EXTRACTO DEL ACTA DE SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 1 DE JUNIO DE 2017.
I.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 26 DE MAYO DE 2017.-
La Junta de Gobierno Local, por siete votos a favor de los Sres/as Concejales/as de los Grupos Municipales Socialista, C's, IU-Ganemos y UPyD y con la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Javier Navarro Muelas, al no asistir a la sesión anterior, acuerda, aprobar el borrador del acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 26 de mayo de 2017.
II.- ACUERDOS, A ADOPTAR EN RELACIÓN CON LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO, VACANTES EN LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO.-
En virtud de la delegación de atribuciones efectuada en la Junta de Gobierno Local por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 22/06/2015.
La Junta de Gobierno Local, previo dictamen de la Comisión de Administración Pública, Promoción Económica y Empleo, por siete votos a favor de los Sres/as. Concejales/as de los Grupos Municipales Socialista, C's, IU-Ganemos y UPyD y con la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Javier Navarro Muelas, acuerda:
1º.- Adjudicar definitivamente a trabajadores de este Ayuntamiento, los puestos de trabajo por el orden de preferencia solicitado por los mismos, y en relación con la mayor puntuación obtenida en el Concurso.
2º.- Modificar el contrato de trabajo suscrito con trabajadora de este Ayuntamiento, en lo relativo a su jornada, estableciéndose la jornada completa de 37 horas y media semanales, con la consiguiente ampliación de la retribución, con efectos del día en el que tome posesión del puesto trabajo de Conserje del Área de Servicios a la Comunidad/Servicios Culturales/Coordinación Servicios Técnicos y Conserjería.
4º.- El presente acuerdo tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, y surtirá los efectos de notificación, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5º.- Indicar a los interesados que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o recurso Contencioso Administrativo, que podrá interponerse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real; no obstante podrán interponer cualquier otro que estimen conveniente a su derecho.
III.- ACUERDO A ADOPTAR EN RELACIÓN CON APROBACIÓN DE
GRATIFICACIONES A FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO CORRESPONDIENTES AL MES DE DICIEMBRE DE 2016.-
En virtud de la delegación de atribuciones efectuada en la Junta de Gobierno Local por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 22/06/2015.
La Junta de Gobierno Local, previo dictamen de la Comisión de Administración Pública, Promoción Económica y Empleo, por siete votos a favor de los Sres/as. Concejales/as de los Grupos Municipales Socialista, C's, IU-Ganemos y UPyD y con la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Javier Navarro Muelas, acuerda, la aprobación de gratificaciones a funcionarios de la plantilla de Policía Local de este Ayuntamiento por servicios extraordinarios realizados durante el mes diciembre de 2016, fuera de la jornada de trabajo, con motivo de haber completado la bolsa de horas relativa al año mencionado, a percibir de una sola vez, en virtud de lo establecido en el art. 6 aptdo. 3 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril y art. 23.Uno F) de la Ley
48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
IV.- ACUERDO A ADOPTAR EN RELACIÓN CON APROBACIÓN DE
GRATIFICACIONES A FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO CORRESPONDIENTES AL MES DE MARZO DE 2017.-
En virtud de la delegación de atribuciones efectuada en la Junta de Gobierno Local por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 22/06/2015.
por servicios extraordinarios realizados durante el mes de Marzo de 2017, fuera de la jornada de trabajo, con motivo de haber completado la bolsa de horas relativa al año mencionado, a percibir de una sola vez, en virtud de lo establecido en el art. 6 aptdo. 3 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril y art. 23.Uno F) de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
V.- ACUERDO A ADOPTAR EN RELACIÓN CON APROBACIÓN DE
GRATIFICACIONES A FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO.-
En virtud de la delegación de atribuciones efectuada en la Junta de Gobierno Local por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 22/06/2015.
La Junta de Gobierno Local, previo dictamen de la Comisión de Administración Pública, Promoción Económica y Empleo, por siete votos a favor de los Sres/as. Concejales/as de los Grupos Municipales Socialista, C's, IU-Ganemos y UPyD y con la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Javier Navarro Muelas, acuerda, la aprobación de gratificaciones a funcionarios de este Ayuntamiento, en virtud de lo establecido en el art. 6 aptdo. 3 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril y art. 23.Uno F) de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
VI.- ACUERDO A ADOPTAR EN RELACIÓN CON APROBACIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS A TRABAJADORES DE ESTE AYUNTAMIENTO.-
En virtud de la delegación de atribuciones efectuada en la Junta de Gobierno Local por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 22/06/2015.
