IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO
OBJETIVO
PRESENTAR LAS DISPOSICIONES GENERALES Y
ESPECIALES DEL RÉGIMEN DEL IMPUESTO A LAS VENTAS QUE DEBERAN APLICARSE POR LOS RESPONSABLES
ESTATUTO TRIBUTARIO
• Título preliminar
• LIBRO PRIMERO
– Impuesto sobre la renta y complementarios
• LIBRO SEGUNDO
– Retención en la fuente
• LIBRO TERCERO
– Impuesto sobre las ventas
• LIBRO CUARTO
– Impuesto de timbre nacional
• LIBRO QUINTO
– Procedimiento tributario, sanciones
• LIBRO SEXTO
ESTATUTO TRIBUTARIO
•
Título preliminar
–
Obligación tributaria SUSTANCIAL:
• Origen : Al realizarse el Presupuesto previstos en la Ley - generador del impuesto
ELEMENTOS DE LA OBLIGACION SUSTANCIAL
– SUJETO ACTIVO
– SUJETO PASIVO
• SUJETO PASIVO ECONÓMICO
• SUJETO PASIVO DE DERECHO RESPONSABLE
– HECHO GENERADOR:
• NACE LA OBLIGACIÓN SUSTANCIAL
– BASE GRAVABLE: MAGNITUD DEL HECHO GENERADOR
– TARIFA: (%)
Acreedor Deudor
¿Qué es el IVA ?
De causación instantánea IMPUESTO De naturaleza real De orden nacional Recae sobre el consumo de bienes y servicios¿Qué es el IVA ?
PLURIFASICO
IVA
¿EL IMPUESTO A LAS VENTAS
ES UN IMPUESTO DIRECTO O
INDIRECTO ?
III. ELEMENTOS SUSTANTIVOS
DEL IVA
-
Hecho generador
-
Causación
- Responsables
- Base gravable
- Tarifa
HECHO GENERADOR EN EL IVA
• La venta de bienes corporales muebles que no haya sido excluida expresamente
• Venta o cesión de derechos (intangibles) vinculados a propiedad industrial. • La prestación de los servicios en el territorio nacional “o desde el exterior” • La importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos
expresamente
• La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar con excepción de las loterías, juegos de suerte y azar operados exclusivamente por
..
BIENES EN EL IVA
MUEBLES MOVIBLES GRAVADOS EXENTOS EXCLUIDOS INMUEBLES MOVIBLES O FIJOS INTANGIBLES MOVIBLES O FIJOS NO SUJETOSAL GRAVAMEN, excepto P.I.
MUEBLES FIJOS BIENES CORPORALES BIENES INCORPORALES (Art. 420 E.T.)
HECHO GENERADOR
QUE SE ENTIENDE POR VENTA ??
–
Constituye venta todo acto que implique la
transferencia del dominio o de la propiedad de
un bien.
–
Excepto: Directorios telefónicos gratuitos
GRATUITA U
HECHO GENERADOR
EN LA VENTA DE BIENES
– Constituye transferencia de dominio o de la propiedad de un bien cuando:
DERECHO DE USO DERECHO DE TRANSFERENCIA
BIENES EN EL IVA
TAMBIEN CONSTITUYEN VENTAS
– Los retiros de bienes corporales muebles hechos por el responsable para:
Su Uso
Formar parte de los activos fijos
BIENES EN EL IVA
Bienes Corporales Muebles Movibles RECUERDA: NO GENERAN IVA NO SE CONSIDERAN VENTAS OTROS RETIROS DE B.C.M.M. SINIESTROS PERDIDAS INCENDIOROBOS AVERIAS VENCIMIENTO
.
