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LICEO POLITÉCNICO CAUPOLICÁN. Reglamento Interno de Convivencia Escolar

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LICEO POLITÉCNICO CAUPOLICÁN

Reglamento Interno de Convivencia Escolar

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I

INDICE

II

INTRODUCCION

El presente reglamento contiene disposiciones que orientan y regulan la convivencia de todos los miembros de la comunidad escolar del liceo “Caupolicán” de Los Álamos estableciendo:

1. Claridad acerca del rol de las organizaciones que existen al interior del liceo, su funcionamiento, deberes y derechos de todos los miembros que conforman la comunidad escolar, favoreciendo el desarrollo integral de los alumnos y alumnas, así como las sanciones que corresponden a cada falta con el fin de transparentar los procesos disciplinarios.

2. Procedimientos que permitan una sana y adecuada convivencia y faciliten el proceso de enseñanza aprendizaje.

3. Normas de prevención, seguridad, protección y autocuidado.

III

ESTAMENTOS INTERNOS, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

III.1 ESTAMENTOS INTERNOS

Centro de Padres, Madres y Apoderados/as (CC.PP.)

Es el organismo que colabora con los propósitos educativos y sociales del establecimiento educacional. Esta organización forma parte de la comunidad escolar, promoverá la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyará organizadamente las labores educativas del establecimiento y estimularán el desarrollo y progreso conjunto de la comunidad escolar.

Para cumplir con su cometido, su organización estará regida y sometida al reglamento del CC.PP. establecido en DS N° 565 de fecha 6/6/1990

Asimismo los CC.PP. se podrán constituir como personas jurídicas de acuerdo con las normas señaladas en la ley N° 19.418 que establece normas sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias

Centro de Alumnos y Alumnas

El Centro de Alumnos y Alumnas (CC.AA.) es la organización formada por estudiantes regulares del establecimiento, de carácter autónoma, sin fines de lucro, elegida democrática y representativamente.

Su organización y funcionamiento se regirá por el estatuto interno y el DS N° 524 de fecha 20/4/1990 y su modificación DS N° 50 del 15/2/2006.

Consejo Escolar (C.E.)

Es una instancia institucionalizada que funciona en el establecimiento para dar participación efectiva a los diferentes actores, principalmente a padres, madres, alumnas

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y alumnos en la gestión escolar para enfrentar los problemas que afectan su calidad, hecho que además permite el ejercicio del derecho y asumir responsabilidades sociales, pues la educación es tarea de toda la sociedad.

La conformación y atribuciones de nuestro C.E. están dadas por los artículos 7°, 8° y 9° de la Ley 19.979 y por el decreto N° 24 que reglamenta el funcionamiento de los Consejos Escolares.

Comité de Buena Convivencia

Instancia que busca analizar y dar solución a situaciones conflictivas dentro del establecimiento educacional, implementando acciones concretas, de forma gradual y progresiva, que den solución a lo ocurrido, incorporando la mirada de todos los estamentos, siendo de responsabilidad de estos el entregar propuestas para mejorar la convivencia dentro del establecimiento.

En dicha instancia participará Encargado/a de Convivencia Escolar, Profeso/a Jefe de los/as estudiantes involucrados/as, Presidente/a del Centro de Estudiantes, Presidente de Centro de Padres, Madres y Apoderados/as, Representante de Asistentes de la Educación.

Consejo de Profesores/as

Es liderado por el Director y está integrado o conformado por la totalidad de los docentes y directivos pertenecientes al establecimiento, más los profesionales asistentes de la educación, si lo requiriera la ocasión.

Sesionarán ordinariamente 90 minutos semanales en horario definido y consensuado al inicio del año escolar. Se evitará realizar otro tipo de trabajos en este horario.

Consejo de Asistentes de la Educación y Personal de los Programas de Apoyo

Está integrado o conformado por la totalidad del personal no docente del establecimiento.

Sesionarán ordinariamente 60 minutos al mes, en horario definido y consensuado al inicio del año escolar.

El Consejo será presidido por un miembro del equipo directivo, consensuado al inicio del año escolar. Director o Inspector General, del establecimiento.

Unidad Técnico Pedagógica (U.T.P.)

Es la Unidad Técnica del Liceo, responsable de la programación, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares del establecimiento.

Equipo de Gestión.

Equipo integrado por Docentes Directivos, Docentes Técnico Pedagógicos, representantes del Consejo de Profesores y otros a quienes se considere necesario por el Equipo.

Su función está orientada a conducir al establecimiento educacional al logro de los objetivos señalados en el PEI y de los compromisos institucionales adquiridos, con especial énfasis de la promoción en la comunidad educativa, de la elaboración e implementación de un Plan de Mejoramiento Educativo (PME), que promueva procesos de mejoramiento continuo.

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Por lo anterior adquiere compromisos de gestión anual, y funciona de acuerdo al modelo de calidad, basado en 4 áreas de procesos: Currículum, Liderazgo Escolar, Convivencia Escolar y Recursos. Debe sesionar cada quince días o cuando se requiera por situaciones emergentes.

Comité de Seguridad Escolar.

Será el responsable de coordinar y administrar un Plan de Seguridad, que incluya aprobar un procedimiento de evacuación, entrenamiento de todos los funcionarios del liceo, coordinar, ejecutar y evaluar simulacros de evacuación.

El comité deberá fijar las funciones específicas de los miembros que participan directamente en los distintos planes de seguridad.

Está conformado por el Director, Inspector general, dos docentes, un Asistente de la Educación y unidades de apoyo externas al liceo (carabineros, bomberos, servicio de salud, ACHS.).

Comisión de Disciplina y Convivencia.

Equipo integrado por Inspector General, Encargado de Convivencia y Profesor/a Jefe, y otros profesionales que el equipo considere necesario incluir y que tengan relevancia y pertinencia en los casos de los alumnos que la Comisión trate (duplas psicosociales, docentes, directivos).

Su función está orientada en resolver las situaciones disciplinarias de los estudiantes que presenten faltas reiteradas al reglamento de convivencia escolar.

La Comisión será presidida por el Inspector General, quien será responsable de convocar a los participantes y que quede registro escrito de los acuerdos tomados.

III.2 RESPONSABILIDADES SUGERIDAS SEGÚN LA POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

En base a los objetivos de la Política Nacional de Convivencia Escolar y Líneas de Acción se sugieren responsabilidades para los diversos estamentos de la comunidad educativa con el fin de orientar las acciones, iniciativas y programas que promuevan y fomenten la comprensión y el desarrollo de una convivencia escolar inclusiva, participativa, solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa, en el marco de equidad de género y con enfoque de derechos.

La Convivencia Escolar es un compromiso de todas y todos los integrantes de la comunidad educativa, por eso es necesario precisar las responsabilidades centrales de cada uno en el proceso de implementación de la Política Nacional de Convivencia Escolar. 1. Consejo Escolar: Responsabilidad Compromiso Estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa, tomando las medidas que permitan fomentar una sana convivencia escolar, dentro

1. Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la Convivencia Escolar en el establecimiento.

2. Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a prevenir la violencia entre los/as miembros de la

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del ámbito de su competencia.

comunidad educativa.

3. Elaborar, en conjunto con el Encargado/a de Convivencia Escolar un Plan de Acción para promover la buena convivencia y prevenir la violencia en el establecimiento.

4. Conocer el Proyecto Educativo Institucional y participar en su elaboración y actualización, considerando la Convivencia Escolar como un eje central.

5. Participar de la elaboración de la programación anual y actividades extracurriculares del establecimiento, incorporando la Convivencia Escolar como contenido central.

6. Participar en la elaboración de las metas del establecimiento y los Proyectos de Mejoramientos propuestos en el área de Convivencia Escolar.

7. Participar en la elaboración y actualización del Reglamento de Convivencia, de acuerdo al criterio formativo planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar.

2. Encargado/a de Convivencia Escolar Responsabilidad Compromiso Asumir el rol primario en

la implementación de las medidas de Convivencia Escolar que determine el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia Escolar.

1. Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en el consejo escolar.

2. Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar en el Consejo Escolar.

1. Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar que disponga el Consejo Escolar. 2. Elaborar el Plan de Acción sobre Convivencia Escolar, en

función de las indicaciones del Consejo Escolar.

3. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa. 4. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la

comunidad educativa en al elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar. 3. Padres, Madres y Apoderados/as

Responsabilidad Compromiso

Asumir el rol primario y

protagónico en la

1. Crear alianzas consistentes con los distintos actores y estamentos educativos para asegurar

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responsabilidad por la formación y educación de sus hijos e hijas.

una buena formación y el aprendizaje de la convivencia de sus hijos e hijas, dentro y fuera del establecimiento educacional.

2. Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de la comunidad educativa.

Acompañar activamente el proceso educativo de sus hijos e hijas.

1. Cautelar y promover el respeto y solidaridad de sus hijos e hijas con y hacia los miembros de la comunidad educativa.

2. Conocer, compartir y apoyar el Proyecto Educativo y las normas y procedimientos disciplinarios del establecimiento escolar.

3. Participar amplia y organizadamente en la comunidad educativa, haciendo uso de los canales de consulta y apelación institucionales disponibles en caso de observaciones o discrepancias.

4. Participar activamente en el proceso de elección democrático del Centro de Padres, Madres y Apoderados/as.

Conocer el Proyecto Educativo Institucional de su comunidad educativa y reflexionar sobre su contenido, objetivos y normativa, colaborando en su ejecución e implementación.

1. Contribuir a la difusión, análisis y elaboración del Reglamento de Convivencia y Planes de Mejoramiento Educativo (PME), atendiendo a los objetivos del Proyecto Educativo de los establecimientos educacionales y a los canales de participación establecidos.

2. Respetar las normativas internas del establecimiento.

4. Dirección y Equipo Directivo del Establecimiento

Responsabilidad Compromiso

Cautelar la vinculación y coherencia entre el Proyecto Educativo Institucional y los instrumentos de gestión escolar, para asegurar que las acciones y estrategias propuestas fortalezcan el carácter formativo y preventivo de la Convivencia Escolar.

1. Generar instancias de trabajo y discusión que incorporen a los diversos estamentos de la comunidad educativa en la revisión, actualización y difusión de los instrumentos de gestión escolar. Como ejemplo: Manual de Convivencia Escolar, Reglamento de Evaluación, Programa de Integración Escolar, Planes de Mejoramiento Educativo, etc.

Establecer las atribuciones y responsabilidades de los integrantes de la comunidad educativa en la participación, toma de decisiones, seguimiento y evaluación de la

1. Definir y difundir las responsabilidades de los miembros de la comunidad educativa en el fortalecimiento de la Convivencia Escolar.

2. Coordinar sesiones de trabajo con la comunidad educativa que tengan como finalidad evaluar las responsabilidades establecidas.

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Convivencia Escolar. 3. Establecer mecanismos de conducta amplia para recoger opiniones de la comunidad educativa, tendientes a mejorar la Convivencia Escolar.

4. Incentivar la organización y participación de los/las actores en pro de una Convivencia Escolar democrática y respetuosa de las diferencias.

Abordar los problemas de convivencia, estimulando un sentido de solidaridad entre los/las actores de la comunidad educativa y aprender a restablecer las relaciones sociales en un ambiente de sana convivencia.

1. Definir procedimientos disciplinarios que incluyan el principio de presunción de inocencia de las partes involucradas.

2. Enfatizar el uso de procedimientos justos, claros y comprensibles por todos/as los/as miembros de la comunidad educativa.

3. Revisar las normas de convivencia cautelando que las sanciones respondan a un criterio formativo y a los valores declarados en el Proyecto Educativo. 4. Proporcionar apoyo al equipo docente para utilizar

mecanismos de resolución pacífica de conflictos, para favorecer la calidad de la convivencia y de los aprendizajes.

5. Proporcionar apoyo a los asistentes de la educación para incluir mecanismos de detección y resolución pacífica de conflictos como partes de su trabajo formativo.

6. Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los/as miembros de la comunidad educativa.

5. Docentes

Responsabilidad Compromiso

Crear en el aula un ambiente de trabajo respetuoso y solidario a través de una comunicación franca, directa y afable con las y los estudiantes.

1. Generar y desarrollar estrategias pedagógicas y didácticas innovadoras y atractivas para despertar el interés y la motivación por aprender.

2. Fomentar estrategias participativas orientadas hacia la formación ciudadana de los y las estudiantes dentro y fuera de la sala de clases. Contribuir a establecer una

relación amistosa entre los y las estudiantes y los/as demás miembros de la comunidad educativa, valorando las diferencias.

1. Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los/as miembros de la comunidad educativa.

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actividades de enseñanza un sentido de trascendencia y de responsabilidad ética frente a la vida en sociedad.

bien el trabajo escolar cotidiano como parte de su desarrollo y crecimiento personal.

6. Estudiantes

Responsabilidad Compromiso

Participar proactiva e informadamente en las diversas oportunidades que la comunidad educativa provea, respetando los valores de convivencia expuestos en el Proyecto Educativo.

1. Estimular la organización democrática del Centro de Alumnos y Alumnas e informarse activamente acerca de los canales de participación disponibles para utilizarlos.

Conocer el Proyecto Educativo de su establecimiento escolar y reflexionar sobre sus contenidos, valores y normativas.

1. Contribuir al desarrollo e implementación del Proyecto Educativo, asumiendo los valores de convivencia expuestos en él.

2. Reconocer y asumir las consecuencias de los propios actos, sin buscar impunidad ni complicidad en acciones que perjudiquen a terceras personas. Conocer y respetar las normas

de convivencia del establecimiento escolar.

1. Utilizar y solicitar canales de comunicación legítimos y continuos con los/as miembros y estamentos de la comunidad educativa.

2. Respetar las normas y acatar los reglamentos, expresando sus inquietudes o discrepancias en forma respetuosa y en las instancias que correspondan.

