UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO(A) DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
“EL DERECHO A LA DEFENSA DEL PROCESADO CUANDO SE HAN DISPUESTO MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN JUICIOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”.
AUTOR(A): ARIAS CAMACHO JENNIFER KATHERINE TUTOR(A): DR. CADENA POSSO ALIPIO ABSALÓN. Mgs.
APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
CERTIFICACIÓN:
Quién suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por la señorita Jennifer Katherine Arias Camacho, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema“EL DERECHO A LA DEFENSA DEL PROCESADO CUANDO SE HAN DISPUESTO MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN JUICIOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de Los Ande –UNIANDES-, por lo que apruebe su presentación.
Ibarra, Junio del 2016
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
Yo, Jennifer Katherine Arias Camacho, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.
Ibarra, Junio de 2016
Srta. Jennifer Katherine Arias Camacho C.I. 070455482-3
CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
Yo, Edgar Ramiro Cevallos Egas En calidad de Lector del Proyecto de Titulación
CERTIFICO:
Que el presente trabajo de titulación realizado por la señorita estudiante Jennifer Katherine Arias Camacho sobre el tema: “EL DERECHO A LA DEFENSA DEL PROCESADO CUANDO SE HAN DISPUESTO MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN JUICIOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”, ha sido cuidadosamente revisado por el suscrito, por lo que he podido constatar que cumple con todos los requisitos de fondo y forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, para esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.
Ibarra, Julio de 2016
DERECHOS DE AUTOR
Yo, Jennifer Katherine Arias Camacho, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art.85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El Patrimonio de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las Investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella.
Ibarra, Junio de 2016
Srta. Jennifer Katherine Arias Camacho C.I. 070455482-3
AGRADECIMIENTO
Agradezco a mi asesor el Dr. Alipio Cadena, por la orientación, paciencia y ayuda que me brindó para la realización de esta tesis, así como sus conocimientos y valioso apoyo.
DEDICATORIA
En primer lugar a Dios y la Virgen quienes motivan mi fe a diario, por darme la vida y motivación para la elaboración de esta tesis para obtener mi título profesional y por haber puesto en mi vida a personas que me apoyan constantemente.
Con todo el amor a mis Padres Vicente Arias y Pilar Camacho, por su sacrificio y esfuerzo para brindarme una carrera profesional para mi futuro, por haberme apoyado en todo momento, en especial en este camino de mi carrera profesional, por su manera de educarme con valores, consejos y por estar a mi lado motivándome y dándome fuerzas para seguir adelante, como no agradecerles por el estudio que me han brindado para ser una gran profesional y por su amor absoluto.
A mi hija Christell Guadalupe que es la luz de mi vida, la personita a quien más amo, la que cambio mi vida en un instante, para que se sienta orgullosa de mi y de la misma manera ser un ejemplo a seguir para ella.
A mis hermanos, Israel y Justin, por estar conmigo en todo momento, y para que vean en mi un ejemplo a seguir, los amo mucho.
A mis abuelitos que los tengo cerca y en especial a mis abuelitos que los tengo lejos ya que para ellos seré la primer nieta profesional de la familia como no dedicarles esta tesis si ellos también han sido mi motivación para alcanzar esta nueva etapa en mi vida.
RESUMEN
El tema de investigación trata EL DERECHO A LA DEFENSA DEL PROCESADO CUANDO SE HAN DISPUESTO MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN JUICIOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, el Código Orgánico Integral Penal, indica las diferentes clases de medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar, sin embargo en el mismo cuerpo legal no manifiesta cuando caducan estas medidas de protección y esto hace que se vulnere el derecho a la defensa a favor de la persona procesada, por lo que se inicia el proceso con la protección a la víctima pero no hay un límite de caducidad de estas medidas de protección.
Para desarrollar este estudio se utilizó los métodos de nivel empírico y teórico de conocimiento, el de Observación, Inductivo-Deductivo, Analítico – Sintético e Histórico – Lógico, siguiendo la línea de investigación del área jurídica referente a retos, perspectivas y perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas del Ecuador, sus fundamentos técnicos y doctrinales a las ciencias penales, tendencias y perspectivas, específicamente al derecho a la defensa del procesado cuando se han dispuesto medidas de protección en juicios de violencia intrafamiliar; además se utilizó las técnicas e instrumentos de investigación como la encuesta, entrevistas, cuestionario y guía de entrevistas.
ABSTRACT
The research topic is about THE RIGHT TO DEFENSE OF INDICTED WHEN PROTECTIVE MEASURES HAVE BEEN WILLING IN TRIALS OF DOMESTIC VIOLENCE, Integral Criminal Code indicates the different kinds of protection measures in domestic violence cases, however in the same legal body does not manifest when they expire these protective measures and this makes the right to defense for the accused person is violated, so the process starts with is the protection of the victim but no expiration limit is shown of these protective measures.
For the development of this paper work have been used empirical and theoretical methods of knowledge as the Observation, Inductive-Deductive, Analytical-Synthetic and Historical – Logical, following the research line of the legal area regard to challenges, perspectives and improvement of Legal Sciences of Ecuador, its technical and doctrinal foundations to the criminal sciences, trends and prospects, specifically the right to defense of the accused when protective measures have been provided in trials of domestic violence; it also have been applied techniques and research tools such as survey, interviews, questionnaire and interview guide.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
INTRODUCCIÓN ... 1
Antecedentes de la investigación ... 1
Situación Problémica ... 2
Problema científico ... 3
Objeto de investigación y campo de acción ... 3
Identificación de la línea de investigación ... 3
Objetivo general ... 3
Objetivos específicos ... 3
Idea a defender ... 3
Breve explicación de la metodología a emplear ... 4
Resumen de la estructura de la tesis ... 4
Aporte teórico, significación práctica, novedad científica ... 5
Esquema de contenidos ... 6
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO ... 8
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación ... 8
1.1.1. Antecedentes Históricos de Violencia Intrafamiliar ... 8
1.1.2. Concepto y Características de Violencia Intrafamiliar ... 9
1.1.4. Características que causa el agresor hacia el agredido: ... 13
1.1.5. Características del agredido. ... 14
1.1.6. Clases de Violencia Intrafamiliar ... 14
1.1.7.1. Causas. ... 15
1.1.7.2. Consecuencias. ... 16
1.1.8. Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Policía Judicial ... 16
1.2. Análisis de las distintas posiciones teórica del objeto de investigación ... 18
1.2.1. Medidas de Protección ... 18
1.2.1.1. Definición de medidas de protección ... 18
1.2.1.2. Medidas de Protección frente a violencia intrafamiliar ... 19
1.2.1.3. Características de las Medidas de Protección ... 26
1.2.1.4. Efectos jurídicos de las Medidas de Protección ... 27
1.3. Derecho a la defensa en la legislación ecuatoriana... 28
1.3.1. Derechos de las personas que garantiza la Constitución de la República. .... 28
1.3.2. Definición del derecho a la defensa ... 29
