ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST y PLAN DE
MANEJO AMBIENTAL
ESTACIÓN DE SERVICIOS
1.
DATOS GENERALES
1 Proyecto ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PARA LA ESTACIÓN DE SERVICIOS INTERNACIONAL YAGUARCOCHA
2 ProyectoFase del Estudio de Impacto Ambiental Expost y del Pan de Manejo para la Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha”. Ubicada en el Cantón Ibarra de la Provincia de Imbabura
2.1 Fase Operativa del proyecto Comercialización y Venta de Derivados de Petróleo
3 CartográficaUbicación
Estación de Servicios Internacional Yaguarcocha - Ibarra Coordenadas WGS84 Coordenadas PSAD 56
x y x Y 821513 10040241 821745 10040616 821625 10040241 821857 10040616 821645 10040129 821877 10040504 821536 10040129 821768 10040504
4
Ubicación Política
Región Sierra
PROVINCIA CANTÓN PARROQUIA
Imbabura Ibarra La Dolorosa del Priorato Dirección Av. Panamericana Norte – La Dolorosa del Priorato, entre Cuicocha y Mojanda.
5 Superficie del área 8.500 m2
6 ComercializadoraRazón Social
7 Dirección Avenida 6 de Diciembre y AlpallanaQuito - Ecuador
8 Teléfono (593) 2252 - 1670
9 Representante Legal Ing. Sucre Nevares 10 Administrador de la Estación Sr. Luis Silva M.
11
Dirección Panamericana Norte – Kilómetro 7 ½, vía a Tulcán Teléfonos /Fax Telf: (593) 022 521-670
Dirección
electrónica [email protected]
12 Consultora Ambiental
13 Datos de la Consultora Dirección: Av. Angélica Carillo y Gregorio Munga (Quito)Telefax: (593) 022 – 450 – 590 Email: [email protected]
14 Equipo técnico
Nº Nombre Componente
1 Dr. César F. Moreno Coordinación
2 Dr. César Moreno Línea Base Ambiental
3 Lic. Isabel Ortega Línea Base Social 4 Ing. Paola Tul Impactos Ambientales
2.
INTRODUCCIÓN
a. Antecedentes
La Estación de Servicios Internacional Yaguarcocha, fue incautada el 5 de Febrero de 2009, por presunción de lavado de activos y narcotráfico; hasta el 7 de Marzo de 2012, la E/S estuvo administrada por el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (CONSEP), luego de este período la E/S Internacional Yaguarcocha fue devuelta a sus propietarios.
El 30 de Noviembre de 2012 la Dirección Provincial del Ambiente de Imbabura, mediante oficios sin número, notifica al Sr. Cap. Luis Ramiro Silva Montesdeoca que se deberá actualizar la situación ambiental de la E/S Internacional Yaguarcocha, ante lo cual el Gerente de la E/S solicita se considere la situación especial de incautación de la E/S e informa que por la misma situación, se encuentra en un proceso de recuperación de la documentación pertinente en lo referente a permisos y trámites de Licenciamiento Ambiental.
Con estos antecedentes, la Dirección Provincial de Imbabura, mediante oficio Nº MAE-CGZ1-DPAI-2013-0145, del 23 de enero de 2013, considerando lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Gestión Ambiental, que señala: “Para toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del Ramo” y del Libro VI del TULAS, que en su Art. 125 Plazos para Obtener Permisos, donde se señala:
“Cuando las entidades ambientales de control detectaren que los regulados ambientales incumplen las normas de protección ambiental, así como otras obligaciones ambientales, tuvieren pendientes autorizaciones, permisos, falta de aprobación de estudios, evaluaciones y otros documentos o estudios solicitados por la entidad ambiental de control, concederá un término perentorio de 30 días para que el regulado corrija el incumplimiento u obtengan las autorizaciones, permisos, estudios y evaluaciones que haya a lugar”. Y Dispone que en un plazo de 30 días contados a partir de la recepción del documento inicie o reinicie el proceso de regularización ambiental de la E/S Internacional Yaguarcocha.
b. Justificación
La Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha”, asociada a la Comercializadora Petróleos y Servicios (P&S), se encuentra ubicada al norte de la ciudad de Ibarra, sobre la Panamericana Norte (hacia Tulcán).
Vista general de la Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha”
El Art. 19 de la Ley de Gestión Ambiental dispone que: “Las obras públicas, privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.
El Art. 20 dicta que para el inicio de toda actividad que implique riesgo ambiental se deberá contar con la licencia ambiental respectiva, otorgada por el Ministerio del Ramo.
En casos de que la actividad se encuentre en Operación, se deberán ejecutar Auditorías Iniciales o Estudios de Impacto Ambiental Expost.
Para Estaciones de Servicio rige lo dispuesto en el Reglamento Ambiental para Actividades Hidrocarburíferas en el Ecuador, cuyo Art. 34 dispone que los Estudios Ambientales serán requeridos previos al desarrollo de cada una de las fases de la actividad hidrocarburífera.
en operación y las condiciones y características de los tanques de almacenamiento (Art. 76), manejo de desechos (Art. 77), normas de seguridad (Art. 78).
c. Objetivos
i. Objetivo General
Desarrollar el Estudio de Impacto Ambiental Expost y el Plan de Manejo Ambiental para la Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha” con el fin de cumplir lo dispuesto en la legislación ambiental aplicable y obtener la Licencia Ambiental para su operación.
ii. Objetivos Específicos
Revisar, actualizar y analizar las características de los aspectos socio-ambientales del área donde opera la Estación de Servicios.
Definir las áreas de influencia de la operación de la Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha”.
Realizar una identificación y evaluación de los impactos socio-ambientales, positivos y negativos que se generan por el funcionamiento de la Estación de Servicios, motivo del Estudio Ambiental.
Establecer las medidas generales de prevención, mitigación, control y correctivas que permitan minimizar los impactos socio - ambientales negativos que se ocasionen en las áreas de influencia directa e indirecta de la Estación de Servicios, a través de la formulación del Plan de Manejo Ambiental.
d. Ubicación del Proyecto.
La Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha” se encuentra en la ciudad de Ibarra, sobre la Panamericana Norte, en dirección hacia la Provincia de Carchi, cerca del complejo turístico Yaguarcocha
3.
MARCO LEGAL
Para la ejecución del Estudio Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental Estación de Servicios motivo del Estudio Ambiental, se considera el siguiente cuerpo legal; tomando a la Constitución Política del Estado Ecuatoriano como la norma de máxima jerarquía; en tal virtud el resto de normas analizadas, están subordinadas a la misma.
Constitución
Política del Ecuador R.O. 449
del 20 de Octubre de 2008
El Art. 3 de la Constitución señala como deber primordial del Estado “proteger el patrimonio natural y cultural del país”.
La Constitución Política de Ecuador, dentro de su Título II – Derechos – Capítulo segundo, Sección segunda – Ambiente sano, en el Artículo 14, señala: “Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 15: El Estado promoverá en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y energías no contaminantes y de bajo impacto.
Art. 95.- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos y en control popular de las instituciones del Estado y la Sociedad. La participación de la ciudadanía es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
Dentro del Capítulo Quinto – Sectores Estratégicos, servicios y empresas públicas, en el Art. 313, se establece que el Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos; de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia... Se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro electromagnético, el agua y los demás que determine la ley.
