INABIF INABIF INABIF
______________________________ _____________________________________ ___________________________ Cinthia Emiha Arnao Farfán de C. Jorge Luis Ambrosio Reyes José Antonio Román Encinas Miembro Titular – Comité Especial Presidente Titular - Comité Especial Miembro Titular – Comité Especial
Alimentos por Subasta Inversa P. Alimentos por Subasta Inversa P. Alimentos por Subasta Inversa P.
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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 07-2014-INABIF
1ra Convocatoria
SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES
ADQUISICION DE VÍVERES SECOS POR SUBASTA
INVERSA PRESENCIAL
PROGRAMA INTEGRAL NACIONAL PARA EL BIENESTAR FAMILIAR-INABIF
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 007-2014 - SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – VÍVERES SECOS
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : PROGRAMA INTEGRAL NACIONAL PARA EL BIENESTAR FAMILIAR RUC Nº : 20507920722
Domicilio legal : Av. San Martin 685 – Pueblo Libre Teléfono: : 417-6720
Correo electrónico: : [email protected]
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la Contratación del Suministro de Alimentos – Víveres Secos por Subasta Inversa Presencial:
ITEM
N° DESCRIPCIÓN CANTIDAD
UNIDAD DE MEDIDA
VALOR REFERENCIAL VALOR REFERENCIAL EN LETRAS
(Por Item) P.U. TOTAL S/.
1 ACEITE VEGETAL 67910 LT. 7.3 495,743.00
Cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos cuarenta y tres con 00/100 Nuevos soles
2 ARROZ SUPERIOR 488972 KG. 3.3 1,613,607.60
Un Millón seiscientos trece mil seiscientos siete con 60/100 Nuevos soles
3 AZUCAR RUBIA 245428 KG. 2.7 662,655.60
Seiscientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y cinco con 60/100 Nuevos soles
4
MENESTRAS
Cuatrocientos sesenta y un mil setecientos cuarenta y ocho con 00/100 Nuevos Soles
ARVERJAS SECAS 12629 KG. 5.5 69,459.50 FRIJOL CANARIO 10321 KG. 8.5 87,728.50 FRIJOL CASTILLA 11242 KG. 5.5 61,831.00 FRIJOL PANAMITO 7706 KG. 6.5 50,089.00 GARBANZO 7794 KG. 7 54,558.00 LENTEJAS 11884 KG. 5.5 65,362.00 PALLARES 7272 KG. 10 72,720.00 TOTAL S/. 3,233,754.20 1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a Tres millones doscientos treinta y tres mil setecientos cincuenta y cuatro con 20/100 Nuevos Soles (S/. 3´233,754.20) incluido IGV. El valor referencial ha sido calculado al mes de setiembre 2014.
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______________________________ _____________________________________ ___________________________ Cinthia Emiha Arnao Farfán de C. Jorge Luis Ambrosio Reyes José Antonio Román Encinas Miembro Titular – Comité Especial Presidente Titular - Comité Especial Miembro Titular – Comité Especial
Alimentos por Subasta Inversa P. Alimentos por Subasta Inversa P. Alimentos por Subasta Inversa P.
3
1.2 VALOR MONETARIO DE DECREMENTO
El valor monetario del decremento mínimo que debe contemplarse durante el periodo de puja, el que no puede ser inferior al cero punto uno por ciento (0.1%) ni superior al tres por ciento (3%) del valor referencial total correspondiente, para el presente proceso será el siguiente:
P.U. TOTAL S/.
