION CULTURAL INDEPENDENCIA 2

VASO DE AGUA $10,000.00

ROSA ISELA ÁLVAREZ SÁNCHEZ PINTA TU ESPACIO $10,000.00

COMAL (COMITÉ ORGANIZADOR DE LA MARCHA LÉSBICA)

VIDEO DOCUMENTAL DE LA 5a. MARCHA LÉSBICA MÉXICO, 2011, LESBIANAS GUERRERAS, SEMBRANDO DIGNIDAD

$10,000.00

JOSE JUAN SOTO RAMÍREZ MUJERES DE ARENA $10,000.00

MOVEARTE COMIDA EN LA CALLE UNA EXPERIENCIA

DEL COMEDOR PUBLICO CHIN CHA CHOMA

$5,000.00

CATEGORÍA: NUEVAS TECNOLOGÍAS

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO SUHEILY PERERA RODRÍGUEZ PORTAL DE COMUNICACIÓN

ALTERNATIVA "RADIO CHINELO"

$15,000.00

JULIO CESAR MUÑIZ FLORES DEL CORAZÓN DEL PUEBLO $15,000.00

SCANBIT COMUNIDAD SCANBIT: ALGO MÁS QUE UN

BLOG SOBRE TECNOLOGÍA.

$5,000.00

GRUPO ECOS ECOSMEDIA, SIN INFORMACIÓN NO HAY

ACCIÓN, REVISTA ELECTRÓNICA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL

$5,000.00

Comité Evaluador del Concurso de Iniciativas Ciudadanas Comunitarias para la Promoción Cultural y la Comunicación Social Alternativa 2011.

Guillermo Baltazar Rodríguez

Responsable de Comunicación de la Secretaría de Desarrollo Social José Eduardo Rincón Gutiérrez

(6)

Jorge Aguilera Cercado

Enlace de Comunicación del Instituto de Asistencia e Integración Social Jovany Avilés Villa

Coordinador de Proyectos del Circo Volador, A. C. Mtro. Juan Gerardo López Hernández

Coordinador de Comedores Comunitarios de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal José Luis Santos Calderón

Secretario Particular de la Secretaria de Desarrollo Social Benjamín González Pérez

Central del Pueblo A. C. Silvestre Cárdenas Rivera Arte Conciente en la Fama Lic. José Rodrigo Ávila Carrasco

Comunicación Alternativa y Medios de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social Salvador Pérez Cedillo

Director de Radio por Internet, Planeta 2013.tv Radio Web

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México Distrito Federal, a 4 de agosto de 2011

SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL (Firma)

___________________________________ LIC. MARTÍ BATRES GUADARRAMA

(7)

Folio: SEDUVI-SITE: 6902-110DOJO11 Ubicación: Morelia No. 83

Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de mayo de 2011.

El ARQ. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I y IV de la Ley de Orgánica de la Administrativos del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite el siguiente:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 21 de febrero de 2011, el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez como copropietario acreditado mediante escritura No. 8,219, inscrita en el Registro Público de la Propiedad con folio real No. 480972, solicitó ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el cambio de uso del suelo con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal para el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, solicitud que quedó registrada con el número de folio SEDUVI-SITE 6902-110DOJO11 con una superficie de terreno de 196.00 m2, para el uso del suelo de venta de productos manufacturados (acrílicos) en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción, con una zonificación actual de H4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno), donde el uso de suelo solicitado se encuentra prohibido.

2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado anexo a su petición, se encuentran losa siguientes:

a) Escritura No. 8,219 de fecha 27 de mayo de 1988, otorgada ante la fe del licenciado Francisco Xavier Arredondo Galván, Notario Público No. 173 en la Ciudad de Toluca, Estado de México, se hace constar la compra-venta que celebra por una parte la señora Beatriz Elena Bolaños Viuda de Mondragon, vende a favor de los señores Arturo Benitez García y Ciro Domínguez Domínguez; quienes compran y adquieren para si el 100% de los derechos de copropiedad que le corresponden los Enajenantes respecto de la finca urbana número ochenta y tres de la calle de Morelia, en la colonia Roma Norte y terreno que ocupa que es la fracción del lote ciento cincuenta y ocho de la manzana trece en la colonia Roma Norte de la Ciudad de México, Distrito Federal, con una superficie de terreno de 196.00 m2, inscrita en el Registro Público de la Propiedad con folio No. 480972 de fecha 26 de septiembre de 1988.

b) Constancia de Alineamiento y Número Oficial folio 81 de fecha 25 de enero de 2011, emitido por la Delegación Cuauhtémoc, el cual establece que el inmueble se encuentra fuera de una zona histórica, ubicado en una zona patrimonial, sin afectación ni restricción alguna.

c) Certificado Único de zonificación de Uso del Suelo folio 4335-181GAMA11 de fecha 09 de febrero del 2011, el cual determina que al inmueble de referencia le aplica una zonificación H/4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno).

d) Identificación oficial del propietario mediante su credencial para votar folio 0000010580931. e) Memoria descriptiva del proyecto solicitado y

(8)

3.- Que con fecha 3 de mayo de 2011, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitió Dictamen por el cual se determinó procedente que el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, resuelva cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Cuauhtémoc vigente, en los términos solicitados por el particular, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto Segundo de dicho dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano resulten aplicables.

CONSIDERANDO

I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV, X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, 50 fracciones XV y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal; es competente para resolver la solicitud de autorización del cambio de uso del suelo presentada por el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez, para el predio señalado.