Art. 316. El Estado podrá delegar la participación en los sectores estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas… El Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca la Ley.
asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras”.
“Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas…”.
“El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales.
“La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas”.
Sección séptima – Biosfera, ecología urbana y energías alternativas – Art. 411: El Estado Garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales asociados al ciclo hidrológico. Art. 413: El Estado promoverá la eficiencia energética, el desarrollo y uso de prácticas y tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de energías renovables, diversificadas, de bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberanía alimentaria, el equilibrio ecológico de los ecosistemas, ni el derecho al agua.
Art. 414: El Estado adoptará medidas adecuadas y transversales para la mitigación del cambio climático, mediante limitación de las emisiones de gases de efecto invernadero, de la deforestación y de la contaminación atmosférica; tomará medidas para la conservación de los bosques y vegetación y protegerá a la población en riesgo.
Considerando el derecho de las comunidades, pueblos y nacionalidades, en el Art. 57. Numeral 7, se establece: “La consulta precia, libre e informada, dentro de plazo razonable, sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente…” Este artículo relacionado con la consulta se complementa con el artículo 398 que dispone: “Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente.
El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Ley de Gestión Ambiental. Ley 99-37. R. O. No. 245 del 30 de Julio de 1999.
La Ley de Gestión Ambiental (Art. 1), establece los principios y directrices de política ambiental; se determinan las obligaciones y responsabilidades de los sectores público y privado en gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia.
En el Capítulo III, de la Evaluación de Impacto Ambiental y del Control Ambiental, Art. 19 determina que “Las obras públicas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio”;
En el artículo 20 señala que…”para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el ministerio del ramo”; y, en el artículo 21, “Los Sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgos; sistemas de monitoreo; planes de contingencias y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono…”.
Esta Ley Establece los principios ejecutables de información y vigilancia ambiental, aplicando mecanismos de participación social para lograr un adecuado control de la contaminación ambiental y protección del ambiente (especialmente los Arts. 28, 29, 39, 40, 41 y 42).
Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental a través de los mecanismos que para el efecto se establezcan, entre los cuales se incluirán audiencias públicas, consultas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones temerarias o maliciosas.
Ley Reformatoria al Código Penal. Ley 99-49. R. O. No. 2 de 25 de enero del 2000.
En la Ley Reformatoria al Código Penal se agregan los Capítulos VII A y Capítulo X A para incorporar los Delitos Contra el Patrimonio Cultural y los Delitos Contra el Medio Ambiente, respectivamente. Sobre los delitos contra el Medio Ambiente propone que su objetivo principal no es castigar sino respaldar el cumplimiento de las leyes y reglamentos vigentes al sancionar a los funcionarios o empleados públicos que actuando por sí mismos o como miembro de un cuerpo colegiado, autoricen o permitan que se viertan residuos contaminantes de cualquier clase por encima de los límites fijados de conformidad con la ley (Art. 437 E).
En su aspecto fundamental se otorga potestad al sistema judicial para ordenar, como medida cautelar, la suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del establecimiento, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad competente en materia ambiental (Art. 437 K).
Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, publicada en el Registro Oficial Nº 97 del 31 de mayo de 1976.
La Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental contiene una serie de disposiciones relacionadas con acciones de ejecución obligatoria para prevenir y controlar la contaminación ambiental.
Políticas Básicas Ambientales.
Decreto Ejecutivo No.1802. R. O. No. 456 del 7 de Junio de 1994.
El Decreto 1802 sobre las Políticas Básicas Ambientales del Ecuador reconoce que: el principio fundamental que debe trascender el conjunto de políticas es el compromiso de la sociedad de promover el desarrollo sustentable; el desarrollo sustentable sólo puede alcanzarse cuando sus tres elementos –lo social, lo económico y lo ambiental- son tratados armónica y equilibradamente en cada instante y para cada acción; la gestión ambiental corresponde a todos en cada instante de la vida y que nadie puede sustituir la responsabilidad de cada quien en esta gestión en su campo de actuación; y, el ambiente tiene que ver con todo y está presente en cada acción humana.
Texto Unificado de Legislación Secundaria.
Registro Oficial N° 725 del 16 de diciembre de 2002 – Suplemento R.O. del 31 de marzo de 2003.
Título Preliminar: De las Políticas Básicas Ambientales del Ecuador
Política 11: Reconociendo que el ambiente y sus regulaciones jurídicas deben afrontarse de forma integral, pero que es conveniente enfatizar en la prevención y control con la finalidad de evitar la ocurrencia de daños ambientales:
Sin perjuicio de afrontar los asuntos ambientales en forma integral, incluyendo sus regulaciones jurídicas, se dará especial prioridad a la prevención y control a fin de evitar daños ambientales provenientes de la degradación del ambiente y de la contaminación, poniendo atención en la obtención de permisos previos, límites de tolerancia para cada sustancia, ejercicio de la supervisión y control por parte del Estado en las actividades potencialmente degradantes y/o contaminantes.
La degradación y la contaminación como ilícitos (una vez que sobrepasen los límites de tolerancia) serán merecedoras de sanciones para los infractores, a la vez que su obligación de reparación de los daños causados y de restauración del medio ambiente o recurso afectado.
Libro VI: De la Calidad Ambiental
Art. 17.- Realización de un Estudio de Impacto Ambiental.- Para garantizar la adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y riesgos, el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo interdisciplinario que responda técnicamente al alcance y profundidad del estudio en función de los términos de referencia aprobados. El promotor y/o consultor que presenten los EIA a los que hace referencia este Título son responsables de la veracidad y exactitud de sus contenidos.
Art. 18.- Revisión, aprobación y licenciamiento ambiental.- El promotor de una actividad o proyecto, presentará el EIA aprobado ante la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) a fin de iniciar el procedimiento de revisión, aprobación y licenciamiento ambiental por parte de la referida autoridad, luego de haber cumplido con los requisitos de participación ciudadana sobre el borrador de dicho estudio de conformidad con lo establecido en el Art. 20, literal b) de este Reglamento. A su vez la AAAr y de conformidad con lo establecido en el Título I del presente Reglamento, coordinará la participación de las instituciones cooperantes en este proceso.
incumplimientos del plan de manejo ambiental o contingencias, de conformidad con la guía técnica específica.
Art. 20.- Participación Ciudadana.- La participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales, se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases.
Capítulo IV Del Control Ambiental – Art. 58.- Estudio de Impacto Ambiental.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo, ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o privadas y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el SUMA.
Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros, un programa de monitoreo y seguimiento ambiental que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse a la entidad ambiental de control. EL plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para las actividades que las normas técnicas dictadas bajo el amparo del presente Libro VI de la Calidad Ambiental.
El Art. 83. indica que “El regulado deberá contar con un plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y realizará a sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental acorde a lo establecido en el Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas ambientales.”
Reglamento
Ambiental para Operaciones
Hidrocarburíferas en el Ecuador (DE 1215)
Regula las actividades hidrocarburíferas de exploración, desarrollo y producción… de petróleo crudo, derivados… susceptibles de producir impactos ambientales en el área de influencia directa. Art. Nº 4.- Sujetos de control.– Señala quienes son los sujetos de control que para la aplicación de este Reglamento, se considera que son PETROECUADOR, sus filiales y sus contratistas o asociados, en todas las fases, así como las empresas nacionales o extranjeras legalmente establecidas en el país que hayan sido debidamente autorizadas para la realización de estas actividades.
