UNVERSIDAD TECNOLÓGICA EQUINOCCIAL
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y NEGOCIOS
CARRERA COMERCIO EXTERIOR E INTEGRACIÓN
TEMA: “MERCOSUR UNA ALTERNATIVA REAL “
TRBAJO PREVIA A LA OTENCIÓN DEL TÍTULO EN
LICENCIATURA EN COMERCIO EXTERIOR E INTEGRACIÓN
AUTOR: OLGER GERMÁN GAIBOR RODRÍGUEZ
DIRECTOR DE TESIS: ECO. HERNAN AULESTIA GUTIERREZ
PTOGRAMA DE GRADUADOS 2009
QUITO‐ECUADOR
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
1 FORMACIÓN DEL MERCOSUR
1.1 Antecedentes 9
1.2 Adecuación de la Estructura Institucional 12
1.2.1 DRAW BACK y Admisión Temporal 12
1.2.2 Excepciones al Arancel Externo Común 13
1‐3 Acuerdo Argentino Brasileño 13 1.4 El Tratado de Asunción 22 1.5 Estructura del MERCOSUR 26
1.5.1 Organismos que integran el MERCOSUR 27
1.6 Principios con los cuales se rige el MERCOSUR 42
1.6.1 Funciones y Objetivos 43
1.6.2 Mecanismos 44
1.6.3 Disposiciones Generales 45
1.7 Estados Asociados al MERCOSUR 47 1.8 Adhesión de Ecuador, Bolivia y Chile 48
1.8.1 Ingreso de Venezuela 48
1.9 Acuerdo con otros bloques regionales 49 1.10 Instrumentos Jurídicos Básicos 50
CAPÍTULO II
LA NEGOCIACIÓN DEL ECUADOR CON MERCOSUR, A TRAVÉS DE LA CAN
2.1 Negociación de la “Comunidad Andina de Naciones” – CAN‐al
MERCOSUR
53
2.1.1 Condiciones 55
2.2 Las relaciones económicas y comerciales Ecuador‐Argentina 57 2.3 Las relaciones económicas y comerciales Ecuador‐Brasil. 64 2.4 Las relaciones económicas y comerciales Ecuador‐Paraguay. 69 2.5 Las relaciones económicas y comerciales Ecuador‐Uruguay 75 2.6 Resumen de Acuerdos Comerciales firmados por Ecuador 79
CAPÍTULO III
MERCADOS POTENCIALES
3.1 Mercados Potenciales 80 3.2 Principales Productos de Exportación 87 3.3 Oferta exportable del Ecuador 90
3.3.1 Agrícola 91
3.3.2 Industrial 95
3.3.3 Otros productos 99
3.4 Principales productos de importación. 103
3.5 Industrial 110
3.6 Minero y servicios 113 3.7 Perspectivas de ampliación de mercados para productos 113
ecuatorianos
CAPÍTULO IV
4 Ventajas de la adhesión del Ecuador al MERCOSUR 117 4.1 La Comunidad Andina de Naciones ‐CAN 117
4.1.1 Ventajas ofrecidas por la CAN 118
4.1.2 Indicadores de Gestión de la CAN 118
4.2 Beneficios y desafíos del MERCOSUR 124 4.3 Desventajas de la adhesión de Ecuador a través de la CAN al 126
MERCOSUR
4.4 Análisis de la Balanza Comercial 127
4.4.1 Otros beneficios del Mercado Común 128
4.4.2 Principales desafíos 129
4.4.3 Asimetrías 129
4.5 El Arancel externo Común 130 4.6 Reconversión Productiva 131
4.6.1 El sector Agrícola 131
4.6.2 El sector industrial 132
4.7 Indicadores de la CAN, MERCOSUR y Chile 132 4.8 Intercambio Comercial entre la CAN y el MERCOSUR 135 4.9 Exportaciones intra y extra comunitaria 136
CAPÍTULO V
INTRODUCCIÓN
La conformación del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), ha despertado enorme
interés en Latinoamérica, principalmente en los países que son parte de éste sistema de
integración y de otros países que desean integrarse.
El Ecuador, siempre buscó un acercamiento al MERCOSUR, ya sea en forma unilateral,
o a través de los sistemas de integración CAN y ALADI, como repuesta al afán
integracionista que tienen todos los países, para lograr mejores niveles de crecimiento
económico, mediante la integración de los mercados nacionales.
Actualmente cuando el MERCOSUR ha avanzado en su consolidación interna y
externa, mediante el funcionamiento de la Unión Aduanera, a la cual se han acogido
plenamente sus países miembros (Argentina, Brasil Uruguay y Paraguay) y han
solicitado el ingreso Venezuela (país asociado), Perú y Volvía; y, además la Comunidad
Andina, tiene muchos convenios negociados, se busca la creación de una Aria de Libre
Comercio Sudamericana (ALCSA), que la conformarían, EL Mercosur, la CAN Y
chile; pero al mismo tiempo por iniciativa del Presidente Correa del Ecuador, se ha
creado la Unión de Naciones del Sur (UNASUR), que no ha tenido un despegue
económico y peor de integración, al momento, la UNASUR, solo constituye un foro
Político.
Ante la crisis mundial y los problemas económicos de los países, el proceso
integracionista latinoamericano se ha tornado atractivo tanto a nivel gubernamental
como a nivel privado y su importancia radica en:
Se busca incrementar el intercambio comercial regional y extra regional,
optimizando la utilización de sus recursos y generando oportunidades de
verdadera integración económica.
Mediante los procesos de integración se busca superar el rezago comercial y
elevar el desarrollo económico y para ello se han implementado políticas de
mercado, cuyo objetivo es lograr que el comercio exterior se desarrolle eficaz y
El Ecuador ha considerado la posibilidad de integrarse al MERCOSUR, a través
de la Comunidad Andina; por esta razón a apoyado e incursionado en varios
procesos que le permitan aprovechar de mejor forma las ventajas comparativas y
competitivas que le encaminen a mejorar el intercambio comercial, puesto que el
futuro desarrollo de la economía se debe alcanzar mediante estrategias eficaces
de exportación de nuevos y variados productos, principalmente de aquellos
considerados “no tradicionales”, en base a la dinámica que conllevan los
procesos integracionistas.
Un sistema de integración es un conjunto de normas y acuerdos que permiten a
los países, la consecución del desarrollo conjunto de las respectivas economías,
aprovechándose de las ventajas que ofrecen los acuerdos comerciales y que
conllevan a la eliminación de las barreras arancelarias, y para arancelarias en el
intercambio comercial de bienes y servicios.
EL PROBLEMA DE LA INVESTIGACIÓN.
1.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.-
El Ecuador, como todos los países latinoamericanos, a pesar de tener las mismas
costumbres, los mismos problemas, las mismas razas, idioma y religión, etc., no han
podido consolidarse en un sistema de integración general, serio, efectivo y duradero,
que les permita salir de sus problemas de subdesarrollo y pobreza que aqueja a más del
setenta por ciento de su población.
Los sistemas de integración anteriores, por diversos motivos más que todo de orden
político y de intereses al interior de cada una de las naciones, no cumplieron con sus
objetivos y fracasaron, como por ejemplo, LA Asociación Latinoamericana de Libre
Comercio (ALALC), o la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), que si
2.- DIAGNÓSTICO DEL PROBLEMA.-
Ante el fracaso de los sistemas de integración y la muy poca respuesta a la
consolidación de ALADI, los países latinoamericanos han buscado sistemas de
integración subregionales, para incrementar su comercio recíproco, así por ejemplo:
México firmó un Tratado de Libre Comercio del Norte (TLC), con Estados Unidos y
Canadá, sus mercados naturales; y se despreocupó de Latinoamérica.
