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Conferencia General 32 a reunión, París C

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U

Conferencia General

32

a

reunión, París 2003

32 C

32 C/68

2 de octubre de 2003 Original: Inglés

Punto 11.18 del orden del día revisado

FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD

DE LOS LOCALES DE LA UNESCO EN TODO EL MUNDO

PRESENTACIÓN Fuente: Punto propuesto por el Director General.

Objeto: El presente documento contiene las propuestas del Director General para el

fortalecimiento de la seguridad de los locales de la UNESCO en todo el mundo.

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FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD DE LOS LOCALES DE LA UNESCO EN TODO EL MUNDO

I. INTRODUCCIÓN

1. Los ataques terroristas contra el edificio de las Naciones Unidas en Bagdad transformaron el entorno en materia de seguridad para las oficinas y el personal de las Naciones Unidas en todo el mundo. De ahora en adelante, puede estimarse que pesa una amenaza sobre todos los locales de las Sedes, los institutos y los demás locales en el terreno de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas. Por consiguiente, incumbe a los Jefes Ejecutivos de las Naciones Unidas y de todos los demás organismos especializados del sistema la pesada responsabilidad de proteger, en la mayor medida posible, a su personal y a sus familias, a los delegados y a los demás usuarios en un contexto internacional complejo.

2. En agosto de 2003 -después del atentado contra el recinto de las Naciones Unidas en Bagdad-, la Oficina del Coordinador de Asuntos de Seguridad de las Naciones Unidas (UNSECOORD) -la que, como su nombre indica, es la entidad común de todos los organismos del sistema- inició un examen completo de la seguridad de 153 lugares de destino. Pronto adoptará una decisión sobre las medidas concretas necesarias para mejorar la seguridad en todos los lugares de destino, pero especialmente en los que pertenecen a la categoría de alto nivel de riesgo (unos 20 lugares). Como resultado de ese examen, el nivel obligatorio de las exigencias MOSS (Normas Mínimas de Seguridad Operacional) en el terreno se ha hecho más estricto, por lo que los gastos correspondientes están aumentando en todas partes. Cada organismo de las Naciones Unidas es responsable de la aplicación de las medidas adicionales de seguridad indispensables y de sufragar los gastos de esa aplicación. Además, se ha pedido a todos los organismos de las Naciones Unidas que examinen las disposiciones en materia de seguridad de sus respectivas sedes cuando éstas resulten particularmente vulnerables y esas medidas necesiten ser reforzadas. Aunque esos exámenes y la aplicación de las medidas correspondientes no sean obligatorios en un sentido estricto, los diversos Jefes Ejecutivos los proponen y llevan a cabo bajo su responsabilidad teniendo presentes las circunstancias específicas de cada organismo.

3. Al igual que los demás organismos de las Naciones Unidas, la UNESCO debe velar por la protección y la seguridad de su personal en todo el mundo y está obligada a aplicar las medidas de seguridad recomendadas por la Oficina del Coordinador de Asuntos de Seguridad de las Naciones Unidas para “respetar las exigencias MOSS” en la Sede y en todos los lugares en que existan oficinas fuera de la Sede. Se estima que la seguridad es una “función esencial” y, por consiguiente, los gastos en que se incurre actualmente en ese concepto y los costos adicionales necesarios para reforzar las disposiciones en la materia en la Sede o en el terreno deberán normalmente ser una partida financiada con cargo al Presupuesto Ordinario siempre que sea posible.

4. Cuando se preparó el documento 32 C/5 no se previó el aumento del nivel de los gastos en materia de seguridad en el mundo. Sin embargo, el examen de la seguridad realizado por UNSECOORD trajo consigo diversas repercusiones financieras para la UNESCO:

a) su contribución al presupuesto de seguridad en el terreno de la UNSECOORD financiado conjuntamente aumentará considerablemente, e incluirá, por ende, la aplicación de medidas adicionales de seguridad y el aumento de los costos del seguro contra actos dolosos;

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b) el cumplimiento de las exigencias MOSS en cada lugar de destino supone un aumento considerable de los gastos relacionados con la seguridad en las oficinas de la UNESCO fuera de la Sede.

A ello habrá que añadir los gastos de las mejoras en materia de seguridad en la Sede y en los institutos y centros de la UNESCO (categoría I).

II. FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD EN LA SEDE DE LA UNESCO, SUS INSTITUTOS Y SUS OFICINAS FUERA DE LA SEDE

5. En esta sección se resumen las medidas que debe adoptar la UNESCO para cumplir con las exigencias obligatorias de la UNSECOORD, basadas en un examen de las disposiciones actuales en la Sede de la UNESCO, en los institutos y centros (categoría I) y las oficinas fuera de la Sede.

6. Las nuevas medidas generales de seguridad que deberán adoptarse durante el próximo bienio, tanto en la Sede como en el terreno, serán de dos categorías, según ocasionen: a) gastos que han de sufragarse “una sola vez” (por ejemplo, instalación de equipo y de servicios técnicos); y b) gastos recurrentes (por ejemplo, sueldos del personal adicional de seguridad, mantenimiento del equipo y las instalaciones, pólizas de seguro).

7. Los costos totales del conjunto de las medidas encaminadas a fortalecer la seguridad en los locales de la UNESCO en todo el mundo durante el bienio 2004-2005 podrían alcanzar una cifra del orden de los 20 millones de dólares estadounidenses.

Sede de la UNESCO

8. En el curso del ejercicio de evaluación de la seguridad y protección iniciado en el marco del Plan de Renovación, la Secretaría identificó las necesidades concretas a corto plazo más inmediatas que han de satisfacerse con urgencia. Los gastos conexos, que ascienden a un total de 1.500.000 dólares estadounidenses, se incorporaron en la Fase 1 del Plan Belmont para el bienio 2002-2003. Se ha aplicado ya una buena parte de las medidas esenciales.

9. Los nuevos gastos que han de sufragarse una sola vez para mejorar las infraestructuras de seguridad en la Sede suponen la adquisición y la instalación del equipo correspondiente y la prestación de servicios específicos. El Director General preparó un plan de acción detallado, pero sólo desea indicar a continuación las grandes categorías de medidas de fortalecimiento y mejoras de la seguridad. Propone que se establezca un procedimiento especial en virtud del cual la Conferencia General autorice al Consejo Ejecutivo a examinar los pormenores de las diversas partidas y componentes y que ese examen se lleve a cabo en una sesión privada del Consejo con una documentación de distribución estrictamente restringida para garantizar la confidencialidad -y, sobre todo, la protección y la seguridad.

10. Las medidas previstas para la Sede comprenden: a) el fortalecimiento de la seguridad y la protección (control del acceso, protección y seguridad dentro de los locales, detección de explosivos, vigilancia y reacción ante las emergencias biológicas o químicas); y b) gestión de los edificios y bienes (seguridad de los locales en el plano material, mantenimiento de sistemas de alarma contra incendios y de alarmas químicas y fortalecimiento de la infraestructura tecnológica conexa), comprendidas la detección, la vigilancia y las medidas preventivas.

11. Los recursos totales necesarios para fortalecer la protección y la seguridad de los locales y el personal de la UNESCO en los principales edificios de la Secretaría en París para el bienio 2004-2005 se estiman en unos 14,5 millones de dólares estadounidenses (se resumen en el Cuadro 1

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infra); comprenden los gastos que han de costearse una sola vez -aproximadamente 10,5 millones

de dólares estadounidenses- para mejorar las infraestructuras de seguridad, adquirir el equipo conexo y otros gastos en el marco de las medidas consideradas necesarias por el Director General y los gastos recurrentes, estimados en unos 4,6 millones de dólares estadounidenses (importe que deberá servir de base para los futuros documentos C/5).

Cuadro 1. Recursos necesarios en la Sede

Recursos necesarios para 2004-2005 (en millones de dólares EE.UU.) Gastos recurrentes por ejercicio bienal ulterior (en millones de dólares EE.UU.) Transformación y mejora, por razones de seguridad, de

los locales y sistemas infraestructurales existentes

(comprendidos los gastos de mantenimiento) 10,5

Gastos de personal adicionales (servicio de seguridad) 1,3 1,3

Gastos de mantenimiento relacionados con la seguridad 0,6 Gastos adicionales en concepto de seguros 0,2 0,2

Fortalecimiento de la seguridad del perímetro exterior

recurriendo a servicios externos; gastos operativos 2,5 2,5

Total millones de

dólares estadounidenses 14,5 4,6

12. Por lo que respecta a la protección del personal, la UNESCO ha adoptado las medidas necesarias para que cada funcionario realice el excelente curso en CD-ROM sobre seguridad preparado por la UNSECOORD y el ACNUR, avalado por la Junta de los Jefes Ejecutivos del sistema de las Naciones Unidas en abril de 2003. Esto complementará las demás medidas previstas, y exigirá que cada funcionario asuma también una responsabilidad personal por su propia seguridad.