7. Asistentes de la Educación

Responsabilidad Compromiso

Resguardar una convivencia tolerante, respetuosa y solidaria en los espacios y ámbitos educativos que les corresponden.

1. Contribuir al desarrollo e implementación del Proyecto Educativo, asumiendo los valores de convivencia expuestos en él.

2. Supervisar el ejercicio de una convivencia respetuosa entre los y las estudiantes, y hacia los/as miembros de la comunidad educativa, en los diversos espacios físicos y sociales del establecimiento educativo.

3. Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los/as miembros de la comunidad educativa.

Resguardar el cumplimiento de la normativa interna del establecimiento en los diversos

1. Cumplir con rigurosidad las normas y procedimientos instituidos en la comunidad educativa.

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espacios educativos. 2. Respetar los acuerdos y procedimientos frente a conflictos entre actores de la comunidad educativa.

III.3 DEBERES Y DERECHOS DE ACTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

A. Estudiantes: 1. Deberes:

1.1 Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa,

1.2 Asistir a clases;

1.3 Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; 1.4 Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar,

1.5 Asumir y hacerse responsable de sus actos, 1.6 Cuidar la infraestructura educacional.

1.7 Respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento. 1.8 Asistir a clases con su uniforme completo.

2. Derechos:

2.1 Recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral.

2.2 Recibir una atención adecuada y oportuna.

2.3 En el caso de tener Necesidades Educativas Especiales, a no ser discriminados/as.

2.4 Estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

2.5 Expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

2.6 Que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. 2.7 Ser informados de las pautas evaluativas.

2.8 Ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, en coherencia al Reglamento Interno de Evaluación.

B. Embarazadas y/o Madres/Padres Adolescentes 1. Deberes

1.1 Asistir a los controles de embarazo, posparto y control sano del hijo o hija en el Centro de Salud Familiar (CESFAM) o consultorio correspondiente.

1.2 Justificar los controles de embarazo y control de niño sano con el carnet de control de salud o certificado del o la médico/a tratante y/o matrón/a.

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1.3 Justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y mantener informado al profesor o profesora jefe.

1.4 Informar en el liceo con certificado del o la médico/a tratante y/o matrón/a, si se está en condiciones de salud para realizar práctica profesional.

1.5 Debe cumplir para terminar el año escolar, asistiendo a clases y completando el calendario de evaluaciones, especialmente si se está con tutoría y/o recalendarización de pruebas o trabajos.

2. Derechos

2.1 A ser tratada/o con respeto por todas las personas que trabajan en el establecimiento.

2.2 Ser cubierta/o por el Seguro Escolar.

2.3 A participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la graduación o actividades extra programáticas.

2.4 Ser promovida/o de curso con un porcentaje de asistencia menor al establecido, siempre que las inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los/as médicos/as tratantes, carnet de control de salud y tener las notas adecuadas de acuerdo a lo establecido en el reglamento de evaluación.

2.5 Realizar práctica profesional si se cursa carrera técnica, siempre que no contravenga las indicaciones del o la médico/a tratante.

2.6 Adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo.

2.7 Cuando el hijo o hija nazca, tendrá derecho a amamantarle pudiendo salir del liceo en los recreos o en horarios que indique el centro de salud, correspondiendo como máximo a una (1) hora máxima de la jornada diaria de clases.

C. Padres, Madres y Apoderados/as:

1. Deberes:

1.1 Educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos.

1.2 Apoyar el proceso educativo de su hijo o hija.

1.3 Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional. 1.4 Respetar su normativa interna.

1.5 Brindar un trato respetuoso a los y las integrantes de la comunidad educativa. 1.6 Asistir a reuniones, entrevistas y actividades convocadas por el establecimiento.

2. Derechos:

2.1 Ser informados respecto el rendimiento académico, comportamental, actitudinal, vocacional, asistencia u otra temática de interés para el o la apoderado/a respecto a su hijo o hija.

2.2 Ser escuchado/a y participar del proceso educativo, aportando al desarrollo del Proyecto Educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento, a través del Centro de Padres, Madres y Apoderados/as u otra instancia válida.

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D. Asistentes/as de la Educación:

1. Deberes:

1.1 Ejercer su función en forma idónea y responsable.

1.2 Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan, y brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

2. Derechos:

1.1 Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes

1.2 Recibir un trato respetuoso de parte de los/as demás integrantes de la comunidad escolar.

1.3 Participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

E. Docentes:

1. Deberes:

1.1 Ejercer la función docente en forma idónea y responsable (Respetar tiempo de inicio, permanencia y término de la clase; Cumplir con procesos administrativos correspondientes).

1.2 Orientar vocacionalmente a sus alumnos y alumnas cuando corresponda 1.3 Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente

1.4 Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio

1.5 Conocer y asumir el desarrollo de la planificación anual en función del Proyecto Educativo Institucional.

1.6 Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas

1.7 Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los y las estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

1.8 Propender al cumplimiento de metas.

2. Derechos:

1.1 Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

1.2 Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa

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1.3 A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

F. Equipos Directivos:

1. Deberes:

1.1 Liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éstos

1.2 Desarrollarse profesionalmente.

1.3 Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.

1.4 Propender al cumplimiento de metas.

1.5 Realizar periódicamente acompañamiento o visita al aula, para la observación de clases.

2. Derechos:

2.1 Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. 2.2 Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.

G. Sostenedor: 1. Deberes:

4.1 Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan.

4.2 Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar, garantizando los reemplazos necesarios de los(las) docentes y los de los Asistentes de la Educación que se encuentren con Licencia Médica y/o permisos administrativos especiales.

4.3 Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y alumnas y cuando reciban financiamiento estatal, rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia. Esa información será pública.

4.4 Están obligados a entregar a los padres, madres y apoderados/as la información que determine la ley.

4.5 Someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

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5.1 Establecer y ejercer un Proyecto Educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley.

5.2 Establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

III.4 NORMAS SOBRE UNIFORME ESCOLAR

A. Respecto la Apariencia Personal

1. El corte de pelo de varón deberá mantenerse sobre el cuello de la polera o camisa, corto y formal.

2. El rostro del varón deberá estar debidamente rasurado. En caso de patología, presentar debidamente certificado de médico especialista.

3. El pelo de alumnos y alumnas deberá mantenerse en su tono natural.

4. El uso de maquillaje y cosméticos se permitirá en tonos sobrios y cantidad moderada.

5. No se permitirá el uso de accesorios como aros llamativos, collares, piercing, entre otros.

B. Respecto al Uniforme Escolar, éste estará compuesto por:

1. Polera blanca oficial, con insignia del establecimiento, manga corta o larga o camisa/blusa blanca con corbata oficial del establecimiento.

2. Suéter plomo con insignia del establecimiento.

3. Pantalón escolar plomo para hombres; falda escocesa con combinación de colores gris, rojo y negro para mujeres. Durante los meses de Mayo a Septiembre las damas podrán asistir con pantalón, gris o azul, corte recto y la cintura.

