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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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MANUAL

DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Escuela Nº 396 “República de Croacia”

Año 2014

“Nuestro Manual se basa en Valores Organizacionales: Respeto,

Creatividad, Responsabilidad,

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Honestidad, Amor”

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

I. PRESENTACION

Escuela Nº 396 “República de Croacia” RBD: 10087-0

Dirección: Cardenal Raúl Silva Henríquez N° 1185, Cerro Navia Teléfono: 27734745

E-mail: e396@cmcerronavia.cl

La escuela República de Croacia, es un Establecimiento Educacional municipalizado, cuyo

sostenedor es la Corporación de Desarrollo Social de Cerro Navia.

La Unidad Educativa es por excelencia un lugar de aprendizaje de normas, conductas, hábitos y valores.

Conscientes de este rol formador, los distintos estamentos que conforman nuestra Comunidad Educativa; han elaborado el siguiente Manual de Convivencia Escolar, que en adelante regirá con carácter de obligatorio desde prekinder a 8º Básico, para el funcionamiento de la Institución.

El Manual de Convivencia Escolar y el Proyecto Educativo Institucional, que da sentido y orienta el trabajo escolar están estrechamente vinculados. El Manual de Convivencia Escolar, es un instrumento de gran relevancia educativa, pues contiene normas y principios para mejorar la

Visión: “…La Escuela República de Croacia, es una Institución Educativa de

Participación y Compromiso de toda la comunidad educativa, que fomenta una Educación de Excelencia, respetuosa de las Diferencias y que permite el Desarrollo Integral de sus niños y niñas…”

Misión: “…Nuestra Comunidad Educativa República de Croacia proporciona una

Educación de Excelencia, basada en los Principios y Valores Humanistas. En la modalidad de Pre Básica y Básica a todo quien lo precisa, desarrollando en los niños y niñas una Formación Integral, permitiendo que estos se inserten con éxito en los colegios de continuación…”

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convivencia y el trabajo escolar permanente. En él subyacen las características que definen los modos de interacción que se espera que se den entre todos los actores de la comunidad educativa.

II.

DISPOSICIONES GENERALES

Los integrantes de la Unidad Educativa de la escuela República de Croacia están sujetos al presente manual de Convivencia Escolar y deben regirse por la normativa que se establece.

Al matricularse un alumno en la escuela se entiende que él o sus padres y apoderados se comprometen a respetar y cumplir todas las normas y disposiciones.

Los apoderados, como colaboradores en la misión de la escuela, y siendo los principales formadores de sus hijos, concuerdan con las normas del presente reglamento, avalándolo con su firma.

Este manual de Convivencia Escolar tiene por objetivo otorgar un marco regulatorio a los problemas de convivencia que pudieran surgir en la Comunidad Educativa, considerando la ley publicada en septiembre de 2011 “Ley N° 20.536 Sobre Violencia Escolar” que obliga a todos los colegios a desarrollar un Plan de Gestión que incluya políticas de prevención, medidas pedagógicas, establecimiento de conductas constitutivas de faltas y protocolos de actuación. Durante el proceso de elaboración y difusión participan todos los actores de la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, Asistentes de la Educación, Apoderados y Estudiantes. El mismo deberá ser actualizado cada año según las necesidades del Establecimiento.

¿QUÉ ES LA CONVIVENCIA ESCOLAR?

La convivencia es la capacidad de las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y solidaridad recíproca. Esta implica el reconocimiento y respeto por la diversidad, la capacidad de las personas de entenderse, de valorar y aceptar las diferencias, los puntos de vista de otro y de otros.

La convivencia es un aprendizaje: se enseña y se aprende a convivir. Por ello, la convivencia escolar es la particular relación que se produce en el espacio escolar entre los diversos integrantes de la comunidad educativa: estudiantes, docentes, directivos, asistentes de la educación, padres, madres y apoderados, sostenedores.

“Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la Comunidad Educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.”

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4 III. MARCO LEGAL

La Política del presente Manual de Convivencia Escolar, se fundamenta en un conjunto de leyes, normas y principios legales vigentes en la República de Chile.

 Constitución Política de Chile

 Ley General de Educación (2009)

 Ley Nº 20.536 sobre Violencia Escolar. ( 2011)

 Declaración de los Derechos del Niño – O. N. U.

 Ley Nº 19.688 Reglamento de las estudiantes madres y embarazadas (2000)

 Ley Nº 19.979 Modifica el reglamento de la JEC y crea los Consejos Escolares para todos los colegios subvencionados del país. (2004)

 Ley Nº 20.084 Responsabilidad Penal Adolescente. (2007)

 Decreto Nº 57 Reglamenta uso de Uniforme Escolar. (2002)

 Decreto Nº 511 Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar. (1997)

 Decreto Nº 524 Reglamento de Centros de alumnos (1990)

 Declaración Internacional de los Derechos del niño.

IV. OBJETIVOS

1. Formar a los alumnos(a) con espíritu de servicio que aporten con su iniciativa y capacidad personal al Establecimiento Educacional, a su familia, a su comunidad y a su Patria. 2. Fomentar en los alumnos (a) la toma de conciencia de sus obligaciones respecto del

cuidado de bienes personales, de sus compañeros y de la escuela.

3. Desarrollar en los educandos su capacidad de autodisciplina, para lograr que el comportamiento se oriente conscientemente y no por las normas del Establecimiento. 4. Estimular en los alumnos la conciencia de que su conducta debe mantenerse también fuera

del Establecimiento y por lo tanto es importante que en todo momento su comportamiento responda a los valores de honradez, honestidad, responsabilidad, solidaridad y respeto hacia las personas.

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5. Incentivar en los estudiantes la responsabilidad y el cumplimiento de todos sus deberes escolares y cumplir con los objetivos que propone el Plan de Estudios y los propios del Establecimiento.

Para el logro de estos objetivos es imprescindible que tanto padres y apoderados asuman el compromiso de apoyar y colaborar con la escuela para que las normas educativas sean comprendidas y cumplidas por sus pupilos (as).

V. NORMAS GENERALES

Artículo I El Establecimiento cuenta con los siguientes niveles de enseñanza:

 Primer Nivel de Transición (Prekinder)

 Segundo Nivel de Transición (Kínder)

 Educación General Básica (1º-8º Básico)

HORARIOS DE CLASES. HORARIO DE BÁSICA

Actividad Horario

Primer período 08:15 a 09:45 hrs.

1er. Recreo (desayuno de alumnos 09:45 a 10:15 hrs.

Segundo período 10:15 a 11:45 hrs.

2 do recreo 11:45 a 11:55 hrs.

Tercer período 11:55 a 13:25 hrs.

3er. Recreo Almuerzo de alumnos 13:25 a 14:10 hrs.

Cuarto período 14:10 a 15:40 hrs.

HORARIO DE PREBÁSICA

Pre Kínder 09:00 a 13:00 hrs

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1.2.- La puerta principal se cerrará a las 8:20 hrs, y los alumnos atrasados de básica, permanecerán en el hall hasta una vez terminado el acto de inicio de la jornada y/o formación de cada día, siendo registrado su atraso por Inspectoría General.

1.3.-. Al acumularse tres atrasos, el apoderado deberá justificar personalmente a su pupilo, de lo contrario no podrá ingresar a la jornada siguiente, hasta presentarse con su apoderado. Inspectoría General deberá llevar un registro sobre el control y seguimiento.

1.4 Los alumnos de prebásica ingresarán por la entrada asignada en la puerta de acceso al patio de prebásica a partir de las 9:00 horas (horario de entrada de los alumnos), siendo recibidos por la educadora y técnico en párvulos. No se permite el ingreso de los apoderados a las salas de clases, excepto sean citados por personal del Establecimiento. La puerta de acceso de prebásica se cerrará a las 9:15 horas y los alumnos que ingresen más tarde, deberán hacerlo por el acceso principal del colegio, previa autorización en Inspectoría General.

