UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.
TEMA:
PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULE LA NOMENCLATURA Y ROTULACIÓN DE LAS VIAS Y CALLES DEL CANTÓN QUININDE, A EFECTOS DE UBICAR CON EXACTITUD LOS DOMICILIOS.
AUTORA: HEREDIA SALTOS JOSSELIN CRISTHINA.
ASESOR: Dr. SALTOS SALGADO MARCO FERNANDO. Msc.
DEDICATORIA
Dedico este trabajo principalmente a Dios, por haberme dado el don de la vida y permitirme haber llegado hasta este momento tan importante como lo es ser profesional.
A mi madre, la Sra. Lourdes Grimaneza Saltos Arguello por ser el pilar más importante de mi vida y por demostrarme siempre su cariño y apoyo incondicional.
A mi padre, el Sr. José Sebastián Heredia Fuentes, quien siempre ha estado motivándome, guiándome para poder culminar mi etapa universitaria y alcanzar el éxito como futura profesional, sin el nada de esto fuera posible.
A mis hermanos que gracias a ellos adquirí el don de la paciencia y la reflexión, por compartir alegrías y tropiezos de los cuales hemos salido triunfadores, por su confianza y por permitirme estar en sus vidas.
A mis sobrinos Joan Benjamín y Briana Gabriela, sus sonrisas me hacen crecer y sentirme muy afortunada de tenerlos conmigo.
AGRADECIMIENTO
Agradezco a Dios por darme la dicha de vivir y por permitirme continuar día a día para cumplir cada una de mis metas.
A mis Padres, Sr. José Heredia y Sra. Grimaneza Saltos, quienes me dan fuerza y valor para continuar aparte de brindarme su amor y apoyo incondicional en mi vida.
A mis hermanos que son una de mis razones, para seguir adelante y querer ser un ejemplo para ellos.
A Rommel Burbano Estrada, que también ha formado parte de esta etapa y por estar siempre brindándome un consejo, ánimo y apoyo a lo largo de mi vida.
A nuestra Ilustre Universidad UNIANDES, quien me recibió con las puertas abiertas para brindarme un espíritu de pensador como futuro jurista de mi País.
RESUMEN
La inexistencia de una ordenanza que regule la nomenclatura y rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé, ocasiona serios problemas para el progreso del mismo, la ausencia de una ordenanza reguladora de nomenclatura y rotulación, que obligue a las autoridades a mantener en óptimas condiciones para uso público dicho cantón, origina a molestia en los pobladores ya que con las calles sin números, sin nombres, en siglas o con rótulos deteriorados se impide que los pobladores, turistas y funcionarios judiciales pueda localizar rápidamente una dirección, arrastrando con ello la pérdida de tiempo y dinero. Por ello es de vital importancia la nomenclatura y rotulación de la vías y calles del cantón, ya que constituye un elemento trascendental en el desarrollo del mismo y un gran aporte para la sociedad en general.
La presente investigación es de carácter Cuali - Cuantitativo, porque está dirigida a conocer la situación jurídica del tema propuesto, toda vez que será viable su aplicación al ofrecer propuestas factibles para la situación problemática y poder llegar a los objetivos planteados. La línea de investigación del proyecto de investigación se enmarca en Retos, Perspectivas y Perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en Ecuador, específicamente a lo que se refiere al primer punto, “El Ordenamiento Jurídico Ecuatoriano, Presupuestos Históricos, Teóricos, Filosóficos y Constitucionales” línea que permite establecer las directrices sobre el objeto de la investigación y el ámbito de aplicación.
ABSTRACT
The absence of an ordinance governing the naming and labeling of the roads and streets of Canton Quinindé, causes serious problems for the progress of it, the absence of a regulatory ordinance naming and labeling, requiring the authorities to maintain optimal conditions for public use in this canton, originates discomfort in the people because with the streets without numbers and names, in acronyms or damaged labels are prevented residents, tourists and judicial officials to quickly locate an address, dragging with it the loss of time and money. For this reason, the nomenclature and labeling of the roads and streets of the canton is very important, since it constitutes a transcendental element in its development and a great contribution for society in general.
This research is of Quali - Quantitative nature, because it is directed to know the status of the proposed issue, since its implementation will be feasible to provide feasible proposals for the problematic situation and reach the objectives. The investigation line of the research project is framed in Challenges, Perspectives and Improvement of Legal Sciences in Ecuador, specifically as regards the first point. "The legal Ecuadorian system, historical budgets, theoretical, philosophical and constitutional" line which allows to set guidelines on the subject of the investigation and the scope.
ÌNDICE GENERAL
APROBACION DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACION DECLARACION DE AUTENTICIDAD
DERECHOS DE AUTOR
CERTIFICACION DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN DEDICATORIA
AGRADECIMIENTO RESUMEN
ABSTRACT
INTRODUCCION ... 1
Antecedentes de la investigación... 1
Actualidad e Importancia del Tema ... 2
Formulación del Problema ... 3
Delimitación del Problema ... 4
Objeto de investigación ... 4
Campo de Acción ... 5
Identificación de la línea de investigación ... 5
Objetivo General ... 5
Objetivos Específicos ... 5
Idea a defender ... 6
Preguntas Científicas ... 6
Conveniencia ... 6
Relevancia Social ... 7
Implicación Práctica ... 7
Valor Teórico... 7
Utilidad Metodológica ... 8
CAPITULO I ... 9
1 MARCO TEÓRICO ... 9
EPÍGRAFE I ... 9
1.1 Origen y evolución del objeto de investigación. ... 9
1.1.1 Origen y evolución de la ordenanza municipal. ... 9
1.1.1.1. Qué son las ordenanzas municipales. ... 10
1.1.1.2. Definición de Ordenanza. ... 11
1.1.1.3. Facultad normativa de la Ordenanza Municipal. ... 11
1.1.1.4. Decisiones legislativas de los GAD Municipal. ... 12
1.1.1.5. Promulgación y Publicación. ... 13
1.1.1.6. Cuerpo de la Ordenanza. ... 13
1.1.2.2. Origen y evolución de la nomenclatura. ... 15
1.1.2.1 Qué es Nomenclatura. ... 15
1.1.2.2 Objetivos de la Nomenclatura. ... 16
1.1.2.3 Características de la Nomenclatura. ... 17
1.1.3 Origen y Evolución de la Rotulación. ... 17
1.1.3.1Qué es Rotulación... 19
1.1.4 Origen y evolución del derecho municipal. ... 19
1.1.4.1 Concepto de derecho municipal. ... 20
1.1.4.2 El derecho municipal como rama del derecho público. ... 21
1.1.4.3 Relación del derecho municipal con otras ramas. ... 21
1.1.4.3 Disciplinas auxiliares del derecho municipal. ... 22
1.1.4.3 Fuentes del derecho municipal. ... 23
1.1.4.3 Clasificación de las fuentes del derecho ... 23
1.1.5 Origen y evolución del derecho administrativo... 23
1.1.5.1 Antecedentes históricos del derecho administrativo ... 24
1.1.5.2 Fuentes del derecho administrativo. ... 25
1.1.5.3 Qué estudia el ejercicio de la Función Administrativa. ... 26
