SADGASG-MPT-01
Secretaría de Administración
Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales
Manual de Políticas y
Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y
Servicios Generales
2 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Firmas de Validación
3 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Presentación ... 5
Objetivo General ... 6
Alcance ... 6
Definiciones y siglas ... 7
Dirección General ... 12
Dirección de Adquisiciones ... 16
Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales ... 17
Dirección de Concursos ... 18
Marco Jurídico ... 20
Leyes ... 21
Políticas para la adquisición de bienes o contratación de servicios ... 24
Programa Anual de Adquisiciones ... 24
Macroproceso de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios con Recursos Estales ... 26
Macroproceso de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios con Recursos Federales ... 27
Procedimiento para la generación de una requisición ... 28
Registro de Firma ... 28
Alta de Usuario ... 28
Gasto Corriente ... 29
Programa Estatal de Inversión (PEI) ... 30
Elaboración de Requisiciones de Egreso ... 31
Especificaciones de la Ficha Técnica ... 33
Catálogo Maestro de Artículos Internos ... 34
Alta de Artículos... 34
Recepción Análisis y Validación de la Requisición de Egreso ... 36
4 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Rechazo de Requisiciones de Egreso ... 37
Validación, Cambios o Modificaciones a Requisiciones de Egreso ... 38
Proceso de Contratación y Monto Aplicable a cada tipo de Contratación ... 39
Contrataciones y Adjudicaciones Directas ... 40
Contratación mediante cotización por escrito de cuando menos tres Proveedores .... 41
Concurso por Invitación Restringida y Licitaciones Públicas ... 41
Subasta Electrónica Inversa ... 43
Recepción de Mercancía en Almacén ... 45
Recepción de Mercancía en Dependencia o Entidad ... 46
Recepción de Servicios Generales ... 46
Órdenes de Consumo ... 46
Recepción de Factura y Trámite de Pago ... 47
Resumen de actividades que deben cumplir las Entidades Paraestatales ... 48
Servicios Generales ... 51
Telefonía Celular ... 51
Telefonía Tradicional o Fija ... 51
Internet y Enlaces ... 51
Servicios Públicos ... 52
Altas, cambios, desactivación y actualización de base de datos de vehículos en SIAP 54 Alta ... 54
Cambios ... 54
Desactivación ... 54
Actualización ... 55
Combustibles ... 55
Vales de Combustible ... 55
Contactos Principales ... 58
5 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Presentación
Con base en el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal para el Estado de Nuevo León, la Secretaría de Administración, es la Dependencia encargada de administrar los recursos humanos, materiales y servicios que requiera la Administración Pública del Estado para el cumplimiento de sus fines.
En ese sentido, la Secretaría de Administración, a través de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales, conforme a la atribución que le concede el artículo 9 y la fracción V del artículo 23 de su Reglamento Interior ha actualizado el Manual de Políticas y Procedimientos en Material de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales, con el objetivo de proporcionar una guía general de las políticas que se deben conocer para la adquisición y contratación de bienes y/o servicios por las Dependencias Centrales de Gobierno del Estado de Nuevo León y Organismos Descentralizados del Sector Paraestatal que cuenten con Convenio de Colaboración suscrito con la Secretaría de Administración, atendiendo siempre a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, los cuales emanan del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual dicta las acciones a seguir en el ejercicio de los recursos públicos en contrataciones públicas.
6 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Objetivo General
Es un instrumento de apoyo administrativo, que no pretende reemplazar ningún ordenamiento jurídico aplicable, ya que solamente agrupa procedimientos precisos a fin de describir de forma ordenada y sistemática las distintas actividades, facilitando la consulta interna y externa con fines de inducción, actualización, capacitación, seguimientos y definición de acciones para la mejora continua, en las distintas Dependencias y Entidades que operen sus procedimientos en materia de adquisición de bienes y contratación de servicios.
Alcance
La Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales se compromete a aplicar el presente Manual de Políticas y Procedimientos en Materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales de manera justa y equitativa, basándose en el Principio de Igualdad para hombres y mujeres.
El lenguaje aquí empleado no pretende generar ninguna clase de discriminación, ni marcar diferencia entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones hechas al género masculino representan a todos(as) abarcando claramente ambos sexos.
Los lineamientos establecidos en las presentes, de ninguna forma se contraponen o irrogan mayores exigencias que las previstas en la ley, así como tampoco son generadoras de derechos adicionales a los establecidos en ella, y su observancia sólo es de carácter administrativo, rigiendo al interior de Gobierno del Estado.