Los países centroamericanos, formaron un esquema de Integración, el Mercado Común
Centroamericano (MCC), sin mayores resultados, ya que cada uno de los países por
situaciones políticas e ideológicas, han firmado acuerdos bilaterales con Estados
Unidos, Cuba Venezuela o con otros países latinoamericanos, hasta que finalmente,
Cuba, Nicaragua y una serie de países e islas pequeñas se han unido con Venezuela,
para formar la Alternativa Bolivariana de las Américas ALBA). Es decir los países
latinoamericanos siendo tan homogéneos se encuentran desunidos y desintegrados por
problemas nacionales y por intereses externos e internos.
3.- JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DEL TEMA.-
El MERCOSUR, como una alternativa real de desarrollo para el Ecuador, es un tema de
actualidad porque involucra el desarrollo del país, la integración económica y la
solución a los problemas de pobreza, disminución del comercio exterior e inversiones
que están sufriendo el Ecuador y todos los países latinoamericanos, luego de la crisis
económica mundial.
La integración siempre será considerada como un objetivo de todos los países del
mundo, ya que a través de este mecanismo se incrementa el Comercio Internacional,
mediante la adopción de políticas arancelarias, que van desde una desgravación parcial,
hasta una desgravación total de aranceles y de mecanismos para arancelarios.
Latinoamérica adolece de sistemas de integración permanentes y progresivos, máximo
se ha llegado a Uniones Aduaneras con desgravaciones arancelarias para la circulación
de mercaderías; la CAN, ha avanzado aunque con ciertas restricciones hasta la libre
ni a la integración económica definitiva con armonización de políticas y con el empleo
de una moneda común, como es el caso de la Unión Europea.
El Ecuador, necesita incursionar con sus productos en los mercados de los países
miembros del MERCOSUR, pero necesita realizar negociaciones recíprocas para la
desgravación arancelaria total o parcial, a través de convenios bilaterales o de convenios
multilaterales con la intervención de la CAN -. MERCOSUR.
4.- OBJETIVOS.-
Los objetivos que se han fijado para el desarrollo de esta tesis son los siguientes.
4.1.- OBJETIVO GENERAL.
Analizar el sistema de integración MERCOSUR, como una alternativa real de desarrollo
para la Comunidad Andina (CAN) y para el Ecuador.
4.2.- OBJETIVOS ESPECIFICOS
a) Establecer las ventajas y desventajas, en las negociaciones con el MERCOSUR,
por parte de los países miembros de la Comunidad Andina.
b) Conocer la estructura del MERCOSUR, sus funciones, objetivos y principios,
mecanismos de integración.
c) Conocer los beneficios que han recibido los países que en la actualidad son
miembros del MERCOSUR.
d) Analizar bajo que aspectos se logrará un verdadero desarrollo para el Ecuador
5.- HIPÓTESIS.-
5.
1.- HIPÓTESIS CENTRAL
El marco jurídico y el nivel de negociaciones que regirá las relaciones Ecuador –
MERCOSUR, a través de la Comunidad Andina CAN, conlleva costos y beneficios
para el país.
5.2.- HIPÓTESIS SECUNDARIAS
a) Las negociaciones de la Comunidad Andina (CAN), con el MERCOSUR, tienen
la ventaja de incentivar el desarrollo de nuestra economía.
b) El intercambio comercial se incrementará debido a las negociaciones de la
Comunidad Andina (CAN) con el MERCOSUR.
c) El nuevo esquema de las relaciones Ecuador – MERCOSUR permite el
establecimiento de mayores oportunidades para la complementación económica
en varios sectores de la economía ecuatoriana.
6.- METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN:
6.1.- MÉTODOS.- En el transcurso de la investigación de la presente tesis se han utilizado los siguientes métodos de investigación:
6.1.1.- INDUCTIVO.-
De hechos particulares se llega a conclusiones generales.- Este método está
relacionado con la experimentación, es decir las experiencias vividas de un
fenómeno que puede integrarse a la teoría, la cual los acepta o los rechaza.- La
inducción es una forma de raciocinio, que va de un grado mayor de conocimiento a
6.1.2.- DEDUCTIVO.-
Parte de lo general para llegar a situaciones particulares, mediante la abstracción de
normas y criterios técnicos. La deducción es un método adecuado para la
formulación y enriquecimiento teórico; es un vínculo entre el conocimiento teórico y
el empírico.
6.2.- TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN.-
6.2.1. BIBLIOGRÁFICA.-
Se acudirá a información primaria que está publicada en libros, revistas, trabajos,
memorias, etc. Que se han escrito sobre el tema.- Además se han utilizado la
CAPÍTULO I
MARCO TEÓRICO.
1. FORMACIÓN DEL MERCOSUR
1.1. ANTECEDENTES.
El MERCOSUR surge cuando finalizaron los gobiernos de tipo militar, y es en esta
época en la que se celebraron acuerdos de integración y cooperación, inicialmente entre
Brasil y Argentina.
Declaraciones como la de Iguazú, de noviembre de 1985; el acta para la integración
suscrita entre Brasil y Argentina en 1986, por los presidentes Raúl Alfonsín y José
Sarney; el tratado de cooperación, integración y desarrollo realizado en noviembre de
1988, que propendía a conseguir un mercado de complementación mutua en 10 años; y,
el acuerdo de complementación Económica CE – 14 de 1990, que sintetiza todos los
tratados anteriores para regular las relaciones comerciales entre estos dos países, son los
que dan la pauta inicial para lo que es el actual MERCOSUR.1/.
El marco de las relaciones argentino – brasileñas y las tendencias de consolidación de
procesos integracionistas permiten que Paraguay y Uruguay se vinculen a esta
perspectiva, y es así como estos cuatro países firma el tratado de Asunción, aprobado el
26 de marzo de 991 , de esta manera culminaron las negociaciones iniciadas en 1986.
El MERCOSUR fue ratificado e instituido formalmente el 29 de noviembre de 1991 y
se consolidó un bloque subregional de casi doscientos millones de potenciales
consumidores que aportaron un monto de consumo de casi 840 millones de dólares.
La formación de los bloques económicos de los países industrializados y la integración
subregional del Cono Sur, están acorde con los complejos cambios y la estructuración
de nuevas formas de relaciones en el ámbito internacional, que hasta hoy no se han
definido claramente en lo político, económico, financiero y comercial.
1/.- Acta de negociaciones bilaterales y multilaterales entre Argentina. Brasil, Paraguay
El estudio previo al acuerdo de integración argentino – brasilero, así como de las
reuniones multilaterales efectuadas entre Uruguay y Brasil permite analizar el contenido
del Tratado de Asunción, puesto que estas regiones, con la inclusión posterior de
Paraguay configuraron los términos de lo que más tarde llegó a ser dicho tratado.
A lo ya expuesto, cabe resaltar como antecedentes directos de la formación de Mercosur
el descontento de los países que lo conforman, con el avance lento de la integración en
Latinoamérica, la revitalización que a la fecha de suscripción registra la integración
andina, y el rápido avance de la corriente aperturista en todas partes.
Actualmente, en el año 2010, el MERCOSUR ha realizado las siguientes actividades
relacionadas con sus propósitos generales y que se enmarcan en su accionar de trabajo.
La Unión Europea y Mercosur decidieron el 17 de Mayo del 2010 en Madrid "reanudar las negociaciones para un Acuerdo de Asociación"
entre los dos bloques que sea "ambicioso y equilibrado", según anunció
el presidente del Gobierno y presidente de turno de la UE, José Luis
Rodríguez Zapatero, al término de la cumbre birregional. El anuncio de
recuperar ese diálogo, estancado desde 2004, se produjo tras la cumbre bilateral que ambas regiones celebraron en Madrid en el marco de la
reunión de jefes de Estado y Gobierno UE-América Latina y el Caribe. 2/.
