DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
EXTRACTO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2018 APROBADO POR EL CONSEJO ESCOLAR.
Liceo Pablo Neruda
Reglamento Interno de
Convivencia Escolar
2018
DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
EXTRACTO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2018 APROBADO POR EL CONSEJO ESCOLAR.
La matrícula es un acto administrativo con el cual el apoderado y el alumno ejercen su derecho a elegir el Proyecto Educativo que se desea. En dicho acto, mediante un documento escrito, el apoderado y el alumno(a) declaran conocer el PEI y su Normativa a través de su Reglamento Interno y se comprometen a cautelar que el alumno(a) cumpla las reglas que permiten una sana convivencia escolar.
La matrícula podrá tener diferentes estados dependiendo del desarrollo académico y del comportamiento durante la permanencia de los estudiantes en el establecimiento.
El establecimiento, a su vez, entiende que si al alumno(a) o al apoderado no le acomodan, las reglas establecidas, tienen el derecho de buscar otro establecimiento que cumpla con sus aspiraciones para su pupilo(a).
DE LA ASISTENCIA
A. Los alumnos deben asistir a todas las clases del plan de estudio del respectivo curso y a los talleres
determinados por el Proyecto Curricular de la Jornada Escolar Completa (JEC). El requisito de asistencia está regulado por las normas de Evaluación y promoción escolar por los cuales se rige el establecimiento. Inasistencia injustificadas al 15%, implican la repitencia del año escolar.
B. Todas las inasistencias deben ser justificadas personalmente, por escrito o por vía telefónica, según sea
la situación particular de cada apoderado, por el apoderado titular, cuando el alumno(a) se incorpore a clases. El apoderado debe firmar el registro interno de inasistencias como una forma de comprobar que el establecimiento le informo de la ausencia de su pupilo. Si las inasistencia coinciden en forma reiterada en fechas de pruebas controles u otras actividades evaluadas, se citara al apoderado y al alumno(a). En una primera instancia será atendido por el profesor del subsector y /o profesor jefe, quien dejara constancia de la solución acordada. En tercera instancia se le citará a la Inspectoría General quien fijará una condicionalidad al apoderado titular de la conducta del alumno. Si la conducta persiste el establecimiento se reserva el derecho de condicionar al cambio de apoderado.
C. La asistencia de alumno fuera de la JEC a actividades organizadas o propiciadas por el establecimiento
se informará en reunión de padres y apoderados o por la libreta de comunicaciones. La asistencia será obligatoria a estas actividades cuando la dirección del Establecimiento lo estime conveniente.(desfiles, presentaciones, giras de estudio, salidas a terreno, etc.)
D. En lugar de la asignatura de religión, el establecimiento impartirá la asignatura de formación ética a
todos los estudiantes.
E. En caso de que la inasistencia a clases del alumno(a) se prolongue por más 30 días consecutivos sin
aviso o justificación del apoderado, la Dirección del Establecimiento previo estudio de la situación con el equipo de gestión, equipo psicosocial y el profesor jefe, podrá proceder a una denuncia por incumplimiento del apoderado a la ley de obligatoriedad de educación.
F. Si estas inasistencia se deben a que el alumno sin consentimiento de su apoderado se fue a otro lugar y si esta situación se repite dos veces, previo seguimiento de Orientación, Psicosocial y/ o Inspectoría General, se podrá iniciar el proceso de condicionalidad y/o cancelación de matrícula y expulsión según sea el caso. Esto debido a que el establecimiento no se puede responsabilizar de la seguridad de niño, niña o adolescente que no cuenta con el control suficiente de su apoderado. El apoderado formará parte de las actividades de seguimiento que le Establecimiento disponga en vías de reformar la actitud del alumno.
G. Los horarios destinados a extraescolares se realizaran fuera de la jornada y deberán ser informados al apoderado por el profesor jefe y/o profesor a cargo de la actividad y/o profesor a cargo de extraescolar y/o inspectoría general.
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DE LA PUNTUALIDAD
A. El alumno debe ser puntual en su horario de entrada y salida de la jornada Escolar, y éste será de
acuerdo al horario informado por el Inspector General a inicio del año escolar a toda la comunidad educativa.
