• No se han encontrado resultados

Carta de Servicios de la Oficina Municipal de Información al Consumidor

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Carta de Servicios de la Oficina Municipal de Información al Consumidor"

Copied!
15
0
0

Texto completo

(1)

1

Fecha de aprobación: 5 de junio de 2008 Fecha de última revisión: noviembre de 2015

Carta de Servicios de la Oficina Municipal de Información

al Consumidor

1. Introducción

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Madrid, cuyos servicios se prestan a través del Instituto Municipal de Consumo y los Distritos, tiene como misión principal la de proteger y defender los derechos en materia de consumo de los madrileños, mediante la información y orientación a los consumidores, la tramitación de aquellas reclamaciones y denuncias que se presenten en materia de consumo, así como la mediación en los conflictos que puedan surgir como consecuencia de las reclamaciones presentadas. Todas estas actuaciones encuentran su reflejo en el objetivo operativo “Dinamizar y modernizar el sector comercial en beneficio de los

comerciantes y los consumidores” que desarrolla el objetivo estratégico del Ayuntamiento

de Madrid: “Consolidar a Madrid como centro de la actividad económica de España y uno

de los más relevantes de Europa”.

Son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Son también consumidores las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.

La OMIC presta sus servicios en todo lo relacionado con los sectores de bienes, servicios y suministros, manifestando su compromiso con la calidad de los servicios y con la mejora continua de los mismos como elemento clave de su cultura organizativa.

Con la elaboración y aprobación de la Carta de Servicios de la Oficina Municipal de

Información al Consumidor, el Instituto Municipal de Consumo, y los Distritos

pretenden:

 Dar a conocer a los ciudadanos el servicio que se presta en las diferentes Oficinas de Información al Consumidor, así como las condiciones en las que se realiza.

 Dar a conocer a los ciudadanos los derechos que tienen en relación con esos servicios, así como las responsabilidades y obligaciones que se derivan de los mismos.

(2)

2

 Dar a conocer los compromisos adquiridos en la prestación de los servicios al consumidor.

 Contribuir a la mejora continua de la calidad de los servicios prestados por la OMIC.

 Mostrar y aportar transparencia en el proceso de prestación del servicio.

La Carta de Servicios de la Oficina Municipal de Información al Consumidor se aprobó por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 5 de junio de 2008. Este texto corresponde a la sexta evaluación, realizada en marzo de 2015; con ella, el Ayuntamiento de Madrid manifiesta nuevamente su compromiso con la calidad y la mejora continua de sus servicios.

2. Datos de carácter general

Órgano directivo

Los diversos servicios en materia de consumo del Ayuntamiento de Madrid, que presta la OMIC, dependen del Instituto Municipal de Consumo y de los Distritos.

El Instituto Municipal de Consumo se adscribe al Área de Gobierno de Salud,

Seguridad y Emergencias. Según el Acuerdo vigente por el que se establece la

Organización y Estructura del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias,

algunas de las competencias que corresponden a la Dirección General del Instituto Municipal de Consumo son: la elaboración, propuesta e implantación de las líneas generales de actuación en materia de protección, formación e información al consumidor, la recepción, tramitación, mediación y resolución, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), de las consultas y reclamaciones realizadas por los consumidores, dentro del ámbito de su competencia, así como la remisión, en su caso, a las entidades y organismos competentes y la realización de campañas y actividades de información y formación a consumidores y empresarios. Por otro lado, según el Acuerdo en vigor de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la Organización y Estructura de los Distritos y Delegación de

Competencias en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Gerentes de los Distritos, en materia de salud, consumo y comercio, corresponde a los Distritos,

entre otras competencias, facilitar información al consumidor, en coordinación con la Oficina Central de Información al Consumidor, así como recepcionar, tramitar y resolver a través de la OMIC del distrito, las consultas y reclamaciones en temas de su competencia, siempre que el número de afectados, la naturaleza de la reclamación y las circunstancias de peligrosidad o seguridad no aconsejen su remisión al Área de Gobierno

(3)

3

de Salud, Seguridad y Emergencias, así como fomentar la educación sanitaria de consumidores y empresarios en materia de consumo e higiene alimentaria.