Los franceses sienten que están en peligro los subsidios europeos
contemplados en la Política Agrícola Común (PAC), de la que son los
principales beneficiarios. Para Francia, Irlanda, Grecia, Hungría,
Austria, Luxemburgo, Polonia, Finlandia, Rumania y Chipre, su
agricultura está en juego y un acuerdo para ampliar el ingreso de
productos de toda América en Europa pone en riesgo su propia
producción. El bloque rebelde de los 10 países europeos lamenta que
una decisión de esta envergadura fuera tomada sin un debate político
previo" entre los propios europeos.
2/.- www.radiocinco.com
Para ellos, el grupo rebelde de los diez países europeos. aceptar "nuevas
concesiones" en materia agrícola es "inaceptable".3/. La Unión Europea
(UE) mantuvo el 17 de Mayo del 2010 en Madrid varias cumbres
previstas hasta el 19 de Mayo con los países latinoamericanos, con los
que apostó claramente por el comercio, ya que reanudó la negociación
con el Mercosur para un TLC y ultimaba otro con Centroamérica.
Los Ministros de Justicia del Mercado Común del Sur (Mercosur), aprobaron en Argentina, una declaración contra la trata de personas, que
busca penalizar tanto a quienes ejercen el tráfico de personas como a los
responsables de la explotación sexual. El manifiesto suscrito pide
"desalentar la demanda" de la explotación sexual de niñas, adolescentes y
mujeres adultas, e insta a los miembros del bloque, integrado por
Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, a que "consideren la penalización
del” denominado cliente. Además el acuerdo faculta a Brasil y Argentina a
llevar el planteamiento a la reunión de la Organización de Naciones Unidas
(ONU), que se realizará el próximo 17 de mayo en Viena.
Países como República Dominicana, Paraguay, Bolivia, Brasil y Argentina
lideran en América Latina los índices de trata de personas. Sin embargo,
Chile y Uruguay empezaron a encarar problemas sobre este caso, según
datos de la Organización Internacional de Migraciones (OIM) publicados en
el 2009. 4/.
3/.- http://www.espanol.rfi.fr/americas/20100513 diez países europeos, frenan
acuerdo agrícola con el Mercosur.
4.- Radio Nederland
Tele SUR _ Fecha: 07/05/2010
Diario El Comercio 08/05/2.010, página internacional
1.2.- ADECUACIÓN DE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL
En el marco de la XXXVIII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común (7 de
diciembre de 2009) la Decisión CMC 33/09 abordó la necesidad de adecuar la
estructura institucional del esquema para alcanzar, antes del 31 de diciembre del 2010,
un acuerdo sobre los lineamientos de una estructura que permita la mejor proyección
del MERCOSUR. En ese contexto fijó el dispositivo de funcionamiento de la
Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM), órgano creado
por la Decisión CMC 11/03.
1.2.1.- DRAW BACK Y ADMISIÓN TEMPORARIA
La Decisión 20/2009 que se aprobó en la citada XXXVIII Reunión Ordinaria del
Consejo del Mercado Común del CMC, dispuso una prórroga, hasta el 31 de
diciembre de 2016, para utilizar los regímenes denominados “drawback” y “admisión
temporal” en el comercio intrazonal. Debido a que estos dispositivos están
contemplados por los ordenamientos nacionales de los Estados Partes, la Decisión
previó la elevación por el Grupo Mercado Común, a más tardar en la última reunión
del año 2013, de una propuesta de armonización. Se fijaron además dos tratamientos
preferenciales.
Con respecto a Paraguay y a Uruguay, en la medida que no utilicen el “drawback” y la
“admisión temporal” para las importaciones de insumos agropecuarios desde
extrazona, dichos países podrán aplicar, hasta el 31 de diciembre de 2016 una alícuota
del 2% para una lista de ítems arancelarios que cada uno de dichos Estados Partes
determinará antes del 31 de diciembre de 2010. Y en el caso del Paraguay, operará un
mecanismo que será adoptado a propuesta de la Comisión de Comercio durante este
mismo año 2010, por el cual dicho país podrá importar materias primas hasta el 31 de
1.2.2.- EXCEPCIONES AL ARANCEL EXTERNO COMÚN
En la misma Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común, la Decisión CMC
28/09 estableció el número máximo de ítems arancelarios que los Estados Partes
podrán mantener como excepciones al Arancel Externo Común hasta el 31 de
diciembre de 2011. En tal sentido, Argentina y Brasil dispondrán de hasta cien ítems
arancelarios. Para Paraguay las excepciones podrán llegar hasta ciento cincuenta y
para Uruguay hasta ciento veinticinco ítems adicionales, prorrogándose así la Decisión
CMC 31/03. Adicionalmente, en el caso del Paraguay se prorrogó el reconocimiento
del derecho a mantener excepciones sobre trescientos noventa y nueve ítems
adicionales, tal como se había fijado en la Decisión CMC 7/94.
1.3 ACUERDO ARGENTINO – BRASILEÑO
La declaración firmada por los presidentes Néstor Kirchner y Lula Da Silva marca el
punto más alto de las relaciones políticas entre Argentina y Brasil y está llamado a tener
influencia en el escenario de las negociaciones internacionales por la deuda, aunque es
difícil prever cual será el alcance practico de la iniciativa.5/.
La coincidencia de Kirchner y Lula como primeros mandatarios del Mercosur dio lugar
a un mayor acercamiento de los países vecinos, que tuvo consecuencias concretas en
varios foros. Las más significativas se dieron en las negociaciones en la Organización
Mundial de Comercio y en las que se mantenían en relación al proyecto del ALCA,
donde la coordinación contribuyo a fortalecer la posición de ambos.
Este proceso se inicio en noviembre de 1985 con la Declaración de IGUAZU, en la
misma se destaca que la consolidación democrática de Argentina y Brasil posibilita el
estrechar relaciones y acelerar una integración bilateral entre los dos países, para luego
ir incorporando a los demás estados de Latinoamérica que deseen unirse a este proyecto
económico y social.
La declaración de IGUAZU crea la comisión Mixta de Alto Nivel para la cooperación e
integración Económica bilateral y las subcomisiones sectoriales, de energía, transporte,
comunicaciones, científica y tecnología. Estas comisiones prepararon los proyectos
para los acuerdos que luego conformaron el Programa de Integración y Cooperación
Económica, el mismo que fue firmado en la ciudad de Buenos Aires en julio de 1986.
El lema que se creó fue: crecer juntos en democracia. Lo que facilito lo posterior.
La vinculación de Uruguay al proceso fue importante, luego de un examen sobre los
acuerdos de cooperación de integración económica que este país ya había suscrito con
Argentina y Brasil.
Los doce protocolos del Programa de Integración y Cooperación Económica fueron de
diversa naturaleza y alcance, algunas con carácter bilateral exclusivamente, como por
ejemplo el Acuerdo No 2, que regula los compromisos de abastecimiento de trigo de
Argentina a Brasil.
Y el Acuerdo No 4 sobre expansión comercial y su anexo que se relaciona con el
Acuerdo de Alcance Parcial en el marco de la Asociación Latinoamericana de
Integración (ALADI).
Para comprender el contenido de los protocolos suscritos, se analiza brevemente cada
uno de ellos.
PROTOCOLO No 1
Establece un proyecto conjunto sobre producción, comercio y desarrollo tecnológico, o
bienes de capital. Se basa en la negociación de una lista común, con arancel cero, sin
restricciones de naturaleza no tarifarias, que lleve a la creación de un mercado común
sectorial que sea capaz de crear valores de referencias para el intercambio global anual
en forma creciente. Este protocolo tiene normas avanzadas y constituye un ensayo
ambicioso de integración en el campo industrial y en su concepto de equilibrio
PROTOCOLO No 2
Este protocolo trata de abastecimientos alimenticios que permitan atender problemas de
emergencia y seguridad alimentaria. Su enfoque es limitado.