B. El alumno debe ser puntual también en su horario de almuerzo, debido a que cuenta con 60 minutos
para realizar dicha actividad.
C. Los alumnos que reiteradamente llegan atrasados con un atraso de 20 minutos no serán devueltos a sus
casas, quedaran a disposición de Inspectoría general quien tomara medidas para evitar la interrupción a clases.
D. El alumno no puede ingresar pasada 1 hora de clases, a menos que venga acompañado por el apoderado. Otro tipo de justificación queda a criterio de Inspectoría General (Justificativos escritos, llamadas de teléfonos, etc.)
E. El alumno que complete 6 atrasos deberá presentarse con el apoderado, si la situación se repite y cuando sus atrasos suman más de 120 minutos y el apoderado no responda a citaciones el alumno(a) no podrá ingresar al Establecimiento hasta que se presente con su apoderado.
F. Si el apoderado por una emergencia no puede presentarse con el alumno, podrá justificar dicha situación por escrito en la libreta de comunicaciones indicando la fecha próxima en que se hará presente.
G. Si el alumno es impuntual en los ingresos establecidos (clases sistemáticas en el interior del establecimiento), se citara al apoderado, en primera instancia por el profesor del subsector, en segunda instancia por el profesor jefe y en tercera instancia por inspector general. Si la conducta persiste en el tiempo y sin mayor responsabilidad del alumno, como de los padres, el Establecimiento puede iniciar un proceso de condicionalidad del alumno(a).
DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
El uniforme que se describe a continuación deberá ser usado diariamente en perfectas condiciones, vale decir, limpio y ordenado. Además este uniforme se usará para actos oficiales, tales como, Acto Mensual, Acto de Aniversario, Acto de Despedida, Licenciaturas y Desfile.
DAMAS VARONES
Falda plisada oficial Pantalón Clásico plomo.
Polera oficial con logo bordado (manga larga o corta) Polera oficial con logo bordado manga corta o larga Chaleco Rojo oficial con bordado Chaleco Rojo oficial con bordado
Zapatos Negros Zapatos Negros
Medias azules o pantys Calcetines azules o Negros
Coles, pinches, cintillos azules o rojos Educ. Física: Buzo Oficial (Pantalón Azul, poleron con cierre rojo bordado), polera blanca o polera oficial, zapatillas blancas o negras.
Educ. Física: Buzo Oficial (Pantalón Azul, poleron con cierre rojo bordado), polera blanca o polera oficial, zapatillas blancas o negras sin plataforma)
En época de invierno los alumnos podrán asistir con parkas azul marino o negro , pero de un solo color.
Los alumnos(a) de las carreras técnico profesional, deberán cumplir con el uniforme requerido en cada especialidad (Traje o Terno en Contabilidad y Atuendo de Cocinero en Gastronomía)
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A. Prohibición de joyas o adornos caros o de tamaño poco adecuado.
B. Prohibición de teñidos de pelo totales y visos, con tinturas permanentes o shampoo colorante y peinados
extravagante.
C. Mantener la higiene personal de su uniforme, lo cual en el transcurso de la JEC, deben contar con
implementos de aseo mínimo tales como cepillo de diente, pasta de dientes, toalla, jabón, toallas higiénicas y otros que contribuyan a su aseo.
D. Si las niñas usan el pelo largo deben mantenerlo tomado. E. El varón no puede usar aros
F. El varón debe mantener el pelo limpio y su cara afeitada a diario
G. El varón debe mantener un corte tipo escolar parejo, que no sobrepase el cuello de la polera y/o camisa,
no podrá usar zapatillas. No se aceptará cortes extravagantes tipo mohicano, u otra corte donde el pelo este disparejo que establezca la dirección del establecimiento como inapropiado.
H. Las damas no pueden usar maquillaje ni pinturas de uña. I. No pueden usar tatuajes visibles, piercing en damas y varones.
J. Cualquier objeto o prenda de vestir que use el estudiante en el establecimiento y que no corresponda al
uniforme sin justificación, podrá ser retirada por el profesor de asignatura, profesor jefe, asistentes de la educación e Inspectoría General , Subdirección y ser entregado al apoderado previa citación.