Institutos y Centros de la UNESCO (categoría I)

13. Se prevé que la adopción y la mejora de las medidas de seguridad para los institutos y centros de la UNESCO (categoría I) representará gastos del orden de un millón de dólares estadounidenses.

Oficinas fuera de la Sede

14. Dado que la seguridad de la UNESCO en cada lugar de destino, incluida la protección necesaria fuera del perímetro de los locales de la UNESCO, constituye primordialmente una responsabilidad del país huésped, las propuestas formuladas para su cumplimiento por las oficinas de la UNESCO fuera de la Sede se limitan al fortalecimiento de las disposiciones de seguridad y protección dentro de la superficie ocupada por el personal de la UNESCO, comprendidas las medidas necesarias para hacer frente a emergencias. Cabe tener presente que la naturaleza de las necesidades en materia de seguridad en el terreno, además de las fijadas por la UNSECOORD y de las disposiciones relativas a la participación en los gastos dentro del sistema de las Naciones Unidas, varía a medida que cambian las circunstancias.

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15. Los gastos de seguridad relacionados con el funcionamiento de las oficinas fuera de la Sede corresponden a tres grandes categorías, las cuales podrán verse afectadas de ahora en adelante por aumentos probables importantes:

a) Pagos directos a las oficinas fuera de la Sede

16. En el documento 32 C/5 se prevé la cantidad de 900.000 dólares estadounidenses para pagos directos a las oficinas fuera de la Sede en concepto de medidas de seguridad. A raíz de los atentados de Bagdad se estima que el requisito de mejorar las exigencias obligatorias MOSS en todas las oficinas fuera de la Sede de la UNESCO representará un mínimo de 2.500.000 dólares estadounidenses para el bienio 2004-2005. Junto con las consignaciones para los institutos y centros de la UNESCO (categoría I) (véase el párrafo 13 supra), ello significará en total 3,5 millones de dólares estadounidenses adicionales, o sea 2,6 millones de dólares estadounidenses más que las consignaciones previstas en el documento 32 C/5. Éstas deberán contemplar:

• Los gastos de seguridad compartidos en el plano local (diferentes de la contribución a la

UNSECOORD). Ejemplos de gastos de seguridad financiados conjuntamente en el plano local son los gastos de funcionamiento o las salas de radio abonadas por separado según prorrateo en cada lugar de destino, independientemente de que sean o no locales comunes de las Naciones Unidas;

• El cumplimiento de las exigencias MOSS (en la forma determinada por el Equipo Local de

Gestión de la Seguridad de las Naciones Unidas) como la instalación de películas resistentes a las explosiones en las ventanas de las oficinas, mejora de las disposiciones de estacionamiento, barreras y control del acceso;

• Medidas de seguridad en los domicilios;

• Otros gastos que no corresponden a las categorías anteriores, como los sueldos de los

auxiliares temporeros de seguridad en algunos lugares de destino.

b) Contribución a la UNSECOORD

17. La contribución de la UNESCO a los gastos de las Naciones Unidas y del sistema común (fundamentalmente, a la UNSECOORD, Nueva York) figura en el Título I, Participación en el Mecanismo conjunto del Sistema de las Naciones Unidas, del documento 32 C/5. La contribución actual a la UNSECOORD corresponde fundamentalmente a las remuneraciones de los Oficiales de coordinación de medidas de seguridad sobre el terreno (FSCO).

18. La cuantía prevista en este concepto en el 32 C/5 asciende a 1.137.900 dólares estadounidenses, si bien, según las informaciones más recientes de la Junta de los Jefes Ejecutivos, en 2004-2005 la UNESCO deberá obligatoriamente abonar el 2,14% (contribución a las actividades del sistema común de las Naciones Unidas asignada a la UNESCO) de 87 millones de dólares estadounidenses, es decir, 1.861.800 dólares, cifra que supera en 723.900 dólares la consignación prevista en el documento 32 C/5.

c) Póliza de seguros contra actos con intención dolosa

19. La póliza de seguros contra actos con intención dolosa aparece presupuestada por separado en cada C/5, dentro del Título I.C. En el 32 C/5 se ha previsto para esta partida, allí denominada “póliza de seguros sobre actos delictivos”, una cuantía de 137.000 dólares estadounidenses. La única compañía de seguros que anteriormente ha suscrito la póliza de las Naciones Unidas en su

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conjunto ha indicado ya que no podrá seguir haciéndolo si no se aumenta considerablemente la prima. Habida cuenta de ello, cabe prever un aumento (que podría estimarse en total en 500.000 dólares o más, por concepto de pago de primas, que superaría las previsiones presupuestarias por lo menos en unos 363.000 dólares).