Modificación: cualquier modificación y/o agregado a la misma requiere de la aprobación de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales.
7 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Definiciones y siglas
A fin de facilitar el uso e interpretación de términos cotidianos en materia de adquisiciones de bienes, mantenimiento y contratación de servicios, a continuación se mencionan los principales conceptos, junto con su descripción, así como el significado de las diversas siglas frecuentemente utilizadas. Las definiciones se establecen con estricto apego a las contenidas en las Leyes, Reglamentos y/o Normas de Aplicación General vigentes y aplicables en la materia.
Acta: El documento en el que se hace constar la reseña detallada de un evento, así como las consideraciones y acuerdos adoptados en términos de lo establecido en el artículo 37 Bis de la LAASSP y 34 y 35 de la LAACSNL.
Almacén: El área de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales, que recibe, resguarda, controla y suministra o entrega los bienes adquiridos a las unidades requirentes.
Comité de Adquisiciones: Para efectos de este Manual, se refiere al Comité de Adquisiciones de la Administración Pública Estatal, cuya integración y funcionamiento están definidos en los artículos 16 y 17 de la LAACSNL y en el artículo 11 de su respectivo Reglamento.
Compra: Sinónimo de adquisición.
CompraNet: Para efectos de este Manual, se refiere al sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, definido en el artículo 2, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, operado por la Secretaría de la Función Pública, utilizado para Concursos y procedimientos de Licitaciones con recursos de carácter federal.
Contraloría: Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado de Nuevo León.
Contrato: El acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formaliza la adquisición o arrendamiento de bienes muebles o la prestación de servicios.
Convocatoria a la Licitación Pública: El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico con respecto a los bienes o servicios objeto de la contratación, así como los términos a que se sujetará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes.
8 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Cuota: Se refiere a la UMA (Unidad de Medida y Actualización) vigente según el Artículo 10 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (REFORMADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016).
Dependencias: Para efectos de este Manual, se refiere a las distintas Dependencias de la Administración Pública Central, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado.
Director General: Es el responsable de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales, que ejercerá sus funciones de acuerdo a lo que establece el artículo 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración.
Director de Adquisiciones: Es el responsable de la Dirección de Adquisiciones, que ejercerá sus funciones de acuerdo a lo que establece el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración.
Director de Mantenimiento y Servicios Generales: Es el Servidor Público responsable de la Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales, que ejercerá sus funciones de acuerdo a lo que establece el artículo 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración.
Director de Concursos: Es el Servidor Público responsable de la Dirección de Concursos, que ejercerá sus funciones de acuerdo a lo que establece el artículo 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración.
Dirección Jurídica: Dirección Jurídica de la Secretaría de Administración que ejercerá sus funciones de acuerdo a lo que establece el artículo 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración.
Entidades: Para efectos de este Manual, se refiere a las distintas Dependencias de la Administración Pública Paraestatal, que de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado, está conformada por los Organismos Públicos Descentralizados de participación ciudadana, las empresas de participación estatal, los Fideicomisos Públicos y demás Entidades, cualquiera que sea su denominación, y que para efectos de la aplicación de este Manual, cuente con Convenio de Colaboración con la Secretaría de Administración, para que se lleve a cabo sus procedimientos en materia de adquisiciones y servicios conforme a las obligaciones del clausulado que contenga en lo particular cada Convenio.
Garantías de Contratos: Se estipulan con el fin de asegurar la solvencia de los Proveedores y evitar perjuicios económicos al Estado, ante la eventualidad de incumplimiento de obligaciones definidas en los Contratos de adquisición o contratación de servicios (según aplique).
9 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
LAACSNL: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Nuevo León.
LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Manual: Manual de Políticas y Procedimientos en Materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales.
Negociador: Es el Servidor Público, adscrito a la Unidad Centralizada de Compras, responsable de adquirir los bienes y contratar los servicios solicitados por las diferentes Dependencias y Entidades del Gobierno del Estado de Nuevo León.
PAAS: Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
Proveedores: Prestadores de bienes y/o servicios, dados de alta en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado de Nuevo León que cumplen con lo establecido en los Artículos 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 35 del Reglamento de la LAACSNL.
Secretaría: La Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Nuevo León.
SECOP: Sistema Electrónico de Compras Públicas, sistema informático de consulta gratuita integrado por la Unidad Centralizada de Compras con información relevante para los procesos de compras públicas. Dicho sistema también constituye un medio por el cual se desarrollan los procedimientos de contratación.
SIAP: Sistema Integral de Administración y Presupuestos (en proceso de sustitución de otras plataformas).
