FINIQUITO DE CONTRATO DE TRABAJO
En CURICO a 31 de AGOSTO de 2021, comparecen por una parte y como empleador CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC Rut 18.253.648-2, en adelante, tambien, 'El empleador', domiciliado en LOTES B Y C PP PERALILLO #PC 5 - COMUNA DE HUALA�E, CURICO y por la otra, Don(ña) HECTOR BENITO LABRA CORTES, cédula Nacional de Identidad 15.989.722-2 de nacionalidad chilena, estado civil SOLTERO(A) domiciliado en EL REMOLINO S/N LA HUERTA, CURICO, en adelante, también, 'El trabajador', se deja testimonio y se ha acordado el siguiente finiquito de Contrato de Trabajo, que consta de las siguientes cláusulas :
PRIMERO: Don(ña) HECTOR BENITO LABRA CORTES declara haberle prestado servicios personales bajo dependencia y subordinación a CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC en calidad de MANTENCION DE HUERTO, en la propiedad ubicada en LOTES B Y C PP PERALILLO
#PC 5 - COMUNA DE HUALA�E, CURICO desde el 01 de OCTUBRE de 2020 al 31 de AGOSTO de 2021, fecha esta última en la cual terminó su contrato de trabajo en virtud de la causal contemplada en el Articulo 159 NUMERO 5 del Código del Trabajo, esto es, Por TERMINO DE FAENA; causal que por este acto y, a mayor abundamiento, las partes ratifican ante el Ministro de Fe ante quien se ratifica el presente finiquito.
SEGUNDO: Por este acto, y a título de mera liberalidad, CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC paga a Don(ña) HECTOR BENITO LABRA CORTES en este acto, a su entera satisfacción, la suma única y total que más adelante se indica, manifestando el trabajador su conformidad con el monto, concepto y fecha de pago, según detalle:
VACACIONES PROPORCIONALES (20.75 dias) 233.092 INDEMNIZACION POR AÑOS DE SERVICIO : 0
TOTAL A PAGAR : 233.092
Son : DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVENTA Y DOS pesos.
TERCERO: Don(ña) HECTOR BENITO LABRA CORTES deja constancia que durante todo el tiempo que prestó servicios a CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC recibió de ella, correcta y oportunamente el total de las remuneraciones convenidas, de acuerdo con su contrato de trabajo, clase de trabajo ejecutado, reajustes legales y convencionales, feriados legales y proporcionales, cotizaciones previsionales y de salud, todo lo cual en conformidad a la Ley y que nada se le adeuda por los conceptos antes indicados, así como por ningún otro, sea de origen legal, contractual o extracontractual derivado de la prestación de sus servicios y/o del término de los mismos.
CUARTO : Asimismo, declara don(ña) HECTOR BENITO LABRA CORTES que luego del término de su contrato de trabajo y con anterioridad al otorgamiento del presente finiquito, se le acreditó y comprobó por su ex - empleadora, mediante la entrega de los documentos correspondientes al tenor de lo dispuesto por el Artículo 162 del Código del Trabajo, que el pago de sus cotizaciones previsionales (salud y AFP), por todo el período trabajado, se encuentran al día en las instituciones de su afiliación , por lo que en este acto manifiesta su plena conformidad con dichos pagos, los que a mayor abundamiento, ratifica.- En razón de lo expuesto y no teniendo reclamo ni cargo alguno que formular en contra de CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC, como al igual, de su representante legal, por los conceptos antes indicados, así como por ningún otro, por este acto le otorga el más amplio, completo y total finiquito, declaración que formula libre y espontáneamente, en perfecto y cabal conocimiento de todos y cada uno de sus derechos, renunciando por este acto, y a mayor abundamiento, a toda y cualquier acción y/o reclamo que eventualmente pudiere corresponderle en contra de su ex empleadora y/o de sus representantes.
QUINTO: Así se deja constancia que el efecto de la firma y ratificación de don(ña) HECTOR BENITO LABRA CORTES, del presente finiquito ante el Ministro de Fe actuante, es el de otorgar amplio poder liberatorio a su ex empleador: CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC.
previsionales, de seguridad social o de salud, subsidios, beneficios contractuales adicionales a las remuneraciones, indemnizaciones, compensaciones, o con cualquier otra causa o concepto.
Para constancia firman las partes el siguiente finiquito en 3 ejemplares, quedando uno de ellos en poder de cada parte y el tercero ante la Inspección del Trabajo.
Las cotizaciones previsionales correspondientes al mes en vigencia serán enteradas dentro del plazo legal.