La Junta de Gobierno Local, previo dictamen de la Comisión de Administración Pública, Promoción Económica y Empleo, por siete votos a favor de los Sres/as. Concejales/as de los Grupos Municipales Socialista, C's, IU-Ganemos y UPyD y con la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Javier Navarro Muelas, acuerda, la aprobación de los importes por la realización de horas extraordinarias realizadas fuera del horario normal de trabajo por trabajadores de este Ayuntamiento.
VII.- ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON LA CONTRATACIÓN DE ACTUACIONES MUSICALES PARA LA FERIA Y FIESTAS 2017 CON PRODUCCIONES ARTÍSTICAS HEREDIA,
La Junta de Gobierno Local, por seis votos a favor de los Sres/as. Concejales/as de los Grupos Municipales Socialista, IU-Ganemos y UPyD y con las abstenciones del Sr. Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Javier Navarro Muelas y de la Sra. Concejala del Grupo Municipal C's, Dª. Mª. Cortes Cano Lomas, acuerda:
1.- Contratar las actuaciones musicales para la feria y fiestas 2017, por el procedimiento negociado sin publicidad, en virtud del artículo 170 d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Contratos del Sector Publico (TRLCSP).
2.- Declarar la tramitación ordinaria del expediente de contratación.
3.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el contrato conforme está redactado.
4.- Aprobar la autorización de un gasto por importe de 103.455,00 Euros, IVA incluido, con cargo a la partida 338-226.08 del Presupuesto Municipal vigente, según el siguiente desglose por actuación:
GRUPO PRECIO UNITARIO IVA EXCLUIDO
IVA PRECIO UNITARIO IVA INCLUIDO AMARAL 30.000 € 6.300 € 36.300 € SIDONIE 10.000 € 2.100 € 12.100 € DORIAN 10.000 € 2.100 € 12.100 € MUCHO 3.500 € 735 € 4.235 € ZOMBIE KIDS 3.500 € 735 € 4.235 € SINIESTRO TOTAL 7.000 € 1.470 € 8.470 € ZIGARROS 6.000 € 1.260 € 7.260 € ESPECTACULO DE VARIEDADES 6.500 € 1.365 € 7.865 € ESMERALDA ON TOUR 9.000 € 1.890 € 10.890 €
DARDEM SIN COSTE SIN COSTE SIN COSTE
TOTAL 85.500 € 17.955,00 € 103.455,00 €
VIII.- ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON CLASIFICACIÓN DE OFERTAS Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO.-
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
1.- La clasificación de las proposiciones admitidas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, con el siguiente resultado:
Nº
ORDEN EMPRESAS PRECIO
DELEGACIÓN O ESPACIO DE LA EMPRESA TOTAL 1 FRATERPREVENCIÓN, S.L. 25.460,15.-€ 30 Puntos Tomelloso (10 Puntos) 40 2 PREVENCION Y SANIDAD INDUSTRIAL, S.L. 25.500,00.-€
29,72 Puntos Tomelloso (10 Puntos) 39,72 3 ASPY PREVENCIÓN, S.L. 27.625,00.-€ 14,87 Puntos Tomelloso (10 Puntos) 24,87 4 CUALTIS, S.L.U. 28.050,00.-€ 11,90 Puntos Tomelloso (10 Puntos) 21,90
2.- Requerir a la Empresa FRATERPREVENCIÓN, S.L.U., para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que reciba este requerimiento presente, en el Departamento de Contratación Administrativa el certificado positivo de la Agencia Tributaria, y en la Tesorería Municipal, documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva que asciende a la cantidad de de 2.975,20 Euros, equivalente al 5% del importe de adjudicación referido a los dos años del contrato, IVA excluido, y justificante de que ha abonado la cantidad de 280,78 Euros en concepto de derechos de inserción en el BOP del anuncio correspondiente. Constituida la garantía deberá acreditarse en el Departamento de Contratación Administrativa.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, conforme a lo dispuesto en el art. 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, 3/2011 de 14 de Noviembre.
IX.- ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON CLASIFICACIÓN DE OFERTAS Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE LOS BARES Y ESPACIOS UBICADOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS.-
Se da cuenta de la propuesta relativa a clasificación de ofertas y requerimiento de documentación en expediente de contratación de servicio de explotación de los bares y espacios ubicados en las instalaciones deportiva.