4. Calzado color negro.

5. Casacón azul marino o algún reemplazo colores negro, gris sin diseños ni líneas. C. Respecto al Uniforme de Educación Física, será exclusivo para la asignatura y éste

estará compuesto por:

1. Polera blanca con la insignia del Liceo y ribetes de color burdeos en el cuello y en las mangas.

2. Pantalón corto de color burdeos, a la rodilla, o el buzo del establecimiento (color burdeos, con insignia institucional, con ribetes color plomo).

3. Zapatillas.

D. Estudiantes de Jornada Vespertina asistirán a clases sin Uniforme Escolar. E. Otros Aspectos a considerar de la presentación personal:

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1. El uso del delantal blanco es obligatorio en los laboratorios de ciencias naturales y los talleres de electricidad.

2. Los y las estudiantes estarán autorizados/as a asistir a actividades extraescolares sin uniforme escolar, norma que será aplicada después de la presentación de la nómina por parte del profesor/a encargado/a a Inspectoría General.

3. Los y las alumnos/as de 4° año medio podrán optar por un polerón promocional que incluya la insignia del Liceo.

4. No está permitido en la sala de clases el uso de pendrives, cámaras fotográficas, filmadoras, pc, mp3, mp4, celulares, etc., salvo que sea autorizado sólo con fines didácticos. El no cumplimiento de esta norma faculta al liceo para requisar el objeto y entregarlo sólo al apoderado/a. El establecimiento no se hace responsable por el robo o hurto de dichos elementos.

5. En caso de la imposibilidad de adquirir el uniforme escolar o de educación física por situación económica, la resolverá el inspector general, previa solicitud del apoderado/, quien otorgará un pase con una fecha consensuada para regularizar la situación.

III.5 NORMAS SOBRE HORARIOS Y FUNCIONAMIENTO INTERNO

A. Jornadas de clases dentro del establecimiento:

Jornada Horario Recreos

Mañana 08:00 a 13:40 Hrs. 1.-09:30 a 09:45 Hrs.

2.- 11:55 a 12:55 Hrs.

Tarde 14:00 a 19:35 Hrs. 1.- 15:30 a 15:40 Hrs.

2.- 17:55 a 18: 05 Hrs.

Vespertino 18:20 a 22:30 Hrs. 1.- 20:00 a 20:10 Hrs.

B. Procedimientos en Situaciones de Atraso:

1. Los y las estudiantes que lleguen después de las 8:00 horas en la jornada de la mañana o después de las 14 horas en la jornada de la tarde, tendrán que hacer ingreso a clases al cambio de hora del primer bloque de clases, esperando para ello en el hall de entrada. El responsable de esta actividad será el Inspector General o quien sea designado por éste. Sólo en caso de evaluación, los estudiantes atrasados podrán entrar apenas lleguen, previa verificación de la información por los inspectores.

2. Los y las estudiantes a partir del 3° (tercer) atraso, deberán ser justificados/as por su apoderado/a de forma presencial.

3. Los estudiantes que concurran en atrasos por circunstancias específicas, como controles médicos u otros, deberán presentar la documentación correspondiente que acredite la situación antes de ingresar a clases. La documentación debe ser oficial y pertinente.

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C. Procedimientos para justificación de inasistencias:

1. La asistencia al Establecimiento es obligatoria desde el primer y hasta el último día de clases. Conforme a la programación y lo establecido por la autoridad educacional, los alumnos y alumnas deben cumplir con el porcentaje mínimo de asistencia (85%) exigido en el Reglamento de Evaluación y Promoción para ser promovido de curso.

2. Al respecto se debe señalar que los certificados médicos deben ser presentados en Inspectoría General en la fecha en que el alumno o la alumna esté enfermo para justificar los días de inasistencias.

3. La asistencia es obligatoria en todos los subsectores del Plan de Estudios vigente. 4. La inasistencia a clases debe ser justificada personalmente por el Apoderado o

Apoderada en Inspectoría de turno.

5. En el caso que el apoderado no pueda concurrir a justificar a su pupilo, lo deberá hacer el apoderado suplente, y si este último tampoco pudiera, se aceptará la justificación escrita con nombre RUT y firma del apoderado titular o suplente, en la que el fijará la fecha y hora en que justificará personalmente. Esta situación no puede repetirse más de tres veces en el semestre.

6. Aquel alumno o alumna que no presente justificación ya sea escrita o con su apoderado luego de agotadas las justificaciones escritas por inasistencia, será derivado a orientación y/o Dupla DAE, quien coordinará visita domiciliaria al estudiante.

7. La asistencia a actos cívicos o actividades programadas por el Liceo, entendiéndose por estos reforzamiento, eventos culturales, actividades de aniversario, clases de PSU entre otros, son de carácter obligatorio. Su ausencia debe ser justificada de acuerdo a lo establecido en este reglamento. Se llevará un registro de ausencias y causales en Inspectoría.

8. El Alumno o la Alumna que se inscriba en una actividad extraescolar o extra programática, deberá cumplir en forma obligatoria las exigencias de asistencia requeridas por la actividad y por el Reglamento de Actividades Extraescolares. 9. Será función del profesor jefe informar a la orientadora y/o Dupla DAE, cuando un

alumno falte a clases por una semana seguida

D. Procedimiento para el retiro de alumnos/as en horas de clases:

1. El Liceo establece la posibilidad de retirar alumnas y alumnos durante la Jornada Escolar siendo el Apoderado(a) titular o el Apoderado(a) Suplente, quien realice este trámite de forma presencial.

2. Inspectoría llevará registros de retiros y causas de estos.

3. Un alumno o alumna no podrá ser retirado de la jornada de clases, más de tres veces por semestre.

4. Un alumno o alumna no será autorizado para retirarse si en esa jornada le corresponde ser evaluado/a.

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E. Procedimiento para el cambio de información personal:

1. Los o las apoderados/as deberán comunicar oportunamente al profesor jefe los cambios de dirección o teléfono.

2. Cuando se trate de un cambio de apoderado o apoderada, este deberá hacerse personalmente en Inspectoría General, para la renuncia del apoderado o apoderada vigente y registrar la firma del nuevo/a con sus datos de domicilio y teléfono. Se deberá además registrar un apoderado/a suplente.

F. Horario de atención de apoderado/a:

1. Cada profesor jefe dispone de un horario de atención de apoderado/a, el cual se da a conocer en la primera reunión de padres y apoderados a través de una nota escrita. En caso de que el profesor o profesora cambie su horario debe comunicar por escrito el cambio a Inspectoría General y a los alumnos o alumnas para que estos lo entreguen a sus apoderados.

2. La citación al apoderado o apoderada debe hacerse por escrito de parte del profesor o profesora de asignatura o profesor/a jefe, que necesite contactarse con él o ella, buscando como intermediario para hacer llegar la citación a un alumno o alumna, a un inspector, a un auxiliar del Establecimiento o al propio estudiante. 3. El apoderado o apoderada que necesite conversar con un o una docente debe

consultarlo previamente para asegurarse que el o la profesora pueda atenderlo. 4. El apoderado o apoderada que necesite saber del progreso de su alumno o

alumna, puede consultar a su Profesor Jefe quien le informará sobre las calificaciones, hoja de vida y asistencia a la fecha, sólo en el horario de atención de apoderados establecido.