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TRABAJADOR EMPLEADOR
15.989.722-2 18.253.648-2
FINIQUITO DE CONTRATO DE TRABAJO
En CURICO a 31 de AGOSTO de 2021, comparecen por una parte y como empleador CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC Rut 18.253.648-2, en adelante, tambien, 'El empleador', domiciliado en LOTES B Y C PP PERALILLO #PC 5 - COMUNA DE HUALA�E, CURICO y por la otra, Don(ña) GUSTAVO DEL CARMEN MUÑOZ BARRERA, cédula Nacional de Identidad 8.574.469-0 de nacionalidad chilena, estado civil CASADO(A) domiciliado en QUILVO BAJO SITIO #8 , CURICO, en adelante, también, 'El trabajador', se deja testimonio y se ha acordado el siguiente finiquito de Contrato de Trabajo, que consta de las siguientes cláusulas :
PRIMERO: Don(ña) GUSTAVO DEL CARMEN MUÑOZ BARRERA declara haberle prestado servicios personales bajo dependencia y subordinación a CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC en calidad de MANTENCION DE HUERTO, en la propiedad ubicada en LOTES B Y C PP PERALILLO
#PC 5 - COMUNA DE HUALA�E, CURICO desde el 01 de OCTUBRE de 2020 al 31 de AGOSTO de 2021, fecha esta última en la cual terminó su contrato de trabajo en virtud de la causal contemplada en el Articulo 159 NUMERO 5 del Código del Trabajo, esto es, Por TERMINO DE FAENA; causal que por este acto y, a mayor abundamiento, las partes ratifican ante el Ministro de Fe ante quien se ratifica el presente finiquito.
SEGUNDO: Por este acto, y a título de mera liberalidad, CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC paga a Don(ña) GUSTAVO DEL CARMEN MUÑOZ BARRERA en este acto, a su entera satisfacción, la suma única y total que más adelante se indica, manifestando el trabajador su conformidad con el monto, concepto y fecha de pago, según detalle:
VACACIONES PROPORCIONALES (20.75 dias) 233.092 INDEMNIZACION POR AÑOS DE SERVICIO : 0
TOTAL A PAGAR : 233.092
Son : DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVENTA Y DOS pesos.
TERCERO: Don(ña) GUSTAVO DEL CARMEN MUÑOZ BARRERA deja constancia que durante todo el tiempo que prestó servicios a CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC recibió de ella, correcta y oportunamente el total de las remuneraciones convenidas, de acuerdo con su contrato de trabajo, clase de trabajo ejecutado, reajustes legales y convencionales, feriados legales y proporcionales, cotizaciones previsionales y de salud, todo lo cual en conformidad a la Ley y que nada se le adeuda por los conceptos antes indicados, así como por ningún otro, sea de origen legal, contractual o extracontractual derivado de la prestación de sus servicios y/o del término de los mismos.
CUARTO : Asimismo, declara don(ña) GUSTAVO DEL CARMEN MUÑOZ BARRERA que luego del término de su contrato de trabajo y con anterioridad al otorgamiento del presente finiquito, se le acreditó y comprobó por su ex - empleadora, mediante la entrega de los documentos correspondientes al tenor de lo dispuesto por el Artículo 162 del Código del Trabajo, que el pago de sus cotizaciones previsionales (salud y AFP), por todo el período trabajado, se encuentran al día en las instituciones de su afiliación , por lo que en este acto manifiesta su plena conformidad con dichos pagos, los que a mayor abundamiento, ratifica.- En razón de lo expuesto y no teniendo reclamo ni cargo alguno que formular en contra de CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC, como al igual, de su representante legal, por los conceptos antes indicados, así como por ningún otro, por este acto le otorga el más amplio, completo y total finiquito, declaración que formula libre y espontáneamente, en perfecto y cabal conocimiento de todos y cada uno de sus derechos, renunciando por este acto, y a mayor abundamiento, a toda y cualquier acción y/o reclamo que eventualmente pudiere corresponderle en contra de su ex empleadora y/o de sus representantes.
QUINTO: Así se deja constancia que el efecto de la firma y ratificación de don(ña) GUSTAVO DEL CARMEN MUÑOZ BARRERA, del presente finiquito ante el Ministro de Fe actuante, es el de otorgar amplio poder liberatorio a su ex empleador: CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC.
previsionales, de seguridad social o de salud, subsidios, beneficios contractuales adicionales a las remuneraciones, indemnizaciones, compensaciones, o con cualquier otra causa o concepto.
Para constancia firman las partes el siguiente finiquito en 3 ejemplares, quedando uno de ellos en poder de cada parte y el tercero ante la Inspección del Trabajo.
Las cotizaciones previsionales correspondientes al mes en vigencia serán enteradas dentro del plazo legal.