1.4.- La Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar, será el medio oficial de comunicación entre el Establecimiento y el Apoderado, como también para el otorgamiento de pases por Inspectoría General, por lo que ésta debe ser adquirida obligatoriamente, y portada a diario de manera presentable por cada alumno, lo que será supervisado periódicamente por los respectivos profesores jefes y/o Inspectoría General.

2.- ASISTENCIA.-

La asistencia regular, tanto a las actividades lectivas (clases) como no lectivas (talleres y actividades oficiales), constituye una garantía de continuidad en la participación de los derechos y deberes que le asisten al alumno, por lo que se establecen las siguientes normas al respecto:

2.1 La inasistencia de un alumno deberá ser justificada:

a) Si es un día: Por medio de comunicación escrita o en forma presencial que deberá ser presentada en Inspectoría General.

b) Si es por tres o más días: Deberá justificar personalmente el apoderado o a través de un certificado médico, el que deberá ser entregado en Inspectoría General.

El incumplimiento de la norma significará el impedimento de ingresar a clases hasta que se presente el apoderado a regularizar la situación.

Todo lo anterior quedará consignado por inspectoría en la hoja de vida del alumno.

Si las inasistencias impiden al alumno cumplir con eventos evaluativos, el apoderado deberá justificar oportunamente ante el Jefe U.T.P, quien informará al profesor involucrado facultándolo para aplicar la evaluación al momento de reintegro del alumno.

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2.2.-Todo alumno que estando en el Establecimiento se ausente de una actividad escolar sin autorización de un docente o Inspectoría General, solo podrá reintegrarse a clases, presentándose con su Apoderado al Establecimiento en la siguiente jornada, para la toma de conocimiento de la falta grave cometida por el alumno con Inspectoría General; quien informará al Profesor Jefe de la situación. Si el Apoderado no se presenta, quedará registrado en Inspectoría General

2.3.- El Profesor que está a cargo del curso, deberá informar a Inspectoría General de la ausencia de un alumno a un período de clases, siendo este estamento, quien debe llevar un control y seguimiento de este tipo de faltas.

3.-CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES ESCOLARES

El cumplimiento de los deberes escolares asignados en los plazos señalados, constituye un factor de fortalecimiento de la responsabilidad personal y garantía de continuidad del alumno (a) en su participación del proceso de enseñanza-aprendizaje, por lo que se establecen para este aspecto, las siguientes normas:

3.1.- Los alumnos ausentes en una jornada correspondiente a una fecha de evaluación calendarizada o plazo de entrega de trabajo, deberán someterse a lo establecido en el Reglamento de Evaluación vigente del nivel correspondiente, sin perjuicio que en el caso de tratarse de razones de salud, deberán presentar certificación médica correspondiente o justificación escrita, en un plazo de 48 horas.

En el caso de evaluaciones semestrales, éstas deberán ser recalendarizadas y rendidas en horario alterno a las clases lectivas a cargo de U.T.P.

Los alumnos que no participen en clases de Educación Física por problemas de salud, deberán realizar trabajos escritos sobre la asignatura. De igual forma los alumnos que no opten por la asignatura de Religión deberán desarrollar guías de trabajo. En ambos casos los alumnos se encuentran presentes en la hora de clases y estarán a cargo del profesor de asignatura, encontrándose junto al grupo curso; pero con una actividad diferente a la del resto de los alumnos. 3.2-Los alumnos deberán presentarse con todos los útiles y materiales de trabajo que el profesor haya solicitado previamente, cuyo incumplimiento tendrá incidencia en casos de trabajos evaluados, siendo además registrado en el Libro de Clases, y en caso de reincidencia, el apoderado podrá ser citado por el profesor para analizar y remediar la situación.

3.3.- Durante el desarrollo de una determinada clase, los alumnos no podrán realizar actividades de otra asignatura, excepto autorización expresa del docente, incumplimiento que significará el retiro del material correspondiente y el registro de la falta en el Libro de Clases, y el material retirado por el alumno en Inspectoría General.

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4.1.- El retiro de un alumno del Establecimiento antes del término de la jornada lectiva, deberá ser autorizado por la Inspectoría General, previa solicitud escrita y cuyo retiro deber realizado personalmente por el apoderado titular.

Durante los horarios de recreo no se permitirá el retiro de alumnos del Establecimiento. La salida de alumnos se realizará a partir de las 9:30 horas y hasta las 15:00 horas, en los horarios que se señalan a continuación: 10:30 a 11:30 hrs. 12:00 a 13:00 hrs. 14:30 a 15:00 hrs.

Inspectoría General deberá llevar el control y seguimiento de estas situaciones.

4.2.- Si por razones de salud durante el desarrollo de la jornada lectiva un alumno debe retirarse del Establecimiento a su domicilio, Inspectoría General comunicará telefónicamente a sus padres y/o apoderado para que procedan a retirarlo. El retiro quedará consignado en el Libro de Salida de alumnos del Estrablecimiento.

4.3.- Si un alumno es afectado por un accidente escolar, éste será trasladado por quien designe Inspectoría General (Inspector(a) de patio); al servicio de salud indicado para estos efectos (Hospital Félix Bulnes), comunicándose inmediatamente de la situación al apoderado correspondiente. El traslado se realizará en vehículo de locomoción colectiva (taxi y bus), acompañando al alumno personal del Establecimiento designado y apoderado. El costo del traslado al centro asistencial es responsabilidad del colegio. Cuando la situación lo amerite, dada la gravedad del accidente, el alumno será trasladado al Hospital Félix Bulnes, en ambulancia.

4.4.- Los alumnos no podrán fumar, consumir alcohol y otras sustancias prohibidas durante el desarrollo de actividades lectivas o no lectivas dentro del Establecimiento.

4.5.- Los alumnos deberán permanecer en los patios en horas de recreo y dentro de estos espacios, los juegos de características violentas, quedan prohibidos ya que éstos pueden ocasionar accidentes.

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4.6.- Los alumnos deben abstenerse de concurrir a los servicios higiénicos en horas de clases, siendo el profesor el responsable de autorizar en casos justificados a los alumnos que requieran de los servicios higiénicos, previo aviso a inspector de patio del curso correspondiente.

4.7 Los alumnos deben permanecer dentro de la sala de clases, en dichos horarios. No se permite alumnos que sean enviados a buscar material o castigados fuera de la sala de clases.

4.8.- El tránsito de los alumnos por las escaleras debe ser ordenado y siempre por la derecha, evitando el correr y saltar por ellas.

4.9.- Ante una situación de emergencia, como terremotos, incendios, etc., se deberá actuar según la norma indicada en el Plan de Seguridad Escolar.

5.0.- Ante la ocurrencia de un acto de características de delito, faltas, actos de connotación sexual, amenazas, agresiones, etc., éste deberá ser denunciado de la forma que lo estipula la normativa legal vigente.

III.-DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

La presentación personal de un alumno, significa al respecto por su propia persona y las demás, garantizando el sentido de igualdad entre los alumnos y en pertinencia con los requerimientos de la actividad escolar, por lo cual se establecen las siguientes normas:

5.0.-El uso del uniforme durante el desarrollo de la jornada escolar y las actividades no lectivas es obligatorio para los alumnos desde la Educación Pre Básica hasta Octavo Año Básico, salvo autorización de la Dirección del Establecimiento; siendo responsabilidad de la Inspectoría General y de cada docente de fiscalizar su cumplimiento.

5.1.- El alumno que eventualmente se presente sin uniforme al Establecimiento, sin mediar la autorización citada en el punto anterior, deberá presentar en Inspectoría General justificación escrita del apoderado. La reincidencia del incumplimiento por tercera vez, provocará la citación del apoderado.

5.2.- Los alumnos deben mantener su uniforme en buen estado, limpio ordenado. 5.3.- El uniforme oficial del Establecimiento es:

EDUCACIÓN PRE ESCOLAR.-

Pantalón o falda tableada gris, camisa, blusa blanca y corbata burdeo con la insignia de la escuela, o polera del establecimiento, chaleco burdeo, parka azul marino, burdeo o gris. En el caso de las niñas, deberán llevar delantal cuadrillé rosado y los niños cotona café claro, zapatos negros, panties calcetas o calcetines en el caso de los varones.