PROTOCOLO No 3
Su principal objetivo fue crear el marco jurídico para la constitución de empresas
binacionales esto se hizo realidad en julio de 1920, mediante el tratado que instituyo el
Estatuto de Empresas Binacionales, cuyas normas son aplicadas exclusivamente para
empresas brasileño- argentinas que cumplan con los requisitos establecidos en cuanto a
administración, capital y otros.
PROTOCOLO No 4
Su propósito es mejorar la liquidez del sistema de compensación y aminorar los
desequilibrios producidos en el intercambio de bienes de capital entre los dos países,
mediante el mecanismo de Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI,
puesto que el financiamiento de los saldos deudores es de importancia para un
intercambio caracterizado por desequilibrios importantes relacionados con situaciones,
políticas y macroeconomías aplicadas por cada uno de los dos países.
PROTOCOLO No 5
Este protocolo creó una Banda de Inversiones para el financiamiento de proyectos con
un capital inicial de doscientos millones de dólares para el sector de bienes de capital y
otros que sean de interés para el programa de integración.
PROTOCOLO No 6
Tienen que ver con la energía, los hidrocarburos y la energía eléctrica, fija.
El abastecimiento de gas natural de Argentina al Brasil.
Posibilita la participación conjunta en la prospección y posterior exploración petrolera
El desarrollo energético es muy importante para Argentina, Brasil y Uruguay, debido a
que es necesario proyectar para el futuro los recursos y/o las carencias de ellos.
PROTOCOLO No 7
Establece el Centro Argentino – Brasileño de Biotecnología que se basa en dos Polos
Generadores de conocimientos y en la fijación de Núcleos de Investigación, para
proyectos conjuntos de desarrollo en áreas prioritarias.
En su primera etapa se seleccionaron las Áreas de salud, agropecuaria e industrial.
PROTOCOLO No 8
Crea el Centro Argentino- Brasileño de Altos Estudios económicos, cuya principal
acción es; realizar trabajos sobre la economía del otro país. Se trata bien de una
actividad puramente académica sin mayores efectos para el proceso de integración.
PROCOLO No 9
Este se refiere a la cooperación en materia de accidentes nucleares y emergencias
radiológicas, Uruguay tienen interés directo en el tema pues de producirse alguna de
dichas emergencias en los países vecinos, se vería afectado directamente en razón de su
ubicación geográfica.
PROTOCOLO No 10
Promueve la cooperación en materia de actividades productivas conjuntas y
complementarias. En Brasilia, en diciembre de 1986, los presidentes de Brasil y
Argentina ratificaron su vocación integracionista con la suscripción del Acta de
Amistad y la posibilidad de una real cooperación en política nuclear, mediante otra
Además de estos doce protocolos vigentes, aprobaron otros cinco, que igualmente van a
mencionarse en forma breve.
PROTOCOLO No 11
Sobre el sector siderúrgico, que busca la complementación industrial y cooperación
técnica, regulando el intercambio bilateral de los bienes correspondientes, para
encontrar una expansión equilibrada.
PROTOCOLO No 12
Se refiere al transporte terrestre, en el que existe un principal interés de Uruguay debido
al intenso tráfico que tiene con sus dos vecinos, pues se ha convertido en eventual
territorio de tránsito entre Argentina y Brasil.
PROTOCOLO No 13
Este es netamente de carácter bilateral y está relacionado con el transporte marítimo,
establece un mecanismo de coordinación del transporte al granel con la participación de
las dos banderas.
Han comenzado a surgir problemas con el acuerdo y en aplicación a este protocolo.
Según el Centro de Navegación de URUGUAY, Argentina está trabando el tránsito de
mercadería por el puerto de Montevideo. Un acuerdo bilateral con Brasil permite que
mercadería Argentina con destino a Brasil no ingrese a terceros puertos (Montevideo en
este caso).
"Lo que detectamos y tenemos pruebas es que la Secretaria de Puertos y Vías
Navegables de Argentina está trabando el tránsito por el puerto de Montevideo de las
exportaciones desde ese país a Brasil", dijo a El País el presidente del Centro de
permiso de transporte de productos desde Argentina a Brasil y si hacen escala en
Montevideo no se los dan" Diario “El País” Montevideo 18 de Mayo del 2010,
PROTOCOLO No 14
Establece la cooperación en el sector de las comunicaciones especialmente en las redes
digitales, servicios telefónicos, y de transmisión de datos.
Así mismo, Uruguay tiene mecanismos de Cooperación bilateral en este campo, con
Argentina y Brasil.
PROTOCOLO No 15
Relacionado con la cooperación nuclear en las diferentes actividades productivas,
Comerciales y técnicas.
En una reunión en Brasilia, concluyó un encuentro trilateral entre Argentina, Brasil y
Uruguay, y en si se emitió un comunicado conjunto de apoyo a una cooperación e
integración, en este se señalan los procedimientos que permitan promover la
Cooperación económica entre los tres países en base a los acuerdos bilaterales en
vigencia.
En Argentina, en el mes de julio de 1987, luego de una reunión entre los presidentes de
Argentina y Brasil, se suscribieron tres nuevos protocolos.
PROTOCOLO No 16
Establece las áreas prioritarias para la integración entre los dos países extensibles a los
países del MERCOSUR.
PROTOCOLO No 17
PROTOCOLO No 18
Crea la unidad monetaria común denominada ‘GAUCHO’, que sería emitida y
respaldada por una banda de reserva administrado por los Bancos Centrales de los dos
países.
Esto fue comunicado al Uruguay para determinar su posible participación en dicho
mecanismo.
Para su ejecución era necesario que los Bancos Centrales de los dos países con
concertaran un acuerdo interbancario y/o se estableciera que los resultados de las
compensaciones bilaterales cuatrimestrales pudieran ser saldadas con las nuevas
unidades monetarias comunes, hasta un límite inicial de emisión de doscientos millones
de gauchos.
Hasta fines de 1987, la participación de Uruguay, aun no se había formalizado sin
embargo, el plan bilateral avanzaba.
En abril de 1988, se suscribió en Brasilia, la ‘Decisión Tripartita No 1 conocida como
‘Acta de Alborada’, que es la base de la mencionada integración tripartita, la misma que
dispone iniciar los trabajos en el sector de transporte terrestre, que permitan concertar
un convenio en esa materia.
Argentina y Brasil suscribieron nuevos protocolos adicionales, entre ellos los siguientes.
PROTOCOLO No 19
Trata sobre la industria automotriz y fija las pautas para realizar el intercambio de
vehículos automotores y sus partes, piezas y componentes.
PROTOCOLO No 20
Trata acerca de la industria de la alimentación, que es un tema de interés para Uruguay.
En los meses siguientes, Argentina y Brasil negociaron en forma reservada un tratado
institucionalizándolo mediante un instrumento jurídico internacional que busque un
mercado común bilateral.
Uruguay, al tener conocimiento de que ese tratado estaba en su fase de reacción final y
que en él no se contemplaba la inclusión de terceros, realizó gestiones para modificar el
carácter bilateral y exclusivo de dicho documento, su petición no fue aceptada y aun
mas se adoptó un texto mucho más rígido, en el que se inhibía la presentación de
solicitudes de asociación por cinco años a partir de la suscripción del Tratado y de sus
acuerdos específicos y dejaba la admisión a la voluntad de las partes signatarias.
En Buenos Aires, Argentina, se firmó el ‘Tratado de Integración, Cooperación y
Desarrollo’ en noviembre de 1985, dando así un gran paso en la ruta a la integración
bilateral.
Además de los protocolos vigentes, entre los que se destaca lo relativo a la industria
alimenticia, se suscribió el siguiente.
PROTOCOLO No 21
Este protocolo tiene que ver con la integración fronteriza.