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TRABAJADOR EMPLEADOR
8.574.469-0 18.253.648-2
FINIQUITO DE CONTRATO DE TRABAJO
En CURICO a 31 de AGOSTO de 2021, comparecen por una parte y como empleador CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC Rut 18.253.648-2, en adelante, tambien, 'El empleador', domiciliado en LOTES B Y C PP PERALILLO #PC 5 - COMUNA DE HUALA�E, CURICO y por la otra, Don(ña) MARIA ANGELICA PEREIRA PEREIRA, cédula Nacional de Identidad 11.060.314-2 de nacionalidad chilena, estado civil CASADO(A) domiciliado en VILLA DIEGO PORTALES PEATONAL 1443, CURICO, en adelante, también, 'El trabajador', se deja testimonio y se ha acordado el siguiente finiquito de Contrato de Trabajo, que consta de las siguientes cláusulas :
PRIMERO: Don(ña) MARIA ANGELICA PEREIRA PEREIRA declara haberle prestado servicios personales bajo dependencia y subordinación a CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC en calidad de MANTENCION DE HUERTO, en la propiedad ubicada en LOTES B Y C PP PERALILLO
#PC 5 - COMUNA DE HUALA�E, CURICO desde el 01 de OCTUBRE de 2020 al 31 de AGOSTO de 2021, fecha esta última en la cual terminó su contrato de trabajo en virtud de la causal contemplada en el Articulo 159 NUMERO 5 del Código del Trabajo, esto es, Por TERMINO DE FAENA; causal que por este acto y, a mayor abundamiento, las partes ratifican ante el Ministro de Fe ante quien se ratifica el presente finiquito.
SEGUNDO: Por este acto, y a título de mera liberalidad, CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC paga a Don(ña) MARIA ANGELICA PEREIRA PEREIRA en este acto, a su entera satisfacción, la suma única y total que más adelante se indica, manifestando el trabajador su conformidad con el monto, concepto y fecha de pago, según detalle:
VACACIONES PROPORCIONALES (20.75 dias) 233.092 INDEMNIZACION POR AÑOS DE SERVICIO : 0
TOTAL A PAGAR : 233.092
Son : DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVENTA Y DOS pesos.
TERCERO: Don(ña) MARIA ANGELICA PEREIRA PEREIRA deja constancia que durante todo el tiempo que prestó servicios a CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC recibió de ella, correcta y oportunamente el total de las remuneraciones convenidas, de acuerdo con su contrato de trabajo, clase de trabajo ejecutado, reajustes legales y convencionales, feriados legales y proporcionales, cotizaciones previsionales y de salud, todo lo cual en conformidad a la Ley y que nada se le adeuda por los conceptos antes indicados, así como por ningún otro, sea de origen legal, contractual o extracontractual derivado de la prestación de sus servicios y/o del término de los mismos.
CUARTO : Asimismo, declara don(ña) MARIA ANGELICA PEREIRA PEREIRA que luego del término de su contrato de trabajo y con anterioridad al otorgamiento del presente finiquito, se le acreditó y comprobó por su ex - empleadora, mediante la entrega de los documentos correspondientes al tenor de lo dispuesto por el Artículo 162 del Código del Trabajo, que el pago de sus cotizaciones previsionales (salud y AFP), por todo el período trabajado, se encuentran al día en las instituciones de su afiliación , por lo que en este acto manifiesta su plena conformidad con dichos pagos, los que a mayor abundamiento, ratifica.- En razón de lo expuesto y no teniendo reclamo ni cargo alguno que formular en contra de CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC, como al igual, de su representante legal, por los conceptos antes indicados, así como por ningún otro, por este acto le otorga el más amplio, completo y total finiquito, declaración que formula libre y espontáneamente, en perfecto y cabal conocimiento de todos y cada uno de sus derechos, renunciando por este acto, y a mayor abundamiento, a toda y cualquier acción y/o reclamo que eventualmente pudiere corresponderle en contra de su ex empleadora y/o de sus representantes.
QUINTO: Así se deja constancia que el efecto de la firma y ratificación de don(ña) MARIA ANGELICA PEREIRA PEREIRA, del presente finiquito ante el Ministro de Fe actuante, es el de otorgar amplio poder liberatorio a su ex empleador: CHRISTIAN IGNACIO PINOCHET DOCMAC.
previsionales, de seguridad social o de salud, subsidios, beneficios contractuales adicionales a las remuneraciones, indemnizaciones, compensaciones, o con cualquier otra causa o concepto.
Para constancia firman las partes el siguiente finiquito en 3 ejemplares, quedando uno de ellos en poder de cada parte y el tercero ante la Inspección del Trabajo.
Las cotizaciones previsionales correspondientes al mes en vigencia serán enteradas dentro del plazo legal.
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TRABAJADOR EMPLEADOR
11.060.314-2 18.253.648-2