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En Educación Física : polera, short y buzo y polera del colegio, sin embargo ante una situación especial (acto de Fiestas Patrias, de aniversario, y otros de connotación especial), se debe usar el uniforme oficial.

EDUCACIÓN BÁSICA.-

Varones: Pantalón gris, polera institucional o camisa y corbata burdeo con la insignia del colegio, parka azul marino, burdeo o gris, zapatos negros, polar burdeo.

En E. Física, buzo deportivo institucional y zapatillas. En el caso de no tener buzo burdeo, se permite buzo azul y polera blanca.

Damas: falda gris (5 cms. Sobre la rodilla), polera institucional o blusa blanca, corbata burdeo y parka azul marino o gris, panties y/o calcetas de lana gris, zapatos negros.

Durante el período invernal, las alumnas podrán usar pantalón gris tradicional.

En E. Física: polera, short y buzo institucional. En caso de no tener buzo burdeo, se permite buzo azul y polera blanca.

Las alumnas deberán asistir a su jornada escolar lectiva o no lectiva con el cabello tomado con colet o cinta burdeo, sin maquillaje, ni joyas o accesorios, tales como pearcing, pulseras collares, aros colgantes, etc., de los cuales la escuela no se hace responsable de su pérdida o deterioro. No obstante, Inspectoría General podrá retirarlos bajo custodia, debiendo el apoderado personalmente retirarlos. Ante la reiteración de estas faltas, Inspectoría General deberá citar al apoderado.

5.4.- En el caso de usar camisetas, éstas deben ser de color blanco.

5.5.- Los alumnos deberán presentarse con un corte de cabello a la altura del cuello o polera, y en el caso que corresponda, debidamente afeitados.

5.6.- Está prohibido para los alumnos el uso de aparatos de telefonía celular, mp3, mp4 u otros dentro del Establecimiento, el cual no se hace responsable de su eventual pérdida o deterioro, como también cualquier artefacto o accesorio ajeno a la actividad escolar. El uso de artefactos electrónicos está autorizado, si el profesor de la asignatura lo solicita.

En caso de que un alumno sea sorprendido con uno de los artefactos antes mencionados, prohibidos en el Establecimiento, el equipo será retenido y sólo podrán ser retirados por el apoderado en Inspectoría General al término del semestre lectivo. Inspectoría General llevará un registro y seguimiento de la situación.

Para los alumnos que por enfermedad u otra razón de fuerza mayor, necesitan contactarse con sus apoderados, el alumno se dirigirá a profesor jefe o inspectora de patio asignada al curso, para que se comunique la situación al apoderado.

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11 IV.- DEL CUIDADO DE LOS BIENES MATERIALES.-

El cuidado y conservación de los bienes materiales propios y colectivos, es una manifestación de respeto y compromiso con su propia dignidad, el trabajo de los demás y el bien común, por lo cual en este ámbito, se establecen las siguientes normas:

5.7.- Cada alumno (a) será responsable de mantener su espacio de trabajo aseado y ordenado, condición que verificará cada docente para dar inicio a su respectiva clase.

5.8.- Antes de finalizar cada jornada de clases, debe disponerse de las condiciones para que todos los cursos de la escuela, bajo la responsabilidad del docente respectivo, ordenen y aseen su espacio de trabajo, siendo el docente, el último en retirarse de la sala de clases.

5.9.- La destrucción de un bien perteneciente al establecimiento como: Mesas, sillas, libros de biblioteca, proyectores y notebook de las aulas tic, pizarras, telones, mouse o cualquier implemento de la sala de computación, asimismo los pertenecientes a un integrante de la comunidad educativa por parte del alumno, obligará al alumno a restituir materialmente el daño causado. En caso de que el apoderado no se responsabilice con la reposición del bien, el alumno podrá ser suspendido de clases hasta que se solucione la situación.

6.0.- Está prohibido el rayado de las paredes del Establecimiento, exponiéndose a sanciones quien lo realice.

V.-DEL RESPETO A LAS PERSONAS E INSTITUCIONES.-

El respeto de los alumnos (as) por su establecimiento educacional, al interior y fuera del mismo, es un factor positivo de fortalecimiento del sentido de pertenencia e identidad con una institución, como un bien colectivo, por lo que se establecen para este último ámbito, las siguientes normas: La escuela establece que todos los estudiantes tienen derecho a estar y permitir que se desarrolle en un ambiente adecuado y en un clima que propicie el desarrollo integral de los integrantes.

En caso de producirse una situación en que exista discriminación de carácter religioso, social, sexual, político y de discapacidad cognitiva o motora, éstos serán derivados al especialista competente correspondiente.

Todos los integrantes de la comunidad escolar tienen derecho a desarrollarse y desenvolverse en un ambiente con integridad psicológica.

Se derivara a los actores competentes para que realicen un taller o charla para resolver los conflictos a través del dialogo con terapias personales.

El establecimiento podrá aplicar este manual a quien incurra en conductas que alteren la convivencia escolar.

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Periódicamente se realizaran talleres de prevención.

En caso de producirse situaciones de conflicto que afecte físicamente y psicológicamente a una alumno/a se recurrirá a un mediador, el Encargado de convivencia Escolar. Este entregará el apoyo oportuno o derivará la situación a redes existentes en la comuna.

Es necesario conocer todas las versiones de los involucrados, el procedimiento debe respetar el debido proceso.

 Sean escuchados

 Sus argumentos sean considerados

 Que se presuma inocencia

 Que se reconozca su derecho a apelación

Se designará a personas responsables mediante la búsqueda de una persona que presente las siguientes características:

Empático, neutro, creíble, objetivo, que tenga perfeccionamiento en resolución de conflictos. El encargado de convivencia escolar estudiará las faltas. Para evaluar adecuadamente una falta, es necesario que la comunidad educativa defina criterios que permitan establecer si se trata de una falta grave o gravísima.

Existen normas para la formación y procedimientos del Comité de Buena Convivencia Escolar, el cual estará integrado por: profesores, alumnos, padres y apoderados y asistentes de la educación. Existen normas para nominar al Encargado de la Convivencia Escolar, el cual será elegido por el Consejo de Profesores durante el mes de marzo de cada año escolar.

Las medidas que se tomen en cada situación, deben permitir que los estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño.

Ejemplo de sanciones formativas, reparadoras y eficientes.

 Servicio comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal.

 Servicio pedagógico: contempla una acción en tiempo libre del estudiante, que asesorado por un docente realiza actividades como: ser ayudante, clasificar textos o apoyar a otros pares.

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13  La negociación: se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de

terceros, para que los implicados establezcan una comunicación en busca de una solución aceptable.

 El arbitraje: es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione garantías de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar, quien, a través del dialogo, la escucha, indaga sobre una solución para ambas partes, en relación a la situación planteada. Una persona adulta busca una solución formativa para todos los involucrados.

 La mediación: es un procedimiento en el que una persona ajena al conflicto ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y resolver el problema, sin establecer sanciones, sino buscando un acuerdo.

6.2.-No obstante la función orientadora preventiva que privilegia la escuela en el ámbito de su competencia, se garantizará la continuidad de estudios de eventuales alumnas embarazadas, las que para todo efecto conservan los mismos derechos y deberes, otorgándoseles la flexibilidad correspondiente según prescripción médica.

6.3.- La participación en desfiles y actividades para-académicas en representación del establecimiento, constituye un deber para cada uno de los alumnos de la escuela, excepto razones fundadas y expuestas con anterioridad por el apoderado ante el profesor jefe o Inspectoría General.

VI.-DEL ROL DE LOS PADRES Y APODERADOS.-

Entendiendo la educación de los alumnos y alumnas como una tarea compartida entre la familia y la escuela, en que los padres son los primeros educadores de sus hijos y reconociendo la preponderante influencia de las variables del entorno en los resultados del proceso educativo, se establecen las siguientes normas:

6.4.- Todo alumno deberá tener un apoderado titular y uno suplente (debiendo registrar el nombre) que lo represente, pudiendo desempeñar tal función, el padre, la madre o una tercera persona que haya sido designada legalmente para cumplir dicho rol y cuyo requisito principal es ser mayor de edad.

