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SESION EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, CELEBRADA EL DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2016 ANTECEDENTES DE HECHO

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SESION EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, CELEBRADA EL DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2016

AREA JUVENTUD, IGUALDAD Y PATRIMONIO HISTORICO

SERVICIO ADMTVO DE JUVENTUD, IGUALDAD Y PATRIMONIO HISTORICO

CGIE0000207092

23.- Aprobación del programa insular de restauración de bienes muebles de titularidad eclesiástica 2016-2020 y del Convenio de Colaboración a suscribir entre el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) para la financiación y ejecución del Programa Insular de Restauración de Bienes Muebles de titularidad eclesiástica 2016-2020.

Visto expediente relativo al Convenio de Colaboración a suscribir entre el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) para la financiación y ejecución del Programa Insular de Restauración de Bienes Muebles de titularidad eclesiástica 2016-2020, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El patrimonio histórico de la isla de Tenerife está constituido por los bienes muebles e inmuebles que tengan interés histórico, arquitectónico, artístico, arqueológico, etnográfico, paleontológico, científico o técnico, así como por los bienes inmateriales de la cultura popular y tradicional y las particularidades lingüísticas. Los bienes que integran este patrimonio histórico pertenecen en una parte importante a la Iglesia Católica.

Segundo.- El Cabildo Insular de Tenerife y el Obispado de la Diócesis de Tenerife con fecha 25 de octubre de 1996 firmaron un Convenio de Colaboración cuyo objeto es la protección y conservación de los bienes de titularidad eclesiástica integrantes del Patrimonio Histórico de la isla de Tenerife, con el fin de continuar poniéndolos al servicio de la sociedad, facilitando su contemplación y estudio, así como permitiendo el uso de dichos bienes para fines culturales siempre que sean compatibles con la naturaleza y finalidad religiosa de los mismos.

La entrada en vigor de dicho Convenio de Colaboración conforme su Estipulación Novena es desde el día de su firma y mantendrá su vigencia hasta tanto no sea denunciado por una de las partes. Dicho Convenio continúa en vigor al no haber sido denunciado por ninguna de las partes.

Asimismo, la cláusula segunda de dicho convenio crea una Comisión integrada por los representantes de ambas partes cuyos acuerdos han de contener propuestas de actuaciones en los citados bienes para ser elevados a las entidades representadas para la adopción de las resoluciones que se estimen oportunas.

Tercero.- La Comisión de Colaboración para la protección y conservación de los bienes de titularidad eclesiástica integrantes del Patrimonio Histórico de la isla de Tenerife, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2015 acordó continuar con el Programa Insular de restauración de bienes muebles de titularidad eclesiástica durante el ejercicio 2016.

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Cuarto.- Con fecha 8 de abril de 2016 tuvo entrada en el Registro del Cabildo Insular de Tenerife escrito del Obispado de Tenerife, en el que manifestaban lo siguiente, en relación con el ejercicio 2016:

“Vistas las necesidades de restauración de bienes muebles de las diferentes parroquias de las isla de Tenerife, con un coste total de 221.839,92 Euros, solicitamos una subvención de 150.000 Euros. Para ello adjuntamos la relación de obras a intervenir así como la cuantía detallada de inversión de ese Cabildo y de las respectivas parroquias”.

Quinto.- Con fecha 14 de abril de 2016 se emitió informe favorable por parte del Técnico Conservador y Restaurador de este Cabildo Insular, en relación con “tales intervenciones, con los proyectos que a tal fin se elaboren, por un valor total de 150.000 euros, contemplándose en dicha relación la posible inversión del Cabildo y de las diferentes parroquias, adjuntándose además, un Anexo con información sobre un avance de obras pendientes de financiación por un valor de 80.790,28 euros, repartidas por los términos municipales de La Guancha, La Matanza, La Laguna y Vilaflor, a la que se irán añadiéndose otras tantas hasta completar un plan cuatrienal (2016, las mencionadas en el presente informe y las que correspondan a 2017/19, que se aportarán, según indican desde el Obispado de Tenerife, antes de finalizar la presente anualidad)(…)”.

Sexto.- En sesión de la Comisión de Colaboración para la protección y conservación de los bienes de titularidad eclesiástica integrantes del Patrimonio Histórico de la isla de Tenerife, celebrada el 19 de mayo de 2016, se acordó que la anualidad 2016 del Programa insular de restauración de bienes muebles de titularidad eclesiástica 2016- 2019 estaría conformada por las intervenciones propuestas por el Obispado, a las que se incorporaron tres de las propuestas en el Anexo del escrito de 8 de abril (La Pila Bautismal de la Parroquia del Dulce Nombre de Jesús de La Guancha, el Retablo de Nuestra Sra. de la Candelaria y la imagen de la Inmaculada Concepción de la Catedral de San Cristóbal de La Laguna) y quedando pendiente de decidir las de los ejercicios 2017- 2019.