II.- Que con fecha 3 mayo de abril de 2011, el Director General de Desarrollo Urbano, Arq. Gerardo Sigg Calderón, asistido por el Director de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, D.A.H. Víctor Manuel Castañeda Saldívar, emitieron el Dictamen Técnico por el cual se dictamina procedente que el Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Arq. Felipe Leal Fernández, resuelve cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Cuauhtémoc vigente, para permitir el uso de Industria / Producción manufacturera en general / Venta de productos manufacturados en acrílico en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación H4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc.

III.- Que la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, deberá atender los principios estratégico de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15, 16 y 17 de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contraviene en disposiciones de orden público e interés general, y que en su prosecución interviene un menor número de autoridades, circunstancias que lo hace compatible con el principio estratégico de simplificación, agilidad y economía previsto en el artículo 12, fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

V.- De conformidad con lo previsto por el artículo 42 fracciones I, II incisos a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal por conducto de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez, para permitir el uso del suelo de venta de productos manufacturados (acrílicos) en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción.

(9)

V.- En mérito a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 14 de su Reglamento fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, el uso del suelo para venta de productos manufacturados (acrílicos) en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción; entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del mencionado Programa Delegacional, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando el desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, así como los contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Cuauhtémoc vigente, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

RESUELVE

Primero.- Se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Comercio / Comercio al por menor / Comercio vecinal de productos básicos, de uso personal y domestico/ venta de productos manufacturados en acrílico en una superficie ocupada por uso de 65.00 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación H4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc; solicitado por el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez como copropietario, mediante la solicitud registrada con el número de folio SEDUVI-SITE: 6902-110DOJO11 con una superficie de terreno de 196.00 m2.

Segundo.- El cambio de uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Cuauhtémoc vigente, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento requerido por la normatividad vigente; no obstruir la vía pública; no provocar congestionamiento vial; no arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos ni utilizar materiales peligrosos; no emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, presentar el Programa de Protección Civil a las autoridades de la Delegación, atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal vigente y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal y sus Normas Complementarias; la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, así como con las demás Leyes Reglamentos en la materia.

Tercero.- La presente Resolución Definitiva no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

Cuarto.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscríbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de conformidad con el artículo 10 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez que se acredite el pago de los derechos a que se refiere el artículo 242 del Código Fiscal del Distrito Federal; exento del mismo, de acuerdo a la Resolución de Carácter General mediante la cual se exime de pago de los derechos que se indican, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 4 de octubre de 2010 y de conformidad con los oficios números SF/TES/SAT/1358/2010 de fecha 12 de noviembre de 2010, suscrito por el titular de la Subsecretaría de Administración Tributaria y oficio número SF/PFDF/SLC/SIPJ/2010 904 de fecha 18 de noviembre de 2010, suscrito por el Subprocurador de Legislación y Consulta, ambos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.

(10)

Quinto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o al promovente mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva.

Sexto.- Infórmese mediante oficio a la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal de esta Resolución Definitiva.

Séptimo.- Una vez inscrita la presente Resolución Definitiva, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedirá a petición del interesado, el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo, previo pago de derechos de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

C Ú M P L A S E

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma)

(11)

Folio: SEDUVI-SITE 4385-110HEJO11 Ubicación: Coras No. 340, Colonia Ajusco,

Delegación Coyoacán. En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 8 días del mes de junio de 2011.

El ARQ. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; emite la siguiente:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 3 de febrero de 2011, el ciudadano José Fernando Hernández Mora como propietario acreditada mediante escritura No. 65,428, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio con folio real No. 103023, solicitó ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el cambio de uso del suelo con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal para el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán, solicitud que quedó registrada con el número de folio SEDUVI-SITE 4385-110HEJO11 con una superficie de terreno de 385.21 m², para el uso del suelo de escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción, con una zonificación actual de HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre), donde el uso de suelo solicitado se encuentra prohibido.

2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado anexo a su petición, se encuentran los siguientes:

a) Escritura No. 65,428 de fecha 13 de junio de 2002, otorgada ante la fe del Lic. Luis Alberto Perera Becerra, titular de la notaria 26 del Distrito Federal, hace constar la compraventa que celebran de una parte el profesor José Fernando Hernández Mora, en lo sucesivo “la parte compradora” y de otra los señores Julián Hernández Castillo y Micaela Romero Piña, en lo sucesivo “la parte vendedora”, del inmueble ubicado en la calle Coras No. 340, lote de terreno número dos, de la manzana cuarenta y cuatro, sección dos romano, colonia Ajusco, delegación Coyoacán, Distrito Federal, con una superficie de terreno de 385.21 m2, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio con el folio No. 103023 de fecha 5 de junio de 2003.

b) Constancia de Alineamiento y Número Oficial folio VU/2922 de fecha 30 de noviembre de 2010, emitido por la Delegación Coyoacán, el cual establece que el inmueble se encuentra fuera de una zona histórica, zona patrimonial, sin afectación y sin restricciones.

c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo folio 46269-182HEJO09 de fecha 17 de agosto de 2009, el cual determina que al inmueble de referencia le aplica una zonificación HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre).

d) Identificación oficial del propietario mediante su credencial para votar folio 0000010023655. e) Memoria descriptiva del proyecto solicitado y

f) Reporte fotográfico del predio y del área de estudio.