6.5.- El apoderado deberá asistir a las reuniones de curso y concurrir cada vez que sea convocado oficialmente al establecimiento por el profesor jefe u otro integrante de la comunidad educativa. Si un apoderado no asiste a reuniones, será citado para ser atendido en horario de atención de profesor jefe, y si no asiste a dicha citación deberá presentar justificación escrita.

Inspectoría General, deberá llevar un control y seguimiento de aquellos apoderados que no cumplan su función de tales en un Registro donde quedará notificada como evidencia el no cumplimiento del apoderado de sus deberes.

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6.6.- El apoderado deberá revisar en forma permanente la libreta de comunicaciones o agenda escolar de su pupilo, supervisando que a diario sea portada por el alumno, habida consideración de que es el instrumento oficial de comunicación entre el apoderado y el Establecimiento.

6.7.- El apoderado podrá solicitar entrevistarse con el respectivo profesor jefe de su pupilo o docente de asignaturas, en los horarios de atención de apoderados fijados para tal efecto; con el fin de no interrumpir el desarrollo normal de clases lectivas, sin perjuicio de solicitar entrevista con los demás responsables de la gestión escolar según la naturaleza del problema: Jefe Técnico, Inspector General y finalmente Director, respetando el conducto regular que establece el presente artículo.

6.8.- En aquellos casos en que un apoderado en forma recurrente no cumpla con sus responsabilidades establecidas en el presente reglamento, esto es, asistencias a reuniones y/o asambleas, citaciones o faltas de respeto y agresiones físicas y/o verbales a integrantes de los diversos estamentos de la escuela, eventualmente permitirá a la Dirección del Establecimiento en conjunto con el Cuerpo Docente, cancelar la condición de apoderado y/o poner condicionalidad a la matrícula para el siguiente año escolar, sin perjuicio de las medidas legales pertinentes. En caso de agresión física o verbal, que evidencie peligro o riesgo para algún docente o asistente de la educación del Establecimiento; se solicitará al Sostenedor el traslado del alumno a otro Establecimiento de la comuna, privilegiando el bienestar de los funcionarios.

VII.-DE LAS FALTAS Y SANCIONES.-

6.9.- Serán consideradas FALTAS LEVES: _ Atrasos reiterados

_ Inasistencias injustificadas a clases

_Presentación a la Escuela sin uniforme en forma injustificada de manera reiterada. _ Ingerir alimentos o bebidas durante el desarrollo de las clases lectivas

_ Presentación personal desordenada o desaseada

_ Portar objetos y/o accesorios prohibidos explícitamente por el establecimiento

_ Presentarse en la escuela sin materiales de un sub-sector y/o libreta de comunicaciones _ No colaborar con el orden y aseo de su sala o espacio de trabajo

7.0.- Las faltas leves reincidentes podrán recibir una de las siguientes sanciones, una vez analizada la situación y escuchada la versión del alumno:

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_ AMONESTACIÓN VERBAL, aplicada por un docente directivo, de aula o inspector de patio, registrando dicha amonestación en su hoja de vida

_AMONESTACIÓN ESCRITA, corresponde a una anotación en la hoja de vida del libro de clases aplicada por docentes o Inspector General o Director del Establecimiento , las que serán informadas al apoderado con toma de conocimiento y en forma periódica por el profesor jefe y/o Inspector General. El establecimiento debe confeccionar un formato de amonestación.

_ TRABAJO COMUNITARIO, aplicada por Inspectoría general cuando proceda y que se refiere a que el alumno (a) desarrolle en el establecimiento como por ejemplo, trabajos de apoyos a otros alumnos, cuidado de la infraestructura, etc.

7.1.- Serán consideradas FALTAS GRAVES: _ La reincidencia por tres veces de una falta leve. _ Agresión física o verbal entre pares

_El robo o hurto de especies de valor.

_ Fumar o consumir alcohol u otras drogas durante el desarrollo de las actividades lectivas o no lectivas dentro del establecimiento educacional, incluyendo el radio externo inmediato a la escuela.

_ Frecuentes inasistencias injustificadas a evaluaciones programadas.

_ Deteriorar de manera intencional la infraestructura del establecimiento, bienes propios o ajenos. _ El retiro (abandono) no autorizado del establecimiento durante la jornada escolar.

_ Falsificaciones de firmas en comunicaciones de apoderados u otro documento, o de algún docente directivo o docente propiamente tal.

_Reincidencia en expulsión de la sala de clases, taller o laboratorios.

_ Reiteradas faltas de responsabilidad en devolución de material perteneciente a biblioteca del establecimiento.

Se recurrirá a todas las instancias que la red de apoyo brinda a la comunidad escolar para reorientar su conducta.

7.2.- Las faltas graves podrán recibir una de las siguientes sanciones, después de analizados los hechos y escuchada la versión de los alumnos:

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_ AMONESTACIÓN ESCRITA: corresponde a una anotación escrita en la hoja de vida del libro de clases aplicada por docentes, Inspector General y/o Director del establecimiento, con citación de apoderado por parte de Inspectoría General , para su conocimiento y fines.

_ SUSPENSIÓN TEMPORAL DE UNA DETERMINADA CLASE: corresponde a una separación de un alumno durante el desarrollo de una determinada clase, aplicada por el docente respectivo, de lo cual Inspectoría General y Dirección deben ser informados.

En este caso, el alumno tiene la responsabilidad de cumplir sus labores escolares de la misma forma que sus pares.

_SUSPENSIÓN DE CLASES: aplicada por Inspectoría Genera y/o Dirección hasta por tres días, según la gravedad de la falta, ponderada por las instancias correspondientes. El alumno tiene la responsabilidad de cumplir sus labores escolares de la misma forma que sus pares.

_CONDICIONALIDAD DE LA MATRICULA: corresponde a una advertencia formal frente a reiteradas faltas graves ( tres), de un alumno, dispuesto por la Dirección del Establecimiento en conjunto con el Consejo de Profesores, lo que será informado por escrito al apoderado respectivo. _ CANCELACIÓN DE LA MATRICULA: es el término anticipado de la prestación del servicio educacional a un alumno, ante la no superación en el tiempo de las causales que provocaron la condicionalidad y habiendo quedado evidencia oficial de las medidas remediales y de orientación al alumno y de sus resultados, implementadas por el establecimiento, con conocimiento y participación del respectivo apoderado. La resolución de la cancelación de la matrícula es dispuesta por la Dirección del Establecimiento con asesoramiento del Consejo de Profesores, Inspectoría General, Unidad Técnico Pedagógica respectiva, a la que podrá apelar por escrito el respectivo apoderado presentando a la Dirección del establecimiento los fundamentos correspondientes en el plazo de una semana, a la que dará respuesta en igual plazo la Dirección, una vez consultadas las instancias asesoras citadas.

No obstante la aplicación de las sanciones señaladas la escuela utilizará técnicas de resolución de conflicto para situaciones de convivencia escolar, además de apoyo psicosocial, desde que se detectan las dificultades disciplinarias presentadas por el alumno y de seguimiento en el proceso por las instancias correspondientes, todo con conocimiento del apoderado.

7.3 Serán consideradas FALTAS GRAVISIMAS:

_ La reiteración de tres faltas graves durante el año escolar.

_ Agresión física y/o verbal hacia un integrante de la comunidad educativa, (Directivos, profesores, asistentes de la educación, funcionarios en general).

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_ El robo o hurto de especies valoradas e inventariadas de propiedad del Establecimiento y del Sostenedor.

_ Agresiones de connotación sexual (situaciones de acoso, tocaciones indebidas, violación).

_Adulteración de documentación oficial del Establecimiento (registro de notas, asistencia, certificados, entre otros).

_ El porte de todo tipo de armas (Blanca, de fuego, hechiza), y elementos contundentes y/o corto punzantes.

_ Porte y/o tráfico de sustancias ilícitas al interior del Establecimiento y en el radio externo inmediato al mismo.