K. El Establecimiento no se responsabiliza por objetos de valor, que porten los estudiantes.
L. Se prohíbe el uso de cadenas, cortaplumas o cualquier otro objeto que signifique una posibilidad de
agresión física para los integrantes de la comunidad Educativa.
M. Se prohíbe el uso de celulares, Mp4, Mp3, máquinas fotográficas, ipod, Tablet, ipad al interior de la sala
de clases y del establecimiento, en actos oficiales, formaciones, charlas, excepto cuando se requiere para fines pedagógicos y lo autorice el profesor, si es sorprendido transgrediendo esta norma, se le será, requisado por cualquier funcionario del Liceo y será registrado en su hoja de vida. El Establecimiento retirará las especies que no correspondan y se le entregarán a su apoderado
N. Un alumno(a) que presente alguna enfermedad que implique contagio para el resto del curso,
pediculosis, sarna u otros deberá realizar tratamiento de inmediato en su casa.
La trasgresión a estas normas implicará: citación de apoderado, suspensión del alumno (a) hasta que se solucione su problema de higiene o presentación personal.
De las Normas de Interacción:
A. Una alumna embarazada recibirá todas las consideraciones establecidas en el Decreto 0079 del
12/02/2004.
B. Dentro del establecimiento quedan fuera de práctica todas las manifestaciones de tipo sexual entre
alumnos(a); además se extenderá esta norma, cuando los alumnos representan al colegio en actividades curriculares institucionales y o extraescolares, dentro o fuera de la comuna.
C. Los días lunes de cada semana se izará el pabellón nacional y una vez l a la semana se entonará el
Himno Nacional y el Himno del Liceo. Los alumnos(a) deben cumplir con respeto frente a los valores patrios. La misma actitud se exigirá durante el desarrollo de los actos cívicos y religiosos.
D. Para el desarrollo adecuado de las clases los alumnos deben presentarse con todos sus materiales y útiles
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E. Durante el desarrollo de las clases, no se permitirán acciones ajenas al sector de aprendizaje que de
alguna manera, interrumpa el desarrollo de la misma, excepto si la actividad es autorizada por UTP, Inspectoría General, Subdirección o Dirección.
F. El alumno no podrá abandonar el puesto determinado por un profesor y mucho menos del aula sin su
permiso. La finalización de clases será anunciada por el docente y nunca será antes del toque del timbre.
G. Durante el tiempo de los recreos ningún alumno puede permanecer dentro de la sala. Exceptuada la
época de invierno.
H. Los alumnos pertenecientes a actividades estudiantiles que deseen dar una información deberán contar
con el permiso de Inspectoría General, Subdirección o Dirección. Y en ningún caso podrán interrumpir la clase.
I. Los alumnos deben mantener limpia y ordenada la sala de clases y colaborar para que exista un
ambiente adecuado y agradable para el aprendizaje.
J. Es obligatorio el uso responsable de las instalaciones y mobiliario de cualquier dependencia del colegio. K. Lo alumnos son responsables de sus útiles escolares y solo lo podrán dejar en su casillero personal y no
en otro lugar en las dependencias del establecimiento.
L. El colegio dispone de un Plan de seguridad y los alumnos deben actuar ajustándose a dicho plan. M. Los alumnos deben cumplir con la normativa para el uso del comedor
DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS:
A. Serán aplicadas frente a conductas derivadas de actitudes personales que perjudiquen el normal
desenvolvimiento de las actividades escolares, en las dependencias del establecimiento o fuera de él, si es una actividad en la cual esté representando al colegio.
B. El establecimiento entiende como disciplina una actitud personal del alumno que lo lleve a respetar a las
personas y a su medio ambiente, así como su disposición para cumplir con las responsabilidades que le son inherentes como alumno de este establecimiento.
C. Las medidas disciplinarias deben constituir para cada alumno, una experiencia positiva, que contribuya a
la formación d su personalidad.
D. Se aplicarán, considerando la gravedad de la falta cometida por el alumno, las siguientes medidas
disciplinarias.
TIPO DE FALTA MEDIDA ASOCIADA
FALTAS LEVES
Son aquellas acciones u omisiones realizadas por estudiantes, que generan daño moral o económico de menor magnitud para los integrantes de la comunidad educativa, y que principalmente alteran el orden en la sala de clases.