1.1.6 Funciones del GAD Municipal. ... 26
1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. 30 1.2.1. La Ordenanza ... 30
1.2.2 La Rotulación ... 30
1.2.3 La Nomenclatura Vial. ... 31
1.2.4 La ciudad. ... 31
1.2.4.1 La transformación de la ciudad. ... 32
1.2.5 La nomenclatura y rotulación en varios países... 33
1.2.5.1 El derecho a la ciudad... 33
1.2.5.2 Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana. ... 33
1.2.5.2 Madrid-España. ... 34
1.2.5 La consagración del derecho a una ciudad digna: Construcción Colectiva y
Políticas Públicas. ... 36
EPIGRAFE III ... 37
1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. ... 37
1.3.1 La ordenanza. ... 37
1.3.1 La Rotulación. ... 37
1.3.1 La nomenclatura. ... 37
1.3.1 Del derecho a la ciudad. ... 38
1.3.1 El Buen Vivir, SUMAK-KAWSAY. ... 38
EPIGRAFE IV ... 39
1.4 Conclusiones parciales del capitulo... 39
CAPÍTULO II. ... 40
2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA. ... 40
2.1 Caracterización del sector, contexto institucional o problema seleccionado para la investigación. ... 40
2.2 Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación. ... 41
2.2.1 Modalidad de la investigación. ... 41
2.2.1 Métodos. ... 42
2.2.3 Método Analítico – Sintético ... 42
2.2.4 Método Inductivo – Deductivo. ... 42
2.2.4.1 Inductivo. ... 42
2.2.4.3 Histórico – Lógico. ... 43
2.2.5 Tipos de investigación. ... 43
2.2.5.1 Bibliográfica ... 44
2.2.5.2 Campo... 44
2.2.5.3 Descriptiva. ... 44
2.2.5 Técnicas de Investigación... 45
2.2.6.1 Observación directa. ... 45
2.2.6.2 Observación Indirecta. ... 45
2.2.5.3 Encuestas. ... 45
2.2.6.4 Entrevista. ... 46
2.2.5 Herramientas de Investigación ... 46
2.2.7.1 Ficha de observación. ... 46
2.2.7.2 Cuestionario ... 46
2.2.7.3 Guía de entrevista. ... 47
2.2.7 Población y muestra de la investigación. ... 47
2.2.8.1 Población. ... 47
2.2.8.1 Muestra. ... 47
2.2.8.3 Estructura de la población. ... 48
2.2.8.4 Interpretación de los resultados de la encuesta realizada ... 49
2.3 Propuesta del investigador: modelo, sistema, metodología, procedimiento, entre otros, que realice el investigador. ... 59
2.4 Conclusiones parciales del capítulo... 60
... 61
3.1 Modelo, sistema, metodología, procedimiento, que realice el investigador, de la aplicación de los resultados de la investigación. ... 61
3.2 Análisis de los resultados finales de la investigación, incluye validación, aplicación y evaluación de los resultados de su propuesta. ... 62
3.3 Desarrollo de la Propuesta. ... 63
3.3.1 Tema. ... 63
3.3.1.1 Objetivo. ... 63
3.3.1.1 Justificación. ... 63
3.3.1.1 Descripción de la propuesta... 64
3.3.1.1 Exposición de Motivos. ... 64
3.3.1.1 Desarrollo del Cuerpo central. ... 65
3.4 Conclusiones parciales del capítulo... 76
CONCLUSIONES GENERALES. ... 77
RECOMENDACIONES. ... 78 BIBLIOGRAFIA
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1 Población y Muestra ... 48
Tabla 2 En referencia a la pregunta Nº 1 ... 49
Tabla 3 En referencia a la pregunta Nº 2 ... 50
Tabla 4 En referencia a la pregunta Nº 3 ... 51
Tabla 5 En referencia a la pregunta Nº 4 ... 52
Tabla 6 En referencia a la pregunta Nº 5 ... 53
Tabla 7 En referencia a la pregunta Nº 6 ... 54
Tabla 8 En referencia a la pregunta Nº 7 ... 55
Tabla 9 En referencia a la pregunta Nº 8 ... 56
Tabla 10 En referencia a la pregunta Nº 9 ... 57
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1 En referencia a la pregunta Nº 1 ... 49
Gráfico 2 En referencia a la pregunta Nº 2 ... 50
Gráfico 3 En referencia a la pregunta Nº 3 ... 51
Gráfico 4 En referencia a la pregunta Nº 4 ... 52
Gráfico 5 En referencia a la pregunta Nº 5 ... 53
Gráfico 6 En referencia a la pregunta Nº 6 ... 54
Gráfico 7 En referencia a la pregunta Nº 7 ... 55
Gráfico 8 En referencia a la pregunta Nº 8 ... 56
Gráfico 9 En referencia a la pregunta Nº 9 ... 57
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo 1: Carta de Aprobación del Perfil del Proyecto de Investigación. Anexo 2: Formulación de la Encuesta Aplicada.
1 INTRODUCCION
Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica. Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de esta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
El Ecuador es un país garantista de derechos, deberes y obligaciones, un país democrático; es por ello que el presente proyecto que regula la Nomenclatura y Rotulación de las vías y calles del Cantón Quinindé, es importante toda vez que de esta manera se cumpliría con los preceptos Constitucionales de políticas públicas y servicios públicos consagrados en el artículo 85 de la Carta Magna, que son la prestación que debe dar el Estado de bienes y servicios para hacer efectivos el buen vivir; y participación ciudadana que se refiere a la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para ejecutar dichas políticas públicas y servicios públicos.
Antecedentes de la investigación
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estrategias y programas que sean útiles para garantizar los servicios y espacios públicos adecuados.
Una vez realizada la investigación de manera pormenorizada en el CDIC de la Universidad Regional Autónoma de los Andes Uniandes, extensión Santo Domingo, internet y demás bibliotecas existentes en el cantón de Santo Domingo de los Colorados, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, para constatar si existen proyectos de investigación con el tema: “PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULE LA NOMENCLATURA Y ROTULACIÓN DE LAS VIAS Y CALLES DEL CANTÓN QUININDE, A EFECTOS DE UBICAR CON EXACTITUD LOS DOMICILIOS”, se concluye que no se ha realizado otro similar, en consecuencia, el presente proyecto de investigación es viable, inédito y propio de la autora.
Actualidad e Importancia del Tema
La inexistencia de una ordenanza que regule la nomenclatura y rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé, ocasiona serios problemas para el progreso del mismo. La ausencia de una ordenanza reguladora de nomenclatura y rotulación, que obligue a las autoridades a mantener en óptimas condiciones para uso público dicho cantón, origina a molestia en los pobladores. Las calles sin números, sin nombres, en siglas o con rótulos deteriorados impiden que los pobladores, turistas y funcionarios judiciales pueda localizar rápidamente una dirección, arrastrando con ello la pérdida de tiempo y dinero.
3 Formulación del Problema
La falta de una Ordenanza Municipal que regule la Nomenclatura y Rotulación de las vías y calles del Cantón Quinindé, está ocasionando que se vulnere el derecho constitucional al Buen Vivir. Al vulnerar el derecho al Buen Vivir, nace la vulneración de un sin número de derechos como hábitat y vivienda, educación y derecho a un ambiente sano, que generan problemas para la sociedad tales como: perdidas económicas porque este es un lugar turístico y al no contar con una adecuada nomenclatura es difícil llegar a localizar los sitios y los comerciantes pierden una oportunidad de trabajo.