SIE: Sistema de Inversión Estatal.
SIREGOB: Sistema Integrador de Recursos Electrónicos y Gubernamentales. Utilizado para la captura de requisiciones, generación de órdenes de compra y el proceso de trámite de pago de las mismas.
Suficiencia presupuestaria o presupuestal: El monto del que dispone la Dependencia o Entidad para adquirir bienes o contratar servicios, en términos del Presupuesto de Egresos vigente para el ejercicio fiscal del que se trate, y del resto de disposiciones y ordenamientos aplicables.
Tesorería: La Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.
10 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
UCC: Unidad Centralizada de Compras: La Unidad Administrativa responsable de la adquisición de bienes y contratación de servicios que corresponda a cada uno de los sujetos obligados a que se refiere el Artículo 1 y 14 de la LAACSNL. De acuerdo a lo anterior, en el Sector Central de la Administración Pública del Estado, incluyendo a los Tribunales Administrativos, la UCC será la Secretaría de Administración, a través de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales. Los demás sujetos de índole estatal tendrán su propia Unidad Centralizada de compras, a excepción de aquellos que hayan suscrito Convenio de Colaboración con la Secretaría de Administración para que lleve a cabo dichas funciones.
UMA: Se sustenta en la Ley para determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2016, y es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. El valor mensual de la UMA se calcula multiplicando su valor diario por 30.4 veces y su valor anual se calcula multiplicando su valor mensual por 12.
Usuario: El Servidor Público de la Dependencia o Entidad de la Administración Pública del Estado que requiere los servicios de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales, en su calidad de Unidad Centralizada de Compras.
Vehículos Oficiales: Vehículos que son propiedad del Gobierno del Estado de Nuevo León, registrados en la Dirección de Patrimonio y dados de alta en el sistema SIREGOB, activos de la Dependencia o Entidad correspondiente.
11 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Organigrama
Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales
Dirección de Adquisiciones Coordinación Administrativa
Dirección de Concursos
Coordinación de Control de Operaciones
Dirección de Mantenimiento y
Servicios Generales
Jefatura de Transparencia
12 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Dirección General
De conformidad con el artículo 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración, al frente de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales, que dependerá directamente del Secretario de Administración, habrá un Director General que contará con las siguientes atribuciones:
I. Dar seguimiento a las funciones de las Direcciones a su cargo, informando periódicamente al Secretario sobre sus avances.
II. Realizar todos los actos que sean necesarios o conducentes para el logro de su misión y objetivos.
III. Planear, dirigir, coordinar y evaluar las actividades y cumplimiento de las atribuciones que a la Dirección General correspondan, conforme a las disposiciones legales respectivas.
IV. Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables en relación con las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios directamente relacionados con el Gobierno del Estado y promover, en el ámbito de su competencia, que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado se coordinen, colaboren y ejerzan sus atribuciones conforme a las disposiciones legales aplicables.
V. Difundir y asegurar la operación de manuales, políticas y procedimientos autorizados en materia de adquisiciones de bienes y servicios.
VI. Recabar de las diversas dependencias y unidades administrativas del Gobierno del Estado, sus respectivos proyectos del Programa Anual de Adquisiciones.
VII. Elaborar el Programa Anual de Adquisiciones con base en los proyectos de las dependencias y unidades administrativas del Gobierno del Estado, para ajustarlo a las asignaciones presupuestales.
VIII. Fincar los pedidos a los proveedores de acuerdo con los requerimientos, programación y recursos autorizados, cumpliendo con la normatividad aplicable a las adquisiciones de bienes, arrendamientos y servicios; Tratándose de pedidos hasta por 2,000 cuotas de salario mínimo general diario vigente en el área metropolitana de Monterrey, podrán realizarse por conducto de los Directores de su adscripción.
IX. Resolver los recursos administrativos en la materia de su competencia, con el auxilio de la Dirección Jurídica.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) X. Recibir las requisiciones que envían las dependencias y verificar que cumplan
con los requisitos establecidos.
13 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
XI. Determinar y supervisar el envío de facturas para su resguardo y registro patrimonial a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.
XII. Llevar el control del archivo y registro de requisiciones, facturas, órdenes de compra, órdenes de pago y demás documentación relacionada con las funciones de la propia Dirección General.
XIII. Integrar debidamente los expedientes derivados de los procesos de adquisición, arrendamientos y contratación de servicios realizados, debiéndose encontrar debidamente firmados, con todos sus anexos y en su caso, fianzas correspondientes, lo anterior, para su envío y trámite de órdenes de pago, ante la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.