1 ACEITE VEGETAL 67910 LT. 7.3 495,743.00
Cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos cuarenta y tres con 00/100 Nuevos soles
4,957.43 14,872.29 4,960.00
2 ARROZ SUPERIOR 488972 KG. 3.3 1,613,607.60
Un Millón seiscientos trece mil seiscientos siete con 60/100 Nuevos soles
16,136.08 48,408.23 16,140.00
3 AZUCAR RUBIA 245428 KG. 2.7 662,655.60
Seiscientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y cinco con 60/100 Nuevos soles 6,626.56 19,879.67 6,630.00 MENESTRAS 461,748.00 ARVERJAS SECAS 12629 KG. 5.5 69,459.50 FRIJOL CANARIO 10321 KG. 8.5 87,728.50 FRIJOL CASTILLA 11242 KG. 5.5 61,831.00 FRIJOL PANAMITO 7706 KG. 6.5 50,089.00 GARBANZO 7794 KG. 7 54,558.00 LENTEJAS 11884 KG. 5.5 65,362.00 PALLARES 7272 KG. 10 72,720.00 3,233,754.20 DECREMENTO AL 0.01% 4617.48 DECREMENTO 4,620.00 DECREMENTO AL 0.03% 4
Cuatrocientos sesenta y un mil setecientos cuarenta y ocho con
00/100 Nuevos Soles TOTAL S/. 13852.44 ITEM N° DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA
VALOR REFERENCIAL VALOR REFERENCIAL EN LETRAS (Por Item)
Las propuestas que excedan del valor referencial serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Nota Informativa N° 2383-2014-INABIF/UA-SUL, de fecha 23-09-2014.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinários
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección en el Capítulo III.
1.8. PLAZO DE LAS ENTREGAS
De acuerdo a los requerimientos solicitados por las unidades usuarias. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
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CRONOGRAMA DE ENTREGA
- Se han establecido cantidades aproximadas de los internamientos, que pueden variar en función de las entidades de la entidad, siendo mensual dicho internamiento.
1 ACEITE VEGETAL 67910 LT. 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2829 2843 2 ARROZ SUPERIOR 488972 KG. 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20373 20393 3 AZUCAR RUBIA 245428 KG. 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10226 10230 MENESTRAS ARVERJAS SECAS 12629 KG. 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 526 531 FRIJOL CANARIO 10321 KG. 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 430 431 FRIJOL CASTILLA 11242 KG. 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 468 478 FRIJOL PANAMITO 7706 KG. 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 321 323 GARBANZO 7794 KG. 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 324 342 LENTEJAS 11884 KG. 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 495 499 PALLARES 7272 KG. 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303 303
MES 20 MES 21 MES 22 MES 23 MES 24 MES 14 MES 15 MES 16 MES 17 MES 18 MES 19
MES 08 MES 09 MES 10 MES 11 MES 12 MES 13 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 MES 07
ITEM N° DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA 4 MES 01
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
El costo de reproducción de las Bases, es de S/.10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles); importe que se abonará en Caja de la Entidad (Tesorería).
1.10. BASE LEGAL
Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Decreto Legislativo N° 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Decreto Supremo Nº 116-2013-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
TUO de la Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, aprobado por D. S. Nº043-2003-PCM.
Ley Nº 27050 Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº003-2000-PROMUDEH
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE. Código Civil
Directiva Nº 015-2012-OSCE/CD Aplicación de la modalidad especial de selección por Subasta Inversa
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CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1
-
Convocatoria:
El 11 DICIEMBRE 2014.-
Registro de Participantes:
Del 12 DIC al 29 DIC 2014.-
Presentación de Propuestas, puja yotorgamiento de buena pro
:
El 30 DIC 2014 El acto público se realizara en la Av. San Martín685 – Pueblo Libre Hora: 10:00 hrs
IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que en una licitación pública por subasta inversa presencial, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas no será menor a ocho (08) días hábiles (Art. 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Sub Unidad de Logística, sito en Av. San Martín 685 – Pueblo Libre, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
2.3. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
Las propuestas se presentarán en acto público, en Av. San Martín 685 – Pueblo Libre, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de “NOTARIO PUBLICO”.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
2.4. El acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro es uno solo y una vez iniciado, no puede suspenderse, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
Para el Acto Público de presentación de Propuestas, las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial
1 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la
ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
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mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste.
