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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

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Academic year: 2021

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS

Nombre del organismo contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

Tipo: LICITACIÓN PÚBLICA Nº: 078 /14 Ejercicio: 2014 Clase: ÚNICA

Modalidad:

Expediente: 0200-2014-0016888-1 Rubro: INFORMÁTICA

Objeto de la contratación:

Adquisición de un servicio de herramienta de gestión de proyectos e informatización de procesos (JIRA), un (1) servicio de herramienta Documentación Colaborativa (CONFLUENCE) y los Servicios de Consultoría para las aplicaciones Jira y Confluence por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual periodo.

Costo del pliego: SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS

Lugar / dirección

PAGINA WEB DEL INSTITUTO: www.pami.org.ar

CONSULTAS AL PLIEGO

Lugar Plazo

Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones

Tel: 4390-2086/2252

Correo electrónico:

[email protected]

Hasta las setenta y dos (72) horas previas a la presentación de oferta.

PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Lugar / dirección Plazo y Horario

Subgerencia de Compras y Contrataciones Av.Corrientes 635/55 – Planta Baja –

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Hasta la “HORA FIJADA” para la Apertura de las Ofertas

ACTO DE APERTURA

Subgerencia de Compras y Contrataciones Av. Corrientes 635/55 – Planta Baja - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS

ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La presente contratación tiene por objeto la adquisición de un servicio de herramienta de gestión de proyectos e informatización de procesos (JIRA), un (1) servicio de herramienta Documentación Colaborativa (CONFLUENCE) y los Servicios de Consultoría para las aplicaciones Jira y Confluence por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual periodo, conforme a las condiciones generales, características técnicas y particulares, contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y demás características consignadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en los términos del “Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales” de este Instituto, aprobado por Resolución Nº 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones.

Forman parte del presente pliego los siguientes Anexos: ANEXO I Especificaciones Técnicas

ANEXO II Declaración Jurada Relativa a Prohibiciones ANEXO III Planilla de Cotización

ANEXO IV Declaración Jurada Patrimonial

ARTÍCULO 2º.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

La presente contratación se realizará de acuerdo a lo establecido por los Artículos 19º inciso a) del Régimen General de Contratación Vigente, en lo que se refiere a Licitación Publica, bajo la clase de Etapa Única y para el caso del Renglón N° 3 los Art. 25° inciso b) y 27° de dicho Regimen, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta.

ARTÍCULO 3º.- NORMATIVA APLICABLE

Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el orden de prelación establecido por el Art. 6º inciso b) del régimen de contratación vigente.

ARTÍCULO 4º.- REQUISITOS DE LOS OFERENTES

Para participar de la presente licitación los oferentes deberán reunir los siguientes requisitos:

a. Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por si mismo o como integrante de un grupo o asociación.

b. Los oferentes deberán contar con la estructura necesaria para proveer los productos y prestar los servicios objeto de la presente y acreditar su capacidad operativa, económica y financiera para asumir las obligaciones emergentes del presente pliego y del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

c. Constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de Correo Electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al procedimiento de la presente contratación. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO.

d. Antecedentes sobre empresas y/u organismos oficiales en las cuales hayan provisto una solución y servicios de similares características a los del objeto del presente llamado y características técnicas de los productos ofrecidos.

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e. El Oferente deberá acreditar ser Partner Oficial de Atlassian (empresa creadora de la aplicación).

f. Cumplir los requisitos exigidos en el presente pliego.

ARTÍCULO 5º.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR

No podrán presentar ofertas:

a. Las personas físicas o jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el INSTITUTO, por causa atribuible al incumplimiento de sus obligaciones.

b. Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueran excluidas del Registro de Proveedores del Instituto.

c. Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación societaria, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, Nº 25.188.

d. Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de Ética pública.

e. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f. Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delitos contra la

propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

g. Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social.

h. Los oferentes en estado de quiebra o liquidación.