BIENES EN EL IVA
MUEBLES MOVIBLES GRAVADOS EXENTOS EXCLUIDOS BIENES CORPORALES (Art. 420 E.T.)BIENES CORPORALES MUEBLES
MOVIBLES
Los bienes que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios:
- GRAVADOS
- EXENTOS
- EXCLUIDOS
Los AERODINOS así sean ACTIVOS FIJOS, tendrán el tratamiento de gravados
BIENES CORPORALES MUEBLES
MOVIBLES
Bienes excluidos
Son aquellos bienes corporales muebles que hacen parte del inventario, y por LEY no generan IVA cuando son enajenados: (NO TIENEN TARIFA)
• Bienes agropecuarios de 1ª necesidad,
• Medicamentos
BIENES CORPORALES MUEBLES
MOVIBLES
¡¡ IMPORTANTE !! Bienes excluidos
– QUIEN PRODUCE O COMERCIALIZA UNICAMENTE BIENES EXCLUIDOS NO ES RESPONSABLE DEL IVA
BIENES CORPORALES MUEBLES
MOVIBLES
¿QUÉ ES EL ARANCEL ? AGRUPACION DE BIENES SUJETOS AL COMERCIO MUNDIAL CLASIFICADOS Y ORDENADOS Bienes excluidos - Clasificación arancelariaBIENES CORPORALES MUEBLES
MOVIBLES
ARANCEL DE ADUANAS
Se clasifica y se ordena según los reinos de la naturaleza:
• Animal
• Vegetal
• Mineral
BIENES CORPORALES MUEBLES
Nomenclatura del ARANCEL DE ADUANAS: Consta de:
21 Secciones
96 capítulos
1241 Partidas arancelarias (4 dígitos)
ARANCEL DE ADUANAS
Ejemplo: Caballos para Polo
Capítulo 01 Animales vivos
Partida Aranc. 0101 Caballos, Asnos, Mulos y Burdéganos
Sub partidas (OMC) 010110 Caballos
CAN 01011010 Para carreras
CAN 01011019 Las demás
Colombia 0101101910 Caballos para Polos
Bienes excluidos del IVA
BIENES CORPORALES MUEBLES
Bienes exentos del IVA
Son aquellos bienes corporales muebles que hacen parte del inventario, que por Ley están gravados por su uso o
BIENES CORPORALES MUEBLES
Bienes exentos por su uso
BIENES CORPORALES MUEBLES
(Art. 479, 481 E.T.)
Bienes exentos por su DESTINACION
TODOS LOS BIENES QUE SE EXPORTEN
TODOS LOS BIENES QUE SE VENDAN A Soc. de Comercialización Internacional, SIEMPRE QUE SE EXPORTEN
Bienes gravados
Son aquellos bienes corporales muebles que hacen parte del inventario, y generan IVA cuando son enajenados por el
LOS QUE NO ESTAN COMO:
-EXCLUIDOS
-EXENTOS
CUÁLES SON LOS BIENES
GRAVADOS ?
BIENES CORPORALES MUEBLES
¿Que diferencia existe entre bienes
excluidos y bienes exentos ?
HECHO GENERADOR EN EL IVA
La prestación de servicios en el territorio
nacional
HECHO GENERADOR EN EL IVA
Artículo 1 del decreto 1392 de 1992 Servicios:
“Toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona natural
o jurídica, o soc. de hecho, sin relación laboral con quien contrata la ejecución, que se concreta en una obligación de hacer, sin importar
que en la misma predomine el factor
material o intelectual, y que genera una contraprestación en dinero o en especie en dinero o en especie, independiente de su
HECHO GENERADOR EN EL IVA
SERVICIO QUE
PUEDE SER GRAVADO CON EL IVA
Servicios:
1. PREDOMINA EL HACER QUE EL DAR 2. DEBEN CONCURRIR DOS PARTES 3. NO SE PRESTA EN FORMA GRATUITA
Territorio nacional:
• Espacio terrestre, acuático y aéreo sobre el cual se
aplica el ordenamiento jurídico estatal.
• El suelo, subsuelo, el mar territorial, la plataforma continental, el espacio aéreo, el segmento
geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa.