1.3.3. El derecho a la defensa en el actual marco Jurídico del Ecuador ... 30
1.3.4. Convenios Internacionales, introducidos en nuestra legislación Ecuatoriana concerniente al tema... 31
1.4. El derecho a la defensa en legislaciones comparadas ... 36
1.4.1. El derecho a la defensa en la legislación Chilena. ... 36
1.4.2. El derecho a la defensa en la legislación Mexicana. ... 36
1.4.3. El derecho a la defensa en la legislación Peruana ... 37
1.4.4. El derecho a la defensa en la legislación Colombiana ... 38
1.5. Conclusiones parciales del capítulo I ... 39
CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ……….40
2.1.1. Tipo de investigación ... 40
2.1.2. Métodos de investigación ... 40
2.1.3. Método de nivel empírico del conocimiento. ... 41
2.2. Técnicas e instrumentos de investigación ... 42
2.2.1. Técnicas ... 42
2.2.1.1. Encuesta ... 42
2.2.1.2. Entrevistas ... 42
2.2.2. Instrumentos ... 42
2.2.2.1. Cuestionario ... 42
2.2.2.2. Guía de entrevistas ... 42
2.2.2.3. Población y muestra ... 43
2.2.3. Procedimiento en la investigación ... 44
2.2.3.1. Estudio bibliográfico ... 44
2.2.3.2. Diseño de la investigación ... 44
2.2.3.3. Interpretación de los resultados de la encuesta aplicada a las personas que se encuentren en juicios de violencia intrafamiliar. ... 44
2.2.4. Encuesta dirigida a personas que se encuentran en juicios de violencia intrafamiliar. ... 45
2.2.5. Cálculo muestral ... 52
2.2.6. Verificación de la idea a defender ... 52
2.3. Conclusiones parciales del capítulo II ... 52
CAPÍTULO III. MARCO PROPOSITIVO ... 53
3.1. Desarrollo de la propuesta ... 53
3.1.2. Análisis del caso práctico ... 53
3.2. Conclusiones parciales del capítulo III………
…
……58CONCLUSIONES GENERALES ... 59
RECOMENDACIONES GENERALES ... 60
BIBLIOGRAFÍA ... 61
LINKOGRAFÍA ... 64
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1. Muestra ... 43
Tabla 2. Clases De Violencia Intrafamiliar ... 45
Tabla 3. Derecho A La Defensa ... 46
Tabla 4. Derecho A La Defensa ... 47
Tabla 5. Protección Tipificada ... 48
Tabla 6. Límite De Caducidad ... 49
Tabla 7. Medidas De Protección ... 50
ÍNDICE DE FIGURAS
Figura 1. Clases De Violencia Intrafamiliar ... 45
Figura2. Derecho A La Defensa ... 46
Figura 3. Derecho A La Defensa ... 47
Figura 4. Protección Tipificada ... 48
Figura 5. Límite De Caducidad ... 49
Figura 6. Medidas De Protección ... 50
1 INTRODUCCIÓN
Antecedentes de la investigación
El derecho a la defensa viene desde hace mucho tiempo atrás, ya que poco a poco ha ido evolucionando y perfeccionando legalmente en nuestra legislación ecuatoriana, lo cual es importante decir que es un derecho que no puede ser violentado de ninguna manera, por lo que “la historia de esta clase de defensa ha sido hecha con detalle, y se han analizado sus antecedentes en Roma, entre los bárbaros y en el derecho canónico, donde estuvo demasiado restringida por la interpretación cerrada de la exigencia de maderamen inculpara e tutelae” (JIMENEZ DE ASÚA, 1999)
Por otro lado el ilustre tratadista y maestro Dr. Jorge Zavala Baquerizo, dice acerca del derecho a la defensa algo importante lo cual comparto ya que el derecho a la defensa es indispensable en cualquier circunstancia que nos encontremos los seres humanos, por ser este un derecho irrenunciable y vital para el inicio de cualquier proceso judicial y también se verifica que los distintos ordenamientos jurídicos consagran este derecho, por tanto expresa que “el derecho de defensa es el escudo de la libertad, el amparo del honor y la protección de la inocencia” (ZAVALA Baquerizo, 2002)
2
Es una apreciación global y generalizada, que abarca todas las materias, incluyendo la defensa del afectado; bien lo afirma el Diccionario de la Real Academia de la Lengua es la “razón o motivo que se alega en juicio para contradecir o desvirtuar la pretensión del demandante”. Pero en forma estricta este estudio se refiere exclusivamente a la defensa del procesado o acusado, a quien se le estaba imponiendo cargos penales por violación de un precepto penal.
Además relacionando con la violencia es uno de los fenómenos sociales más extendidos en el mundo contemporáneo y su impacto se advierte no solo en situaciones de abierto conflicto, sino incluso en la solución de simples problemas de la vida cotidiana, por lo que se puede afirmar que muchas personas, en alguna etapa de sus vidas, han sido víctimas de esta o, en su defecto, victimarias.
Como ya se vio, la violencia intrafamiliar es un fenómeno que existe desde las civilizaciones más antiguas, cuyos prejuicios e intereses desembocaron en la subcultura del sometimiento de la mujer y los hijos a la voluntad y caprichos del paterfamilias, por tanto, es un fenómeno cultural, es decir, que se ha ejercido por costumbre y tradición, pero que es susceptible de poder modificarse, transformando las estructuras machistas y de desprecio hacia la mujer en una serie de estructuras donde exista la tan anhelada equidad.
Por supuesto, la consecución de dicha equidad habrá de traer consecuencias de distintos órdenes: sociológicas, políticas, legislativas, incluso económicas y hasta sexuales y psicológicas, pero corresponderá a otro estudio determinar éstas así como sus alcances.
Volviendo al tema, es imposible erradicar este mal –la violencia intrafamiliar– de raíz, pero la instrumentación de medidas legales, contundentes y efectivas para disminuir su presencia y efectos, es un buen comienzo. Es necesario, además, crear una cultura de respeto y comprensión hacia la pareja y la familia para derrumbar los mitos y prejuicios de la subcultura machista. Sólo así podremos desterrar la tendencia destructiva que padece el hombre en contra de sí mismo: No cortando, sino aliviando el mal desde su origen.
Situación Problémica
3
demuestra un inicio, que es la protección a la víctima pero no hay un límite de caducidad de estas medidas a favor de los procesados.
Problema científico
¿Cómo favorecer el derecho a la defensa del procesado cuando se han dispuesto medidas de protección en juicios de violencia intrafamiliar, en el cantón Ibarra, Provincia de Imbabura?
Objeto de investigación y campo de acción
Objeto de investigación.- El objeto de investigación es el derecho a la defensa del procesado.
Campo de acción.- La investigación se realiza en materia de violencia intrafamiliar. Identificación de la línea de investigación
Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en Ecuador, sus fundamentos técnicos y doctrinales de las ciencias penales en Ecuador, tendencias y perspectivas.
Objetivo general
Elaborar un anteproyecto de reforma en el Código Orgánico Integral Penal, en el cual regule la caducidad de las medidas de protección para favorecer el derecho a la defensa del procesado en juicios de violencia intrafamiliar.
Objetivos específicos
Fundamentar teóricamente el derecho a la defensa del procesado en juicios de violencia intrafamiliar.
Diagnosticar el estado del derecho a la defensa del procesado en juicios de violencia intrafamiliar.
Diseñar los componentes de la propuesta. Analizar la factibilidad de la propuesta. Idea a defender
4 Breve explicación de la metodología a emplear
La investigación siguió un proceso metodológico basado en el método de nivel empírico del conocimiento y métodos de nivel teórico de conocimiento para la elaboración de las fases investigativas. Se emplearon, también técnicas: encuesta y entrevista para la recopilación de la información. Se empleó la estadística descriptiva para presentar en cuadros, gráficos e interpretaciones los resultados de la investigación. Tomando en cuenta estas apreciaciones se redactaron conclusiones y recomendaciones. Finalmente siguiendo el proceso investigativo se desarrolló un anteproyecto de reforma en el cual regule la caducidad de las medidas de protección para favorecer el derecho a la defensa del procesado en juicios de violencia intrafamiliar.