El Tratado bilateral de Integración fue ratificado por el Congreso de Argentina el 15 de
agosto de 1989 y el 17 del mismo mes y a un año por el congreso de Brasil, tal
ratificación se dio por unanimidad de los legisladores de los dos congresos de los países
mencionados.
El 22 de agosto de 1989, en Uruguay se realizó una breve reunión entre los presidentes
José María Sanguinetti, Carlos Menem y José Sarmey, en la que ratificaron la voluntad
de continuar el proceso tripartito de integración.
Los presidentes de Argentina y Brasil invitaron al Uruguay, por medio de su
presidente, a que los grupos sectoriales de ese país se incorporen a estos convenios.
En Brasilia, el 23 de agosto de 1989, se dio una reunión bilateral y en ella no se hace
referencia a la eventual asociación de Uruguay.
En julio de 1990 se reúnen los nuevos presidentes de Argentina, Carlos Menem y de
Brasil Fernando Collor de Melo, en este nuevo encuentro el acto más relevante fue el
Tratado de Integración, Cooperación y Desarrollo, fijándola para el 31 diciembre de
1994. En este encuentro no participo el presidente de Uruguay.
Debido a su entorno geopolítico y a la tendencia mundial para conformar áreas
económicas integradas, el gobierno uruguayo decidió ingresar al mercado común
bilateral, acordado por los países de Argentina y Brasil, decisión que luego fue adoptada
por las autoridades del gobierno de Paraguay.
El 1 de agosto de 1990 se efectuó una reunión de los Cancilleres y Ministros de
Economía de Argentina, Brasil, Chile y Uruguay, en la que este último solicita su
adhesión al proceso argentino-brasileño sujetándose a todos los derechos, obligaciones
y riesgos que esta adhesión implica.
Así mismo se invitó a Paraguay a integrarse a este proceso económico. Es en esta
reunión en la que se inicio la aplicación del principio estricto de una integración entre
iguales.
El 5 y 6 de septiembre de 1990, en Buenos Aires, Argentina, se reúne el Grupo Mercado
Común de Argentina y Brasil con los representantes de Uruguay y Paraguay. Se
consideró la necesidad de suscribir un acuerdo de integración que creará un mercado
común entre Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay, siguiendo los lineamientos, pautas
y cronogramas acordados para el proceso argentino – brasileño, cuyas premisas serian la
reciprocidad de derechos y obligaciones.
Uruguay y Paraguay, al admitir que la norma básica del mercado común fuera la
1.4 EL TRATADO DE ASUNCIÓN. TRATADO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN MERCADO COMÚN ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA, LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
Este Tratado dio origen al esquema de integración económica denominado Mercado
Común del Sur y fue firmado en Asunción, Paraguay, el 26 de marzo de 1991
El propósito de este Tratado es constituir un Mercado Común, que debería estar
conformado hasta el 31 de diciembre de 1994, el que se denominará "Mercado Común
del Sur" (MERCOSUR).
Este Mercado Común abarca, según el artículo 1:
La libre circulación de bienes, servicios y agentes productivos entre los países, a
través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones
no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida
equivalente;
El establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política
comercial común con relación a terceros Estados o agrupaciones de Estados y la
coordinación de posiciones en foros económico-comerciales regionales e
internacionales;
La coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Partes: de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y
de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que
se acuerden, a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los
Estados Partes;
El compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones en las áreas
En el Artículo 5 se pueden observar algunos instrumentos que le dan forma al Tratado y
lo convierten, posiblemente, en la mayor fortaleza del mismo, cuyo contenido es el
siguiente.
a) Un Programa de Liberación Comercial, que consistirá en rebajas arancelarias
progresivas, lineales y automáticas, acompañadas de la eliminación de
restricciones no arancelarias o medidas de efectos equivalentes, así como de
otras restricciones al comercio entre los Estados Partes, para llegar al 31 de
diciembre de 1994 con arancel cero, sin restricciones no arancelarias sobre la
totalidad del universo arancelario (Anexo I);
b) La coordinación de políticas macroeconómicas que se realizará gradualmente
y en forma convergente con los programas de desgravación arancelaria y de
eliminación de restricciones no arancelarias indicados en el literal anterior;
c) Un arancel externo común, que incentive la competitividad externa de los
Estados Partes;
d) La adopción de acuerdos sectoriales, con el fin de optimizar la utilización y
movilidad de los factores de producción y de alcanzar escalas operativas
eficientes.
Consta de cinco anexos:
a.- El Anexo I estableció el programa de liberación comercial, protocolizado en ALADI
mediante el acuerdo de alcance parcial de complementación económica numero 18. En
este anexo se estableció el cronograma de liberación:
b.- El Anexo II incorporó un régimen de origen para el periodo de transición, sustituido
en el periodo siguiente de consolidación de la Unión Aduanera por el régimen fijado por
las Decisiones 6/94 y 23/94 del Consejo del Mercado Común.
c.- El Anexo III reguló el procedimiento de solución de controversias, luego fue
sistema de ‘reclamaciones’ dentro de la Comisión de Comercio del Mercosur sistema
incorporado al anexo del Protocolo de Ouro Petro.
d.- El Anexo IV relativo a la aplicación de salvaguardias, que como estaba previsto dejó
de aplicarse al finalizar el periodo de transición; y,
e.- El Anexo V, que creo los distintos subgrupos de trabajo integrantes del órgano
ejecutivo del esquema, el Grupo Común. Estos subgrupos fueron modificados en la
etapa de consolidación de la Unión Aduanera.
Este tratado entra en vigencia el 29 de noviembre de 1991, su contenido es de seis 6
Capítulos, veinte y cuatro Artículos y cinco Anexos. Ha sido llamado ‘Tratado Marco
porque esboza en marco general sobre el mercado común futuro, fija algunos principios,
establece ciertos instrumentos para el desarrollo de futuras acciones.
El capítulo I, trata de los Propósitos y Principios. Y es así como el Artículo 1 señala el
propósito de los Estados que lo suscriben de constituir un mercado que se denominará
Mercado Común del Sur MERCOSUR.
Este Mercado Común conlleva a la libre circulación de bienes, servicios y factores
productivos entre los países, a la eliminación de derechos aduaneros y de otras
restricciones no arancelarias, a la determinación de un Arancel Externo Común – MEC
-que no es sino la adopción de políticas comerciales comunes en relación a terceos
países. Hace mención a la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales
entre los países participantes.
El Artículo 2 por su parte, señala la reciprocidad de derechas y obligaciones entre los
países participantes.
Esta situación merece un análisis serio, debido a que el desarrollo armónico y el
equilibrio son principios esenciales en todo proceso de integración, consagrados en la
teoría y confirmados en la práctica, y es así que todo esfuerzo integracionista busca el
crecimiento conjunto en forma equilibrada, que posibilita la Distribución igualitaria de
El Tratado de Montevideo de 1980, que instituye la Asociación Latinoamérica de
Integración – ALADI -, contempla entre sus principios básicos, el de tratamientos
diferenciales, en base a tres categorías de países, considerando sus características
económicas y estructurales Por esta razón, se puede afirmar sin temor a equivocaciones,
que el Tratado de Asunción y el de Montevideo de 1980 son incompatibles.
El Articulo 3 dispone que mientras dure el periodo de transición, que va desde la puesta
en vigor del presente Tratado hasta el 31 de diciembre de 1994 y con el afán de facilitar
la constitución del Mercado Común, los Estados Partes adoptan un Régimen General
de Origen, un Sistema de Solución de Controversias y Clausulas de Salvaguardia, los
mismos que serán tratados en los anexos 2, 3 y 4 del Tratado.
Por lo anteriormente señalado se deduce que el Tratado tiene carácter de Provisional y
por esta razón el Articulo 19 es inadecuado puesto que señala que el Tratado tiene
carácter de indefinido, no solo en su estructura institucional sino también en la que
concierne al Programa de Liberación, cuyas disposiciones caducan al finalizar el
periodo de transición, al igual que la caracterización del Mercado Común.