También perjudica al comercio toda vez que es de conocimiento público que en sitios turísticos abundan las ventas de todo tipo de productos y al no existir una nomenclatura adecuada no llega gente que contribuya económicamente y es aquí donde nace el desempleo y la pobreza. Otro caso muy particular es el tiempo, este es muy importante para personas que trabajan bajo relación de dependencia, la inexistencia de la nomenclatura en las calles imposibilita llegar a tiempo a sus diferentes lugares de trabajo, generando de esta manera descuentos en el sueldo, memos, llamados de atención, e incluso terminación del contrato.
También se perjudica a la integridad física y personal por cuanto al no contar con una adecuada nomenclatura muchas veces las personas tienden a ser víctimas de asaltos, puesto que al no saber la dirección exacta donde se suscitó el hecho el servicio público de seguridad ECU 911, Policía Nacional, cuerpo de Bomberos, Ambulancias según sea el caso no pueden llegar a tiempo para prestar el auxilio necesario.
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Con este proyecto se resolverá de manera radical la problemática que existe en el cantón Quinindé, toda vez que se cumpliría con los siguientes mandatos legales como: el derecho al hábitat establecido en el artículo 31, el derecho a gozar de las políticas públicas, servicios públicos y participación ciudadana establecido en el artículo 85, los principios de aplicación de los derechos establecidos en el artículo 11, se garantizaría los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad establecidos en el artículo 314, todos de la Constitución de la República del Ecuador. La problemática puede ser resuelta legalmente por cuanto el artículo 264 de la Constitución faculta a los gobiernos municipales crear proyectos de ordenanzas en beneficio de su cantón.
Delimitación del Problema
Precisamente el objetivo de la presente investigación va dirigida a solucionar este problema, poniendo en conocimiento de las autoridades del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinindé, ya que en lo que concierne a la zona urbana se observa que no existe nomenclatura y rotulación de muchas de sus calles.
Por ello con la creación del presente Proyecto de Ordenanza Municipal que regule la nomenclatura y rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé, a efectos de ubicar con exactitud los domicilios se pretende solucionar en su totalidad la antes mencionada problemática.
Objeto de investigación
5 Campo de Acción
Ordenanza Municipal que regule la nomenclatura y rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé, a efecto de ubicar con exactitud los domicilios.
Identificación de la línea de investigación
- Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en Ecuador.
• El ordenamiento jurídico ecuatoriano, Presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales.
Objetivo General
Elaborar un Proyecto de Ordenanza Municipal que regule la nomenclatura y rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé, a efectos de ubicar con exactitud los domicilios.
Objetivos Específicos
• Fundamentar jurídicamente la forma en que se garantiza las políticas públicas, servicios públicos y participación ciudadana, que hacen efectivos el buen vivir.
• Diagnosticar los efectos negativos que causa el hecho, de que en el Cantón Quinindé no cuenten con una ordenanza que regule la nomenclatura y rotulación de las vías y calles.
• Elaborar los componentes jurídicos necesarios para crear un proyecto de ordenanza reguladora de la nomenclatura y rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé provincia de Esmeraldas.
6 Idea a defender
Con la creación de un proyecto de ordenanza reguladora de la nomenclatura y rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé, se logrará ubicar con exactitud los domicilios, garantizando así el derecho del Buen Vivir para la población del cantón antes mencionado, funcionarios judiciales y turistas que lo frecuenten.
Preguntas Científicas
¿Cómo afecta la falta de nomenclatura y rotulación de las vías y calles del Cantón Quinindé a los pobladores, funcionarios judiciales y turistas?
¿Cuál es el efecto negativo de la falta de nomenclatura y rotulación de las calles del cantón Quinindé?
¿Cuál es la finalidad de dotar de nomenclatura y rotulación las calles del cantón Quinindé?
Justificación del Tema
Conveniencia
7 Relevancia Social
El beneficio de la presente investigación es para la ciudadanía del cantón Quinindé, por cuanto el objetivo es garantizar el buen vivir y así brindar un aportar al desarrollo del Cantón ya que la finalidad de la nomenclatura y rotulación es dar uniformidad a la manera en que se identifican barrios, vías, calles, parques y plazas, para así facilitar al ciudadano su localización.
Implicación Práctica
Con la creación de esta Ordenanza se resolverá garantizar el derecho al hábitat, el aspecto físico de las calles del Cantón, se cumplirá el artículo 85 de la Constitución, que habla acerca de Políticas públicas, servicios públicos y participación ciudadana que se refiere a que los bienes y servicios que nos ofrece cada Institución estatal se orientará a hacer efectivos el Buen Vivir. Las Autoridades competentes, en este caso la Alcaldía tomará las medidas necesarias para que este proyecto de Ordenanza Municipal se aplique en el Cantón a fin de que la economía del lugar progrese y que las personas que visitan este sitio puedan localizar las propiedades y demás lugares con facilidad.
Valor Teórico
8 Utilidad Metodológica
9 CAPITULO I
1 MARCO TEÓRICO
EPÍGRAFE I
El presente capítulo del proyecto, se sustenta en la creación de una ordenanza que Regule la Nomenclatura y Rotulación de las Vías y Calles del Cantón Quinindé, a efectos de ubicar con Exactitud los Domicilios, tomando en cuenta las posiciones teóricas de doctrinarios y especialistas.
1.1 Origen y evolución del objeto de investigación.
1.1.1 Origen y evolución de la ordenanza municipal.
No se puede precisar con exactitud la fecha de aparición de las Ordenanzas Municipales, toda vez que el proceso debió de ser lento y no exento de dificultades, aunque es plausible su conexión genética con los textos que anteriormente venían regulando las actividades administrativas locales: los fueros municipales.
Los fueros habían permitido a los concejos, seguramente hasta el crucial reinado de Alfonso X, legislar sobre amplios campos temáticos, incluyendo el derecho privado, el penal o el procesal, algo que los monarcas imbuidos del espíritu del Derecho de la Recepción difícilmente podían soportar. Es por ello por lo que creo que el inicio de la desaparición de los fueros municipales debe relacionarse, primero, con la recepción del Derecho Común y, segundo, por ende, con la asunción por parte de los reyes de un poder legislativo sin inconvenientes.
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instituciones delegadas, tuvieran capacidad legislativa más allá de sus más próximas y cotidianas competencias.
De este modo se introduce en la vida jurídica municipal un nuevo derecho que desplaza al antiguo, sin perjuicio de que se mantuvieran distintas peculiaridades.
Las Ordenanzas Municipales son desde antiguo una fuente estudiada tanto desde el punto de vista de los historiadores del Derecho, como desde el campo de medievalistas y modernistas, si bien los focos de interés son muy diferentes para todos estos especialistas.
En efecto, al historiador especializado en las Edades Media o Moderna (el uso por los dedicados a la Historia contemporánea, de momento, no parece que haya sido muy amplio, a pesar de que son fuentes vivas en la actualidad) los temas que le suelen interesar son los de tipo económico o administrativo por el que se ejerce la coerción de la autoridad municipal dentro de su ámbito de competencias. (Porras, 2009, pág. 20).
1.1.1.1. Qué son las ordenanzas municipales.
Las Ordenanzas y Reglamentos son normas generales obligatorias establecidas por las Entidades Locales en el marco de sus competencias y en relación con los intereses públicos que les están encomendados.