Resumen de la estructura de la tesis
Los contenidos de cada uno de los capítulos de los que consta esta tesis se pueden detallar de la siguiente manera:
En la parte Introductora del presente trabajo de grado se hace constar lo referente a los antecedentes de la investigación, el planteamiento del problema, formulación del mismo, objetivos de la investigación, el objeto de estudio y campo de acción, la identificación en la línea bajo la cual se va a desarrollar el trabajo investigativo, la justificación explicando la importancia de la temática a tratarse un resumen de la metodología a emplearse, y por último el aporte teórico, significación práctica y novedad.
Capítulo I en él se encuentra la sustentación teórica de varios textos jurídicos, además se incorporó información contenida en codificaciones como: Constitución de la República del Ecuador 2008, Código Orgánico Integral Penal entre otros, que permitieron explicar la importancia de que se agregue un Art. En donde regule la caducidad de las medidas de protección para favorecer el derecho a la defensa del procesado en juicios de violencia intrafamiliar.
Valoración crítica de los conceptos que el investigador considere más fundamentales para la investigación. Finalmente hay un análisis crítico sobre el objeto de investigación que consiste en plasmar el punto de vista del investigador sobre la problemática que se está investigando y las conclusiones parciales del capítulo.
5
del problema, que es la descripción de las características de la problemática a desarrollarse. En esta fase investigativa se detalla además los métodos, técnicas, y instrumento empleados para la consecución de resultados interpretados en gráficos estadísticos y de información sobre la temática, En la segunda parte de este capítulo se presenta el tema de la propuesta es decir consiste en la enunciación que hace el investigador el contenido de sus marco propositivo y las conclusiones parciales del capítulo.
En el capítulo III un análisis de los resultados alcanzados en la investigación, conjuntamente con la validación de los mismos, se incluye también las conclusiones parciales del capítulo.
En la parte final se hace constar las conclusiones generales de la investigación y las recomendaciones a las diferentes instituciones o personas involucradas en el problema investigado.
En el aspecto de formalidad se incluye la bibliografía y los anexos.
Aporte teórico, significación práctica, novedad científica
Aporte Teórico:La falta de claridad en este ámbito ya descrito, crea una inestabilidad dentro del campo operacional y un desacierto con todas las personas que están inmersas en la administración de justicia, ya que en vista del vacío legal existente se da lugar una serie de interpretaciones extensivas, y como es lógico cada quien mira a sus intereses tendiente a hondar más el problema suscitado.
El Código Orgánico Integral Penal establece dentro de sus disposiciones legales las medidas de protección y manifiestos en el artículo 558, acerca de las modalidades o diferentes medidas de protección pero el mismo cuerpo legal no hace referencia alguna acerca de la caducidad de las medidas de protección en violencia intrafamiliar, ya que el hecho de que los procesados cumplan con su sanción, no garantiza de ninguna manera y bajo ningún concepto el derecho a la defensa , ya que se ve que para toda sanción hay caducidad o límite para que se cumpla; es por eso que de esta manera también debe existir una delimitación de tiempo para cumplir estas medidas de protección a favor de los procesados.
6
Significación práctica: La investigación que se va a desarrollar pretende buscar que la autoridad legislativa haga conciencia de que es necesario que se establezcan reformas al Código Orgánico Integral Penal, agregándose una delimitación de la caducidad de las medidas de protección y su afectación en el derecho a la defensa del procesado y en este caso se estaría garantizando un derecho de carácter fundamental, amparado en la Constitución, como el de la libertad, pero no solo este derecho sino también en la de la integridad física y la psicológica de los mismos. No solo en la Constitución si no en normativas jurídicas de carácter internacional como lo es la Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual establece que todas las personas nacemos libres y que este estado jurídico existe un modo de contradicción ya que no se debería violentar el derecho a la defensa del procesado, ya que también es una persona y deben ser validados sus derechos.
Novedad científica: El tema a desarrollarse en la presente investigación es de carácter novedoso, por cuanto es una problemática social de actualidad, en vista de que existe varios casos en los que no existe una caducidad en las medidas de protección en violencia intrafamiliar y es por eso que se violenta el derecho a la defensa del procesado, este trabajo de grado pretende darle a la problemática un enfoque de carácter constitucional por cuanto la autoridad al dictar esta medida, está violentando mandatos jurídicos fundamentales dentro de un marco de legislación interna.
De esta manera, se está ayudando en forma práctica a que los procesados, me refiero a que no se queden al margen de sus derechos, y paralelamente se ayuda a las personas que dentro del diagnóstico antes indicado se encuentran inmersas en esta problemática, ya que los procesados también son seres humanos a los cuales les acoge la Constitución para que no se violenten sus derechos, en especial el derecho a la defensa.
Esquema de contenidos Violencia intrafamiliar
Antecedentes Históricos de Violencia Intrafamiliar Concepto y Características de Violencia Intrafamiliar Clases de Violencia Intrafamiliar
7 Definición de Medidas de Protección
Medidas de Protección frente a violencia intrafamiliar Características de las Medidas de Protección
Efectos jurídicos de las Medidas de Protección Derecho a la defensa en la legislación ecuatoriana
Derechos de las personas que garantiza la Constitución de la República Definición del derecho a la defensa
El derecho a la defensa en el actual marco Jurídico del Ecuador
Convenios Internacionales, introducidos en nuestra legislación Ecuatoriana concerniente al tema
8 CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación 1.1.1. Antecedentes Históricos de Violencia Intrafamiliar
La violencia intrafamiliar ha existido en el transcurso de la historia de la humanidad hasta la actualidad.
“Los mitos griegos, romanos, aztecas, los estilos de recreación utilizados por estas sociedades, estuvieron llenos de agresión, suicidio, asesinatos. La lucha de poder con aprobación familiar ha convertido a sus miembros en agresores y/o agredidos” (ALMENARES Ramirez, 1999).
Desde nuestros antepasados ha venido evolucionando la violencia intrafamiliar desde diferentes puntos de vista, desde tiempos atrás esto era muy común en todas las familias o hogares, por lo que esto incluso era considerado como un tabú, afectando a los miembros del núcleo familiar, sea física, psicológica e incluso sexualmente, de tal manera que este problema se lo ha detectado pero no ha sido posible hasta el día de hoy eliminarla por completo, porque la mayoría de personas que son afectadas tienen miedo a denunciar y con esto no hacer respetar sus derechos.
“Algunos autores buscan el origen de los conflictos subyacentes a la violencia doméstica en las rutinas del hogar adaptadas a una fuerza de trabajo exclusivamente masculina, que ha dejado de monopolizar los ingresos económicos de la familia con la incorporación de la mujer al trabajo, la pobreza y la escasa movilidad social. A lo largo de la historia, el patriarcado, según el movimiento feminista, ha puesto el poder en manos de maridos y padres en cualquier relación conyugal o de pareja” (MONTAS Ramirez, 2008).
9
Lo anteriormente mencionado nos hace recapacitar que la violencia intrafamiliar legada por el pasado y fomentada en la actualidad no se puede remediar en forma rápido sino con un largo proceso el cual conlleva a reunir varios agentes sociales de la sociedad haciéndola controlable y transformable. “Las generaciones futuras tienen derecho a crear un mundo de paz, sin violencia lo que puede ser traducido en salud, bienestar y calidad de vida” (ALMENARES Ramirez, 1999).