Séptimo.- Con fecha 11 de julio de 2016 tuvo entrada en el Registro del Cabildo Insular nuevo escrito del Delegado Diocesano de Patrimonio Cultural del Obispado de Tenerife, en el que manifestaba que:

“Vistas las necesidades de restauración de bienes muebles de las diferentes parroquias de la isla de Tenerife, con un coste total de 799.611,48 €, solicitamos una subvención de 450.000 Euros para el trienio 2017-2019, correspondiendo 150.000 € para cada año. Adjuntamos la relación de obras a intervenir detallando el importe aproximado de cada una de las piezas. Para cada año propondríamos la cuantía que las distintas parroquias podrían sufragar con sus propios fondos”.

Octavo.- En relación con esta nueva propuesta del Obispado, con fecha 12 de julio de 2016 se emitió informe favorable por parte del Técnico Conservador y Restaurador de este Cabildo Insular.

En dicho informe se recogía además el sistema de valoración empleado para objetivizar al máximo la decisión de contenido económico en relación con los bienes muebles de titularidad eclesiástica, ya que se habría tenido en cuenta el interés patrimonial del bien, así como el estado de conservación de los mismos.

Noveno.- Con fecha 2 de septiembre de 2016 se presentó escrito por parte del Obispado solicitando la inclusión en el convenio sobre restauraciones de bienes muebles en la anualidad 2016 de una serie de intervenciones por una cuantía total de 41.876,75 Euros;

emitiéndose con fecha 12 de septiembre de 2016 informe favorable a la inclusión

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interesada, por parte del Técnico Conservador y Restaurador de este Cabildo Insular; con lo que la subvención interesada por el Obispado de Tenerife para la restauración de bienes muebles para el ejercicio 2016, e informada favorablemente por el Cabildo Insular, ascendería a una cuantía de 191.876,75 Euros, lo que se correspondería con los 150.000 Euros iniciales, a los que habría que añadir los 41.876,75 Euros solicitados en septiembre de 2016.

Décimo.- Analizado por los técnicos de ambas entidades el informe diagnóstico inicialmente remitido por el Obispado de la Diócesis de Tenerife de las necesidades de intervención detectadas en cada uno de los bienes muebles, se ha propuesto el programa de actuación para los ejercicios 2016-2020 que se contiene en la parte dispositiva de esta propuesta, estando pendiente de concretar determinadas actuaciones para el año 2020.

Undécimo.- Obra en el expediente la documentación exigida por la legislación aplicable para la consideración del Obispado de Tenerife como apto para la condición de beneficiario y recibir el abono de la subvención:

- la declaración responsable del Obispado de Tenerife de que no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

- los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT, la Administración Tributaria Canaria, el Cabildo Insular de Tenerife, el Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife y con la Seguridad Social.

- La conformidad del Obispado con el borrador del Convenio de colaboración que se va a someter a aprobación.

Duodécimo.- Existe dotación económica adecuada y suficiente en el presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para la restauración de bienes muebles del patrimonio de titularidad eclesiástica, durante el presente ejercicio económico 2016, con cargo a la partida presupuestaria 16.1003.3363.78940, proyecto 2015-0166.

Asimismo, obra en el expediente informe emitido por el Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público con fecha 27 de septiembre de 2016, de conformidad con las Bases 40ª y 41ª de las de Ejecución del presupuesto, mediante el cual se informa favorablemente la propuesta de gasto plurianual y futuro de SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUATRO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (728.504,75 €), IGIC incluido, conforme a las siguientes anualidades:

Anualidad Aportación del Cabildo (IGIC incluido)

2016 191.876,75 €

2017 150.000,00 €

2018 150.000,00 €

2019 150.000,00 €

2020 86.628,00 €

Y ello sin perjuicio de las actuaciones pendientes de concretar, correspondientes al ejercicio 2020.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 89 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, relativo a subvenciones a particulares en su apartado tercero establece que las ayudas para la conservación y restauración de los bienes de la Iglesia pertenecientes al

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patrimonio histórico de Canarias se llevarán a cabo mediante convenios específicos con las instituciones eclesiásticas.

Segundo.- Las subvenciones otorgadas por el Cabildo Insular de Tenerife vendrán reguladas por lo establecido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento de desarrollo aprobado por RD , por la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Cabildo Insular de Tenerife, por el sistema de fiscalización previa de los expedientes de subvención, y por la circular que regula el procedimiento de reintegro, procedimientos reguladores incorporados como Anexos a las presentes Bases de Ejecución.

Tercero.- Las subvenciones se configuran como un acto reglado, en cuanto a su otorgamiento, el cual está sometido a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Por lo tanto, su concesión debe cumplir una serie de requisitos, previamente aprobados a través de unas bases reguladoras de subvenciones, regulados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).

Así el artículo 22.1 de la LGS establece que “el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva… entendiéndose por esto, la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria”.

Cuarto.- No obstante, el apartado segundo del citado artículo especifica que podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones: … c) Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

En este sentido es preciso indicar que el Obispado de Tenerife es propietario de pleno derecho de los bienes muebles a restaurar, no procediendo en consecuencia una convocatoria pública.