Unidad prestadora del servicio

La OMIC en la Ciudad de Madrid cuenta con:

La Oficina Municipal de Información al Consumidor Central, que depende del Instituto Municipal de Consumo, que se encuentra encuadrado dentro del Área de Gobierno Salud, Seguridad y Emergencias.

21 Oficinas Municipales de Información al Consumidor, que dependen

de los Departamentos de Servicios Sanitarios, Calidad y Consumo ubicados en los Distritos, cuya coordinación técnica corresponde al Instituto Municipal de Consumo.

La OMIC se configura como un servicio de información y orientación para los

consumidores y usuarios, así como de mediación en los conflictos que puedan surgir entre consumidores y empresarios en materia de consumo. Dicho servicio se presta a través de diferentes canales:

 Presencial: a través de las 22 Oficinas de las que consta la OMIC (1 sede central y 21 oficinas ubicadas en cada uno de los Distritos).

 Telefónico: se canaliza a través del 010.

 Telemático: se presta a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid http://sede.madrid.es.

 Correo postal y por los Registros establecidos.

El personal que forma parte de la OMIC tiene como cometidos fundamentales en la prestación del servicio:

 Informar a los consumidores sobre aquellas cuestiones o problemas que tengan en la compra de bienes o en la prestación de servicios.

 Elaborar materiales divulgativos y contenidos para su publicación en el espacio dedicado a consumo de la página web corporativa www.madrid.es.

 Tramitar las reclamaciones que se interponen por los consumidores.  Valorar la existencia de presuntas infracciones en materia de consumo.  Colaborar con las tareas de formación y educación en materia de consumo.  Asegurar la defensa de los consumidores protegiendo sus legítimos intereses.

(4)

4

3. Normativa

Normativa general

 Artículo 51 de la Constitución Española de 1978.

Leyes Orgánicas, Leyes y Reales Decretos

 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

 Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

 Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

 Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.

 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

 Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

 Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha ley.

 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Normativa municipal general

 Decreto de 7 de diciembre de 2015 de la Alcaldesa por el que se regula el funcionamiento del Observatorio de la Ciudad.

 Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 10 de septiembre de 2015, por el que se adoptan directrices para el ejercicio del derecho de propuesta.  Decreto de 14 de junio de 2012, de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y

Administración Pública por el que se aprueba la Instrucción 4/2012 relativa a la participación del Ayuntamiento de Madrid en redes y medios sociales.

(5)

5

 Acuerdo del Pleno, de 30 de marzo de 2011, por el que se aprueba la ordenanza por la que se adaptan al ámbito de la ciudad de Madrid las previsiones contenidas en la normativa estatal y autonómica de transposición de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

 Decreto de 1 de septiembre de 2010, del delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se crean la sede electrónica y el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid

 Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 25 de junio de 2009, por el que se regula el Sistema de Cartas de Servicios en el Ayuntamiento de Madrid.  Decreto de 8 de noviembre de 2006, del Concejal de Gobierno de Hacienda y

Administración Pública, por el que se establece el modelo organizativo de gestión del portal web municipal (munimadrid), y de la intranet del ayuntamiento de Madrid (ayre).

 Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de diciembre de 2008, por el que se aprueba el Código de Buenas Prácticas Administrativas del Ayuntamiento de Madrid.

 Decreto del Alcalde de 17 de enero de 2005, por el que se regula la Atención al Ciudadano en el Ayuntamiento de Madrid y su normativa de desarrollo.

 Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid, de 23 de diciembre de 2004.

 Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 23 de julio de 2004, sobre la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones; creación, funciones y composición.

 Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.

 Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.

 Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.

Normativa municipal estructura y competencias

 Decreto de la Alcaldesa de 13 de junio de 2015, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid. (BOCM 24/06/2015). Modificado por los Decretos de 1 de julio de 2015 y de 16 de julio 2015 (BOCM de 04/07/2015 y 16/11/2015)

 Decreto de la Alcaldesa de 28 de octubre de 2015 de delegación y desconcentración de competencias.

 Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos de 29 de octubre de 2015.

 Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias de 29 de octubre de 2015.

(6)

6

Normativa reguladora en materia de consumo

 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de Noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, modificado por la Ley 3/2014, de 27 de marzo.

 Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios.

 Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores y Usuarios de la Comunidad de Madrid.

 Decreto 1/2010, de 14 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores y Usuarios de la Comunidad de Madrid.

