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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO

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(1)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO

(2)

Con fundamento a lo dispuesto por los artículos 17 y 19 de la Ley Orgánica

de la Administración Pública Federal; 14 y 17 fracción III del Reglamento

Interior de este Órgano Administrativo Desconcentrado, he tenido a bien

expedir el siguiente:

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO

EL ING. ARMANDO RANGEL HERNÁNDEZ

DIRECTOR EN JEFE

(3)

ÍNDICE

I Código de Conducta de los Servidores Públicos del Sector Agrario, Misión,

Visión y Política 5

II Presentación 7

III Marco Legal 9

IV Objetivo General 16

V Procedimientos 18

1. Inscripción de Sociedades Mercantiles o Civiles Propietarias de Tierras Agrícolas, Ganaderas o Forestales.

19

2. Reportes Mensuales para el Informe del Cumplimiento del Programa Operativo Anual, correspondiente a Inscripciones en el Folio de Sociedades Rurales

29

3. Reportes Mensuales para el Informe del Cumplimiento del Programa Operativo Anual, correspondientes a Inscripciones en el Folio de Reglamentos y Acuerdos de Asamblea

37

4. Desahogo de Consultas 43

5. Correcciones por Errores Materiales en los Asientos Regístrales 48 6. Correcciones por Errores de Concepto en los Asientos Regístrales 55 7. Modificaciones o Actualizaciones al Sistema de Inscripciones del

Registro Agrario Nacional (SIRAN)

63

8. Solicitud de Emisión de Constancias Regístrales 70 9. Recepción de Solicitudes de Inscripción Realizadas por los

Promoventes a la Dirección General de Registro

77

10. Participación en la Expedición de Circulares 82

11. Adopción del Dominio Pleno en Ejidos 95

12. Aportación de Tierras de Uso Común a Sociedades Civiles o Mercantiles

103

13. Incorporación de Tierras del Dominio Pleno al Régimen Ejidal 110 14. Adopción de Dominio Pleno en Colonias Agrícolas y Ganaderas 119

(4)

16. Adopción de Dominio Pleno en Ejidos (segundo tramite) 142

17. Expedición de Constancias 150

18. Relaciones de Ejidatarios y/o Comuneros con vigencia de derechos 158 19. Transmisión de Derechos Agrarios por Sucesión 165 20. Inscripción de Títulos de Terrenos Nacionales 172 21. Acuerdos de Asamblea Relativos a la División y/o Fusión de Ejidos

Conversión del Régimen en Ejidal al Comunal o Viceversa.

178

22. Asignación de Datos de Registro a Carpetas Básicas remitidas por la Unidad Técnica Operativa (Rezago Administrativo)

186

23. Inscripción de Resoluciones Judiciales y Administrativas 194 24. Reportes Mensuales para el Informe del Cumplimiento del Programa

Operativo Anual, Correspondiente al Deposito de Listas de Sucesión

(5)

I.

CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL

SECTOR AGRARIO, MISION, VISION Y POLITICA

(6)

Código de Conducta de los Servidores Públicos del Sector Agrario.

Los Servidores Públicos del Registro Agrario Nacional, han asumido una posición Ética, para abatir, prevenir y erradicar los niveles de corrupción, ante el entorno que los rodea, reafirmando la convicción de servicio a la comunidad agraria, logrando con esto presentar una nueva imagen de lo que es la Administración Pública Federal, para recuperar la confianza y credibilidad del ciudadano, inspirados en la Misión, Visión y Política de éste Órgano Desconcentrado:

Misión

Llevar el control de la tenencia de la tierra y de los derechos constituidos respecto a la propiedad rústica y de las figuras asociativas, a través de la función registral y de su publicidad; resguardo documental, asistencia técnica y catastral, para garantizar la seguridad jurídica y el carácter público de la información, en beneficio de los sujetos de derecho agrario y demás solicitantes de los servicios

Visión

Ser una institución altamente confiable y eficiente en el otorgamiento de la certeza jurídica a los sujetos de derecho agrario, que apoye los procesos económicos y organizativos en el medio rural.

Política

Los servicios regístrales de asistencia técnica, catastrales, resguardo documental y de publicidad, a cargo del Registro Agrario Nacional, se proporcionan de conformidad a la normatividad aplicable, de manera eficaz, oportuna, expedita, transparente y por personal competente y comprometido.

(7)
(8)

PRESENTACION

El presente Manual de Procedimientos tiene el propósito de especificar las actividades secuenciales así como las sustantivas, que con base en el artículo 19 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional le corresponden a la Dirección General de Registro, para cumplir con sus atribuciones a través de las dos áreas operativas que la integran y que son: la Dirección de Normatividad Registral y la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Este documento está dirigido a todos los servidores públicos que integran a la Dirección General de Registro, sea personal de confianza, de base y aún, el personal que eventualmente mantenga un contrato de honorarios, de servicios profesionales, y que se encuentre subordinado operativamente a las actividades sustantivas.

En la medida que todo el personal que participa en cada una de las actividades responsabilidad de dicha Dirección General, conozca los procedimientos internos que se realizan para llevarlas a cabo, tendrá la oportunidad de apoyar los procesos con mayor claridad y transparencia y, en conjunto, apoyar el desahogo de las responsabilidades inherentes al área de adscripción.

(9)
(10)

MARCO LEGAL

CONSTITUCION

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

D.O.F. 5-II-1917 Reforma D.O.F. 13-XI-2007

TRATADO INTERNACIONAL

Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Decreto Promulgatorio

D.O.F. 24-I-1991

LEYES

Ley de Asociaciones Agrícolas.

D.O.F. 27-VIII-1932 Ultima Reforma D.O.F. 12-V-1936

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

D.O.F. 27-VIII-1932 Ultima Reforma D.O.F. 18-VII-2006

Ley General de Sociedades Mercantiles.

D.O.F. 4-VIII-1934 Ultima Reforma D.O.F. 28-VII-2006

Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

D.O.F. 10-I-1936 Ultima Reforma D.O.F. 24-IV-2006 Ley de Expropiación.

D.O.F. 25-XI-1936 Aclaración D.O.F. 11-II-1998 Ley de Vías Generales de Comunicación.

D.O.F 19-II-1940 Ultima Reforma D.O.F. 25-X-2005 Ley Federal del Trabajo.

(11)

Ley Federal de Reforma Agraria.

D.O.F. 16-IV-1971 Ultima Reforma D.O.F. 23-VII-1991

“Por virtud del Decreto de Reformas al artículo 27 Constitucional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1992 y la expedición de la Ley Agraria, fue derogada; sin embargo, en términos de su artículo Tercero Transitorio sigue aplicándose respecto de los asuntos que se encuentran en trámite en materia de ampliación o dotación de tierras, bosques y aguas, creación de nuevos centros de población, restitución, reconocimiento y titulación de bienes comunales”.

Ley General de Crédito Rural.

D.O.F. 5-IV-1976 Ultima Reforma D.O.F. 23-VII-1991

Aplicable en términos de lo previsto en el artículo Séptimo Transitorio de la Ley Agraria. (Operaciones crediticias que se hubieren efectuado con anterioridad al entrar en vigor la Ley Agraria).

