PROMOCIÓN Y TRAMITACIÓN : CONTENIDO : REDACCIÓN : FECHA : FASE :
DOCUMENTO AMBIENTAL
ESTRATÉGICO
DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL
AYUNTAMIENTO DE SOBRESCOBIO
MARZO 2016
LUIS CORTE FERNANDEZ
ARQUITECTO. COLEGIADO Nº 924 C.O.A.A.
PLAN ESPECIAL Y ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN
DE CENTRO DE EMPRESAS
VINCULADAS AL MEDIO RURAL
VILLAMOREY - ( SOBRESCOBIO ).
PLAN ESPECIAL Y ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN DE CENTRO DE EMPRESAS VINCULADAS AL MEDIO RURAL EN VILLAMOREY. ( SOBRESCOBIO)
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTATÉGICO
INDICE :
MEMORIA...1
1. ANTECEDENTES ...1
2. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ...2
1. JUSTIFICACIÓN Y CONTENIDO DEL DOCUMENTO AMBIENTAL...2
2. - MARCO NORMATIVO ...4
2.1. RESPECTO A LAS INFRAESTRUCTURAS, LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y EL URBANISMO ... 4
2.2. - RESPECTO A LA ORDENACION FORESTAL ... 4
2.3. - RESPECTO A LAS AGUAS ... 4
2.4. - RESPECTO A LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA... 5
2.5. - RESPECTO A LAS ESPECIES Y ESPACIOS PROTEGIDOS ... 5
2.6. - RESPECTO AL PATRIMONIO CULTURAL ... 5
3. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA DEL ÁMBITO DE ESTUDIO...5
4. OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN ...7
5. ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN PROPUESTO...8
5.1. ORDENACIÓN PROPUESTA ... 8
- ZONA DE EDIFICACIÓN. ( ZE ) ... 9
RED DE VIARIO ESTRUCTURANTE. ( VP )... 10
ZONA DE SERVICIO. ( ZS ) ... 12
ZONAS VERDES. ( ZV ) ... 14
RESERVA DE INFRAESTRUCTURAS. ( R- INF )... 14
5.2. RESUMEN DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS GENERALES ... 15
5.3. PREVISIÓN DEL FUTURO PROYECTO DE CENTRO DE EMPRESAS... 15
6. DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y DEL MEDIO AMBIENTE ...17
6.1. FIGURAS DE PROTECCIÓN ... 17
6.1.1. Parque Natural de Redes ... 17
6.1.2. ZEC de Redes ... 18
6.1.3. ZEPA de Redes ... 20
6.1.4. Reserva de la Biosfera de Redes ... 21
6.2. HÁBITATS DE INTERÉS COMUNITARIO ... 22
6.3. FLORA Y VEGETACIÓN ... 22
6.4. FAUNA... 24
6.5. PATRIMONIO CULTURAL ... 25
6.6. PAISAJE ... 25
7.1. ALTERNATIVA 0 ... 27
7.2. ALTERNATIVA 1 ... 28
7.3. ALTERNATIVA 2 / DEFINITIVA... 29
7.3.1. Acceso rodado... 29
7.3.2. Red de Abastecimiento de agua... 30
7.3.3. Depósito para Abastecimiento de agua ... 31
7.3.4. Red de Saneamiento ... 31
7.3.5. Red de Energía Eléctrica ... 32
7.3.6. Red de Telecomunicaciones... 33
8. JUSTIFICACIÓN DE LAS PRINCIPALES RAZONES DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA ...33
9. EVALUACIÓN DE LOS EFECTOS PREVISIBLES DEL PROYECTO SOBRE EL MEDIO AMBIENTE ...36
9.1. EFECTO SOBRE EL SUELO ... 37
9.2. EFECTO SOBRE EL AIRE ... 38
9.3. EFECTO SOBRE EL AGUA ... 38
9.4. EFECTO SOBRE LOS FACTORES CLIMÁTICOS Y EL CAMBIO CLIMÁTICO ... 39
9.5. EFECTO SOBRE LA BIODIVERSIDAD (INCLUYE LA FLORA Y LA FAUNA) ... 40
9.6. EFECTO SOBRE EL PAISAJE... 41
9.7. EFECTO SOBRE LOS BIENES MATERIALES, INCLUIDO EL PATRIMONIO CULTURAL ... 43
9.8. EFECTO SOBRE LA POBLACIÓN (INCLUYE LA SALUD HUMANA) ... 44
10. AFECCIONES A RED NATURA 2000 ...45
10.1. IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LOS IMPACTOS ... 45
10.2. ANÁLISIS GLOBAL DE IMPACTOS SOBRE LA RED NATURA 2000... 46
11. EFECTOS SOBRE OTROS PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES CONCURRENTES ...47
12. MEDIDAS PREVISTAS PARA PREVENIR, REDUCIR Y, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, CORREGIR CUALQUIER EFECTO NEGATIVO RELEVANTE EN EL MEDIO AMBIENTE DE LA APLICACIÓN DEL PLAN.48 13. SEGUIMIENTO AMBIENTAL PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS ...53
14. CONCLUSIONES...55
15. AUTORÍA ...55
ANEJOS :
ANEJO 1. REPORTAJE FOTOGRÁFICO
DOCUMENTACIÓN GRÁFICA : PLANOS
01. SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO E 1: 5.000
02. ESTADO ACTUAL. REPORTAJE FOTOGRÁFICO E 1: 2000 03. FIGURAS DE PROTECCIÓN – HABITATS DE INTERES E 1: 2000
04. VEGETACIÓN E 1: 2000
05. PATRIMONIO CULTURAL E 1: 2000
06.1 ALTERNATIVAS – ALTERNATIVA O SITUACION ACTUAL E 1: 400
06.2 ALTERNATIVAS – ALTERNATIVA 1. E 1: 2000
06.3. ALTERNATIVAS – ALTERNATIVA 2. DEFINITIVA E 1: 400
MEMORIA
DOCUMENTO AMBIENTAL
ESTRATÉGICO
PLAN ESPECIAL Y ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN DE
CENTRO DE EMPRESAS
VINCULADAS AL MEDIO RURAL
MEMORIA
1. ANTECEDENTES
El Plan General de Ordenación de Sobrescobio fue aprobado de forma definitiva mediante acuerdo de 10 de julio de 2006, adoptado por la Comisión Ejecutiva de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA), y publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 26 de noviembre de 2006.
El ayuntamiento de Sobrescobio, ha recibido un conjunto de solicitudes de suelo para la instalación y puesta en funcionamiento de pequeñas empresas dedicadas al aprovechamiento y transformación de productos vinculados al medio rural.
Puesto que el único polígono industrial del concejo (Polígono Industrial de Comillera) se encuentra totalmente ocupado con proyectos en desarrollo, resulta necesario ordenar unas parcelas de suelo No Urbanizable, para la implantación de un pequeño Centro de Empresas, que constituya el soporte físico a dichas iniciativas .
Como punto de partida, se redactó un Estudio de Implantación de Centro de Empresas Vinculadas al Medio Rural, a situar en unas parcelas propiedad municipal, ubicadas en el entorno del Núcleo Rural de Villamorey, (Sobrescobio ), con sus correspondiente Documento Ambiental y Estudio Geotécnico, el cual se presento ante el Ayuntamiento de Sobrescobio con fecha 02/10/2015, para su tramitación urbanística.