Art. 13. … Para el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, los sujetos de control deberán presentar a la SPA por intermedio de la DINAPA el Diagnóstico Ambiental – Línea Base o la respectiva actualización y profundización del mismo, los Estudios de Impacto Ambiental y los complementarios que sean del caso.
El Art. 16 del RAOHE dispone que los programas o proyectos de remediación sujetos a aprobación y seguimiento por parte de la Subsecretaría de Protección Ambiental a través de la Dirección Nacional de Protección Ambiental serán: la remediación de piscinas, suelos contaminados y remediación de accidentes en los que se haya derramado más de cinco barriles de crudo.
El Art. 20 regula el manejo de aspectos socio-ambientales de los sujetos de control en todas las fases de las actividades hidrocarburíferas, lo cual se vincula con lo establecido por el Reglamento al artículo 28 de la Ley de Gestión Ambiental, especialmente en los acuerdos y programas establecidos.
El Art. 21 establece las prohibiciones de conformidad con la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, las actividades de caza y pesca, así como la recolección de especies de flora y fauna, el mantenimiento de animales en cautiverio y la introducción de especies exóticas y animales domésticos.
El Art. 23 regula la utilización equipos y materiales que correspondan a tecnologías aceptadas en la industria petrolera, compatibles con la protección del medio ambiente.
Se prohíbe el uso de tecnología y equipos obsoletos.
El Art. 25. Establece los mecanismos para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo. Provee las herramientas y procedimientos para la ejecución y edición de los Estudios de Impacto Ambiental, Alcances o Reevaluaciones cuando el caso lo amerite (Art. 34 – 41).
Establece además la Autoridad Ambiental responsable de la evaluación, aprobación y seguimiento de los Estudios Ambientales. Incorpora parámetros, límites permisibles, formatos y métodos, así como las definiciones de los términos generalmente utilizados en la industria hidrocarburífera y en el área ambiental.
En el Capítulo X.- Comercialización y venta de derivados de petróleo producidos en el país e importados; dispone las normas generales para los procesos de comercialización (Art. 74), estableciéndose que se observarán todas las disposiciones establecidas en el Capítulo IV del RAOHE, cuando sean pertinentes.
El Art. 75, establece el contenido de la línea base y especialmente de la Descripción del Proyecto y de las acciones referentes a manejo de desechos, normas de seguridad y características de las instalaciones, especialmente tanques de almacenamiento.
Acuerdo
Ministerial Nº 1040. Reglamento
Social. Título III de la Ley de Gestión Ambiental.
Art. 8.- Sin perjuicio de otros mecanismos establecidos en la Constitución Política y en la Ley, se reconoce como mecanismos de la participación social, las siguientes: Audiencia, presentaciones públicas, reuniones informativas. Asambleas, mesas ampliadas y foros públicos de diálogo. Talleres de información, capacitación y socialización ambiental. Todos los medios que permitan a la comunidad el acceso a la información disponible sobre obras, proyectos que puedan afectar al medio ambiente.
Art. 9.- La participación social es un elemento transversal y trascendental a la gestión ambiental. En consecuencia se integrará principalmente, durante las fases de toda actividad y proyecto propuesto, especialmente relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental.
Art. 15.- Si perjuicio del derecho colectivo… esta se dirigirá prioritariamente a la comunidad dentro del área de influencia directa, la misma que será delimitada previamente por la Autoridad competente.
Art. 16.- Los mecanismos de participación social contemplados en este reglamento deberán cumplir los siguientes requisitos: Difusión de información de la actividad que genere impacto ambiental; Recepción de criterios de la comunidad y Sistematización de la información obtenida.
Art. 18.- Las convocatorias a los mecanismos de participación Social se realizarán por uno o varios medios de amplia difusión , que garantice el acceso a la información, e incluirá el extracto que resuma las características de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, así como lugar, hora, fecha y metodología a seguir.
Acuerdo
Ministerial Nº 106. Reforma al Instructivo del Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación
Social. 30 de Octubre de 2009.
Art. 1.- A continuación del literal e) del Art. 3, agréguese lo siguiente:
f) El facilitador o técnico designado para el proceso de Participación Social, de manera obligatoria, realizará una visita de campo previa a la aplicación del mecanismo. La inspección previa tiene como objetivos: 1) Realizar observación de campo en el área de influencia directa del proyecto. 2) Verificar la lista de actores sociales involucrados. 3) Identificar posibles conflictos. 4) Verificar la planificación logística. 5) Analizar el Alcance y características del mecanismo de participación social a ser aplicado. 6) Si los medios de comunicación y difusión del proceso de participación social son los adecuados y sobre todo responden a la realidad de las comunidades del área de influencia.
Art. 3.- En el Art. 5 agréguese: El facilitador seleccionado deberá ser una persona en libre ejercicio profesional, que no tenga relación de dependencia con ninguna institución pública ni privada.
Art. 4.- Conforme la disposición final segunda del Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el R.O. 332 de 8 de mayo de 2008, los estudios de Impacto Ambiental Expost, los Alcances y las Reevaluaciones, no se acogerán al presente instructivo.
Otros documentos Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IEES), Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente del Trabajo (Decreto N° 2393).
Reglamento sobre la contaminación de Desechos Sólidos, A.M.Nº 14630 R.O. Nº 991, del 3-08-1992.
Reglamento para la Prevención de la Contaminación Ambiental en lo relativo al Recurso Agua, Acuerdo ministerial Nº 2144, R.O. Nº 204, del 5-06-1989. Reglamento sobre normas de calidad del aire y sus métodos de medición, A.M. Nº 11338-A, R.O. Nº 726, del 15-06-1991.
Reglamento para la Prevención de la Contaminación Ambiental en lo relativo al Recurso Suelo, Acuerdo Ministerial Nº 14629, R.O. Nº 989, del 30-07-1992. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por ruidos, A.M. Nº 7789, R.O. Nº 560 del 12-11-1990.
Normas técnicas API 653, UL 58, ANSI/ASME B31.4, Código de Construcción, Manuales y Procedimientos de los fabricantes de los equipos.
Ley de tránsito.- La Comisión Nacional de Tránsito (CNT) entregó a la Presidencia de la República el borrador del Reglamento a la Ley de Tránsito que de ser aprobado será publicado en el Registro Oficial en diciembre. Esta ley fue aprobada el 7 de agosto de 2008, mediante mandato por la Asamblea Nacional Constituyente.
Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2 226:2009 Transporte, Almacenamiento Y Manejo De Materiales Peligrosos Requisitos.
4.
DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
Se realiza una descripción de la infraestructura y los procesos y procedimientos que se ejecutan en la Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha”, con el fin de conocer su operación y definir la posibilidad o el impacto real sobre los componentes socio-ambientales del área de influencia de la E/S.
4.1 Superficie de la Estación de Servicios
La E/S Yaguarcocha tiene un área aproximada de 8500 m2; el área de operación (obras civiles, área de tanques, islas de despacho, oficinas, parqueaderos, áreas ornamentadas y otros servicios), ocupan un área de 5.000 m2.
Vista general de la E/S Internacional Yaguarcocha
4.2 Instalaciones de la Estación de Servicios.
4.2.1 Área de descarga y almacenamiento de combustibles.