Ley de Sociedades de Solidaridad Social. D.O.F. 27-V-1976

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 29-XII-1976 Ultima Reforma D.O.F. 01-X-2007 Ley Federal de Derechos.

D.O.F. 31-XII-1981 Ultima Reforma D.O.F. 10-I-2007 Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.

D.O.F. 26-II-1992 Ultima Reforma D.O.F. 23-I-1998

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable D.O.F. 26-XII-2005

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-2002 Ultima Reforma D.O.F. 21-VIII-2006 Ley de Planeación.

D.O.F. 5-I-1983 Ultima Reforma D.O.F. 13-VI-2003 Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

D.O.F. 4-VIII-1994 Últimas Reformas D.O.F. 30-V-2000

Ley Orgánica de la Financiera Rural D.O.F. 01-VIII-2005

Ley de Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. D.O.F. 24-XII-1986

Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente.

D.O.F. 28-I-1988 Modificada: D.O.F. 12-II-2007

Ultima Reforma 05-VII-2007

Ley Sobre la Celebración de Tratados. D.O.F. 2-I-1992

(12)

Ley Agraria.

D.O.F. 26-II-1992 Ultima Reforma D.O.F. 9-VII-1993 Ley Minera.

D.O.F. 26-VI-1992 Ultima Reforma D.O.F. 26-VI-2006 Ley de Aguas Nacionales.

D.O.F. 1-XII-1992 Ultima Reforma D.O.F. 29-IV-2004 Ley General de Asentamientos Humanos.

D.O.F. 21-VII-1993 Ultima Reforma D.O.F. 5-VIII-1994 Ley de Organizaciones Ganaderas.

D.O.F. 6-I-1999

Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. D.O.F. 07-XII-2007

Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

D.O.F. 07-XII-2001 Ultima Reforma D.O.F. 02-II-2007

CODIGOS

Código Civil Federal.

D.O.F. 26-V-1928 Ultima Reforma D.O.F 13-IV-2007

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

D.O.F. 26-V-1928 Gaceta Oficial D.F. 02-II-2007

Código Federal de Procedimientos Civiles.

D.O.F. 24-II-1943 Ultima Reforma D.O.F. 13-VI-2003

REGLAMENTOS

Reglamento para la determinación de coeficientes de agostadero.

D.O.F. 30-VIII-1978 Última modificación: D.O.F. 29-V-1979 Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal.

D.O.F. 4-X-1999

Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de la Secretaría de la Reforma Agraria.

30-VIII-2002 (fecha de expedición)

Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal. D.O.F. 5-VIII-1988

(13)

Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios.

D.O.F. 13-V-1992 Ultima Reforma D.O.F. 21-XII-2007

Reglamento de la Ley Agraria en materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares. D.O.F. 6-I-1993

Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales.

D.O.F. 12-I-1994 Ultima reforma 29-VIII-2002 Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria.

D.O.F. 15-I-2008

Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra. D.O.F. 12-VI-2000 Ultima Reforma D.O.F. 28-II-2002 Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural.

D.O.F. 4-I-1996 Aclaración D. O. F 11-I-1996 Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional.

D.O.F. 9-IV-1997

Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

D.O.F. 15-VII-2005

Reglamento de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina. D.O.F. 8-V-1998

Reglamento de la Ley Minera. D.O.F. 15-II-1999

Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

D.O.F. 2-IX-2004

DECRETOS

Decreto por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, como organismo público descentralizado de carácter técnico y social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, ampliando sus atribuciones y redefiniendo sus objetivos.

D.O.F. 8-XI-1974 Última Reforma D.O.F. 2-VI-2004 Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

D.O.F. 31-V-2007

Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial Agrario 2007-2012.

(14)

ACUERDOS

Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Ultima Reforma

D.O.F. 28-II-2002

Acuerdo por el que se constituye el Consejo Nacional Consultivo del Sector Agrario. D.O.F 23-XII-1996

Acuerdo que establece los Distritos para la impartición de la Justicia Agraria, fija el número y la competencia territorial de los Tribunales Unitarios.

D.O.F. 16-VI-1992 Ultima Reforma D.O.F. 8-VII-1992

Acuerdo por el que se modifica la estructura orgánica de las representaciones regionales, especiales y estatales de la Secretaria de la Reforma Agraria, las que se adscriben a la Oficialia Mayor

D.O.F. 6-XII-2006

Acuerdo por el que se delegan en los titulares de las Representaciones Regionales, Especiales y Estatales de la Secretaría de la Reforma Agraria, la facultad de expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en las oficinas de dichas representaciones.

D.O.F. 5-VI-1998

Acuerdo por el que se delegan diversas facultades en las Unidades de Asuntos Jurídicos de las Representaciones Regionales y Especiales de la Secretaría de la Reforma Agraria.

D.O.F. 6-VIII-1998

Acuerdo por el que se delegan facultades a las Representaciones Regionales y Especiales y al Director General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria.

D.O.F. 6-VIII-1998

Acuerdo mediante el cual se crea el Comité Sectorial de Información Agraria. D.O.F. 10-VI-1996 (fecha de expedición).

Acuerdo por el que se Delegan en el Instituto Nacional de Desarrollo Agrario y en el Registro Agrario Nacional, facultades que tiene la Secretaría de la Reforma Agraria en materia de sociedades de solidaridad social.

D.O.F. 1- X-1996

DOCUMENTO NORMATIVO ADMINISTRATIVO

Manual de Organización General del Registro Agrario Nacional. D.O.F. 27-III-2002

(15)

OTRAS DISPOSICIONES

Aviso mediante el cual se da a conocer a los interesados que la documentación original para el control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal que obraba en la Secretaría de la Reforma Agraria podrá ser consultada en el Registro Agrario Nacional.

D.O.F. 20-X-1998

Normas Técnicas para la Delimitación de las Tierras al Interior del Ejido.

D.O.F. 25-IX-1992 Reformas: D.O.F. 2-III-1995

Normas Técnicas para la Localización, Deslinde y Fraccionamiento de las Zonas de Urbanización de Ejidos y Comunidades, de su Ampliación y de sus Reservas de Crecimiento.

(16)
(17)

OBJETIVO GENERAL

Este Manual de Procedimientos, contiene los procesos operativos sustantivos a cargo de la Dirección General de Registro, mismos que son ejecutados por conducto de las Direcciones de Normatividad Registral y de Sociedades y Acuerdos de Asamblea que la integran, y éstas, a través de sus correspondientes Subdirecciones, Jefaturas de Departamento y personal adscrito, conforme a las funciones por área, que se contienen en el Manual de Organización Específico de la propia Dirección General de Registro.

El presente documento, tiene el propósito de identificar y describir, puntualmente, para el mejor desarrollo de las actividades, los procedimientos a cargo de la Dirección General, para lo cual se identificaron previamente las actividades sustantivas responsabilidad de cada Dirección de Área.

Definidas las actividades sustantivas y principalmente sus procedimientos, el propósito es que, con base en los mismos, los destinatarios, que resultan ser todos y cada uno de los servidores públicos adscritos a esta Dirección General, conozcan en conjunto, el universo de actividades operativas y la secuencia organizativa y operativa para su realización y desahogo.