También debe tenerse en cuenta que con el referido programa de restauración se persigue:

 Poner en valor del Patrimonio Cultural de Tenerife, contribuyendo así a un mayor conocimiento del mismo.

 Generar empleo en el sector de la rehabilitación patrimonial.

 Generar valor destinado a otros sectores, como el turístico.

Quinto.- El artículo 28 de la Ley General de Subvenciones establece que las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones deberán ajustarse a las previsiones contenidas en la ley, salvo en lo que afecte a la aplicación de los principios de publicidad y concurrencia, y deberá contener como mínimo:

- La definición del objeto de las subvenciones.

- Régimen jurídico aplicable.

- Beneficiarios y modalidades de ayudas.

- Procedimiento de concesión y régimen de justificación de la aplicación dada a las subvenciones por los beneficiarios.

A lo anteriormente indicado, debe añadirse que la resolución de concesión directa de subvenciones debe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Tenerife, indicar el carácter singular y las

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razones que acreditan el interés público, social, económico o humanitario, así como la justificación de la dificultad de la convocatoria pública.

Sexto.- El Excmo. Cabildo Insular de Tenerife tiene el deber de administración, mantenimiento y conservación de los bienes del patrimonio histórico insular, según lo dispuesto en los artículos 4, 5.g) y 8.1 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

Séptimo.- La Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 de la citada Ley 4/1999, debe velar por la conservación, protección, difusión y acrecentamiento del mismo, colaborando a tal fin con las instituciones de la Administración Pública Canaria.

Octavo.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 29.5 b) del Texto Refundido del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife (BOP núm. 111 de 14 de septiembre de 2016), es competencia del Consejo de Gobierno Insular la aprobación de todo tipo de Planes y Programas, salvo los expresamente atribuidos al Pleno, entre los que no se encuentra el presente, debiendo contar con el preceptivo y previo informe de Intervención General.

Por otra parte, es competencia del Consejo de Gobierno Insular la aprobación de este Convenio de colaboración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.5.s) del Texto Refundido del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife que dispone:

“Asimismo, le compete al Consejo de Gobierno Insular la aprobación de los convenios de colaboración que se celebren con personas físicas o jurídicas de naturaleza privada y que amparen gastos cuya competencia de autorización corresponda a este órgano, de conformidad con lo que dispongan las Bases de Ejecución del Presupuesto, así como la de todos aquéllos que no amparen gastos o su cuantificación no se encuentre determinada en el momento de su aprobación.”

Respecto de la firma del Convenio, opera la técnica desconcentradora del Texto Refundido del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, atribuyéndole esa competencia a los Consejeros Insulares de Área, a través de su artículo 10.1.l), como se indica: "(...) la firma de todos los contratos y convenios adjudicados o autorizados por cualquier órgano de la Corporación que puedan corresponderle por razón de la materia, excepto los reservados al Presidente".

Noveno.- El otorgamiento de subvenciones en régimen de concesión directa estará sometido a fiscalización previa plena, conforme prevé el “Anexo regulador del procedimiento de fiscalización de subvenciones”, aprobado en sesión ordinaria del Pleno de este Excmo. Cabildo Insular, celebrada el día 29 de julio de 2016.

Por lo expuesto y visto el informe favorable de la Intervención General, el Consejo de Gobierno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife acuerda:

PRIMERO: Aprobar el Programa Insular de Restauración de Bienes Muebles de titularidad eclesiástica 2016-2020, en el cual se realizarán las siguientes actuaciones, propuestas:

La relación de intervenciones que se propone ejecutar durante el ejercicio 2016 es la siguiente:

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Municipio Inmueble Bien mueble Aportación Cabildo (€)

Aportación Parroquia

(€)

Total (€)

ADEJE Parroquia de Santa Úrsula Mártir.

Imagen de San Francisco de

Asís. 1.595,00 2.000,00 3.595,00

ARAFO Parroquia de San Juan

Degollado. Ciriales y Cruz Magna. 1.386,50 700,00 2.086,50

ARICO Parroquia de San Juan

Bautista. Retablo Mayor. 11.246,40 14.773,86 26.020,26

ARONA Parroquia de San Antonio

Abad. Retablo Mayor (1ª Fase) 12.000,00 0,00 12.000,00

BUENAVISTA DEL NORTE

Parroquia de Ntra. Sra. de los

Remedios. Guión del Santísimo. 8.600,00 1.000,00 9.600,00

CANDELARIA Parroquia de Santa Ana. Cuadro de Ecce Homo. 1.544,01 0,00 1.544,01 EL ROSARIO Parroquia de Ntra. Sra. de la

Esperanza.

Imagen de San Pedro con su

peana. 1.760,20 1.300,00

3.060,20 EL SAUZAL Parroquia de San Pedro

Apóstol.

Mural-Retablo de la Virgen

del Carmen. 6.500,00 3.000,00 9.500,00

EL TANQUE Parroquia de San Antonio de Padua.