El Artículo 5 se refiere a las normas que regirán las relaciones comerciales externas con
terceros países o grupos de Estados; y, el Artículo 8 posee completa validez
momentánea en el desarrollo de esta etapa de transición.
Por todo lo expuesto, se deduce que en el Tratado de Asunción lo definitivo, no es el
instrumento en sí, sino la decisión política de establecer un Mercado Común que dure
indefinidamente.
El Capitulo II, señala la Estructura Orgánica. Los Artículos 9 al 18 especifican los
diferentes órganos temporarios que tendrán en vigencia durante el periodo de transición,
tales como el Consejo del Mercado Común y el Grupo del Mercado Común.
El Artículo 18 del Tratado señala que antes del establecimiento del Mercado Común,
determinado para el 31 de diciembre de 1994, los Estados Partes tendrán una reunión
extraordinaria con el fin de determinar la estructura institucional definitiva de los
órganos de administración del Mercado Común, y las atribuciones especificas de cada
El Artículo 20 del Capítulo IV trata de la adhesión y señala que el Tratado estará abierto
a ella mediante negociación con los otros países que conforman la Asociación
Latinoamérica de Integración (ALADI), cuyas solicitudes tendrán que ser examinadas
por los Estados Partes después de cinco años de vigencia del Tratado. Sin embargo las
solicitudes podrán ser consideradas antes del mencionado plazo, siempre que sean
presentadas por los países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración
(ALADI) que no formen parte de un esquema de integración subregional o de una
asociación extra regional.
El Capitulo V, en los Artículos 21 y 22. Señala los pasos a seguir cuando un Estado
Parte desee renunciar al Tratado, El país deberá comunicar su intención a los demás
Estados Partes de manera expresa y formal. Y luego de 60 días terminarán para el
Estado renunciante los derechos y obligaciones que le corresponden en su calidad de
Estado Parte, quedando vigente lo que se refiere al Programa de Liberación y otros que
los Estados Parte y el renunciamiento acordaren, por un periodo de dos años.
El Capítulo VI, en sus Artículos 23 y 24 contiene las disposiciones generales, como la
de llamarle Tratado de Asunción y además trata sobe el establecimiento de una
Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR.
1.5 ESTRUCTURA DEL MERCOSUR
En el marco de la XXXVIII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común (7 de
diciembre del 2009) la Decisión CMC 33/09 abordó la necesidad de adecuar la
estructura institucional del esquema para alcanzar, antes del 31 de diciembre de 2010,
un acuerdo sobre los lineamientos de una estructura que permita la mejor proyección del
MERCOSUR. En ese contexto fijó el dispositivo de funcionamiento de la Comisión de
Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM), órgano creado por la Decisión
CMC 11/03.
Es necesario considerar una visión esquemática del MERCOSUR, que permita entender
cuáles son los organismos que han posibilitado la consecución y los logros obtenidos
La estructura institucional del MERCOSUR fue establecida en el marco del Protocolo
Adicional al Tratado de Asunción, conocida como Protocolo de Ouro Preto Brasil,
suscrita el 16 de diciembre de 1994, y consta de los siguientes órganos.
‐ El Consejo del Mercado Común CMC ‐ El Grupo Mercado Común GMC
‐ La Comisión de Comercio del MERCOSUR CCM ‐ La Comisión Parlamentaria Conjunta CPC
‐ El Foro Consultivo Económico – Social FCES
La Secretaria Administrativa del MERCOSUR (SAM), ahora constituida en la
Secretaria Técnica
1.5.1 ORGANISMOS QUE INTEGRAN EL MERCOSUR
El Foro consultivo Económico – Social FCES, organismo de participación de las organizaciones de la sociedad civil, creado en 1994.
El Tribunal Administrativo Laboral del Mercosur, para conflictos con el staff,
creado en 2003.
La Secretaria Administrativa del Mercosur (SAM) con sede en Montevideo, creada en 1994
La Comisión Socio laboral (CSL) de composición tripartita gobiernos,
empleadores y sindicatos, creada en 1997 e instalada en 1998.
El Grupo de alto Nivel de Empleo (GANE), creado en el 2004.
El Fondo para la Convergencia Estructural del Mercosur (FOCEM), creado en el 2004.
El Instituto Social del Mercosur, creado en el 2006. El Foro de la Mujer, en el ámbito del (FCES).
Los organismos que integran el MERCOSUR de acuerdo al Protocolo de Duro Preto,
son órganos con capacidad decisoria, de naturaleza Intergubernamental, y son los
A).- El Consejo del Mercado Común CM
El Consejo del Mercado Común (CMC), es el órgano superior del Mercosur y el que
adopta las decisiones de mayor importancia. Está integrado por los Ministros de
Relaciones Exteriores y los Ministros de Economía de los países miembros.
Historia
El CMC fue creado por el Tratado de Asunción artículos 9 a 11, pero adoptó su actual
estructura y funciones por el Protocolo de Ouro Preto artículos 1 a 8.
Competencia
El CMC es el órgano político del Mercosur, el responsable de alcanzar a constituir el
mercado común en los plazos contemplados y es quien elije al Presidente de la
Comisión de Representantes Permanentes del Mercosur CRPM.
Es uno de los tres órganos decisorios del Mercosur, los otros dos son el Grupo Mercado
Común y la Comisión de Comercio del Mercosur. Sus normas se denominan
Decisiones y son de aplicación obligatoria en los países miembros. Como todas las
normas que se establecen en el Mercosur, las decisiones deben realizarse por consenso
de todos los países miembros y sin que falte ninguno; Art. 37 del protocolo de Ouro
Preto.
El CMC puede, y lo hace habitualmente, convocar Reuniones de Ministros del
Mercosur RMM, para tratar temas puntuales de cada área y eventualmente producir
recomendaciones directas al CMC, que eventualmente puedan ser aprobadas como
Decisiones.
Es al CMC a quien le corresponde establecer o modificar las alícuotas arancelarias de
los diferentes ítems del arancel externo común, es decir es el organismo que establece
cuanto debe pagar un producto hecho en otros países para poder ingresar a los países
que integran el Mercosur.
El Consejo puede crear nuevos órganos auxiliares del Mercosur, según el Protocolo de
Ouro Preto, Art 1, párrafo único. En uso de esa facultad ha creado la Comisión de
Representantes Permanentes del Mercosur, la Comisión Socio laboral, el Grupo de Alto
Integración
El Consejo del Mercado Común está integrado por los Ministros de Relaciones
Exteriores y los Ministros de Economía de cada país. Por lo tanto, con la composición
del Mercosur en el 2006, lo integran diez miembros, dos por país. En las reuniones del
Consejo participa también el Presidente de la Comisión de Representantes Permanentes
del Mercosur CRPM. El MCM puede también invitar a otros funcionarios de rango
ministerial a participar de las reuniones.
El Consejo tiene un presidente, que debe rotar entre los estados cada seis meses
siguiendo el orden alfabético
Funcionamiento
El Consejo debe reunirse al menos una vez cada seis meses. Se ha establecido como una
práctica la reunión del CMC en julio y diciembre de cada año.
Las decisiones¸ como todas las que se toman en el Mercosur deben realizarse por
consenso de todos los países miembros y sin que falte ninguna. Art 37 del Protocolo de
Ouro Preto. A cuyo cargo está la administración y ejecución del Tratado y de los
Acuerdos específicos y decisiones que sean adoptados mientras dure el periodo de
transición.6/
El Consejo es el Órgano Superior del Mercado Común y a él le corresponde la
conducción política y la toma de decisiones que aseguren el cumplimento de los
objetivos y plazos establecidos para la constitución definitiva del Mercado Común.