En caso de que, para el desarrollo de cada procedimiento, que resulta ser la descripción pormenorizada de los trámites internos o pasos secuenciales que deben de seguirse para la consecución de un producto, se deban observar Normas o Políticas de trabajo específicas, las mismas se describirán puntualmente, con la observación que éstas deberán ser acatadas por quienes participen en alguna etapa del procedimiento. La importancia de describir los procedimientos, reside en que, con base en ellos se evita y elimina la discrecionalidad y se facilita el cumplimiento de las tareas encomendadas.

(18)
(19)

1. INSCRIPCION DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES

PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O

(20)

OBJETIVO

Ejercer la fe pública registral a nivel nacional, inscribiendo las sociedades mercantiles o civiles propietarias de tierras rústicas, de sus tenedores y predios y determinar si exceden los límites máximos permitidos por la Ley Agraria, mediante el análisis y clasificación registral de la documentación presentada y en caso de excedencias, proponer hacer del conocimiento dicha circunstancia a la Secretaría de la Reforma Agraria para su intervención correspondiente.

(21)

NORMAS Y POLITICAS

Toda solicitud de inscripción presentada en las Delegaciones Estatales, deberá remitirse a la Dirección General de Registro.

La fe pública registral en la materia, esta a cargo del titular de la Jefatura de Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles y en ausencia de este, por la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea. Toda solicitud de inscripción deberá estar debidamente soportada con las documentales del caso, anexando el correspondiente pago de los derechos conforme a las cuotas vigentes que establezca la Ley Federal de Derechos y mediante solicitud por escrito.

El solicitante de la inscripción deberá acreditar el carácter con el que comparece.

Para inscribir los predios rústicos de que sea propietaria la sociedad, se deberá de requerir que se acompañe el estudio correspondiente a la clase, uso o coeficiente de agostadero, que en términos de lo dispuesto por el artículo 121 de la Ley Agraria, emite la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la Comisión Técnico Consultiva de Coeficientes de Agostadero. Para llevar el control geográfico de las tierras propiedad de las sociedades, de manera previa a su inscripción o con independencia de ello, se deberá solicitar, por conducto de la Dirección General de Registro a la Dirección General de Catastro Rural, conforme a los antecedentes del caso y los planos que contengan la ubicación geográfica de los predios, la asignación de la clave única catastral. Cuando se proporcione la Clave Única Catastral, se hará la anotación registral respectiva en el folio de que se trate ó paralelamente según ello sea posible.

De toda calificación registral se deberá dar conocimiento a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, quien a su vez informara a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Compete a la Dirección General de Registro, autorizar con su firma la apertura de los folios en que se inscriban por primera vez las sociedades.

De toda inscripción realizada, la Jefatura de Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles, integrará y resguardará el expediente respectivo.

Requerirá cuantas veces sea necesaria la documentación faltante a los representantes legales o promoventes de las sociedades que se encuentren en trámite.

(22)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES

ÁREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Delegación Estatal / Oficinas

Centrales 1

Recibe la solicitud y documentación y elabora oficio de remisión a la Dirección General de Registro / Remite solicitud y documentación a la Dirección General de Registro.

Dirección General de

Registro 2

Recibe, registra y turna la solicitud a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 3

Recibe, registra y turna la solicitud al Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles.

Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles 4

Recibe y analiza la solicitud, en caso de faltar documentación elabora oficio, solicitando al promovente la documentación faltante. Subdirección de Sociedades

y Acuerdos de Asamblea. 5

Recibe oficio, hace observaciones en su caso y turna para firma a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 6 Suscribe oficio al promovente o representante legal. Notario Publico,

Representante Legal o Autorizado

7 Recibe oficio, contesta por escrito y complementa la documentación a la Dirección General de Registro.

Dirección General de

Registro 8

Recibe, registra y turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 9

Recibe, registra y turna al Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles.

Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles 10

Recibe y elabora memorándum para firma de la Dirección General de Registro, previas observaciones de la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea y la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, solicitando a la Dirección General de Catastro Rural la clave única catastral.

Dirección General de

Catastro Rural 11

Recibe memorándum y asigna clave única catastral y remite por oficio a la Dirección General de Registro.

Dirección General de

Registro 12

Recibe, registra y turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

(23)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES

ÁREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 13

Recibe, registra y turna la solicitud al Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles.

Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles

14

Recibe, emite Calificación Registral y de ser positiva, proyecta Carátula de Inscripción y folios y hace del conocimiento a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Subdirección de Sociedades

y Acuerdos de Asamblea. 15

Turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, informando la calificación e inscripción.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 16

Toma conocimiento de la calificación registral y somete a consideración de la Dirección General de Registro para la autorización de la apertura del folio.

Dirección General de

Registro 17

Autoriza con su firma la apertura del folio y devuelve a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 18

Recibe y turna al Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles.

Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles

19

Recibe y firma la calificación e inscripción, sellando y foliando la documentación inscrita, elaborando oficio de devolución y turna a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Subdirección de Sociedades

y Acuerdos de Asamblea. 20 Integra expediente de la sociedad inscrita para su archivo. 21 Actualiza controles de tenedores y de predios.

Subdirección de Sociedades

y Acuerdos de Asamblea. 22

Hace observaciones en su caso al oficio para firma de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, con el que se devuelve al solicitante la documentación inscrita.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 23 Firma oficio y devuelve la documentación presentada. Notario Publico,

Representante Legal o Autorizado

24 Recibe documentos originales foliados y con agenda de inscripción.

(24)

DIAGRAMA DE FLUJO

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES DELEGACION ESTATAL/ OFICINAS CENTRALES DIRECCION GENERAL DE REGISTRO DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES 1 INICIO RECIBE LA SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN Y ELABORA OFICIO DE REMISIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO / REMITE SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO. 1 2 RECIBE, REGISTRA Y TURNA LA SOLICITUD A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. 3 RECIBE, REGISTRA Y TURNA LA SOLICITUD AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES 4 RECIBE, REGISTRA Y TURNA LA SOLICITUD AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES

(25)

DIAGRAMA DE FLUJO

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA NOTARIO PUBLICO, REPRESENTANTE LEGAL O AUTORIZADO DIRECCION GENERAL DE REGISTRO 5

RECIBE OFICIO, HACE OBSERVACIONES EN SU CASO Y TURNA PARA FIRMA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. RECIBE, REGISTRA Y TURNA AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES. 2 1 6 SUSCRIBE OFICIO AL PROMOVENTE O REPRESENTANTE LEGAL. 7 RECIBE OFICIO, CONTESTA POR ESCRITO Y COMPLEMENTA LA DOCUMENTACIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO. 8 RECIBE, REGISTRA Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. 9

(26)

DIAGRAMA DE FLUJO

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES DIRECCION GENERAL DE CATASTRO RURAL DIRECCION GENERAL DE REGISTRO DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA

10 RECIBE Y ELABORA MEMORÁNDUM PARA FIRMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO, PREVIAS OBSERVACIONES DE LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA Y LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, SOLICITANDO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO RURAL LA CLAVE ÚNICA CATASTRAL.