- La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sobrescobio, en sesión celebrada en fecha 06/11/2015 aprobó inicialmente el Estudio de Implantación y lo sometió a información pública y también inicio su tramitación ambiental remitiendo una copia del mismo al servicio de Evaluación Ambiental de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. (Expte: 1A-IA-0412/15)
- Durante la tramitación ambiental se emitió informe por la CUOTA, en fecha 30 de noviembre de 2015 (Expte 450/2015). En dicho informe se indica que por las características del espacio a ordenar y al encontrarse afectada una parte del ámbito dentro una Zona Torrencial Prioritaria, debería redactarse un nuevo documento a tramitar que sería un texto refundido de un Plan Especial y un Estudio de Implantación con tramitación según el Art. 251 del ROTU.
- Respecto a la propia tramitación ambiental, en informe emitido por la DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN y CONTROL AMBIENTAL, Servicio: Evaluación Ambiental. (Expte. : IA-IA-0412/15). de fecha 10 de diciembre de 2015, se informa que el trámite ambiental a seguir por la figura de índole urbanística establecida por órgano autonómico competente en la materia, sería el referido por el artículo 6.2.b) de la ley 21/2013, de 9 de diciembre, ya que establecería el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a
evaluación de impacto ambiental, toda vez que, una vez se solvente el trámite urbanístico, la nueva ordenación daría pie, al menos, a una de las actuaciones a que se refiere el Anexo 11, Grupo 7, apartado a) de esta Ley. Por tanto siendo de aplicación el citado artículo 6.2.b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, por el que habrá de someterse al trámite de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, les corresponde, como órgano sustantivo, proceder según los artículos 29 y siguientes de la mencionada Ley.
2. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA
El presente documento se realiza en cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en la que se recoge la necesidad de llevar a cabo una tramitación ambiental estratégica para determinado tipo de Planes y programas. El desarrollo de la mencionada tramitación difiere en función del Anexo de la Ley en el que se incluya el Proyecto a evaluar.
Según consta en el informe emitido por la DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN y CONTROL AMBIENTAL, Servicio: Evaluación Ambiental. (Expte. : IA-IA-0412/15). de fecha 10 de diciembre de 2015, el PLAN ESPECIAL Y ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN PARA CENTRO DE EMPRESAS VINCULADAS AL MEDIO RURAL objeto del presente documento, será
objeto de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada según la citada Ley por
encontrarse incluido en el supuesto recogido en el artículo 6.2b: “Los planes y programas mencionados en el apartado anterior que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión”.
Es por ello que se redacta el presente DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
correspondiente al Plan Especial y Estudio de Implantación de centro de empresas vinculadas al medio rural. Villamorey - (Sobrescobio).
1. JUSTIFICACIÓN Y CONTENIDO DEL DOCUMENTO AMBIENTAL
En el Artículo 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de evaluación ambiental, se define el inicio del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada:
1. Dentro del procedimiento sustantivo de adopción o aprobación del plan o programa, el promotor presentará ante el órgano sustantivo, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial, una solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada, acompañada del borrador del plan o programa y de un documento ambiental estratégico que contendrá, al menos, la siguiente información:
a) Los objetivos de la planificación.
ambientalmente viables.
c) El desarrollo previsible del plan o programa.
d) Una caracterización de la situación del medio ambiente antes del desarrollo del plan o programa en el ámbito territorial afectado.
e) Los efectos ambientales previsibles y, si procede, su cuantificación.
f) Los efectos previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.
g) La motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.
h) Un resumen de los motivos de la selección de las alternativas contempladas.
i) Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir cualquier efecto negativo relevante en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa, tomando en consideración el cambio climático.
j) Una descripción de las medidas previstas para el seguimiento ambiental del plan.
El presente Documento Ambiental Estratégico se ha dotado del contenido necesario que permita contestar a todos los puntos que de acuerdo al artículo 29 señalado en el párrafo anterior, debe incorporar este tipo de documentos para llevar a cabo una evaluación ambiental estratégica simplificada.
De acuerdo a lo señalado en la Ley 21/2013, y con el fin de emplear un lenguaje fácilmente comprensible, se incluyen a continuación las definiciones de órgano sustantivo, órgano ambiental y promotor.
El órgano sustantivo es el órgano de la Administración pública que ostenta las competencias de adoptar o aprobar un plan o programa [...].
El órgano ambiental es aquel órgano de la Administración pública que realiza el análisis técnico de los expedientes de evaluación ambiental y formula las declaraciones estratégicas y de impacto ambiental, y los informes ambientales.
El promotor es cualquier persona física o jurídica, pública o privada que pretende elaborar un plan o programa de los contemplados en el ámbito de aplicación de dicha Ley, independientemente considerado de la Administración que en su momento sea la competente para su adopción o aprobación.
2. - MARCO NORMATIVO
A la hora de redactar el Plan Especial objeto del presente Documento Ambiental Estratégico, se ha tenido en cuenta el marco normativo que se incluye a continuación:
2.1. RESPECTO A LAS INFRAESTRUCTURAS, LA ORDENACIÓN DEL
TERRITORIO Y EL URBANISMO
• Ámbito estatal: Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.
• Ámbito estatal: Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.
• Ámbito autonómico: Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo (TROTU).
• Ámbito autonómico: Ley 8/2006, de 13 de noviembre, de Carreteras.
• Ámbito autonómico: Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (ROTU). • Ámbito nacional: Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
2.2. - RESPECTO A LA ORDENACION FORESTAL
• Ámbito autonómico: Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal.
• Ámbito autonómico: Ley 6/2010, de 29 de octubre, de primera modificación de la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de montes y ordenación forestal.
2.3. - RESPECTO A LAS AGUAS
• Ámbito autonómico: Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre abastecimiento de aguas en el Principado de Asturias.
• Ámbito nacional: Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
• Ámbito autonómico: Ley del Principado de Asturias 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.
• Ámbito nacional: Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de calidad del agua de consumo humano.
• Ámbito nacional: Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas
2.4. - RESPECTO A LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA
o • Ámbito nacional: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
2.5. - RESPECTO A LAS ESPECIES Y ESPACIOS PROTEGIDOS
• Ámbito autonómico: Decreto 32/1990, de 8 de marzo, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias y se dictan normas para su protección.
• Ámbito autonómico: Ley 5/1991, de 5 de abril, de protección de los espacios naturales. • Ámbito autonómico: Decreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de
Ordenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias.
• Ámbito autonómico: Decreto 65/1995, de 27 de abril, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora del Principado de Asturias y se dictan normas para su protección.
• Ámbito nacional: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y modificaciones posteriores.
• Ámbito nacional: Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
• Ámbito nacional: Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras.
• Ámbito europeo: Decisión de Ejecución (UE) 2015/2373 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2015, por la que se adopta la novena lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica atlántica [notificada con el número C(2015) 8219].
2.6. - RESPECTO AL PATRIMONIO CULTURAL
1. Ámbito nacional: Lev 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. 2. Ámbito autonómico: Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.
3. Ámbito autonómico: Decreto 63/2006, de 22 de junio, por el que se fija y delimita el Conjunto Histórico del Camino de Santiago en el Principado de Asturias y se determina su entorno de protección provisional (Ruta del Interior y Ruta de la Costa).
4. Ámbito autonómico: Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.
3. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA DEL ÁMBITO DE ESTUDIO
El ámbito del Plan Especial y Estudio de Implantación, en las que se pretende ubicar el Centro de Empresas Vinculadas al Medio Rural, está situado en las inmediaciones del núcleo de Villamorey (Sobrescobio).
Imagen 1.- Localización de los ámbitos del Proyecto (en rojo) y ubicación alternativa (en naranja).