 Ordenanza de Consumo de la Ciudad de Madrid, de 30 de marzo de 2011.

 Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, que regula las Infracciones y Sanciones en materia de Defensa del Consumidor y de la Producción Agroalimentaria

 Orden 362/2007, de 13 de marzo, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se modifica la hoja de reclamaciones del Anexo I del Decreto 152/2001, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

 Instrucción de 5 de febrero de 2013 relativa a la Coordinación del Funcionamiento de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de la Ciudad de Madrid.

4. Derechos y responsabilidades

Derechos de los consumidores

Los ciudadanos, como usuarios de servicios públicos, tienen todos los derechos derivados de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la que se reconoce el derecho de los ciudadanos a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

Además de estos derechos comunes derivados de la condición de usuarios de servicios públicos, los usuarios de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, tienen los siguientes derechos específicos en relación con los servicios que se prestan en dicha Oficina:

1. Ser tratados con respeto y deferencia por el personal al servicio de la OMIC. 2. Conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se presta el

(7)

7

3. Recibir la información, ayuda y orientación solicitada en materia de consumo, dentro de las competencias de la OMIC.

4. Presentar reclamaciones y denuncias como consumidores o usuarios para su gestión en la OMIC, y poder conocer en todo momento el estado de tramitación de las mismas.

5. Formular alegaciones y aportar aquellos documentos que se estimen convenientes y que puedan ser relevantes para la resolución de conflictos o del procedimiento de la reclamación o denuncia.

6. Obtener justificante acreditativo de la presentación de hojas o impresos de reclamación o denuncia.

7. No presentar documentos que no se exijan en las normas o ya estén en poder de la Administración que gestiona el asunto.

8. Formular cualquier sugerencia, reclamación o queja y ser contestado en el plazo establecido.

Asimismo, la normativa de protección de datos reconoce a los consumidores los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a sus datos personales.

Responsabilidades de los consumidores

Los ciudadanos de Madrid, en relación al servicio prestado por la Oficina Municipal de Información al Consumidor, tienen las siguientes responsabilidades:

1. Mantener siempre una actitud correcta y de respeto hacia el personal.

2. Hacer adecuado uso de las oficinas, respetando los espacios y equipamientos. 3. Rellenar de manera legible e inteligible los documentos, instancias y hojas o

impresos de reclamación dirigidos a las dependencias de la OMIC.

4. Exponer las reclamaciones de forma concreta y determinada, indicando de forma explícita y clara qué es lo que se reclama o denuncia, facilitando de forma veraz la máxima información posible sobre la empresa o establecimiento objeto de la reclamación o denuncia.

5. Aportar la documentación y datos necesarios para la tramitación de la reclamación o denuncia.

6. Actuar de buena fe en defensa de sus intereses, no realizando denuncias carentes de fundamento.

(8)

8

5. Mecanismos y modalidades de participación

Los consumidores y usuarios de la Oficina Municipal de Información al Consumidor tienen a su disposición los órganos y canales de participación normalizados, establecidos por el Ayuntamiento de Madrid en cumplimiento de su Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, entre los que destacan:

 La plataforma de participación decide.madrid.  El Sistema de Sugerencias y Reclamaciones.

 Ruegos y preguntas en las sesiones plenarias del Distrito correspondiente.  Proposiciones en los Plenos de los Distritos y en el Pleno del Ayuntamiento.  El Consejo Director de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Consejos

Territoriales.

 Las peticiones, iniciativas, audiencias públicas y consultas.  Los foros temáticos, paneles ciudadanos y sondeos de opinión.

Además, se realizan anualmente encuestas de satisfacción a los usuarios de la OMIC.

6. El Sistema de Sugerencias y Reclamaciones

El Ayuntamiento de Madrid cuenta con un Sistema de Sugerencias y Reclamaciones a través del cual la ciudadanía e instituciones públicas o privadas pueden ejercer su

derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los

servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y

felicitaciones.

Se podrán presentar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones a través de:  www.madrid.es/contactar.

 El Teléfono 010 Línea Madrid.

 Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid.  Las Oficinas de Registro.

 El Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid.

 El correo (postal o electrónico) dirigido al órgano directivo responsable o unidad prestadora del servicio, cuyos datos de localización y contacto se recogen en el apartado 9 de esta Carta.

