RESUMEN EJECUTIVO DE LA
MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
MODALIDAD PARTICULAR
PARA EL PROYECTOCLUB DE PLAYA DEL HOTEL CASA DEL MAR
LOCALIZADO EN
Kilómetro 4 de la Carretera a Chankanab, Isla Cozumel,
Municipio de Cozumel, Quintana Roo
PROMOVIDO POR
PROMOTORA LAS DELICIAS, S.A. DE C.V.
ELABORADO POR
BIOL. LUIS A. GUILLERMO GARCÍA
AGOSTO DE 2016
RESUMEN EJECUTIVO
La promovente, PROMOTORA LAS DELICIAS, S.A. DE C.V., representada por el C. Normando Cruz Aguayo Arceo apoderado legal de la empresa promovente conforme a lo establecido en la escritura pública número 9,011 de fecha 11 de enero del 2002, pretende ejecutar la modificación al proyecto Club de Playa del Hotel Casa del Mar, en la sección sur del predio que se localiza en la zona federal marítimo terrestre en el kilómetro 4 de la carretera a Chankanab, Isla Cozumel, Municipio de Cozumel, Quintana Roo; el predio cuenta con superficie total de 1,884.36 m2, de acuerdo con lo establecido en el título de
concesión DGFZ‐349/13 con fecha 30 de julio de 2013.
El proyecto Club de Playa del Hotel Casa del Mar pretende la sustitución del snack bar del actual club de playa por un área de comensales con una tarima de madera para conformar un área de servicio de alimentos y bebidas con mesas y sillas, un snack bar y una cocina; la sustitución de ocho palapas tipo sombrilla y la pérgola con hamaqueros localizados en la sección sur, por cuatro palapas tipo sombrilla arregladas en media luna frente a las cuales se habilitará una alberca o jacuzzi con capacidad para 20 personas; también el aprovechamiento del espacio que forma la pared del andador y la rampa de acceso sur, para adecuación de un área de vestidores y lockers, y la reconfiguración del área de regaderas. El proyecto de modificación incluye también la construcción de andadores y escaleras, así como la conformación de nuevas jardineras y la mejora de las existentes.
El área que se desea modificar se encuentra operando desde el año 1986 y desde entonces, además del mantenimiento preventivo y correctivo propio de la operación del inmueble, sólo se han realizado trabajos de rehabilitación y reconstrucción derivados del paso del huracán “Wilma”, en el año 2005. Debido a esto, el proyecto ha dejado de ser funcional y la empresa promovente manifiesta la necesidad de mejorarlo.
La superficie que se encuentra autorizada en el título de concesión DGFZ‐349/13 de fecha 30 de julio de 2013, corresponde a 1,212.52 m2, la promovente con el desarrollo del nuevo proyecto requerirá una
superficie de 1306.65 m2, que significa un incremento de superficie de aprovechamiento de 94.13m2.
La porción norte del predio no será modificada, mientras que las modificaciones proyectadas en la porción sur incluyen la construcción de obra civil permanente que ocupara 235.55 m2, de los cuales se
destinaran 56.50 m2 para la cimentación de una alberca o jacuzzi, 37.60 m2 para el firme de una cocina,
81 m2 para la creación de un bar para comensales, 18.20 m2 para una rampa de concreto que funcionara
como andadores, 4.90 m2 para regaderas y 20 m2 para establecer vestidores y locker. De estas obras, la
superficie techada abarca una superficie de 138.6m2 que incluye únicamente a la cocina.
El acceso principal al Club de Playa será por el mismo que el actual: por la Avenida General Rafael E. Melgar, desde donde se puede atravesar a pie una rampa localizada al sur que conducirá a las nuevas instalaciones. El sistema constructivo para el módulo de la cocina se realizará a la manera tradicional, con cimiento de mampostería con piedra de la región, con cadena de concreto, muros de block adquirido en la zona, losa de vigueta y bovedilla, acabado en piso y en muros de loseta para mantener la higiene en la preparación de los alimentos. Frente a la cocina, hacia el mar, se habilitará un área de comensales y un bar, se construirán sobre firme de concreto con cimentación de mampostería; con columnas de madera con cubierta de policarbonato y madera dura. Para la conformación de vestidores se utilizarán muros
divisorios y cubierta de hiles de madera, puertas de madera, y se conservara el piso con arena; se renovarán las regaderas existentes con firme de concreto con muro con loseta. Para complementar el proyecto se instalará una alberca o jacuzzi misma que se construirá con losas y trabes de concreto armado, aunado a lo anterior se mejoraran las áreas verdes existentes.