3.- Que con fecha 7 de junio de 2011, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitió Dictamen por el cual se determinó procedente que el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, resuelva cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Coyoacán vigente, en los términos solicitados por el particular, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto Segundo de dicho dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano resulten aplicables.

(12)

CONSIDERANDO

I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV, X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII, XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, 50 fracciones XV y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorización de cambio de uso del suelo presentada por elciudadano José Fernando Hernández Mora, para el predio señalado.

II.- Que con fecha 7 de junio de 2011, el Director General de Desarrollo Urbano, Arq. Gerardo Sigg Calderón, asistido por el Director de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, D.A.H. Víctor Manuel Castañeda Saldívar, emitieron el Dictamen Técnico por el cual se dictamina procedente que el Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Arq. Felipe Leal Fernández, resuelva cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Coyoacán vigente, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios de capacitación, educación e investigación en general / Escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre), para el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán.

III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15, 16 y 17 de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contraviene en disposiciones de orden público e interés general, y que en su prosecución interviene un menor número de autoridades, circunstancias que lo hace compatible con el principio estratégico de simplificación, agilidad y economía previsto en el artículo 12, fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

V.- De conformidad con lo previsto por el artículo 42 fracciones I, II incisos a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal por conducto de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el ciudadano José Fernando Hernández Mora como propietario, para permitir el uso del suelo de escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción.

VI.- En mérito a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 14 de su Reglamento fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán, el uso del suelo para escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción; entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del mencionado Programa Delegacional, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando el desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, así como con los contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Coyoacán vigente, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

(13)

RESUELVE

Primero.- Se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios de capacitación, educación e investigación en general / Escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción, además de los usos permitidos por la zonificación HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre) vigente, para el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán; solicitado por el ciudadano José Fernando Hernández Mora como propietario, mediante la solicitud registrada con el número folio SEDUVI-SITE 4385-110HEJO11, en una superficie de terreno de 385.21 m².

Segundo.- El cambio de uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Coyoacán vigente, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento requerido por la normatividad vigente; no obstruir la vía pública; no provocar congestionamiento vial; no arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos ni utilizar materiales peligrosos; no emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, presentar el Programa de Protección Civil a las autoridades de la Delegación, atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal vigente y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias; la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, así como con las demás Leyes y Reglamentos en la materia.

Tercero.- La presente Resolución Definitiva no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

Cuarto.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscríbase en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano de conformidad con el artículo 10 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez que se acredite el pago de los derechos a que se refiere el artículo 242 del Código Fiscal del Distrito Federal; exento del mismo, de acuerdo a la Resolución de Carácter General mediante la cual se exime del pago de los derechos que se indican, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 4 de octubre de 2010 y de conformidad con los oficios números SF/TES/SAT/1358/2010 de fecha 12 de noviembre de 2010, suscrito por el titular de la Subsecretaría de Administración Tributaria y oficio número SF/PFDF/SLC/SIPJ/2010 904 de fecha 18 de noviembre de 2010, suscrito por el Subprocurador de Legislación y Consulta, ambos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.

Quinto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva.

Sexto.- Infórmese mediante oficio a la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal de esta Resolución Definitiva.

Séptimo.- Una vez inscrita la presente Resolución Definitiva, el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedirá a petición del interesado, el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo, previo pago de derechos de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

C Ú M P L A S E

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma)

(14)

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL

Amado Rojas Ubaldo, Director de Administración en la Secretaría de Protección Civil, con fundamento en al Artículo 101-B, 18 y 9º Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numerales 4.4.4 y 4.4.10 de la Circular Uno 2007, “Normatividad en Materia de Administración de Recursos” de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con el Registro MA-3400015/07, emitido por el Coordinador General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER 01 PROCEDIMIENTO DE LA

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

001 Procedimiento para la actualización y/o modificación de Manuales

TRANSITORIO

UNICO.-Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal México, D.F. a 29 de julio de 2009

Director de Administración (Firma)

Amado Rojas Ubaldo

(15)

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS DELEGACIONAL

LIC. EDUARDO SANTILLÁN PÉREZ.- Jefe Delegacional en Álvaro Obregón, con fundamento en los artículos 37 y 39 Fracciones VIII y XLV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículo 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y Artículos 19 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y en el Registro ME-02D01-01/11, emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, mediante oficio CG/CGMA/DDO/ 2386 /2011, de fecha 17 de Mayo de 2011, he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS DELEGACIONAL

INDICE 1. MARCO JURÍDICO 2. GLOSARIO 3. OBJETIVO 4. INTEGRACIÓN

5. FUNCIONES QUE SE DELEGAN AL SUBCOMITÉ

7. FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS INTEGRANTES

DEL SUBCOMITÉ 8. DE LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES 9. DE LA PRESENTACIÓN DE LOS CASOS

10. FORMATO DE CASOS 1.- MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Expedición (D. O. 15-II-1917); Última Reforma (D.O. 24-VIII-2009). Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;

Expedición (D.O. 26-VII-1994); Última Reforma (D.O. 28-IV-2008). LEYES

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Expedición (D.O. 4-I-2000); Última Reforma (D.O. 28-V-2009). Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;

Expedición (G.O. 29-XII-1998); Última Reforma (G.O. 15-IX-2008).

(16)

Ley de Protección Civil para el Distrito Federal;

Expedición (G.O. 23-VII-2002); Última Reforma (G.O. 26-I-2009). Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal;

Expedición (G.O. 17-V-2004); Última Reforma (G.O. 30-XII-2009). Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; Expedición (D.O. 31-XII-1982); Última Reforma (D.O. 13-VI-2003). Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Expedición (G.O. 29-XII-1998), Última Reforma (G O. 1-VII-2009).