(9)

9

Las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible, cumpliendo los compromisos asumidos en la Carta de

Servicios de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid, aprobada el 10 de mayo de 2012.

7. Servicios prestados

1. Información y orientación.

 Suministrar información general en materia de consumo, respecto a bienes, servicios y suministros.

 Asesorar y orientar sobre los organismos competentes para la resolución del conflicto, en aquellas materias específicas de consumo que excedan el ámbito de actuación de la OMIC.

 Facilitar a los interesados información particular sobre el estado de tramitación de los expedientes de sus reclamaciones y denuncias.

2. Tramitación de reclamaciones y denuncias.

 Recepcionar las reclamaciones y denuncias, una vez registradas.  Prestar al consumidor una atención personalizada.

 Tramitar y gestionar:

- Estudiar, analizar y evaluar las reclamaciones y denuncias.

- Dar traslado al órgano sectorial o territorial competente, en su caso.

- Comunicar a la parte reclamada los motivos de la reclamación efectuada por el consumidor.

 Mediar en los conflictos entre consumidores y comerciantes y en caso de resultado negativo:

- Informar sobre la posibilidad de acudir a la Junta Arbitral de Consumo o a otras vías para la resolución del conflicto, trasladando la reclamación a la Junta Arbitral de Consumo correspondiente, cuando el consumidor así lo solicite.

- Informar de la posibilidad de acudir a la vía judicial para la resolución del conflicto.

 Valorar la existencia de presuntas infracciones en materia de consumo y, en su caso, trasladar el expediente al órgano competente.

(10)

10

3. Apoyo en las acciones formativas y educativas de los

consumidores.

 Distribuir publicaciones, folletos y revistas de elaboración propia y de otras Organizaciones relacionadas con el consumo.

 Actualizar los contenidos de la página Web dedicados a la información al consumidor.

 Recepcionar solicitudes de formación a los consumidores para ser consideradas en el programa de formación del Instituto Municipal de Consumo.

4. Distribución a los empresarios de hojas del sistema unificado de

reclamaciones.

 Distribuir hojas de reclamación desde las oficinas de la OMIC a los empresarios o facilitar los medios para su obtención.

 Distribuir carteles de tenencia de hojas de reclamaciones.

8. Compromisos de calidad

La OMIC, se compromete a:

1. Atender a los consumidores con personal debidamente cualificado en materia de consumo, suministrando información correcta y actualizada, e informando del contenido y trámites de sus consultas, reclamaciones o denuncias, de modo que el 80 % de los usuarios estén satisfechos con la información recibida y que la satisfacción media en cuanto a la preparación del personal sea de 8,0 puntos en una escala de 0 a 10.

Indicadores asociados:

1.1. Porcentaje de usuarios satisfechos con la información y orientación recibidas.

1.2. Satisfacción media de los usuarios con la preparación del personal de la OMIC para realizar su trabajo.

2. Prestar una atención personalizada e individualizada, proporcionando un trato amable y cortés, utilizando un lenguaje claro y comprensible, de modo que el 80 % de los usuarios estén satisfechos con el trato recibido y que la satisfacción media de los usuarios en cuanto a estos atributos sea de 8,0 en una escala de 0 a 10.

(11)

11

Indicadores asociados:

2.1. Satisfacción media de los usuarios con la amabilidad y cortesía del personal que lo ha atendido.

2.2. Satisfacción media de los usuarios con la claridad y comprensibilidad de la información recibida.

2.3. Porcentaje de usuarios satisfechos con el trato recibido.

3. Ofrecer a los consumidores que así lo solicitan, cita previa en la OMIC Central, de forma que el 75 % de las mismas se ofrezcan en un plazo no superior a 10 días naturales desde el momento de la asignación de la cita, para el 25% restante se les dará cita en un plazo no superior a 20 días naturales.

Indicador asociado:

3.1. Porcentaje de citas previas que se ofrecen a los consumidores en la OMIC Central con una demora igual o menor de 10 días naturales.

3.2. Porcentaje de citas previas en OMIC Central ofrecidas en plazo 20 días.

4. Completar la tramitación del 80 % de las reclamaciones, en la parte que corresponda a la OMIC, en un plazo no superior a 2 meses, contando desde el inicio de la tramitación del expediente en la oficina de OMIC correspondiente, enviando al consumidor la correspondiente comunicación, para el 20% restante la tramitación se realizará en un plazo no superior a 6 meses.