Imagen de San Antonio de

Padua. 2.056,10 1.400,00 3.456,10

FASNIA Parroquia de San Joaquín. Imagen de Santa Ana. 1.069,78 700,00 1.769,78 GARACHICO Iglesia de San Francisco. Lienzo del Triunfo de María

en la Iglesia. 9.755,79 2.000,00 11.755,79 GRANADILLA

DE ABONA

Parroquia de San Antonio de Padua.

Imagen de San Fernando

Rey. 1.946,20 900,00 2.846,20

GUÍA DE ISORA

Parroquia de Ntra. Sra. de la

Luz. Frontal de Altar (tejido) 7.404,61 0,00 7.404,61

Parroquia de San Pedro

Apóstol. Imagen de María Magdalena. 1.305,00 600,00 1.905,00 GÜÍMAR

Parroquia de Santo Domingo

de Guzmán. Imagen del Niño Jesús. 1.441,56 600,00 2.041,56

Cuadro de San Pedro. 856,00 0,00 856,00

ICOD DE LOS VINOS

Parroquia de Ntra. Sra. del Amparo.

Cuadro de San Pablo. 1.160,95 0,00 1.160,95 LA GUANCHA Parroquia del Dulce Nombre

de Jesús. Pila Bautismal 2.257,70 0,00 2,257,70

LA MATANZA Parroquia de El Salvador Orfebrería 2.000,00 0,00 2.000,00

LA OROTAVA Parroquia de San Juan Bautista.

Puertas del Camarín del Cristo de la Columna (2ª fase)

4.444,75 3.500,00 7.944,75 LA VICTORIA

DE

ACENTEJO.

Parroquia de Ntra. Sra. de la

Encarnación. Imagen de San Francisco. 2.441,73 € 1.500,00 3.941,73 LOS

REALEJOS

Parroquia de Santiago Apóstol.

Retablo de la Virgen de los

Remedios. 12.000,00 18.554,92 30.554,92

LOS SILOS Parroquia de Ntra. Sra. de la

Luz. Andas antiguas de la Virgen. 5.313,00 1.000,00 6.313,00 PUERTO DE

LA CRUZ

Parroquia de Ntra. Sra. de la

Peña de Francia. Imagen de Jesús Nazareno. 5.059,10 1.500,00 6.559,10

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Municipio Inmueble Bien mueble Aportación Cabildo (€)

Aportación Parroquia

(€)

Total (€) SAN

CRISTÓBAL DE LA LAGUNA

Retablo de Ntra. Sra. de

Candelaria 21.025,50 0,00 21.025,50

Imagen de la Inmaculada

Concepción 8.094,55 0,00 8.094,55

Santa Iglesia Catedral.

Retablo de la Inmaculada (2ª

fase) 12.000,00 4.485,00 16.485,00

SAN JUAN DE

LA RAMBLA Parroquia de San José. Retablo Mayor (1ª fase) 1.221,25 0,00 1.221,25 SAN MIGUEL

DE ABONA

Parroquia de San Miguel Arcángel.

Imagen de San Francisco de

Paula. 1.872,00 600,00 2.472,00

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Parroquia de Ntra. Sra. de las Nieves (Taganana)

Imagen de Santo Domingo de

Guzmán. 4.859,77 2.000,00 6.859,77

SANTA ÚRSULA

Parroquia de San Bartolomé Apóstol (La Corujera)

Imagen de San Bartolomé

Apóstol. 3.307,20 2.000,00 5.307,20

SANTIAGO DEL TEIDE

Parroquia de San Fernando Rey.

Orfebrería. Incensario y

naveta. 1.000,00 500,00 1.500,00

TACORONTE Parroquia de Santa Catalina

Mártir. Retablo de San José. 6.812,50 5.000,00 11.812,50

TEGUESTE Parroquia de San Marcos

Evangelista. Imagen del Nazareno. 6.040,60 1.000,00 7.040,60 VILAFLOR Parroquia de San Pedro

Apóstol.

Retablo de la Misericordia o de la Capilla del Evangelio (1ª fase)

12.000,00 0,00 12.000,00 Retablo de la Misericordia o

de la Capilla del Evangelio (2ª fase)

8.499,00 7000,00 15.499,00

TOTALES 191.876,75 77.613,78 267.232,83 Respecto a la aportación de 7.000,00 euros de la Parroquia de San Pedro Apóstol, en el término municipal de Vilaflor, para la restauración del Retablo de la Misericordia o de la Capilla del Evangelio (2ª fase), esta está vinculada con el Convenio firmado entre el Ayuntamiento de Vilaflor y el Obispado de Tenerife, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de julio de 2016.