De acuerdo con Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental, debido a que las modificaciones en la construcción del proyecto Club de Playa del Hotel Casa del Mar se pretende realiza en un predio asentado en un ecosistema costero, de acuerdo con el artículo 28, fracción IX, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), y el artículo 5, inciso Q, y 6 del Reglamento de la LGEEPA en materia de evaluación del impacto ambiental (REIA), se requiere la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para el aprovechamiento del terreno; sin embargo, no es aplicable al proyecto el inciso O del REIA, puesto que, por las condiciones actuales del predio, no será necesario el cambio de uso del suelo de áreas forestales, porque no se llevará a cabo la remoción de vegetación forestal, ni la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables. Derivado de la escala del Programa de Ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Golfo de México y Mar Caribe, no se pudo determinar en que UGA se encuentra inmerso el predio del proyecto, por lo cual se analizó la unidad de gestión ambiental 141 que incluye la delimitación territorial de la Isla Cozumel, en su porción terrestre, así como la unidad de gestión ambiental 178 que involucra la porción marina de la Isla Cozumel, del análisis de estas dos UGA’s se determina que el proyecto pretendido es congruente con lo establecido en este instrumento ambiental.
Con respecto al Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo (POELMC), el predio de interés no se encuentra inmerso en ninguna unidad de gestión ambiental, ya que este instrumento mantiene parámetros municipales y el predio de interés se localiza en la zona federal marítimo terrestre, sin embargo al considerado únicamente como fines prácticos y de referencia, el predio se ubicaría en la unidad de gestión ambiental CP1, con una política ambiental de aprovechamiento, con usos de suelo predominantes para “desarrollo urbano,” y “centro de población”, y usos compatibles “Hotelería/Residencial turístico”, “Comercial”, “Industrial” y “Mantenimiento de Espacio Natural”, del análisis se determina que el proyecto pretendido es congruente con lo establecido en este instrumento ambiental
Con referencia a la Norma Oficial Mexicana NOM‐059‐SEMARNAT‐2010, el predio del proyecto no cuenta con vegetación de importancia que contraponga esta normatividad, al interior del predio no se observó fauna ni flora, salvo palmas cocoteras dispersas (Cocos nucifera) y jardineras con la especie Scaevola taccada.
Tras hacer la compulsa con las áreas naturales protegidas administradas por la Región Península de Yucatán y Caribe Mexicano, se determina que el sitio donde se ejecutará el proyecto Club de Playa del Hotel Casa del Mar, no se encuentra dentro de ninguna Área Natural Protegida.
Dentro del sistema ambiental definido para el análisis del proyecto, de acuerdo con la clasificación climática de Köppen modificada por García, se presenta el subtipo climático cálido húmedo Am(f). Presenta lluvias abundantes en el periodo mayo ‐ octubre. La media anual de su temperatura es mayor a 25 grados centígrados, en los meses de mayo a agosto se presenta la temperatura máxima que oscila
entre 34 y 36 grados centígrados y la mínima se registra de diciembre a enero siendo ésta de 19°C en promedio.
El proyecto forma parte de la subprovincia fisiográfica Carso Yucateco que está formada por una losa calcárea cuya topografía se caracteriza por la presencia de carsticidad, ligera pendiente descendente hacia el oriente y hacia el norte hasta el nivel del mar; con un relieve ondulado en el que se alternan crestas y depresiones. La mayor parte de la Isla de Cozumel se encuentra conformada por suelos de Rendzina con Litosol como suelo secundario y Cambisol cálcico como terciario con clase textura media y fase física lítica con clave E+I+Bc/2/L.