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; Expedición (G.O. 8-V-2003); Última Reforma (G.O. 13-IV-2009).

Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; Expedición (G.O. 03-X-2008).

CODIGOS

Código Fiscal de la Federación;

Expedición (D.O. 31-XII-1981); Última Reforma (D.O. 01-I-2010) Código Fiscal del Distrito Federal;

Expedición (G.O. 29-XII-2009). REGLAMENTOS

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Expedición (G.O. 28-XII-2000); Última Reforma (G.O. 30-XI-2009).

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Expedición (D.O. 20-XVIII-2001); Última Reforma

Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; Expedición (G.O. 30-XII-1999); Última Reforma (G.O. 10-VII-2009). Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal;

Expedición (G.O. 2/VIII/1993); Última Reforma (G.O. 29-I-2004).

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal correspondiente; Última Reforma (G.O. 31-XII-2009);

Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal 31-VIII-2009

Normas Técnicas Complementarias; G.O. 06-X-2004

Reglas de Carácter General para hacer efectivas las fianzas otorgadas en los procedimientos y celebración de contratos para garantizar la participación y cumplimiento de los compromisos adquiridos ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal. Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública;

(17)

Este Marco Jurídico-Administrativo es enunciativo, más no limitativo y se ajustará de acuerdo a las disposiciones vigentes en la materia.

2. GLOSARIO Para la Aplicación de este Manual se entenderá por:

Entidad

Federativa: El Gobierno del Distrito Federal.

Comité: El Comité Central de Obras del Distrito Federal. Subcomité: El Subcomité de Obras Públicas del Órgano-Político

Administrativo en Álvaro Obregón. Ley: Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Ley Federal: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Reglamento: Reglamento de la ley de Obras Públicas del Distrito Federal. Reglamento

Federal:

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Políticas: Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública.

Dictamen: Opinión que en forma colegiada emite el Subcomité respecto del asunto o asuntos sometidos a su consideración.

Sesión: Reunión de trabajo que celebra el Subcomité con el fin de tratar los asuntos relacionados con las obras públicas.

Casos: Son los documentos que contienen los asuntos de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que serán sometidos a consideración de los miembros Subcomité para su evaluación y aprobación correspondiente.

Acta: Documento que contiene en orden cronológico la relación escrita de los aspectos sustantivos, las intervenciones de cada participante, así como los acuerdos del Subcomité, el cual es formalizado por los miembros que asistieron a la reunión. Acuerdos: Resolución que en forma colegiada toman los integrantes del

Subcomité sobre asuntos planteados en la sesiones. Formatos: Documentos que tiene como objetivo demostrar en forma

detallada los requerimientos de obra pública.

Unanimidad: Dicho de los integrantes del Subcomité, que convienen en un mismo parecer sobre los asuntos tratados en esa reunión. Voto: Parecer de los miembros del Subcomité en relación a una

decisión. Órganos de

Control:

Los dotados de atribuciones de fiscalización, control y evaluación de la gestión pública

3. OBJETIVO

De conformidad con lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su Reglamento y demás normatividad, vigente, el Subcomité de Obras se establece para la toma de decisiones, emisión de dictámenes, generación de directrices y políticas internas en su respectiva competencia, los cuales tendrán como objetivo promover que las obras públicas se realicen de manera racional, óptima eficiente y transparente, y que cumplan con lo establecido en la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables. Asimismo el Subcomité se establece para promover la observancia de la normatividad aplicable en la materia, orientar y regular la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución, control e información del proceso de la Obra Pública requerida por la Delegación, para el cumplimiento de las metas, objetivos y solicitudes que la sociedad demanda en la demarcación.

(18)

4. INTEGRACIÓN

4.1.- Para el debido cumplimiento de sus funciones y objetivos el Subcomité se integrará de la siguiente manera: a) Un Presidente, que será el titular de la Delegación

b) Un Secretario Técnico, que será designado por el Presidente del Subcomité.

c) Vocales, que serán los titulares de cada unidad administrativa del nivel inmediato inferior al del presidente, cuyas funciones se vinculen con la materia, así como los titulares de las Unidades Administrativas de Administración y de Obras que integran la Delegación.

d) Dos Ciudadanos, que serán acreditados y designados en términos de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, quienes tendrán el carácter de Contralores Ciudadanos.

e) Asesores, que será un representante del Órgano de Control Interno en la Delegación.

f) Invitados, que serán: un representante del Comité Central de Obras del Distrito Federal y un representante de la Contraloría General del Distrito Federal, específicamente del área de la Dirección General de Contralorías Ciudadanas, así como los que designe el presidente del Subcomité.

El Presidente del Subcomité decidirá cuando se requiera la presencia de otros servidores públicos, los cuales tendrán el carácter de invitados

4.2.- DE LA VOTACIÓN

El Presidente del Subcomité tendrá voz y voto y en caso de empate, le corresponderá el voto de calidad. Los Vocales y los Contralores Ciudadanos del Subcomité tendrán derecho a voz y voto.

El Secretario Técnico sólo tendrá derecho a voz.

Los Asesores e Invitados del Subcomité, solamente tendrán derecho a voz.

Los Integrantes podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán contar con un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular.

Las determinaciones y decisiones que se tomen serán por unanimidad o por mayoría de votos. 4.3.- DE LAS SUPLENCIAS.