RECIBE MEMORÁNDUM Y ASIGNA CLAVE ÚNICA CATASTRAL Y REMITE POR OFICIO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO. RECIBE, REGISTRA Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. 3 2 11 12 13 RECIBE, REGISTRA Y TURNA LA SOLICITUD AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES. 14 RECIBE, EMITE CALIFICACIÓN REGISTRAL Y DE SER POSITIVA, PROYECTA CARÁTULA DE INSCRIPCIÓN Y FOLIOS Y HACE DEL CONOCIMIENTO A LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA.

(27)

DIAGRAMA DE FLUJO

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA DIRECCION GENERAL DE REGISTRO DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES

15 TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, INFORMANDO LA CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN. TOMA CONOCIMIENTO DE LA CALIFICACIÓN REGISTRAL Y SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO PARA LA AUTORIZACIÓN DE LA APERTURA DEL FOLIO.

AUTORIZA CON SU FIRMA LA APERTURA DEL FOLIO Y DEVUELVE A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA 4 3 16 17 18 RECIBE Y TURNA AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES. 19 RECIBE Y FIRMA LA CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN, SELLANDO Y FOLIANDO LA DOCUMENTACIÓN INSCRITA, ELABORANDO OFICIO DE DEVOLUCIÓN Y TURNA A LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA

(28)

DIAGRAMA DE FLUJO

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES PROPIETARIAS DE TIERRAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES

SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA

DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA

NOTARIO PUBLICO, REPRESENTANTE LEGAL O AUTORIZADO 4 FIN 20 INTEGRA EXPEDIENTE DE LA SOCIEDAD INSCRITA PARA SU ARCHIVO. 21 ACTUALIZA CONTROLES DE TENEDORES Y DE PREDIOS. 22 HACE OBSERVACIONES EN SU CASO AL OFICIO PARA FIRMA DE LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, CON EL QUE SE DEVUELVE AL SOLICITANTE LA DOCUMENTACIÓN INSCRITA.

23

FIRMA OFICIO Y DEVUELVE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA. 24 RECIBE DOCUMENTOS ORIGINALES FOLIADOS Y CON AGENDA DE INSCRIPCIÓN.

(29)

2. REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO

DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A

(30)

OBJETIVO

Llevar el control del universo de inscripciones de sociedades rurales que se realizan en las Delegaciones Estatales, conforme al reporte mensual informático y al soporte documental que éstas remiten a la Dirección General de Registro, a efecto de incorporar en una base de datos la información más relevante

de cada una de las inscripciones en las estadísticas mensuales, elaborar los reportes del cumplimiento

del Programa Operativo Anual en la materia, para ser remitido por conducto de la Dirección General de Registro a la Dirección General de Finanzas y Administración.

(31)

NORMAS Y POLITICAS

Los reportes mensuales del avance del cumplimiento del Programa Operativo Anual, conforme a los requerimientos de la Dirección General de Finanzas y Administración, deberán remitirse, por la Dirección General de Registro el primer día hábil de cada mes, excepto que se instruya otro término, y contendrá paralelamente la información referente al Folio de Reglamentos y Actas de Asamblea.

Las Delegaciones Estatales, conforme a los formatos preestablecidos por la Dirección General de Registro, deberán remitir el resumen de las inscripciones los días 25 de cada mes por vía red a través del servidor central o, a falta de comunicación de éste medio, vía fax.

La Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, directamente o a través de la Jefatura de Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles, deberá verificar que no haya retraso en la remisión de la información por parte de las Delegaciones Estatales.

Las Delegaciones Estatales, con posterioridad a la remisión del resumen de las inscripciones mensuales, remitirán el mismo día los soportes documentales correspondientes, consistentes en copias simples de las carátulas de inscripción, de los asientos regístrales y del catálogo de la membresía de cada sociedad; la

Jefatura de Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles, en coordinación con el personal adscrito

a la misma, deberá sistematizar la información e instruir y supervisar el vaciado de los datos principales en la base de datos que para el efecto existe.

El personal responsable de la elaboración del informe mensual del Programa Operativo Anual, es el Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles, adscrito a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, con base en el soporte informativo que le proporciona el Profesionista de Servicios Especializados adscrito a ese Departamento, el Jefe del Departamento de Actas y el Jefe del Departamento

de Sociedades Rurales; éstos dos últimos respecto de los estadísticos a su cargo.

La Jefatura del Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles es responsable de coordinar y supervisar que el personal adscrito al mismo, mantenga actualizado el archivo físico de las carátulas y folios de inscripción, con base en las remisiones que de éstas hacen mensualmente las Delegaciones Estatales y está a cargo de la administración de la base de datos que para el efecto existe.

Cada sociedad que se inscriba, deberá estar agrupada por tipo de figura y entidad federativa en el archivo físico que de éstas lleva la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, y cada una de ellas, deberá ser diferenciada con folders de folios agrarios, en el que se anexarán las subsecuentes inscripciones.

En caso de inconsistencias en las inscripciones el Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles, en el área de su competencia y la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, proponen oficio aclaratorio a la Delegación, que firma la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o la Dirección General de Registro, según la importancia.

(32)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE SOCIEDADES RURALES

ÁREA Y/O PUESTO

ACTIV

.NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Delegación Estatal 1 Envía informe vía red, o fax en su caso, al servidor central de Oficinas Centrales.

Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea. 2

Recibe los reportes en el área de cómputo, genera la impresión y turna al Departamento de Sociedades Rurales.

Departamento de Sociedades

Rurales 3

Recibe, analiza la información y la contabiliza por tipo de figura, personas físicas y morales, así como si se trata de una constitución o algún movimiento relativo a modificación de estatutos o bien a otras modificaciones y, la turna al

Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles. Departamento de

Sociedades Civiles y Mercantiles

4

Elabora informe mensual el primer día hábil de cada mes y lo turna a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, para su visto bueno.

Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea 5

Da visto bueno, firma y remite para su aprobación a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 6

Aprueba, firma y remite a la Dirección General de Registro para la integración del reporte mensual del Programa Operativo Anual. Dirección General de Registro 7 Recibe, registra e integra información en el Programa Operativo

Anual (POA).

Delegación Estatal 8 Remite soporte documental del informe estadístico.

Dirección General de Registro 9 Recibe, registra y turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 10

Recibe, registra y turna a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Subdirección de Sociedades y

(33)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE SOCIEDADES RURALES

ÁREA Y/O PUESTO

ACTIV.

NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Departamento de Sociedades Rurales

12 Recibe, revisa y analiza, vacía la información en los cuadernos soporte, de acuerdo al estado, tipo de figura y tipo de inscripción. Captura la información de los cuadernos soporte en la base de datos e imprime la información.

Crea fólder físico y envía al archivo de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Resguarda en el archivo de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, las inscripciones a su cargo, por tipo de Figura y Estado.