SERVICIOS EN EL IVA
SERVICIOS GRAVADOS EXENTOS EXCLUIDOS NO SUJETOS AL GRAVAMEN SERVICIOS Y OTROS INGRESOS (Art. 420 E.T.)SERVICIOS EN EL IVA
SERVICIOS
GRAVADOS EXENTOS
Servicios excluidos
Son aquellos que por LEY no generan IVA: (NO TIENEN TARIFA)
¡¡ IMPORTANTE !!
Servicios excluidos
– QUIEN UNICAMENTE PRESTA SERVICIOS EXCLUIDOS NO ES RESPONSABLE DEL IVA
Servicios excluidos del IVA
- Los servicios mencionados en el art. 476 E.T
• Médicos, odontológicos, etc. para la salud humana
• Los servicios de educación prestados
• Transporte de pasajeros terrestre
• Arrendamiento de inmuebles para vivienda
Servicios exentos del IVA
Son aquellos que por LEY están gravados con TARIFA (0) en el IVA, con derecho al reintegro del IVA pagado.
Servicios exentos del IVA
Literal c) Art. 481 E.T.
- EXPORTACION DE SERVICIOS
•Prestados en el país
•Contrato escrito
Servicios exentos del IVA
Literal d) Art. 481 E.T.
- SERVICIOS TURISTICOS
•Prestados a residentes en el exterior
•Originado en paquetes vendidos en el exterior
•Vendedor sea agencia colombiana u hotel inscrito en el Registro Nacional de Turismo
Servicios gravados
Son aquellos que generan IVA cuando son prestados por el responsable del impuesto
LOS QUE NO ESTAN COMO:
-EXCLUIDOS
-EXENTOS
¿CUÁLES SON LOS SERVICIOS
GRAVADOS ?
IVA GENERADO E IVA
DESCONTABLE
COMPRA DE UNA BICICLETA PARA VENDER $ 1.500.000 VENTA DE LA BICICLETA A $ 2.000.000 VALOR AGREGADO $ 500.000 IVA DESCONTABLE $ 285.000 IVA GENERADO $ 380.000 IVA A PAGAR $ 95.000
Ejercicio
.
IVA GENERADO Y DESCONTABLE
VENTA O PRESTACION BIENES GRAVADOS SERVICIOS GRAVADOS IVA GENERADO IVA DESCONTABLE COSTOS O GASTOS EN RENTA DESTINADOS A ADQUISICION BIENES O SERVICIOS GRAVADOS
.
IVA NO DESCONTABLE
-BIENES O SERVICIOS NO GRAVADOS -NO COSTOS O GASTOS EN RENTA
POR ADQ.
BIENES O SERVICIOS GRAVADOS
DESTINADOS A
IVA PAGADO IVA NO
IVA DESCONTABLE Y NO DESCONTABLE
PROVEEDOR PRODUCTOR MINORISTA MAYORISTA CEPILLO DE DIENTES BIEN GRAVADOIVA DESCONTABLE Y NO DESCONTABLE
PROVEEDOR PRODUCTOR MINORISTA MAYORISTA CERDO BIEN EXCLUIDOIVA DESCONTABLE Y NO DESCONTABLE
PROVEEDOR PRODUCTOR MINORISTA MAYORISTA CARNE O LECHE BIEN EXENTOOPERACIONES EN EL IMPUESTO A LAS
VENTAS
VENTAS DEL B. GRAVADOS B. EXCLUIDOS B. EXENTOS PRODUCTOR GRAVADAS EXCLUIDAS EXENTA COMERCIANTE GRAVADAS EXCLUIDAS EXCLUIDA IMPORTADOR GRAVADAS EXCLUIDAS EXCLUIDA A-EN San Andrés EXCLUIDAS EXCLUIDAS EXCLUIDA En el AMAZONA: EXCLUIDAS EXCLUIDAS EXCLUIDAS
Hacia al AMAZONA De un productor
GRAVADAS EXCLUIDAS EXENTA
Hacia al AMAZONA De comerciante
GRAVADAS EXCLUIDAS EXCLUIDAS
EXPORTADOR O ZONA FRANCA
EXENTA EXENTA EXENTA
Con o sin aporte de Materia prima
SERVICIOS INTERMEDIOS DE LA
PRODUCCION
Es la fabricación o elaboración de Bienes Corporales
Muebles realizados por encargo de terceros, incluidos los destinados a convertirse en inmuebles por accesión
TARIFA APLICABLE DEL SERVICIO: LA DEL BIEN FINAL
SERVICIOS INTERMEDIOS DE LA
PRODUCCION
Suponen la obtención del producto final, o constituye una etapa de su fabricación.