Los integrantes del Subcomité de Obras podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán contar con un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular integrante.

En caso de ausencia del presidente, ésta será suplida por el servidor público que expresa y formalmente designe el mismo. En ausencia del Secretario Técnico, el Presidente del Subcomité designará al sustituto para la sesión que corresponda. En ausencia de los demás miembros del Subcomité, estos serán representados por sus respectivos suplentes.

Cuando asistan los miembros suplentes y se incorporen los titulares, el suplente podrá seguir participando en la sesión pero solo tendrá derecho a voz.

(19)

5. FUNCIONES QUE SE DELEGAN AL SUBCOMITÉ 5.1 En materia de Normas.

5.1.1.- Difundir entre los miembros del Subcomité las normas vigentes en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

5.1.2.- Realizar propuestas de modificación de normas que regulen las obras y servicios relacionados con las mismas, a las instancias competentes.

5.1.3.- Emitir su opinión respecto a proyectos de obras cuando le sea solicitada.

5.1.4.- Observar las políticas que defina el Comité Central, relativas a proyectos específicos que tenga la delegación.

5.1.5.- Aclarar las dudas que se presenten por parte de las áreas operativas de la delegación y dar solución a las consultas relacionadas con la obra pública y servicios relacionados con las mismas.

5.1.6.- Promover iniciativas para agilizar el marco legal que encuadra la obra pública y servicios relacionados con la misma. 5.1.7.- Dictaminar sobre la procedencia de los casos de excepción previstos en el artículo 63 de Ley y artículo 42 de la Ley Federal.

5.1.8.- Dictaminar sobre la procedencia de realizar convenios especiales, sujetándose a lo señalado en artículo 56 de la Ley. 5.1.9.- Verificar el estricto cumplimiento de las normas vigentes en materia de obra pública.

5.1.10.- Cumplir con las políticas y lineamientos establecidos por el Comité Central en materia de obra pública.

5.1.11.- Enviar a la Contraloría General el expediente de las empresas contratistas que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 37, fracciones III y IV de la Ley, para su limitación correspondiente.

5.1.12.- En su caso, comunicar al Comité Central los reportes de las empresas que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 37 de la Ley, de conformidad con el artículo 68 del mismo ordenamiento.

5.1.13.- Cumplir y difundir la ley, el reglamento y demás disposiciones aplicables; y

5.1.14.- Las demás que le confieran la ley, su reglamento y otras disposiciones aplicables en la materia. 5.2 En materia de organización.

5.2.1.- Organizar el Subcomité observando las normas y disposiciones legales, que establezcan la Ley, el Reglamento, el Comité Central y demás normatividad aplicable en la materia.

5.2.2.- Crear Subcomités Técnicos cuando se requiera, de estudios especializados para la toma de decisiones.

5.2.3.- Comunicar de manera formal a los integrantes del Subcomité, sobre la incorporación de nuevos integrantes con la modificación de los que se encontraban acreditados.

5.2.4.- Coordinar las acciones y atribuciones de los grupos de trabajo creados dentro del Órgano Colegiado. 5.2.5.- Las demás que determine el Presidente o el Pleno del Subcomité.

5.3 En materia de programación y presupuesto

5.3.1.- Conocer, analizar y revisar los programas operativos anuales de la delegación, así como su congruencia con el programa a mediano plazo.

(20)

5.3.2.- Difundir los lineamientos para la formulación e integración del programa de obras de la delegación, acordando lo relativo a su ejercicio.

5.3.3.- Promover que se programe oportunamente la licitación, contratación y ejecución de las obras, verificando que se lleven a cabo conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos por la ley, su reglamento, por las Normas de Construcción del Gobierno del Distrito Federal y Reglas para la Construcción de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma, y por el Comité.

5.3.4.- Verificar que se mantenga actualizado el programa de obras.

5.3.5.- Promover acciones para la agilización de modificaciones al programa operativo anual, en su caso. 5.4 En materia de control y supervisión

5.4.1.- Supervisar el ejercicio del presupuesto de obras.

5.4.2.- Promover que se establezcan sistemas de control e información, adecuados a las políticas que defina el propio Subcomité.

5.4.3.- Verificar que se apliquen las limitaciones que se hagan acreedores los contratistas y empresas que incumplan la normatividad correspondiente.

5.4.4.- Establecer mecanismos para verificar que la adjudicación de los contratos se realicen conforme a la ley, su reglamento y los lineamientos marcados por el Comité, en su caso.

5.4.5.- Cuidar que se cumpla con las condiciones de pago que se establezcan en los contratos celebrados.

5.4.6.- Intervenir ante las áreas competentes para que se atiendan oportunamente las observaciones que emitan los diversos órganos de fiscalización.

5.4.7.- Establecer el seguimiento para que los acuerdos emitidos y los compromisos adquiridos en el Subcomité, sean cumplidos oportunamente.

5.4.8.- Las demás que determinen el presidente o el pleno del Subcomité de obras 5.5 En materia de capacitación

5.5.1.- Colaborar y asesorar en su caso al Subcomité de la delegación en los programas de capacitación que este señale, difundiéndolos y haciendo participar al personal de las áreas que correspondan.

5.6 En materia de información

5.6.1 - El Subcomité, deberá verificar que se informe con oportunidad de las obras que sean contratadas de conformidad al artículo 63 de Ley y artículo 42 de la Ley Federal.

5.6.2.- El Subcomité, deberá estar informado de los convenios adicionales o especiales que celebren evaluando su justificación e informar mensualmente al Comité.