Todas estas faltas se consideran leves siempre que no haya reincidencia (más de tres veces), en dicho caso se considerarán faltas graves.
Amonestación verbal. Si se reitera la conducta por más de tres veces, deberá registrarse en la hoja de vida del estudiante, se le designará trabajo comunitario en el caso de que las faltas sean de índole disciplinario, en horario de recreo o a la salida de clases, y en el caso de que sea de carácter pedagógico, los alumnos tendrán una hora de estudio o reforzamiento después de la jornada de clases en donde Inspectoría general y la Unidad Técnica Pedagógica lo determine. Si la conducta persiste se citara a su apoderado para la toma de conocimiento, la citación se realizará por parte del profesor jefe o del subsector correspondiente, situación que quedara registrada en la hoja de vida del alumno. Si el apoderado no concurre a la citación, el alumno no podrá ingresar al Establecimiento.
En el caso de ventas no autorizadas, el establecimiento requisará los productos y se le hará entrega al apoderado en Horario que la Inspectoría General, Subdirección o Dirección determinen.
Cuando estas faltas Leves se hacen constantemente reiteradas, constituye inmediatamente una falta grave.
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1. Desatender la clase, realizar otra actividad o tener una actitud indiferente hacia las actividades del proceso de enseñanza - aprendizaje. Como por ejemplo:
Utilizar aparatos grabadores y reproductores, teléfonos móviles, alarmas sonoras, tablet, pendrive, computadores portátiles y otros objetos que perturben el curso normal de las clases.
Comer, ingerir líquidos y masticar chicles en clase, excepto cuando el profesor bajo su responsabilidad lo autorice.
Presentarse sin el material necesario en el momento oportuno para su aprendizaje y/o tareas, trabajos u otros.
2. Infringir las debidas normas de seguridad establecidas en clase, utilizar el material en forma indebida o poner en funcionamiento aparatos, como por ejemplo radios, retroproyectores, televisores o equipos de laboratorio, sin la debida autorización del profesor y/ o funcionario del Establecimiento con el que se encuentre.
3. Salir de la sala sin autorización, durante los cambios de horas. 5. Toda inasistencia no justificada.
6. No presentar el justificativo de inasistencia a clases. 7. Tres atrasos no justificados.
8. Incumplimiento a los deberes relacionados con la presentación personal del estudiante.
9. No traer comunicación o justificativo firmados por el apoderado en los casos en que es solicitado. 10. Alterar el aseo del establecimiento.
11. No cumplir con las tareas por parte de los alumnos.
12. No traer firmadas las comunicaciones que se envían al hogar.
13. Presentarse atrasado al inicio de las clases, y al comienzo de una clase después de un recreo. 14. No traer firmada por el apoderado la evaluación enviada al hogar.
15. No traer su libreta de comunicaciones.
16. Realizar cualquier tipo de venta de artículos, sin autorización de la Dirección, en general al interior del establecimiento. 17. Cualquier otra falta que considerada por el Equipo Directivo revista este nivel de gravedad
TIPO DE FALTA MEDIDA ASOCIADA
FALTAS GRAVES
Son aquellas acciones u omisiones realizadas por
estudiantes, que generan daño moral, físico o económico de mayor magnitud para los integrantes de la comunidad educativa y que principalmente comprometen el prestigio del colegio y el proceso educativo.
Todas estas faltas se consideran graves siempre que no haya reincidencia (más de dos veces), en dicho caso se considerarán faltas muy graves
Anotación en la hoja de vida, citación a su apoderado y establecer una medida formativa acorde a la falta y trabajo comunitario. Se derivara la situación, al Departamento Convivencia / Orientación para proceder a la mediación.
Si comete el alumno falta grave se le aplicará la sanción de 1 a 3 días
de suspensión de clases según sea la falta cometida, la que se aplicará
una vez agotados el proceso de diálogo entre el alumno, apoderado, docente, de suspensiones. Inspectoría General, Subdirección o Dirección. director, procediendo a dejar estampado en el registro Cuando las faltas son reiteradas el alumno puede entrar en situación de Matricula condicional de acuerdo a los protocolos establecidos.