Indicador asociado:

4.1. Porcentaje de reclamaciones tramitadas en un plazo máximo de 2 meses.

4.2. Porcentaje de reclamaciones tramitadas en un plazo de 6 meses.

5. Mediar en los conflictos entre consumidores y comerciantes propiciando la resolución voluntaria de los mismos, de modo que se resuelvan favorablemente para el consumidor al menos un 35 % de los mismos, al 65% de los consumidores restantes se les informará sobre las vías alternativas posibles para su resolución.

Indicador asociado:

5.1. Porcentaje de mediaciones positivas para el consumidor en las que la OMIC municipal ha realizado labores de mediación.

5.2. Porcentaje de reclamaciones sin resultado positivo informadas de posibles vías para su resolución.

(12)

12

6. Mantener actualizados los contenidos de la Web municipal relativos a la Oficina Municipal de Información al Consumidor, realizando para ello al menos 400 actualizaciones al año.

Indicador asociado:

6.1. Quejas o reclamaciones recibidas al año en relación con una información no actualizada en web.

6.2. Actualizaciones realizadas en la página web de la OMIC.

7. Recibir y tramitar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la ciudadanía relativas a los servicios que se prestan, contestándolas de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y, a partir de ellas, poner en marcha acciones de mejora del servicio. El 60 % de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones tramitadas por la OMIC se contestarán en 15 días hábiles o menos y el resto en menos de 2 meses. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones será igual o menor a 30 días.

Indicadores asociados:

7.1. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones tramitadas relativas a los servicios prestados.

7.2. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados contestadas en un plazo menor o igual a 15 días hábiles desde su presentación.

7.3. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones contestadas en menos de 2 meses.

7.4. Tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones desde su presentación.

Horario de servicio

Lunes a viernes

Distritos: Con cita previa. OMIC Central: Con cita previa.

Canales de información general y tramitación de reclamaciones, denuncias y solicitudes de información

Teléfono información general: 010 Internet:http://sede.madrid.es Correo postal: direcciones de OMIC

9. Datos de carácter complementario

(13)

13

Oficinas de Registro

Coste del Servicio

:

Servicio gratuito.

Órgano directivo responsable de la Carta de Servicios

Instituto Municipal de Consumo

Servicio de Información al Consumidor

(14)

14

Unidades prestadoras del servicio

Sedes de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (direcciones

postales)

Horario de atención

FORMAS DE ACCESO Y MEDIOS DE TRANSPORTE

Sede Central:

C/ Príncipe de Vergara, 140. 28002 - Madrid

Con cita previa

Cruz del Rayo

(L9) 29,52

Arganzuela:

Paseo Chopera nº 10. 28045 – Madrid

Con cita previa

Legazpi (L3)(L6) 6, 8, 18, 19, 22, 45, 47, 76, 78, 79, 85, 86, 88, 123, 148, 247 -- Barajas: Plaza Mercurio nº 1. 28042 - Madrid

Con cita previa

Barajas (L8) 101, 105, 115 --

Carabanchel:

Plaza de Carabanchel nº 1 28025 – Madrid

Oficina de registro más cercana: Avda. Pza. de Toros 17

Con cita previa

Vista Alegre

(L5) 34, 108 --

Centro :

C/ Mayor nº 72, 28005 - Madrid Oficina de registro más cercana C/ Atocha 70

Con cita previa

Sol (L1, L2, L3) Opera (L2 y Opera-Ramal Norte) 3, 5, 6, 15, 18, 20, 23, 26, 31, 32, 50, 51, 52, 53, 65, 150 SOL Chamberí: C/ Raimundo Fernández Villaverde nº 8. 28010 – Madrid

Con cita previa

Bilbao (L4)

Iglesia (L1) 3, 5, 16, 40, 147, 61 --

Chamartín:

C/ Príncipe de Vergara nº 142. 28002 – Madrid

Con cita previa

Cruz del Rayo

(L9) 1, 7, 9, 16, 29, 51, 52, 73 -- Ciudad Lineal:

c/ Hermanos Garcías Noblejas nº 14. 28037 – Madrid

Con cita previa

Ciudad Lineal

(L5) 4, 38, 48, 70, 77, 105, 109 -- Fuencarral – El Pardo:

Avenida Monforte de Lemos nº 40. 28029 – Madrid

Con cita previa Barrio del Pilar (L9) Peñagrande (L7) 49, 83, 126, 128, 132, 137 -- Hortaleza: Carretera Canillas nº 2. 28043 – Madrid

Con cita previa

-- 9, 72, 73 --

Latina:

Fuerte de Navidad nº 15 28044 - Madrid

Oficina de Registro más cercana: Avda. General Fanjul 2

Con cita previa

Aluche (L5) 17, H, 121, 131, 139 Aluche, Fanjul

Moratalaz:

C/ Fuente Carrantona nº 8. 28030 – Madrid

Con cita previa

Pavones (L9) 8, 20, 71, 100, 140, 142, 144 -- Moncloa – Aravaca:

Plaza de la Moncloa nº 1. 28008 – Madrid

Con cita previa

Moncloa (L3, L6) 1, 16, 44, 46, 61, 82, 83, 132, 133, 160, 161, 162, A, G, C --

(15)

15

Sedes de la Oficina Municipal

de Información al Consumidor (direcciones

postales)

Horario de

atención FORMAS DE ACCESO Y MEDIOS DE TRANSPORTE Puente Vallecas:

Avenida Albufera nº 42. 28038 – Madrid

Con cita previa Nueva

Numancia (L1) Puente de Vallecas (L1) 10, 24, 54, 57, 58, 111, 310, 410 -- Retiro:

Avenida Ciudad Barcelona nº 162. 28007 - Madrid

Con cita previa

Pacífico (L1) 56, 57, 136, 141, 10, 24, 37, 54,

310 --

Salamanca:

C/ Velázquez nº 52. 28001 - Madrid

Con cita previa

Velázquez (L4)

Serrano (L4) 1, 9, 19, 21, 51, 53, 74, 89 -- San Blas:

Avenida Arcentales nº 28. 28022 - Madrid

Con cita previa

Las Musas (L7) 38, 48,140 --

Tetuán

C/ Bravo Murillo nº 357, entrada por C/ Simancas nº 6

28020 - Madrid

Con cita previa

Valdeacederas

(L1) 41, 49, 124 --

Usera:

Avenida Rafaela Ybarra nº 41. 28026 - Madrid

Con cita previa

-- 6, 47, 60, 78, 81, 247 --

Vicálvaro:

Avda. Real, nº 36. 28032 - Madrid

Con cita previa

Vicálvaro (L9) 4, 100, 106, 130 --

Villa de Vallecas:

Paseo Federico García Lorca nº 12. 28031 - Madrid

Con cita previa

Villa de Vallecas

(L1) 54, 58, 103, 130, 142, 143 --

Villaverde:

C/ Arroyo Bueno nº 53. 28021 - Madrid

Con cita previa

Villaverde Alto

Referencias

Documento similar

dente: algunas decían que doña Leonor, "con muy grand rescelo e miedo que avía del rey don Pedro que nueva- mente regnaba, e de la reyna doña María, su madre del dicho rey,

Y tendiendo ellos la vista vieron cuanto en el mundo había y dieron las gracias al Criador diciendo: Repetidas gracias os damos porque nos habéis criado hombres, nos

E Clamades andaua sienpre sobre el caua- 11o de madera, y en poco tienpo fue tan lexos, que el no sabia en donde estaña; pero el tomo muy gran esfuergo en si, y pensó yendo assi

o Si dispone en su establecimiento de alguna silla de ruedas Jazz S50 o 708D cuyo nº de serie figura en el anexo 1 de esta nota informativa, consulte la nota de aviso de la

Ciaurriz quien, durante su primer arlo de estancia en Loyola 40 , catalogó sus fondos siguiendo la división previa a la que nos hemos referido; y si esta labor fue de

Las manifestaciones musicales y su organización institucional a lo largo de los siglos XVI al XVIII son aspectos poco conocidos de la cultura alicantina. Analizar el alcance y

Proporcione esta nota de seguridad y las copias de la versión para pacientes junto con el documento Preguntas frecuentes sobre contraindicaciones y

[r]