Es por eso que en el diario vivir se debe respetar la integridad física, psicológica y sexual de cada ser humano, poniendo en práctica e inculcando los valores y buenos modales. También como parte importante dando ejemplo a hijos que viven dentro del hogar, para así con esto ir mejorando la calidad de vida de las personas y por ende de toda la sociedad.
1.1.2. Concepto y Características de Violencia Intrafamiliar
Concepto de violencia intrafamiliar.
“La violencia intrafamiliar es toda acción u omisión protagonizada por los miembros que conforman el grupo familiar, este puede ser por afinidad, sangre o afiliación y que transforma en agresores las relaciones entre ellos causando daño físico, psicológico, sexual, económico o social a uno o varios de ellos” (SEVILLA Villalta, 2006). Por lo general en la mayoría de los casos de relaciones matrimoniales o de pareja existe violencia sea cualquier motivo para llegar hasta este punto, y no solo se da violencia dentro de la pareja sino también conlleva a la familia que vive en ese hogar, es decir los hijos y demás miembros que convivan dentro de esa morada.
Como resulta usual, recurrimos al maestro Guillermo Cabanellas, para definir este término. El mencionado autor señala que por violencia se entiende aquella “situación o estado contrario a naturaleza, modo o índole”, consiste pues en el “empleo de la fuerza para arrancar el consentimiento”, lo que, se entiende que implica no sólo variar la voluntad, sino también silenciarla, y sigue señalando “coacción para que alguien haga aquello que no quiere o se abstenga de lo que sin ello se querría o podría hacer, (…) todo acto contra justicia y razón, (…) modo compulsivo o brutal para obligar a algo”, entre otros significados. (CABANELLAS G. , 2003, pág. 389)
10
verbos tales como violentar, violar, forzar” (CORSI, 1992). Entonces, señala el mencionado autor, “a partir de esta primera aproximación semántica, podemos decir que la violencia implica siempre el uso de la fuerza para producir un daño. En un sentido amplio, puede hablarse de violencia política, de violencia económica, de violencia social, etc.” (CORSI, 1992). Efectivamente, la violencia siempre traerá de la mano el empleo de la fuerza, la que puede ser física o psicológica, con el fin de causar daño o perjuicios a la víctima y con esto se reduce la buena relación dentro del hogar, afectando los diferentes ámbitos sea dentro o fuera de su domicilio en los que se encuentre la persona involucrada.
Ahora bien, en relación a los diversos sinónimos que se le dan a la violencia familiar, Corsi advierte que “cuando se trata de referirse al problema social caracterizado por las distintas formas que adopta la violencia hacia las mujeres en el contexto de la cultura patriarcal, surgen una serie de términos que aparentemente se superponen y que plantean permanentes dudas en relación a la pertinencia de su aplicación: así, en la literatura especializada coexisten denominaciones tales como violencia de género, violencia doméstica, violencia familiar, violencia intrafamiliar, etc.”(CORSI, 1992).
Por otra orilla no debemos confundir las clases de violencia que existen, hay que tener claro que cada una de ellas es muy diferente, con el fin de que cuando se vaya a presentar alguna denuncia se tenga bien claro la clase de violencia que la persona afectada recibió, y así con esto poder llevar a cabo un buen procedimiento determinando específicamente el motivo de la denuncia.
También, la violencia intrafamiliar constituye un quebrantamiento de derechos humanos, es una contrariedad de salud pública y por tanto es uno de los primordiales obstáculos al desarrollo de las ciudades y los países, que afecta a 7 de cada 10 mujeres. La mayor parte de los hechos violentos tienen como consecuencia lesiones, trastornos mentales y reproductivos, enfermedades de transmisión sexual y otros problemas. Los efectos sobre la salud pueden durar años, y a veces consisten en discapacidades físicas o mentales permanentes, y aún la muerte.
11
que se debe concientizar a estas personas para que eviten esta clase de problemas y así con esto puedan llevar una vida normar libre de violencia.
En su mayoría estos costos no son asumidos por el estado, sino por las mismas víctimas, consecuentemente las personas más pobres, son las más gravemente afectadas. De ahí que el sector de la salud debe estar incorporado en la prevención y tener un papel clave que desempeñar al respecto. Por otra parte para las víctimas de violencia de género, una de las principales inquietudes es el acceso a la administración de justicia. A pesar de los avances que se han dado, aún subsisten obstáculos para el acceso, prejuicios sexistas desde quien administra justicia.
Frente a esta situación el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito ha implementado un Sistema de Prevención y Atención de Violencia Intrafamiliar y de Género, en el marco de una política institucional.
Procesos similares han seguido otros municipios del Ecuador y América Latina.
Luego de algunos años de aplicación de estos planes, programas y políticas, se ve necesario el promover un espacio de reflexión y discusión que permita evidenciar los avances y los retos pendientes sobre el tema.
También es indispensable mencionar que la formación de género influye en esta problemática, ya que el género se aprende en la etapa inicial de la vida de cada ser humano, aprender a ser hombre y mujer no es un hecho solo intelectual sino fundamentalmente un proceso afectivo e inconsciente.
El Género se construye mediante procesos sociales, es transmitido en la crianza y educación del individuo, es decir los padres son quienes desde muy pequeños enseñan a sus hijos a diferenciar el género entre hombres y mujeres.
La formación del género se hace a través de varias instituciones de la sociedad como son:
La familia. La educación.
12
Dentro de la familia desde pequeños nos dan a conocer las reglas, leyes y valores que nos determinan como hombres y mujeres para poder desempeñarse dentro de la sociedad; las jerarquías de género son creadas en la interacción con los miembros de la familia, en donde se plantea la división sexual del trabajo, el control de la sexualidad, la construcción y reproducción de la identidad de género; los niños descubren que hay acciones que son aprobadas o desaprobadas según las realice un niño o una niña, es decir saben identificar lo que deben hacer y no hacer.
Dentro de la educación se indican las perspectivas que tiene el profesor del alumno y la alumna son diferentes; los niños descubren que hay acciones que son aprobadas o desaprobadas según las realice un niño o una niña los libros de lectura también son agentes socializadores, ya que estos también incentivan a diferenciar y dar a conocer sobre el género de los seres humanos; en la primaria transmiten imágenes y textos que refuerzan la diferenciación del género, así: "Mi mamá cocina, Mi papá trabaja"; en la escuela primaria los maestros son importantes agentes de socialización al transmitir valores y actitudes.
También los medios de comunicación refuerzan la de la mujer seductora que está complaciendo continuamente a su familia y la del hombre de éxito social, por estos medios también hacen creer de cierta manera la discrepancia de género entre hombres y mujeres.
Por otro lado la religión tiene muchas ideas que promulga este hábito, ya que enseñan que la mujer debe ser sumisa, obediente, abnegada, sacrificada y dependiente, mientras que el hombre debe ser trabajador por ser caracterizado por la fuerza que tiene y debe ser el sustento del hogar.
Por otro lado también tiene mucho que ver el ambiente propicio para que se desarrolle cualquier tipo de violencia entre los miembros de la familia es un espacio arduo, donde existen ansiedades, preocupaciones o conflictos, como escasez económica o falta de dinero, problemas en el trabajo, falta de empleo, alcoholismo, drogadicción, hacinamiento, infidelidad y celos, todos estos antecedentes conllevan a un ambiente pesado dentro de la familia por lo que es ahí donde se evidencian los problemas y esto hace que susciten casos de violencia intrafamiliar.
1.1.2.1. Ciclo de la Violencia Intrafamiliar.
13
pareja donde existe violencia doméstica, que tienden a repetirse periódicamente y juntas conforman el ciclo de la violencia; del que resulta difícil salir cuando se ha adoptado esta manera de relacionarse.