Habiéndose ausentado el Sr. Navarro, los demás miembros de la Junta de Gobierno presentes reiteran su voto. No obstante continuando el resultado con 1 voto en contra del Sr. Quesada y 6 abstenciones de los concejales de los Grupos Socialista, C's y UPyD, considerando la abstención por ausencia del Sr. Navarro y que el voto de la Sra. Alcaldesa ha sido de abstención, no se aprueba la propuesta.
X.- ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON LICENCIA URBANÍSTICA PARA OBRAS E INSTALACIONES EN CALLE ASTURIAS, 25.-
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y no participando en la votación D. Javier Navarro Muelas, por ausencia, acuerda:
1.- Conceder licencia para ejecución de las obras e instalaciones descritas en el “PROYECTO DE
CONSTRUCCION DE TIENDA DE COMESTIBLES Y LEGALIZACIÓN DE ALMACEN“ que se
realizarán en C/ ASTURIAS, 25. El plazo de ejecución de obras previsto por los peticionarios de licencia, será de 60 días, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la actividad Urbanística, deberán seguirse además los siguientes plazos:
• Dispondrá de tres meses, contados a partir de la fecha de notificación de este acuerdo, para iniciar las obras.
• Las obras no podrán estar suspendidas por un plazo superior a 1 mes, ni acumuladamente más del 20% del tiempo total previsto para la ejecución de la obra.
• Las obras deberán terminarse antes de quince meses contados a partir de la notificación de la concesión de la licencia.
• El propietario podrá pedir la ampliación de los plazos de la licencia, que será preceptiva si la paralización se debe a causas no imputables al promotor de la obra.
2.- Indicar al interesado que cualquier desperfecto ocasionado en la vía publica con motivo de la construcción será subsanado, para ser devuelto su estado a su funcionalidad original.
3.- Comunicar al interesado que deberá acreditar que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en su obra, han sido entregados a una instalación de valorización o de eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado.
competentes que hagan visita de inspección para comprobar la adopción de las medidas correctoras exigibles.
5.- Comunicar el presente acuerdo al solicitante a los efectos oportunos, significándole que de conformidad con lo dispuesto en los arts. 5 y 6 de la Ordenanza Fiscal vigente reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras deberá presentar autoliquidación provisional en el plazo de 30 días hábiles siguientes a la notificación del presente acuerdo, siendo el tipo de gravamen aplicable el tres por ciento sobre la base expresada en la Ordenanza Fiscal Reguladora. 6.- Comunicar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo que podrá interponerse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real; no obstante, podrá interponer cualquier otro que estime conveniente a su derecho.
XI.- ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON LICENCIA URBANÍSTICA PARA OBRAS E INSTALACIONES EN CARRETERA DE ARGAMASILLA, S/N.-
La Junta de Gobierno Local con la abstención de la Sra. Concejala del Grupo Municipal Socialista, Dª. Montserrat Moreno Jareño, seis votos a favor de los demás concejales del Grupo Municipal Socialista y de los Grupos Municipales C's, IU-Ganemos y UPyD y no participando en la votación D. Javier Navarro Muelas, por ausencia, acuerda:
1.- Conceder licencia para ejecución de las obras e instalaciones descritas en el
“MODIFICACION PROYECTO DE INSTALACIONES PARA ZONA DE AUTOVACIANTES. VISADO 201600490 DE 29/07/2016“ que se realizarán en C/HERNAN CORTES, Nº 104. Al no
determinarse en la documentación presentada por el peticionario, fecha de ejecución y finalización de las obras, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la actividad Urbanística, deberán seguirse los siguientes plazos:
• Dispondrá de tres meses, contados a partir de la fecha de notificación de este acuerdo, para iniciar las obras.
• Las obras no podrán estar suspendidas por un plazo superior a 1 mes, ni acumuladamente más del 20% del tiempo total previsto para la ejecución de la obra.
• Las obras deberán terminarse antes de quince meses contados a partir de la notificación de la concesión de la licencia.
• El propietario podrá pedir la ampliación de los plazos de la licencia, que será preceptiva si la paralización se debe a causas no imputables al promotor de la obra.
construcción será subsanado, para ser devuelto su estado a su funcionalidad original.