5. Es obligación asistir a todas las reuniones de apoderados para recibir el informe de notas y los antecedentes conductuales, de asistencia y vocacionales, entre otros, que interesan al apoderado para apoyar al crecimiento y desarrollo personal de los/as estudiantes.

6. Es responsabilidad del apoderado o apoderada asistir a las convocatorias del profesor/a jefe en casos de alumnos/as con problemas de disciplina y/o bajo rendimiento en el horario de atención respectivo, debiendo existir acta de entrevista respectiva que será archivada en orientación.

7. El espacio para realizar las reuniones de apoderado debe ser solicitado al Inspector General antes de citar.

8. La planificación de la reunión de padres y apoderados debe quedar archivada en la oficina de orientación al igual que la lista de asistencia firmada por los apoderados.

9. En caso de reiteradas inasistencias a reuniones o citaciones por parte del establecimiento, incumplimiento de deberes, actitud o comportamiento que no permita el trabajo conjunto en beneficio del alumno o alumna, o agresión a algún integrante de la comunidad educativa, por parte del apoderado o apoderada, el establecimiento podrá inhabilitar su función, exigiendo que otra persona asuma la titularidad de apoderado o apoderada por el resto del año lectivo, evaluándose su continuidad a comienzos del próximo año.

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G. Horarios de Biblioteca:

1. La biblioteca atiende a los alumnos o alumnas, profesores o profesoras y apoderados o apoderadas desde las 08:00 a 13:00 horas y posteriormente de 13:45 a las 17:30 horas, de lunes a viernes, para la facilitación de textos y trabajos realizados en la sala misma, fotocopiado, impresiones y el préstamo de recursos tecnológicos con fines didácticos.

2. El préstamo de texto a domicilio se hace previa presentación de la TNE.

3. Para ingresar a la biblioteca el alumno o alumna debe hacerlo con uniforme o buzo institucional.

4. Cuando un alumno necesita un recurso tecnológico como apoyo didáctico, deberá solicitarlo en biblioteca utilizando ficha de inscripción respectiva, haciéndose responsable de entregarlo en buenas condiciones.

5. Alumnos o alumnas que requieran la utilización de computador para trabajos escolar podrá solicitar uso de forma gratuita en biblioteca y/o sala de administración.

6. Para hacer uso de la sala de computación, esta debe ser solicitada anticipadamente por el docente en biblioteca, a través de una ficha de inscripción. El mismo procedimiento se realizará para solicitar la Sala Multitaller.

7. El laboratorio de ciencias es utilizado por los docentes de acuerdo a su diseño de aula presentado en UTP.

H. Procedimientos Frente a Permisos y Autorizaciones Especiales.

1. Para el desarrollo de actividades extraprogramáticas no planificadas será la Directiva del Curso en conjunto con su Profesor/a Jefe/a quienes plantearán dicha situación a Dirección para su evaluación, entidad que dispondrá de una semana de plazo máximo para entregar respuesta a la petición.

I. Procedimientos Para Salidas:

1. Frente a actividades pedagógicas fuera del establecimiento educacional, el apoderado o apoderada, previa aviso, deberá firmar autorización en la que dé cuenta y acepte la participación de su pupilo/a y las condiciones planteadas para su realización (horarios, alimentación, transporte, entre otros). El encargado de la actividad, deberá dejar en Inspectoría General, un listado con los(as) alumnos(as) que salen, adjuntando las autorizaciones firmadas por los apoderados.

2. Cuando la actividad implique salir de la comuna se acatarán las instrucciones del Departamento Provincial de Educación al respecto.

3. El alumno o alumna deberá participar en las salidas a terreno de acuerdo a las normas de convivencia escolar y presentación personal, será responsabilidad del profesor a cargo tener la planificación de la actividad correspondiente.

J. Procedimientos para la acogida y solución a reclamos y sugerencias de alumnos/as y apoderados/as:

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1. Los reclamos y sugerencias de estudiantes y apoderados, serán presentados por escrito al Director del Liceo, quien resolverá.

2. El Director del establecimiento consultará o derivará a la instancia pertinente, con el objeto de recabar información, pero será quien tendrá la responsabilidad de resolver en última instancia y, comunicar a los interesados la respuesta al reclamo o sugerencia planteada.

3. Sólo si el reclamante o sugerente, no quedare conforme con la respuesta del Director del establecimiento, podrá realizar el reclamo o sugerencia a una instancia superior, como el Departamento Comunal de Educación, Superintendencia de Educación u otro organismo que considere pertinente.

4. Si por algún motivo justificado el apoderado solicita cambio de curso del

estudiante, debe presentar los antecedentes a inspectoría general a fines del año (diciembre) o en los primeros días de marzo, previos al comienzo oficial del año escolar.

K. Comunicación Entre Actores de la Comunidad Educativa

1. El liceo mantendrá contacto con el hogar de los y las estudiantes mediante citaciones y comunicaciones escritas que se enviarán a través de los alumnos y alumnas.

2. Cuando se trate de una información que debe ser recibida por todos los alumnos se enviará un comunicado a la sala de clases con la información a entregar. Éste será leído por el profesor o profesora que esté con el curso, firmando su participación en la entrega de la información.

3. La información relacionada con aspectos vocacionales o de estudios superiores será publicada en ficheros de Orientación.

L. Cuenta Pública

1. Anualmente el Director dará cuenta pública a la comunidad escolar de los resultados de su gestión y, en particular del cumplimiento de su Convenio de Desempeño, suscrito con el sostenedor del Liceo.

M. Compromisos Institucionales.

1. Plan de Mejoramiento Educativo (PME): En el contexto de la Ley del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación (N° 20.529), y considerando el “Convenio de Igualdad de Oportunidades”, suscrito por el sostenedor, a partir del año 2013, el Liceo Politécnico Caupolicán, iniciará un proceso de elaboración e implementación de un Plan de Mejoramiento Educativo (PME), que promueva procesos de mejoramiento continuo, el que se revisará y modificará anualmente. 2. Compromisos de Gestión Institucional: El equipo de gestión contrae anualmente,

compromisos de gestión institucional con el Ministerio De Educación y el Sostenedor, los cuales son establecidos de acuerdo al modelo de calidad de la gestión.

3. Difusión del reglamento a los actores de la comunidad educativa: Para el integral conocimiento del Reglamento de convivencia por parte de la comunidad, el establecimiento informará a los apoderados o apoderadas y alumnos o alumnas a través de:

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4.1 Centro de Recursos del Aprendizaje (CRA, Biblioteca)

4.2 Cada año se hará entrega de un extracto del Reglamento de Convivencia a padres o apoderados al momento de matricular a sus respectivos pupilos de cursos antiguos, para los estudiantes nuevos se entregará el Reglamento Interno de Convivencia completo.

4.3 En el mes de marzo durante la hora de Orientación el manual de convivencia debe ser analizado por todos los y las estudiantes.