Una Ordenanza es un acto normativo que está relacionado a temas de interés general y permanente para la población y cuya aplicación y cumplimiento es de carácter obligatorio desde su publicación.
11 1.1.1.2. Definición de Ordenanza.
La ordenanza es una norma reglamentaria que contiene un conjunto ordenado de reglas o preceptos sobre una determinada materia, que, dictada por la autoridad competente, de conformidad a su autonomía y potestad administrativa, tiene carácter general y obligatorio y es de cobertura jurisdiccional, que se aplica para el régimen y buen gobierno de una localidad.
De acuerdo al ordenamiento jurídico en cuestión, la ordenanza puede ser: municipal, si es dictada por la máxima autoridad de una municipalidad y con validez dentro del municipio; si es promulgada por los gobiernos autónomos descentralizados del Cantón y tiene fuerza obligatoria en todo el. (Godin, 2012, pág. 25)
1.1.1.3. Facultad normativa de la Ordenanza Municipal.
La Constitución de la República (2008) dota a los gobiernos autónomos descentralizados de una facultad legislativa que, a primera vista, haría pensar en la existencia de ordenamientos jurídicos locales. Con la expresión facultades legislativas se podría entender que, dentro del Ecuador, que se organiza como un Estado unitario, se permite la existencia de legisladores y de leyes locales.
El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (2011) enuncia que para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales, provinciales y municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial.
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ordenamiento jurídico más que en el específico ámbito que precisa la Constitución. (Pérez, 2001, pág. 46)
1.1.1.4. Decisiones legislativas de los GAD Municipal.
Al respecto, el Art. 322 el Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización textualmente dice:
“Los concejos regionales y provinciales y los consejos metropolitanos y municipales
aprobarán ordenanzas regionales, provinciales, metropolitanas y municipales,
respectivamente, con el voto conforme de la mayoría de sus miembros”.
Los proyectos de ordenanza, según corresponda a cada gobierno, deberán referirse a una sola materia y serán presentados con la exposición de motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que se deroguen o reformen con la nueva ordenanza. Los proyectos que no reúnan estos requisitos no serán tramitados.
El proyecto de ordenanza será sometido a dos debates para su aprobación, realizados en días distintos. Una vez aprobada la norma, por secretaría se la remitirá al ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado correspondiente para que en el plazo de ocho días la sancione o la observe en los casos en los que se haya violentado el trámite legal o lo que dicha normativa no esté acorde con la Constitución o las leyes.
13 1.1.1.5. Promulgación y Publicación.
La promulgación de las ordenanzas y reglamentos municipales, consiste en hacer público un acto decisorio del consejo, lo cual debe llevarse a cabo por cualquier medio de difusión, a excepción de las ordenanzas de carácter tributario que serán publicadas obligatoriamente en el Registro Oficial.
El Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en su Art. 324 señala que: “El ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado, publicará todas las normas aprobadas en su gaceta oficial y en dominio web de la institución; si se tratase de normas de
carácter tributario, además, las promulgará y remitirá para su publicación en el registro
Oficial.”
1.1.1.6. Cuerpo de la Ordenanza.
Una ordenanza se compone de varias partes relacionadas unas con otras:
1.- Considerandos.
En estos se deben establecer las razones por la que se crea la ordenanza. Estas son de dos clases:
-De hecho:
Los considerandos de hecho se refieren a las necesidades municipales que se pretendan cubrir, así como a las razones de orden práctico o técnico en que se basó su elaboración.
-De derecho:
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materia a la que se refiere la ordenanza, así como a las leyes o reglamentos que se relacionen con el área de protección ambiental que se vaya a normar.
2. Generalidades.
Debe señalarse principalmente, el ámbito de aplicación de la ordenanza; es decir el sector o la actividad para la que va a regir la ordenanza.
3. Parte normativa.
Las normas en una ordenanza pueden ser:
- Prohibitivas: Son aquellas que señalan prohibiciones o regulaciones que la ordenanza prevé; e
- Incentivadoras: Son aquellas que contienen incentivos para una producción ambientalmente equilibrada y, en general, para la preservación del medio ambiente.
4. Parte sancionadora / Sanciones a normas prohibitivas.
Se refiere a las sanciones en caso de violación de las disposiciones establecidas en la ordenanza, señalando una pena para el caso de incumplimiento. Las sanciones deben ser exclusivamente de orden administrativo, como multas o clausura de establecimientos, nunca penas privativas de la libertad. Adicionalmente, es necesario establecer cuáles son las autoridades encargadas de la vigilancia y el cumplimiento de los preceptos de la ordenanza, así como de la aplicación de sus sanciones.
5. Disposiciones finales y transitorias.
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ciudadanía se acople al nuevo régimen jurídico que establece la ordenanza. (Derecho Ecuador, 2016, pág. 3)
1.1.2.2. Origen y evolución de la nomenclatura.
El historiador Rodolfo Pérez Pimentel cuenta que todo nombre nace con una ordenanza municipal. Es decir, para que una vía obtenga una nomenclatura en particular se requiere de un pedido oficial al Municipio. Esa solicitud se la publica en los diarios.
Florencio Compte en su obra Nomenclatura de las calles de Guayaquil dice que los nombres de las calles de la ciudad “responden a la consideración de orden ideológico y político de las autoridades que en su momento estuvieron en el poder”.
Según Compte las distintas administraciones seccionales han ido otorgándoles nombres a nuestras calles como homenaje a hombres y mujeres ilustres. Pérez Pimentel asegura que esta costumbre data de la época de la Colonia. Las calles llevaban nombres referentes a la monarquía y en su mayoría se referían a autoridades foráneas, como la ‘Magallanes’. Afirma además que ya como República se empezó a distinguir a las personas honorables. También se estilaba reconocer a las personas que ejercieron algún cargo público y en su fallecimiento debía rendírsele un homenaje póstumo y se lo hacía nombrando a alguna calle con su nombre y apellido. A pesar de existir parámetros para decidir el nombre de una calle o avenida la designación no siempre se amparó en ellos. Existen varias calles que han sido nombradas sin que los personajes aludidos guarden relación con nuestra historia. La Avenida Kennedy, en homenaje al asesinado presidente norteamericano, no tiene vínculo alguno con nuestra historia. Sin embargo, algunos personajes históricos han sido relegados a sectores recónditos como es el caso de Atahualpa y Rumiñahui. (Compte, 2010, pág. 10).
1.1.2.1 Qué es Nomenclatura.
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dentro de un Distrito, una Ciudad, un Cantón, una Parroquia sea urbana o rural, o un Recinto respectivamente. Los nombres a utilizarse deben recordar hechos históricos de la vida Cantonal y Nacional, así como también contendrán los nombres de los ciudadanos que se han destacado por su patriotismo, adelanto material y espiritual de la comunidad.