(34)

DIAGRAMA DE FLUJO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE SOCIEDADES RURALES

DELEGACION ESTATAL SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES RURALES DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES 1 INICIO 2

RECIBE LOS REPORTES EN EL ÁREA DE CÓMPUTO, GENERA LA IMPRESIÓN Y TURNA AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES RURALES. 1

ENVÍA INFORME VÍA RED, O FAX EN SU CASO, AL SERVIDOR CENTRAL DE OFICINAS CENTRALES. 3 RECIBE, ANALIZA LA INFORMACIÓN Y LA CONTABILIZA POR TIPO DE FIGURA, PERSONAS FÍSICAS Y MORALES, ASÍ COMO SI SE TRATA DE UNA CONSTITUCIÓN O ALGÚN MOVIMIENTO RELATIVO A MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS O BIEN A OTRAS MODIFICACIONES Y, LA TURNA AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES. 4 ELABORA INFORME MENSUAL EL PRIMER DÍA HÁBIL DE CADA MES Y LO TURNA A LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, PARA SU VISTO BUENO.

5

DA VISTO BUENO, FIRMA Y REMITE PARA SU APROBACIÓN A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA.

(35)

DIAGRAMA DE FLUJO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE SOCIEDADES RURALES

DIRECCION DE SOCIEDADES Y

ACUERDOS DE ASAMBLEA DIRECCION GENRAL DE REGISTRO DELEGACION ESTATAL

1

APRUEBA, FIRMA Y REMITE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO PARA LA INTEGRACIÓN DEL REPORTE MENSUAL DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL.

RECIBE, REGISTRA E INTEGRA INFORMACIÓN EN EL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL (POA).

REMITE SOPORTE DOCUMENTAL DEL INFORME ESTADÍSTICO.

RECIBE, REGISTRA Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. RECIBE, REGISTRA Y TURNA A LA

SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. 2 6 7 8 9 10

(36)

DIAGRAMA DE FLUJO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE SOCIEDADES RURALES

SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUREDOS DE

ASAMBLEA DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES RURALES

2

FIN RECIBE, REGISTRA Y TURNA AL

DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES RURALES

RECIBE, REVISA Y ANALIZA, VACÍA LA INFORMACIÓN EN LOS CUADERNOS SOPORTE, DE ACUERDO AL ESTADO, TIPO DE FIGURA Y TIPO DE INSCRIPCIÓN.

CAPTURA LA INFORMACIÓN DE LOS CUADERNOS SOPORTE EN LA BASE DE DATOS E IMPRIME LA INFORMACIÓN. CREA FÓLDER FÍSICO Y ENVÍA AL ARCHIVO DE LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA.

RESGUARDA EN EL ARCHIVO DE LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, LAS INSCRIPCIONES A SU CARGO, POR TIPO DE FIGURA Y ESTADO.

(37)

3. REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO

DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A

INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE REGLAMENTOS Y ACUERDOS DE

(38)

OBJETIVO

Llevar el control del universo de inscripciones de Reglamentos y Acuerdos de Asamblea de formalidades simples de los ejidos y comunidades, que se realicen en las Delegaciones Estatales, conforme al reporte mensual que éstas remiten a la Dirección General de Registro, a efecto de sistematizar en una base de datos, la información de las inscripciones más relevantes y con soporte en las estadísticas mensuales, elaborar los reportes del cumplimiento del Programa Operativo Anual en la materia, para ser remitido, por conducto de la Dirección General de Registro a la Dirección General de Finanzas y Administración.

(39)

NORMAS Y POLITICAS

Los reportes mensuales del avance del cumplimiento del Programa Operativo Anual, conforme a los requerimientos de la Dirección General de Finanzas y Administración, deberán remitirse, por la Dirección General de Registro, el primer día hábil de cada mes, excepto que se instruya otro término y contendrá paralelamente la información referente al Folio de Sociedades.

Las Delegaciones Estatales, conforme a los formatos preestablecidos por la Dirección General de Registro, deberán remitir el resumen de las inscripciones los días 25 de cada mes, por vía red a través del servidor central o, a falta de comunicación de este medio, vía fax.

La Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea directamente, o a través del Departamento de Actas de Asambleas, deberá de verificar que no haya retraso en la remisión de la información por parte de las Delegaciones Estatales.

Las Delegaciones Estatales, con posterioridad a la remisión del resumen de las inscripciones mensuales, remitirán dentro de los 3 días hábiles posteriores a la fecha del corte los soportes documentales correspondientes, consistentes en copias simples de las carátulas de inscripción y de los asientos regístrales; la Jefatura del Departamento de Actas de Asambleas, en coordinación con el personal adscrito al mismo, deberá sistematizar la información e instruir y supervisar el vaciado de los datos principales en la base de datos que para el efecto existe.

El personal responsable de la elaboración del informe mensual del Programa Operativo Anual, es la

Jefatura del Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles, adscrito a la Subdirección de Sociedades

y Acuerdos de Asamblea, con base en el soporte informativo que le proporciona el Profesionista de Servicios Especializados adscrito a ese Departamento, la Jefatura del Departamento de Actas de Asambleas y la

Jefatura del Departamento de Sociedades Rurales; éstas dos últimas respecto de los estadísticos a su

cargo.

La Jefatura del Departamento de Actas de Asambleas es la responsable de coordinar y supervisar que el personal adscrito a la misma, mantenga actualizado el archivo físico de las carátulas y folios de inscripción, con base en las remisiones que de éstas hacen mensualmente las Delegaciones Estatales y está a cargo de la administración de la base de datos que para el efecto existe.

Cada ejido y comunidad del que se inscriba por primera vez algún acto jurídico, deberá estar agrupado por entidad federativa en el archivo físico que de este tipo de inscripciones lleva la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, y cada núcleo agrario, deberá ser diferenciado con folders de folios agrarios, en el que se anexarán las subsecuentes inscripciones.

En caso de inconsistencias en las inscripciones la Jefatura del Departamento de Actas de Asambleas, en el área de su competencia y la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, proponen oficio aclaratorio a la Delegación, que firma la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o la Dirección General de Registro, según la importancia.

(40)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE REGLAMENTOS Y ACUERDOS DE ASAMBLEA

ÁREA Y/O PUESTO

ACTIV.

NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Delegación Estatal 1 Envía informe vía red, o fax en su caso, al servidor central de Oficinas Centrales.

Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea 2

Recibe los reportes en el área de cómputo, genera la impresión y turna al Departamento de Actas de Asambleas.

Departamento de Actas de

Asambleas 3

Recibe y analiza la información clasificándola por personas físicas y morales, por tipo de tenencia, ejidal y comunal y tipo de acuerdo de asamblea y, la turna al Departamento de Sociedades Civiles

y Mercantiles.

Departamento de Sociedades Civiles y Mercantiles

4

Prepara informe mensual el primer día de cada mes y lo turna a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, para su visto bueno.

Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea 5

Da visto bueno, firma y remite para su aprobación a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 6

Aprueba, firma y remite a la Dirección General de Registro para la integración del reporte mensual del Programa Operativo Anual. Dirección General de

Registro 7

Recibe, registra e integra información en el Programa Operativo Anual (POA).

Delegación Estatal 8 Remite soporte documental del informe estadístico. Dirección General de

Registro 9

Recibe, registra y turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

10 Recibe, registra y turna al Departamento de Actas de Asamblea

Departamento de Actas de Asamblea

11 Recibe, revisa y clasifica por tipo de inscripción de ser correcto. Captura información en la base de datos e imprime la información. Crea fólder físico y envía al archivo de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Resguarda en el archivo de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, las inscripciones por Poblado y Estado.