XIV. Administrar el Almacén General de Bienes que contendrá los materiales para suministrar a las diferentes dependencias del Gobierno del Estado.
XV. DEROGADA.
(Derogada en POE-66, 29 mayo 2019) XVI. Someter a la consideración del Secretario, para su celebración, los convenios de
colaboración con las entidades de la Administración Pública Paraestatal que así lo soliciten, respecto de los asuntos que son de su competencia.
XVII. Apoyar a las dependencias en la programación de la adquisición de sus bienes y servicios y en el desarrollo de los sistemas administrativos que requieran para el desempeño de sus actividades, en los términos que establezcan las leyes respectivas.
XVIII. Vigilar la oportuna programación, realización y celebración de los contratos relativos a las adquisiciones, suministros y arrendamientos de bienes muebles e inmuebles; equipo de infraestructura y servicios en materia de tecnologías de información y comunicaciones y los servicios necesarios para el cumplimiento de los fines de la Administración Pública del Estado.
XIX. Apoyar a las dependencias, cuando así lo requieran, para que se realicen las acciones tendientes a cumplir con la conservación, mantenimiento y otorgamiento de servicios generales a los bienes muebles e inmuebles propios del Gobierno del Estado o arrendados.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) XX. Nombrar a los representantes y suplentes de la Dirección General en los
comités de adquisiciones de las entidades de la Administración Pública del Estado.
XXI. Coordinar la labor de los representantes de la Secretaría en los comités de adquisiciones de las entidades de la Administración Pública del Estado.
XXII. Gestionar ante la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, a solicitud de la Dirección de Adquisiciones, las calendarizaciones,
14 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
recalendarizaciones, suficiencias presupuestales y las modificaciones a las partidas presupuestales cuando sean necesarias, de acuerdo a las necesidades propias de la Secretaría.
XXIII. Solicitar a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, a solicitud de la Dirección de Adquisiciones, las modificaciones a las partidas presupuestales de la Administración Pública Estatal, cuando sean necesarias.
XXIV. DEROGADA.
(Derogada en POE-113, 11 septiembre 2020) XXV. Participar en el ámbito de su competencia, en comisiones, juntas, consejos y
comités, así como desempeñar las funciones y comisiones que el Secretario le delegue o encomiende, manteniéndolo informado sobre el desarrollo de sus actividades.
XXVI. Proporcionar la información, datos o cooperación técnica que les sean requeridos por otras dependencias y entidades del Ejecutivo Estatal, de acuerdo a las normas jurídicas aplicables y las políticas que se expidan para ello.
XXVII. Las demás facultades que expresamente le confieran las leyes, reglamentos, otras disposiciones jurídicas aplicables o el Secretario.
De la Dirección General dependerán las siguientes Coordinaciones y jefatura, que le proporcionarán el apoyo administrativo, técnico y operativo necesario para el cumplimiento de las atribuciones que tiene encomendadas en el Reglamento Interior.
Coordinación de Administración es responsable de:
Apoyar al Director General en el ejercicio operativo de las atribuciones señaladas en las fracciones V, VI, VII, IX, XVII, XXV y XXVI del artículo 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración;
Administrar y controlar los recursos financieros, humanos y materiales de la Dirección General y su Unidades Administrativas;
Administrar la comunicación interna y externa de la Dirección General;
Promover, actualizar e informar a los Usuarios internos y externos, las políticas, los lineamientos y manuales necesarios para el seguimiento, medición y mejora
15 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
de los procesos y procedimientos correspondientes a la Dirección General, en coordinación con la instancia responsable por parte de la Secretaría.
Ser el enlace para la atención de los Órganos Fiscalizadores en Coordinación con la Dirección Jurídica.
Coordinación de Control de Operaciones es responsable de:
Apoyar al Director General en el ejercicio operativo de las atribuciones señaladas en las fracciones IV, X, XI, XII, XIII, XIV, XXV y XXVI del artículo 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración.
Administrar el catálogo maestro de bienes y servicios (altas, bajas y modificaciones).
Jefatura de Transparencia es responsable de:
Apoyar al Director General en el ejercicio operativo de las atribuciones señaladas en las fracciones IV, IX, XVI, XXV y XXVI del artículo 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración;
Preparar la respuesta correspondiente a las peticiones de transparencia y acceso a la información pública gubernamental realizadas a la Dirección General, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y fungir de enlace ante la instancia correspondiente de la Secretaría para dichos temas;
Coordinarse con la Dirección Jurídica, para la resolución de asuntos de transcendencia jurídica, y en general, para todas las actividades que impliquen una conjunción de esfuerzos en el área.