Por su parte, durante los ejercicios 2017-2020 se acometerán las restauraciones relacionan a continuación, estando pendiente de concretar determinadas actuaciones en el año 2020:

Municipio Parroquia Anualidad Bien mueble Presupuesto

Adeje Santa Úrsula 2017 Retablo de la Virgen del Rosario 37.400,00 € Arafo San Juan Degollado 2017 Iª Fase del Retablo Mayor 9.000,00 € Arico San Juan Bautista 2017 I Fase del Retablo de la Capilla de la

Epístola

20.000,00 € Arona San Antonio Abad 2017 Imagen de San Antonio Abad 5.000,00 € Buenavista del

Norte

Ntra. Sra. de Los Remedios

2017 Lienzo de la Virgen colocando la casulla a San Ildefonso

3.500,00 € Candelaria Basílica 2017 Lienzo 1 y 2 de los milagros de la

Virgen de Candelaria

10.000,00 €

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Municipio Parroquia Anualidad Bien mueble Presupuesto El Sauzal San Pedro Apóstol 2017 Cuadro de San Miguel Arcángel 6.500,00 €

El Tanque San Antonio de Padua 2017 Imagen de San José 3.500,00 €

El Tanque San Antonio de Padua 2017 Imagen de Santa Rita de Casia 3.000,00 € Fasnia Ermita de la Montaña 2017 Imagen de la Virgen de los Dolores 700,00 € Garachico San Juan Bautista (San

Juan del Reparo)

2017 Lienzo de la Virgen con el Niño coronado por San Juanito

3.000,00 € Garachico San Juan Bautista (San

Juan del Reparo)

2017 Lienzo de la Virgen de Guadalupe 3.000,00 € Garachico San Juan Bautista (San

Juan del Reparo)

2017 Imagen de la Inmaculada Concepción

3.000,00 € Granadilla de

Abona

Exconvento de San Luis Obispo

2017 Imagen de San Antonio de Padua 2.500,00 € Guía de Isora Ntra. Sra. de La Luz 2017 Imagen de San Agustín 3.500,00 €

Güimar Ermita de San Juan 2017 Imagen de San Sebastián Mártir 3.000,00 € Güimar Capilla de San Pedro

Abajo

2017 I Fase: Conservación de los Murales 15.274,25 € Icod de los Vinos Ntra. Sra. del Amparo 2017 I Fase: Conservación de los Murales

del Presbiterio

10.000,00 € La Orotava San Juan Bautista 2017 III ª Fase de las puertas del camarín

de Cristo de la Columna

8.372,75 € La Orotava Ntra. Sra. de La

Concepción

2017 Imagen de San Juan Evangelista 5.814,40 € La Victoria de

Acentejo

Ntra. Sra. de La Encarnación

2017 Retablo del Calvario 13.750,00 €

Los Realejos Ntra. Sra. del Buen Viaje

2017 Imagen de San Benito 4.850,00 € Los Realejos Ntra. Sra. del Buen

Viaje

2017 Óleo del Calvario 2.000,00 €

Los Silos Ntra. Sra. de La Luz 2017 Imagen de la Verónica 2.000,00 € Puerto de la

Cruz

Ntra. Sra. de La Peña de Francia

2017 Imagen de la Virgen de la Peña 6.000,00 € Puerto de la

Cruz

San Francisco de Asís 2017 Imagen de San Juan Bautista 8.000,00 € San Cristóbal de

La Laguna

Catedral 2017 Retablo del Señor de la Columna 24.749,10 € San Juan de La

Rambla

San Juan Bautista 2017 I ª Fase del Retablo de la Virgen del Rosario

20.000,00 € San Miguel de

Abona

San Miguel Arcángel 2017 Imagen de San Antonio de Padua 3.600,00 € Santa Cruz de

Tenerife

Ermita de Tachero (Taganana)

2017 Imagen de San Juan Bautista 8.996,56 € Santa Cruz de

Tenerife

Ntra. Sra. de la Concepción

2017 Imagen de la Virgen de las Mercedes

8.453,00 € Santa Úrsula Santa Úrsula 2017 Imagen de la Virgen del Rosario 8.500,00 € Santiago del

Teide

San Fernando Rey 2017 Imagen de San Pedro 3.486,80 €

Tacoronte Santa Catalina 2017 Púlpito 13.000,00 €

Tegueste Ntra. Sra. del Socorro 2017 Cuadro de Santo Domingo de Guzmán

3.991,10 €

Adeje Santa Úrsula 2018 Imagen de San Pablo 5.600,00 €

Adeje Santa Úrsula 2018 Lienzo del Sacrificio de Isaac 13.974,20 € Arafo San Juan Degollado 2018 IIª Fase del Retablo Mayor 9.000,00 € Arico San Juan Bautista 2018 II Fase del Retablo de la Capilla de

la Epístola

20.000,00 € Arona Ermita del Calvario 2018 Imagen del Cristo del Calvario 10.700,00 € Candelaria Basílica 2018 Lienzo 3 y 4 de los milagros de la

Virgen de Candelaria

10.000,00 € El Sauzal San Pedro Apóstol 2018 Cuadro de San Rafael Arcángel 5.500,00 €

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Municipio Parroquia Anualidad Bien mueble Presupuesto El Tanque San Antonio de Padua 2018 Imagen de la Virgen Dolorosa 2.500,00 € El Tanque San Antonio de Padua 2018 Imagen de San Juan Evangelista 2.500,00 € Garachico Santa Ana 2018 Iª Fase del Retablo del Señor de la

Columna

17.750,00 € Granadilla de

Abona

San Antonio de Padua 2018 I Fase del Retablo Mayor 15.000,00 € Guía de Isora Ntra. Sra. de La Luz 2018 Iª Fase del Retablo del Nazareno 7.500,00 €