Dicho ámbito queda delimitado hacia el este por el camino público de acceso desde la carretera SC-2 (Rioseco-Agues), al sur por el arroyo de la vaguada “feluga” y al norte y noroeste, con el MUP n.º 229 “Escrita”. Está gráficamente representado en los planos que forman parte del presente Documento Ambiental y en el cuadro siguiente :
Referencia catastral Identificación Superficie
Catastral (m2)
Superficie Medición
Afectada (m2) tipo de afección
33067A012000250000ZU Polígono 12 Parcela 25 7.979 7.856 completa 33067A012000260000ZH Polígono 12 Parcela 26 1.217 1.172 completa 33067A012110780000ZZ Polígono 12 Parcela 11078 1.200 1.125 completa 33067A012090010000ZT . Polígono12 Parcela 9001 4.341 1.039 parcial 33067A012090020000ZF . Polígono 12 Parcela 9002 736 909 completa 33067A012000940000ZW Polígono 12 Parcela 94 1.890.720 2.256 parcial
Total superficie
ámbito ( m2) 14.357
Según datos de la base digital la superficie delimitada es de 14.356,86 m2.
Esta situado en un terreno en ladera orientada al sureste, con una inclinación en torno al 22% de pendiente. Para adaptarse al fuerte desnivel, dentro del ámbito existen tras plataformas que fueron construidas para soportar las naves de una granja avícola, ya demolidas.
un ramal de la carretera Rioseco – Soto de Agues (SC-2, por la que también discurre el
sendero señalizado PR. AS. 121 Ruta de la Sierra del Crespón), y llega a la zona Sureste de la parcela. La comunicación entre las diferentes plataformas y el vial principal se realizaba a través de viales interiores de parcela, con ligera pendiente, que se conservan en perfecto estado.
Cercano al borde al borde sur del ámbito discurre el arroyo de la Vaguada Feluga, discurriendo su eje encauzado de modo natural por una depresión del terreno situada en el borde sur del ámbito. Presenta una sección aproximada de 1 metro de anchura. En época estival puede llegar a secarse por completo. La influencia de este arroyo, es la que provoca que una zona del ámbito se encuentre incluido como zona Torrencial Prioritaria, en la que según el artículo 393 de la normativa se prohíben los nuevos usos edificatorios.
Se ha procedido a situar sobre el ámbito del Plan Especial, la zona torrencial Prioritaria resultando afectada una superficie de 3.202,22 m2. Se ha grafiado dicha zona sobre los planos del Documento Ambiental.
En este documento se incluye información de un área de estudio mayor que el ámbito del Plan Especial, incluyendo las inmediaciones del mismo y el suelo considerado como ubicación alternativa de la actuación en el presente documento, una parcela de 5.922 m2 adyacente a la carretera SC-2 en las cercanías de La Polina, en la que también se desarrolló en el pasado una actividad ganadera.
4. OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN
Según lo señalado en el Plan Especial, el objetivo de la planificación contemplada es el de establecer las condiciones necesarias para para dotar al concejo de Sobrescobio de un Centro de Empresas Vinculadas al Medio Rural, es decir, un espacio que cuente con los servicios necesarios, accesos, redes de suministro eléctrico, abastecimiento y saneamiento, así como infraestructuras de telecomunicaciones, para la actividad de las empresas; y para el desarrollo de actividades dirigidas al fomento, la gestión y la ejecución de programas vinculados a la formación, promoción industrial, comercial y económica.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias – ROTU –, este tipo de Planes especiales deberán:
- Establecer la delimitación del ámbito de actuación. - Procurar la Preservación del carácter rural.
- Asegurar el mantenimiento de la calidad y funcionalidad de las infraestructuras y servicios correspondientes.
- Garantizar la preservación o, en su caso, restauración, de las condiciones ambientales del emplazamiento y de su entorno inmediato.
5. ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN PROPUESTO
5.1. ORDENACIÓN PROPUESTA
A continuación se incluye la descripción que contempla el Plan Especial para la ordenación propuesta:
Imagen 2.- Plano Ordenación Pormenorizada. Plan Especial y Estudio Implantación
La ordenación propuesta afecta a un área muy pequeña del territorio municipal y por ello, repercute de un modo poco significativo sobre el modelo territorial.
La búsqueda de un resultado arquitectónico y urbanístico satisfactorio, integrado en una localización con unos valores paisajísticos y naturales a mantener, implica dotar de suficiente rigor a la par que flexibilidad al instrumento de ordenación, para posibilitar en fase de proyecto otras soluciones y/o alternativas satisfactorias, no contempladas en el momento redacción del mismo.
Particularmente son varios los factores o pre-existencias que condicionan la ordenación de la parcela y que a su vez establecen las premisas para el futuro proyecto arquitectónico de centro de empresas.
1.- La limitación física impuesta por la porción de suelo susceptible de ser ocupado la por edificación, configurado por las 3 plataformas independientes y a distinto nivel.
2.- La necesidad de mantener los viales de acceso actuales para evitar en la mayor medida posible los movimientos de tierra.
3.- La obligación de integrar la edificación en el propio entorno natural en el que su ubica.
La ordenación resultante trata de dar respuesta adecuada a estos condicionantes o premisas. A partir de la valoración de las características topográficas y medioambientales del ámbito, así como del conocimiento de las necesidades espaciales del tipo de actividad prevista, se han establecido los diferentes límites en cuanto a edificabilidades, áreas de movimiento y alturas, programándose una actuación que comprende las siguientes áreas:
- Zona de Edificación. ZE
- Zona de Servicio. ZS
- Zona verde. ZV.
- Red de Viario Estructurante. VP
- Reserva de Infraestructuras. R-INF
- ZONA DE EDIFICACIÓN. ( ZE )
Comprende las zonas susceptibles de ser ocupadas por edificación. Se plantea un área de movimiento evitando el trazado de alineaciones, lo cual permita al proyecto arquitectónico una libre disposición que contribuya a mejorar la integración visual y paisajística de las edificaciones.
Esta área de movimiento se ha determinado en función del espacio resultante una vez delimitado el área de afección por la zona torrencial prioritaria y las zonas de servicio para circulaciones interiores y aparcamientos.
De modo pormenorizado, la ordenación de las zonas edificables, se ha establecido en base a los siguientes parámetros urbanísticos:
Zonas Edificables, ZE -P1 y ZE -P2, ZE- P3 : Se definen tres parcelas netas edificables ubicadas en las zonas llanas de bancales y fuera de la zona Torrencial Prioritaria. Tienen forma alargada y dimensiones relativamente pequeñas, lo cual predispone a una ordenación predominantemente lineal, con un vial de servicio que lo recorra por su frente y permita el acceso a las naves.
Edificabilidad: Se propone una edificabilidad bruta de 0,14 m2/m2, sobre la totalidad de superficie del
ámbito.
La edificabilidad resultante, (2.000m2 construidos), se ha repartido entre las tres Zonas de Edificación:
- Parcela P1 = 500 m2 edificables - Parcela P2 = 800 m2 edificables - Parcela P3 = 700 m2 edificables.
El reparto de edificabilidades no es vinculante. Podrá repartirse dentro del área de movimiento establecida de modo diferente si así lo requieren las necesidades del proyecto, sin superar en ningún caso la edificabilidad de 2.000 m2.