“Fase 1. Incidentes menores.- Se manifiestan incidentes menores de violencia. Recurre a la negación como mecanismo de defensa: tuvo problemas en el trabajo, está cansado/a, estaba borracho/a, yo tengo la culpa, ya cambiará con el tiempo.
Fase 2. Explosión Explicación.- Se produce entonces un incidente agudo de agresión, caracterizado por el descontrol y la destructividad.
Fase 3. Distanciamiento.- En esta fase la pareja se distancia temporalmente, se produce la "ley del hielo".
Fase 4. Reconciliación. Es la fase del arrepentimiento y las disculpas. El agresor se muestra cariñoso, arrepentido, suplica perdón y promete no volver a repetir su conducta.” (Monografías.com)
Para salir del círculo de la violencia es necesario cambiar conceptos y actitudes en cada integrante de la pareja o separarse definitivamente, para así poder criar a sus hijos de la mejor manera principalmente dando buen ejemplo, de lo contrario al acumularse nuevamente las tensiones el círculo se volverá a repetir.
1.1.3. Características de Violencia Intrafamiliar.
Dentro de la violencia intrafamiliar tenemos características las cuales son las que causa el agresor hacia el agredido y las del agredido.
1.1.4. Características que causa el agresor hacia el agredido:
14
de los hogares predomina el trabajo del hombre y la mujer en casa con los quehaceres domésticos, el hombre abusa de esto y la mujer queda subestimada bajo el sueldo o la economía que aporta este, por tanto la mujer por no trabajar no puede aportar económicamente; y sobre todo lo más conocido del uso de las típicas amenazas para amedrentar al otro.
1.1.5. Características del agredido.
Como características del agredido puedo mencionar que es todos los agravios que recibe por parte del agresor sea de forma física, psicológica o sexualmente, lo cual afecta a esta persona en su integridad, por tanto la persona agredida debe informar de estos sucesos a personas que sean de su estrecha confianza sean familiares, amigos o vecinos para que de alguna manera puedan ayudarla a salir del problema, y en caso de que existan agresiones físicas pedir ayuda a las personas más cercanas o vecinos para que la auxilien y otro punto muy importante informar a sus hijos para que cuando ocurran esta clase de escenas en casa puedan salir a pedir socorro.
1.1.6. Clases de Violencia Intrafamiliar
Tenemos varias clases de violencia intrafamiliar:
Violencia Física, esta clase de violencia se la identifica por agredir de manera física y de forma intencional a otra persona, causando de esta manera un daño leve o hasta grave como por ejemplo golpes con la mano o con objetos, cachetadas, patadas, sacudones, quemaduras, cortaduras, ahogamiento, estrangulamiento causando así moretones o lesiones físicas en la piel e incluso heridas internas.
Violencia psicológica o emocional, esta clase de violencia es la acción u omisión que afecte el estado emocional de la persona, haciéndola así de menos, rechazándola y afectando el autoestima de la persona, también se incluyen los malos tratos como insultos, gritos, amenazas e intimidaciones, todo esto con el fin de desfavorecer a la otra persona.
15
oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo.” (Código Orgánico Interal Penal, 2014), es por eso que esta clase violencia también es considerada como violación por ser un acto efectuado de mala fe sin el beneplácito de la persona afectada.
Violencia económica, esta clase de violencia también es conocida en nuestro país por ser la acción de que una persona sea utilizada con fines de explotación económica para beneficio de otra u otras, con la finalidad de no cubrir las necesidades básicas de la otra persona.
1.1.7. Causas y Consecuencias de la Violencia Intrafamiliar. 1.1.7.1. Causas.
“El alcohol y la droga son dos inhibidores (sustancias que eliminan el comportamiento social adecuado en el individuo, como el respeto a la ley, la moral) pero no son la propia causa de la violencia familiar.” (ORTIZ Camas, 2010, pág. 15).
Sin duda alguna el alcohol y la droga influyen en un comportamiento no adecuado para la persona que agrede, por tanto estas hacen que sean unas de las cusas para que sea efectiva una violencia intrafamiliar. También tenemos como otra causa para la violencia el desempleo ya que provoca que se limiten las familias en cuanto al dinero, el estrés es otra causa ya que muchas veces la persona que se encuentra con este síntoma se desquita con los miembros del núcleo familiar, también la homosexualidad de los hijos influye en muchos de los casos ya que los padres no los aceptan como son y más aún que no soportan el “qué dirá la gente” ya que también desde tiempo atrás esto se ha visto como un tabú y aun es raro en nuestra sociedad actual y por último los mensajes televisivos e imágenes violentas influyen en la violencia intrafamiliar, aunque parezca algo normal pero en la mayoría de programas se ven escenas agresivas que obviamente observamos a diario y esto en parte conlleva a que nos sometamos a una sociedad violenta.
“Pero la verdadera causa de la violencia intrafamiliar se encuentra en la construcción de género que se hace socialmente. Desde muy temprano se configura al hombre como privilegiado, como poderoso. A la mujer se configura socialmente como delicada, débil, que necesita protección.” (ORTIZ Camas, 2010, pág. 16)
16
valores y amor, tampoco olvidarnos que en la actualidad nos encontramos en una sociedad de equidad de género, para en un futuro evitar esta problemática en nuevas generaciones y así cosechar la paz social.
1.1.7.2. Consecuencias.
Como consecuencias de violencia intrafamiliar tenemos:
“Generalmente las personas sometidas a situaciones crónicas de violencia dentro del hogar, manifiestan una debilitación gradual de sus defensas físicas y psicológicas, lo que consecuentemente les ocasiona un aumento de los problemas de salud…”(BAUTISTA, 2002, pág. 68)
Son varias las consecuencias que se puede evidenciar tanto psicológicas como físicas que afecten a la salud de quienes sufren violencia intrafamiliar, el bajo rendimiento ya sea en el ámbito laboral y en caso de haber hijos ellos también sufren las consecuencias como el bajo rendimiento escolar y si estos siguen sufriendo esta clase de violencia dentro de sus hogares pueden repetir la misma historia en un futuro, por otra parte tal es la afectación a los miembros de la familia que muchas veces toman malas decisiones como segarse en vicios y hasta el de quitarse la vida.
1.1.8. Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Policía Judicial
Según el reglamento de la Policía judicial del Ecuador; del DEPARTAMENTO DEVIOLENCIA INTRAFAMILIAR el Art. 58. - El Departamento de Violencia Intrafamiliar estará a cargo de un oficial superior de policía de línea en servicio activo debidamente capacitado en la materia, contará con las siguientes secciones:
1. Planificación: 2. Capacitación;
3. Centro de Cómputo y Comunicaciones; 4. Relaciones Públicas; y,
5. Asesoría Jurídica.
Art. 59. - A este departamento y sus unidades especializadas les corresponde: 1. Investigar las presuntas infracciones intrafamiliares bajo la dirección de los fiscales;
17
3. Diseñar un sistema de registro de infractores y estadística de sentencias condenatorias en su área y remitir en forma periódica dicha información al Archivo Central.
Creación.
“El 6 de mayo de 1994 se crea la Oficina de Defensa de los Derechos de la Mujer y la Familia, convirtiéndose en el brazo ejecutor de la ley 103, la misma que con la creación del Reglamento de la Policía Judicial, mediante decreto ejecutivo del 5 de junio del 2003 cambia el nombre a Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Policía Judicial.” (Monografías.com)
Se puede ver que desde hace muchos años atrás se crea departamentos para hacer efectivos los derechos de las mujeres que viven violencia dentro de sus hogares, para así con el tiempo poco a poco ir erradicando esta problemática que bombardea a nuestra sociedad.