(41)

DIAGRAMA DE FLUJO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE REGLAMENTOS Y ACUERDOS DE ASAMBLEA

DELEGACION ESTATAL SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUREDOS DE ASAMBLEA DEPARTAMENTO DE ACTAS DE ASAMBLEAS DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES 1 INICIO RECIBE Y ANALIZA LA INFORMACIÓN CLASIFICÁNDOLA POR PERSONAS FÍSICAS Y MORALES, POR TIPO DE TENENCIA, EJIDAL Y COMUNAL Y TIPO DE ACUERDO DE ASAMBLEA Y, LA TURNA AL DEPARTAMENTO DE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES. PREPARA INFORME MENSUAL EL PRIMER DÍA DE CADA MES Y LO TURNA A LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, PARA SU VISTO BUENO.

ENVÍA INFORME VÍA RED, O FAX EN SU CASO, AL SERVIDOR CENTRAL DE

OFICINAS CENTRALES. RECIBE LOS REPORTES EN EL ÁREA DE CÓMPUTO, GENERA LA IMPRESIÓN Y TURNA AL DEPARTAMENTO DE ACTAS DE ASAMBLEAS 2 1 3 4 5

DA VISTO BUENO, FIRMA Y REMITE PARA SU APROBACIÓN A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA.

(42)

DIAGRAMA DE FLUJO

REPORTES MENSUALES PARA EL INFORME DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL, CORRESPONDIENTE A INSCRIPCIONES EN EL FOLIO DE REGLAMENTOS Y ACUERDOS DE ASAMBLEA

DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS

DE ASAMBLEA

DIRECCION GENERAL DE

REGISTRO DELEGACION ESTATAL

DEPARTAMENTO DE ACTAS DE ASAMBLEA 1 FIN REMITE SOPORTE DOCUMENTAL DEL INFORME ESTADÍSTICO. RECIBE, REVISA Y CLASIFICA POR TIPO DE INSCRIPCIÓN DE SER CORRECTO.

CAPTURA INFORMACIÓN EN LA BASE DE DATOS E IMPRIME LA INFORMACIÓN. CREA FÓLDER FÍSICO Y ENVÍA AL ARCHIVO DE LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. RESGUARDA EN EL ARCHIVO DE LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, LAS INSCRIPCIONES POR POBLADO Y ESTADO.

APRUEBA, FIRMA Y REMITE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO PARA LA INTEGRACIÓN DEL REPORTE MENSUAL DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL RECIBE, REGISTRA E INTEGRA INFORMACIÓN EN EL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL (POA). 6 7 8 9 RECIBE, REGISTRA Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. 10 RECIBE, REGISTRA Y TURNA AL DEPARTAMENTO DE ACTAS DE ASAMBLEA 11

(43)
(44)

OBJETIVO

Atender los planteamientos jurídicos y operativos, y consultas en general, que en la materia de la competencia de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, realicen los servidores públicos de las Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, principalmente, así como las dependencias gubernamentales y público en general.

(45)

NORMAS Y POLITICAS

La Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea dependiente de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, le corresponde encabezar los procesos de desahogo de las consultas que le sean turnadas por la Dirección General de Registro y la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, con el apoyo de esta última área.

La Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, en el desahogo de las consultas, se apoya del personal adscrito a dicha estructura para su atención, particularmente de las Jefaturas de Departamento. Cualquier respuesta en la materia deberá ser revisada por la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea y aprobada y suscrita por la Dirección General de Registro.

Para atender oficialmente las consultas que sean planteadas, se requerirá necesariamente que exista el antecedente de solicitud de las mismas por escrito.

Para la atención de cualquier consulta verbal, que por su urgencia e importancia deba ser otorgada por escrito, sin contar con el soporte documental de la solicitud formal, será hecho del conocimiento de la

Dirección General de Registro, por conducto de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Para el caso de que la consulta, atendiendo a su naturaleza, se estime que deba ser desahogada por la Dirección de lo Consultivo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos u otra Unidad Administrativa del propio Registro, la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea deberá de hacerlo del conocimiento a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea quien previo análisis, lo someterá a la consideración de la Dirección General de Registro.

Sólo el personal con cargo de Profesional de Servicios Especializados, Jefaturas de Departamento,

Subdirección y Dirección, que se encuentren autorizados, bajo su criterio, para atender consultas que se

realicen por teléfono, debiendo hacer del conocimiento de inmediato de la respuesta otorgada a su superior inmediato, quien en todo caso deberá valorar si fue correcta y, en caso contrario, tomar las medidas pertinentes para corregir lo conducente.

Los Profesionistas de Servicios Especializados y Jefaturas de Departamento, sólo podrán atender consultas básicas por dicho medio, tratándose de aquellas que realice la estructura territorial del propio Registro Agrario Nacional.

Todo el personal de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, incluyendo a los mandos medios, evitarán desahogar consultas vía telefónica.

(46)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

DESAHOGO DE CONSULTAS

ÁREA Y/O PUESTO

ACTIV.

NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD Delegación Estatal,

Dependencias o Entidades Publicas o Interesados

1

Realiza la consulta por escrito y la envía por mensajería a la Dirección General de Registro o en su caso, la presenta directamente en la oficialía de partes de este Organismo.

Dirección General de

Registro 2

Recibe la consulta, la registra y la turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea para su atención.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 3

Recibe la consulta, la registra, la analiza y la turna a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea 4

Recibe la consulta, la registra y con el apoyo de las Jefaturas de Departamento, elabora proyecto de oficio de respuesta y lo turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea para su visto bueno.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

5 Recibe el proyecto de oficio, lo analiza, da su visto bueno y lo turna a la Dirección General de Registro.

Si el proyecto de oficio de respuesta tiene correcciones, las subsana y lo turna a la Dirección General de Registro.

Dirección General de

Registro 6

Recibe, revisa, suscribe oficio y turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y

Acuerdos de Asamblea 7

Recibe oficio suscrito por la Dirección General de Registro y turna para su remisión al destinatario.

(47)

DIAGRAMA DE FLUJO DESAHOGO DE CONSULTAS DELEGACIÓN ESTATAL, DEPENDENCIAS O ENTIDADES PÚBLICAS O INTERESADOS DIRECCION GENERAL DE REGISTRO DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA INICIO RECIBE LA CONSULTA, LA REGISTRA, LA ANALIZA Y LA TURNA A LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. REALIZA LA CONSULTA POR

ESCRITO Y LA ENVÍA POR MENSAJERÍA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO O EN SU CASO, LA PRESENTA DIRECTAMENTE EN LA OFICIALÍA DE PARTES DE ESTE ORGANISMO. RECIBE LA CONSULTA, LA REGISTRA Y LA TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA PARA SU ATENCIÓN. RECIBE LA CONSULTA, LA REGISTRA Y CON EL APOYO DE LAS JEFATURAS DE DEPARTAMENTO, ELABORA PROYECTO DE OFICIO DE RESPUESTA Y LO TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA PARA SU VISTO BUENO.

2

1 3 4

5

RECIBE, REVISA, SUSCRIBE OFICIO Y TURNA A LA

DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS

DE ASAMBLEA.