Güimar Capilla de San Pedro Abajo

2018 II Fase: Conservación de los Murales 15.274,25 € Icod de los Vinos Ntra. Sra. del Amparo 2018 II Fase: Conservación de los Murales

del Presbiterio

10.000,00 € La Orotava San Juan Bautista 2018 Cuadro del Milagro de la Misa de

San Gregorio Magno

9.000,00 € La Orotava Ntra. Sra. de La

Concepción

2018 Imagen de San José con el Niño 5.176,40 € La Victoria de

Acentejo

Ntra. Sra. de La Encarnación

2018 Imagen del Niño Jesús 2.900,00 € La Victoria de

Acentejo

Ntra. Sra. de La Encarnación

2018 Crucifijo de Altar 1.500,00 €

Los Realejos Ntra. Sra. del Buen Viaje

2018 Óleo de la Virgen del Carmen con Ánimas

4.890,00 € Los Realejos Ntra. Sra. del Buen

Viaje

2018 Óleo de la Virgen del Rosario con Ánimas

4.890,00 € Los Realejos Santiago Apóstol 2018 Óleo de San Felipe Neri 3.400,00 €

Los Silos Ntra. Sra. de La Luz 2018 Imagen de María Magdalena 2.000,00 € Puerto de la

Cruz

Ntra. Sra. de La Peña de Francia

2018 Imagen de San Francisco de Asís 8.000,00 € San Cristóbal de

La Laguna

Catedral 2018 Imagen de San Joaquín 2.500,00 €

San Cristóbal de La Laguna

Catedral 2018 Imagen de Santa Ana 2.500,00 €

San Juan de La Rambla

San Juan Bautista 2018 II ª Fase del Retablo de la Virgen del Rosario

20.000,00 € San Miguel de

Abona

San Miguel Arcángel 2018 Imagen de San José con el Niño 2.100,00 € Santa Cruz de

Tenerife

Ntra. Sra. del Pilar 2018 Iª Fase del Retablo Mayor 25.000,00 € Santa Úrsula Santa Úrsula 2018 Imagen de la Inmaculada 5.363,60 € Santiago del

Teide

San Fernando Rey 2018 Imagen de la Verónica 6.191,60 € Tacoronte San Juan Bautista 2018 I Fase de la imagen de San Juan

Bautista

8.684,00 € Tegueste Ntra. Sra. del Socorro 2018 Imagen de San Ignacio de Loyola 4.098,10 € Vilaflor San Pedro Apóstol 2018 I Fase Retablo del Nazareno 12.305,00 €

Adeje Santa Úrsula 2019 Lienzo de la Presentación de las Tablas de la Ley

12.925,60 € Adeje Santa Úrsula 2019 Lienzo de la Visitación de la Virgen a

Santa Isabel

16.117,20 €

Arafo San Juan Degollado 2019 Púlpito 6.500,00 €

Arico San Juan Bautista 2019 I Fase del Retablo de la Capilla del Evangelio

18.000,00 € Candelaria Basílica 2019 Lienzo 5 y 6 de los milagros de la

Virgen de Candelaria

10.000,00 €

El Sauzal San Pedro Apóstol 2019 Cuadro del Rey David 3.250,00 €

El Sauzal San Pedro Apóstol 2019 Cuadro de Judith 3.250,00 €

El Tanque San Antonio de Padua 2019 Imagen del Cristo Crucificado 3.000,00 € Garachico Santa Ana 2019 IIª Fase del Retablo del Señor de la

Columna

17.750,00 €

(10)

Municipio Parroquia Anualidad Bien mueble Presupuesto Granadilla de

Abona

San Antonio de Padua 2019 II Fase del Retablo Mayor 15.000,00 € Guía de Isora Ntra. Sra. de La Luz 2019 IIª Fase del Retablo del Nazareno 7.500,00 € La Matanza de

Acentejo

Ermita de San Antonio 2019 Cuadro de la Virgen del Socorro 4.000,00 € La Orotava San Juan Bautista 2019 Lienzo de la Tentación de Santo

Domingo de Guzmán

5.700,00 € La Orotava Ntra. Sra. de La

Concepción

2019 Imagen de San Cayetano 6.274,40 € La Victoria de

Acentejo

Ntra. Sra. de La Encarnación

2019 Imagen de San Benito Abad 4.000,00 € Los Realejos Ntra. Sra. del Buen

Viaje

2019 Óleo de los Desposorios de Santa Catalina

3.800,00 € Los Realejos Ntra. Sra. del Buen

Viaje

2019 Óleo de Cristo camino del Calvario 3.950,00 € Los Silos Ntra. Sra. de La Luz 2019 Imagen de la Virgen del Portal de