La Nomenclatura Vial es el conjunto de alfanuméricos que se emplean para identificar una vía. (Compte, 2010, pág. 22)
1.1.2.2 Objetivos de la Nomenclatura.
La nomenclatura tiene varios objetivos:
a) Para la población: Una lectura más fácil de la ciudad:
-Mejorar la localización y la identificación,
-Facilitar las intervenciones de emergencia: ambulancias, bomberos, policía,
-Localizar los servicios urbanos.
b) Para las municipalidades: Como intendencias, alcaldías, ayuntamientos, comunas, etc: -Mejoramiento de los recursos y de la gestión urbana:
-Una herramienta de programación y de gestión de los servicios técnicos: el conocimiento del patrimonio público (vialidad, equipamientos, su longitud, número y condición) permite establecer un sistema de seguimiento y de ayuda para la planificación y programación de la inversión urbana;
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c) Para el sector privado: Los concesionarios de los servicios públicos pueden administrar mejor las redes. En efecto, la nomenclatura permite facilitar el trabajo de los concesionarios de los sistemas de distribución de agua, electricidad y telecomunicaciones, en cuanto a la instalación y los cobros por los servicios. (Escobar, 2010, pág. 50)
1.1.2.3 Características de la Nomenclatura.
La Nomenclatura debe cumplir con las siguientes características:
-Universalidad, unicidad y no repetición.
-Flexible y expandible.
-Clara y auto contenida.
1.1.3 Origen y Evolución de la Rotulación.
La rotulación surgió en la Edad Antigua como un método de publicidad ante la necesidad que experimentaron los humanos (concretamente los antiguos egipcios) de anunciar sin necesidad de repetir una y otra vez oralmente un mensaje. Surgió entonces el primer prototipo de rótulo que, en sus inicios, tan sólo se trataba de un cartel que permitía leer la información a cualquier persona que estuviese interesada. Aquí empezó una tradición que fue evolucionando hasta alcanzar la época actual, en la que miles de carteles publicitarios y rótulos forman parte de todas las ciudades del mundo.
El primer prototipo del que se ha hablado fue obra de los antiguos egipcios que, para hacer visibles los comunicados más importantes, utilizaban papiros en los cuales escribían para después colocarlos en la pared, al alcance de todas las personas.
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griegos, postes publicitarios fabricados con madera en los que se escribían los distintos avisos que leerían los ciudadanos. De esta forma de rotulación surgieron después los kyrbos, piezas cilíndricas que, también fabricadas en madera, servían de medio de comunicación.
Por último en la edad antigua, los romanos prosiguieron con el uso de los rótulos, destacando cuatro tipos: los alba, para los cuales un muro colocado en plazas públicas era fragmentado en partes iguales para poder introducir un anuncio en cada rectángulo; los libelli, o papiros que, al igual que los egipcios, eran colocados en las paredes a disposición de los ciudadanos, para anunciar eventos se utilizaban los papiros, que utilizaban los egipcios, los axones y kyrbos griegos y, por último, de los mosaicos, los alba, los libelli y las inscripciones en piedra de los romanos. Los mosaicos o carteles en los que figuraban los nombres de las tiendas, lugares o casas que tenían este tipo de rótulo en su puerta o en el suelo (un ejemplo es el famoso mosaico en el que figuraba la frase "cave canem" o "cuidado con el perro" en una casa de pompeya, inspiración para miles de carteles, logos, nombres, etc. actuales); y, por último, las inscripciones en piedra.
Desde tiempos muy remotos se ha usado un lenguaje universal, un lenguaje gráfico, que permitió a los más antiguos hombres comunicar sus ideas y pensamientos entre sí. Estos dibujos constituyen las formas más primitivas de escritura, que luego se convirtió en símbolos usados en la escritura actual.
Llegó la Edad Media y fue en ese momento cuando comenzaron a usarse prototipos de lo que hoy en día conocemos como rótulos. Así era posible encontrar nombres de calles, gremios, artesanos, junto con un dibujo ilustrativo debido al analfabetismo de la época.
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Fue durante el final del siglo XIX cuando C.W. Reinhardt (antiguo dibujante en jefe de la Engineering News) vio la necesidad de crear un tipo de letra sencilla y legible, que pudiera ser hecha con trazos simples. Es por ello que desarrollo alfabetos de letras mayúsculas y minúsculas, basado en letras góticas y en una serie sistemática de trazos.
Después de Reinhardt, se empezaron a desarrollar una diversidad innecesaria y confusa de estilos y formas de letras. Luego interviene entonces la American Standards Association, en 1935 para establecer normas de letras que se conocen hoy en día como estándares.
El hombre desarrolló la representación gráfica en dos direcciones distintas, atendiendo a sus propósitos, La Artística y Técnica. (Embid, 2010, pág. 57).
1.1.3.1Qué es Rotulación.
La Rotulación es instalar postes indicadores, y/o placas con nombres de calles en las intersecciones. Debe ser legible, es decir fácil o complejo de la lectura de una letra o de un texto específico. (Martin, 2011, pág. 34)
1.1.3.2 Clases de Rotulación.
Se distinguen dos tipos principales de rotulado:
1.- Manual: El rotulado manual se realiza mediante pincel y brocha
2.- Digital: se emplea un plotter de recorte o de inyección de tinta.
1.1.4 Origen y evolución del derecho municipal.
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abstracto, surgido, precisamente, en el antiguo ámbito del Imperio romano, cuando los poderes políticos que sucedieron a éste en las diferentes provincias entraron en crisis, abandonando a los diversos grupos de convivencia de su población a su propia suerte. Es éste un fenómeno no típicamente hispano, pues el Derecho municipal, bajo otras denominaciones, como es natural, fue conocido en otros países, pero sí típicamente medieval.
Estos ordenamientos no suponen un arrumbamiento del antiguo Derecho del Liber, más o menos conservado, sino que significan únicamente una modificación del mismo, en todos aquellos aspectos que rebasaba su marco, o su perfección, cuando las nuevas situaciones no encontraban en el Liber su regulación. El origen de estos ordenamientos se encuentra en la carta fundacional, en el privilegio regio o señorial por el cual se concede al municipio la propiedad de sus términos y con ello la razón de su autonomía.
Frecuentemente estas cartas de población o fueros que comienzan a parecer en el siglo IX o X y se generalizan en el XI y XII, recogen también una serie breve de normas, por las que deben regirse los habitantes de dicho municipio, normas, preferentemente, destinadas a regular los deberes de los habitantes con el municipio y frente al monarca o señor concedente. (Escobar, 2010, pág. 7)
1.1.4.1 Concepto de derecho municipal.
Derecho municipal es el que rige la organización y funcionamiento de la administración (inclusive de las finanzas públicas), o bien de la administración y gobierno de los grupos urbanos (municipio).
El Derecho Municipal es el conjunto de normas jurídicas y normas técnico- administrativas y financieras que regulan las municipalidades y el desenvolvimiento del municipio.
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Las “normas técnico-administrativas” son aquellas como las Ordenanzas y las Resoluciones promulgadas por las Municipalidades. Estas regulan el desenvolvimiento del Municipio.
1.1.4.2 El derecho municipal como rama del derecho público.
Estudia las normas que rigen el desenvolvimiento de la administración pública del municipio, considerado como fenómeno social, histórico, jurídico y político, indagando su origen, su desarrollo actual y sus perspectivas de transformación, para lograr su consolidación institucional como instrumento para la preservación de la democracia participativa. “El Derecho Municipal es estudia el origen y desarrollo del Municipio desde lo sociológico e histórico, jurídicos y político.” (Escobar, 2010, pág. 15)
1.1.4.3 Relación del derecho municipal con otras ramas.
-Derecho constitucional.
Se relaciona ya que en la constitución se encuentra plasmados los principios que regulan las exigencias del municipio, lo define, le señala sus fines, funciones, integración, elementos esenciales, características, modalidades y todas las disposiciones que integran el Derecho Municipal.