4.4 En la primera reunión de padres, madres y apoderados, apoderadas deberá analizarse el manual de convivencia para que los procedimientos sean conocidos por los mismos.

Las actualizaciones del Reglamento de Convivencia se realizarán anualmente con la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa.

Cualquier situación no contemplada en este reglamento, será resuelta por la dirección con consulta al consejo de profesores, quienes en conformidad a los antecedentes presentados podrán determinar las medidas que se adoptarán.

IV

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO

El presente Manual de Convivencia Escolar resulta coherente y basa sus normas y prácticas en los profundos valores establecidos en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

En él se expresan los dominios valóricos que constituyen la base de la formación de los y las estudiantes y de la sana convivencia al interior del establecimiento promoviendo actitudes y conductas basadas en la Autonomía, el Respeto y el Liderazgo con horizonte al desarrollo y la formación integral de los y las estudiantes.

En ése sentido, y adscrito a las normativas legales, el Liceo Politécnico Caupolicán entiende la Buena Convivencia Escolar como:

“La coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes (Art. 16 A, Ley n° 20.536).”

Para ello, el establecimiento reconoce y valida a través de sus prácticas y lineamientos, a fin de contribuir efectivamente al desarrollo personal y social de los y las estudiantes, normas, reglas y procedimientos claros, consensuados y conocidos por toda la comunidad educativa, ajustados a derecho y de carácter formativo, los cuales se declaran a continuación:

A. Derecho a la Educación:

La Ley General de Educación establece que la educación es un derecho de todas las personas, correspondiendo preferentemente a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado, el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho

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y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación.

B. Derecho al Debido Proceso:

Se entiende que frente a acciones constituyentes como falta al Manual de Convivencia Escolar, todos los procedimientos deben respetar el derecho de todos/as los/as involucrados/as a:

1. Que sean escuchados/as

2. Que sus argumentos sean considerados 3. Que se presuma su inocencia

4. Que se reconozca su derecho a apelación

C. Derecho a Asociarse de estudiantes/as y apoderados/as.

La Ley General de Educación señala que los estudiantes tienen el derecho a asociarse entre ellos.

D. Derecho a la No Discriminación:

Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

Ni el Estado, ni los establecimientos educacionales podrán discriminar arbitrariamente en el trato que deben dar a los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa por su:

1. Apariencia Física

2. Estilos y Ritmos de Aprendizaje

3. Orientación Sexual e Identidad de Género 4. Condición Socioeconómica 5. Sexo 6. Tipo de Familia 7. Embarazo y Maternidad 8. Estilos Juveniles 9. Pueblos Originarios 10. Discapacidad

11. Enfermedad (Ej: Epilepsia, Esquizofrenia, VIH/Sida) 12. Inmigrantes

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E. Derecho a ser Evaluados/as Diferencialmente:

Para los y las estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) debidamente diagnosticados y reconocidos por el MINEDUC, el Liceo Politécnico Caupolicán cuenta con el Proyecto de Integración Escolar (PIE) y con el Programa Laboral, como estrategia inclusiva, cuyo propósito es entregar apoyos adicionales en el contexto del aula común, favoreciendo con ello la presencia y participación en la sala de clases, el logro de los objetivos de aprendizaje y la trayectoria educativa de todos y cada uno de los estudiantes.

F. Derecho de Alumnas Embarazadas, Madres y Padres Adolescentes:

El Liceo Politécnico Caupolicán comprende que el embarazo y la maternidad o paternidad en ningún caso constituyen impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo otorgar facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos.

IV.1 RECONOCIMIENTOS Y SANCIONES POR NORMAS DE CONVIVENCIA

Se entiende que para lograr formar relaciones y un ambiente grato y armonioso, es necesario resaltar dichas actitudes y comportamientos valorados dentro de la comunidad educativa que se quieren mantener y que sean replicados por otras personas.

Los reconocimientos son acciones realizadas por el establecimiento dirigidas a destacar las prácticas de buena convivencia, especialmente, aquellos comportamientos que expresan honor, honestidad, lealtad y respeto en las relaciones interpersonales.

A. Reforzamiento Positivo:

1. Refuerzo positivo verbal: El o la miembro de la comunidad educativa deberá reconocer las actitudes y comportamiento que favorezcan la buena convivencia escolar y que se observen dentro del establecimiento.

2. Anotaciones positivas: Se registrarán en la hoja de vida del alumno/a los hechos destacados realizados por el o la estudiante que sean valorados por la comunidad educativa como expresión de valores de buena convivencia. Esto será reconocido de forma pública y/o privadamente, con objeto de motivar a otros/as con el buen ejemplo premiado.

B. Estímulos y Reconocimientos:

1. Reconocimiento a la Mejor Asistencia: Los y las estudiantes de cada curso que se destaquen positivamente por su asistencia, será reconocidos semestralmente mediante estímulo en una ceremonia oficial del establecimiento educacional.

2. Reconocimiento al Rendimiento Académico: Los y las estudiantes de cada curso que se destaquen positivamente por su rendimiento en el semestre, serán reconocidos por su esfuerzo a través de un diploma en una ceremonia oficial del establecimiento educacional

3. Alumno/a Integral: Reconocimiento al o la alumna que se haya destacado durante su trayectoria escolar entre sus compañeros y compañeras en diversos ámbitos de

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crecimiento personal, tanto personal y académico. Dicho estímulo será entregado anualmente dentro licenciatura de promoción. Un alumno por generación Podrá ser más de 1 si lo amerita.

4. Plan de Reconocimiento al Logro. El equipo de gestión directiva y liderazgo del establecimiento en acuerdo y en conocimiento del Consejo escolar, establece los siguientes procedimientos que permitirán hacer efectivo los siguientes reconocimientos al logro, de los y las estudiantes de nuestro liceo en concordancia con nuestros sellos educativos plasmados en nuestro Proyecto Educativo Institucional. 1.- Cuadro de Honor. Durante la primera quincena del mes siguiente al inicio del segundo semestre y durante el último mes del año escolar, se presentarán en un “Cuadro de Honor al Mérito”, los y las estudiantes identificados(as) y ordenados con nombre completo, rut, foto tamaño carné, curso y nivel, que hubiesen obtenido, en el período semestral inmediatamente anterior al reconocimiento. 2.- Actos y Ceremonias de Reconocimientos. Durante la primera quincena del mes siguiente al inicio del segundo semestre y durante el último mes del año escolar, se realizara un acto y/o ceremonias oficiales de reconocimiento al logro, en lo : académico, artístico, deportivo y cultural con la presencia y participación de nuestra comunidad escolar, en el cual se entregarán estímulos personales o grupales (diplomas, medallas, galvanos, premios u otros) a los y las estudiantes que hubiesen obtenido en el período inmediatamente anterior al reconocimiento.