Ocupación : La superficie máxima de ocupación para el desarrollo de la actividad de Centro de Empresas ascenderá a 1.500 m² construidos, por lo que considerando que el ámbito tiene una superficie de 14.356,86 m², la ocupación máxima de la misma supone el 10,45%, lo cual es inferior al 20% de ocupación de parcela, ajustándose a lo establecido en el Art.313 del PGO de Sobrescobio. La ocupación máxima, (1.500 m2 construidos), se ha repartido entre las tres Zonas de Edificación :
- Parcela P1 = 340 m2 ocupables - Parcela P2 = 640 m2 ocupables - Parcela P3 = 500 m2 ocupables
El reparto de ocupación no es vinculante. Podrá repartirse dentro del área de movimiento establecida de modo diferente si así lo requieren las necesidades del proyecto, sin superar la ocupación máxima de 1.500 m2.
Área de movimiento: Corresponde a las zonas susceptibles de ser ocupadas para la implantación de las edificaciones. Será el proyecto de edificación el que defina el emplazamiento exacto de dichas Edificaciones dentro del Área de Movimiento, siendo el espacio restante considerado como Zona de Servicio.
Alineaciones: No se establecen alineaciones de la edificación, siendo libres dentro del área de movimiento.
Espacios libres de ocupación: Se definen como los espacios libres de edificación resultado de detraer de las parcelas netas edificables, la zona ocupada por edificación. Se destinará a zonas de servicio.
RED DE VIARIO ESTRUCTURANTE. ( VP )
Esta configurada por la red de viario rodado y peatonal de carácter público existente en la actualidad ( caminos ), que parten desde el enlace con la conexión con la carretera SC-2 y atraviesan el ámbito y desde los que arrancan los viales de servicio a las diferentes plataformas.
Viario Rodado Principal: Como ya se ha comentado, en la búsqueda de minimizar el impacto visual y ambiental de la actuación, se ha intentado mantener en lo posible la ordenación actual de la parcela, aún en perjuicio del óptimo funcionamiento del centro de empresas.
Teniendo en cuenta el tipo de actividad a realizar, (vivero empresas vinculadas al medio rural), cuya producción se enfoca prioritariamente hacia la calidad del producto y no hacia la cantidad, el transporte, recepción de materias primas y distribución de los productos elaborados, en su mayor parte ha de realizarse en furgonetas y camiones de pequeño tamaño.
No obstante, pensando en la necesidad de una distribución ó recepción de materias primas ó envases de mayor escala es imprescindible permitir el acceso de vehículos pesados a la parcela del centro de Empresas. Por otro lado, dotar de acceso para tráficos pesados a todas las naves, obligaría a la realización de movimientos de tierras muy importantes en la parcela.
Para compatibilizar estas necesidades, se opta por descartar el acceso directo de vehículos pesados a la puerta de las naves nido, sirviéndose para ello de la creación de un intercambiador ó zona de carga y descarga que se situaría en la explanada situada en la cota mas baja de la parcela.
Por tanto, la red de viario rodado, se organiza por un viario principal que llega hasta la explanada de maniobra y continúa hasta la conexión con unos viales secundarios, que partiendo del primero, da servicio lateralmente a las explanadas donde se situarían las naves nido, minimizando de esta manera en lo posible los trabajos de urbanización necesarios para buscar el acuerdo con los caminos existentes.
La ordenación del tráfico, queda discretizada del modo siguiente:
- Se proyectará un acceso para los vehículos pesados, camiones de hasta 12 m de longitud, que pueden acceder hasta la plataforma nº 1.- cota + 116,30. En este punto, se aprovecha la explanada existente para realizar las maniobras de giro de vehículos y descarga de productos. El transporte de productos desde esta cota hasta cotas superiores debe realizarse con vehículos de menor porte ó maquinas porta-palets.
- La zona de maniobra, admite el giro directo para vehículos con diámetro de giro exterior hasta de 20,00 metros (permite el giro a todo tipo de camiones de reparto con distancia entre ejes hasta de 5,4 m - hasta 9,00 m de longitud total )
- Los vehículos ligeros, furgonetas y camiones hasta 7 m de largo, pueden acceder hasta las siguientes plataformas nº2 cota + 123,10 y nº3 cota+126,95, ya que se dispondrá de una pequeña plaza de maniobra en rematando los viales secundarios para evitar el fondo de saco.
Viario Peatonal: Las necesidades de acceso peatonal al Centro de Empresas se consideran muy puntuales y limitadas. Se estima que el sistema más habitual para el acceso de los usuarios bien sea trabajadores, comerciales externos ó potenciales clientes directos, se realice principalmente en vehículos.
No obstante, la parcela dispone de acceso peatonal desde el núcleo rural de Villamorey por un camino que arranca en la parte superior del pueblo. Por otro lado, el acceso desde la SC-2, se realiza por el mismo vial de acceso de vehículos. La mejora que se propone del vial principal de acceso a la parcela, con su ampliación hasta los 4 metros de anchura, permite compatibilizar los dos tipos de tráfico peatonal y rodado.
Para favorecer los recorridos peatonales ( no accesibles ) por el interior de la parcela se realizarán una serie de rampas, escaleras ó aceras escalonadas que unirán los diferentes bancales, adaptándose de forma escalonada a la pendiente del terreno.
El acceso al Centro de Empresas para personas con movilidad reducida se debe realizar obligatoriamente en vehículo rodado ya que las pendientes del vial de acceso desde la carretera SC-2 ó desde el núcleo de Villamorey no permiten otro tipo de solución viable. Para facilitar la movilidad, se reservará una plaza de aparcamiento en cada nivel de explanada, que permita el fácil acceso a cada nivel de los edificios y un recorrido accesible desde las mismas dichas plazas hasta las naves.
Intersección de acceso con la SC-2: La conexión del vial principal antes descrito con las redes generales de comunicación se hace de forma directa a la carretera autonómica SC-2. Rioseco - Soto de Agues, en el punto kilométrico 1,4 por una desviación en la margen derecha. El vial de conexión es un camino rural compuesto por un firme tipo todo-uno, de gravas y zahorras calizas. Dimensionalmente, presenta una calzada de sección variable, entre 3 y 4 metros de anchura, según zonas, correspondiendo la mayor amplitud a las zonas de curva. En su tramo inicial, presenta una pendiente variable en torno al 18%, suavizándose progresivamente hasta el 5% en la zona a que bordea paralelamente a la primera plataforma. Accedemos así a una explanada que se utilizaba como zona de maniobras para vehículos.
La conexión existente es deficitaria. Circulando en sentido Soto de Agues, dispone de un radio de giro muy reducido, permitiendo solo el giro de automóviles y furgonetas, pero no así de vehículos pesados, que están obligados a buscar un punto que permita el giro del vehículo para posteriormente acceder en sentido opuesto.
Desde el punto de vista del proyecto de centro de empresas, y dado el escaso volumen de circulación previsto, 30 vehículos / día en la fase 1 (4 primeras naves) - y que se incrementaría a 59 vehículos/día una vez finalizadas las dos fases, se pretende aprovechar el trazado existente en su totalidad, manteniendo en el vial de acceso con una calzada de un único sentido de circulación. El objetivo es realizar el menor movimiento de tierras posibles y minimizar el impacto ambiental de la actuación.
Por ello se mantiene el diseño de la intersección en “T”, no canalizada.
No obstante, requiere una serie de mejoras que afectan al enlace, que habrán de ser tenidas en cuenta al momento del desarrollo del proyecto de urbanización:
- Mejora del radio de giro en el enlace, mediante un desmonte .
- Mejora de las rasantes y pendientes en la zona de giro.
- Mejora de firme y pavimento.