-Derecho administrativo.
Se relaciona ya que regula la actividad que realizan los órganos de administración pública para satisfacer las necesidades colectivas.
-Derecho financiero.
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Establecer atributos, las diversas clases de recursos, el manejo de sus bienes y distribución del recurso para el gasto público, es porque toca en la restauración de la aplicación de los ingresos que conforman el horario publico municipal “Tesoro del Estado”.
-Derecho electoral.
Rama del Derecho Constitucional que regula los procesos a través de los cuales el pueblo elige mediante el voto a los titulares de los órganos del Estado, así como la participación de la función legislativa.
1.1.4.3 Disciplinas auxiliares del derecho municipal.
-Historia.
Ya que se debe conocer al municipio de su origen y evolución a través de un itinerario temporal.
-Derecho urbanístico.
Se relaciona con este en cuanto a la solidificación, usos y distribución del suelo, así como en su entorno social.
-Filosofía del derecho.
Ya que es imprescindible determinar los fines y los valores a los que deben aspirar los integrantes de la comunidad.
-Administración.
23 -Estadística e informática.
Se relaciona con esta ya que es importante para poder lograr el conocimiento y la organización de cifras y datos que atañe a las cuestiones demográficas administrativas y financieras del municipio.
1.1.4.3 Fuentes del derecho municipal.
La connotación de la expresión fuente de derecho proviene de la expresión fons- fontis que significa “lugar donde surge o emana o brota una corriente de agua”. Al hablar de fuente de derecho se hace alusión a las diversas formas de cómo surge la norma. (Parejo, 2011, pág. 32)
1.1.4.3 Clasificación de las fuentes del derecho
Para EDUARDO GARCÍA MAINEZ, hay tres tipos de fuentes:
-FUENTES FORMALES: Atienden a la creación o a la manera en la que la norma se encuentra su vigencia y existencia institución.
-FUENTES REALES: Alude a los factores, elementos que integran el contenido de las propias normas del derecho.
-FUENTES HISTORICAS: Son aquellas que podemos encontrar documentos históricos como “códices, papiros, codificaciones que contengan una ley.
1.1.5 Origen y evolución del derecho administrativo
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Además, es el conjunto de normas jurídicas que regula la organización, el funcionamiento y los poderes y deberes de la Administración pública en sus relaciones con otros sujetos. (BIELSA, 2009, pág. 37).
El Derecho Administrativo es la rama del derecho público interno, constituido por el conjunto de estructuras y principios doctrinales, y por las normas que regulan las actividades directas o indirectas, de la administración pública como órgano del poder ejecutivo federal, la organización, funcionamiento y control de la cosa pública; sus relaciones con los particulares, los servicios públicos y demás actividades estatales.
1.1.5.1 Antecedentes históricos del derecho administrativo
Los primeros antecedentes de Derecho Administrativo se identifican desde los orígenes de las primeras civilizaciones. Como dice el autor Georges Veddel, “todo país civilizado poseería un derecho administrativo, puesto que necesariamente posee un conjunto de normas que rigen la acción de la administración”.
Es entonces desde el Imperio Romano, los Estados monárquicos absolutistas de la Edad Media y el período de colonización de América, cuando tienen inicio las primeras instituciones y normas del poder político público, y que la doctrina cita ha sido el primer punto de partida de la creación de leyes que los gobiernos debían cumplir con cierta rigurosidad y que normaban las relaciones entre administración y personas comunes, por lo que desde ese entonces ya estaba presente la noción del Derecho Administrativo, aunque las limitaciones eran amplias e imperaba el “Estado de Policía” ya que el poder de los monarcas era ilimitado.
Como explica Gordillo: “El derecho administrativo en cuanto conjunto de normas que regula
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reconocen derechos del individuo frente al soberano; el particular es un objeto del poder estatal, no un sujeto que se relaciona con él.” (Gordillo, 2012, pág. 25)
1.1.5.2 Fuentes del derecho administrativo.
Consiste en ciertos principios básicos, activos y doctrinarios, de donde emergen las normas jurídicas. Se Clasifican en 2:
-Fuentes positivas o principales: De acuerdo con nuestro sistema de derecho, determinadas por disposiciones escritas, cuya esencia es crear, modificar o extinguir situaciones jurídicas de orden administrativo. Son las siguientes:
1. La Constitución 2. El Reglamento. 3. El Estatuto. 4. El Decreto. 5. Las ordenanzas.
Fuentes Racionales o secundarias. - Radican en ciertos antecedentes lógicos y necesarios que sirven para completar el conocimiento y práctica de los anteriores. Son los siguientes:
-La jurisprudencia: Son Fallos emitidos a través de los tribunales de jerarquía de última instancia, esto es las salas especializadas de la CSJ (Corte Suprema de Justicia), ahora CNJ (Corte Nacional de Justicia), Civil, Penal, Tribunales Administrativos, también Reportes Jurisprudenciales de carácter referencia, de la Corte Constitucional.
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1.1.5.3 Qué estudia el ejercicio de la Función Administrativa.
Debe recordarse aquí que función administrativa es toda la actividad que realizan órganos administrativos, y la actividad que realizan los órganos legislativos y jurisdiccionales, excluidos, respectivamente, los actos y hechos materialmente legislativos y jurisdiccionales. Por lo tanto, el derecho administrativo estudia toda la actividad que realizan órganos estructurados jerárquicamente o dependientes de un poder superior, y también la actividad del Congreso que no sea materialmente legislativa, y de órganos independientes (jueces) que no sea materialmente jurisdiccional.
Al analizar el ejercicio de la función administrativa, se estudia no sólo la actividad administrativa en sí misma, sino también quién la ejerce (organización administrativa, agentes públicos, entidades estatales, etc.), qué formas reviste (actos administrativos, reglamentos, contratos, etc.), de qué medios se sirve (dominio público y privado del Estado), en qué atribuciones se fundamenta (“poder de policía,” facultades regladas y discrecionales de la administración, etc.), y qué límites tiene. (Recursos administrativos y judiciales, responsabilidad del Estado y de sus agentes). (Fernández, 2003, pág. 42).
1.1.6 Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (Cootad).
El artículo 7 del COOTAD, establece la Facultad normativa, manifestando que para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y provinciales, concejos metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial. El ejercicio de esta facultad se circunscribirá al 2 ámbito territorial y a las competencias de cada nivel de gobierno, y observará lo previsto en la Constitución y la Ley.
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autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva previstas en este Código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden.
La sede del gobierno autónomo descentralizado municipal será la cabecera cantonal prevista en la ley de creación del cantón.
En el Artículo 54, letra g) del COOTAD, encontramos que es función del gobierno autónomo descentralizado municipal lo siguiente:
g) Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en
coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo
especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas
comunitarias de turismo.
Por ellos es necesario que todas las calles estén debidamente identificadas con nombres y números, la nominación de las calles permite la orientación a la ciudadanía y a los turistas, el establecimiento de ejes permitiría el desarrollo ordenado de la ciudad, pues a partir de estos se fijará la dirección de las nuevas avenidas o calles dentro del perímetro urbano.
La identificación predial permitirá conocer su correcta ubicación, así como realizar acciones de ejecución, en caso de acciones legales, los nombres de las avenidas, calles, parques, pasajes, escalinatas debe reflejar la cultura, la historia, el trabajo, el arte, la música, la educación y otros elementos que forman parte de nuestra cultura singular.