20. Estos rubros pueden resumirse como sigue:

Cuadro 2. Gastos de las oficinas fuera de la Sede Partida 32 C/5 (dólares EE.UU) Septiembre de 2003 (dólares EE.UU.) Cuantía adicional necesaria (dólares EE.UU.)

Pagos directos a las oficinas fuera de la Sede más institutos y centros de categoría I de Europa 900.000 3.500.000 2.600.000 Contribución a la UNSECOORD 1.137.900 1.861.800 723.900 Póliza de seguros contra actos con intención dolosa

137.000 500.000 363.000

Totales 2.174.900 5.861.800 3.686.900

III. FINANCIACIÓN DE LA CUANTÍA ADICIONAL NECESARIA

21. En su 166ª reunión, el Consejo Ejecutivo, después de haber examinado el proyecto de Programa y Presupuesto para 2004-2005 (32 C/5), recomendó por consenso a la Conferencia General que “...[aprobara] un tope presupuestario de 610 millones de dólares, a reserva del retorno anunciado de los Estados Unidos de América durante el bienio 2002-2003, según lo previsto” (Decisión 166 EX/4.1, III, párr. 6).

22. Habida cuenta de los acontecimientos recientes que repercuten en la seguridad y de las instrucciones de cumplimiento obligatorio de la UNSECOORD de reforzar las medidas de seguridad para proteger a todo el personal y los locales de las Naciones Unidas, la UNESCO se halla ante la necesidad de prever para 2004-2005, además de las consignaciones que figuran en el documento 32 C/5, una cuantía adicional estimada en 18.186.900 dólares para la seguridad de la Sede, los institutos y centros UNESCO (categoría I) y las oficinas fuera de la Sede. Esta cantidad no se puede absorber dentro del tope presupuestario del 32 C/5 de 610.000.000 de dólares sin menoscabar seriamente las actividades del programa previstas en el documento 32 C/5.

23. Según las informaciones obtenidas de otras organizaciones y programas de las Naciones Unidas, cabe prever que todos ellos tendrán que tratar de obtener más fondos para costear las medidas de seguridad y protección de sus funcionarios en sus respectivas sedes y en las oficinas sobre el terreno. Concretamente, la OMS ya ha solicitado y obtenido de su Consejo Ejecutivo fondos complementarios para mejorar sus medidas de seguridad (9 millones de dólares más que las consignaciones normales para seguridad), al igual que el PNUD (11,5 millones de dólares, es decir,

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un aumento del 60% sobre los gastos corrientes del PNUD en medidas de seguridad). Con el fin de hallar modalidades de financiación que no consistan en presentar estimaciones presupuestarias suplementarias, el Director General cree que se deberían y se podrían buscar otras opciones. De ahí que someta a la consideración de la Conferencia General cuatro medidas posibles que aplicadas por separado o conjuntamente podrían generar los recursos necesarios para introducir las mejoras obligatorias de la seguridad en la Sede, los institutos y centros de la UNESCO (categoría I) y sobre el terreno:

i) Empleo de los fondos no utilizados a finales del bienio 2002-2003 – Inspirándose en

su Resolución 31 C/50, por la cual suspendió la aplicación de la cláusula 4.3 del Reglamento Financiero y autorizó al Director General a trasladar al ejercicio bienal 2002-2003 una cantidad no superior al 2% de la consignación de créditos que figuraba inicialmente en el documento 30 C/5, la Conferencia General tal vez desee estudiar la posibilidad de adoptar una medida análoga con el fin de conseguir los recursos necesarios para costear estas medidas de seguridad, sobre todo las que se sufragarán una sola vez. Como hasta finales de este ejercicio bienal no se conocerá la magnitud de los fondos no utilizados, la Conferencia General tal vez desee suspender nuevamente la cláusula 4.3 del Reglamento Financiero y autorizar al Consejo Ejecutivo a que, en su 169ª reunión (primavera de 2004), tome una decisión sobre el empleo de esos fondos exclusivamente a efectos de aumentar la seguridad y las cantidades exactas que se destinarían a los distintos elementos, basándose en las recomendaciones que formule el Director General.