3.- Comunicar al interesado que deberá acreditar que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en su obra, han sido entregados a una instalación de valorización o de eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado.
4.- Indicar al peticionario que deberá comunicar al Ayuntamiento la terminación de las obras e instalaciones y que la ampliación de actividad no podrá ponerse en funcionamiento hasta que se hayan adoptado las medidas correctoras previstas en el proyecto técnico presentado, y se presente certificación técnica de final de obra. Una vez realizada dicha comunicación se procederá a pedir a los técnicos competentes que hagan visita de inspección para comprobar la adopción de las medidas correctoras exigibles.
5.- Comunicar el presente acuerdo al solicitante a los efectos oportunos, significándole que de conformidad con lo dispuesto en los arts. 5 y 6 de la Ordenanza Fiscal vigente reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras deberá presentar autoliquidación provisional en el plazo de 30 días hábiles siguientes a la notificación del presente acuerdo, siendo el tipo de gravamen aplicable el tres por ciento sobre la base expresada en la Ordenanza Fiscal Reguladora. 6.- Comunicar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo que podrá interponerse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real; no obstante, podrá interponer cualquier otro que estime conveniente a su derecho.
XII.- ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON LICENCIA URBANÍSTICA PARA OBRAS E INSTALACIONES EN AVDA. DE JUAN CARLOS I, 19.-
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y no participando en la votación D. Javier Navarro Muelas, por ausencia, acuerda:
1.- Conceder licencia para ejecución de las obras e instalaciones descritas en el “PROYECTO DE
LICENCIA DE ACTIVIDAD PARA VENTA AL POR MENOR SITA., EN LA AVDA. JUAN CARLOS IM Nº 19“ que se realizarán en AVDA. JUAN CARLOS I, Nº 19. El peticionario manifiesta que el
plazo previsto para la conclusión de las obras, será de dos meses, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la actividad Urbanística, deberán seguirse además los siguientes plazos:
• Las obras no podrán estar suspendidas por un plazo superior a 1 mes, ni acumuladamente más del 20% del tiempo total previsto para la ejecución de la obra.
• Las obras deberán terminarse antes de quince meses contados a partir de la notificación de la concesión de la licencia.
• El propietario podrá pedir la ampliación de los plazos de la licencia, que será preceptiva si la paralización se debe a causas no imputables al promotor de la obra.
2.- Indicar al interesado que cualquier desperfecto ocasionado en la vía publica con motivo de la construcción será subsanado, para ser devuelto su estado a su funcionalidad original.
3.- Comunicar al interesado que deberá acreditar que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en su obra, han sido entregados a una instalación de valorización o de eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado.
4.- Indicar al peticionario que deberá comunicar al Ayuntamiento la terminación de las obras e instalaciones y que la actividad no podrá ponerse en funcionamiento hasta que se hayan adoptado las medidas correctoras previstas en el proyecto técnico presentado y se presente certificación técnica acreditativa de que el local cumple el Código Técnico de la Edificación. Una vez realizada dicha comunicación se procederá a pedir a los técnicos competentes que hagan visita de inspección para comprobar la adopción de las medidas correctoras exigibles.
5.- Comunicar el presente acuerdo al solicitante a los efectos oportunos, significándole que de conformidad con lo dispuesto en los arts. 5 y 6 de la Ordenanza Fiscal vigente reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras deberá presentar autoliquidación provisional en el plazo de 30 días hábiles siguientes a la notificación del presente acuerdo, siendo el tipo de gravamen aplicable el tres por ciento sobre la base expresada en la Ordenanza Fiscal Reguladora. 6.- Comunicar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo que podrá interponerse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real; no obstante, podrá interponer cualquier otro que estime conveniente a su derecho.
XIII.- ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON LICENCIA DE OBRAS EN CALLE SAN FELIPE, 42.-
En virtud de la delegación de atribuciones efectuada en la Junta de Gobierno Local por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 22/06/2015.
1.- Conceder licencia para obras de derribo parcial y ejecución de cocina campera y sala
de juegos, en calle San Felipe, nº 42. Al no determinarse en la documentación presentada por el
peticionario, fecha de ejecución y finalización de las obras, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, deberán seguirse los siguientes plazos:
. Dispondrá de tres meses, contados a partir de la fecha de notificación de este acuerdo, para iniciar las obras.
. Las obras no podrán estar suspendidas por plazo superior a 1 mes, ni acumuladamente más del 20% del tiempo total previsto para la ejecución de la obra.