La E/S Yaguarcocha, cuenta con 4 tanques de almacenamiento: Dos tanques de 6.000 galones, para gasolina Extra de 87 Octanos; Un tanque de 5.000 galones para Gasolina Súper y Un tanque de 5.000 galones de Diesel.
Los tanques de combustible han sido ubicados en un área cerrada, impermeabilizada y cubierta; cuentan con las válvulas de llenado con características exigidas por las normas; las válvulas se encuentran identificadas con colores estandarizados, dentro de un cubeto que recoge los posibles derrames al momento de la descarga
Vista de válvulas de tanques de almacenamiento.
El área de descarga es amplia, impermeabilizada y cuenta con un sistema de canaletas perimetrales conectadas al sistema de separación de grasas y aceites.
Vista general del área de descarga y almacenamiento de combustibles
La descarga de combustible desde los autotanques hacia los tanques de almacenamiento se efectúa de forma directa; es decir desde el autotanque se conecta una manguera de 4” con la boca de llenado de cada uno de los tanques de almacenamiento. Cada boca de llenado (identificada con un color específico por tipo de combustible), cuenta con un contenedor de derrames.
En el área se ha dispuesto con señalización vertical que indica – PELIGRO, ÁREA DE TANQUES – y – NO FUMAR.
4.2.2 Área de Despacho de Combustible
La estación cuenta con tres islas de despacho; la primera alargada y con cinco surtidores dobles; una isla con un surtidor cuádruple y una isla con dos surtidores cuádruples. Cada manguera cuenta con un medidor de flujo másico y válvulas de impacto y bloqueo automático y presenta su respectiva pistola de surtido.
Los surtidores son de acero inoxidable, con un sistema electrónico de medida e información de despacho. Las islas de despacho cuentan con columnas cilíndricas de hormigón armado y una base de concreto de 15 cm. de altura que sirven de soporte para la cubierta del área de despacho.
Vista del área de despacho con los surtidores
La marquesina, ubicada a una altura de 5 metros cubre el área total de despacho y consiste en una estructura y cubierta metálica, frisos de aluminio y cielo raso, guardando el diseño estándar de Petróleos y Servicios. Cuenta con 5 estaciones de iluminación con cuatro lámparas fluorescentes por estación.
Vista de la marquesina de la E/S Internacional Yaguarcocha
En cada isla se ha dispuesto la letrerización que indica el tipo de combustible que se expende y la señalética de seguridad durante el abastecimiento.
Así mismo, cada isla cuenta con un recipiente plástico para la ubicación de los desechos comunes generados por los clientes y vallas de seguridad para evitar colisión de autos en caso de pérdida del control durante el acercamiento de los vehículos.
Vista de las áreas de despacho, con letreros de seguridad ubicados en sitios visibles por los conductores; vallas de seguridad, identificación de combustibles y extintores de incendio.
4.2.3 Sistema de Recolección de Aguas Hidrocarburadas.
Por la operación de la E/S, se puede generar pequeños derrames que derivan en la posible contaminación del agua de limpieza o aguas lluvia en el área de descarga y de despacho; estas aguas, son conducidas a través de las canaletas perimetrales hacia un separador de grasas y aceites a fin de segregar los componentes contaminantes, antes de su disposición final.
Los lodos y natas, formados en este sistema de separación, son evacuados a través de vaccum y entregados a un Gestor Calificado (HAZWAT); el agua es dispuesta en el sistema de alcantarillado del área. El agua de la última cámara sirve como muestra para el programa de monitoreo ambiental anual.
El sistema de API, consiste en tres cámaras; una de sedimentación de partículas sólidas en suspensión; la segunda de separación del agua con los compuestos hidrocarburados (grasas y aceites) y la tercera de muestreo y descarga al alcantarillado.
Sistema de canaletas perimetrales y trampas de grasa – aceite.
operación de la E/S. En la siguiente tabla, se identifica el equipo de control de incendios, con datos de ubicación tipo de equipo y capacidad:
Tipo unidades Nº de Capacidad (libras) Ubicación PQS (ABC) 4 20 Área de dispensadores
CO2 (BC) 1 50 Área de descarga de autotanque
CO2 (BC) 1 50 Área de tanques de almacenamiento
CO2 (BC) 1 20 Área de generador de emergencia
CO2 (BC) 2 20 Área de Administración y Servicios
PQS (ABC) 1 100 Móvil
4.2.5 Sistema Eléctrico
El sistema eléctrico consta de una acometida de la red pública hacia un tablero de distribución principal, aledaño al cual se encuentra un medidor de energía eléctrica.
Los conductores utilizados son de una sección mínima de 16 AWG para control y de 12 AWG para fuerza y alumbrado, de varios tipos (TW y TTU), resistentes a la humedad, no propagadores de llama, resistentes al contacto con hidrocarburos en los casos que lo amerita y de secciones normalizadas AWG.
La iluminación de marquesina es de tipo antideflagrante, así como, las especificaciones de los accesorios utilizados cumplen con las especificaciones de los fabricantes y las disposiciones de las normas INEC.
Sistema emergente de generación eléctrica.
El sistema de puesta a tierra comprende una malla entre el transformador, tanques de combustibles líquidos, dispensadores de combustibles líquidos y marquesinas.
4.2.6 Sistema de iluminación
La iluminación en la marquesina es proporcionada por luces fluorescentes ubicadas en el techo de la misma en dos series de cuatro y seis series de tres lámparas. Se han instalado postes de iluminación en todo el perímetro de la Estación de Servicios.
4.2.7 Instalaciones Electromecánicas
Instalación y acople de tuberías para la descarga y llenado de tanques de combustibles líquidos.- La tubería utilizada para la descarga de los combustibles, desde los tanqueros es de tipo galvanizado, de 4” de diámetro; las juntas de la manguera son unidas mediante accesorios de material galvanizado.
La manguera de abastecimiento desde los dispensadores electrónicos, que inicia en la toma de succión de la bomba sumergible, es de acero al carbono, tipo ASTM 35 de 2”. Los accesorios son galvanizados y reforzados.
Instalación y acople de tuberías para descarga desde los tanques hasta los dispensadores.- Las líneas corren paralelas desde los tanques de almacenamiento a los dispensadores en el área de despacho. La tubería se canaliza 40 cm. bajo la superficie y tienen las siguientes características:
Tubería galvanizada de 2” de diámetro ASTM 120, tratadas con pintura anticorrosiva.
Accesorios galvanizados de 2” de diámetro para 150 psi.
4.2.8 Sistema de Agua Potable y Aguas Servidas
En el sector existe servicio de agua potable, proveniente del sistema municipal de Ibarra; además existe servicio de alcantarillado independiente para la eliminación de aguas servidas.
4.3 Servicios Adicionales.
El área administrativa se encuentra en la segunda planta de la construcción ubicada hacia el fondo de la Estación de Servicios.
Servicios adicionales prestados en la Estación de Servicios Internacional Yaguarcocha.
4.4 Señalización
4.5 Actividades Operativas
4.5.1 Transporte de combustibles
Para desempeñar esta actividad se cuenta con vehículos cisterna asociados a la Comercializadora Petróleos y Servicios (P&S). Dichos vehículos cuentan con todos los sistemas de seguridad recomendados por la Dirección Nacional de Tránsito: banderas rojas en sus cuatro costados, extintores de incendios, indicación (en el tanque) del largo del camión, indicación de la cantidad y tipo de combustible.