Las Faltas Graves son:
1. Expresarse o burlarse intencionalmente con ofensas, de manera despectiva u ofensiva en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa.
2. Hacer comentarios despectivos u ofensivos respecto a las materias, tareas o actividades encomendadas que impliquen falta de respeto implícita o explícita a estudiantes o profesores.
3. Ignorar las llamadas de atención del personal docente y asistente de la educación del establecimiento y responder de manera irrespetuosa
4. Copiar en pruebas, enviar o recibir mensajes de texto a través de celular, calculadora u otro.
5. Prestar los materiales académicos a otros estudiantes para que obtengan una evaluación mejor, tales como: trabajos de investigación, maquetas, mapas, entre otros.
6. No ingresar a clases, estando en el establecimiento.
7. No presentar justificativos después de dos días de inasistencia.
8. Fumar cigarrillos en las cercanías del establecimiento o en sus calles de acceso, u en otro lugar vistiendo el uniforme del colegio. 9. Realizar actividades que pongan en peligro la integridad física de las personas Ej. Trompos, puntapiés, puñetes, estrellones, enfrentamiento cuerpo a cuerpo, etc.
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10. Rayar murallas, baños y en general cualquier mobiliario o pared del colegio.
11. Realizar o mantener conductas sexualizadas como besos en la boca y en general actos que no se condicen a un ambiente escolar.
12. Hacer un uso indebido de timbres y/ o campanas y símbolos oficiales de la Institución. 13. Favorecer el ingreso de personas extrañas a la comunidad educativa al establecimiento. 14. Negarse a rendir una prueba o examen
15. Negarse a entregar objetos no permitidos en el aula si el docente o adulto responsable lo solicita, como por ejemplo: celular, computador portátil, tablet, parlante, u otro objeto que considere el docente de asignatura.
16. Cualquier otra falta que considerada por el Equipo Directivo del colegio revistan este nivel de gravedad.
TIPOS DE FALTAS MEDIDA ASOCIADA
FALTAS MUY
GRAVES
Son aquellas acciones u omisiones cometidas por estudiantes que afectan a la integridad física y psíquica de los miembros de la comunidad educativa.
Medida asociada:
Suspensión de clases por 5 días e ingreso ha estado de Matricula condicional en caso que no estuviese, además de la respectiva anotación en la hoja de vida y establecer una medida formativa acorde a la falta. Citación inmediata al apoderado. En caso de haber cometido más de dos faltas muy graves o de estar en estado de Matricula condicionalidad previo a la realización de una falta muy grave, el director podrá iniciar el proceso de cancelación de la matrícula y/o expulsión, por incompatibilidad con el perfil del alumno Nerudiano establecido en el PEI. El proceso de cancelación de matrícula y/o expulsión será comunicada al apoderado e informada a la Superintendencia por escrito.
Las Faltas Muy Graves son:
1. Plagiar, adulterar, falsificar, sustraer, destruir, dañar, ocultar o sustituir documentos oficiales del colegio como: pruebas, certificados, actas de notas, libros de clases, toda otra documentación que acredite situaciones académicas y pertenencias de otras personas.
2. Amenazar o agredir física, psicológica o verbalmente a integrantes de la comunidad educativa o a algún trabajador externo que preste servicios al establecimiento, tanto dentro como fuera de éste, en forma personal o utilizando medios de comunicación masivo, tales como: blogs, fotolog, posteo, e-mail, Messenger, telefonía móvil, pancartas, murallas, etc.
3. Fumar cigarrillos en cualquier dependencia del establecimiento
4. Dañar la imagen pública del establecimiento y de la comunidad educativa, tales como consumir o portar drogas, alcohol o participar en actos vandálicos, entre otros, dentro o fuera del establecimiento.
5. Robar, o destruir documentos públicos, tales como: Libros de clases, actas, libros de crónicas u otro de uso habitual en el establecimiento
6. Agredir físicamente a un compañero provocándole lesiones de gravedad. 7. Ser sorprendido bajo los efectos de drogas y/o alcohol.