7.4.- Frente a una acción o situación que constituya delito el Establecimiento procederá como lo estipula la ley 20.084 (de la Responsabilidad Penal Juvenil), la que norma los procedimientos a seguir ante tales hechos.

Si la acción o situación fuera cometida por un funcionario del establecimiento o un padre y/o apoderado, se denunciará de inmediato a los organismos pertinentes y las acciones seguirán el curso que corresponda según el Código de Procedimiento Penal, colocando los antecedentes en poder del Sostenedor, sin perjuicio de las acciones investigativas internas a desarrollar, siendo el Director el primer responsable en denunciar los hechos.

No obstante de que el Establecimiento pueda aplicar técnicas para resolución de conflicto, el uso de redes externas de apoyo, como también la asistencia psicosocial con medidas de reparación, con el estudio pertinente de cada caso, se estipula las siguientes medidas:

1.- SEPARACIÓN INMEDIATA DEL ALUMNO DE SU GRUPO DE CURSO: El alumno podrá presentarse a rendir pruebas, presentación de trabajos y/o término anticipado del año escolar. 2.- CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA: Es el término anticipado de la prestación del servicio educacional a un alumno, ante la gravedad los hechos. La resolución de la cancelación de la matrícula es dispuesta por la Dirección del Establecimiento con asesoramiento del Consejo de Profesores, Inspectoría General, Unidad Técnico Pedagógica respectiva, a la que podrá apelar por escrito el respectivo apoderado, presentando a la Dirección del Establecimiento los fundamentos correspondientes en el plazo de una Semana, a la que dará respuesta en igual plazo la Dirección, una vez consultadas las instancias asesoras citadas.

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VI. NORMATIVA ESCOLAR –PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

DISCIPLINARIAS SEGÚN GRADUACIÓN DE LAS FALTAS.

1-De la libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar

Es un deber del estudiante presentarse al Establecimiento diariamente con su Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar y escribir en ella comunicaciones, citaciones, y justificativos. Será esta un nexo de comunicación entre el apoderado y el Establecimiento. Su uso es de carácter obligatorio para todos los estudiantes.

NORMA FALTA A LA NORMA PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA MEDIACIÓN/SANCIÓN Es obligatorio el uso de la Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar. No traer la Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar. La Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar se solicitará para escribir en ella comunicaciones, citaciones o para recibir justificativos de inasistencias. Leve 1º instancia- Si él o la alumno(a) por 3º vez no trae la Libreta de Comunicaciones o agenda Escolar, se conversa con él/ella sobre la importancia de este medio de comunicación entre el Establecimiento y el apoderado. 2º instancia- Se registra la anotación en el Libro de Clases. 3º instancia- Se cita al apoderado al Establecimiento para conversar la situación.

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2-INASISTENCIAS, ATRASOS, JUSTIFICATIVOS Y OTROS 2.1 Es obligatorio asistir a clases con regularidad y puntualidad. 2.2 El horario de llegada a clases es a las 08:15 horas.

2.3 Toda inasistencia debe ser justificada por el apoderado, en la Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar.

2.4 La fuga deliberada de clases será motivo de suspensión. Los/las alumnos(as) tienen que ingresar a la sala de clases una vez finalizado el horario de recreo. De no hacerlo y quedar en otro lugar del Establecimiento, se considerará como fuga de clases. De igual forma se considerará fuga de clases, si el alumno en este horario sale del Establecimiento. Ambas situaciones serán sancionadas y se aplicarán las sanciones correspondientes.

2.5 Para ser promovido el alumno debe asistir, a lo menos, un 85% de las clases en el calendario escolar anual.

2.6 Los atrasos se justificarán en la Libreta de Comunicaciones/Agenda Escolar o informando a Inspector General.

2.7 Los estudiantes que no pueden realizar actividades físicas deberán presentar documentación médica que avale dicha situación. Quienes sean autorizados deberán permanecer en el sector donde se desarrolle la clase.

Si al finalizar el año escolar el (la) alumno(a) tiene un promedio de asistencia a clases menor que 85%, no será promovido de curso. Situación posible de revocar por el Director y Profesor Jefe de curso, vistos los antecedentes y rigiéndose por la Ley vigente. El apoderado, deberá redactar una solicitud de promoción, dirigida a Dirección, donde especifica las causales de las inasistencias de su pupilo, comprometiéndose a remediar la situación para el próximo año. ASISTENCIA A EVALUACIONES

-Los alumnos(as) deberán presentarse a rendir sus pruebas u otro tipo de evaluaciones (trabajos, disertaciones, interrogaciones, etc.) sólo en la fecha y hora calendarizada.

-El apoderado deberá justificar personalmente a Inspector General, con Certificado Médico u otro documento la inasistencia.

-El Alumno(a) se someterá a rendir éstas en el momento que sea requerido(a) por el Profesor(a). En relación a trabajos y disertaciones, Trabajos: estos se deben presentar en la fecha programada, si el alumno(a) no asiste a clases, debe hacerlo llegar al profesor que lo solicitó, en forma impresa. -Disertaciones: Si corresponden a trabajos grupales, deberá rendirla en forma individual y tendrán una nota diferente, inferior en un punto a la lograda, EN CASO DE QUE LA INASISTENCIA NO SEA JUSTIFICADA.

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20 NORMA FALTA A LA NORMA PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA MEDIACIÓN/SANCIÓN Es obligatorio asistir a clases con regularidad y puntualidad. Toda inasistencia debe ser justificada por el apoderado en la Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar. Inasistencia injustificada. La asistencia será revisada al inicio de cada jornada de clases. Si es reiterada se le comunicará al profesor jefe y se aplicarán las sanciones correspondientes. Leve Grave

1º instancia- Tres inasistencias injustificadas, será registrado en el libro de clases. Se citará al apoderado quien deberá firmar la anotación.

2º instancia- Se aplicará suspensión de clases por 1 día. 3º vez: Si su falta fuere recurrente quedará condicional y podrá solicitarse su traslado a otro Establecimiento Educacional.

Por 30 días de inasistencias injustificadas sin aviso se da aviso al Sostenedor sugiere traslado a otro Establecimiento Educacional. No se permite No presentarse a algún bloque de clases estando en la escuela. El profesor informa a Inspectora General quien enviará citación al apoderado.

Grave 1º instancia- Se citará al apoderado quien deberá firmar la anotación.

2º instancia- Se aplicará suspensión de clases por 1 día. 3º instancia- Si su falta fuere recurrente quedará condicional y podrá solicitarse su traslado a otro Establecimiento Educacional. No presentarse a clases El profesor pide justificativo de Muy grave 1º instancia- Se citará al apoderado quien deberá firmar

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21 habiendo sido enviado a la escuela por el apoderado. (Cimarra) inasistencia, al no existir y habiendo información de la falta se cita al apoderado. la anotación. 2º instancia- Se aplicará suspensión de clases por 1 día. 3º instancia- Si su falta fuere recurrente quedará condicional y podrá solicitarse su traslado a otro Establecimiento Educacional. Inasistencias prolongadas por enfermedad. Justificar con certificado médico, dentro de 48 horas

Leve La no justificación será motivo de citación del apoderado.

Inasistencia a pruebas.

Los alumnos deben justificar sus inasistencias con una comunicación de su apoderado o certificado médico.

Leve El alumno deberá rendir la prueba en la fecha que el profesor le indique, impostergablemente.

LAS PRUEBAS ATRASADAS SE RENDIRÁN AL FINAL DEL SEMESTRE.

Impuntualidad es

Los alumnos deben justificar sus impuntualidades con una comunicación de su apoderado o certificado médico.

Leve 1º instancia- A la tercera impuntualidad en el mes, el alumno deberá solicitar un pase que autorice el ingreso al aula. 2º instancia- A la cuarta impuntualidad, se cita al apoderado quien firmará la anotación en el Libro de Clases.

3º instancia- Suspensión de clases por 1 día.

Necesariamente, después de las 8:30 hrs. el alumno podrá ingresar sólo con una justificación personal del

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apoderado o certificado de atención médica.