4.5.2 Manejo de desechos
Para el manejo de desechos se atenderá lo propuesto en el Plan de Manejo Ambiental para la E/S, considerando los siguientes tipos de desechos:
Desechos sólidos normales.- Son de tipo domésticos, generados por el consumo de alimentos por parte de los clientes y empleados, los cuales son entregados al recolector municipal de la basura.
La cantidad de desechos domésticos que se generan diariamente es muy variable, dependiendo del tiempo de estadía de las personas: empleados y usuarios de los distintos servicios de la E/S.
Todos los desechos sólidos generados en la operación de la estación de servicio, deben ser clasificados y entregados a los camiones recolectores de basura del Municipio.
Desechos sólidos peligrosos.- Los residuos peligrosos que se generan en la operación de la estación de servicio son los indicados a continuación y los relacionados al manejo y manipulación de los mismos:
Lodos provenientes de la limpieza de los tanques de almacenamiento de combustibles y de los equipos de almacenaje y transporte, los cuales son dispuestos en recipientes plácticos con su respectiva tapa y señalización correspondiente, previa a la entrega a un gestor calificado, para su disposición final.
Aceite usado proveniente del mantenimiento del generador
Lodos provenientes de sistemas de tratamiento, por ejemplo cámaras separadoras de grasas y/o simples decantadores. La Estación deberá calificarse como Generadora de Desechos Peligrosos, según los procedimientos establecidos por el MAE.
Textiles contaminados: guaipes, materiales de absorción (para derrames) y paños de limpieza.
Envases, plásticos y metálicos, contaminados con aceites, solventes, grasas, etc.
Se ha dispuesto una estación de segregación de desechos sólidos en la E/S, donde se almacenan los residuos provenientes de los diferentes sectores de la misma; de esta estación, se entregan los residuos comunes al colector municipal.
Se ha dispuesto también un área de disposición temporal de desechos peligrosos, la misma que deberá ser readecuada considerando las medidas mínimas de seguridad y prevención de la contaminación.
Descargas líquidas.- Los desechos líquidos del tipo domésticos generados por la ocupación de baterías sanitarias, lavamanos, etc. utilizada por empleados o clientes, son canalizados hacia la red de alcantarillado independiente, así como las trampas de grasas recolectadas a través de los canales perimetrales.
De la misma forma, los residuos de aguas recolectadas de las canaletas de recolección del área de despacho como del área de descarga son dirigidas a la trampa de grasas para su tratamiento previo a la descarga hacia la red de alcantarillado público.
Emisiones al aire.- Producto del almacenamiento del combustible también se generarán emisiones gaseosas conocidas como fugitivas, para lo cual se instalarán en los tanques de almacenamiento, los respectivos tubos de venteo.
4.6 Abandono
Previo al cierre y abandono de la E/S Internacional Yaguarcocha, se ejecutará una Auditoría Ambiental de Abandono, con el fin de determinar el Plan de Acción a seguir para el levantamiento de No Conformidades y/o Pasivos ambientales y sociales que pudieron haber derivado de la operación de la E/S.
5.
GESTIÓN AMBIENTAL DURANTE LA OPERACIÓN
Al tratarse de un Estudio Expost, se ejecutaron actividades que permiten definir el cumplimiento de lo estipulado en la normativa ambiental, a través del levantamiento de conformidades o no conformidades, aplicando la metodología marco, dispuesta en el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS).
NO CONFORMIDAD MAYOR (NC+): Implica una falta grave frente al Plan de Manejo Ambiental y/o leyes aplicables. Una calificación de NC+ puede ser aplicada también cuando se produzcan repeticiones periódicas de no conformidades menores. Los criterios de calificación son los siguientes:
Corrección o remediación de carácter difícil
Corrección o remediación que requiere mayor tiempo y recursos humanos y económicos
Evento de magnitud moderada a grande
Accidentes potenciales que pueden ser fatales o graves
Despreocupación evidente, falta de recursos o negligencia en la corrección de un problema menor.
NO CONFORMIDAD MENOR (nc-): Implica una falta leve frente al Plan de Manejo Ambiental y/o leyes ambientales aplicables, dentro de los siguientes criterios:
Fácil corrección o remediación
Rápida corrección o remediación
Bajo costo de corrección o remediación
Evento de pequeña magnitud, de extensión puntual, poco riesgo e impactos directos y/o indirectos menores.
En la siguiente Matriz se verifica el cumplimiento de las actividades de comercialización de combustible durante la operación de la E/S; Planes de acción, Licencias Ambientales y Normativa Ambiental aplicable.
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión PLAN DE MANEJO AMBIENTAL – Legislación Ambiental
Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS) Libro VI De la Calidad Ambiental.
Art. 81. Reporte Anual. Es deber del regulado reportar ante la entidad de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos correspondientes a sus
descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a los establecido en su PMA aprobado. X
No se encuentran evidencias, por el antecedente de incautación, de la ejecución de los monitoreos de descargas correspondientes a los años anteriores.
Art. 83. Plan de Manejo y Auditoría ambiental de cumplimiento.- El regulado deberá contar con un plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y realizará sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental acorde a lo establecido en el Libro Vi de la Calidad Ambiental.
X
No se encuentra evidencia de la existencia de un Plan de manejo Ambiental, por lo que se propone el presente documento como herramienta de gestión de la E/S Internacional Yaguarcocha.
Acuerdo Nº 026. Procedimientos para: registro de generadores de desechos peligrosos, Gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para
el transporte de materiales peligrosos. X
ANEXO Nº 1: Registro de Generador de Desechos Peligrosos.
Toda persona natural o jurídica, pública o privada que genere desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente de acuerdo al procedimiento de
registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A. X
ANEXO Nº 1: Registro de Generador de Desechos Peligrosos.
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
LEGISLACIÓN AMBIENTAL
REGLAMENTO AMBIENTAL PARA OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR
Art. 11. Informe Ambiental anual.- Los sujetos de control, deberán presentar hasta el 31 de enero de cada año el informe anual de las actividades ambientales cumplidas en el año inmediato anterior. Este informe deberá describir y evaluar las actividades ambientales presupuestadas que han sido ejecutadas, en relación con las que consten en el programa anual de actividades.
X
No se encuentran evidencias, por el antecedente de incautación, de la ejecución de los informes ambientales anuales.
Art. 12. Monitoreo Ambiental Interno.- Los sujetos de control deberán realizar el monitoreo ambiental interno de sus emisiones a la atmósfera, descargas líquidas y sólidas así como
de la remediación de suelos y/o piscinas contaminadas. X
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
Art. 13. Presentación de Estudios Ambientales.- Los sujetos de control presentarán previo al inicio de cualquier proyecto los Estudios Ambientales de la fase correspondiente de las operaciones al MAE, para su análisis, aprobación y seguimiento.
Se presenta el Estudio de Impacto Ambiental Expost y PMA para la fase de operación de la E/S Internacional Yaguarcocha.
Art. 14. Control y Seguimiento.- El MAE, será la entidad responsable de efectuar el control y seguimiento de las operaciones hidrocarburíferas en todas sus fases.
El Ministerio del Ambiente ha solicitado la regularización ambiental para la E/S Internacional Yaguarcocha.