16 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Dirección de Adquisiciones
De conformidad con el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración, al frente de la Dirección de Adquisiciones habrá un Director que contará con las siguientes atribuciones:
I. Negociar y formalizar los contratos programados de adquisiciones y el suministro de bienes de acuerdo a la estadística de consumos y conforme a los requerimientos de las dependencias de la Administración Pública Estatal con base en el presupuesto autorizado y con estricta observancia de los procedimientos legales vigentes.
II. Diseñar, establecer y mantener actualizados los archivos de formatos e instructivos de convocatorias, bases, tablas comparativas de ofertas, pedidos o contratos previstos en los ordenamientos legales de la materia, así como cualquier otro documento que se considere relevante al caso específico.
III. Programar y realizar los procedimientos de adquisiciones de conformidad con la planeación y programación de suministro de material y de bienes de las leyes vigentes en la materia.
IV. Suscribir los contratos relativos a la adquisición de bienes que requieran las dependencias de la Administración Pública del Estado, que se celebren conforme a lo establecido por los ordenamientos legales de la materia.
V. En el ámbito de su competencia, fijar a los proveedores las condiciones de compra, de pago y el monto de las garantías que deban otorgar, las sanciones y penas en el caso de incumplimiento así como sustanciar y resolver las rescisiones de los contratos con el auxilio de la Dirección Jurídica.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) VI. Autorizar con su firma los pedidos, cancelaciones, facturas, actas, certificaciones y
cuadros comparativos estadísticos, relativos a los asuntos de su competencia.
VII. Realizar los estudios de mercado e informes que contribuyan a la mejor selección de proveedores y productos, así como formular y mantener actualizados los respectivos catálogos.
VIII. Decidir sobre los asuntos que le presenten los negociadores de compras y vigilar que su actuación se ajuste a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en la materia.
IX. Realizar todos los actos que sean necesarios o conducentes para el logro de su misión y objetivos.
X. Las demás facultades que expresamente le confieran las leyes, reglamentos, otras disposiciones jurídicas aplicables o el Director General.
17 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales
De conformidad con el artículo 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración, al frente de la Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales habrá un Director que contará con las siguientes atribuciones:
I. Negociar y formalizar los contratos programados respecto del suministro de servicios de acuerdo a la estadística de consumos y conforme a los requerimientos de las dependencias de la Administración Pública Estatal en base en el presupuesto autorizado conforme a los procedimientos legales vigentes.
II. Realizar por conducto del área correspondiente, las gestiones, trámites y negociaciones necesarias ante las entidades y empresas, que presten servicios públicos, para concertar la contratación de los mismos.
III. Diseñar, establecer y mantener actualizados los archivos de formatos e instructivos de convocatorias, bases, tablas comparativas de ofertas, pedidos o contratos previstos en los ordenamientos legales de la materia, así como cualquier otro documento que se considere relevante al caso específico.
IV. Programar y realizar los procedimientos de contratación de servicios, de conformidad con la planeación y programación de suministro de servicios de las leyes vigentes en la materia.
V. Realizar los estudios de mercado e informes que contribuyan a la mejor selección de proveedores y servicios; así como formular y mantener actualizados los respectivos catálogos.
VI. En el ámbito de su competencia, fijar a los proveedores las condiciones de compra, de pago y el monto de las garantías que deban otorgar, las sanciones y penas en el caso de incumplimiento, así como sustanciar y resolver las rescisiones de los contratos con el auxilio de la Dirección Jurídica.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) VII. Suscribir los contratos relativos a la contratación de servicios que requieran las dependencias de la Administración Pública del Estado, que se celebren conforme a lo establecido por los ordenamientos legales de la materia.
VIII. Autorizar con su firma los pedidos, cancelaciones, actas, certificaciones y cuadros comparativos estadísticos; relativos a los asuntos de su competencia.
IX. Decidir sobre los asuntos que le presenten los negociadores de contratación de servicios y vigilar que su actuación se ajuste a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en la materia.
X. Apoyar a las dependencias, cuando así lo requieran, a realizar las gestiones administrativas con la finalidad de asegurar la conservación y mantenimiento de los
18 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
bienes muebles e inmuebles propios o arrendados, observando en todo momento el cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas correspondientes.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) XI. DEROGADA.
(Derogada en POE-113, 11 septiembre 2020) XII. Proporcionar los servicios generales y de apoyo que requieran las dependencias de
la Administración Pública del Estado, conforme al presupuesto autorizado.