ARTÍCULO 6º.- COMUNICACIONES

Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Artículo 3º, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o por telegrama colacionado con aviso de retorno, teniéndose por válidos los domicilios constituidos por oferentes y/o adjudicatarios.

ARTÍCULO 7º.- CONTENIDO DE LA OFERTA

Las ofertas deberán ser presentadas en sobre, caja o paquete perfectamente cerrado, en original y duplicado, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, de conformidad con lo establecido por los artículos 7º y 10º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La presentación deberá estar debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado del oferente y deberá contener:

a. Índice describiendo el contenido total de la oferta, la que deberá estar correctamente foliada en todas sus hojas, con mención de la cantidad total de fojas de la propuesta. b. Carta de presentación del oferente, con todos los datos que correspondan a su

individualización y a su personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad, con todas sus modificaciones y constitución de domicilio, teléfono, fax y correo electrónico.

c. Documentación que acredite la personería del representante legal, si la misma no surgiere del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la personería del apoderado.

d. Inscripción en el Registro Público de Comercio y/o Inspección General de Justicia. e. Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (C.U.I.T.). f. Certificado fiscal para contratar vigente emitido por la AFIP o constancia de inicio de

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g. Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso de corresponder, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10º del presente.

h. Entregar los perfiles de los recursos humanos que el proveedor se compromete a poner a disposición del Instituto, considerando que siempre se deberá reemplazar a los mismos con personas con igual o mayor experiencia o capacidades.

i. Declaración Jurada de no estar comprendido en las causales determinadas en el Art. 5º del presente. (Anexo II).

j. Planilla de Cotización (Anexo III).

k. Documentación que acredite lo indicado en el Art. 4° inciso d) y e) del presente.

l. Copia de los Balances Generales de Cierre de Ejercicio firmadas por Contador Público y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los dos (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta. En el caso de oferentes unipersonales deberán presentar una Declaración Jurada Patrimonial correspondiente a los dos (2) últimos períodos anteriores a la fecha de presentación de la oferta (Anexo IV), la cual deberá estar firmada por el Representante Legal de la Firma y por Contador Público certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. m. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y

sus Anexos y Circulares Aclaratorias si las hubiere, firmado en todas sus hojas en prueba de conformidad con los términos del mismo.

Toda la documentación deberá entregarse en idioma nacional. La que no lo fuera deberá ser acompañada con su traducción al idioma castellano con certificación de traductor público nacional y firma certificada por el Colegio de Traductores Públicos.

No será necesaria la presentación de toda aquella documentación que se encuentra presentada y actualizada en el Registro de Proveedores de este Instituto.

ARTÍCULO 8º.- COTIZACIÓN

A fin de evaluar la oferta económica, la misma deberá ser volcada en la Planilla de Cotización (Anexo III), bajo las siguientes condiciones:

 El oferente cotizará precio unitario y total por renglón, en pesos con no más de DOS (2) decimales, expresados en números. Si el total cotizado por renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.

 Asimismo deberá indicar el monto total de la oferta en letras y números.

 En ningún caso se admitirán cotizaciones en monedas extranjeras, ni cláusulas de ajuste.

 A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este INSTITUTO es considerado como exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el monto con la leyenda “más I.V.A.”, se realizará el cálculo de la alícuota correspondiente.

ARTÍCULO 9º.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha del Acto de Apertura, prorrogable automáticamente si el oferente no manifestare en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con cinco (5) días de antelación al vencimiento del plazo (Artículo 51º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto).

ARTÍCULO 10º.- GARANTÍAS

a. Garantía de Mantenimiento de la Oferta

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monto sea igual o superior a cien mil pesos ($100.000). En el caso de cotizar con alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto.

Será declarada inadmisible la oferta que no presentara esta garantía, en caso de corresponder.

b. Garantía de Cumplimiento del Contrato:

Será igual al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto adjudicado y deberá acreditarse su presentación ante este Instituto, dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación a los fines de retirar la respectiva orden de compra. En caso de no presentarla se procederá a rescindir la adjudicación con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Ofertas y/o suspensión en el Registro de Proveedores del INSTITUTO.

c. Formas de constitución de las garantías:

El Instituto no admitirá garantías constituidas en pagaré, o cualquier otra forma no contemplada en la siguiente enunciación:

1. En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central.

2. Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

3. Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del INSSJP, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías.

4. Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

5. Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSSJP.

6. Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº 25.725 y Resolución Nº 98/04 del Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 11º.- LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las propuestas presentadas serán admitidas hasta “LA HORA FIJADA” para el acto de apertura, en Av. Corrientes 635/655 – Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. ARTÍCULO 12º.- APERTURA DE LAS OFERTAS

El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar, día y hora indicados en la carátula del presente. Cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar:

 Fecha y hora en que se labra el Acta.

 Número de expediente e identificación del procedimiento.  Número de orden asignado a cada oferta.

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 Detalle de los Renglones ofrecidos.  La Garantía de Mantenimiento de Oferta.  La oferta económica.

 La cantidad de fojas que contiene la oferta original.  Las observaciones del acto de apertura si las hubiere.  La hora del cierre.

El acta será firmada por los representantes del INSSJP y por los oferentes que así lo desearen.

ARTÍCULO 13°.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que será designada por el Coordinador Ejecutivo del Instituto y actuará conforme a lo establecido en los Artículos 60º y 61º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales. Dicha Comisión analizará la documentación presentada y evaluará las propuestas, a efectos de verificar la admisibilidad y conveniencia de las mismas, considerándose:

a) El cumplimiento de los aspectos formales y el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Artículos 16º y 17º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y en el Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto aprobado por Resolución Nº 135/03-I.

b) Capacidad económica y operativa para contraer los compromisos derivados de la presente Licitación.

c) La propuesta económica.

d) La calidad de los productos ofrecidos.

e) Antecedentes sobre empresas y/u organismos oficiales en las cuales hayan provisto una solución y servicios de similares características a los del objeto del presente llamado y características técnicas de los productos ofrecidos.

f) Todo otro aspecto que la Comisión Evaluadora considere analizar y sirva para una mejor evaluación de las ofertas presentadas.

La evaluación de las propuestas se hará comparando entre sí en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los distintos oferentes siempre y cuando dichas ofertas se ajusten en un todo a lo indicado en las bases de esta Licitación.

La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación inmediata de aspectos formales ó requerir las aclaraciones que crea conveniente, dejando constancia firmada por sus miembros y agregará en los actuados las respuestas o documentación que reciban.

La Comisión Evaluadora no podrá solicitar ninguna mejora de las ofertas presentadas ni documentación que pueda alterar las ofertas ni genere ventajas entre ellas.

La Comisión Evaluadora suscribirá un Acta Dictamen donde se incluirá: 1. Las ofertas declaradas admisibles.

2. Las ofertas rechazadas con una breve justificación del rechazo.

3. El orden de prelación encabezado por el oferente que haya realizado la mejor oferta económica, quedando como alternativa la oferta siguiente en orden de prelación; y así sucesivamente se ubicará a los demás oferentes

4. La resolución de las situaciones de empate, si existieran.

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ARTÍCULO 14º.- IGUALDAD DE OFERTAS

En caso de igualdad de precios y calidad, se solicitará a los respectivos oferentes que por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar, se entenderá como ratificación de su oferta.

De subsistir la igualdad, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

ARTÍCULO 15º.- ADJUDICACIÓN DE OFERTAS

El INSTITUTO adjudicará el total de lo cotizado a un único oferente.

La adjudicación será notificada al adjudicatario en la dirección de correo electrónico constituida en la oferta, o por el medio fehaciente que en cada caso se considere oportuno. Deberá entonces integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación. Si vencido este plazo no se constituye la mencionada garantía, no se emitirá la Orden de Compra.