5.6.3.- Solicitar la consulta respectiva ante el Comité de la información detallada respecto de aquellos proyectos de obras que presenten problemática en su ejecución o en la contratación, a efecto de solucionarla o adoptar las recomendaciones que considere procedentes.

5.6.4.- Informar al Comité de aquellos contratistas que hayan incumplido los contratos de obra que les fueron adjudicados. 5.6.5.- Informar oportunamente al Comité de la atención que las afianzadoras proporcionen a aquellas reclamaciones por incumplimiento de contratos que no son atendidas en forma diligente, generando problemas para que sean hechas efectivas.

(21)

5.6.6.- Poner a disposición de los interesados el programa anual de obras públicas autorizado e informar al Comité. 5.6.7.- Enviar al Comité con toda oportunidad el calendario anual de sesiones aprobado por el Subcomité. 5.6.8.- Enviar al Comete el programa de obras autorizado, conforme a la normatividad establecida para el efecto.

6. ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS 6.1 Corresponde al Presidente:

6.1.1.- Presidir las sesiones del Subcomité y emitir voz y voto de calidad, en caso de empate; 6.1.2.- Autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

6.1.3.- Suscribir las convocatorias a sesiones extraordinarias;

6.1.4.- Someter a consideración del Pleno, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias; 6.1.5.- Conducir el desarrollo de las sesiones;

6.1.6.- Designar a los invitados del Subcomité, de ser el caso

6.1.7.- Las demás atribuciones que determine el Reglamento, el Comité Central, el Manual de Integración y Funcionamiento y otros ordenamientos legales aplicables.

6.1.8.- Presentar a la consideración del pleno el programa anual de obras del año correspondiente, en cuanto esté debidamente autorizado.

6.1.9.- Presentar en cada sesión ordinaria a la consideración del pleno, el informe de avance físico-financiero de las obras contratadas.

6.1.10.- En la primera sesión ordinaria, presentar a la consideración de los miembros del Subcomité, el calendario anual de Sesiones ordinarias, para su discusión, y aprobación en su caso.

6.1.11.- Firmar las actas de las respectivas sesiones a las que hubiese asistido

6.1.12.- Coordinar las acciones y consultas que se lleguen a establecer entre el Subcomité y el Comité. 6.2 Corresponde al Secretario Técnico:

6.2.1.- Formular el orden del día de cada sesión y someterlo a la consideración del Presidente, previamente al envío de las convocatorias;

6.2.2.- Suscribir las convocatorias a sesiones ordinarias del Subcomité y remitir las carpetas de trabajo correspondientes a las sesiones ordinarias y extraordinarias;

6.2.3.- Elaborar las actas de sesiones del Subcomité, y asegurar la custodia de las mismas, conforme se establezca en el Manual;

6.2.4.- Dar seguimiento a los acuerdos tomados en las sesiones;

6.2.5.- Realizar las demás funciones a su cargo previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende el Presidente o el Subcomité;

(22)

6.2.7.- Firmar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias que tengan verificativo.

6.2.8.- Revisar y determinar lo conducente, respecto de la información soporte de los asuntos a tratar en la sesión. 6.3 Corresponde a los Vocales

6.3.1.- Analizar y votar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones, de acuerdo con la normatividad aplicable en la materia;

6.3.2.- Entregar con oportunidad al Secretario Técnico la documentación de los asuntos de sus áreas, que requieran ser sometidos a la atención del Subcomité;

6.3.3.- Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del Subcomité, de acuerdo a la normativa aplicable en la materia;

6.3.4.- Realizar las demás funciones a su cargo previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende el Presidente o el Subcomité;

6.3.5.- Asistir puntualmente a las diferentes sesiones del Subcomité y tendrán derecho a emitir voz y voto. 6.3.6.- Firmar las actas de las respectivas sesiones a las que hubiese asistido.

6.3.7.- Informar al Subcomité de los atrasos, irregularidades y otras situaciones que tengan conocimiento, referentes a la ejecución de los contratos de obras públicas.

6.4 Corresponde a los Asesores

6.4.1.- Analizar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones;

6.4.2.- Opinar y formular recomendaciones respecto de los asuntos que se presenten a la consideración del Subcomité. 6.4.3.- Las demás que le encomiende el Subcomité y que les corresponda conforme a sus atribuciones.

6.4.4.- Asistir puntualmente a las diferentes sesiones del Subcomité y sólo tendrán derecho a emitir voz.

6.4.5.- Asesorar al Subcomité para la correcta interpretación y aplicación de la ley su reglamento, normas, sistemas, procedimientos e instructivos que emita la Contraloría General y el propio Comité.

6.4.6.- Sugerir al Presidente del Subcomité la suspensión en su caso, de cualquier acto en el que observe irregularidad que no sea convalidable.

6.5 Corresponde a los Contralores Ciudadanos:

6.5.1.- Analizar y votar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones, de acuerdo con la normativa aplicable a la materia;

6.5.2.- Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración de Subcomité, de acuerdo a la normativa aplicable en la materia.

6.5.3.- Asistir puntualmente a las diferentes sesiones del Subcomité y tendrá derecho a emitir voz y voto; 6.5.4.- Las demás que le otorgue la normativa aplicable en la materia.

(23)

6.5.6.- Informar al Subcomité de los atrasos, irregularidades y otras situaciones que tengan conocimiento, referentes a la ejecución de los contratos de obra pública y de servicios relacionados con la mismas; y

6.6 Corresponde a los Invitados:

6.6.1.- Asistir puntualmente a las sesiones del Subcomité.