El Consejo está integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y por los Ministros
de Economía de los Estados Partes. Sus Miembros deben reunirse cuantas veces se
considere necesario y oportuno y por lo menos una vez cada año con la participación de
los Presidentes de los Estados Partes.
La Presidencia, del Consejo, según lo estipula el artículo 5, se ejercerá en forma rotativa
por las los Estados Integrantes, en orden alfabético y por periodos de 6 meses.
Además, este artículo señala que las reuniones del Consejo estarán coordinadas por los
Ministerios de Relaciones Exteriores y en ellas podrán participar otros Ministerios o
autoridades de ese nivel.
Las funciones y atribuciones del Consejo del Mercado Común son:
1) Velar por el cumplimiento del Tratado de Asunción, de sus Protocolos acuerdos
firmados en su marco.
2) Formular políticas y promover las acciones necesarias para la conformación del
Mercado Común del Sur,
3) Ejercer la titularidad de la personalidad jurídica del MERCOSUR.
4) Negociar y firmar acuerdos con terceros países, grupos de países y organismos
internacionales.
5) Pronunciarse sobre las propuestas que lleve el Grupo Mercado Común.
6) Crear reuniones de Ministros y pronunciarse sobre los acuerdos que les sean
enviados por las Comisiones.
7) Crear los órganos que considere pertinentes, o modificarlos o suprimirlos.
8) Aclarar, cuando sea necesario, el contenido y alcance de sus decisiones.
9) Nombrar al Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR.
10) Adoptar decisiones en materia financiera y presupuestaria.
11) Homologar el Reglamento Interno del Grupo Mercado Común.
a) Grupo Mercado Común (GMC)
Es un Órgano Técnico Superior del Mercado Común. Está integrado por funcionarios
no ministeriales.
Historia
El Grupo Mercado Común fue creado por el Tratado de Asunción arts. 13-15, pero
adoptó su actual estructura y funciones por el Protocolo de Ouro Preto arts. 10-15.
Competencias
El Grupo Mercado Común es el órgano ejecutivo del Mercosur y el responsable de
ejecutar las decisiones del CMC. En su ámbito se desenvuelven los Subgrupos de
proponer decisiones sobre todas las cuestiones relacionadas con la integración, a
excepción de los temas aduaneros y arancelarios que corresponden a la Comisión de
Comercio del Mercosur CCM.
Es uno de los tres órganos decisorios del Mercosur, los otros dos son el Consejo del
Mercado Común y la Comisión de Comercio del Mercosur. Sus normas se denominan
Resoluciones y son de aplicación obligatoria en los países miembros. Como todas las
normas que se adoptan en el Mercosur deben realizarse por consenso de todos los países
miembros y sin que falte ninguno art.37 del Protocolo de Ouro Petro.
Cuando el Grupo Mercado Común considera que un tema es de especial importancia,
puede elevar una recomendación al Consejo del Mercado Común CMC, proponiendo la
sanción de una Disposición por parte de este último.
El GMC ha creado para organizar sus actividades Subgrupos de Trabajo SGT para
encarar las grandes áreas de trabajo, y reuniones Especializadas, cuando el tema merece
una atención especial. Los Subgrupos de Trabajo y las Reuniones Especializadas
realizan recomendaciones al GMC, con el fin de que este sancione una Resolución, o si
el tema es muy importante eleve a su vez la recomendación al Consejo, para que se
adopte una Decisión.
El grupo es el encargado también de aprobar el presupuesto, elegir al Secretario de la
Secretaría Permanente del Mercosur y supervisar su tarea.
Integración
El Grupo Mercado Común GMC está integrado por cuatro miembros titulares no
ministeriales de cada país. En 2006 eran 20. Tres de esos cuatro miembros deben
representar obligatoriamente a los Ministerios de Relaciones Exteriores y la economía, y
a los Bancos Centrales de los países miembros art. 11 del Protocolo de Ouro Petro.
La coordinación del GMC la realizan los Ministerios de Relaciones Exteriores. El
GMC puede invitar a otros funcionarios de rango no ministerial a participar de las
El GMC tiene un Presidente, que debe rotar por candidatos presentados por los estados,
cada seis meses.
Funcionamiento
El Grupo debe reunirse cuantas veces sea necesario, debiendo pautar reuniones
ordinarias y recurrir a las extraordinarias en caso necesario.
Las decisiones, como todas las decisiones que se toman en el Mercosur deben realizarse
por consenso de todos los países miembros y sin que falte ninguno Art.37 del Protocolo
de Ouro Preto.
b) Los subgrupos de Trabajo SGT
En el ámbito del Grupo funcionan los Subgrupos de Trabajo una instancia importante
del funcionamiento del Mercosur.
Es el órgano ejecutor del Mercado Común y también será coordinada por los
Ministerios de Relaciones Exteriores de los estados miembros.
El Grupo Mercado Común puede invitar a representantes de otros organismos de la
administración pública y del sector privado, cuando lo consideré necesario, a participar.
En la elaboración de propuestas o medidas concretas para un mejor desenvolvimiento de
su trabajo. Esto se realiza cuando elabora y propone medidas concretas en el desarrollo
de sus trabajos.
c) La Comisión de Comercio del MERCOSUR
Es el órgano responsable de asistir al Grupo Mercado Común y a ella le corresponde la
aplicación de los instrumentos de política comercial común, acordados por los Estados
revisar los temas y materias relacionadas con las políticas comerciales comunes, con el
comercio entre MERCOSUR y con terceros países.
Esta Comisión está integrada por cuatro miembros titulares y cuatro miembros alternos
por Estado Parte y será coordinada por los Ministerios de Relaciones Exteriores, se
reúne por lo menos una vez al mes o cuando lo solicita el Grupo Mercado Común o
cualquiera de los países miembros.
Corresponde a esta proponer las revisiones de alícuotas arancelarias de ítems
específicos del Arancel Externo Común. También atender los reclamos originados por
los Estados Partes, relacionadas con situaciones que estén en el área de su competencia.
d) La Comisión Parlamentaria Conjunta CPC
Es el órgano representativo de los Congresos de los países que integran el
MERCOSUR.
Esta Comisión tiene como misión el acelerar los procedimientos internos en los Estados
Partes, para que entren en vigencia las normas emitidas por los órganos del
MERCOSUR coadyuva en la armonización de las legislaciones para el avance del
proceso de integración.
El Parlamento del Mercosur es el órgano de representación de la pluralidad ideológica y
política de los pueblos de los países miembros del Mercosur: Argentina, Brasil,
Paragua y, Uruguay, y Venezuela .Creado legalmente el 9 de diciembre de 2005,
comenzó a funcionar el 7 de mayo del 2007.
En una primera etapa sus miembros fueron elegidos por los parlamentos nacionales de
entre sus miembros, y en su etapa definitiva será elegido por voto directo (a partir de
2011) y simultaneo (desde 2015) de los ciudadanos siguiendo el criterio de
representatividad ciudadanía.
La creación del Parlamento del Mercosur es parte de un proceso abierto en 2002, de
constitución de organismos y procedimientos que tienen como fin evidente
En ocasión de la XXVII Cumbre de Presidentes de Ouro Preto, el 17 de diciembre del
2004 el Consejo del Mercado Común CMC encomendó a la Comisión Parlamentaria
Conjunta (CPC) la redacción de una propuesta de Protocolo Constitutivo del Parlamento
del Mercosur constituyendo el nuevo organismo.7/.
La CPC realizó el proyecto con gran antelación a la fecha de vencimiento y el 9 de
diciembre del 2005, los presidentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, firmaron
el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur constituyendo el nuevo
organismo.
El Parlamento de Mercosur debía comenzar a funcionar antes del 31 de diciembre de
2006, pero finalmente concreto su primera reunión el 7 de de mayo de 2007, dejando de
existir la Comisión Parlamentaria Conjunta.