8. Adulterar notas en libros de clases.
9. Incurrir en peleas dentro o fuera del establecimiento.
10. Hacer abandono del establecimiento sin la autorización correspondiente.
11. Portar objetos considerados peligrosos, tales como: cuchillos, estoque, armas de fuego, cortaplumas, 12. Solicitar a terceros la suplantación del apoderado.
13. Falsificar comunicaciones y/o firma del apoderado.
14. Destruir intencionalmente y/o premeditadamente el mobiliario o infraestructura del establecimiento. 15. Participar en desordenes con daños a personas.
16. Faltar el respeto al profesor o funcionario de la unidad educativa, tales como: romper una prueba, desobedecer, salir de la clase sin autorización, tener gestos o actitudes inadecuados.
17. Vender, consumir, ingresar al colegio alcohol o drogas. Sin perjuicio del caso de que se configure un delito como por ejemplo el micro tráfico.
18. Alterar el orden y/o la seguridad de la comunidad educativa.
19. Realizar o promover acciones u omisiones que entorpezcan las actividades académicas planificadas para alcanzar los objetivos de la misión del colegio, como por ejemplo: impedir que la comunidad educativa ingrese o salga del colegio y/o cualquier otra acción u omisión que entorpezca el normal funcionamiento del colegio.
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20. Grabar o filmar a cualquier persona dentro del establecimiento sin el consentimiento de ésta.
21. Realizar actos de acoso personal, conocido como Bullying, sea de manera personal o a través de medios electrónicos, a través de la web como por ejemplo: Facebook, Twitter, u otro medio de almacenamiento o difusión digital.
22. Acosar, intimidar o abusar sexualmente de otro integrante de la comunidad del establecimiento. 23. Juegos sexuales consentidos entre estudiantes.
24. Otras faltas que consideradas por el Equipo Directivo revistan este nivel de gravedad.
25. Dañar, maltratar y/o usar inadecuadamente todos los medios audiovisuales, TV, retroproyectores, Data Show, cámara de video, o cualquier objeto equivalente.
26. Realizar o mantener posturas íntimas y/o relaciones sexuales íntimas dentro del establecimiento.
27. Sustraer, hurtar o robar cualquier objeto a cualquier miembro de la comunidad educativa (el establecimiento no está facultado para revisar a los estudiantes, éstos sólo podrán mostrar sus pertenencias voluntariamente).
28. Negarse a entregar objetos no permitidos en el aula si el docente o adulto responsable lo solicita.
29. No ingresar al establecimiento sin el consentimiento ni autorización de sus padres y/o apoderados en el horario que le corresponde estar en clases y se va a otro lugar.
30. Cualquier otra falta que considerada por el Equipo Directivo del colegio revistan este nivel de gravedad.
PROCESO DE MATRÍCULA CONDICIONAL, CANCELACIÓN DE MATRÍCULA Y EXPULSIÓN. A) MATRÍCULA CONDICIONAL:
Es un estado transitorio, donde se le da al estudiante la oportunidad de superar positivamente las conductas contrarias al perfil que determina el Proyecto Educativo y al Manual de Convivencia.
El Procedimiento consta de tres etapas:
1.ETAPA DE REVISIÓN DE ANTECENDENTES:
En esta etapa se realizan las siguientes acciones: Revisión de Anotaciones Negativas, Revisión de Citaciones de apoderados, Supervisión de Apoyo pedagógico y/o psicosocial . Una vez terminado el proceso, y levantado un informe, el departamento de orientación y/o Convivencia Escolar deberá proponer a los profesores del curso la aplicación de la sanción de Matricula condicional para el alumno, lo cual quedará reflejado en el Acta de Convivencia Escolar
2.ETAPA DE COMUNICACIÓN AL ALUMNO Y APODERADO
Se informará el estado de Matricula condicional al apoderado del estudiante en una entrevista personal, en la cual deberá firmar el documento que certifica dicha situación y estableciendo compromisos de mejora.
En la eventualidad de que el apoderado no firme el documento que notifica la Matricula condicional, se dejará constancia en el Libro de clases y carpeta personal del alumno(a). En esta reunión, se establecerán las directrices necesarias para la superación de las conductas inadecuadas que dieron origen a la Matricula condicional, lo cual debe ser registrado en un Acta de Compromiso.