En el sitio del proyecto presenta un coeficiente de escurrimiento de 0 a 5%. En esta zona, no se encuentran escurrimientos superficiales de importancia y los que existen son de régimen transitorio, bajo caudal, muy corto recorrido y desembocan a depresiones topográficas. Debido a las características geológicas de la isla, casi la totalidad del subsuelo forma parte del acuífero, como un único cuerpo de agua que viaja fácilmente debido a la porosidad de dichos estratos. En el sistema ambiental se presenta una sola unidad geohidrológica, denominada Material consolidado con posibilidad alta de funcionar como acuífero.
Con referencia a la vegetación, derivado de las prospecciones de campo realizadas al interior del predio, se constató que en no existe al interior vegetación de importancia, únicamente se manifiestan palmas cocoteras dispersas y jardineras, sin existir vegetación natural al interior del predio.
Derivado del diagnóstico ambiental, se determina que el sistema ambiental definido es, en su porción costera, es una zona urbana, se encuentra regulado por el Programa de Ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Golfo de México y Mar Caribe, por el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Cozumel, así como el Programa de Desarrollo Urbano Cozumel, instrumentos en los que se marcan los lineamientos de uso e intensidad de uso del territorio.
La porción norte del sistema ambiental definido corresponde a áreas urbanas, de asentamientos humanos o sin vegetación aparente, no obstante, en su porción sur se registran secciones con vegetación de selva mediana subperennifolia que soporta poblaciones naturales de fauna silvestre.
Entre los factores del medio, susceptibles de recibir impactos, en orden de importancia, se cuentan el paisaje. De las acciones impactantes que se identificaron para el desarrollo y operación del proyecto Club de Playa del Hotel Casa del Mar, las de mayor valor de importancia, con valores de importancia moderados sin considerar su atenuación con las medidas de mitigación, son la afectación a la calidad del paisaje, por su recurso hídrico derivado del manejo inadecuado de residuos. Los demás impactos ambientales potenciales son irrelevantes en cuanto a su valor de importancia.
La valoración de la importancia de los impactos ambientales potenciales que puede traer la ejecución del proyecto, sin la aplicación de medidas de prevención o mitigación en la etapa de preparación del sitio y construcción son del orden de IAbs = 17, IR =3.4; mientras que en la etapa de operación y mantenimiento
son IAbs = ‐41, IR =‐8.2; mismos que se consideran benéficos para la etapa de construcción y de
importancia media en la etapa de operación. Sin embargo, la promovente pretende la aplicación oportuna de las medidas de mitigación que se indican en el manifiesto, con lo que los valores de importancia absoluta y relativa obtenidos para los impactos ambientales potenciales mitigados son del orden de IAbs = 25, IR = 5.1 en la etapa de preparación del sitio y construcción, mientras que en la etapa
de operación son IAbs = ‐20.6, IR = ‐4.1; es decir, que todos los impactos generados durante el desarrollo
del proyecto se vuelven irrelevantes en cuanto a su valor de importancia. Considerando el valor de importancia estimado para los impactos ambientales potenciales derivados del desarrollo del proyecto Club de Playa del Hotel Casa del Mar, así como la eficiencia de las medidas de prevención y mitigación de impactos ambientales, se estimó el valor de importancia real de los impactos ambientales generados por la aplicación del proyecto, resultan todos en irrelevantes para el ambiente. En suma, el desarrollo del proyecto Club de Playa del Hotel Casa del Mar, en las condiciones de ejecución manifestadas, no implica un deterioro significativo para el ambiente en el área de influencia sobre la cual se pretende realizar, ni provocará alteraciones en los ecosistemas ni en sus recursos naturales. Tampoco afectará la salud de las personas, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, ni restará continuidad a los procesos naturales. Se afirma que el proyecto no contraviene lo establecido en la LGEEPA, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables y no propiciará que una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción, ni afectará a alguna de dichas especies. Biol. Luis Armando Guillermo García Cédula profesional No. 2213115