XIII. Asegurar que las instalaciones de las Dependencias de la Administración Pública del Estado cuenten con todos los servicios necesarios para su correcto uso y funcionamiento.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) XIV. Coadyuvar con las Dependencias de la Administración Pública del Estado, cuando
así lo soliciten, en la validación de las necesidades de abastecimiento de mobiliario de oficina y enseres menores y determinar si con el mantenimiento de los existentes se agota dicha necesidad.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) XV. Proporcionar el servicio de mantenimiento y reparación de los vehículos asignados
a las dependencias.
XVI. Custodiar y controlar la dotación y suministro de combustibles, para las Dependencias de la Administración Pública del Estado, así como en su caso, la suspensión o cancelación de los mismos.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) XVII. DEROGADA.
(Derogada en POE-113, 11 septiembre 2020) XVIII. Realizar todos los actos que sean necesarios o conducentes para el logro de su
misión y objetivos.
XIX. Las demás facultades que expresamente le confieran las leyes, reglamentos, otras disposiciones jurídicas aplicables o el Director General.
Dirección de Concursos
De conformidad con el artículo 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración, al frente de la Dirección de Concursos habrá un Director que contará con las siguientes atribuciones
19 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
I. Difundir los requisitos para efectuar en tiempo y forma los procedimientos de concursos, licitaciones, subastas así como procedimientos de excepción que integren las áreas de adquisiciones y servicios.
II. Revisar y validar los expedientes que integran las solicitudes de concursos, licitaciones, subastas, procedimientos de excepción a fin de que estas cumplan con los lineamientos establecidos, así como las disposiciones legales correspondientes.
III. Inscribir a proveedores en los procesos de licitación y subastas, así como la revisión de los documentos para su participación.
IV. Programar y realizar los concursos por invitación, públicos, procedimientos de excepción, subastas electrónicas inversas de conformidad con la planeación y programación de suministro de bienes y servicios y leyes vigentes en la materia.
V. Administrar y operar la Subasta Electrónica Inversa y realizar las gestiones para el trámite de generación de contraseñas con el área correspondiente.
VI. Revisar en forma conjunta con la Dirección Jurídica, los contratos relativos a la adquisición de bienes y servicios que requieran las dependencias de la Administración Pública del Estado.
(Reformada en POE-113, 11 septiembre 2020) VII. Presidir, en suplencia del Secretario, el Comité de Adquisiciones y Servicios que se
establece en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
VIII. Llevar el control de las vigencias de los contratos relativos a los procesos de licitaciones, subastas y de excepción.
IX. Custodiar los expedientes de los procesos de contratación de bienes y servicios correspondientes a los procesos de licitaciones, subastas y excepciones.
X. Realizar en tiempo y forma la publicación de los procedimientos con recursos federales a través de Compranet.
XI. Realizar en tiempo y forma la captura de información de los procedimientos de concursos, licitaciones, subastas a través del portal de transparencia.
XII. Realizar los informes trimestrales señalados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Nuevo León.
XIII. Realizar todos los actos que sean necesarios o conducentes para el logro de su misión y objetivos.
XIV. Las demás facultades que expresamente le confieran las leyes, reglamentos, otras disposiciones jurídicas aplicables o el Director General.
20 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Marco Jurídico
Principios básicos: eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.
La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en el ámbito federal, así como las leyes estatales de adquisiciones, arrendamiento y servicios, han sido diseñadas tomando como base el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual considera los siguientes principios para la administración de los recursos públicos: eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.
1. Eficiencia: se refiere a alcanzar los fines propuestos con el uso más racional posible de los medios existentes, es decir, obtener el fin al menor costo.
2. Eficacia: es la capacidad para lograr los objetivos y metas programadas, con los recursos disponibles y en un tiempo determinado.
3. Economía: ahorro o aprovechamiento del dinero y de otros bienes, del trabajo, del tiempo y de cualquier otro elemento que redunde en beneficio de la sociedad.
4. Transparencia: se refiere a que los procedimientos se realicen en condiciones de legalidad y tratamiento equitativo a los participantes, otorgando información accesible y clara sobre los procedimientos de adquisición y sus resultados.
5. Honradez: se refiere al comportamiento responsable del administrador público, que consiste en el cumplimiento puntual de sus obligaciones.
En dicho artículo se establece que la Federación, los Estados, los Municipios y la Ciudad de México, así como los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales tiene como visión asegurar al Estado las mejores condiciones en términos de precio, calidad, financiamiento y oportunidad cuando realicen la adquisición de bienes o la contratación de servicios y de obra pública.