Art. 16. Monitoreo de programas de remediación.- Se deberá presentar al MAE los aspectos técnicos de monitoreo y control de programas y proyectos de remediación ambiental.
No existe evidencia de contingencias que exijan o hayan exigido la presentación de proyectos de remediación.
Art. 20. Manejo de aspectos socio-ambientales.- Los sujetos de control contarán con personal profesional capacitado para el manejo de aspectos socio-ambientales.
La Comercializadora, contrata a Consultoras calificadas para el manejo de los aspectos socio-ambientales.
Art. 24. Manejo de Productos químicos y sustitución de químicos convencionales: a) Instruir y capacitar al personal sobre el manejo de productos químicos, sus potenciales efectos ambientales, así como señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a las normas de seguridad industrial.
X No existe evidencia de ejecución de capacitación al personal de la E/S sobre el manejo de productos químicos.
b) Los sitios de almacenamiento de productos químicos serán ubicados en áreas no inundables y cumplirán con los requerimientos específicos de almacenamiento para cada
clase de productos. X
Las áreas de almacenamiento cumplen con los requerimientos específicos. Registro fotográfico.
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
Tanques con válvulas de seguridad y colores de identificación
c) Para el transporte, almacenamiento y manejo de productos químicos peligrosos, se cumplirá con las respectivas normas vigentes en el país y se manejarán adecuadamente
las hojas de seguridad entregada por los fabricantes. X
Se atienden las normas de acuerdo a las hojas de seguridad de los productos manejados. Registro fotográfico anterior. Art. 25. Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles.- a) Instruir y capacitar al
personal sobre el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos ambientales así como las señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de seguridad industrial.
X No existe evidencia de ejecución de capacitación al personal de la E/S sobre el manejo de productos químicos.
b) Los tanques para combustibles se regirán para su construcción con la Norma API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142c o equivalentes, donde sean aplicables; deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante material impermeable para evitar filtraciones y contaminación al ambiente y rodeados por un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor.
X
Se han atendido las normas para construcción de tanques de almacenamiento de combustibles.
Registro fotográfico:
c) Los tanques para combustible deben cumplir con las especificaciones técnicas de
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
de combustible. almacenamiento de combustibles. Ver
registro fotográfico anterior. f) Los sitios de almacenamiento de combustibles serán ubicados en áreas no inundables y
bajo las condiciones de seguridad industrial establecidas reglamentariamente en cuanto a
capacidad. X
Se han atendido las normas para construcción de tanques de almacenamiento de combustibles. Ver registro fotográfico.
Art. 26.- Seguridad e higiene industrial.- Es responsabilidad de los sujetos de control el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales de seguridad e higiene industrial, aún si las actividades se ejecutan mediante relación contractual con terceros. Toda instalación dispondrá de personal capacitado para seguridad industrial y salud ocupacional, así como de programas de capacitación a todo el personal de la empresa, de acuerdo con las funciones que desempeña.
X No existe evidencia de ejecución de capacitación al personal de la E/S sobre normas de seguridad e higiene industrial.
Art. 27. Operación y mantenimiento de equipos e instalaciones.- Se deberá disponer de equipos y materiales para el control de derrames.
Registro Fotográfico:
Se dispone de arena para el control de derrames.
Así como equipos contra incendios
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
Realizar periódicamente los respectivos entrenamientos y simulacros No existe registro de entrenamientos y simulacros. Se propone en el Plan de Manejo Ambiental.
Art. 28.- Manejo de desechos en general. Los Planes de manejo deberán incorporar políticas y prácticas para la reducción en la fuente de cada una de las categorías de desechos.
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
Clasificación: Los desechos serán clasificados, tratados, reciclados o reutilizados y dispuestos de acuerdo a lo dispuesto en el PMA y normas ambientales.
Registro fotográfico:
Se ha dispuesto recipientes para segregación de desechos y estación de depósito temporal.
Disposición: Se prohíbe la disposición no controlada de cualquier tipo de desechos. Registro fotográfico: Ver registro anterior Registros y documentación: Se llevarán registros sobre la clasificación de desechos,
volúmenes y/o cantidades generados y la forma de tratamiento y/o disposición para cada clase de desechos.
No se cuenta con registros de gestión de desechos, se propone en el Plan de Manejo presentado
Art. 29. Manejo y tratamiento de descargas líquidas. Se deberá contar con un sistema segregado de drenaje, de forma que se realice un tratamiento específico por separado de aguas lluvia y de escorrentías, aguas negras y grises y efluentes residuales para garantizar su adecuad disposición.
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
Sistemas de recolección de aguas lluvia y tratamiento de aguas hidrocarburadas Se deberá disponer de separadores de agua y aceite o separadores API ubicados
estratégicamente y piscinas de recolección, para contener y tratar cualquier derrame así como para tratar las aguas contaminadas.
Registro fotográfico: Vero fotografías anteriores.
Todo efluente líquido que deba ser descargado al entorno deberá cumplir, antes de la
descarga con los límites permisibles establecidos en la Tabla Nº 4 del Anexo 2 del RAOHE X
No existen registros de monitoreo de descargas. Se propone cronograma en el Plan de Manejo.
Art. 30. Manejo y tratamiento de emisiones a la atmósfera. Se deberá controlar y monitorear las emisiones a la atmósfera que se emiten en generadores, en función de la frecuencia de acuerdo a los valores de la Tabla Nº 3 del Anexo 2 del RAOHE.
El uso del generador no cumple el mínimo de horas de operación requerido para ejecutar el monitoreo.
Art. 31. Manejo y tratamiento de Desechos sólidos. Las instalaciones deben ser mantenidas libres de desechos sólidos. En el PMA se presentará el sistema de clasificación, tratamiento y disposición final de los desechos.
Registro fotográfico: Las áreas se mantienen limpias y se ejecuta un cronograma de mantenimiento.
Actividad NC+ nc- C. Evidencia de gestión
grasa. Ver fotografías anteriores. Los establecimientos deberán llevar un registro mensual de los volúmenes de
combustibles, grasas, aceites recuperados y su disposición final No se dispone de la herramienta. Se plantea en el Plan de Manejo. Art. 78. Normas de Seguridad. A) Está prohibido el suministro de combustibles a los
vehículos de servicio público que estén ocupados por pasajeros y a vehículos con el motor encendido.
Registro fotográfico: Se ha dispuesto señalización en cada isla de las prohibiciones
b) La carga y descarga de tanqueros se realizará de tal manera que no obstaculice el
tráfico vehicular y peatonal. Registro fotográfico
c) No está permitido fumar ni hacer fuego, ni arrojar desperdicios y deberá contarse con la
señalización correspondiente. Se ha dispuesto la respectiva señalización. Registro fotográfico
d) las tuberías de despacho y ventilación estarán instaladas de manera que queden protegidas contra desperdicios y accidentes.
Registro fotográfico:
f) Los surtidores deberán estar ubicados de tal modo que permitan el fácil acceso y la rápida evacuación en casos de emergencia.
6. LÍNEA BASE AMBIENTAL
6.1. Medio Físico
6.1.1 GEOLOGÍA
a) Geología Regional.
Los Andes han creado tres zonas geológicas y geomorfológicas bien diferenciadas:
Las planicies de la Costa al Oeste;
El área central montañosa o Sierra (Andes propiamente dicho) y
Las zonas bajas del Este – Oriente o cuenca Oriental.