ARTÍCULO 16º.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA

La entrega de las Licencias solicitadas con las aplicaciones funcionando en forma correcta, deberá efectuarse dentro de los treinta (30) días corridos a partir del día siguiente de notificada la orden de Compra, oportunidad en la que se producirá la recepción provisoria. Los Servicios de consultoría comenzarán una vez que las licencias estén activas, los mismos tendrán una duración de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual perído.

AVISO PREVIO

La firma adjudicataria deberá tomar contacto dentro de las 24 hs. de notificada la adjudicación con el señor Fernando Iannello ([email protected]) o Julian Frías ([email protected]), pertenecientes de la Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento, a los efectos de coordinar, lugar de entrega, las tareas a realizar y el inicio de las mismas.

ARTÍCULO 17º.- RECEPCIÓN PROVISIONAL

La recepción de las Licencias tendrá carácter provisional y se acreditará con las certificaciones conformadas por la Máxima Autoridad de la Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento o quien esta designe a tal fín, quedando sujetas a la recepción definitiva. La recepción provisional de los servicios profesionales y de consultoría se acreditará con los remitos conformados mensualmente por la instancia mencionada Ut-supra, quedando sujetos a recepción definitiva. Esta documentación no habilitará a la empresa a la presentación de la factura.

En caso de corresponder, se entiende por recepción provisoria el acto por el cual este Organismo recibe los productos y/o servicios para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas en el presente pliego licitario, que serán realizadas por un representante de la firma adjudicataria, en colaboración de un representante del I.N.S.S.J.P.

ARTÍCULO 18º.- RECEPCIÓN DEFINITIVA

La Recepción Definitiva de las Licencias, se brindará dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la Recepción Provisional. Dicha certificación será otorgada por la máxima autoridad de la Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento, o quien esta designe a tal fin.

La Recepción de los servicios profesionales y de consultoría será otorgada dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al mes de prestación del servicio por la máxima autoridad de la instancia mencionada para las licencias.

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ARTÍCULO 19 º.- FACTURACIÓN

El/los adjudicatarios deberán confeccionar su factura electrónica obligatoriamente de conformidad a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Res. N° 2485/2008 y sus modificaciones) y Res. N° 781/13 DE, donde deberá constar el N° de Orden de Compra, Renglón facturado y mes de prestación del servicio. Los comprobantes de factura electrónica deberán ser cargados a través de la Plataforma de Autogestión del Sistema Interactivo de Información.- www.pami.org.ar / link: Prestadores - Factura Electrónica - Paso N° 3.

A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace saber que el INSTITUTO se encuentra exento.

Las horas de Servicios de Consultoría serán consumidas según el Instituto lo requiera y facturadas a mes vencido. Dichas horas no podrán superar las 240hs anuales.

ARTÍCULO 20º.- CONDICIONES DE PAGO

Los pagos se realizarán a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la factura.

ARTÍCULO 21º.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este Instituto a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho

trámite previo emisión de la Orden de Compra.

A los fines de su inscripción, ingresar a la Página WEB del Instituto (www.pami.org.ar) - opción PRESTADORES - Link “Si desea ser proveedor…”.

Toda consulta se podrá efectuar ante el Departamento de Proveedores, TE: 4390-2000 interno 6046 ó 6449, correo electrónico: [email protected].

ARTÍCULO 22º.- PENALIDADES Y SANCIONES

Además de las penalidades y sanciones establecidas en el Artículo 25º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y de la promoción de las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a aplicar las penalidades que se enuncian a continuación:

MULTAS

Por la falta de entrega de los productos y/o prestación de los servicios (incluyendo la Instalación y la configuración) dentro de los plazos establecidos, o la entrega de productos defectuosos y/o prestación del servicio de forma defectuosa, sin dar solución inmediata o respuesta satisfactoria a los requerimientos del INSTITUTO, se aplicará una multa del DOS POR CIENTO (2%) diario por cada día de atraso, calculado en base al monto total adjudicado.