Misión.
Mientras que la misión del Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Policía Judicial es garantizar el respeto de los derechos de las familias, brindando atención especializada en los casos de Violencia Intrafamiliar, protegiendo la integridad física, psíquica y la libertad sexual de los miembros de la familia.
Funciones del Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Policía Judicial.
a. Investigar las presuntas infracciones intrafamiliares bajo la dirección de los fiscales. b. La realización de actividades preventivas en relación con las infracciones descrita
en dicha ley.
c. Diseñar un sistema de registro de infractores y estadísticas de sentencias condenatorias en su área y remitir en forma periódica dicha información al Archivo Central.
18
algunos de los aspectos que se dieron a conocer en la presentación oficial de esta campaña. El acto se realizó este lunes 30 de mayo en las instalaciones de la Policía Judicial. Karina Argüello, subsecretaria de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, señaló que en este año se han registrado 68 muertes por violencia intrafamiliar. Aunque no precisó si se trataban de niños, mujeres y hombres, dijo que es necesario visibilizar estas problemáticas que pueden llevar a la muerte. Otra cifra que se manejó en este evento fue que en este año, a escala nacional se han recibido 30 000 denuncias de violencia intrafamiliar. No se comparó con las del año anterior. Argüello explicó que esa cifra no reflejaría si ha disminuido la violencia solo que hay más personas que se acercan a denunciar estos hechos. El objetivo de la campaña es que las personas afectadas denuncien estos hechos. Las capacitaciones se iniciarán este junio y concluirán en noviembre. La Policía Nacional en coordinación con líderes barriales darán estas charlas. Aún están por confirmarse las fechas, sin embargo se adelantó que se iniciará en Guápulo y continuarán en La Delicia, Calderón, Tumbaco, Los Chillos y Quitumbe. Esta campaña se iniciará en Quito, pero se tiene previsto que se extienda hacia todo el país. La madrina de este proyecto es la cantante y presentadora Grace Carrillo. Carrillo afirmó que esta campaña no solo busca que las mujeres denuncien sino que hombres que han sido víctimas de violencia también pierdan el miedo y lo hagan. Ella se comprometió con esta campaña y espera poder visitar a las familias que han sufrido estas experiencias.
1.2. Análisis de las distintas posiciones teórica del objeto de investigación 1.2.1. Medidas de Protección
1.2.1.1. Definición de medidas de protección
19
Por otra orilla Alení Díaz Pomé dice que “Las medidas de protección son aquellas actitudes y decisiones que toma en cuenta el Estado a través de sus diversas instituciones públicas, a fin de hacer efectivo el cuidado y protección de la víctima de la agresión, con respecto a la agresión misma y a su agresor; son mecanismos que buscan brindar apoyo y protección a las víctimas de las agresiones e impedir la continuación de estas. Asimismo, estas medidas de protección van más allá, por cuanto buscan que la víctima se sienta tranquila y que pueda gradualmente volver a su vida normal, rehabilitándola de sus traumas.” (DIAZ Pomé, 2009)
Tal como establecen los autores antes citados estas medidas de protección son creadas con la finalidad de proteger los derechos de las personas o de proteger a la víctima, y dentro de la violencia intrafamiliar con estas medidas se pueda ir disminuyendo esta problemática, y la víctima pueda salir adelante sin ninguna clase de traumas que afecten su integridad, claro está que hoy en día también los hombre son víctimas de violencia por lo que los derechos de estas personas tampoco pueden ser vulnerados sin discriminación alguna.
1.2.1.2. Medidas de Protección frente a violencia intrafamiliar
“En efecto, en nuestra realidad, vemos con cierta desesperanza que las medidas de protección que establece la ley frente a la violencia familiar están sólo en papel y no se cumplen en la práctica, por cuanto muchas veces, pese a que están dictadas por un órgano Jurisdiccional, y que por tanto deberían cumplirse obligatoriamente, no es realmente así. Muchas veces el agresor se burla de la ley y vuelve a cometer actos de violencia contra la víctima, en otras oportunidades el agresor se esconde y burla la autoridad de la Ley, que pocas veces tiene medidas efectivas y carece de órganos de auxilio que hagan cumplir de manera correcta y efectiva sus mandatos.” (DIAZ Pomé, 2009)
Dentro de la violencia intrafamiliar las medidas de protección como lo indica esta autora no son cumplidas, las cuales deben tener efecto y por tanto ser respetadas, por el simple hecho de estar tipificadas en la ley deben ser cumplidas con exigencia, por tanto el Estado debería crear centros especializados de psicología y trabajo social para ayudar a estas familias que sufren violencia intrafamiliar y así con esto ir reduciendo esta clase de juicios y se evitaría el incumplimiento de estas medidas de protección.
20
a) El retiro del agresor del domicilio de la víctima.
b) El impedimento de acoso a la víctima.
c) La suspensión temporal de visitas.
d) El inventario sobre los bienes.
Respecto a la medida de protección de retiro del agresor del domicilio de la víctima, tenemos que ésta se efectiviza cuando el agresor sale voluntariamente o por la fuerza pública, del domicilio de la víctima; es decir, se establece que debe hacer dejación del lugar donde domicilia la víctima para impedir que se continúen con las agresiones a ésta, con el fin de que la víctima se sienta tranquila y sin miedo, y pueda llevar una mejor vida libre de violencia, dicha medida también tiene como finalidad que la víctima no tenga mayor contacto con su agresor y evitar nuevos enfrentamientos. Además puede ser considerada como función rehabilitadora, porque en cierta forma permite que la víctima se sienta segura y no vea en peligro su integridad, lo que hace que de alguna forma pueda rehabilitarse física, psicológica, moral y mentalmente de su agresión y de esta manera poder salir adelante sin ningún temor.
Respecto de la medida de protección, de impedimento de acoso a la víctima, tenemos que, esto soporta a determinar que el agresor no pueda acercarse por ningún motivo a la víctima, lo que busca evitar enfrentamientos y nuevas posibles agresiones, y así también el agresor u agresora empieza a respetar a la víctima y vea que existen medidas que favorecen a la persona agredida, con el fin de ir reduciendo esta clase de problemas. Por ello también resulta beneficioso para la víctima, por cuanto se busca salvaguardar su integridad y curar sus miedos y heridas.
En cuanto a la suspensión temporal de visitas, se tiene que ésta medida de protección se refiere a la prohibición de que el agresor realice visitas a la víctima. Esta medida de protección tiene carácter temporal, por lo que tiene que establecerse el tiempo de tal impedimento, con el fin de que el agresor recapacite sobre sus malas actuaciones que ha tenido con su pareja. También busca que el agresor no tenga mayor contacto con la víctima.
21
“Por lo general, el agresor tiende a incumplir los mandatos del Juzgado por cuanto se percata que éstos pueden ser burlados fácilmente, ello porque no existen medidas coercitivas que les exijan e impongan el cumplimiento obligatorio de sus mandatos.” (DIAZ Pomé, 2009)
Es importante que exista una buena legislación dentro de violencia intrafamiliar, que concedan medidas de protección efectivas y se relacionen con nuestro diario vivir, también que sancionen a quienes incumplan las medidas de protección, para con esto ir recuperando la eficacia del cumplimiento de estas medidas, para ir concientizando el respeto de la ley y con esto ir disminuyendo los casos de violencia intrafamiliar que existen.