SERVICIOS INTERMEDIOS DE LA
PRODUCCION
CUALES SON (entre otros) ?
- SERVICIO DE MAQUILA
OTROS HECHOS GENERADORES
DEL IVA
•
Importación de B.C.M. GRAVADOS
–
Literal c) Art. 420 E.T.
•
La circulación, venta y operación de juegos de
suerte y azar con excepción de las loterías
–
Literal d) Art. 420 E.T
OTROS HECHOS GENERADORES
DEL IVA
CAUSACION EN LA VENTA DE B.C.M.M. PRESTACION DE SERVICIOS EN EL TERRITORIO NAL. CIRCULACION, VENTA Y OPERACIÓN DE JUEGOS DE AZAR FECHA DE EMISION DE LA FACTURA Y A FALTA DE ESTE, EN EL MOMENTO DE ENTREGA DEL BIEN
IMPORTACION DE B.C.M. PRIMERA FECHA /: -FACTURA -TERMINACION DEL S. -PAGO O ABONO EN -CUENTA FECHA DE NACIONALI ZACION MOMENTO DE: PRIMERA APUESTA O EXP. DEL FORMULARIO
BASE GRAVABLE EN LA VENTA DE B.C.M.M. PRESTACION DE SERVICIOS EN EL TERRITORIO NAL. CIRCULACION, VENTA Y OPERACIÓN DE JUEGOS DE AZAR VALOR TOTAL DE LA OPERACION IMPORTACION DE B.C.M. VALOR TOTAL DE LA OPERACION VALOR CIF VALOR DE LA APUESTA O JUEGO
TARIFAS
BIENES
GRAVADOS
TARIFA
GENERAL
19 %
TARIFAS
DIFERENCIALES
5 %
TARIFAS DE IVA VIGENTES
• Bienes y servicios excluidos • 0%: Bienes y servicios exentos
• 1.6%: Servicios de aseo, vigilancia y empleo temporal • 3%: Cervezas y sifones. (IVA)
• 5%: Juegos de suerte y azar.
• 10%: Otros bienes y servicios gravados • 16%: IVA general
• 20%: Servicio de Telefonía Móvil y algunos vehículos • 20%, 25% y 35%: Vehículos
RESPONSABLES DEL IVA
IMPORTANTE !!!!!
Las personas dedicadas exclusivamente a la venta de bienes excluidos y/o prestación de servicios excluidos, no son responsables del
EN LA VENTA DE B.C.M.M.
a) En las ventas: Los comerciantes, cualquiera que sea los ciclos de pcc. y distribución en la que
actúen.
a.a) En la venta de aerodinos, tanto los
comerciantes como los vendedores ocasionales de estos.
EN LA VENTA DE B.C.M.M.
a.b) En la venta de productos derivados del petróleo son responsable: Los productores, importadores
a.c) En la venta de gaseosas, el responsable es el productor o el importador.
a.d) En la venta de cigarrillos y tabaco elaborado, el responsable es el productor o importador
EN LA VENTA DE B.C.M.M.
a.e) En la comercialización a través de intermediarios, son responsables tanto quien realiza la venta como el tercero propietario.