Asimismo, para el renglón N° 3, también se aplicaran multas en los siguientes casos:

1.- Penalidades por falta de cumplimiento del personal: Ante la indisponibilidad de alguno de los recursos por más de un día en más de UNA (1) ocasión por cada período transcurrido, a lo largo de todo el proyecto, la adjudicataria de dichos servicios, será pasible de una multa del DOS POR CIENTO (2%) calculado en base al monto total facturado correspondiente al período en el cual se hubiera incurrido en dicho incumplimiento, por cada día hábil de transcurrida dicha irregularidad, excepto bajo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el adjudicatario.

2.- Penalidades por la falta de capacidades del personal: Ante el incumplimiento del servicio por falta de capacidad del personal la adjudicataria de dichos servicios, será pasible de una multa de DOS por ciento (2%) calculado en base al monto total facturado correpondiente al período en el cual se hubiera incurrido en dícha falta, excepto bajo causas de fuerza mayor

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debidamente justificadas por el adjudicatario. Asimismo, en ese caso, las horas de consultoría prestadas por dicho/s recursos/s, no podrán ser computadas como efectivamente consumidas por parte del Instituto, y en tal sentido, el adjudicatario no podrá facturar las mismas.

3.- Penalidades por recambio de personal a voluntad del adjudicatario: El adjudicatario no puede efectuar más de UN recambio de recurso por período facturado, bajo apercibimiento de aplicársele una multa, por cada uno de los recambios que efectúe, del DOS POR CIENTO (2%) calculado en base al monto total facturado correspondiente al período en el cual se hubiera incurrido en dicho incumplimiento, por cada día hábil de transcurrida dicha irregularidad, excepto bajo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el adjudicatario.

4.-Penalidades por incumplimiento de plazos para recambio de personal a requerimiento del Instituto: En caso de obrar solicitud por parte del Instituto referida a recambio de personal del adjudicatario afectado a la prestación de servicios profesionales y consultoría, el adjudicatario cuenta con 10 días hábiles para efectuar dicho requerimiento. Caso contrario, se aplicará una multa del DOS POR CIENTO (2%) calculado en base al monto total facturado correspondiente al período en el cual se hubiera incurrido en dicho incumplimiento, por cada día hábil de transcurrida dicha irregularidad, excepto bajo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el adjudicatario.

5.- Penalidades por no cumplir con las actividades definidas: Ante la detección de incumplimiento de las actividades estipuladas en los tiempos y calidad definida en cada asignación, la adjudicataria de dichos servicios, será pasible de una multa del DOS POR CIENTO (2%) calculado en base al monto total facturado correspondiente al período en el cual se hubiera incurrido en dicho incumplimiento, por cada día hábil de transcurrida dicha irregularidad, excepto bajo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el adjudicatario.

Las multas serán aplicadas por la Gerencia de Administración, a requerimiento de la Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento quién deberá adjuntar la solicitud con un informe debidamente fundado y determinando el grado de incumplimiento.

Previo a la aplicación de las mismas se notificará al proveedor el/los incumplimiento/s otorgándole un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para presentar la respectiva nota de descargo. Vencido dicho término la Gerencia de Administración notificará la multa establecida a la Gerencia Económico Financiera quien aplicara la penalidad sin más trámite. El proveedor acepta que las multas le sean debitará de la primera acreencia a percibir o de cualquier otro crédito que se encuentre pendiente de pago a favor del proveedor.

RESCISIÓN

Ante la reiteración de las causales antes citadas o si el monto acumulado por multas fuera incompatible con la prosecución del contrato, el INSTITUTO podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor, sin perjuicio de iniciar acciones legales por los daños ocasionados.

De verificarse que el Proveedor presto un servicio de calidad inferior al aceptado en la adjudicación, el INSTITUTO procederá a la rescisión del contrato en forma inmediata e iniciará las acciones legales correspondientes.

Las Sanciones que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños y perjuicios a los afiliados.