En ambos casos, en la carta poder, según modelo del FORMATO Nº 01, debe establecerse la representación para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa durante el acto público.
2.5 INTRODUCCION AL ACTO PUBLICO
Antes de dar inicio al acto público, el Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas.
2.6 PRESENTACIÓN DE SOBRES DE HABILITACIÓN Y OFERTAS ECONÓMICAS
2.6.1.1 Al término de la absolución de las preguntas formuladas por los participantes, el Presidente del Comité Especial llamará a todos los participantes en el orden en que se hubieren inscrito, con la finalidad que presenten sus dos (2) sobres:
2.6.1.2 El primer sobre, se denomina “SOBRE DE HABILITACION”, el cual contendrá la documentación que acredite, que el postor se encuentra habilitado para participar en el proceso de selección y cumplir con el objeto de la contratación.
2.6.1.3 El segundo sobre, se denomina “SOBRE DE OFERTA ECONOMICA”.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÒN PÚBLICA N° 007-2014-INABIF, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: SOBRE DE HABILITACION. El sobre será rotulado:
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Av. San Martín 685 – Pueblo Libre Att.: Comité Especial
LICITACIÒN PÚBLICA N° 007-2014-INABIF
SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
Denominación de la convocatoria:Contratación del Suministro de Alimentos – Víveres Secos por Subasta Inversa Presencial SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
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SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Las propuestas se presentarán en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente.
Se presume que los bienes ofertados cumplen con las características exigidas en las fichas técnicas y con las condiciones previstas en las presentes Bases. Esta presunción no admite prueba en contrario.
2.7 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.7.1 SOBRE N° 1 – “SOBRE DE HABILITACION Se presentará en un original.
El sobre contendrá, además de un índice de documentos2, la siguiente documentación:
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección (Anexo Nº 2).
c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4).
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
2
La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Av. San Martín 685 – Pueblo Libre Att.: Comité Especial
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Denominación de la convocatoria:Contratación del Suministro de Alimentos – Víveres Secos por Subasta Inversa Presencial SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
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Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
e) Declaración Jurada de Plazo de entrega (Anexo Nº 5).
f) Declaración Jurada de información empresarial (Formato 02).
g) Documentos obligatorios según los ítems a que postula: ITEM N° 01: ACEITE VEGETAL
ITEM N° 02: ARROZ SUPERIOR ITEM N° 03: AZUCAR RUBIA ITEM N° 04: MENESTRAS
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión del sobre de habilitación, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
2.7.2 SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios de cada ítem ofertado (Anexo Nº 7).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Los postores deberán presentar por cada ítem el sobre que contenga la oferta económica.
b) La oferta económica se presentará en sobre cerrado, según el Anexo Nº 07, debiendo indicarse el precio o costo ofertado en función al valor referencial total establecido en las Bases, debiendo incluir el precio unitario de cada artículo. La oferta económica deberá incluir, todos los conceptos a que se refiere el Artículo 63º del Reglamento y no podrá exceder el valor referencial total, caso contrario será devuelta por el Comité Especial, teniéndola por no presentada de conformidad a lo establecido en el Artículo 33° del DL N° 1017.
c) Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para el proceso de selección.
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d) El monto total de oferta económica y los subtotales que lo conforman, deberán ser expresada con dos decimales, en nuevos soles, incluido todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, certificaciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes, puestos en el Almacén de la Entidad, en consecuencia la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en el sobre de habilitación, la propuesta económica será descalificada.
2.8
APERTURA DE PROPUESTAS
2.8.1 Una vez presentadas todas las propuestas, el Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. De omitirse la presentación de algún documento, se procederá a la descalificación de la propuesta.
2.8.2 Acto seguido, el Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados y los anotará en la pantalla, a través de un sistema informático, o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes.
2.9 CLASIFICACION DE PROPUESTAS
2.9.1 Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%).
2.9.2 Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en al período de puja tres (03) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres (03) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.