Por otro lado, en función a lo establecido en el PEI y las orientaciones entregadas por el MINEDUC, las sanciones deben permitir y fomentar que los y las estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos para la reparación del daño causado, de ser el caso. Es debido a lo anterior que en primera instancia se considerarán una o más de las siguientes sanciones:

C. Sanciones formativas, respetuosas de la dignidad de las personas y proporcionales a la falta:

2. Servicio comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal.

3. Servicio pedagógico: contempla una acción en el tiempo libre del o la estudiantes que, asesorado/a por un/a profesor/a, realiza actividades colaborativas en conjunto, según sus aptitudes, velando así mismo por el aprendizaje conjunto.

D. Consideración de Instancias Reparatorias:

2. Acciones para reparar o restituir el daño causado: su punto de partida es el reconocimiento de haber provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de diálogo, mediada por un/a adulto/a de la comunidad educativa establecido previamente. La acción reparatoria debe ser absolutamente voluntaria, pues la obligatoriedad en este tipo de medida hace perder su sentido, y debe estar relacionado y ser proporcional al daño causado, como por ejemplo, restituir un bien material o pedir disculpas públicas.

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3. Servicio comunitario: implica la prestación de un servicio en favor de la comunidad que ha sido dañada e igualmente debe estar relacionado con el daño causado.

E. Técnicas de Resolución Pacífica de Conflictos:

1. Negociación: Se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de terceros, para que los/as implicados/as entablen una comunicación en búsqueda de una solución aceptable a sus diferencias, la que se explicita en un compromiso. La conversación debe estar centrada en el problema buscando una solución conveniente para ambas partes.

2. Arbitraje: Procedimiento guiado por un/a adulto/a que proporcionará garantías de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar, quien a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los/as involucrados/as, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes, en relación con la situación planteada.

3. Mediación: Procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los/as involucrados/as a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la reparación cuando sea necesaria. Es importante tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegitimo de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de abuso.

F. Sanciones Correctivas:

1. Amonestación Oral y/o Escrita: Llamado de atención por parte de algún/a miembro de la comunidad educativa debido a la infracción de normas de convivencia escolar, dejando obligatoriamente constancia de su realización en la Hoja de Vida del o la estudiante.

2. Suspensión: Detención temporal de la asistencia regular a clases de un/a estudiante por periodos no superiores a los cinco (5) días hábiles, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar una vez por igual periodo o de manera indefinida si excepcionalmente existe un peligro real para la integridad física o psicológica de algún/a miembro de la comunidad educativa (D.F.L. N°2 del año 2009, art. 10 letra a). Para su concreción, el o la estudiante deberá ser retirado/a por su apoderado/a de forma presencial, previa citación y entrevista con Inspector General quien será el responsable de aplicar la sanción y de entregarla información y los motivos que dieron origen a dicha sanción.

3. Carta Compromiso: Sanción a través de la cual se establece un compromiso de las partes, incluyendo estudiante, apoderado/a y establecimiento, para el cambio de actitudes y comportamientos frente a situaciones de carácter grave o gravísimo, en la cual se condiciona la matrícula en caso de no presentar cambios y/o volver a incurrir en nuevas faltas. Esta carta será revisada a final de cada semestre independiente de la fecha en la cual se haya aplicado.

4. Cancelación de Matrícula o Expulsión: Familia y escuela son corresponsables de enseñar a los estudiantes del establecimiento a ser respetados, a respetar a los demás y a cumplir las reglas de convivencia. Es deber de los alumnos hacer todo su esfuerzo por ajustar su conducta a las normas de convivencia de la comunidad

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a la que pertenecen. En todo caso, es válido que una escuela expulse a un alumno/a si éste, por su conducta anterior, pone en riesgo real, físico o síquico, al resto de la comunidad. En este caso, la escuela y la familia deberían pedir apoyo externo especializado. Para la concreción de esta medida, se debe cumplir los siguientes criterios generales:

5.1 El reglamento Interno debe señalar expresamente estas sanciones y las faltas a las cuales se aplica.

5.2 El reglamento Interno debe consagrar un procedimiento justo que garantice que el o la estudiante sea escuchado y pueda hacer sus descargos y aportar antecedentes.

5.3 El o la estudiante siempre tiene derecho a pedir que la sanción sea revisada. 5.4 Una vez agotadas todas las instancias, se debe informar formalmente al

apoderado y al o la estudiante.

IV.2 PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINAR CONDUCTAS QUE AMERITAN SANCION

Antes de la aplicación de una sanción o medida, es necesario conocer la versión de todos/as los/as involucrados/as, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta.

Dicho procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos/as los/as involucrados/as a:

1. Que sean escuchados/as

2. Que sus argumentos sean considerados 3. Que se presuma su inocencia

4. Que se reconozca su derecho a apelación

Posteriormente, es necesario evaluar adecuadamente la falta según criterios claramente definidos que permitan establecer si se trata de:

1. Falta Leve: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia dentro del establecimiento, pero no involucran daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad educativa.

2. Falta Grave: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.

3. Falta Gravísima: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito u otros.

Agregado a lo anterior, es necesario evaluar y considerar factores que agraven o atenúen las sanciones por parte de los/as involucrados/as de acuerdo a su edad, rol y jerarquía, la cual varía en grados de responsabilidad que cada una de las personas tiene sobre sus acciones, en dicho sentido, un adulto o persona con jerarquía dentro de la institución escolar tendrá mayor responsabilidad que, por el contrario, un menor de edad.

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Por otra parte, es necesario conocer el contexto, la motivación y los intereses que rodean la aparición de la falta, considerándose otras circunstancias, como la existencia de otros problemas personales, familiares o contextuales, que puedan alterar el comportamiento de los/as estudiantes. En tales casos no se trata de ignorar o justificar una falta, sino que resignificarla de acuerdo a las circunstancias, enmarcándola en contexto.

A. Procedimiento para Faltas Leves:

Frente a una falta de carácter leve, la o el miembro de la comunidad educativa que observe será el primer responsable de amonestar de manera verbal y escrita a la persona que cometa la infracción, dando aviso posteriormente al Profesor/a Jefe.

B. Procedimiento para Faltas Graves:

Frente a una falta de carácter grave, la o el miembro de la comunidad educativa que observe el hecho será el primer responsable de amonestar de manera verbal y escrita a la persona que cometa la infracción, dando aviso posteriormente al Profesor/a Jefe e Inspector/a General durante el día.

Luego, el o la Inspector/a General deberá citar a los apoderados de los(as) estudiantes involucrados y entrevistar a las partes a fin de recopilar antecedentes, registrando debidamente la intervención en un plazo máximo de dos (2) días.

En base a los antecedentes se consensuará la/s sanción/es según la falta, considerando atenuantes, agravantes, contexto, motivaciones e intereses de los/as involucrados/as, participando de esta instancia Inspector/a General, Profesor/a Jefe y alumnos/as. Dicho procedimiento se realizará el día cuatro (4), comunicándoselo a los apoderados y dejando todos los acuerdos y comentarios debidamente registrados.