Belén

2.000,00 € Puerto de la

Cruz

Ntra. Sra. de La Peña de Francia

2019 Imagen de San Antonio de Padua 8.000,00 € San Cristóbal de

La Laguna

Catedral 2019 I Fase del Retablo de la Virgen de los Remedios

20.000,00 € San Miguel de

Abona

San Miguel Arcángel 2019 Imagen de San Miguel Arcángel 1.800,00 € Santa Cruz de

Tenerife

Ntra. Sra. del Pilar 2019 IIª Fase del Retablo Mayor 25.000,00 €

Santa Úrsula Santa Úrsula 2019 Imagen de San Clemente 2.469,28 €

Santiago del Teide

San Fernando Rey 2019 Imagen de San José 3.143,12 €

Tacoronte San Juan Bautista 2019 II Fase de la imagen de San Juan Bautista

8.685,31 € Tegueste Ntra. Sra. del Socorro 2019 Imagen de San Francisco de Asís 3.507,46 € Vilaflor San Pedro Apóstol 2019 II Fase Retablo del Nazareno 12.305,00 € Candelaria Santa Ana 2020 Lienzo de la Santísima Trinidad 8.000,00 € Candelaria Basílica 2020 Cuadro de la Virgen de Candelaria 7.500,00 €

Candelaria Basílica 2020 Cuadro de Virgen de Candelaria

entre guanches

5.671,00 € Candelaria Basílica 2020 Cuadro de la Virgen de Candelaria

entre reyes

5.457,00 € San Cristóbal de

La Laguna

Catedral 2020 II Fase del Retablo de la Virgen de los Remedios

60.000,00 €

Las aportaciones del Cabildo durante los ejercicios 2016-2020 serán las siguientes, sin perjuicio de las intervenciones pendientes de concretar correspondientes al ejercicio 2020.

Anualidad Presupuesto total Aportación del Cabildo

(IGIC incluido)

2016 267.232,83 191.876,75 €

2017 287.437,96 150.000,00 €

2018 275.797,15 150.000,00 €

2019 227.927,37 150.000,00 €

2020 86.628,00 86.628,00 €

Total 728.504,75 €

(11)

SEGUNDO: Conceder a la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) una subvención para la financiación y ejecución del Programa Insular de Restauración de Bienes Muebles de titularidad eclesiástica 2016-2020, un importe de SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUATRO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (728.504,75 €), IGIC así como todo tipo de gastos e impuestos que pudieran proceder incluidos, quedando pendiente de concretar determinadas actuaciones del ejercicio 2020, en base a las siguientes consideraciones:

A) La obligación legal establecida para ambas entidades en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, de administración, mantenimiento y conservación de los bienes, así como la protección, difusión y acrecentamiento del patrimonio histórico insular.

B) El Obispado de Tenerife es el titular de los bienes objeto de rehabilitación, no procediendo en consecuencia una convocatoria pública.

C) La intervención es generalizada en todo el territorio insular, quedando integrados todos los municipios de la Isla.

TERCERO: Aprobar un Convenio de Colaboración con la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) para la financiación y ejecución del programa insular de restauración de bienes muebles de titularidad eclesiástica de la isla de Tenerife 2016-2020, cuyo clausulado, a continuación indicado, servirá para regular el otorgamiento y condiciones de la referida subvención:

“PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.

Es objeto del presente Convenio de Colaboración determinar el régimen de participación de cada una de las partes en la financiación y ejecución del Programa Insular de Restauración de Bienes Muebles de titularidad eclesiástica de la isla de Tenerife 2016-2020.

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

Las obligaciones de cada una de las partes será la establecida en la presente estipulación, a saber:

A) El Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, se compromete a colaborar en su financiación aportando un importe total de SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUATRO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (728.504,75 €), IGIC así como todo tipo de gastos e impuestos que pudieran proceder incluidos. Esta aportación del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife se distribuirá y aplicará conforme se recoge en la relación de bienes muebles a restaurar y en el importe señalado para cada uno de ellos en el Anexo I que se adjunta a este Convenio, quedando pendiente de concretar determinadas intervenciones durante el ejercicio 2020.

El Excmo. Cabildo Insular de Tenerife abonará su participación económica, correspondiente al ejercicio 2016, a la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) en el momento de la firma del presente Convenio. Las cantidades correspondientes a anualidades sucesivas se abonarán una vez entre en vigor el presupuesto del ejercicio de que se trate, previa justificación por el beneficiario de la subvención correspondiente al ejercicio anterior, excepto el abono correspondiente a 2017, que podrá realizarse antes de la justificación de la subvención de 2016, dado lo avanzado de dicho ejercicio en el momento de la firma del presente Convenio.

B) La Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife), se compromete a:

1º) Financiar el resto del importe del presupuesto total de restauración de los bienes muebles incluidos en el Anexo I.

(12)

2º) Justificar ante el Cabildo Insular la aplicación de los fondos recibidos a su finalidad, en un plazo máximo de TRES (3) MESES, a contar desde la fecha de finalización de la restauración de cada uno de los bienes muebles. A tal fin deberá remitir la totalidad de las facturas y una memoria explicativa de la obra realizada donde se hará constar las fases de la intervención, la metodología seguida, los productos empleados, el grado de cumplimiento del proyecto inicial y, en su caso, la motivación de la alteración del plan de trabajo. Acompañando dicho informe de la documentación fotográfica de cada fase del proceso, al menos de una fotografía del estado inicial, otra de las fases de intervención y, por último, del resultado. Las facturas deberán cumplir con la normativa sobre obligaciones de facturación RD 1619/2012 de 30 de noviembre.