2.9.3 En caso que sólo existieran dos (02) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores.
2.9.4 En caso que dos (02) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.
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2.9.5 PERIODO DE PUJA
2.9.5.1 Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.
2.9.5.2 Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados.
2.9.5.3 El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.
2.9.5.4 Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (03) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. El Comité Especial proveerá un sistema de control de tiempo visible para todos los participantes.
2.9.5.5 El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.
2.10 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
2.10.1 Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo más bajo
2.10.2 Se dará el otorgamiento de la Buena Pro al postor que ofrezca el menor precio, verificando, el Comité Especial que por lo menos haya dos (02) propuestas válidas, caso contrario el proceso se declarará desierto.
2.10.3 Asimismo, el Comité Especial al término del acto, según lo previsto en el calendario del proceso de selección determinara en el acta correspondiente el Otorgamiento de Buena Pro, indicando el orden en el que han sido calificados los postores, a través de un Cuadro Comparativo en el que se consignará el orden de prelación que han obtenido los postores participantes.
2.10.4 El Comité Especial notificará el otorgamiento de la Buena Pro el mismo día de su realización a través del SEACE, en la Sede de la Entidad o a los correos electrónicos de los postores, el mismo día de su realización, e incluirá el acta y
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el cuadro comparativo detallado con los resultados del otorgamiento de la Buena Pro.
2.10.5 Se entenderá que la Buena Pro ha quedado consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la Buena Pro, ningún postor hubiera dejado constar en el acta su intención de impugnar el proceso.
2.11 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. [CARTA FIANZA]
c) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. [CARTA FIANZA] d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. e) Código de cuenta interbancario (CCI).
f) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
h) Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, alternativamente, el micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.
Adicionalmente, la documentación a ser presentada:
a) Copia de DNI del Representante Legal.
b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC de la empresa.
e) Copia vigente de la licencia de funcionamiento.
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La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
2.12 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificaciones.
La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina Encargada de las Contrataciones, sito en la Av. San Martín 685 – Pueblo Libre Ejército de 08:00 a 16:00 horas.
2.13 FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en PAGOS PERIÓDICOS.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
- Recepción y conformidad [Acta de Recepción y Conformidad, emitida por el Responsable del Almacén Central
- Comprobante de pago (Factura original y 01 copia). - [Guía original 01 copia].
- Orden de compra original.
2.14 PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
2.15 REAJUSTE DE LOS PAGOS
Se aplicará formula de reajuste de precios de conformidad al artículo 49ª del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Cuando se trate de bienes sujetos a cotización internacional o cuyo precio este influido por ésta, nom se aplicará la limitación del Índice de Precios al Consumidor.
Para tal efecto el proveedor presentará a INABIF para su aprobación, el sustento correspondiente.
El reajuste de precio de los productos, en caso lo solicite el proveedor, será aprobado por la Entidad, previa evaluación de la Sub Unidad de Logística.
La oferta económica presentada por el postor ganador, el precio firme mínimo 1 mes, tiempo en el cual el proveedor no variara los precios y la variación porcentual mensual del Índice de
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INEI.
Este reajuste se realizará siempre que hubiera existido variación de precios determinado por el INEI. Los reajustes solo se aplican a los suministros pendientes, o desde el periodo solicitado hacia adelante, según lo establecido en el contrato respectivo.