Con esta idea, la Constitución privilegia a la Licitación Pública como una estrategia fundamental para la contratación de bienes, servicios y obra pública, aunque también considera la utilización de otros procedimientos de contratación para garantizar al Estado las mejores condiciones, que son: invitaciones restringidas, adjudicación directa y subasta electrónica inversa.
21 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Consideraciones generales:
Los Administradores de las áreas requirentes, áreas convocantes, áreas de vigilancia y control, la Unidad Centralizada de Compras (Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales de la Secretaría de Administración) y demás funcionarios públicos involucrados en los procesos de contratación de bienes y servicios, deberán conocer el marco jurídico, es decir las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones aplicables en materia de Contratación Pública.
Leyes
Para llevar a cabo algún procedimiento de adquisición, es primordial conocer el origen de los recursos con el cual se realizará el procedimiento de contratación, ya que de ello depende la normatividad que aplicará.
A continuación se enlistan algunas características de referencia para distinguir, como punto de partida el procedimiento de contratación, qué ley debe de aplicar.
Si el recurso es federal: con un centavo que provenga de la Federación, la Ley que debe de regir el procedimiento de adquisición es la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP).
Si el recurso es estatal: cuando los recursos son propios del gobierno estatal o se convierten en recursos estatales, la normatividad que debe regir el procedimiento de adquisición es la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León (LAACSNL).
En caso de que los recursos federales se conviertan en recursos propios del Estado, se deben administrar y ejercer por el Gobierno del Estado conforme a lo anterior. Lo mismo para el caso de los recursos que el propio gobierno estatal genera, a través de derechos, productos, aprovechamientos y financiamiento.
Recursos excepcionales: algunos recursos federales deben regirse al amparo de la Ley de Coordinación Fiscal.
Este es el caso de las aportaciones (Ramo 33) ya que según la LAASSP, los fondos previstos en el Capítulo V de la LEY de Coordinación Fiscal, aunque son recursos que aporta la Federación a los Estados, no quedan comprendidos para la aplicación de la legislación federal de adquisiciones.
22 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Por su parte, en el artículo 25 de la citada LEY de Coordinación Fiscal estipula que:
“Con independencia de lo establecido en los capítulos i al IV de esta Ley, respecto de la participación de los Estados, Municipios y el Distrito Federal en la recaudación Federal participable, se establecen las aportaciones federales, como recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito Federal, y en su caso, de los Municipios, condicionando su gato a la consecución y cumplimiento de los objetivos para que cada tipo de aportación establece esta Ley, para los Fondos siguientes:
1. Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo;
2. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud;
3. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social;
4. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal;
5. Fondo de Aportaciones Múltiples;
6. Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos;
7. Fondo de Aportaciones para la Seguridad de los Estados y del Distrito Federal; y 8. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas”.
Es importante que los Servidores Públicos se restrinjan al contenido del artículo mencionado en el cual excluye la legislación federal y se ejerce la legislación en materia de adquisiciones aplicable en el Estado.
Si bien los ordenamientos básicos para llevar a cabo un procedimiento de adquisición de bienes o contratación de servicios son, la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento, los servidores públicos encargados de realizar estos procedimientos deberán tener a la mano las siguientes leyes de apoyo:
Leyes Generales:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
Ley de Coordinación Fiscal.
23 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Leyes Federales:
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Presupuesto de Egreso de la Federación (para el ejercicio fiscal que se trate).
Leyes Estatales:
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.
Ley de Egresos del Estado de Nuevo León (para el ejercicio fiscal que se trate).
Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nuevo León.
Código Civil del Estado de Nuevo León.
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.
Reglamentos:
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contrataciones de Servicios del Estado de Nuevo León.
Reglamento Interior de la Secretaría de Administración del Estado de Nuevo León.
Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.
Lineamientos Generales para la Subasta Electrónica Inversa del Gobierno de Nuevo León.
24 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Políticas para la adquisición de bienes o contratación de servicios Programa Anual de Adquisiciones
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 25 fracciones I, III, IV, V, y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, Artículos 1, 2, 3, 5 fracción IV, 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración para el Estado de Nuevo León, artículos 1, 9, 10, 12, 15 fracciones III y XIII, y 69 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, 7 y 8 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León es obligación de la Administración Pública del Estado planear y programar las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios.
En ese sentido, corresponde a la Secretaría de Administración recabar de las Dependencias de la Administración Pública del Estado, sus Programas Anuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como los programas que abarquen más de un ejercicio presupuestal, conforme a los objetivos y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas sectoriales.