En el mes de Junio de 2008, se reunieron por primera vez fuera de Montevideo, en la
ciudad de San Miguel de Tucumán, en conjunto con la XXXV Cumbre del Mercosur,
realizada también en esa ciudad argentina.
Competencias
El Parlamento del Mercosur es el órgano de representación de la pluralidad ideológica y
política de los pueblos de la región. Si bien no tiene facultades decisorias, se trata de un
órgano independiente y autónomo, que ha sido concebido para desempeñar un fuerte
papel político.
El órgano parlamentario del bloque tiene importantes funciones referidas a la
preservación de la democracia y los derechos humanos, incluyendo en el primer caso
también a Bolivia y Chile, a través Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso
Democrático. Anualmente el Parlamento debe presentar un informe sobre la situación
de los derechos humanos en la región.
Las funciones del Parlamento del Mercosur contemplan su estrecho relacionamiento con
todos los órganos internos del bloque, ubicándolo como un interlocutor privilegiado.
El parlamento debe elaborar un dictamen previo en todas las decisiones, resoluciones
y directivas que emitan los órganos decisorios del Mercosur, cuando fuera necesaria
para su implementación alguna gestión en los poderes legislativos nacionales
Integración
La integración del Parlamento del Mercosur está contemplada en tres etapas,
confidentes con los mandatos de los parlamentarios:
Hasta el 31 de diciembre de 2010 (primer mandato): el Parlamento estará
integrado por 18 parlamentarios por cada estado parte, elegidos por los
parlamentos nacionales de entre sus miembros. El total de miembros titulares
es de 90 y todos los estados tienen la misma representación.
El protocolo de constitución del Organismo establece que para la designación
de los parlamentos, los países deben asegurar una adecuada representación por
género, etnias y regiones (artículos 6, inciso 2), abriendo así la posibilidad de
establecer medidas de discriminación positiva.
La norma prevé que los estados asociados (Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú) puedan participar del Parlamento con voz pero sin voto (Art 7).Por lo tanto es probable que parlamentarios de estos países integren.
En esta etapa, antes del 31 de diciembre de 2007, el Consejo del Mercado
Común:
Debe sancionar una Decisión definiendo los criterios de representatividad ciudadana con que se integrará el Parlamento. Esta
Decisión, que debe tomarse por unanimidad de los cinco países
miembros, supone una compleja negociación política en la que habrá
que armonizar los intereses de los países con escasa población, como
Uruguay (3,4 millones) y Paraguay (6,3 millones), y los países de
mayor población, fundamentalmente Brasil (188,3 millones), aunque
también Argentina (39,7 millones) y Venezuela (25,9 millones).
Básicamente los primeros podrían verse sumamente perjudicados si la
representación fuera directamente proporcional y sin salvaguardas de ningún
tipo. Por otra parte el protocolo establece que el sistema procurará asegurar una
En este año, 2010, los estados miembros deben realizar, en cada país,
elecciones de Parlamentarios del Mercosur siguiendo las pautas de
representación ciudadana que el Consejo de Mercado Común debía sancionar
por Disposición antes del 31 de diciembre de 2007.
En todos los casos los sistemas electorales deben garantizar el voto directo,
universal, y secreto.
Desde el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2014 (segundo mandato): los parlamentarios deberán ser elegidos por los ciudadanos de cada
País Parte, el año anterior a través del voto directo, universal y secreto.
Desde el 1 de enero de 2015 en adelante en este tercer mandato todos los parlamentarios habrán sido elegidos por votación simultánea.
Funcionamiento
El Parlamento del Mercosur funciona en Montevideo, con una sola cámara y debe
realizar al menos una sesión ordinaria mensual. El CMC y los propios parlamentarios
pueden convocarlo a sesiones extraordinarias. El protocolo contempla la posibilidad de
realizar sesiones virtuales, sin presencia física de los parlamentarios en su mismo lugar.
Para tomar las decisiones existen cuatro tipos distintos de mayorías (Art. 15), pensadas
para temas de distintas complejidad o que afecten diferentes intereses:
a) El Foro Consultivo Económico y Social (FCES)
El Foro Consultivo Económico y Social del Mercosur (FCES), es el órgano
representativo de los sectores económicos y sociales del Mercosur. Es un órgano
autónomo pero sin facultades decisorias propias. Es un órgano integrado
exclusivamente por sectores privadas (organizaciones empresariales, sindicatos y tercer
Historia
El Foro Consultivo Económico-Social del Mercosur fue creado en diciembre de 1994
por el Protocolo de Ouro Preto (Arts. 28-30).
El FCES es un Organismo inspirado en el Comité Económico y Social (CES) de la
Unión Europea, creado atendiendo a la demanda de mayor participación de los sectores
empresariales y sindicales.
Competencias.
El reglamento del FCES establece amplias funciones para “promover la participación de
la sociedad social y su integración al proceso de construcción del MERCOSUR,
destacando la dimensión social de este proceso” En su ámbito actúan cuatro Áreas
Temáticas permanentes:
1. Consolidación de la Unión Aduanera (Aspectos Aduaneros, Defensa de las
Prácticas Desleales del Comercio, Arancel Externo Común, Convergencia de los
Regímenes de Adecuación, Régimen de Origen, Medidas no Arancelarias,
Incentivos a las Exportaciones, Regímenes Aduaneros Especiales (Zonas
Francas), Normas Técnicas, Políticas Comerciales Sectoriales (industria
automotriz, azucarera y textil), Salvaguardias, Solución de Controversias.
2. Profundización del Proceso de Integración (Agricultura, Industria, Minería,
Asuntos Financieros, Asuntos Tributarios, Ciencias y Tecnología, Inversiones,
Propiedad Intelectual, Servicios, Compras Gubernamentales, Infraestructura
(Transporte, energía y comunicaciones), Medio Ambiente, Políticas
Macroeconómicas, Promoción del empleo, Aspectos institucionales)
3. Relaciones Externas del MERCOSUR con organizaciones como ALADI, CAN,
OMC, UE, Otras relaciones externas, Cooperación Técnica.
4. Aspectos Sociales de la Integración (Relaciones del trabajo y la seguridad social,
Recualificación profesional, Cultura, Educación, Migraciones, Saludos
cordiales, Cooperación policial, Cuestiones de género, Asociaciones y
El FCES también ha jugado un papel importante en la inclusión de la mujer y el punto
de vista de género en el MERCOSUR. En su ámbito se ha creado en 1995 el Foro de la
Mujer (FM). Como resultado de ello el Grupo Mercado Común estableció en 1998, la
Reunión Especializada de la Mujer (REM), constituido por representaciones
gubernamentales y el asesoramiento del FM así como de otras asociaciones regionales
sin fines de lucro.
Integración.
El Foro Consultivo Económico y Social tiene diversas integraciones de acuerdo a si se
trata del Plenario regional o las secciones nacionales.
El Plenario, su instancia superior, está integrado por nueve delegados por país, de los
cuales cuatro corresponden al sector sindical, otros cuatro al sector empresarial y el
restante al tercer sector (organizaciones de consumidores).
Las secciones nacionales del FCES tienen autonomía para organizarse y, debido a ello
se han integrado con diferentes composiciones, sumando a otros sectores de la sociedad
civil, además de las organizaciones sindicales, empresariales y de consumidores.
En la sección Argentina participan además organizaciones ambientales, cooperativistas,
profesionales, universitarias y tecnológicas.
Viene a ser el órgano que representa a los Sectores económicos y sociales
Su función es consultiva y se manifestará a través de recomendaciones al Grupo
Mercado Común.
El Artículo 31 establece que el grupo Mercado Común contará con una Secretaria
Administrativa del MERCOSUR (SAM),
La Comisión de Representantes Permanentes del Mercosur (CRPM)
Es un órgano de gestión política y representación permanente del Mercosur ante
terceros. Fue creada el 6 de octubre de 2003 mediante Decisión 11/03 del Consejo del