ii) Instauración de una contribución de los fondos extrapresupuestarios para medidas de seguridad - En adelante, los gastos por concepto de seguridad se podrían tomar en

cuenta en el diseño de los proyectos e incorporarlos a los presupuestos de éstos en tanto que gasto de funcionamiento (como ya hace el PNUD). En consecuencia, el hecho de prever un porcentaje mínimo de los fondos extrapresupuestarios para financiar gastos de seguridad podría contribuir a movilizar fondos en cada ejercicio bienal para costear medidas de seguridad, especialmente en el terreno. Para ello serían necesarias consultas previas con los donantes a propósito de los proyectos en curso y los nuevos proyectos y aplicar explícitamente esa contribución a todos los nuevos proyectos extrapresupuestarios. Los fondos obtenidos mediante este mecanismo podrían sufragar en parte los gastos adicionales necesarios en materia de seguridad, que deben sumarse a las consignaciones previstas en el Título I.C del presupuesto.

iii) Movilización de contribuciones voluntarias - Se podría solicitar a los Estados Miembros que aportaran contribuciones voluntarias para medidas de seguridad; éstas se acreditarían a una nueva Cuenta Especial que habría que establecer, con cargo a la cual se podrían financiar los gastos adicionales actuales y futuros en concepto de seguridad, de carácter recurrente, tanto en la Sede como fuera de ésta.

iv) Aumento de los arrendamientos de locales de la Sede - Como las medidas de

seguridad, sobre todo las adoptadas en la Sede, beneficiarían a todos los usuarios de los locales, sería procedente obtener una contribución de los arrendatarios de locales de la Sede. Ésta podría consistir en un aumento de los alquileres de locales de oficinas, locales para conferencias y reuniones, espacios de exposiciones y estacionamientos y otros servicios. Los fondos que gracias a ello se obtuvieran podrían ser acreditados al Fondo de Utilización de los Locales de la Sede y ser empleados, en consulta con el Comité de la Sede, para financiar gastos de seguridad de la Sede.

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24. Estas opciones se proponen con miras a: i) aplicar la recomendación del Consejo Ejecutivo de que el tope presupuestario sea en 2004-2005 de 610 millones de dólares estadounidenses; ii) aplicar las disposiciones obligatorias en materia de medidas de seguridad interinstitucionales de las Naciones Unidas (UNSECOORD); y iii) hallar modalidades mediante las cuales se pueda financiar, individual o colectivamente, las indiscutibles necesidades de medidas de seguridad en la Sede, en los institutos y centros de la UNESCO y en las oficinas fuera de la Sede, velando con ello por la seguridad de los funcionarios y, en la medida de lo previsible, por una ejecución del programa en las condiciones de seguridad mejores posibles.

25. Proyecto de resolución

La Conferencia General,

Habiendo examinado el documento 32 C/68,

Consciente de las obligaciones de la Organización de proporcionar el máximo nivel de seguridad en los locales y para los funcionarios, los delegados y demás usuarios de los locales de la Sede, los institutos y centros de la UNESCO (categoría I) y en las oficinas fuera de la Sede,

1. Toma nota de las estimaciones preliminares de los nuevos gastos necesarios, que podrían ascender a unos 20 millones de dólares estadounidenses, para satisfacer las exigencias obligatorias de la UNSECOORD y MOSS, la mejora obligada de la seguridad de la Sede que el Director General considera necesaria y las opciones que éste somete al examen de la Conferencia General;

2. Pide al Director General que presente sus propuestas al Consejo Ejecutivo en su 169ª reunión;

3. Pide al Consejo Ejecutivo que contemple la posibilidad de utilizar una cantidad que no supere el 2% de la consignación de créditos que figuraba inicialmente en el documento 31 C/5 Aprobado que se traspasaría al bienio 2004-2005 para financiar parcialmente las propuestas del Director General sobre esta cuestión y decide, con ese fin, suspender la aplicación de la cláusula 4.3 del Reglamento Financiero durante el bienio 2004-2005;

4. Invita al Director General a movilizar fondos extrapresupuestarios y a consultar a los donantes acerca de la aplicación a esos fondos de un porcentaje que se destinaría a esta finalidad;

5. Insta a los Estados Miembros a que aporten contribuciones voluntarias para que la UNESCO pueda aplicar estas medidas lo antes posible.

Referencias

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