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z) Regular mediante ordenanza la delimitación de los barrios y parroquias urbanas tomando
en cuenta la configuración territorial, identidad, historia, necesidades urbanísticas y
administrativas y la aplicación del principio de equidad Inter barrial. (Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, 2015, pág. 37)
La dinámica del crecimiento de la ciudad implica necesariamente la presencia de nuevos asentamientos, conjuntos habitacionales, urbanizaciones, etc., los cuales carecen a la fecha de denominación de avenidas, calles y pasajes, así como de una numeración ordenada de predios, razón por la cual resulta imperioso contar con una ordenanza que permita una actualización y regularización de estos datos de forma tal que preste las facilidades tanto a la ciudadanía como a los turistas o visitantes para la identificación de sus destinos.
Todas las ciudadanas y ciudadanos tienen derecho a habitar un sector plenamente identificado bajo una nomenclatura clara que permita su fácil diferenciación respecto del resto de vecinos y es s necesario acrecentar el espíritu de civismo y confraternidad, para lograr entre otros fines, el desarrollo y mejoramiento de la cultura y educación de los pueblos.
1.1.6.1 El Cantón Quinindé.
El cantón Quinindé es una entidad territorial subnacional ecuatoriana, de la Provincia de Esmeraldas. Se ubica en la Región Costa. Su cabecera cantonal es la ciudad de Rosa Zárate, lugar donde se agrupa gran parte de su población total. De los 150.000 habitantes alrededor de 63.000 constituyen la población de votantes, con poca variación en los últimos años, la mayoría se encuentra en la zona urbana, que conforma una buena parte del total de la población.
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Siendo así este proyecto de Ordenanza Municipal que regule la Nomenclatura y Rotulación de las vías y calles del cantón Quinindé, a efectos de ubicar con exactitud los domicilios un acto normativo que pasará al Concejo Municipal, el que tendrá la responsabilidad de revisarlo, discutirlo y de aprobarlo mediante el proceso parlamentario respectivo.
La finalidad de dar nomenclatura a una calle es ordenar y dar uniformidad a la manera en que se identifican parroquias urbanas, barrios, vías, parques y plazas, para facilitar a los ciudadanos su orientación y localización. La nomenclatura es muy importante porque mejora la organización de la ciudad, optimiza el comercio y el movimiento de ciudadanos, turistas y otras personas además facilita la localización de hoteles, farmacias, comercios y para que los servicios públicos y de emergencia ambulancia, bomberos, policía puedan localizar rápidamente a cualquier dirección.
30 EPIGRAFE II.
1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación.
Esta parte del Proyecto se refiere al pensamiento de los diferentes autores respecto del tema del Proyecto de Investigación, en este caso sería que piensa cada autor respecto de las Ordenanzas Municipales que se encargan de regular la Nomenclatura y Rotulación de las calles de determinado lugar, y que derechos se garantizaría con dicha ordenanza.
1.2.1. La Ordenanza
Para Machicado, en su obra denominada: "Ordenanzas y Resoluciones Municipales", año 2012, dice:
Ordenanza es un tipo de norma jurídica que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley. El término proviene de la palabra "orden", por lo que se refiere a un mandato que ha sido emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por ese motivo, el término ordenanza también significa "mandato legal".
La Ordenanza Municipal es aquella dictada la municipalidad o un ayuntamiento y con validez dentro de un municipio o comuna. (Machicado, 2012, pág. 23).
1.2.2 La Rotulación
Para Hugues Leroux, en su obra denominada: "Urbanismo en los países en desarrollo", año 2014, dice:
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pensamientos entre sí. Estos dibujos constituyen las formas más primitivas de escritura, que luego se convirtió en símbolos usados en la escritura actual. (Hugues, 2014, pág 8)
1.2.3 La Nomenclatura Vial.
Para Florence Verdet, en su obra denominada “Proyectos de Nomenclatura y Numeración”, año 2009, dice:
La Nomenclatura Vial, es una herramienta que, a través de una serie de criterios y parámetros, así como de una codificación específica, asigna un nombre a los elementos urbanos susceptibles de ser contabilizados, nombrados y clasificados.
Es una operación que permite a las personas localizar un lote de terreno o una vivienda, es decir ayuda a definir su dirección, por medio de un sistema compuesto por planos y letreros de calles que indican los nombres de las calles. Dicha herramienta tiene potencial no solo para nombrar las vías, sino también es para nombrar o numerar las rotondas, puentes, túneles, postes eléctricos, tomas de agua, parada de transporte público, etc. Es una herramienta clave para el ordenamiento urbano. La herramienta permite acceder a varios niveles de información dependiendo de quién la utiliza y con qué propósito. El tipo y nivel de detalle de la información estará dirigida a tres usuarios principales: ciudadanos/as, operadores y gestores del territorio. (Florence, 2009, pág. 17)
1.2.4 La ciudad.
Para Jordi Borja, en su obra denominada “La Ciudad”, año 2003, dice:
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trabajo, de salud, de educación, de vivienda, recursos simbólicos, de participación, acceso a la información, etc.
El derecho a la ciudad es “el derecho de toda persona a crear ciudades que respondan a las necesidades humanas. Todo el mundo debería tener los mismos derechos para construir los diferentes tipos de ciudades que queremos. (Borja, 2003, pág. 22)
1.2.4.1 La transformación de la ciudad.
Para Roberto Chávez, en su obra denominada “La Transformación de la Ciudad, Desarrollo Urbano y Municipal, Patrimonio Cultural”, año 2013, dice:
La ciudad no es simplemente el derecho a lo que ya está en la ciudad, sino el derecho a transformar la ciudad en algo radicalmente distinto”. La reivindicación de la posibilidad necesaria de crear otra ciudad, se basa en los derechos humanos, y más precisamente en los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC).
33 1.2.5 La nomenclatura y rotulación en varios países.
1.2.5.1 El derecho a la ciudad.
Para Catherine Farvacque Vitkovic, año 2009, en su obra denominada “Políticas de Tierras en ciudades en desarrollo” y Para Henri Lefebvre, en su obra denominada “El Derecho a la Ciudad”, año 1968, dice:
El derecho a la ciudad no es una propuesta nueva, el término apareció en 1968 cuando el francés denominado Lefebvre escribió su libro “El derecho a la ciudad”, tomando en cuenta el impacto negativo sufrido por las ciudades en los países de economía capitalista, antes la ciudad fue tomada por los intereses del capital y así dejó de pertenecer a la gente, por lo tanto, Lefebvre aboga a través del derecho a la ciudad por “rescatar el hombre como elemento
principal, protagonista de la ciudad que él mismo ha construido”.
Es allí donde nacen las Políticas de Tierras en ciudades en desarrollo, donde El derecho a la ciudad es entonces restaurar el sentido de ciudad, instaurar la posibilidad del “buen vivir” para todos, y hacer de la ciudad “el escenario de encuentro para la construcción de la vida colectiva”. Asimismo, la vida colectiva se puede construir sobre la base de la idea de la ciudad como producto cultural, colectivo y, en consecuencia, político. (Farvacque, 2009, pág. 30)
1.2.5.2 Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana.