Norma que también rige para atrasos durante la jornada, entre clases, o después de recreos.

Todo esto, debidamente consignado en Registro de Observaciones Personales del Libro de Clases. Educación Física: El apoderado debe presentar certificado médico en el caso de que su pupilo necesite eximirse del sector de Educación Física por algún motivo de salud. Al inicio del año escolar, el apoderado no presenta certificado médico para la eximición de su pupilo. El Apoderado debe presentar certificado médico al inicio del año escolar.

Grave Se citará al apoderado del alumno que presente problemas de salud que le impidan participar de la clase de Educación Física y que no hayan presentado el Certificado Médico para eximir al alumno de la asignatura. El Establecimiento no se hace responsable con los/las alumnos(as) que realicen la clase de Educación Física, habiendo sido prohibida por especialistas médicos y no habiendo presentado el documento que exime al alumno del sector.

3-SALIDA DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DEL ESTABLECIMIENTO

3.1 Los estudiantes no pueden retirarse antes del término de la jornada escolar. La Dirección no autoriza salidas a través de llamadas telefónicas de apoderados u otro familiar.

3.2 El apoderado debe retirar personalmente al estudiante del Establecimiento, debiendo presentar su Cédula de Identidad y firmar el registro diario de salida de alumnos (as). En caso de que el apoderado autorice la salida del alumno(a) con otra persona; deberá ser autorizada previamente según registro de Inspectoría General.

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3.3 No se autoriza a los estudiantes a salir fuera del establecimiento a comprar, conversar o ir a sus casas a buscar materiales olvidados, en horario de clases.

3.4 Ningún alumno puede salir del Establecimiento en horario de clases, sin la autorización escrita del apoderado.

4-PRESENTACIÓN PERSONAL

La presentación personal de un alumno, significa al respecto por su propia persona y las demás, garantizando el sentido de igualdad entre los alumnos y en pertinencia con los requerimientos de la actividad escolar, por lo cual se establecen las siguientes normas:

.-El uso del uniforme durante el desarrollo de la jornada escolar y las actividades no lectivas es obligatorio para los alumnos desde la Educación Pre Básica hasta Octavo Año Básico, salvo autorización de la Dirección del Establecimiento, siendo responsabilidad de la Inspectoría General y de cada docente de fiscalizar su cumplimiento.

- El alumno que eventualmente se presente sin uniforme al Establecimiento, sin mediar la autorización citada en el punto anterior, deberá presentar en Inspectoría General justificación escrita del apoderado. La reincidencia del incumplimiento por tercera vez, provocará la citación del apoderado.

- Los alumnos deben mantener su uniforme en buen estado, limpio ordenado.

NORMA FALTA A LA NORMA PROCEDIMIEN TO GRADO DE LA FALTA MEDIACIÓN/SANCIÓN El alumno debe asistir a clases con el uniforme que norma el Establecimiento. Asistir con ropa no apropiada, a excepción de los días en los cuales el establecimie nto lo autorice. El profesor jefe enviará comunicación al apoderado para advertir de la situación. Y en caso de que ésta persista lo citará.

Leve

Grave

1º instancia- Por 1º vez se conversará la situación con el estudiante y se enviará comunicación al apoderado. 2º instancia- Ante la reiteración por más de tres veces se citará al apoderado. 3º instancia- En caso de que sea reiterada la falta se podrá aplicar medida disciplinaria de suspensión de clases por 1 día.

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5-MODALES Y CORTESÍA

5.1 El comportamiento del estudiante debe ser respetuoso y empático frente a los adultos y compañeros, tanto dentro como fuera del establecimiento.

5.2 El estudiante no deberá expresarse con groserías, juegos bruscos, ni actos de agresión física o verbal.

5.3 Los estudiantes deberán formarse al inicio de cada jornada escolar los días lunes en Acto Cívico.

5.4 En Acto Cívico se deberá entonar el Himno Nacional. Los alumnos (as) lo harán con respeto, de lo contrario serán amonestados de manera escrita o con suspensión de clases, por Inspectoría General; según lo establecido en la falta.

5.5. Al término de cada jornada escolar, el curso debe retirarse formado con el profesor de asignatura correspondiente.

5.6 Se prohíbe a los estudiantes destruir los bienes del Establecimiento.

5.7 No se permitirá concurrir al Establecimiento con objetos de valor como: MP4, MP3, cámaras fotográficas, celulares, joyas, etc. Si ocurre lo contrario las especies serán derivadas a la Inspectoría General, para que el apoderado retire la especie. Si un estudiante es sorprendido filmando una clase, el recreo o cualquier instancia pedagógica dentro del Establecimiento, será inmediatamente suspendido de clases, tendrá que borrar la filmación y la especie podrá ser entregada a carabineros.

5.8 Cada estudiante debe tener un buen comportamiento durante su permanencia en el comedor del establecimiento, respetando a manipuladoras, profesores y pares. Deberá valorar la alimentación que el estado le brinda. En caso reiterado en que alumno no se sirva la alimentación escolar; se podrá solicitar a JUNAEB la suspensión del beneficio, previo aviso del apoderado.

El alumno o alumna que use la violencia física contra un funcionario del Establecimiento será inmediatamente informado al sostenedor para su reubicación en otro Establecimiento de la comuna (salvaguardando su Derecho a la Educación). Dicho acto será denunciado a Carabineros.

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25 NORMA FALTA A LA NORMA PROCEDIMIE NTO GRADO DE LA FALTA SANCIÓN El comportamiento de los alumnos dentro del establecimiento debe estar basado en el respeto y empatía hacia sus pares, profesores, directivos, asistentes de la educación y funcionarios en general. Violencia verbal El/la alumno(a) no debe expresar verbalmente groserías a sus pares, docentes, asistentes de la Educación, en general funcionarios del Establecimiento.

Grave 1º instancia- Primera vez que ocurra, al alumno se le citará el apoderado.

2º instancia- Si la situación se repite por 2º vez será suspendido de clases por un día.

3º vez- Si su falta fuere recurrente quedará condicional y será el Consejo de Profesores quien determine su permanencia en el Establecimiento o se solicite al Sostenedor el traslado. Violencia física El alumno no debe agredir físicamente con su cuerpo ni con algún objeto a sus pares ni a ningún integrante de los estamentos del establecimiento.

Grave 1º instancia- Al alumno se le citará el apoderado y será suspendido de clases por tres días.

2º instancia- Al incurrir por 2º vez en esta falta se le solicitará al Sostenedor el traslado del alumno a otro Establecimiento Educacional. Violencia Psicológica El alumno no debe agredir en forma psicológica con palabras obscenas, ni groseras a sus pares y a ningún

Muy grave 1º instancia- Por 1º vez ocurrida la situación, será suspendido de clases por tres días.

2º vez- Al incurrir por 2º vez en esta falta se le solicitará al Sostenedor el traslado del alumno a otro Establecimiento

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26 integrante del establecimiento. Educacional. Violencia física y verbal El alumno o alumna no debe agredir con palabras groseras y golpes a sus pares ni a ningún integrante de los distintos estamentos del establecimiento.

Muy grave 1º instancia- Por 1º vez ocurrida la situación, será suspendido de clases por tres días.

2º instancia- Al incurrir por 2º vez en esta falta se le solicitará al Sostenedor el traslado del alumno a otro Establecimiento Educacional. Violencia física y psicológica El alumno no debe agredir física y psicológicament e a sus pares y a ningún integrante de los distintos estamentos del establecimiento con palabras groseras u obscenas ni golpes de ningún tipo.

Muy grave 1º instancia- Por 1º vez ocurrida la situación, será suspendido de clases por tres días.

2º instancia- Al incurrir por 2º vez en esta falta se le solicitará al Sostenedor el traslado del alumno a otro Establecimiento.

Violencia verbal y psicológica

El alumno no debe agredir con palabras obscenas, groserías, gestos ni objetos a ningún integrante de los

Muy grave 1º instancia- Por 1º vez ocurrida la situación, será suspendido de clases por tres días.

2º instancia- Al incurrir por 2º vez en esta falta se le solicitará al Sostenedor el traslado del alumno a otro Establecimiento.