3º) Asimismo, la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) se compromete a citar, en cualquier difusión pública que se realice de la restauración de las obras, la participación de la Corporación Insular, incluso en el caso de que dicha difusión se lleve a efecto con posterioridad a la terminación de los trabajos, debiendo remitirse copia a los firmantes.

TERCERA.- CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJOS DE RESTAURACIÓN.

Los trabajos de restauración serán contratados por la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife), bajo la supervisión del Técnico Conservador y Restaurador del Cabildo Insular de Tenerife, el cuál emitirá informe una vez finalizados los trabajos, con carácter previo de su recepción definitiva.

Asimismo, por parte del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife se podrán proponer cuantas instrucciones técnicas se estimen convenientes y recabar, en cualquier momento, información respecto de las labores de restauración, formulando los requerimientos que fueren necesarios para la subsanación de las deficiencias observadas.

CUARTA.- AUTORIZACIÓN DE LAS INTERVENCIONES.

Será requisito para la restauración de los bienes incluidos en el Anexo I del presente Convenio el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 8.3.b) la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, es decir, obtener la preceptiva autorización, cuando corresponda, del proyecto, previo dictamen favorable de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico.

QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN.

El plazo de ejecución de los trabajos se corresponderá con las anualidades señaladas en la programación, debiendo adaptarse a este plazo la elaboración y ejecución del proyecto de intervención de cada una de las obras que habrá de redactarse al efecto, siempre que éste cuente con la conformidad del Técnico Conservador y Restaurador del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

Exclusivamente para las intervenciones correspondientes al ejercicio 2016, el plazo de ejecución podrá extenderse hasta el 30 de junio de 2017.

SEXTA.- CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO.

Una vez finalizados los trabajos objeto del presente Convenio de Colaboración, la conservación y mantenimiento de los bienes muebles restaurados, en las debidas condiciones de seguridad y uso será de exclusiva responsabilidad de la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife), que atenderá sus obligaciones con cargo a sus presupuestos.

SÉPTIMA.- VIGENCIA.

La duración del presente Convenio será desde el momento de su firma hasta la recepción de los trabajos, siendo causas de extinción del Convenio las siguientes:

a. El acuerdo mutuo de las partes expresado formalmente.

b. El incumplimiento por cualquiera de ellas de lo establecido en las cláusulas pactadas, debiendo, en este caso, resarcir la parte incumplidora a la otra de los daños y perjuicios ocasionados.

(13)

OCTAVA.- INTERPRETACIÓN.

En caso de suscitarse dudas sobre la interpretación de este Convenio, se estará a lo que determine el Cabildo Insular de Tenerife, previa audiencia de las partes intervinientes.

NOVENA.- ACCESO A LOS BIENES MUEBLES RESTAURADOS E INDICACIÓN DE LA FINANCIACIÓN PÚBLICA.

Previa conformidad expresa de las partes, que se formalizará mediante la correspondiente adenda, se podrá regular la visita pública a los bienes restaurados, en correspondencia con la contribución pública al sostenimiento de los mismos.

Asimismo se hará constar la financiación por parte del Cabildo Insular en las intervenciones, añadiendo el logotipo de la Corporación y del MEDI en todo el material publicitario que se realice, incluso en el caso de que dicha difusión se lleve a cabo con posterioridad a la terminación de los trabajos, debiendo remitirse copia de los mismos a la Corporación insular.

Además, durante la ejecución de los trabajos deberán señalizarse los mismos mediante carteles informativos, previo visto bueno del Servicio Administrativo de Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico de esta Corporación, y en el que constará el logotipo del Cabildo Insular de Tenerife y del MEDI.

DÉCIMA.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa siendo los juzgados y tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa los competentes para conocer cuantos litigios puedan derivarse en la interpretación y cumplimiento del mismo”.

CUARTO: Autorizar y disponer el gasto por importe total de SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUATRO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (728.504,75 €), IGIC así como todo tipo de gastos e impuestos que pudieran proceder incluidos, con cargo al proyecto 2015-0166, a favor de la Diócesis de San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife), con NIF R-3800001D, de acuerdo con el siguiente detalle:

Ejercicio Partida

presupuestaria Aprobación

en fase AD Propuesta de

gasto Ítem

2016 16.1003.3363.78940 191.876,75 € 2016/014039 2016/024340 2017 17.1003.3363.78940 150.000,00 € 2016/014888 2016/024341 2018 18.1003.3363.78940 150.000,00 € 2016/014890 2016/024342 2019 19.1003.3363.78940 150.000,00 € 2016/014892 2016/024343 2020 20.1003.3363.78940 86.628,00 € 2016/014894 2016/024344

EL VICESECRETARIO GENERAL

JOSE ANTONIO DUQUE DIAZ

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