El o la Profesor/a Jefe deberá realizar seguimiento y evaluación del cumplimiento de la/s sanción/es al día posterior de los plazos estipulados. Su cumplimiento deberá quedar registrado en la Hoja de Vida del estudiante, en cambio, el no cumplimiento será considerado como una falta gravísima, procediendo como se establece a continuación

C. Procedimiento para Faltas Gravísimas

Frente a una falta de carácter gravísima, la o el miembro de la comunidad educativa que observe el hecho será el primer responsable de amonestar de manera verbal y escrita a la persona que cometa la infracción, dando aviso posteriormente al Profesor/a Jefe e Inspector/a General durante el día. En casos de situaciones de violencia física, en la medida de lo posible, separar y asegurar un espacio a salvo que permita la vuelta a la calma, siempre y cuando no ponga en riesgo la propia integridad, actuando según protocolos institucionales establecidos.

En caso de la constitución de un delito, el o la Inspector/a General deberá dar aviso al o la Director/a para que realice la denuncia y de aviso a las instituciones pertinentes, según el protocolo activado. Además, se le debe comunicar de inmediato al apoderado.

Luego, el o la Inspector/a General deberá entrevistar a las partes a fin de recopilar antecedentes, registrando debidamente la intervención en un plazo máximo de tres (3) días.

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En base a los antecedentes se consensuará/n la/s sanción/es según la falta, considerando atenuantes, agravantes, contexto, motivaciones e intereses de los/as involucrados/as, instancia a cargo de la Comisión de Disciplina y Convivencia del Liceo, la cual será convocada por el Inspector/a General. Dicho procedimiento se realizará a la brevedad, en un plazo máximo de 5 días, dejando debidamente registrados los acuerdos, participantes y comentarios, comunicándoselos al apoderado, de manera oportuna.

En caso que la Comisión de Disciplina y Convivencia determine la continuidad del o la estudiante bajo determinadas condiciones, el o la Profesor/a Jefe deberá realizar seguimiento y evaluación del cumplimiento de la/s sanción/es al día posterior de los plazos estipulados. Su cumplimiento deberá quedar registrado en la Hoja de Vida del estudiante, en cambio, el no cumplimiento será condición para el traslado de establecimiento del o la alumno/a.

Faltas Leves Procedimiento Responsable(s)

Asistir a clases sin útiles escolares. 1.- Amonestación Verbal y Escrita. 2.- Toda intervención deberá quedar debidamente registrada. 3.- Tres faltas leves ameritan citación de Apoderado(a) Profesor/a de aula, inspector/a u otro profesional que esté a cargo de la clase.

Negarse activamente a realizar actividades pedagógicas dentro del aula de clases.

Interrumpir el proceso de enseñanza-aprendizaje mediante conductas distractoras más de 2 veces en la clase.

Distraerse y/o distraer a compañeros/as de labores académicas mediante accesorios o elementos tecnológicos.

Quebrantar normas respecto de la apariencia personal y uso del uniforme escolar.

Faltas Graves Procedimiento Responsable(s)

Incumplimiento de sanciones por falta leve. 1. Amonestación Verbal y Escrita y derivación a Inspector General. 2. Sanción Formativa o Reparatoria. 3. El Inspector general derivará al Encargado de Convivencia si se requieren medidas de resolución de Profesor de aula, Profesor/a Jefe y/o Inspector General, según quien observe o se informe de la falta. Inspector General. Inspector General y Encargado de Convivencia.

Agredir verbal, gestual o actitudinalmente a algún/a miembro de la comunidad educativa. Salir de la sala durante el desarrollo de la clase sin autorización y con actitud y/o comportamiento agresivo.

Evadir clases.

Copiar y/o adulterar a compañeros/as en pruebas, exámenes y/o trabajos de investigación.

Organizar y/o participar de cualquier actividad que impida el normal desarrollo de la actividad académica.

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conflictos no violentas. 4. En caso de que el alumno tenga carta de compromiso previa a la falta, será derivado a la Comisión de Disciplina y Convivencia la que resolverá. 5. Toda intervención deberá quedar debidamente registrada. Inspector General y Encargado de Convivencia. Inspector General y Comisión de Disciplina y Convivencia.

Utilizar el nombre de la institución o cualquier funcionario/a sin la debida autorización en hechos que lesionen su imagen o para su provecho personal.

Dañar o ensuciar la infraestructura y/o equipamiento del establecimiento educacional.

Demostrar la afectividad a través de conductas sexualmente explícitas.

Ingreso o utilización de material pornográfico al establecimiento educacional.

Presentar un lenguaje grosero reiteradamente durante la clase.

Ingresar al establecimiento educacional bajo los efectos del alcohol o alguna droga lícita o ilícita.

Grabar, subir a redes sociales, difundir videos de clases o actividades no autorizadas por quienes aparecen en dicho video.

Faltas Gravísimas Intervención Responsable(s)

Acoso Escolar (Bullying o Cyberbullying) 1. Amonestación Verbal y Escrita y derivación inmediata a Inspector General. 2. Suspensión de clases por 5 días.. 3. Carta compromiso.

4.En caso de que el alumno tenga carta de compromiso previa a la falta, será derivado a la Profesor/a de aula o Profesor Jefe. Inspector General. Encargado/a de Convivencia Escolar. Inspector General y Comisión de Disciplina y Convivencia.

Amenazar la integridad física de algún/a miembro de la comunidad educativa.

Agredir psicológicamente y/o agredir físicamente a algún/a miembro de la comunidad educativa.

Adulteración de notas, firmas y/o documentos oficiales o uso de documentación falsificada. Robo o hurto. (Delitos)

Consumo, porte o tenencia de bebidas alcohólicas o droga lícita o ilícita dentro del establecimiento educacional.

Porte o tenencia ilegal de armas. Microtráfico de drogas. (Delito)

Cualquier delito que afecte a los y las estudiantes.

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Comisión de Disciplina y Convivencia la que resolverá. 5.Toda intervención deberá quedar debidamente registrada. Fugarse del establecimiento.

Los alumnos(as) derivados a la Dupla DAE, Orientación, Convivencia Escolar y sean citados a charlas o talleres de alumnos focalizados, su asistencia es obligatoria junto a su apoderado(a).

INSTANCIAS DE REVISIÓN

El o la estudiante involucrado/a en alguna situación de falta al manual de convivencia escolar y cuya sanción haya sido consensuada, podrá apelar por escrito al Encargado/a de Convivencia Escolar en un plazo máximo de dos (2) días hábiles, considerando el día en que fue informado respecto a la resolución.

La carta de apelación deberá ser escrita en Primera Persona Singular, lenguaje formal y contener:

1. Nombre Completo de o la apelante 2. R.U.T.

3. Curso

4. Descripción de la situación en que se vio involucrado/a 5. Sanción a la que apela

6. Motivos de desacuerdo

7. Propuesta que permita reemplazar sanciones y acciones, las cuales involucren esfuerzo y motivación personal.

Dicha apelación será acogida y evaluada por el Equipo de Convivencia Escolar del establecimiento, el que deberá resolver en un plazo no superior a dos (2) días hábiles, informando por medio escrito al o la apelante la resolución definitiva.

Toda situación no prevista en este Reglamento, será resuelta por la comisión de Convivencia y Disciplina y sancionada por el Director de Establecimiento.

Referencias

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