La documentación gráfica insinúa una posible solución tanto del enlace, mediante el diseño de la intersección en “T”, no canalizada. El proyecto de urbanización debe resolver el cruce de acceso de forma que garantice la seguridad vial.
ZONA DE SERVICIO. ( ZS )
Comprende el viario tanto rodado como peatonal situado en el interior de las parcelas edificables, que incluye el espacio de maniobra y las zonas de aparcamiento de vehículos.
Viario Rodado Secundario: ( ZS-INF)
Se ha previsto un esquema similar para el servicio de las tres parcelas edificables. Se compone de un vial lineal que partiendo desde el vial principal estructurante (vial público) da acceso a las plataformas y discurre por el frente de las zonas edificables y que permite el acceso directo a las naves del centro de empresas. Dicho vial finaliza en un espacio de maniobra, que permite el giro, espera ó retorno de los vehículos.
Las zonas de estacionamiento se han dispuesto en contacto con el vial de servicio.
Este vial de servicio, se compone de un único carril para uso en ambos sentidos, con una sección de 4,50 metros, compuesto por arcén de 1,00 m y calzada de 3,5 m.
La zona de maniobra, admite el giro directo para vehículos con diámetro de giro exterior hasta de 14,30 metros (permite el giro a todo tipo de furgones y pequeños camiones de reparto con distancia entre ejes de 3,6-3,8- 4,2 m - hasta 7,00 m de longitud total )
Viario peatonal: ( ZS-EL-P )
Se ha reservado una franja perimetral a la zona de edificación de 1 m de anchura, que permita la circulación peatonal sin interferencia en la calzada. Esta franja peatonal se incrementará con el espacio que resulte libre de ocupación una vez edificadas las naves.
Para favorecer los recorridos peatonales ( no adaptados ) por el interior de la parcela se realizarán una serie de rampas, escaleras ó aceras escalonadas que unirán los diferentes bancales, adaptándose de forma escalonada a la pendiente del terreno.
El acceso al Centro de Empresas para personas con movilidad reducida se debe realizar obligatoriamente en vehículo adaptado ya que las pendientes del vial de acceso desde la carretera SC-2 ó desde el núcleo de Villamorey no permiten otro tipo de solución viable. Para facilitar la movilidad, se reservará una plaza de aparcamiento en cada nivel de explanada, que permita el fácil acceso a cada nivel del edificio.
Aparcamientos: (ZS – AP )
El número total de plazas de aparcamiento exigidas en cumplimiento del PGO, condiciones de los edificios y locales de uso industrial corresponden a una plaza de aparcamiento de turismo por cada 100,00 m2 de nave, así como una plaza de vehículo industrial por cada 2.000,00m2 de nave o
fracción.
Por ello, el proyecto de urbanización de la parcela, contemplará disponer de zonas de aparcamiento con una capacidad mínima de 20 vehículos tipo turismo y al menos una plaza de vehículo industrial por cada nave prevista. ( 8 plazas ).
Dichas plazas se han habilitado en pequeños grupos situados en cada nivel de edificación, en una posición colindante a las naves. Dispondrán tres de ellas adaptadas para personas con movilidad reducida, una por cada nivel donde se ubiquen las naves.
Área de Espacio libre compatible con acceso peatonal: (ZS – ELP )
Esta constituida por las franjas lineales entre plataformas, las cuales configuran la barrera visual de ocultación de la edificación y colaboran a la integración paisajística. Es una zona de transición a la cual se dará un tratamiento ajardinado y en la que se pueden ubicar los accesos peatonales entre las diferentes plataformas así como espacios de descanso y esparcimiento de los trabajadores del centro de empresas. Esta zona es adecuada para la instalación de mobiliario urbano, (bancos, papeleras, señalética, etc..)
ZONAS VERDES. ( ZV )
Zonas Verdes: Comprende las zonas de bosque tradicional colindante a las zonas edificables del ámbito. Se propone el mantenimiento del área de arboleda “castañeu”, a modo de zonas verdes bordeando el centro de empresas en las que existe arbolado de gran porte, de tal modo que se redujese el impacto visual de la ordenación, potenciando el carácter específico del ámbito.
No precisa tratamiento alguno, salvo la preservación en su estado actual y totalmente exenta de edificación. Se podrán realizar las labores tradicionales de mantenimiento, limpieza del sotobosque y explotación de los frutos.
RESERVA DE INFRAESTRUCTURAS. ( R- INF )
Comprende Las zonas de parcela que se reservan en función de las necesidades previstas para la ampliación y mejora de los caminos públicos existentes, así como para la instalación de un sistema de decantación previo al vertido de las aguas pluviales al arroyo.
5.2. RESUMEN DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS GENERALES
PARÁMETROS URBANÍSTICOS DEL ÁMBITO :
SUPERFICIE BRUTA DE ÁMBITO PLAN ESPECIAL 14.356,86 m2
SUPERFICIE MÁXIMA EDIFICABLE 2.000 m2
EDIFICABILIDAD BRUTA 0,14 m2/m2
OCUPACIÓN MÁXIMA 10,45 %
SUPERFICIE MÁXIMA OCUPABLE 1.500 m2
ORDENACIÓN IDENTIF. Superficie ( m2) Edificabilidad máxima (m2) Ocupación máxima (m2)
ZONA EDIFICACIÓN ZE-P1 348,76 500,00 340,00
ZE-P2 677,45 800,00 640,00
ZE-P3 541,81 700,00 520,00
ZE total 1.568,02 2.000,00 1.500,00
ZONA DE SERVICIO ZS 4.129,98 - -
ZONA VERDE ZV 6.673,57 - -
RESERVA DE INFRAESTR. R-INF 169,77 - -
VIAL ESTRUCTURANTE VP 1.777,65 - -
CAUCE REGUERO CR 37,87 - -
Total ámbito 14.356,86
5.3. PREVISIÓN DEL FUTURO PROYECTO DE CENTRO DE EMPRESAS
Se pretende realizar un CENTRO DE EMPRESAS VINCULADAS AL MEDIO RURAL y por ello dedicadas a la transformación y almacenaje de productos agrarios o al servicio directo de la población rural.
A la vista de las solicitudes presentadas, se estima una necesidad inicial de espacio de 4 naves nido, así como una reserva de espacio a futuro para otras 4 naves nido, las cuales se abordarán en dos fases constructivas:
FASE 1. 4 naves nido independientes, diseñadas con la mayor polivalencia posible, que admita la agregación de módulos en función de las necesidades de la empresa. Se situarán ocupando la totalidad de la Parcela neta Edificable P2, y el resto en la de Parcela Neta P3,
Nave Sup. Construida (m2) Uso previsto.
Nave 1. 400 m2 Nave para elaboración de cerveza artesanal
Nave 3. 200 m2 Nave para elaboración de embutidos artesanales.
Nave 4. 200 m2 Nave de Reserva.
Total Edificación Fase 1. Sc = 1000 m2
FASE 2 - 4 naves nido independientes, con superficies que se distribuirán en función de las necesidades futuras de las empresas. Se situarán ocupando la totalidad de la Parcela neta Edificable P1, y completando los espacios sin edificar de Parcela Neta P3,
Total Edificación Fase 2. Sc = 1000 m2
A la vista de los condicionantes del emplazamiento y de las necesidades del promotor, el proyecto deberá contar al menos con el siguiente programa funcional:
- Espacio en planta baja, diáfano dotado de portón de acceso y puerta peatonal, destinado a zona de producción – almacenaje, susceptible de ser adecuado al uso concreto que se destine.