La fórmula aplicable es:
PFP = PUP x %VIPC PFP = Precio Final del Producto
PUP = Precio Unitario del producto (ofertado y licitado)
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CAPÍTULO III
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
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CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO
CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES
Conste por el presente documento, la contratación de Suministro de Alimentos para Personas, que celebra de una parte EL INABIF, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………….., con domicilio legal en ……….., representada por el ……….., identificado con DNI Nº [000000000], y de otra parte [………...], con RUC Nº [...], con domicilio legal en [………...], inscrita en la Ficha N° [………...] Asiento N° [………...] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………], debidamente representado por su Representante Legal, [………...], con DNI N° [………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la Licitación
Pública Nº 007-2014-INABIF SUBASTA INVERSA PRESENCIAL para el suministro de
[ALIMENTOS PARA PERSONAS VIVERES SECOS, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto el suministro de alimentos para personas], conforme a las fichas técnicas.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], incluye IGV. Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguro e impuesto, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO3
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en NUEVOS SOLES, en PAGOS PARCIALES, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones
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establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [24] meses, el mismo que se computa desde que se encuentra suscrito el contrato, hasta la culminación del período del contrato y/o culminación del saldo del mismo.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Durante la ejecución del contrato, en caso El VENDEDOR ofrezca bienes con iguales o mejores características técnicas de calidad y de precios, LA ENTIDAD, previa evaluación podrá modificar el contrato siempre que tales bienes satisfagan su necesidad. Tales modificaciones no deberán variar en forma alguna las condiciones originales que motivaron la selección del contratista (artículo 143º del Reglamento).
Asimismo, sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este contrato mediante acuerdo escrito entre las partes, formalizados a través dela Adenda respectiva, salvo aquellas reguladas expresamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
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CLÁUSULA DÈCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por Almacén Central.
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
De acuerdo Indicado en las Fichas Técnicas
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de Un (01) año.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA : PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días Donde:
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación
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Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÈPTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS4
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
4 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para
resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 007-2014 - SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – VÍVERES SECOS
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las Bases, la propuesta técnica y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por quintuplicado en señal de conformidad, en la ciudad de Pueblo Libre, a los días del mes de … de 2014.
INABIF INABIF INABIF
______________________________ _____________________________________ ___________________________ Cinthia Emiha Arnao Farfán de C. Jorge Luis Ambrosio Reyes José Antonio Román Encinas Miembro Titular – Comité Especial Presidente Titular - Comité Especial Miembro Titular – Comité Especial
Alimentos por Subasta Inversa P. Alimentos por Subasta Inversa P. Alimentos por Subasta Inversa P.
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PROGRAMA INTEGRAL NACIONAL PARA EL BIENESTAR FAMILIAR-INABIF
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 007-2014 - SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – VÍVERES SECOS
FORMATO N° 1
5MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Pueblo Libre, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL PRESENCIAL
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Licitación Pública N° 007-2014 - SUBASTA INVERSA PRESENCIAL, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.6
…..……….………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
5
El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
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______________________________ _____________________________________ ___________________________ Cinthia Emiha Arnao Farfán de C. Jorge Luis Ambrosio Reyes José Antonio Román Encinas Miembro Titular – Comité Especial Presidente Titular - Comité Especial Miembro Titular – Comité Especial
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FORMATO N° 02
DECLARACION JURADA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL
LICITACION PUBLICA Nº 007-2014 – Subasta Inversa Presencial
DECLARO BAJO JURAMENTO, que la siguiente información de mi representada se sujeta a la
verdad:
NOMBRE O RAZON SOCIAL DOMICILIO LEGAL
RUC TELEFONO FAX
CONSTITUCION SOCIAL CAPITAL SOCIAL
OBJETO SOCIAL NOTARIA
REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS
LOCALIDAD FICHA ASIENTO
FECHA DE INSCRIPCIÓN
FECHA INCIO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS
SOCIOS DE LA EMPRESA
NOMBRE Y APELLIDOS DNI PARTICIPACION %
DIRECTORIO DE LA EMPRESA
CARGO NOMBRES Y APELLIDOS DNI
PRESIDENTE VICEPRESIDENTE DIRECTOR
AUTORIZACION MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD Nº LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO FECHA
PARTICIPA EN CONSORCIO
SI NO NOMBRE DE LA S EMPRESAS QUE ACTUAN ASOCIADAS EMPRESA Nº 1 EMPRESA Nº 2 EMPRESA Nº 3
Pueblo Libre,... de... del 2014. ... (Nombre, sello y firma del representante legal) Nota: Persona Naturales adecuar el formato