6

RECIBE EL PROYECTO DE OFICIO, LO ANALIZA, DA SU VISTO BUENO Y LO TURNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO. SI EL PROYECTO DE OFICIO DE

RESPUESTA TIENE CORRECCIONES, LAS SUBSANA Y

LO TURNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO.

7

RECIBE OFICIO SUSCRITO POR LA DIRECCIÓN

GENERAL DE REGISTRO Y

TURNA PARA SU REMISIÓN AL DESTINATARIO.

(48)

5. CORRECCIONES POR ERRORES MATERIALES EN LOS ASIENTOS

REGISTRALES

(49)

OBJETIVO

Apoyar a las Delegaciones para corregir los asientos regístrales que contengan errores materiales en las carátulas e inscripciones de los Folios correspondientes a Sociedades Rurales y de Reglamentos y Actas de Asambleas de ejidos y comunidades.

(50)

NORMAS Y POLITICAS

Toda solicitud deberá ser suscrita por los CC. Delegados y remitida por escrito a la Dirección General de Registro.

Previa valoración de la procedencia de la solicitud, por la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, que para dichos efectos se apoyará en la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea y,

Jefaturas de Departamento la procedencia deberá ser aprobada por la Dirección General de Registro.

Para que se proceda a realizar una corrección, la Delegación Estatal, deberá elaborar acta circunstanciada en la que se especifique la naturaleza del error que contenga la carátula o inscripción de que se trate, especificando la modificación procedente, con base en las documentales del caso y ser firmada por el Delegado, el Subdelegado de Registro y Asuntos Jurídicos, el Jefe de Departamento de Registro Integral y el Registrador.

Conforme lo dispuesto por los artículos 74, 75, 77 y 79 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional, las correcciones por errores materiales podrán ser de oficio o a solicitud de parte y en cualquier caso con base en las documentales que se exhiban, con las que obren en poder la Delegación Estatal o con base en la sentencia respectiva.

Las correcciones autorizadas, requerirán para su materialización, de la participación de personal de la Dirección de Informática, adscrita a la Dirección General de Finanzas y Administración y por parte de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea y en su defecto, por quien designe la Dirección de Área o la Dirección General de Registro.

Las correcciones se realizarán en las Oficinas Centrales del Registro Agrario Nacional, utilizando para ello la red de datos digital con que cuenta el Organismo, excepto que por su naturaleza o el volumen de las mismas, sea necesario que el personal se traslade a la Delegación correspondiente.

(51)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

CORRECCIONES POR ERRORES MATERIALES EN LOS ASIENTOS REGISTRALES

ÁREA Y/O PUESTO

ACTIV.

NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Delegación Estatal 1 Detecta el error material en la inscripción, de oficio o, a solicitud del promovente.

2 Elabora acta circunstanciada, donde participan, el Delegado, el Subdelegado de Registro y Asuntos Jurídicos, el Jefe del Departamento de Registro Integral y el Registrador Integral.

3 Solicita la corrección a la Dirección General de Registro mediante oficio.

Dirección General de Registro

4 Recibe oficio y turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

5 Recibe oficio, turna a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o Jefaturas de Departamento, para elaborar oficio de atención. Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o Jefaturas de Departamento (En el Area de su Competencia])

6 Recibe oficio, analiza con base en la documentación soporte. En caso de no enviar ésta debidamente integrada, se solicitará a la Delegación Estatal que la subsane.

7 Elabora oficio de corrección debidamente integrada la

documentación soporte y lo turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea para su visto bueno.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

8 Recibe el proyecto de oficio, lo analiza, da su visto bueno y lo turna a la Dirección General de Registro.

Dirección General de Registro

9 Suscribe oficio de corrección y devuelve a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

10 Recibe y turna a la Dirección de Informática.

Dirección de Informática 11 Recibe oficio, revisa sistema y realiza corrección en la base de datos de la Delegación Estatal.

12 Notifica por oficio a la Dirección General de Registro y turna copia del mismo a la Delegación Estatal.

Delegación Estatal 13 Recibe oficio de finalización de corrección.

Imprime documentos corregidos y en su caso, notifica y entrega los mismos, al promovente.

(52)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

CORRECCIONES POR ERRORES MATERIALES EN LOS ASIENTOS REGISTRALES

ÁREA Y/O PUESTO

ACTIV.

NUM.

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o

Jefaturas de Departamento (En el Area de su

Competencia)

14 Elabora proyecto de oficio para someter a consideración de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, para el caso de que se determine improcedente la petición,.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

15 Recibe el proyecto de oficio, lo analiza, da su visto bueno y lo turna a la Dirección General de Registro.

Dirección General de Registro 16 Suscribe oficio y devuelve a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

17 Recibe oficio y turna para su remisión a la Delegación Estatal.

Delegación Estatal 18 Recibe oficio.

(53)

DIAGRAMA DE FLUJO CORRECCIONES POR ERRORES MATERIALES EN LOS ASIENTOS REGISTRALES

DELEGACION ESTAL DIRECCION GENERAL DE REGISTRO

DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA O JEFATURAS DE DEPARTAMENTO (EN EL AREA DE SU COMPETENCIA) 1 2 3 INICIO DETECTA EL ERROR MATERIAL EN LA INSCRIPCIÓN, DE OFICIO O, A SOLICITUD DEL PROMOVENTE. ELABORA ACTA CIRCUNSTANCIADA, DONDE PARTICIPAN, EL DELEGADO, EL SUBDELEGADO DE REGISTRO Y ASUNTOS JURÍDICOS, EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO INTEGRAL Y EL REGISTRADOR INTEGRAL.

RECIBE OFICIO, ANALIZA CON BASE EN LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE. EN CASO DE NO ENVIAR ÉSTA DEBIDAMENTE INTEGRADA, SE SOLICITARÁ A LA DELEGACIÓN ESTATAL QUE LA SUBSANE. SOLICITA LA CORRECCIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO MEDIANTE OFICIO.

RECIBE OFICIO, TURNA A LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA O JEFATURAS DE DEPARTAMENTO, PARA ELABORAR OFICIO DE ATENCIÓN. 1 4

RECIBE OFICIO Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. 5 6 7 ELABORA OFICIO DE CORRECCIÓN DEBIDAMENTE INTEGRADA LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE, Y LO TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA PARA SU VISTO BUENO.

8 RECIBE EL PROYECTO DE OFICIO, LO ANALIZA, DA SU VISTO BUENO Y LO TURNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO. 9 SUSCRIBE OFICIO DE CORRECCIÓN Y DEVUELVE A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA.

(54)

DIAGRAMA DE FLUJO CORRECCIONES POR ERRORES MATERIALES EN LOS ASIENTOS REGISTRALES

DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA DIRECCION DE INFORMATICA DELEGACION ESTATAL SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA O JEFATURAS DE DEPARTAMENTO (EN EL AREA DE SU COMPETENCIA) DIRECCION GENERAL DE REGISTRO 10 15 17 1 RECIBE Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA RECIBE Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA ELABORA PROYECTO DE OFICIO PARA SOMETER A CONSIDERACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA, PARA EL CASO DE QUE SE DETERMINE IMPROCEDENTE LA PETICIÓN. SUSCRIBE OFICIO Y DEVUELVE A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. RECIBE EL PROYECTO DE OFICIO, LO ANALIZA, DA SU VISTO BUENO Y LO TURNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO. RECIBE OFICIO Y TURNA PARA SU REMISIÓN A LA DELEGACIÓN ESTATAL. FIN 11 12

NOTIFICA POR OFICIO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO Y TURNA COPIA DEL MISMO A LA DELEGACIÓN ESTATAL. 13 RECIBE OFICIO DE FINALIZACIÓN DE CORRECCIÓN. IMPRIME DOCUMENTOS CORREGIDOS Y EN SU CASO, NOTIFICA Y ENTREGA LOS MISMOS, AL PROMOVENTE.