En República Dominicana hay una iniciativa del Ayuntamiento del Distrito Nacional, por medio de la Dirección de Tránsito y Movilidad Urbana (DMTU), con la Dirección General de Planeamiento Urbano (DGPU) y la Oficina del Plan Estratégico del Distrito Nacional (PEDN).
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emergencia o la simple ubicación de un equipamiento urbano son tareas sencillas por existir un proyecto de nomenclatura.
El Distrito Nacional es una porción del territorio de la República Dominicana de carácter muy complejo, que cumple las funciones de intermediación a nivel local, metropolitano, regional, nacional e internacional, y que por tanto demanda una clara lectura de su entramado urbano de cara a los residentes, así como al aproximado millón de visitantes que hacen parte de sus actividades diarias en dicho territorio.
Analizando los impactos a medio y largo plazo de esta herramienta sobre los ciudadanos residentes y visitantes, sobre la logística de diversas empresas, la organización del territorio, los organismos de socorro, los distintos sistemas de transporte público y entre otros actores de la ciudad, el proyecto se asume como un reto de importancia capital, que mejorará significativamente la orientación en la ciudad.
Con ello se toma cuenta de la importancia que la nomenclatura y rotulación de las vías públicas y la numeración de edificios tiene para el padrón municipal de vecinos, y por ende para la formación del censo electoral, ni que decir tiene que también se da seguridad y agilidad en la localización de inmuebles en el término municipal, lo cual sirve para múltiples actos de la vida ciudadana (prestación de servicios, tráfico jurídico de inmuebles, etc... (Alernar, 2014, pág 36)
1.2.5.2 Madrid-España.
El Ayuntamiento de Madrid es el único competente para asignar nombre a las a calles y espacios de la ciudad. La normativa municipal que hasta ahora ha regulado tanto la nomenclatura y rotulación de las vías públicas como la numeración de los edificios data de 1981, por tanto, tiene más de 30 años.
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Especial de Madrid, los Reglamentos Orgánicos del Ayuntamiento de Madrid y la legislación sectorial en la materia. La nueva "Ordenanza reguladora de la denominación y rotulación de vías, espacios urbanos, así como edificios y monumentos de titularidad municipal y de la numeración de fincas y edificios" uniformiza el procedimiento a seguir, que hasta ahora se encontraba disperso en diversos acuerdos e instrucciones. El texto aprobado hoy se estructura en cuatro capítulos, una disposición derogatoria y una disposición final.
Se mantienen en lo sustancial los criterios para la asignación de nombres que se recogían en la anterior normativa, con preferencia por los que son aprobados por el Pleno del Ayuntamiento. De conformidad de la Ley de Capitalidad, la competencia para la aprobación de la denominación de vías, espacios urbanos, edificios y monumentos de titularidad municipal pasa a corresponder a la Junta de Gobierno. Como hasta ahora, las propuestas deben ser previamente debatidas y aprobadas por las juntas municipales de distrito.
No obstante, el Pleno podrá aprobar la asignación de nombre con el fin de reconocer los méritos, significación o trayectoria especialmente relevantes de una persona, institución o acontecimiento. Dichos nombres serán de utilización preferente para su asignación a nuevos viales. El Sistema de Nomenclatura y Rotulación es importante para el país, porque con esto se fomenta el desarrollo económico y social del mismo.
1.2.5 Los alcances del buen vivir como objetivo supremo de Estado ecuatoriano.
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1.2.5 La consagración del derecho a una ciudad digna: Construcción Colectiva y Políticas Públicas.
El derecho a una ciudad digna está reconocido en el Art. 31 de la Constitución, que establece que «las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural». El derecho a una ciudad digna otorga una nueva dimensión a muchos de los derechos humanos ya consagrados en los convenios internacionales ratificados por Ecuador al establecer el disfrute pleno del hábitat y de los espacios públicos para todos los habitantes de la nación. Los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferencias culturales y equilibrio entre lo urbano y lo rural deben servir de guía para la implementación de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles, políticos y ambientales en todo el territorio. La nueva Constitución establece como pilares del derecho a la ciudad digna, los principios de la gestión democrática, de la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad y del ejercicio pleno de la ciudadanía (Art. 31). Considerando que la ciudad es una construcción colectiva, con múltiples actores y procesos, es necesario garantizar la participación directa y representativa de todos los habitantes en la planificación y el gobierno de las ciudades, provincias, parroquias, pueblos y villas, privilegiando el fortalecimiento y la autonomía de las administraciones públicas locales y de las organizaciones sociales. El Art. 248 reconoce a «las comunidades, comunas, recintos, barrios y parroquias urbanas como unidades básicas de participación en los gobiernos autónomos descentralizados y en el sistema nacional de planificación».
37 EPIGRAFE III
1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación.
1.3.1 La ordenanza.
Para Machicado, en su obra denominada: "Ordenanzas y Resoluciones Municipales", año 2012.
Dice que es una norma jurídica que tiene fuerza de ley en un determinado lugar, va de la mano con las otras leyes orgánicas y ordinarias, y sirven para poner orden, por ello el nombre de ordenanza. La Ordenanza va dirigida a mejorar la calidad de vida de los habitantes puesto que es un mandato legal del alcalde de la Municipalidad, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador habla sobre la autonomía que tienen los GAD, así como el artículo 240 del mismo cuerpo legal se refiere a la facultad legislativa que el estado otorga a cada uno de los GAD. (Machicado, 2012, pág. 21)
1.3.1 La Rotulación.
Para Hugues Leroux, en su obra denominada: "Urbanismo en los países en desarrollo", año 2016.
La rotulación consiste en instalar placas informativas en las calles y postes de la ciudad, a fin de indicar a los transeúntes, pistas que los ayuden a direccionarse con algún lugar específico. (Hugues, 2016, pág. 27)
1.3.1 La nomenclatura.
Para Florence Verdet, en su obra denominada “Proyectos de Nomenclatura y Numeración”, año 2009.
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nomenclatura ayudara a las personas que viven en dicho lugar puedan desarrollarse económicamente en caso de ser un lugar turístico. (Verdet, 20099, pág. 32)
1.3.1 Del derecho a la ciudad.
Para Catherine Farvacque Vitkovic, año 2009, en su obra denominada “Políticas de Tierras en ciudades en desarrollo”.
Se dice que desde el año 1968 el derecho al goce y disfrute pleno de la ciudad ya existía, el derecho a la ciudad es el buen vivir. El artículo 85 de la Constitución de la República del Ecuador se refiere prácticamente al derecho que tiene el pueblo sobre la ciudad, es así que las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios se orientan a hacer efectivos los derechos del buen vivir. (Farvacque, 2009, pág. 30)
1.3.1 El Buen Vivir, SUMAK-KAWSAY.
39 EPIGRAFE IV
1.4 Conclusiones parciales del capitulo
Al término del presente capítulo se realizan las siguientes conclusiones parciales del mismo:
1.- La tarea de toda Autoridad que representa a un lugar determinado es velar por el cumplimiento de los derechos Constitucionales, cumplir con las solicitudes que la ciudadanía menciona, y sobre todo velar por el desarrollo del lugar al que representa. La Alcaldía del Cantón Quinindé es el responsable directo de hacer cumplir la prestación de bienes y servicios públicos, para que el Cantón vaya adquiriendo importancia no solo a nivel cantonal sino a nivel nacional, puesto que al aumentar el turismo aumentaría el presupuesto económico y con ello también se vería beneficiado el estado.