. Las obras deberán terminarse antes de quince meses contados a partir de la notificación de la concesión de la licencia.
. El propietario podrá pedir la ampliación de los plazos de la licencia, que será preceptiva si la paralización se debe a causas no imputables al promotor de la obra.
2.- Indicar al interesado lo siguiente:
- Deberá solicitar licencia especifica para cualquier actuación que se realice en el espacio público (cerramiento, acometidas, acopios, andamios, grúas o elevadores, arbolado, mobiliario, contenedores, equipamiento de instalaciones urbanas....)
- Se deberán adoptar todas las medidas de seguridad a que obliga la normativa vigente, señalizando cada uno de los puntos de peligro adecuadamente.
- Se deberá tener especial cuidado y atención con la posible afectación de cuevas en el subsuelo. En cualquier caso, las reparaciones y/o adopción de medidas de seguridad se realizarán a cargo del promotor de éstas obras. En caso de existencia de cuevas se deberán mantener accesibles y ventiladas, prohibiendo tajantemente el relleno con escombros.
- Cuando existan razones técnicas o de interés público, el Servicio Municipal competente requerirá al interesado la limitación temporal para realizar los trabajos en las horas del día determinadas, festivos y vísperas indicados.
- Una vez iniciada la obra, todo su perímetro deberá quedar protegido mediante vallas unidas entre sí solidariamente, formando uno o varios recintos cerrados.
- Se deberá respetar la normativa de accesibilidad de esta Comunidad Autónoma.
- Cualquier alteración de tráfico de vehículos y de peatones deberá ser coordinado por el promotor/constructor con la Policía Municipal, cumpliendo con la Ordenanza Municipal de Tráfico.
particulares de la licencia, previo informe.
- Será obligatoria la utilización del agua para paliar polvaredas producidas por la demolición.
- Se realizará y promoverá la información de los ciudadanos y organismos públicos y privados afectados por las obras.
- Deberá poder acreditar que los residuos de construcción y demolición realmente producidos en su obra, han sido entregados a una instalación de valorización o eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado.
- Se deberá reponer o reparar, a cargo del promotor, cualquier servicio urbano que se deteriore por causa de las obras. En todo caso la calidad final de lo reparado será idéntica o superior a la existente.
- En caso de implicar la afección a canalizaciones o instalaciones de compañías de servicios urbanos, deberá contar con la conformidad de las mismas.
- Deberá mantener el orden y limpieza diaria adecuados en los espacios afectados por la obra.
- En caso de que se pretenda implantar actividad para local de pública concurrencia con cocina, en la cocina campera proyectada, se deberá tramitar licencia urbanística para actividad de publica concurrencia con cocina, teniendo en cuenta que deberá cumplir con la normativa de aplicación en referencia con la accesibilidad (debiendo disponer de aseo accesible), contra incendios, condiciones medioambientales y condiciones higiénico sanitarias.
3.- Comunicar el presente acuerdo al solicitante a los efectos oportunos, significándole que de conformidad con lo dispuesto en los arts. 5 y 6 de la Ordenanza Fiscal vigente reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras deberá presentar autoliquidación provisional en el plazo de 30 días hábiles siguientes a la notificación del presente acuerdo, siendo el tipo de gravamen aplicable el 3 por 100 sobre la base expresada en la Ordenanza Fiscal Reguladora.
4.- Comunicar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente Recurso de Reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o recurso Contencioso-Administrativo que podrá interponerse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real; no obstante, podrá interponer cualquier otro que estime conveniente a su derecho.
XIV.- ORDENACIÓN DE GASTOS, APROBACIÓN DE RECIBOS, FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DE GASTOS E INGRESOS.-
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y no participando en la votación D. Javier Navarro Muelas, por ausencia, acuerda:
La aprobación de las facturas correspondientes a certificaciones de obra relacionadas a continuación:
PARTIDA PROVEEDOR/CONCEPTO IMPORTE
15000-62250
CONSTRUCCIONES GISMERO, S.A.U.- Certificación nº 1 obra
“Acondicionamiento parcial de la Avda. Juan Carlos I - Fase I”.
42.528,08 € 161-63950
INGENIERÍA TÉCNICA DEL HORMIGÓN, S.L.- Certificación
nº 3 obra “Renovación Redes Hidráulicas Avda. Juan Carlos I”.