Asimismo el Instituto se reserva la facultad de rescindir el contrato, en cualquier momento de la relación contractual, sin necesidad de expresión de causa, no

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generando tal decisión ningún derecho a favor del adjudicatario de reclamar indemnización en concepto alguno ni de iniciar acciones judiciales o extrajudiciales, debiendo notificarse dicha resolución con una antelación de treinta (30) días corridos. Las penalidades que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños y perjuicios a los afiliados.

ARTÍCULO 23º.- FACULTADES Y OBLIGACIONES

Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de bases y condiciones, o en la restante documentación contractual, el co-contratante tendrá:

a) La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o parcial, sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del INSSJP, en cuyo caso el co-contratante cedente continuará obligado en forma solidaria, mancomunada e ilimitadamente, con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por culpa del co-contratante. El INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser co-contratante del INSSJP. El INSTITUTO podrá aprobar la cesión en la medida en que el cesionario acredite condiciones de solvencia técnica y económica que garanticen, al exclusivo juicio del INSSJP, el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

b) La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor o actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato.

Las cláusulas precedentes constituyen condiciones que el adjudicatario aceptará como integrantes del contrato.

ARTÍCULO 24º.- INDEMNIDAD

El oferente que resulte adjudicatario deberá mantener indemne al INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiere realizar un tercero, por causas derivadas de las obligaciones del contrato.

ARTÍCULO 25º.- COMPETENCIA

Para todas las cuestiones legales y/o judiciales que pudieran suscitarse entre el INSTITUTO y los interesados, oferentes o adjudicatarios, estos se someterán a la competencia de los Tribunales Federales de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.

ARTÍCULO 26º.- CONSULTAS Y ACLARACIONES

Toda consulta al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos deberá ser efectuada en la forma y modalidades previstas en el Artículo 6º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones, Fax: (011) 4390-2086/2252 ó por correo electrónico a [email protected].

Las consultas serán recibidas hasta las setenta y dos (72) horas antes de fecha fijada para la Apertura y podrán ser respondidas, en caso de corresponder, por Circular Aclaratoria a transmitir por correo electrónico y publicación en la página de Internet del Instituto.

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ARTÍCULO 27º.- PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones contenidas en el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la Página de Internet del INSTITUTO – www.pami.org.ar

RAZÓN SOCIAL: ... DOMICILIO: ... LOCALIDAD: ...

...

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ANEXO I

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS RENGLÓN N° 1 - LICENCIA JIRA

1.- La aplicación deberá manejar tickets, informatizar procesos a través de circuitos, gestionar permisos y accesos, generar trazabilidad bidireccional entre tareas y administrar proyectos generados en términos de planificación, monitoreo y control.

2.- El servicio debe soportar más de 10.000 usuarios.

3.- Soporte para múltiples backups.

4.- La herramienta debe poder integrarse con herramientas de desarrollo de software, sharepoint, SVN y confluence.

5.- La plataforma debe poder integrarse con el Gestor de Identidades del Instituto permitiendo utilizar mismo usuario y password.

6.- Debe permitir un Usuario de Seguridad Informática para otorgar permisos y debe permitir ver los accesos a los mismos.

7.- Debe soportar protocolos con http y https como mínimo.

8.- Debe disponer de una versión Mobile.

RENGLÓN N° 2 - LICENCIA CONFLUENCE

1.- La aplicación deberá permitir generar documentación facilitando su actualización, mantención, acceso, difusión e integración con los proyectos y áreas que requieran su uso. 2.- El servicio debe soportar 2.000 usuarios.

3.- Soportes para múltiples backups.

4.- La herramienta debe poder integrarse con herramientas de desarrollo de software, sharepoints, SVN y Jira.

5.- La plataforma debe poder integrarse con el Gestor de Identidades del Instituto permitiendo utilizar mismo usuario y password.

6.- Debe permitir un usuario de Seguridad Informática para otorgar permisos y debe permitir ver los accesos a los mismos.

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7.- Debe soportar protocolos como http y https como mínimo. 8.- Debe disponer de una versión Mobile.