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distintos

estamentos del establecimiento

6-OBLIGACIONES ESCOLARES

6.1-Cada alumno (a), debe traer a sus clases los útiles y materiales correspondiente al horario y a la asignatura.

6.2-Los cuadernos deben permanecer limpios y ordenados, con los contenidos al día y por asignatura.

6.3-Los trabajos de investigación, manualidades, científicos u otros deben ser entregados puntualmente al profesor de la asignatura correspondiente.

6.4-De no presentar puntualmente los trabajos de investigación, manualidades, etc. El alumno deberá presentar justificativo del apoderado o certificado médico.

6.5-Cada estudiante debe estudiar diariamente en su hogar, leer los contenidos trabajados en clase, ver si tiene que traer al establecimiento algún material, ordenar sus cuadernos según el horario del día siguiente.

6.6-Todos los estudiantes tienen que tener en sus casas un horario de estudio permanente, será labor de los padres organizar un espacio físico para ello.

6.7-Cada alumno (a) debe preocuparse el día anterior a clases porque su uniforme y sus útiles escolares estén limpios y en buen estado.

6.8-Los estudiantes deben dormir tranquilamente entre 8 a 10 horas diarias, para obtener niveles adecuados de concentración y rendimiento. Los padres serán los encargados de que este punto se cumpla.

7- DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Cabe destacar que el proceso de socialización de nuestros niños es una tarea conjunta en la que debemos enseñar a estos nuevos miembros a:

· Compartir y respetar creencias, valores, normas de conducta, costumbres, etc. · Conocer lo que se espera de ellos (deberes)

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7.1-Recibir una educación de calidad, según los objetivos del Ministerio de Educación. 7.2-Ser escuchados, orientados y auxiliados por sus profesores.

7.3-Ser atendidos por todos los funcionarios del establecimiento, bajo un clima de respeto, empatía y valoración personal.

7.4-Organizarse dentro de su nivel educacional, escogiendo democráticamente una directiva que los represente.

7.5-Recibir diariamente, y si lo necesita, alimentación escolar, en el comedor del establecimiento, cuidando su comportamiento y modales.

7.6-Recrearse armónicamente en los recreos, respetando las normas de prevención de accidentes.

7.7-A participar de talleres JEC, actividades extraprogramáticas, talleres de reforzamiento educativo.

7.8-Utilizar correctamente el Centro de Recursos para el Aprendizaje, Laboratorio de Computación y el Laboratorio de Ciencias.

7.9-Ser atendido por educadora diferencial, educadora de integración o psicóloga (si lo hubiera); en caso de detectarse una necesidad educativa especial.

7.10-Ser reconocido con estímulos como diplomas, cuando se ha destacado con algún logro académico.

7.11-Realizar convivencias de finalización de semestre.

7.12-Asistir al establecimiento con ropa de calle, siempre y cuando la Directora lo autorice. 7.13-Ser derivado a un centro médico estatal, cuando la situación lo amerite.

7.14-Los alumnos de 8º básico tendrán su graduación como corresponde a su nivel en la jornada de la mañana (entre 9.00 a 12.00 horas).

LAS ALUMNAS MADRES Y EMBARAZADAS, TIENEN DERECHO A:

1. Ingresar y permanecer en este Colegio, recibiendo las facilidades académicas que requiera. 1. Contar con los permisos necesarios para asistir regularmente a los controles de su embarazo, posparto y control del niño sano.

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3. Participar en organizaciones estudiantiles, ceremonias y actividades extra programáticas en que participe el resto de sus compañeros.

4. En las clases de Educación física, ser evaluada en forma diferencial o a ser eximida en caso necesario

5. Ser promovida con una asistencia menor al 85%, siempre que sus inasistencias estén debidamente justificadas.

6. Ser evaluada de la misma forma que sus compañeros; recibir del Establecimiento apoyo pedagógico especial y un calendario que le permita rendir todas sus pruebas

7. Si las inasistencias son prolongadas, el Director del Establecimiento resolverá su promoción. Si no está conforme con esta decisión puede apelar a SEREMI de Educación.

LOS ALUMNOS(AS) CON DISCAPACIDADES FÍSICAS, TIENEN DERECHO A: 1. Ingresar y permanecer en este Colegio, recibiendo las facilidades académicas que requiera. 2. Contar con los permisos necesarios para asistir regularmente a los controles médicos y/o terapias

3. Adaptar su uniforme a su condición.

4. Participar en organizaciones estudiantiles, ceremonias y actividades extra programáticas en que participe el resto de sus compañeros.

5. En las clases de Educación física, ser evaluado(a) en forma diferencial o a ser eximido(a) en caso necesario.

6. Ser promovido(a) con una asistencia menor al 85% y sus inasistencias estén debidamente justificadas.

7. Ser evaluado(a) de la misma forma que sus compañeros; recibir del establecimiento refuerzo educativo.

8. Si las inasistencias son prolongadas, el Director del Establecimiento resolverá su promoción. Si no está conforme con esta decisión puede apelar a SEREMI de Educación.

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LOS ALUMNOS(AS) INMIGRANTES, TIENEN DERECHO A:

1. Ingresar y permanecer en este Colegio, mientras regularizan su condición de inmigrante ante el Registro Civil.

ALUMNO(A) PORTADOR DEL V. I. H. O ESTAR ENFERMO DE SIDA, TIENE DERECHO A:

1. Ingresar y permanecer en este Colegio, recibiendo las facilidades académicas que requiera. 2. Contar con los permisos necesarios para asistir regularmente a los controles médicos y/o terapias.

3. Participar en organizaciones estudiantiles, ceremonias y actividades extra programáticas en que participe el resto de sus compañeros.

4. Ser promovido(a) con una asistencia menor al 85% y sus inasistencias estén debidamente justificadas.

5. Ser evaluado(a) de la misma forma que sus compañeros; recibir del establecimiento refuerzo educativo.

6. Si las inasistencias son prolongadas, el Director del Establecimiento resolverá su promoción. Si no está conforme con esta decisión puede apelar a SEREMI de Educación.

ALUMNOS(AS) QUE ESTÁN SIENDO PROCESADOS, SITUACIONES DERIVADAS DE LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 20.084.

Mientras se determina su culpabilidad:

1. Continuar como alumnos regulares en el establecimiento

2. Contar con los permisos necesarios para asistir cuando sea requerido

3. Ser evaluados de la misma forma que sus compañeros, recibir del establecimiento apoyo pedagógico especial y un calendario que le permita rendir todas sus pruebas

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VII.- RECONOCIMIENTO A LOS ALUMNOS(AS)

Con el objeto de destacar los logros académicos, responsabilidad, compañerismo e incentivarlos a la superación permanente, el colegio destacará a los alumnos que logran una superación personal, en forma semestral, destacando los siguientes ámbitos.

Tipos de reconocimiento:

1. Por tener una asistencia igual o mayor al 95%.

2. Por obtener el 1º, 2º o 3º lugar en rendimiento académico.

3. Al esfuerzo en los sectores de: Lenguaje, Matemática, Cs. Naturales y Cs. Sociales. 4. Por participación destacada en eventos en representación del colegio.

5. Por su espíritu de superación. 6. Excelente comportamiento. 7. Responsabilidad.

8. Presentación personal.

9. Mejor compañero de curso, (elegido por sus pares). 8-PADRES Y APODERADOS.

8.1-Todo alumno (a) del establecimiento debe tener un apoderado responsable y preocupado de su proceso de enseñanza y aprendizaje.

8.2-El apoderado debe disponer de tiempo para atender las obligaciones de su pupilo y concurrir al establecimiento cuando sea necesario.

8.3-Si por disposición médica el estudiante no puede realizar educación física, el apoderado debe presentar certificado médico al inicio del año escolar, o cuando se produzca el problema de salud. Solicitando a la dirección la tramitación de la eximición del subsector. 8.4-Los alumnos que no participen de la clase de religión, sus apoderados deberán firmar la solicitud de la eximición del subsector, la quedará archivada en el establecimiento. Estos alumnos deberán permanecer dentro de la sala de clases, realizando alguna actividad pedagógica, que no interrumpa la clase.