3.ETAPA DE EVALUACIÓN:
Se evalúa y determina si el estudiante ha cumplido con las directrices establecidas en el Acta de Compromiso acordada al momento de comunicar al apoderado la situación de Matricula condicional de su estudiante. En esta instancia se analiza si el alumno cumplió con los compromisos y sale del estado de Matricula condicional o se inicia el proceso de cancelación de matrícula para el año siguiente.
Es importante que los padres y/o apoderados de un estudiante con matrícula condicional, se informen mensualmente con el Profesor Jefe, Orientador o Inspector General, del avance o retroceso de la conducta que ocasionó el estado de condicionalidad de su estudiante.
Por un lado el estudiante, en presencia de su apoderado, firma un compromiso de mejorar su comportamiento y por otro el establecimiento se compromete a darle el apoyo necesario para que supere sus problemáticas (Apoyo pedagógico, psicológico y/o social según sea el caso).
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El proceso de cancelación de matrícula es una medida que pueden adoptar los establecimientos para el año escolar siguiente, es decir, sus efectos se producen al término del año escolar; a diferencia de la expulsión cuyos efectos son inmediatos.
Aquellos casos en que se observen lo estipulado en el apartado de CRITERIOS PARA INICIAR PROCESO DE CANCELACIÓN O NO RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA se procederá de la siguiente manera:
1. REUNIÓN DE ANÁLISIS DE CASOS
Cada caso será analizado por Dirección, Sub Dirección, Inspector General, Profesores Jefes, Encargado de Convivencia y Consejo de Profesores, ellos decidirán por votación simple si el caso amerita la cancelación o no renovación de la matrícula de la matrícula, dependiendo si el proceso se inicia al finalizar el primer o segundo semestre respectivamente. Tanto la decisión como la información que se vierta en esta instancia quedarán registradas en un acta.
2. CARTA DE CANCELACIÓN DE MATRÍCULA AL APODERADO
El Director le notifica al apoderado de la no renovación de la matricula mediante carta, explicitando en los anexos la/s situación/es desencadenantes de la implementación de este procedimiento, los mecanismos de apoyo psicosocial con el cual el establecimiento asistió a la familia y el estudiante para revertir la situación y todos aquellos aspectos vinculados a las decisiones.
Desde el momento en que el apoderado recibe la carta de no renovación de matrícula tiene 15 días de plazo para apelar por escrito ante Dirección, de lo contrario, si el apoderado del estudiante no apela el proceso de no renovación se da por concretado, se emite una Resolución de no renovación y se da el proceso por finalizado.
3. APELACIÓN ANTE CONSEJO ESCOLAR
Si el apoderado decide apelar deberá presentar Carta de Apelación a Encargado(a) de Convivencia, instancia en la que se registrará y se enviará al Consejo Escolar para su resolución
En esta instancia se presentará la versión escrita u oral de todos los involucrados en el conflicto, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta. Para llevar a cabo un proceso justo, estableciendo el derecho de todos los involucrados, se considerarán los aspectos que a continuación se indican:
- Que se reconozca su derecho a apelación
- Que los involucrados puedan expresar sus argumentos y descargos - Que se presuma su inocencia
- Presentación de pruebas
El Director recibe respuesta del Consejo Escolar a la Carta de Apelación, si es negativa se emite una Resolución de no renovación y se da el proceso por finalizado, de lo contrario se emitirá nueva Resolución Aprobación en la que se otorga la oportunidad al estudiante de continuar en el establecimiento bajo condicionalidad de la matrícula, la cual estará sujeta al cumplimiento de los acuerdos suscritos por el estudiante y el apoderado.
CRITERIOS PARA INICIAR PROCESO DE CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA
La cancelación de matrícula se tomará en consideración a: Presencia de conductas de extrema gravedad que atenten contra los derechos y pongan en riesgo la integridad física y psicológica de los otros integrantes de nuestra comunidad educativa.
Cometer faltas graves o muy graves en estado de condicionalidad.
• No integración y adhesión del alumno a los principios y valores del establecimiento presentes en el Proyecto Educativo.
• Incumplimiento reiterado por parte de los apoderados de los compromisos firmados en las actas de acuerdos.