14

16

18

(55)

6. CORRECCIONES POR ERRORES DE CONCEPTO EN LOS ASIENTOS

REGISTRALES

(56)

OBJETIVO

Apoyar a las Delegaciones para corregir los asientos regístrales que contengan errores de concepto en las carátulas e inscripciones de los Folios correspondientes a Sociedades Rurales y de Reglamentos y Actas de Asambleas de ejidos y comunidades.

(57)

NORMAS Y POLITICAS

Toda solicitud deberá ser suscrita por los CC. Delegados y remitida por escrito a la Dirección General de Registro.

Previa valoración de la procedencia de la solicitud, por la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, que para dichos efectos se apoyará en la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o Jefaturas

de Departamento (En el Area de su Competencia), la procedencia deberá ser aprobada por la Dirección

General de Registro.

Para que se proceda a realizar una corrección, la Delegación Estatal, deberá elaborar acta circunstanciada en la que se especifique la naturaleza del error que contenga la carátula o inscripción de que se trate, especificando la modificación procedente, con base en las documentales del caso y ser firmada por el Delegado, el Subdelegado de Registro y Asuntos Jurídicos, el Jefe de Departamento de Registro Integral y el Registrador.

Conforme lo dispuesto por los artículos 74, 76, 78 y 79 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional, las correcciones por errores de concepto necesariamente procederán a petición de parte, siempre que se manifieste expresamente el consentimiento del o los interesados en el asiento y a falta del consentimiento unánime de los interesados, la rectificación sólo procederá por resolución judicial y en cualquier caso con base en las documentales que se exhiban, con las que obren en poder la Delegación Estatal o con base en la sentencia respectiva.

Las correcciones autorizadas, requerirán para su materialización, de la participación de personal de la Dirección de Informática, adscrita a la Dirección General de Finanzas y Administración y por parte de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea y en su defecto, por quien designe la Dirección de Área o la Dirección General de Registro.

Las correcciones se realizarán en las Oficinas Centrales del Registro Agrario Nacional, utilizando para ello la red de datos digital con que cuenta el Organismo, excepto que por su naturaleza o el volumen de las mismas, sea necesario que el personal se traslade a la Delegación correspondiente.

(58)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

CORRECCIONES POR ERRORES DE CONCEPTO EN LOS ASIENTOS REGISTRALES

ÁREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Promovente 1 Solicita corrección por detección de error de concepto en la inscripción, a la Delegación Estatal.

Delegación Estatal 2 Elabora acta circunstanciada, donde participan, el Delegado, el Subdelegado de Registro y Asuntos Jurídicos, el Jefe del Departamento de Registro Integral y el Registrador Integral. 3 Solicita a la Dirección General de Registro la corrección,

mediante oficio.

Dirección General de Registro 4 Recibe oficio y turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

5 Recibe oficio, turna a la Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea para elaborar oficio de atención.

Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o

Jefaturas de Departamento (En el Area de su Competencia)

6 Recibe oficio, analiza con base en la documentación soporte. En caso de no enviar esta debidamente integrada, se solicitará a la Delegación Estatal que la subsane.

7 Elabora oficio de corrección debidamente integrada la

documentación soporte y lo turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea para su visto bueno.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

8 Recibe el proyecto de oficio, lo analiza, da su visto bueno y lo turna a la Dirección General de Registro.

Dirección General de Registro 9 Suscribe oficio de corrección y devuelve a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

10 Recibe y turna a la Dirección de Informática.

Dirección de Informática 11 Recibe oficio, revisa sistema y realiza corrección en la base de datos de la Delegación Estatal.

Dirección de Informática 12 Notifica por oficio a la Dirección General de Registro y turna copia del mismo a la Delegación Estatal.

Delegación Estatal y Dirección

General de Registro 13

(59)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

CORRECCIONES POR ERRORES DE CONCEPTO EN LOS ASIENTOS REGISTRALES

ÁREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Delegación Estatal 14 Imprime documentos corregidos y en su caso, notifica y entrega los mismos, al promovente.

Dirección General de Registro 15 Turna a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea para archivo. Subdirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea o Jefaturas de Departamento (En el Area de su Competencia)

16 Elabora proyecto de oficio para someter a consideración de la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea, para el caso de que se determine improcedente la petición,.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

17 Recibe el proyecto de oficio, lo analiza, da su visto bueno y lo turna a la Dirección General de Registro.

Dirección General de Registro 18 Suscribe oficio y devuelve a la Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea.

Dirección de Sociedades y Acuerdos de Asamblea

19 Recibe oficio y turna para su remisión al destinatario.

Delegación Estatal 20 Recibe oficio.

(60)

DIAGRAMA DE FLUJO CORRECIONES POR ERRORES DE CONCEPTO EN LOS ASIENTOS REGISTRALES

PROMOVENTE DELEGACION ESTATAL DIRECCION GENERAL DE REGISTRO

DIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA SUBDIRECCION DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA O JEFATURAS DE DEPARTAMENTO (EN EL AREA DE SU COMPETENCIA) RECIBE Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA. 1 1 SOLICITA CORRECCIÓN POR DETECCIÓN DE ERROR DE CONCEPTO EN LA INSCRIPCIÓN, A LA DELEGACIÓN ESTATAL. INICIO 2 3 ELABORA ACTA CIRCUNSTANCIADA, DONDE PARTICIPAN, EL DELEGADO, EL SUBDELEGADO DE REGISTRO Y ASUNTOS JURÍDICOS, EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO INTEGRAL Y EL REGISTRADOR INTEGRAL. SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO LA CORRECCIÓN, MEDIANTE OFICIO. 4 5 6 7 ELABORA OFICIO DE CORRECCIÓN DEBIDAMENTE INTEGRADA LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE Y LO TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA PARA SU VISTO BUENO RECIBE OFICIO, ANALIZA CON BASE EN LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE. EN CASO DE NO ENVIAR ESTA DEBIDAMENTE INTEGRADA, SE SOLICITARÁ A LA DELEGACIÓN ESTATAL QUE LA SUBSANE. 8 RECIBE OFICIO, TURNA A LA SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA PARA ELABORAR OFICIO DE ATENCIÓN. RECIBE EL PROYECTO DE OFICIO, LO ANALIZA, DA SU VISTO BUENO Y LO TURNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO. 9 RECIBE OFICIO Y TURNA A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. SUSCRIBE OFICIO DE CORRECCIÓN Y DEVUELVE A LA DIRECCIÓN DE SOCIEDADES Y ACUERDOS DE ASAMBLEA. 10

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