La Sierra está limitada al Oeste por una zona de sutura (Falla Jubones) y al Este por el cinturón de fallas y pliegues de tras-arco de la Provincia Oriental. La Sierra corre a lo largo del país, pero tiene solamente 150 km. de ancho. Se diferencian tres zonas Geológicas-Geomorfológicas: La Cordillera Occidental – El Valle Interandino y la Cordillera Real. (Ver Figura Nº 1).
La Cordillera Real está limitada al Oeste por el Valle Interandino y al Este por la zona subandina. La cordillera está formada por rocas metamórficas del Paleozoico (incluso más antiguas), que probablemente se formaron durante un evento de orogenia Caledoniana (Baldock, 1982). Las rocas presentes en la región contienen una gruesa secuencia de esquistos cloríticos. La región está esporádicamente cubierta por rocas volcánicas cuaternarias (lavas) y sedimentos (cangahua) los cuales son a menudo discordantes con las rocas metamórficas subyacentes.
La región costera del Ecuador geográficamente comprende toda el área al oeste de los Andes. Esta región incluye formaciones volcánicas, volcano-sedimentarias y sedimentarias, de edad Cretácico-Eoceno, sobre las que se han depositado las formaciones neógenas de ante-arco.
La Sierra Ecuatoriana se extiende por los Andes que atraviezan al Ecuador de Norte a Sur y se caracteriza por sus majestuosas elevaciones montañosas, volcanes y nevados, entre los que destacan el Cayambe, Cotopaxi, Antisana, tungurahua, Altar y el Chimborazo; en la parte norte se encuentran elevaciones como el Imbabura, el Cotacachi y el Fuya – Fuya.
Entre las cordilleras Oriental y Occidental, se encuentra una depresión que coresponde al Callejón Interandino, en el que se fueron depositando sedimentos, producto de la erosión de las dos cadenas montañosas y el material volcánico.
Figura Nº1: Esquema geológico del Ecuador (Tomado de Baldock, 1982).
b) Estratigrafía.- Identificación de las Formaciones Geológicas del área
6.1.2 GEOMORFOLOGÍA
El área se implanta dentro del paisaje geomorfológico de los Valles Interandinos; sin embargo, la geomorfología original ha sido modificada por la evolución urbana de Ibarra. La Estación se encuentra dentro de la parroquia Priorato, por lo que las condiciones naturales han sido drásticamente modificadas, por lo que no se evidencia la forma topográfica original.
6.1.3 HIDROLOGÍA
En el área de influencia de la E/S Internacional Yaguarcocha no se encuentran cuerpos de agua superficiales. El sitio pertenece a la Cuenca del Río Mira, Subcuenca del Río Mira y Microcuenca de Drenajes Menores del Río Mira. Ver mapa de microcuencas.
6.1.4 CLIMA
El callejón interandino se caracteriza por una alternabilidad en el Clima, evidenciándose una época lluviosa y una época seca (que varían de acuerdo a la latitud); de manera general la época seca corresponde a los meses de Junio a Octubre y los lluviosos de Enero a Mayo.
En Ibarra se evidencia un clima temperado; según la Estación Meteorológica Ibarra la temperatura oscila entre los 6,7 ºC (mínima) y 33,8º (máxima), con una temperatura media mensual de 17,9 ºC.
Gráfico Nº . Distribución de isotermas
6.1.5 PAISAJE
Al realizar una calificación arbitraria de la calidad visual del paisaje; se puede establecer que se encuentran características geomorfológicas, hidrográficas, ecológicas y antrópicas que potencian la calidad del paisaje; sin embargo al tratarse de un área urbana, las condiciones del paisaje han sido drásticamente modificadas, en cuanto a la calidad visual del área.
En el sector domina la infraestructura urbana, implantada sin atender un diseño arquitectónico determinado; infraestructura civil (viviendas, calles y vías) son las presentes en el área.
En el siguiente resumen fotográfico se muestran las condiciones actuales del paisaje en el área de influencia de la E/S Internacional Yaguarcocha.
6.1.6 RIESGOS FÍSICOS
a. Sismicidad
amenaza para los habitantes del Ecuador, de tal modo que la coexistencia con la actividad sísmica ha pasado a ser parte de la cultura ecuatoriana. (A.F. Espinosa et. al).
En el área de interés se observan sismos de magnitud inferior a 4º, sin embargo existen dos fuentes sismo-genéticas importantes: La primera es la falla Nanegalito, que se ubica dentro de la Cordillera Occidental y la segunda es la falla Apuela, de la cual no se conocen eventos de magnitud fuerte asociados. Ver figura Nº…
Figura Nº… Sismicidad y ambiente tectónico en el Ecuador. Nótese la ausencia de sismos mayores a 4.0º en el área de interés
El área de estudio, en base a los datos históricos del Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional, no presenta riesgos mayores en relación a eventos sísmicos. Según los últimos reportes, en el área no han ocurrido sismos y los más cercanos han sido menores a 4,0º, a pesar de encontrarse en una Zona de Muy Alta Intensidad Sísmica, como se observa en el mapa de riesgos físicos.
b. Vulcanografía
La ubicación de los volcanes del frente volcánico está relacionada en primer lugar con la profundidad de la zona de subducción y por lo tanto de la génesis de los magmas; y en segundo lugar por las estructuras crustales, particularmente la presencia de fallas y fracturas que intersecan la cordillera en forma diagonal (e.g. NW-SE). Sin embargo, vale destacar que en muchos casos no se ven volcanes donde los lineamientos principales intersecan la fila volcánica, sugiriendo que el principal factor que controla la ubicación de los centros de emisión es la profundidad de la zona de Benioff.
En cuanto a la petrografía y geoquímica de los productos volcánicos, se debe destacar una evolución desde un volcán basal eminentemente lávico, constituido por andesitas de dos piroxenos hasta un edificio caracterizado por la formación de domos, un dinamismo más explosivo y una composición dacítica con hornblenda. Ejemplos de esta evolución se pueden apreciar en el Pichincha, Atacazo, Illiniza y Cotacachi.
En cuanto a la edad del volcanismo en esta Cordillera, los datos son escasos. En base a las dataciones dadas por Barberi et al., (1988) se puede estimar que la base de los estratovolcanes como el Pichincha datan de 1.5 Ma aproximadamente. De todos los centros volcánicos, solo el Guagua Pichincha y el Quilotoa han tenido erupciones en tiempos históricos (a partir de 1532 AD), sin embargo, las dataciones por 14C indican claramente que el Quilotoa, Ninahuilca, Pululagua, Cuicocha y Cerro Negro han tenido erupciones de magnitud en el transcurso de los últimos tres mil años. (Instituto Geofísico de la EPN, 2012).
En cuanto a los otros centros de emisión, su actividad se extendió hasta la última glaciación (entre 50.000 años y 5.000 años antes del presente). Se considera que los volcanes activos de este alineamiento son peligrosos, puesto que sus erupciones tienden a ser muy explosivas, caracterizadas por el crecimiento de domos, la generación de flujos piroclásticos, grandes caídas de ceniza, y la generación de lahares. Afortunadamente la tasa de recurrencia se mide en cientos a miles de años. Solamente el volcán Imbabura muestra evidencia de actividad eruptiva en el Holoceno, si bien depósitos de erupciones del Pleistoceno tardío también pueden ser encontrados en el complejo Mojanda-Fuya Fuya. Ver mapa de riesgos físicos e imagen Nº 6.