A pesar de que la Ley de Protección a las víctimas frente a la violencia familiar, establece que se pueden aplicar otras medidas que se vean provechosos, a fin de evitar que se siga maltratando, lesionando e hiriendo a la víctima; ello, no es tomado en cuenta por las propias autoridades, quienes muchas veces sólo se limitan a aplicar las leyes establecidas taxativamente y no van más allá de lo que el Código o la Ley dice.
Existen numerosos casos de violencia familiar en los que se han puesto en práctica las medidas de protección establecidas; sin embargo, como se ha manifestado, existe burla en su cumplimiento y aplicación por parte de los agresores, quienes generalmente son personas que carecen de valores y buenos modales, lo cual hace que el agresor quede impune e inclusive se torne más violento poniendo a la víctima en situación de inferioridad, de la misma manera el agresor se sienta más satisfecho cometiendo las diferentes clases de violencia en contra de la víctima y así sentirse superior a ella.
La escases de importancia que da la humanidad a la dignidad de la persona, y la escases de valores, son factores principales que desencadenan en casos de violencia familiar, los mismos que debido a ello, no sean tratados adecuadamente, ya que las leyes y mandatos son fácilmente burlados y resultan ineficaces; es por ello que también se debe buscar educar a la sociedad, y crear programas que busquen llegar a la conciencia social, difundiendo la importancia de la dignidad personal y concientizar a la sociedad, a fin de que se entienda que el respeto de la Ley es primordial y de cumplimiento obligatorio.
22
correcta aplicación, tanto por parte de las autoridades como por parte de la población misma, y su cumplimiento por las partes en conflicto; ya que si no se cumple con la aplicación de dichas medidas, las mismas van a quedar en un simple papel, como algo ideal, sin poder ser cumplidas; y las víctimas de violencia se van a ver siempre afectadas, desprotegidas y vulneradas; mientras que los agresores se van a ver fortalecidos y con mayor amplitud para seguir agrediendo y atentando contra la integridad de la persona, sin impunidad alguna, creyendo que las leyes pueden ser fácilmente burladas y teniendo la libertad de seguir contraviniendo a la Ley, ya que pueden seguir agrediendo sin que les pase nada.
Por ello, es necesario que se adopten soluciones efectivas para lograr el cumplimiento de estas medidas de protección y su correcta aplicación, ya que con ello se podría disminuir, con el transcurso del tiempo, la violencia familiar, dándose mayor crédito y confianza a nuestras leyes y seguridad a la sociedad.
El cumplimiento de las medidas de protección es importante porque de alguna manera fortalece la protección de las víctimas de la agresión, y en general de la familia que se ve afectada; asimismo, busca dar seguridad a la víctima e indirectamente la ayuda a enfrentar y superar sus traumas dándole la oportunidad de volver a ser una persona normal, lo cual es positivo para su normal desarrollo y para fortalecer su dignidad como persona; por el contrario, si se sigue incumpliendo con las normas dadas por nuestro ordenamiento legal, se va a continuar e incluso, acrecentar el índice de casos de violencia familiar, aumentando la desconfianza en nuestras leyes y autoridades.
Por lo tanto, es importante la dación de normas y medidas que busquen su cumplimiento, se deben establecer sanciones más severas para aquellos que las incumplan. Para ello, también es necesaria la ayuda de la sociedad en pleno, quien debe denunciar los casos de incumplimiento de las medidas de protección, a fin de imponer sanciones efectivas.
23
Sólo con ello, y con una correcta legislación en materia de violencia familiar, que otorguen medidas de protección eficaces y acordes con la realidad que vivimos, y que a su vez sancionen a aquellos que busquen burlarse o incumplir dichas medidas, es que podremos recuperar la confianza de la sociedad en nuestras leyes, y rescatar los valores, creando conciencia social en las futuras generaciones, a fin de que crezcan en valores y sepan la importancia de la dignidad humana, y que se concienticen en el respeto a las normas, sabiendo que éstas son de obligatorio cumplimiento, sólo así habremos conseguido una sociedad integrada por personas correctas y respetuosas, tanto de la Ley como de la integridad del prójimo, y quizás podremos algún día, bajar los índices de violencia familiar a porcentajes que sean imperceptibles, hasta lograr su anhelada erradicación.
En nuestro país la Ley contra la violencia a la mujer y a la familia menciona las siguientes medidas de amparo “Art. 13.- Las autoridades señaladas en el artículo 8, cuando de cualquier manera llegare a su conocimiento un caso de violencia intrafamiliar, procederán de inmediato a imponer una o varias de las siguientes medidas de amparo en favor de la persona agredida:
Conceder las boletas de auxilio que fueren necesarias a la mujer o demás miembros del núcleo familiar;
Ordenar la salida del agresor de la vivienda, si la convivencia implica un riesgo para la seguridad física, psíquica o la libertad sexual de la familia;
Imponer al agresor la prohibición de acercarse a la agredida en su lugar de trabajo o de estudio; Prohibir o restringir al agresor el acceso a la persona violentada;
Evitar que el agresor, por sí mismo o a través de terceras personas, realice actos de persecución o de intimidación a la víctima o algún miembro de su familia;
Reintegrar al domicilio a la persona agredida disponiendo la salida simultánea del agresor, cuando se tratare de una vivienda común, impidiendo que retire los enseres de uso de la familia;
Otorgar la custodia de la víctima menor de edad o incapaz a persona idónea siguiendo lo dispuesto en el Artículo No 107, regla 6a del Código Civil y las disposiciones del Código de Menores; y,
Ordenar el tratamiento al que deben someterse las partes y los hijos menores de edad so fuere del caso.” (Ley contra la violencia a la mujer y a la familia, 1995)
24
También tenemos “Tras varias declaraciones la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA) en los años noventa, la comunidad mundial reconoció oficialmente la violencia contra las mujeres como una violación de Derechos Humanos, en el continente, la OEA aprobó, en 1994, la Convención Interamericana, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, conocida como Belém do Pará.” (SAGOT, 2000, pág. 11)
Tanto la ONU como la OEA también reconocen esta problemática de la violencia intrafamiliar y aprueban la Convención Interamericana con el fin de ir disminuyendo este problema, creando medidas para poco a poco eliminar esta contrariedad que vivimos en nuestra sociedad, que ha surgido no solo en nuestro país sino también a nivel mundial.
Las medidas de protección frente a la violencia intrafamiliar en nuestro país Ecuador se ha podido visualizar que la mayoría de mujeres se sienten molestas, ya que usan varios métodos para tratar de evadir o eliminar esta situación, ya que realizan marchas e incluso presentan demandas como también hay casos en que llegan hasta la Corte Constitucional, otras mujeres se quejan, ya que de alguna manera este problema no puede ser eliminado de raíz tras el paso del tiempo tal vez ha ido disminuyendo otras veces incrementando por lo que la respuesta de las autoridades no es segura, también cabe recalcar que no solo las mujeres viven violencia dentro de sus hogares, también se ha podido ver que existen hombres que sufren y viven con esta clase de problemas es más por vergüenza o alzan su voz y no son capaces de denunciar, ya que la sociedad enseguida juzga sin antes informarse bien de la situación que pasan estas personas, y por el que dirán, porque aparentemente el hombre es más fuerte así lo cataloga la sociedad, pero de hecho también existen sus debidas excepciones.