RENGLÓN N° 3 - SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LAS APLICACIONES JIRA Y CONFLUENCE

Las horas de Servicios serán consumidas según el Instituto lo requiera y facturadas a mes vencido. Dichas horas no podrán superar las 240h anuales.

El servicio a brindar deberá contemplar los siguientes puntos:

1.- Consultoría en las tareas de soporte y mantenimiento sobre instancias productivas Jira y Confluence.

2.- Consultoría en tareas de mantenimiento, optimización y soporte funcional de las Aplicaciones Jira y Confluence.

3.- Detección de oportunidades de mejoras según buenas prácticas, experiencia, Normas de Calidad, etc.

4.- Consultoría para desarrollos generados por el área funcional responsable de Jira/Confluence, producto de necesidades y oportunidades de mejora para proyectos nuevos/existentes.

5.- Difusión y Solución a fallas o anomalías conocidas o producto de nuevas actualizaciones.

Tolerancias aceptables:

1.- Ante la existencia de anomalías o fallas conocidas producto de una actualización y/o parche por parte y/o recomendación del prestador, el Instituto reclamará a la prestadora del servicio que corresponda mediante comunicación telefónica, ticket o mail, indicando tipo de falla, y fecha y hora de producida la misma. Una vez efectuada la solicitud, el prestador del servicio informará el número de reclamo correspondiente a dicha solicitud.

2.- A partir de la fecha y hora indicada en el reclamo, se computará el tiempo de reposición. Producida la normalización del mismo, la contratista comunicará al Instituto por el mismo medio. Lo expresado precedentemente será base para el cálculo de los punitorios que correspondan.

3.- El tiempo máximo de resolución no será superior a lo consignado en la siguiente tabla excepto bajo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el prestador. Estos tiempos no superarán en ningún caso los valores especificados a continuación.

Cuadro de indisponibilidad por anomalías o fallas producto de la Herramienta:

Tolerancia mensual Tolerancia semestral Tolerancia anual

(14)

4.- El tiempo máximo de resolución del problema no será superior a lo consignado en el siguiente punto, excepto bajo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el prestador. Estos tiempos no superarán en ningún caso los valores especificados a continuación:

4.1.- Se establece en DOS (2) horas de espera el lapso de tiempo máximo que el Insituto considera entre la aparición del problema y el diagnóstico de la anomalía o falla. Asimismo se establece como tiempo máximo de reparación el plazo de CUATRO (4) horas contadas a partir del vencimiento del tiempo de diagnóstico.

4.2.- Se aceptará la cantidad de anomalías o fallas (Ver cuadro de Indisponibilidad por anomalías o fallas producto de la Herramienta en apartado “Tolerancias aceptables”), computándose una vez finalizado el límite del tiempo de reparación estipulado en el cuadro Tiempo de respuesta en apartado Tolerancias aceptables.

4.3.- Si hubiera elementos o situaciones excepcionales para los cuales no fuera aplicable la garantía, dichas situaciones deberán estar detallados en forma clara y explícita en la Oferta. No se aceptarán en ningún caso descripciones ambiguas como ser “mal uso del equipamiento” o “mal uso del software”. Tampoco se aceptarán posteriores adiciones a la lista explícita de elementos y/o situaciones no cubiertas por la garantía.

4.4 Cuadro de tiempo de respuesta:

DETALLE HORAS

Diagnóstico de anomalía o falla en Servicio 2

Tiempo máximo de reparación 4

Provisión de novedades, fixes y parches 24

Especificaciones aplicables a la ejecución:

1.- El servicio Profesional y Consultoría, con opción a renovar por el mismo período, deberá estar disponible durante los horarios laborales y días hábiles del Instituto.

2.- El contacto podrá ser vía emails, vía web, telefónico o presencial en caso de ser requerido quedando la modalidad de comunicación a discreción del Instituto.

3.- La cantidad de contactos Profesionales para establecer comunicación con el soporte/consultoría deberá ser igual o mayor a 2 contactos.