6.6.2.- Analizar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de la sesión.

6.6.3.- Proporcionar alternativas, en su caso, para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del Órgano Colegiado.

6.6.4.- Plantear con toda claridad el o los asuntos que le corresponda presentar para su análisis, ante el Subcomité para la toma de decisiones que corresponda.

6.6.5.- Firmar las actas de las sesiones a las que hubiese asistido; y

6.6.6.- Las demás que expresamente les designe el Presidente del Subcomité, conforme a sus atribuciones 6.7. Responsabilidades del representante de la Contraloría General del Distrito Federal.

6.7.1.- Participar en las diferentes sesiones que se celebren con derecho a voz, pero no a voto;

6.7.2.- Informar al Subcomité las observaciones de obra pública, determinadas por los diferentes órganos de fiscalización, que estén pendientes de atención;

6.7.3.- Vigilar el estricto cumplimiento de la ley, el reglamento y las demás disposiciones aplicables;

6.7.4.- Opinar sobre las decisiones que tome el Subcomité, haciendo las observaciones y aclaraciones que juzgue pertinentes. las cuales se asentarán en el acta correspondiente;

6.7.5.- Sugerir al presidente del Subcomité la suspensión, en su caso, de cualquier acto en el que se observe alguna irregularidad que no sea convalidable;

6.7.6.- Asesorar al Subcomité para la correcta interpretación y aplicación de la ley, su reglamento, las normas, sistemas y procedimientos e instructivos que emita la Contraloría General del Distrito Federal y el propio Comité; y

6.7.7.- Informar al Subcomité de los problemas relevantes que se observen en las revisiones que efectúe, tratando de evitar su recurrencia.

7. Facultades y Obligaciones de los Integrantes del Subcomité de Obras

7.1.- Elaborar y proponer al Comité, su manual de integración y funcionamiento, para su aprobación;

7.2.- Proponer al Comité o Subcomité correspondiente, la creación de Subcomités técnicos que se requieran para la atención de asuntos específicos;

7.3.- Dar seguimiento al cumplimiento de sus acuerdos;

7.4.- Aplicar los lineamientos generales y las políticas que emita en el ámbito de sus atribuciones el Comité;

7.5.- Promover la estricta observancia de la normativa en materia de obra pública, aplicar y difundir la ley, el reglamento y demás disposiciones aplicables y coadyuvar a su debido cumplimiento;

(24)

7.6.- Dictaminar sobre la procedencia de los casos de excepción previstos en el artículo 63 de la Ley y artículo 42 de la Ley Federal;

7.7.- Supervisar que se integre y remita a la Contraloría, el expediente de las personas físicas o morales para efectos de la limitación establecida en el artículo 37, fracciones III y IV de la ley; y

7.8.- Las demás que le confieran las disposiciones aplicables en la materia

8. DE LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES

Las Sesiones del Subcomité se celebrarán en los términos siguientes:

8.1.- Ordinarias. Tendrán verificativo, como mínimo, una vez al mes, estando obligados a sesionar ordinariamente durante el desarrollo y hasta el finiquito de las obras;

8.2.- Extraordinarias. Tendrán verificativo en los casos que el Presidente lo considere necesario;

8.3.- En el caso de no reunirse el quórum, se emitirá una segunda convocatoria, para efectuar la sesión en un plazo que no exceda de cinco días hábiles posteriores a la fecha prevista en la primera convocatoria;

8.4.- Las sesiones extraordinarias se realizarán en la fecha y hora previstas en la respectiva convocatoria con los miembros que asistan, excepto cuando no estén presentes el Presidente del Subcomité, el Secretario Técnico y el servidor público responsable de exponer el asunto o asuntos a tratar;

8.5.- Para llevar a cabo las sesiones ordinarias o extraordinarias se debe contar invariablemente con el Presidente o su Suplente;

8.6.- Las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros asistentes con ese derecho; debiendo asentarse en el acta correspondiente el sentido del voto de cada miembro, ya sea a favor, en contra, o abstención;

8.7.- La convocatoria y la carpeta de trabajo, que invariablemente debe contener el orden del día de la sesión, junto con sus documentos correspondientes, deben entregarse a los miembros del Subcomité, cuando menos con dos días hábiles de anticipación para las sesiones ordinarias y con un día hábil para las extraordinarias;

8.8.- Para la celebración de sesiones ordinarias, se debe incluir en el orden del día, un apartado correspondiente al seguimiento de los acuerdos emitidos en las sesiones ordinarias anteriores, así como el correspondiente a asuntos generales. En este último apartado sólo podrán tratarse asuntos de carácter informativo por lo que no se debe tomar acuerdo alguno. 8.9.- La responsabilidad del Subcomité, quedará limitada al dictamen o dictámenes que en forma colegiada emita respecto del asunto o asuntos sometidos a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada;

8.10.- Por cada sesión se levantará el acta correspondiente, documento que debe contener, en orden cronológico, los aspectos sustantivos de las intervenciones de cada participante, así como los acuerdos del Subcomité. Dicho documento será aprobado en su caso, en la sesión ordinaria inmediata posterior y debe ser firmado por quienes asistieron a esa sesión; 8.11.- En la primera reunión del ejercicio fiscal de que se trate, se debe presentar a la consideración de los miembros del Subcomité, el calendario anual de sesiones ordinarias, para su discusión, y aprobación en su caso.