Según el mapa de riesgos volcánicos, en el área de la E/S Yaguarcocha, pueden confluir flujos piroclásticos y lava proveniente del volcán Imbabura. Ver mapa de riesgos Físicos.
a. Inundaciones
6.2 Medio Biótico
6.2.1 ECOSISTEMAS PRESENTES
Los diferentes autores, basados en criterios climáticos y biológicos, especialmente en virtud de las formaciones vegetales, clasifican al área de diferente manera:
Cabrera identifica a la zona en un sector de Transición entre la Provincia del Chocó con la de Estribaciones Andinas. Según Albuja et. al., (1980) el área pertenece al Piso Zoogeográfico Temperado o de los Valles Interandinos y que se ubica a lo largo de la Cordillera de los Andes, formado por grandes explanadas, con amplios valles y hoyas separadas por nudos. El piso comprende alturas que oscilan entre los 1.800 y 3.000msnm, con valles húmedos y secos, cuya temperatura varía de acuerdo a la altitud y otros factores locales. El clima es temperado, con períodos de verano (entre julio y noviembre) y períodos de lluvias (enero a mayo)
En lo que respecta al sistema de Zonas de Vida de Holdridge el cual se fundamenta en datos bioclimáticos principalmente como la biotemperatura y precipitación anual (Cañadas Cruz, 1983), esta área se localiza dentro de la zona de Vida de Bosque Húmedo Temperado (Montano Bajo).
6.2.2 FLORA
Como se ha mencionado, en el área de interés, no se encuentra ningún remanente de la vegetación original y como es obvio, en el área de influencia directa, solamente se encuentran unas pocas plantas ornamentales sembradas en el área de la E/S Yaguarcocha.
En las áreas aledañas, se encuentran algunas especies plantadas en los parterres de las avenidas, árboles ornamentales y forestales plantados en las áreas verdes o en programas de reforestación del Municipio de Ibarra.
En las viviendas de la Parroquia La Dolorosa de Priorato, se encuentran algunos árboles frutales de aguacate, cítricos y arbustos de higo dispersos por la zona, así como árboles dispersos de algarrobo y ecucalipto.
Por estas condiciones no se puede realizar ningún análisis cualitativo de la flora del área de influencia de la E/S Yaguarcocha.
6.2.3 FAUNA
El área de la E/S no se evidencia áreas de refugio de mastofauna silvestre, pues la vegetación nativa ha sido totalmente extirpada; solamente se observan plantaciones y árboles dispersos donde se encuentran algunas aves generalistas, adaptadas a las condiciones urbanas del área.
Las especies registradas durante los recorridos por el área son:
CLASE ÓRDEN FAMILIA Especie Nombre común
AVES COLUMBIFORMES COLUMBIDAE Zenaida auriculata Tórtola Columba livia Paloma común PASSERIFORMES EMBERIZIDAE Zonotrichia capensis Gorrión
TYRANNIDAE Pyrocephalus rubinus Pájaro rojo - bermellón TURDIDAE Turdus fuscater Mirlo
HIRUNDINIDAE Notiochelidon cyanoleuca Golondrina azuliblanca
No se encuentran mamíferos nativos, pero si se reporta la presencia de mamíferos introducidos, como ratas y ratones y animales domésticos como: perros, gatos, cerdos, caballos y vacas.
5.2.3 ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS Y CULTURALES
DE LA POBLACIÓN QUE HABITA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA
a. Situación político – administrativa.
La Estación de Servicios “Internacional Yaguarcocha” se ubica en la Provincia de Imbabura, Cantón Ibarra, a las afueras del casco urbano de Ibarra, dentro de la parroquia urbana La Dolorosa del Priorato, cerca de la laguna de Yaguarcocha.
La ciudad de Ibarra pertenece administrativamente a la Provincia de Imbabura y se localiza a 125 kilómetros de Quito.
El cantón Ibarra está integrado su cabecera cantonal San Miguel de Ibarra y por trece parroquias: seis parroquias urbanas y siete rurales. El área urbana se encuentra formada por barrios (alrededor de 400). La Parroquia la Dolorosa del Priorato se ha integrado por los barrios: Ciudadela Universitaria, La Aduana, Yaguarcocha – El Arcángel, Pueblo Viejo, Yaguarcocha – El Ingreso, Catacumbas, Priorato – La Esperanza, Huertos Familiares, Miraflores, Barrio España.
b. Datos Demográficos
b.1 Contexto Provincial - Provincia de Imbabura
La capital de la Provincia es Ibarra y se encuentra constituida por los cantones: Cotacachi, Otavalo, Antonio Ante, Pimampiro y Urcuquí. Aparte de sus lagos, la provincia tiene muchos otros puntos de interés, por ejemplo los volcanes Imbabura y Cotacachi. La provincia también es conocida por sus contrastes poblacionales es así que la población está marcada por diferentes factores demográficos, además desde siempre ha sido núcleo de artesanías y cultura.
Según datos del último censo de población y vivienda (INEC 2010), en la Provincia de Imbabura, habitan 398.244 personas; de las cuales 204.580 son mujeres y 193.664 son hombres, tal como se resume en la siguiente tabla Nº 4.25.
Grupos de edad Sexo Total
Hombre Mujer Menor de 1 año 3.413 3.278 6.691
De 1 a 4 años 16.415 15.890 32.305 De 5 a 9 años 21.961 21.685 43.646 De 10 a 14 años 22.506 21.820 44.326 De 15 a 19 años 20.191 19.649 39.840 De 20 a 24 años 16.878 17.640 34.518 De 25 a 29 años 14.633 16.087 30.720 De 30 a 34 años 12.516 14.143 26.659 De 35 a 39 años 11.288 13.017 24.305 De 40 a 44 años 10.255 11.577 21.832 De 45 a 49 años 9.279 10.612 19.891 De 50 a 54 años 7.345 8.133 15.478 De 55 a 59 años 6.489 7.288 13.777 De 60 a 64 años 5.691 6.338 12.029 De 65 a 69 años 4.924 5.642 10.566 De 70 a 74 años 3.765 4.344 8.109 De 75 a 79 años 2.824 3.233 6.057 De 80 a 84 años 1.896 2.284 4.180 De 85 a 89 años 951 1.207 2.158 De 90 a 94 años 327 522 849 De 95 a 99 años 100 170 270 De 100 años y más 17 21 38
Total 193.664 204.580 398.244
Tabla Nº 4.25. Población de la Provincia de Imbabura por grupos quienales de edad y sexo.
Fuente: Censo de Población – INEC 2010
Grupos de edad Hombres Mujeres Total De 10 a 14 años 22.506 21.820 44.326
De 5 a 9 años 21.961 21.685 43.646 De 15 a 19 años 20.191 19.649 39.840 De 20 a 24 años 16.878 17.640 34.518 De 1 a 4 años 16.415 15.890 32.305 De 25 a 29 años 14.633 16.087 30.720 De 30 a 34 años 12.516 14.143 26.659 De 35 a 39 años 11.288 13.017 24.305
Total 193.664 204.580 398.244
En la siguiente pirámide poblacional se muestra la relación de la población por género y grupos quienales de edad.