- Por cuenta de tercero y a nombre propio (La comisión)
- Por cuenta y a nombre de terceros (La agencia comercial)
OTROS RESPONSABLES
b) Quienes presten servicios gravados C) Los importadores
D) El que circule, venda y opere juegos de suerte y azar.
E) Los contribuyentes del Régimen Común, por el impuesto causado en la compra de bienes y servicios del 10 %, cuando sean enajenados por personas naturales no comerciantes, no inscritos en el régimen común.(AGRICULTORES Y
CLASIFICACION DE LOS
RESPONSABLES
- Régimen común
Obligaciones del Régimen Común ?
Inscripción en el RUT como del Régimen Común
Recaudar y cancelar el impuesto
Expedir factura o documento equivalente
Expedir el certificado de retención cuando son agentes retenedores del IVA
Presentar declaraciones de ventas y de renta
Informar el cese de actividades
Obligaciones del Régimen Común ?
Informar el NIT y el nombre en membretes de la correspondencia, facturas, etc.(Art. 619 E.T.)
Enviar la información requerida por la DIAN
Conservar por lo menos durante 5 años, las
informaciones y pruebas relacionadas con el IVA.(Art. 632 E.T.)
Cumplir con las normas de contabilidad
Informar en medios magnéticos
CLASIFICACION DE LOS
RESPONSABLES
CLASIFICACION DE LOS
RESPONSABLES
Obligaciones del Régimen Común ?
Solicitar facturas o documento equivalente en compras y gastos con requisitos consagrados en el art.771-2 E.T.
Solicitar a Régimen Simplif. En compras, copia del RUT.
Llevar cuenta auxiliar de VENTAS, COMPRAS y cuenta de mayor IVA POR PAGAR
Operaciones
Gravadas con el IVA:
No aceptación de costos y gastos en
operaciones con el régimen Simplificado o no
inscritos
1. por contratos individuales y superior a 3.500 UVT (Año 2017: $ 111.507.000), cuando no estén inscritos en el
régimen común
2. Operaciones efectuadas con posterioridad cuando los contratos acumulados superen 3.500 UVT
Agricultores, Ganaderos, Arrendadores R.S. El comprador expida doc. equivalente
No aceptación de costos y gastos en
operaciones con el régimen Simplificado o no
inscritos
3. Los realizados con personas naturales, cuando no
conservan copia del RUT donde conste la inscripción en el Régimen Simplificado, teniendo la obligación.
Excepto:
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
PERTENECEN:
•
PERSONAS NATURALES
;
– COMERCIANTES – ARTESANOS – AGRICULTORES – GANADEROS VENDAN BIENES O PRESTEN SERVICIOS GRAVADOSRÉGIMEN SIMPLIFICADO
Condiciones:
Ingresos brutos totales (GRAVADOS) obtenidos en el año anterior inferiores a 3.500 UVT (Año
2016:$104.135.000)
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Condiciones:
No tener explotación de intangibles. Franquicia, concesión, autorización, etc.
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Condiciones:
Las consignaciones bancarias, inversiones financieras, año anterior o en curso hasta de 3.500 UVT( Año 2017: $111.506.000)
No haber celebrado CONTRATOS (por valor individual) en el año anterior ni en el año en curso por valor > a 3.500 UVT (Año 2017: 111.506.000)
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
TRES OBLIGACIONES:
• Inscribirse RUT previamente a la realización de actividades.
• Entregar copia del registro a quien lo solicite.
• Exhibir en lugar público el documento del registro ante la DIAN.
.
Paso del Simplificado al Común
Anualmente, cuando se definen los topes de:
Ingresos
Patrimonio
Contrato individual realizado o consignaciones
En el bimestre siguiente
Incumplió algunos de los requisitos exigidos, excepto del patrimonio bruto.
Previamente a la suscripción de un contrato por cuantía 3.500 UVT (Año 2017: $111.506.000)