“Parte del malestar surge por los inconvenientes que se presentaron para obtener las medidas de protección cuando se acercaban las víctimas de violencia intrafamiliar directamente a presentar la denuncia en la Fiscalía, tal como lo dispone el novel Código Integral Penal. La insostenible situación llevó al Consejo de la Judicatura a expedir el Reglamento de actuaciones judiciales para hechos y actos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cuyo único fin es poder expedir medidas inmediatas de protección a las víctimas de violencia.” (Dra. ACOSTA, 2014)
25
Adolescencia en donde se debía presentar la denuncia como lo manifiesta el COIP, por lo que las medidas de protección se encuentran tipificadas en el cuerpo legal antes mencionado, aunque en estos casos se prioriza las medidas de amparo establecidas en la Ley de violencia contra la violencia a la mujer y a la familia.
“El referido Reglamento dispuso que cuando de cualquier forma un hecho o acto de presunta violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar llegue a conocimiento de la Fiscalía General del Estado, se asignará de forma inmediata un agente fiscal, quien solicitará “fundamentadamente por cualquier medio idóneo como fax, correo electrónico, llamada telefónica”, entre otros, al juzgador de Garantías Penales de turno, la adopción de una o varias medidas de protección y su correspondiente notificación, sin necesidad de convocar a una audiencia.” (Dra. ACOSTA, 2014)
Las medidas de protección tipificadas en el Código Integral Penal, es importante que se siga dando a conocer a través de medios de comunicación para así informar acerca de estas medidas que muchas veces son desconocidas por los ciudadanos de nuestra sociedad y más aun que estas medidas no tienen límite de caducidad y a la vez ir orientando a las personas el lugar en donde deben denunciar, para con esto cuando se dé el proceso el Juez dicte las respectivas medidas de protección que correspondan para proteger los derechos de las personas que necesitan.
También brota por los inconvenientes que se presentaron para obtener las medidas de protección cuando se acercaban las víctimas de violencia intrafamiliar directamente a presentar la denuncia en la Fiscalía, tal como lo dispone el novel Código Integral Penal. La insostenible situación llevó al Consejo de la Judicatura a expedir el Reglamento de actuaciones judiciales para hechos y actos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cuyo único fin es poder expedir medidas inmediatas de protección a las víctimas de violencia.
26
agredida, ya constaban hace muchos años atrás en la Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia; y funcionaban.
Después de la poca acogida que tuvieron medidas de amparo a favor de las mujeres agredidas contenidas en el Código Integral Penal, quizás resulte interesante para las autoridades empezar una aguda y radical campaña en medios de comunicación masivos para informar a tanto hombres como a mujeres que, el lugar donde deben denunciar este tipo de actos son las unidades de violencia contra la mujer y la familia, y no en la Fiscalía, para que así el juez le emita de manera inmediata la boleta de auxilio para la persona que realmente lo necesite y demás medidas para proteger su integridad física, psicológica o sexual, para que de esa manera las víctimas no estén supeditadas a un fax, una llamada o un correo, como su única medida de protección.
1.2.1.3. Características de las Medidas de Protección
“Cuando se presenta una solicitud de protección, la Ley contra la Violencia Doméstica, otorga al operador(a) judicial la potestad de dictar ciertas medidas de carácter provisional, estas medidas son disposiciones que constituyen órdenes de acatamiento obligatorio, buscan resguardar la vida, la integridad y dignidad de la víctima. Podemos afirmar que estas medidas tienden a la satisfacción de necesidades urgentes ante la necesidad de protección a la víctima.” (JIMENEZ Rodrigo, pág. 70)
A continuación presentare algunas características importantes de las medidas de protección:
Son congruentes ya que se debe tomar en cuenta las condiciones de la persona que resulta víctima dentro de la violencia intrafamiliar ya que puede ser la pareja, el menor de edad, el adulto mayor e incluso una persona que tenga una discapacidad de cualquier tipo que conviva dentro del hogar.
Son oportunas que debe ser determinar la primera apariencia de riesgo que tenga la víctima.
Son lógicas ya que se debe valorar la seguridad de la víctima.
Estas medidas de protección no requieren de ninguna prueba los operadores de justicia deben ordenarlas con una resolución contigua.
Son de carácter provisional sin que impliquen una declaración, modificación o extinción de un derecho o de un bien.
27
autoridad o en el caso de la Ley de Penalización de la Violencia contra la Mujer de Incumplimiento de Medida de Protección.
Son perentorias porque se extinguen por el plazo de ley, es decir son temporales. Son inmediatas porque se prioriza la protección a la víctima a través de las
medidas de protección por medio de la disposición del operador de justicia.
Son tutelares porque el operador de justicia debe ser equitativo tanto para hombres como para mujeres al dictar medidas de protección y para que la víctima use del pleno goce de sus derechos.
Son prorrogables por lo que el trámite se la prórroga se limita a la solicitud de la persona interesada y la prorrogación se hace antes del vencimiento del plazo para que no haya cesación de las medidas de protección.
Son personalísimas las medidas de protección por lo que no pueden transmitirse de modo alguno, es decir es solo de para la persona afectada.
Son irrenunciables es decir la víctima puede pedir el levantamiento de estas medidas mas no como será válido como una renuncia.
Son variables ya que solo el operador de justica puede modificarlas o ampliarlas de acuerdo a la protección que necesite la víctima.
El operador de justicia debe valorar las condiciones de cada persona que sea víctima de violencia intrafamiliar y también valorar los factores de riesgo para así proteger a la víctima.
Se respetará la igualdad de género en la aplicación de las medidas de protección con la finalidad de que no se violente ningún derecho.
Se respetara el principio de igualdad para todas las personas sin discriminación alguna.
Los operadores de justicia garantizaran el principio de accesibilidad (no discriminar a personas con discapacidad).
Los operadores de justicia garantizarán toda resolución y sentencia sea dictada bajo un lenguaje inclusivo.
No producen cosa juzgada no establece derechos no los modifica y no los extingue.
1.2.1.4. Efectos jurídicos de las Medidas de Protección
28
garantizarán los derechos de la víctima y así no se violente la integridad física, psicológica y sexual de manera que la víctima sea protegida y se hagan válidos sus derechos y a consecuencia de que el agresor no cumpla con estas medidas de protección se le imponga una sanción la cual debe ser cumplida por la persona agresora, para que así no se vulneren los derechos de la víctima.
También nuestra Constitución establece varios derechos para las personas que habitamos en territorio ecuatoriano con la finalidad de tener un país de justicia y paz social.
1.3. Derecho a la defensa en la legislación ecuatoriana.
1.3.1. Derechos de las personas que garantiza la Constitución de la República. La Constitución de la República del Ecuador en su primer artículo nos dice que: “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.”(Constitución de la República del Ecuador , 2008)
Es decir que en nuestro país se garantiza primordialmente los derechos de las personas para que sean efectivos y las personas podamos gozar de estos y por justicia se entiende que hay que respetar la verdad y dar a cada quien lo que le corresponde.
Dentro de los derechos de las personas tenemos:
Los Derechos del buen vivir, dentro de estos agua y alimentación, ambiente sano, comunicación e información, cultura y ciencia, educación, hábitat y vivienda, salud, trabajo y seguridad social, estos derechos son con la finalidad de garantizar el bienestar de los seres humanos en su diario vivir, y brinda los principales servicios que necesitamos las personas.
Los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, dentro de estos adultas y adultos mayores, jóvenes, movilidad humana, mujeres embarazadas, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, personas privadas de libertad, personas usuarias y consumidoras, al igual que las demás personas estas también tienen derechos los cuales deben ser cumplidos con responsabilidad y sin discriminación alguna.