4.- La cantidad de incidencias o tickets con solicitudes o pedidos, podrán ser ilimitadas. 5.- La Adjudicataria deberá brindar un Servicio Profesional de probada idoneidad de forma tal que los servicios requeridos sean cumplimentados dentro de los plazos estipulados en el cuadro Tiempo de respuesta en apartado “Tolerancias aceptables”.

(15)

6.- La provisión de fixes, parches, novedades sobre errores conocidos, etc. deberá ser cumplimentada de acuerdo a los plazos estipulados en el cuadro Tiempo de respuesta en apartado Tolerancias aceptables.

7.- La instalación de upgrades (actualizaciones y mejoras) deberá ser consensuada previamente con el Instituto a fin de evaluar su impacto en el ambiente productivo. Una vez consensuada y registrada la respuesta por parte del Instituto, se aplicarán los mismo plazos estipulados que para los fixes, parches, novedades, etc. en el cuadro “Tiempo de respuesta”, en apartado Tolerancias aceptables.

8.- En caso de ser necesario por parte del Instituto, la adjudicataria será la responsable de la concurrencia del Servicio Profesional en el lugar de prestación, su remuneración, traslados y demás gastos que ocasione su tarea, así como también la cobertura de los seguros que pudieran corresponder en los tiempos estipulados en el cuadro “Tiempo de respuesta”, en apartado Tolerancias aceptables.

9.- Capacidades del personal para realizar el servicio:

9.1.- Conocimiento en Administración de Procesos y Proyectos.

9.2.- Instalación y Configuración de plugins adicionales que soporten las plataformas. 9.3.- Administración de Usuarios.

9.4.- Administración, definición y configuración de las Aplicaciones Jira y Confluence.

9.5.- El Instituto tendrá la facultad de solicitar el reemplazo de cualquiera de los profesionales asignados por el oferente en cualquier momento del proyecto y sin límite alguno. Producida la notificación del Instituto, el/los profesional/es deberá/n ser reemplazado/s dentro de los 10 días hábiles de notificada la misma. Vencido dicho plazo la adjudicataria será pasible de un multa del DOS POR CIENTO (2%) calculado en base al monto total facturado correspondiente al período en el cual se hubiera incurrido en dicha demora, por cada día hábil de incumplimiento, excepto bajo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el adjudicatario.

(16)

ANEXO IV

DECLARACIÓN JURADA

Declaración Jurada relativa a Prohibiciones

El que suscribe………..…….DNI/LE/LC/CI Nº ………..en mi carácter de……….……….de la firma………..….., suficientemente facultado para el presente acto, con domicilio real en ……….………declaro bajo juramento que ni mi persona ni la sociedad que represento ni ningún miembro de su administración se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones del Art. 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que rige la Licitación Pública Nº………/14 del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

(17)

ANEXO V

PLANILLA DE COTIZACIÓN

Licitación Pública Nro.:…..…...….... Expediente Nro.:...…... Fecha de Apertura: ...…… Nombre del oferente...………... Domicilio...Localidad... Dirección Electrónica:……….……….Nº Tel/fax………..……….

RENGLÓN DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL HASTA 1

Licencia Jira con soporte para más de diez mil (10.000) usuarios

Licencia 1

2

Licencia Confluence con soporte para dos mil (2.000) usuarios

Licencia 1

3 Servicios de consultoría Hs anuales Hasta 240

MONTO TOTAL HASTA

SON PESOS HASTA $...

………

……….………..

Firma y Aclaración

(18)

ANEXO VI

DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL

RAZÓN SOCIAL ... DOMICILIO ... LOCALIDAD ... AÑO 20… AÑO 20… ACTIVO CORRIENTE ACTIVO NO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE PASIVO NO CORRIENTE VENTAS TOTALES

% VENTAS DEL RUBRO (1)

(1) Porcentaje de incidencia en las Ventas Totales de las Ventas del Rubro correspondiente a los materiales objeto de la contratación.

………... ...

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