- Todas las naves dispondrán de un pequeño altillo destinado a almacén – oficinas - Todas las naves, contarán con vestuarios separados por sexo, para los trabajadores con aseo accesible a personal con movilidad reducida y pequeña oficina de administración.
La definición arquitectónica del proyecto, longitud o fondo de las edificaciones, accesos, debe proponer una solución de naves, las cuales posteriormente se puedan modular según las necesidades de espacio demandadas, sin aumentar la volumetría, ocupación ni la edificabilidad propuesta. La división deberá contemplar las medidas de sectorización que el reglamento de protección contra incendios en industria establezca.
Instalaciones previstas
Para la ejecución del equipamiento que motiva la redacción del presente Estudio de Implantación, se prevén las siguientes instalaciones:
- Instalación eléctrica y de iluminación, conforme a lo establecido en el Real Decreto
842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
- Instalación de Telecomunicaciones
- Instalación de abastecimiento de agua potable, conectada a su vez a la red de suministro de Sobrescobio.
- Instalación de saneamiento, con red separativa para las aguas pluviales y aguas residuales.
6. DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y DEL MEDIO AMBIENTE
6.1. FIGURAS DE PROTECCIÓN
El ámbito de actuación, en cualquiera de las alternativas estudiadas, se ubica dentro de los límites de cuatro espacios protegidos:
• Parque Natural de Redes (Red Regional de Espacios Naturales Protegidos) • Zona de Especial Conservación de Redes (Red Natura 2000)
• Zona de Especial Protección para las Aves de Redes (Red Natura 2000) • Reserva de la Biosfera de Redes (Red de Reservas de la Biosfera)
6.1.1. Parque Natural de Redes
Se trata de un área de montaña, con una superficie de unas 37.803 ha, cuya declaración fue efectiva a través de la Ley 8/96. Mediante del Decreto 162/2014, de 29 de diciembre, se aprueba el I Instrumento de Gestión Integrado de los diversos espacios protegidos que coinciden en los concejos de Caso y Sobrescobio.
La vegetación más representativa del Parque se corresponde con hayedos (Fagus sylvatica), bosques de laderas, canchales y desfiladeros, robledales con Quercus robur y Quercus pyrenaica y bosques de acebo (Ilex aquifolium). Entre la fauna destaca el oso (Ursus arctos) y varias especies de murciélagos, diversas aves rapaces y el urogallo cantábrico (Tetrao urogallus).
Teniendo en cuenta las características del Parque Natural de Redes, tanto en lo que se refiere a sus aspectos ambientales, como a las actividades que se desarrollan en el mismo, a los efectos del citado Instrumento de Gestión Integrado, para este territorio se establecen las siguientes Zonas de Uso:
• Zona de Uso General. • Zona de Uso Agropecuario. • Zona de Alta Montaña.
• Zona de Uso Restringido Especial. • Zona de Reserva Ecológica.
El ámbito del estudio se incluye en la primera de ellas, la Zona de Uso General, que incluye “aquellas áreas del territorio del Parque Natural que presentan una importante alteración de sus características naturales, por soportar la mayor parte de las actividades económicas que se desarrollan en ese ámbito y acoger los asentamientos humanos con población permanente”.
Imagen 3.- Zonificación del Parque Natural. En rojo, ámbito del estudio (Fuente: Red Ambiental del Principado de Asturias).
6.1.2. ZEC de Redes
La ZEC de Redes (ES1200008) se caracteriza por ser una zona de montaña de alta naturalidad que cuenta con una gran diversidad de Hábitats y Taxones de Interés Comunitario. Su vulnerabilidad está condicionada por la proliferación de pistas forestales e incendios.
A continuación se incluye una tabla en la que se recogen los Hábitats de Interés Comunitario que se desarrollan en la ZEC, según los datos del Decreto 162/2014, de 29 de diciembre, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Redes (ES 1200008) y se aprueba el I Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en los concejos de Caso y Sobrescobio (el asterisco (*) indica que se trata de un Hábitat prioritario):
Tabla 1.- Hábitats de Interés Comunitario en la ZEC de Redes
Código
UE Denominación
3150 Vegetación hidrofítica de lagos eutróficos naturales (Magnopotamion o Hydrocharition) 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix 4030 Brezales secos europeos
4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga 6160 Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta 6170 Prados alpinos y subalpinos calcáreos 6210
Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco- Brometalia) (*parajes con importantes orquídeas)
6220* Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces (Thero-Brachypodietae) 6510 Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis) 7130* Turberas de cobertura (*Turberas activas solamente)
7220* Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion) 8130 Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos 8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica 8220 Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica 8230
Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo- Scleranthion o del Sedo albi- Veronicion dillenii
91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior 9120
Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori- petranae o Ilici-Fagion)
9180* Bosques de laderas, canchales y desfiladeros, de la Tilio-Acerion 9230 Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica 9380 Bosques de Ilex aquifolium
Asimismo, la tabla que sigue recoge los Taxones de Interés Comunitario incluidos en la ZEC de Redes, según el citado Decreto:
Tabla 2.- Taxones de Interés Comunitario citados en la ZEC de Redes
Código UE Nombre científico Nombre común
INVERTEBRADOS
1007 Elona quimperiana Caracol de Quimper
1024 Gomalacas maculosus Babosa moteada
1044 Coenagrion mercuriale Caballito del diablo
1061 Maculinea nausithous Hormiguera oscura
1065 Euphydryas aurinia Doncella de ondas rojas
1083 Lucanus cervus Ciervo volante
1087 Rosalia alpina (*) Rosalía
ANFIBIOS Y REPTILES
1172 Chioglossa lusitanica Salamandra rabilarga
1194 Discoglossus galganoi
1249 Lacerta monticola Lagartija roquera
1259 Lacerta schreiberi Lagarto verdinegro
MAMÍFEROS
1301 Galemys pyrenaicus Desmán ibérico
1304 Rhinolophus ferrumequinum Murciélago grande de herradura
1305 Rhinolophus euryale Murciélago mediterráneo de
herradura
1308 Barbastella barbastellus Murciélago de bosque
1310 Miniopterus schreibersi Murciélago de cueva
1321 Myotis emarginatus Murciélago de Geoffroy
1354 Ursus arctos (* ) Oso pardo
1355 Lutra lutra Nutria
FLORA
1416 Isoetes velatum ssp. asturicense
1857 Narcissus pseudonarcissus ssp. leonensis Narciso de trompeta
1865 Narcissus asturiensis Narciso de Asturias
6.1.3. ZEPA de Redes
La ZEPA de Redes (ES1200008, AS-7), declarada en 2003 y coincidente con la ZEC, supone una zona de gran naturalidad que alberga diversas especies de aves de interés, según el Decreto 162/2014, de 29 de diciembre, recogidas en la tabla que sigue:
Tabla 3.- Especies de aves del Artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE presentes en la ZEPA
Código UE Nombre científico Nombre común
A072 Pernis apivorus Halcón abejero
A073 Milvus migrans Milano negro
A074 Milvus milvus Milano real
A077 Neophron percnopterus Alimoche común
A078 Gyps fulvus Buitre leonado
A080 Circaetus gallicus Águila culebrera
A091 Aquila chrysaetos Águila real
A092 Hieraetus pennatus Águila calzada
A103 Falco peregrinus Halcón peregrino
A108 Tetrao urogallus Urogallo común
A224 Caprimulgus europaeus Chotacabras gris
A229 Alcedo atthis Martín pescador
A236 Dryocopus martius Pito negro
A238 Dendrocopos medius Pito mediano
A246 Lullula arborea Totovía
A255 Anthus campestris Bisbita campestre
A302 Sylvia undata Curruca rabilarga
A338 Lanius collurio Alcaudón dorsirrojo
A346 Pyrrhocorax pyrrhocorax Chova piquirroja
6.1.4. Reserva de la Biosfera de Redes
Considerando que el territorio enmarcado en el Parque Natural de Redes, incluyendo a los concejos de Caso y Sobrescobio (37.736 ha), reunía plenamente las condiciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos básicos de las Reservas de la Biosfera, en el año 2001 la Administración del Principado de Asturias promovió la declaración de Redes como Reserva de la Biosfera. Dicha declaración fue aprobada con fecha 20 de septiembre de 2001 por el Consejo Internacional de Coordinación del Programa MaB de la UNESCO.