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8.5-Mantener en todo momento una actitud de respeto, comprensión y adecuada comunicación con todos los funcionarios del establecimiento. (directivos, profesores, asistentes de la educación)

8.6-Los padres y apoderados dejarán sus alumnos en la puerta de la escuela al inicio de la jornada escolar y deberán retirarse. Al término de la jornada deberán retirar a su alumno inmediatamente desde la puerta principal del establecimiento.

8.7-El ingreso de padres y apoderados a las salas de clases está prohibido, también cualquier persona externa al establecimiento.

8.8-Colaborar y participar activamente en la promoción y realización de actividades organizadas por el centro general de padres.

8.9-Restituir el daño o deterioro ocasionado por su pupilo(a), a la propiedad del Establecimiento.

8.10-Si un padre o apoderado agrede verbal o físicamente a un funcionario del establecimiento, se denunciará el hecho a carabineros y juzgado de policía local respectivo. 8.11-Asistir puntualmente a todas las reuniones programadas mensualmente por el establecimiento.

8.12-Asistir al establecimiento cada vez que sea citado por el profesor o dirección del establecimiento.

8.13-Llevar a su pupilo puntualmente a especialistas, cuando han sido derivados por el establecimiento.

8.14-Es deber de padres y apoderados velar por el cumplimiento del presente reglamento.

9-PREVENCIÓN DE RIESGO.

9.1-El establecimiento deberá implementar el Plan de Seguridad, en situaciones de riesgo. 9.2-En caso de accidentes escolares el Establecimiento, a través de la persona que designe Inspectoría general; deberá trasladar al alumno al centro asistencial más cercano al Establecimiento, previa entrega de la documentación correspondiente por parte de la Dirección del Establecimiento.

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33 NORMA FALTA A LA NORMA PROCEDIMIENT O GRADO DE LA FALTA SANCIÓN El Establecimiento debe contar con un Plan de Seguridad Escolar compuesto por el Comité Paritario para prevenir situaciones de riesgo, el cual es financiado por la Corporación de Educación de Cerro Navia. Que el Establecimiento no contara con el Plan de Seguridad. En caso de existir alguna situación de riesgo, avisar a Comité Paritario del Establecimiento quien deberá a su vez informar a la Dirección del Establecimiento. Esta será responsable de informar mediante oficio a la Corporación para dentro de un plazo no superior a 24 horas dar solución. En el caso de infraestructura de grado mayor tomar las precauciones necesarias OBSERVACIÓN: Solicitar a la Corporación Municipal una Revisión Semestral al establecimiento completo, por parte del prevencioncita de riesgos.

Grave - El Establecimiento entregará la documentación necesaria en forma oportuna para que el alumno o alumna recurra al Centro Asistencial más cercano al Establecimiento a la mayor brevedad posible, acompañado por una inspectora de patio designada por la Dirección de la escuela y su apoderado.

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ENFERMEDADES Y ACCIDENTES ESCOLARES

*Se espera que en caso de que algún(a) alumno(a) presente problemas de salud o sufra algún tipo de accidente, este(a) pueda recibir la ayuda inmediata necesaria para el resguardo de su integridad física, psicológica, moral y social.

*NOTA: La atención de accidentes escolares está normada por el Decreto Supremo N° 313 / 72: Incluye a escolares en seguro de accidentes de acuerdo con la Ley N° 16.744, modificada por el N° 41 / 85. Cubre los accidentes ocurridos durante la jornada de clases y durante el trayecto. El Servicio Nacional de Salud, otorgará las prestaciones necesarias en forma gratuita. Para nuestro Establecimiento, a través de la Posta de Urgencias del Hospital Félix Bulnes que se encuentra ubicada en calle Costanera Sur s/n, al Norte de Avenida Carrascal en la comuna de Quinta Normal. Los(as) alumnos(as) que tengan 15 años o más, deberán ser trasladados a la Posta N°3, dependiente del Hospital San Juan de Dios, ubicada en la calle Chacabuco N° 430, Santiago Centro.

PROCEDIMIENTOS En caso de enfermedades:

*El (la) alumno (a) que presente pediculosis (piojos) o alguna infección a la piel como sarna, impétigo, herpes, etc., deberá ser puesto en tratamiento en su domicilio de forma inmediata, y no debe reintegrarse a clases hasta cuando sea dado(a) de alta. Esto es con el fin de evitar el contagio de otros (as) alumnos(as) y evitar el menoscabo por las posibles burlas de los demás hacia quienes sufren este tipo de problemas de salud.

*En caso de otras enfermedades con síntomas evidentes, se procederá a informar al Apoderado para que concurra a retirar al(a la) alumno(a) del Colegio y lo lleve a recibir atención en un Centro Médico, si es necesario.

En caso de Accidente:

*El profesor, deberá llevar al(a la) alumno(a) a Inspectoría General, donde recibirá los primeros auxilios. Se comunicará al Apoderado vía telefónica. Quien determinará si acepta o no el Seguro escolar. De concurrir a otro lugar, debe firmar el formulario de accidentes escolares, dejando, por escrito, su renuncia al servicio. Con firma, nombre completo y RUT. Se llenará formulario “Declaración Individual de Accidente Escolar”, con los datos del Colegio, del (de la) alumno(a) y el tipo de accidente. Si la gravedad de éste ameritase, se procederá a llamar al móvil correspondiente (ambulancia, taxi u otros) y será trasladado(a) al Recinto Asistencial de Urgencia acompañado por personal designado por Inspectoría general. Es primordial que acuda el Apoderado o un familiar, para que asuma la representación y tome nota de síntomas, medicamentos, tratamiento y diagnóstico.

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10-INCUMPLIMIENTO Y SANCIONES.

Éstas estarán de acuerdo a la gravedad de la falta y si el alumno es o no reincidente, irán desde la amonestación verbal hasta la cancelación de la matrícula.

Toda medida disciplinaria se toma resguardando un debido proceso, la que es secuenciada conforme al grado de dificultad en su adaptación (Profesor de asignatura, Profesor Jefe, Inspectoría General y Dirección). Siendo estas mismas instancias de apelación y revisión del caso. Cabe destacar, que la línea educativa del Colegio busca formar jóvenes pensantes, capaces de analizar sus actitudes, reconocer y asumir sus errores y de hacer propuestas que lo lleven a respetar sus compromisos, obteniendo de esa forma cambios deseados.

Nuestro Colegio va en pos de una disciplina consciente, que apunte al pensar y sentir del ser para producir procesos de cambio, negándonos a una disciplina punitiva que a nuestro parecer sólo consigue enajenar al ser humano y revelarlo. No obstante, se considera necesario que el alumno se maneje dentro de los marcos de formalidad mínimos que exige la sociedad.

10.1-El incumplimiento a la normativa de este reglamente, será causal de condicionalidad a la matrícula, de acuerdo a la gravedad del problema y previo acuerdo del consejo de profesores.

10.2-Serán motivos de cancelación de matrícula y derivación a otro establecimiento de la comuna, las siguientes causales:

a) Inasistencias reiteradas por más de 15 días sin aviso. b) Por hurtos comprobados.

c) Faltas de respeto reiteradas con los funcionarios del Establecimiento. d) Agresión verbal o física a un funcionario del Establecimiento. e) Agresiones físicas hacia algún estudiante del Establecimiento. f) Adulterar o falsificar notas, justificativos o documentos.

g) Faltar al Establecimiento sin conocimiento del apoderado ni del colegio. h) Destrucción de la infraestructura del Establecimiento.

10.3-Las situaciones relacionadas con drogas, alcoholismo y acciones deshonestas serán analizadas por la Dirección del Establecimiento avalada por el Encargado de Convivencia Escolar y serán sancionadas, según la gravedad del problema.

10.4-Los estudiantes de 8º básico que manifiesten situaciones de conducta grave, no participaran en actos de graduación ni otras actividades de finalización del año escolar, por acuerdo del consejo de profesores.

Referencias

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