8.12.- Los asuntos a tratar se presentarán en forma individual, acompañados de su justificación debidamente requisitada, así como de la documentación soporte, los cuales serán objeto de análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Subcomité.

8.13.- La omisión de alguna firma en las actas de las sesiones ordinarias o extraordinarias de cualquiera de los integrantes del Subcomité no restará validez al documento.

(25)

9. DE LA PRESENTACIÓN DE CASOS

9.1.- Los casos que sean sujetos a evaluación y aprobación por los miembros del Subcomité, se presentaran en el formato denominado “Formato de Casos”.

9.2.- El formato tendrá el objetivo de demostrar en forma detallada para su aprobación los requerimientos de obra pública; 9.3.- Cada caso presentado al Subcomité deberá incluir lo siguiente:

9.3.1.- Número de la sesión y carácter de la sesión (ordinaria o extraordinaria).

9.3.2.- Planteamiento breve, claro y concreto donde se incluya la descripción de la obra, unidad de medida, cantidad y monto del presupuesto.

9.3.3.- Fundamento legal requerido.

9.3.4.- Acreditación de la suficiencia presupuestal, indicando la subfunción, el resultado, el subresultado, la actividad institucional, el tipo de recurso y la fuente de financiamiento.

9.3.5.- En su caso, solicitud del área usuaria.

9.3.6.- En su caso, detección de necesidades y problemática. 9.3.7.- Justificación técnica y económica.

9.3.8.- En su caso, antecedentes y hechos que se relacionan con el caso especifico.

9.3.9.- Anteproyecto o proyecto ejecutivo debidamente autorizado por el servidor público responsable de la Dirección de Obras, o bien la indicación de que el mismo obra en expediente respectivo para la consulta correspondiente.

9.3.10.- En caso de contratos multianuales, solicitud autorizada por la Secretaria de Finanzas. 9.3.11.- Memoria descriptiva y técnica del proyecto.

9.3.12.- Justificación en torno al caso sometido a la consideración del Subcomité.

9.3.13.- El Presidente del Subcomité tendrá voto de calidad para el o (los) caso (s) de empate.

9.4.- En caso de efectuarse la obra en un predio de reciente adquisición o asignación por parte del Comité del Patrimonio Inmobiliario, deberá acreditarse la adquisición correspondiente, liberada de impuestos y gravámenes y en su caso la documentación que determine la regulación de la tenencia de la tierra, así como la obtención de los permisos necesarios ante otras instituciones del propio Gobierno del Distrito Federal para la ejecución de los trabajos.

(26)
(27)

El presente Manual de Integración y Funcionamiento queda debidamente aprobado por los miembros del Subcomité de Obras Públicas de la Delegación Álvaro Obregón, con fundamento en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, en su Primera Sesión Ordinaria del 2010.

_____________________________________ Lic. Eduardo Santillán Pérez Jefe Delegacional en Álvaro Obregón

Presidente

____________________________________ Arq. Efrén Rodolfo Herrera Rodríguez Director Técnico en la Dirección General

de Obras y Desarrollo Urbano Secretario Técnico _____________________________________

Ernesto Torres Martínez

Director General de Obras y Desarrollo Urbano Vocal

___________________________________ Ing. Héctor Manuel Ávalos Martínez

Director General de Administración Vocal

____________________________________

C. Enrique Muñoz Escamilla Director General de Servicios Urbanos.

Vocal.

___________________________________ C. Jorge Agustín Zepeda Cruz Director General de Desarrollo Social.

Vocal ____________________________________

Lic. Gustavo Ernesto Figueroa Cuevas Director General Jurídico y de Gobierno

Vocal

___________________________________ Lic. Joaquín Meléndez Lira Director General de Desarrollo Delegacional

Vocal ____________________________________

Arq. Luis Miranda Sánchez Contralor Ciudadano

__________________________________

C. P. José Hoyos Ibarra Contralor Interno en Álvaro Obregón

Asesor ____________________________________

Lic. María del Carmen Pérez Muñoz Directora General de Contralorías Ciudadanas y Representante de la Contraloría General del

Distrito Federal Invitada Permanente

Listado de Procedimientos Registrados

02.025.- Presentación de Casos para Autorización del Subcomité de Obras Públicas Delegacional. PRIMERO. Publíquese el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras Públicas Delegacional en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

ATENTAMENTE JEFE DELEGACIONAL

ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO EN ÁLVARO OBREGÓN (Firma)

LIC. EDUARDO SANTILLÁN PÉREZ México, D.F., a 12 de Julio de 2011

Referencias

Documento similar

En un estudio clínico en niños y adolescentes de 10-24 años de edad con diabetes mellitus tipo 2, 39 pacientes fueron aleatorizados a dapagliflozina 10 mg y 33 a placebo,

• Descripción de los riesgos importantes de enfermedad pulmonar intersticial/neumonitis asociados al uso de trastuzumab deruxtecán. • Descripción de los principales signos

En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la

[r]

SVP, EXECUTIVE CREATIVE DIRECTOR JACK MORTON

Social Media, Email Marketing, Workflows, Smart CTA’s, Video Marketing. Blog, Social Media, SEO, SEM, Mobile Marketing,

Missing estimates for total domestic participant spend were estimated using a similar approach of that used to calculate missing international estimates, with average shares applied

• For patients with severe asthma and who are on oral corticosteroids or for patients with severe asthma and co-morbid moderate-to-severe atopic dermatitis or adults with