Según la documentación de la propuesta de Redes como Reserva de la Biosfera, en esta zona confluyen una orografía extremadamente abrupta y bella con amplios bosques naturales bien conservados, que convierten este territorio en el más arbolado de toda Asturias, contando además con una elevada riqueza faunística, tanto de especies protegidas como cinegéticas, y una cuenca fluvial completa que abastece de agua a toda la región. La conservación en este enclave del territorio asturiano de algunos de los más valiosos paisajes y ecosistemas de la Cordillera Cantábrica se debe, en gran medida, a
que la actividad humana ha tenido lugar mediante aprovechamientos tradicionales respetuosos con el medio. La población de Redes ha legado además un rico patrimonio etnográfico y cultural, con la preservación de su arquitectura y tradiciones populares.
Redes reúne los requisitos para el cumplimiento de las tres funciones de las Reservas de la Biosfera, esto es:
• Conservación de los paisajes, ecosistemas, especies y diversidad genética.
• Desarrollo económico y humano sostenible desde los puntos de vista sociocultural y económico.
• Apoyo logístico. Prestación de apoyo a proyectos de demostración, de educación y capacitación sobre el medio ambiente y de investigación y observación permanente en relación con cuestiones locales, regionales, nacionales y mundiales de conservación y desarrollo sostenible.
Las Reservas de la Biosfera se zonifican en zona núcleo, zona tampón y zona de transición. En el caso de Redes, la zonificación equivale a la del Parque Natural. Por tanto, la zona núcleo será la de uso restringido, la zona tampón la de uso moderado y la zona de transición será la equivalente a la de uso general.
6.2. HÁBITATS DE INTERÉS COMUNITARIO
En el ámbito del Proyecto no existen Hábitats de Interés Comunitario recogidos en la cartografía oficial, recogida en el Decreto 162/2014, de 29 de diciembre, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Redes (ES 1200008) y se aprueba el I Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en los concejos de Caso y Sobrescobio. Tampoco se ha detectado su presencia durante el trabajo de campo realizado.
En las inmediaciones del ámbito se han sido cartografiados tres tipos de HIC: 4030: Brezales secos europeos
91E0: Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior
9230: Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica.
La tesela correspondiente al hábitat 91E0 recogida en el documento planos del presente documento aparece en un aposición alejada de las riberas del río Alba, donde se encuentra realmente dicho hábitat, posiblemente debido a la diferencia de escala entre la cartografía oficial original y la utilizada en este estudio.
6.3. FLORA Y VEGETACIÓN
Durante las labores de campo realizadas se han detectado en el ámbito del estudio varios ejemplares de acebo (Ilex aquifolium), especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora del Principado de Asturias (Decreto 65/1995, de 27 de abril), con la categoría “de interés especial”.
No se ha detectado, ni se tiene constancia de la presencia de flora incluida en el Real Decreto 139/2011 de 4 de febrero para el desarrollo del listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
El ámbito correspondiente del estudio de implantación se caracteriza por albergar, fundamentalmente, vegetación pionera y ruderal y rodales de bosque de castaño (Castanea sativa), que se pueden diferenciar según las condiciones microclimáticas y el diferente manejo que se hace de ellos.
Inmediatamente al Oeste del ámbito de la actuación aparece un cultivo de castaños (Castanea sativa), algunos de cierto porte y antigüedad. El sotobosque de este castañéu de Villamorey aparece muy aclarado como consecuencia de la labores forestales realizadas en el mismo, dominando los helechos (Polystichum setiferum y otros) y zarzas (Rubus sp.), y con presencia de arándanos (Vaccinium myrtillus) y lastón (Brachypodium pinnatum), con presencia de ejemplares de otras especies arbóreas y arbustivas propias de los bosques de la zona, como carbayos (Quercus robur), abedules (Betula celtiberica), y acebo
(Ilex aquifolium).
En el borde Este del área de actuación los castaños están acompañados por fresnos (Fraxinus excelsior), saúcos (Sambucus nigra) y en menor medida acebos, pláganos (Acer pseudoplatanus) y carbayos, entre otros. Aquí el manejo menos intenso hace que el sotobosque sea mucho más denso, con abundantes zarzas y helechos, y presencia de varios acebos. En los espacios entre las plataformas de hormigón que conforman el ámbito se plantaron en su día ejemplares de arbolado de sombra, concretamente fresnos, que actualmente forman un todo con el rodal de bosque citado, y con los setos o sebes que cierran las parcelas vecinas.
Inmediatamente al Sur del ámbito considerado discurre un arroyo, en cuyas márgenes el bosque cambia su composición, predominando, además de los castaños, los avellanos (Corylus avellana), acompañados de sauces cabrunos (Salix caprea), saúcos (Sambucus nigra) y otros. En esta zona del arroyo aparecen algunas hayas (Fagus sylvatica).
Se localizan bordeando la carretera SC-2 prados de siega y diente donde crecen especies tales como espiguilla (Poa pratensis), caracolillos (Dactylis glomerata), festuca de los prados (Festuca pratensis), raygrass perenne (Lolium perenne), llantén (Plantago lanceolata), tréboles (Trifolium pratense y Trifolium repens), margarita (Bellis perennis), diente de león (Taraxacum officinale), etc. Estas formaciones también el borde Norte del área alternativa estudiada en La Polina.
imagen 4.- Herbazal creciendo en una de las explanadas, arbolado de sombra (a la derecha) y castañéu (a la izquierda).
Asimismo, en los límites parcelarios y junto a los caminos, crecen zarzas (Rubus ulmifolius), ortigas (Urtica dioica) y falsas ortigas (Lamium maculatum). Estas especies aparecen también entre las que han ido colonizando las explanadas de la parcela estudiada, en las que se puede observar desde la superficie desnuda, en aquellos puntos donde no existe sustrato alguno, hasta formaciones de herbáceas similares a los prados antes descritos, pasando por musgos y líquenes y vegetación pionera y ruderal con espiguillas (Bromus sp.), cardos (Cirsium sp.), grama (Cynodon dactylon) o lengua de vaca (Rumex spp.). Algunas de las paredes de las plataformas empiezan a cubrirse de hiedra (Hedera helix). En las parcelas de la alternativa de la ubicación en La Polina, estas formaciones tienen un mayor aspecto de prado, y aparecen también numerosos frutales, principalmente manzanos (Malus domestica), junto con sauces (Salix spp.) y fresnos.
6.4. FAUNA
No se han hallado evidencias de la presencia en el ámbito del Proyecto de ninguna especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias (Decreto 32/1990, de 8 de marzo).
La variedad de hábitats del concejo de Sobrescobio y su buen estado de conservación general favorecen la presencia de una variada fauna, representativa de formaciones forestales, de vega, acuáticas o bien ligadas a los ríos Alba y Nalón, así como al embalse de Rioseco, etc.