• Orientación y seguimiento de diversas instancias de apoyo formativo y pedagógico proporcionadas por el establecimiento al estudiante y su familia para y corregir su conducta.
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• En el caso que un alumno presente repetir de curso en más de una oportunidad en la educación básica.1
NOTA: Todos aquellos alumnos a quienes se les hubiese cancelado/no renovado la matricula, o bien, se retirasen voluntariamente del Establecimiento presentando antecedentes de transgresiones al manual de convivencia y no adhesión al proyecto educativo institucional y/o al manual de convivencia, se verán imposibilitados de renovar matricula por un periodo de un año desde la fecha en la cual fue tomada la medida. La cancelación de la matricula se concreta única y exclusivamente luego de cumplir con todas las etapas previamente señaladas.
El alumno que puede iniciar el proceso es aquel que al haber recibido apoyo pedagógico y/o psicosocial y no cumpla con los compromisos en el estado de condicionalidad y/o haya cometido una falta muy grave al reglamento.
PROCESO DE EXPULSION INMEDIATA
El proceso de expulsión es una medida excepcional y constituye el último recurso que se pudiera aplicar luego de agotar todas las instancias de dialogo y formación de los alumnos. Vale decir, este proceso se aplicará si el o los alumnos involucrados han pasado por una intervención (clases de orientación, entrevistas, visitas
domiciliarias, o cualquier intervención de profesionales del área psicosocial) por parte del Departamento de Orientación y/o Departamento de Integración Escolar y/o Departamento de Convivencia Escolar.
El proceso de expulsión se podría aplicar si:
- El o los alumnos que cometan una falta muy grave, estando en estado de Matricula condicional.
- El o los alumnos que falten gravemente al reglamento interno de convivencia escolar y se les compruebe la participación en un delito dentro o fuera del establecimiento:
Tráfico de drogas
Abuso sexual infantil y/o violación
Intento de violación
Acoso sexual a cualquier miembro de la comunidad educativa
Porte y uso de armas (corto punzante, de fuego, explosiva)
Acoso Escolar (Bullying) que provoque daño mayor en la víctima (inasistencia a clases, retiro de alumno víctima de bullying, informe psicológico u otra acción pertinente al caso)
Amenaza de muerte a cualquier miembro de la comunidad educativa y/o que preste servicios al establecimiento.
Agresión con lesiones física y/o psicológicas graves o gravísimas a cualquier miembro de la comunidad educativa y/o que preste servicios al establecimiento.
Este proceso comienza una vez que se le informa al padre, madre, o apoderado del alumno que está involucrado en una situación que afecta gravemente la convivencia escolar del establecimiento.
Procedimiento a seguir:
1. Presentación del caso por parte de Convivencia Escolar a Dirección por escrito. 2. Adopción de la medida por parte del Director del establecimiento por escrito.
3. Notificación de la medida por escrito al estudiante y a su padre, madre o apoderado, quienes tienen derecho a pedir la reconsideración de la medida dentro de los 15 días hábiles siguientes.
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profesores.
5. El director informa a la Superintendencia de Educación sobre la decisión de aplicar la medida dentro de los 5 días hábiles desde que:
- El director rechaza la reconsideración, confirmando la adopción de la medida
- Transcurridos los 15 días para pedir la revisión de la medida, sin que el apoderado o el estudiante la soliciten.
Nota:
- El alumno que se encuentre en proceso de expulsión tendrá derecho a seguir asistiendo a clases. Sin embargo, en situaciones graves, como por ejemplo, que impliquen un delito o atenten contra la integridad física o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa, se pueden adoptar
medidas tales como cambio de jornada, asistencia solo a pruebas, envío de material de estudio, entre otras, resguardando siempre el derecho a la educación y previa autorización por la provincial de educación e informado a la superintendencia de educación.
Todos aquellos alumnos a quienes se les hubiese aplicado el proceso de expulsión, o bien, se retirasen voluntariamente del Establecimiento presentando antecedentes de transgresiones al manual de convivencia y no adhesión al proyecto
educativo institucional y/o al manual de convivencia, se verán imposibilitados de renovar matricula por un periodo de un año.
Dirección Liceo Pablo Neruda