La programación de las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios que realice cada Dependencia, deberá contemplar lo dispuesto en lo contenido en los artículos 9, 10 y 12 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, 7, 8, 9 y 10 de su Reglamento, así mismo la normatividad aplicable en materia de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Disciplina Financiera para las Entidades y Municipios; así como demás disposiciones jurídicas y administrativas que regulan el gasto público; en este sentido es importante considerar que la programación de la adquisición de bienes y contratación de servicios se realice con la oportunidad necesaria a fin dar cumplimiento a la normatividad vigente.
El Programa Anual de Adquisiciones se realiza a través del Sistema Integrador de Recursos Electrónicos Gubernamentales (SIREGOB) con las siguientes consideraciones:
En el sistema se precarga la información de requisiciones de un ejercicio inmediato anterior al que se proyecta.
Esta información se precarga en el mes que el Usuario autoriza la requisición.
25 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Para esta precarga de información se consideran requisiciones que efectivamente fueron procesadas es decir: devengadas.
Se incluye información relativa al bien o servicio, así como cantidad y precio histórico.
En el caso de servicios incluye el último precio del mismo.
Una vez capturado el Programa Anual de Adquisiciones el administrador de la Dependencia autoriza el mismo, y se remite a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales en versión digital acompañado de un oficio, dirigido al titular de esta Dirección General.
El Programa Anual de Adquisiciones, debe publicarse como fecha límite el 31 de enero de cada ejercicio presupuestal, a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas.
https://secop.nl.gob.mx/
26 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Macroproceso de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios con Recursos Estales
Usuario (Dependencia o Entidad requirente) Genera requisición de egreso en el SIREGOB
Coordinación de Control de Operaciones Analiza y valida la requisición de egreso Envía requisición de egreso al SECOP con el Negociador Dirección de: Adquisiciones y/o Mantenimiento y Servicios Generales Analiza requisición y determina el procedimiento de contratación ¿Concurso?
Dirección de Concursos Analiza documentación, genera las Bases y la Convocatoria Se programa Concurso/Subasta/ LicitaciónSolicita cotización al Proveedor
Adq uis ici ón D ire
cta cion iza Cot es o Tr
es
Realiza tabla comparativa y selecciona la mejor opción Genera orden de compra y la envía a Control de Operaciones
Revisa orden de compra, captura y entrega al Proveedor
Dirección Jurídica Desarrolla el procedimiento y genera el fallo
Genera y entrega Contrato a los firmantes (Usuario, Dirección y Proveedor)
Usuario recibe servicio, genera vale de servicio y sella factura
Proveedores El Almacén General genera vale de recepción y entrega bien a el Usuario
Usuario recibe el bien, genera vale y sella factura Integra soporte de operación, genera orden de pago y envía a Tesorería
Recibe solicitud y cotiza a través del SECOP Recibe orden de compra Proporciona el bien o servicio y genera su factura SERVICIOS PAGO
BIENESó
27 Manual de Políticas y Procedimientos en materia de Adquisiciones, Mantenimiento y Servicios Generales
Código: SADGASG-MPT-01
Macroproceso de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios con Recursos Federales
Usuario (Dependencia o Entidad requirente) enera requisición de reso en el SIREGOB
Coordinación de Control de Operaciones Analiza y valida la requisición de egreso Envía requisición de egreso al SECOP con el Negociador Dirección de: Adquisiciones y/o Mantenimiento y Servicios Generales Analiza requisición y determina el procedimiento de contratación ¿Concurso?
Dirección de Concursos Analiza documentación, genera las Bases y la Convocatoria Se programa Concurso/Subasta/ LicitaciónSolicita cotización al Proveedor
Adq uis ici ón D ire
cta cion iza Cot es o Tr
es
Realiza tabla comparativa y selecciona la mejor opción Genera orden de compra y la envía a Control de Operaciones
Revisa orden de compra, captura y entrega al Proveedor
Dirección Jurídica Desarrolla el procedimiento y genera el fallo
Genera y entrega Contrato a los firmantes (Usuario, Dirección y Proveedor)
Usuario recibe servicio, genera vale de servicio y sella factura
Proveedores El Almacén General genera vale de recepción y entrega bien a el Usuario
Usuario recibe el bien, genera vale y sella factura Integra soporte de operación, genera orden de pago y envía a Tesorería
Recibe solicitud y cotiza a través del SECOP Recibe orden de compra Proporciona el bien o servicio y genera su factura SERVICIOS PAGO
BIENESó