Además de las especies mencionadas en los Espacios Protegidos, a continuación se citan las especies observadas durante los trabajos de campo y aquellas susceptibles de habitar, o bien alimentarse en la zona.
En el trabajo de campo se observó la presencia de numerosos invertebrados, como dípteros (moscas y mosquitos), himenópteros (abejas y avispas), lepidópteros (mariposas), arácnidos (arañas) y odonatos (libélulas y caballitos del diablo), entre otros. Cabe destacar la presencia de numerosas libélulas del género Calopteryx.
Durante el trabajo de campo no se han detectado peces en las zonas más próximas al área estudiada.
No se han detectado anfibios, si bien es posible su presencia, pues se localizaron hábitats apropiados para los mismos en áreas inmediatas a la zona de estudio, tales como el arroyo antes citado y un abrevadero junto a la carretera. Entre otros, se asume la presencia de sapo común (Bufo bufo), rana bermeja (Rana temporaria), salamandra común (Salamandra salamandra) y tritón palmeado (Lissotriton helveticus)
Respecto a los reptiles, dadas las características de la zona, se asume la presencia de lagartija serrana (Lacerta monticola). Asimismo, en campo se detectaron varios individuos de lagartija roquera (Podarcis muralis).
Las aves citadas en la ZEPA se localizan en zonas menos antropizadas del Espacio Protegido, mientras que en el ámbito y sus alrededores sólo se observó la presencia de avifauna ligada a bosques y zonas de campiña, como el arrendajo (Garrulus glandarius), la golondrina común (Hirundo rustica), urraca (Pica pica), jilguero (Carduelis carduelis) y mirlo (Turdus merula). No obstante, destaca la presencia en el río Alba del avión zapador (Riparia riparia)
Por último, de los mamíferos citados en los Espacios Protegidos, es posible la presencia ocasional de nutria (Lutra lutra) en el río Alba, si bien los datos la sitúan aguas arriba de la zona de estudio. En dicho río también se ha citado la presencia de desmán (Galemys pyrenaicus). Respecto al oso pardo (Ursus arctos), el ámbito no presenta hábitats apropiados para el mismo y está fuera del área de distribución potencial de la especie. No se detectaron en el ámbito refugios ni zonas de especial de interés para las numerosas especies de murciélagos presentes en esta zona, salvo los ejemplares viejos del vecino castañéu. Sí es probable la presencia de erizo (Erinaceus europaeus), garduña (Martes foina), tejón (Meles meles), zorro (Vulpes vulpes) y corzo (Capreolus capreolus), y de manera esporádica, lobo (Canis lupus).
6.5. PATRIMONIO CULTURAL
En el concejo de Sobrescobio no existe ningún elemento con la categoría de Bien de Interés Cultural.
Tras la consulta de la Carta Arqueológica, dependiente de la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno del Principado de Asturias, no se encuentra catalogado ningún yacimiento en el ámbito de la actuación en Villamorey ni en sus inmediaciones.
Frente a la ubicación alternativa de la actuación en La Polina, sobre un promontorio al otro lado de la carretera SC-2, se encuentran los restos de la Iglesia de Santa María de Oviñana, que figuran en la Carta Arqueológica de Sobrescobio con el nº 3.
Respecto al Patrimonio Etnográfico, no se verá afectado por la actuación ningún elemento del mismo, puesto que los más próximos se encuentran en Villamorey. En la zona de castaños adyacente al área de actuación no se ha localizado ninguna cuérria (construcción circular para almacenar las castañas).
6.6. PAISAJE
En el Atlas de los Paisajes de España la zona de estudio se localiza en la unidad
67.07 “Valle del Alto Nalón”, que se corresponde con el tipo de los valles intramontañosos asturianos.
El río Nalón recorre el eje principal de la unidad, y es, debido a su caudal y desnivel, el principal agente que ha construido las formas del valle. El alto Nalón, incluido en plena unidad
plegada del Ponga, es un valle intrincado que, con la salvedad de su inclusión en la Región de Pliegues y Mantos, típicamente caliza, comparte muchas características con los valles más occidentales de Asturias. Tiene un relieve accidentado y perpendicular a las estructuras, alternando estrechos valles con escarpados desfiladeros.
En la zona de estudio, el valle lateral del río del Alba, aún se mantienen patrones de vida basados en la ganadería tradicional en convivencia con un progresivo avance del turismo rural. En esta zona no existe huella de la minería e industria asociada.
Por todo lo mencionado, el paisaje presenta una calidad visual alta y, si bien algunas infraestructuras y edificaciones producen cierta intrusión en el paisaje, ésta se considera mínima, pues en la mayoría de los casos la estética es acorde al entorno circundante.
El ámbito del estudio presenta una escasa visibilidad debido principalmente al efecto de pantalla de la vegetación que lo rodea.
ámbito
7. ALTERNATIVAS ESTUDIADAS Y MOTIVOS PARA SU SELECCIÓN
Se exponen a continuación 3 posibles alternativas en el ámbito del Plan Especial. La primera alternativa, denominada alternativa 0 o situación actual, la alternativa 1 que se ubicaría en una parcela municipal próxima al núcleo de La Polina, y por último la alternativa 2 o definitiva, que se incluye en el Plan Especial y Estudio de Implantación, actualmente en tramitación y objeto del presente Documento Ambiental Estratégico.
7.1. ALTERNATIVA 0
La Alternativa 0 supone la no realización de la actuación. Esto implica que se mantendría la situación actual del ámbito, descrita a lo largo de la presente memoria.
Una vez que se abandonó la actividad de granja avícola en el ámbito, las naves fueron adquiridas por el Ayuntamiento de Sobrescobio, el cual ha procedido a la demolición de las mismas, manteniendo las explanadas y los viales de acceso.
Fruto de este uso primitivo, la parcela presenta cuatro zonas claramente diferenciadas:
- La zona de viales. El vial principal de acceso a la parcela se sitúa sobre la cota más baja discurriendo paralelamente al el lindero Este y desde allí parten los viales secundarios que ascienden a las diferentes plataformas. El acceso rodado directo a la parcela se produce desde la carretera Rioseco – Soto de Agues, (SC-2) por una desviación en la margen derecha. El vial de conexión es un camino rural compuesto por un firme tipo todo- uno, de gravas y zahorras calizas. Presenta una calzada de sección variable, entre 3 y 4 metros de anchura, correspondiendo la mayor amplitud a las zonas de curva. En su tramo inicial, partiendo desde la carretera, presenta una pendiente variable en torno al 18%, suavizándose progresivamente hasta el 5% en la zona a que bordea paralelamente a la primera plataforma. Accedemos así a una explanada que se utilizaba como zona de maniobras para vehículos. Desde esta primera explanada parte el camino que comunica con el núcleo de Villamorey. Conectados con dicho camino, arrancan dos ramales que dan acceso a las plataformas superiores, los cuales, mantienen una pendiente moderada del 6-
8% y se conservan en buen estado.
- Las explanadas o bancales. Existen tres plataformas llanas, donde se ubicaban las antiguas naves de la granja avícola, situadas a diferentes cotas de altura. Están siendo usadas, sobre todo la inferior, para el acopio de residuos vegetales, y pequeñas cantidades de residuos de construcción.
- Taludes de transición entre bancales. Las franjas intermedias entre terrazas se configuran mediante taludes naturales y pequeños muros de contención.
- Resto de parcela. Está ocupado por cultivos de castaño y matorral.